TFJFA 2016. Código Fiscal de la Federación (CFF)

 

 

PRIMER TRIMESTRE (ENERO - MARZO)

ENERO

Recurso de revocación. Si la autoridad fiscal no emitió la resolución respectiva dentro del plazo de tres meses, es legal que al admitirse la demanda se considere como acto impugnado la resolución negativa ficta

Devolución de saldo a favor, en tratándose de solicitud de. Cuando la autoridad fiscalizadora opta por ejercer sus facultades de comprobación para verificar la procedencia de la misma, debe supeditarse a alguno de los procedimientos y formalidades regulados por el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación

Visita domiciliaria. Suspensión del plazo para su conclusión ante la interposición de un medio de defensa de conformidad con el artículo 46-a, penúltimo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, caso en el que no opera

Impresión de la cédula de identificación fiscal con sello digital presentada en el juicio contencioso administrativo. Tiene eficacia plena para acreditar la localización del domicilio fiscal del contribuyente, cuando lo contenga

Pericial contable. Es necesaria para desvirtuar la determinación presuntiva realizada por la autoridad fiscal, en términos del artículo 59 fracciones I y III del código fiscal de la federación, si el demandante en el juicio contencioso administrativo ofrece la totalidad de la documentación que integra su contabilidad

Comprobantes fiscales expedidos por un contribuyente que se encuentra como no localizado para efectos del registro federal de contribuyentes, son aptos para amparar deducciones y acreditamientos

Competencia por temporalidad. La autoridad emisora del acto impugnado no se encuentra obligada a sustentarla

Procedimiento administrativo de ejecución. Es improcedente el juicio contencioso en contra de actos emitidos antes del remate, conforme al primer párrafo del artículo 127 del código fiscal de la federación, vigente a partir del 29 de junio de 2006

Visita domiciliaria o revisión de escritorio. La suspensión del plazo para concluirla, prevista en el artículo 46-a, fracción iv y penúltimo párrafo, del código fiscal de la federación, no implica que la autoridad esté impedida para continuar requiriendo información al contribuyente visitado o revisado

Recargos.- Base para la determinación y cálculo de los mismos

Administradores locales de recaudación del servicio de administración tributaria. Carecen de facultades para actualizar créditos fiscales exigidos a través del procedimiento administrativo de ejecución

FEBRERO

Negativa ficta. El artículo 37 del Código Fiscal de la Federación, es el precepto legal que prevé el plazo para que se configure respecto de las solicitudes de devolución presentadas ante el instituto mexicano del seguro social

Resolución recaída a una solicitud de entrega del excedente del producto obtenido del remate o adjudicación al fisco federal de un bien inmueble embargado. Caso en el que constituye una resolución definitiva impugnable en juicio contencioso administrativo

Multa prevista en el artículo 76, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación. Caso en que resulta improcedente su imposición

Visita domiciliaria. Supuesto en el que la suspensión del plazo para concluirla, impide que la autoridad fiscalizadora continúe ejerciendo sus facultades de comprobación

Reglas 2.2.5, 2.2.6, 2.8.1.4, 2.8.1.5, 2.8.1.9, 2.12.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2014.- su naturaleza es de carácter autoaplicativa

Contabilidad electrónica.- La obligación de ingresarla a través de la página de internet del servicio de administración tributaria no implica el ejercicio de facultades de comprobación en términos del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación

Aprovechamientos, su naturaleza es distinta a la de las contribuciones y por tanto, no forman parte de estas

MARZO

Juicio contencioso administrativo.- es procedente cuando la resolución impugnada es favorable al actor, pero no satisface plenamente su interés jurídico

Notificación por estrados en materia fiscal.- diferencia entre "no localizable", "desocupado" y "cerrado" conforme a la legislación vigente hasta la reforma publicada el nueve de diciembre de dos mil trece

Embargo coactivo sobre cuentas bancarias. Es un acto de ejecución que ocasiona daños y perjuicios de imposible reparación, por lo que procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que cese el estado de inmovilización de la cuenta relativa, si el interés fiscal se encuentra asegurado con otra forma de garantía

Devolución del impuesto general de importación. Su improcedencia cuando el contribuyente otorgó efectos fiscales al monto solicitado

Enajenación a extranjeros de tierras y aguas ubicadas en la faja de cincuenta kilómetros en playas. Efectos fiscales de la prohibición contenida en la fracción i del artículo 27 Constitucional

Determinación presuntiva de ingresos. La información proporcionada por la comisión nacional bancaria y de valores a las autoridades fiscales respecto de las cuentas bancarias de los contribuyentes, no afecta la esfera jurídica de los mismos

Determinación presuntiva de la utilidad fiscal. Los artículos 55 y 59 del Código Fiscal de la Federación no son excluyentes entre sí, por el contrario, se complementan

Embargo de cuentas bancarias.- Deben aplicarse las disposiciones relativas a éste y no las correspondientes a embargo de bienes muebles

Sobreseimiento.- se actualiza cuando la notificación del acto impugnado es legal y la demanda que se presenta ante el tribunal resulta extemporánea

Visita domiciliaria o revisión de escritorio. La suspensión del plazo para concluirla, prevista en el artículo 46-a, fracción iv y penúltimo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, no implica que la autoridad esté impedida para continuar requiriendo información al contribuyente visitado o revisado

Impresión de la cédula de identificación fiscal con sello digital presentada en el juicio contencioso administrativo. Tiene eficacia plena para acreditar la localización del domicilio fiscal del contribuyente, cuando lo contenga

Visita domiciliaria en materia de expedición de comprobantes fiscales. El acta que se levanta con motivo de ésta, tiene una naturaleza diversa al oficio de observaciones

Visita domiciliaria en materia de expedición de comprobantes fiscales. La competencia de los visitadores para levantar el acta respectiva se encuentra en la orden que le da origen