ANEXOS 1 y 1A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada el 28 de diciembre de 2011 |
Jueves 29 de diciembre de 2011 |
26/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del
IVA
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas
y personas morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? En la ALSC que
corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, se atiende preferentemente
con cita. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documento se obtiene? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 18 |
||||||||||||
|
Disposiciones
jurídicas aplicables Art. 23 CFF, Regla II.2.2.6. RMF. |
Tabla 18
|
Aviso de compensación de saldos a favor de
IVA |
|
|
No. |
DOCUMENTO |
|
1 |
Forma oficial 41
"Aviso de Compensación" (por duplicado). |
|
2 |
Anexo A de las formas
oficiales 32 y 41 “Origen del saldo a favor” F3241, para contribuyentes
personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo A “Origen del
saldo a favor” de las formas oficiales 32 y 41, para las demás personas
morales y personas físicas. |
|
3 |
Anexo 7 de las formas
oficiales 32 y 41 “Determinación del saldo a favor del IVA” F3241 para
contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo 7 de las formas
oficiales 32 y 41 “Determinación del saldo a favor de IVA”, disponible en la
aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y
personas físicas. |
|
4 |
Anexo 7-A de las formas
oficiales 32 y 41 “Integración del Impuesto al Valor Agregado retenido”
F3241, para contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados
Financieros”. Anexo 7-A “Integración
del Impuesto al Valor Agregado retenido”, disponible en la aplicación de
Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y personas
físicas. |
|
5 |
Tratándose de la
primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a
la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento
(Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad
del representante legal que promueve. |
|
6 |
Cuando se sustituya o
designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad,
deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea
protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de
la promoción. |
|
7 |
Original y fotocopia de
la identificación oficial del contribuyente o del representante legal. |
|
8 |
Original y fotocopia de
los comprobantes fiscales del impuesto acreditable, retenido o pagado
(Constancias de retenciones con firma autógrafa y en su caso, sello original,
estados de cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B,
fracción II del CFF , etc.). |
|
9 |
La información en
unidad de memoria extraíble (USB) con la relación de proveedores, prestadores
de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus
operaciones o la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio
exterior, se recibirá únicamente para ser capturada en el subsistema. |
|
10 |
Papeles de trabajo (por duplicado), en los
cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar
derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en los
Artículos 5 y 5-A de la Ley del IVA (Aplica cuando en el anexo No. 7 de las
formas oficiales 32 y 41 se indiquen importes en los renglones “c”, del
recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO
y “f” del recuadro SALDO A FAVOR DE
IVA DETERMINADO EN EL PERIODO). Nota: Para
efectos del ejercicio 2005 y anteriores, aplica cuando haya elegido la
mecánica establecida en los Artículos 4 y 4-A de la Ley del IVA, vigente en
dichos ejercicios. |
|
11 |
Tratándose de remanentes únicamente llenará
el formato 41 correspondiente, indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la
autoridad en el Aviso donde señaló el saldo a favor por primera vez y los
datos que el propio formato solicita. |
|
12 |
Tratándose de actos o actividades derivadas
por fideicomisos, fotocopia del contrato de fideicomiso, con firma del
fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del
representante legal, de la institución fiduciaria, y en su caso: ·
Documento
mediante el cual los fideicomisarios y el fideicomitente establecen su
voluntad para ejercer la opción prevista en el artículo 74 del RLIVA. ·
Documento
mediante el cual la institución fiduciaria acepte la responsabilidad
solidaria para ejercer la opción prevista por el artículo 74 del RLIVA. |
|
13 |
En los casos de avisos complementarios por
errores manifestados en el propio formato, o como consecuencia de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y/o
en la declaración que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 por duplicado
con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de
los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de
Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna
modificación. |
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en
el apartado 3 “Información de la Declaración en que se compensó” de la forma
oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.8.5.1., de la RMF en el que se
manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen
aún no se haya presentado.
No se deberá considerar
como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de pago,
las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o
prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán
solicitarse mediante requerimiento de información adicional.
Los documentos originales y copias
certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente
para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal
receptor.
Tratándose de escritos libres y
hojas de trabajo, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o
de su representante legal, en su caso.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso de compensación de saldos a favor de IVA |
|
|
No. |
DOCUMENTO |
|
1 |
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido
omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. |
|
2 |
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad. |
|
3 |
Tratándose de un
establecimiento permanente, original y fotocopia de la certificación de
residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique
beneficios de Tratados Internacionales. |
|
4 |
Escrito en el que se
indique la determinación del monto del saldo a favor pendiente de acreditar
de cada uno de los ejercicios anteriores que hayan sido acumulados en el
periodo del saldo a favor, cuando exista diferencia determinada por la
autoridad. |
|
5 |
Escrito en el que
aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el
determinado por la autoridad. |
|
6 |
Escrito en el que
aclare la diferencia en el saldo a favor manifestado en la forma oficial 41
contra el determinado por la autoridad (Remanente). |
|
7 |
Escrito en el que se
indique la determinación del monto de IVA Acreditable, cuando exista
diferencia determinada por la autoridad. |
|
8 |
Datos de las
operaciones de los proveedores, arrendadores, prestadores de servicios y
operaciones de comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable
de conformidad con el artículo 4 de la Ley del IVA. |
|
9 |
Tratándose de
proveedores, arrendadores y prestadores de servicios que se encuentren no
registrados o no localizados en la base de datos del RFC, escrito mediante el
cual aclare la forma y lugar en que realizó estas operaciones, acompañando la
documentación correspondiente. |
|
10 |
Escrito libre en el
que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias
contra lo determinado por la autoridad. |
|
11 |
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
Notas: Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma
autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y
copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán
únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el
personal receptor.
27/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del
IMPAC e IMPAC por recuperar
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas
morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? En la ALSC, que corresponda al
domicilio fiscal del contribuyente, se atiende preferentemente con cita. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 19 |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, Artículo Tercero Transitorio de LIETU, Regla I.4.1.10.; II.2.2.6.
RMF. |
Tabla 19
|
Aviso de compensación de saldos a favor del Impuesto
al IMPAC e IMPAC a recuperar |
||||
|
No. |
DOCUMENTO |
IMPAC |
IMPAC POR RECUPERAR |
|
|
P.M. REGIMEN SIMPLIFICADO |
TODOS LOS DEMAS |
|||
|
1 |
Forma oficial 41 "Aviso de
Compensación" (por duplicado). |
X |
X |
X |
|
2 |
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41
“Origen del Saldo a Favor” F3241 para contribuyentes personas morales que
“Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo A “Origen del saldo a favor” de las
formas oficiales 32 y 41 para las demás personas morales y personas físicas. |
X |
X |
|
|
3 |
Anexo 2 "Impuesto al Activo pagado en
ejercicios anteriores" F3241 para contribuyentes personas morales que
“Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo 2 de las formas oficiales 32 y 41
“Impuesto al Activo pagado en ejercicios anteriores” para las demás personas
morales y personas físicas. |
|
|
X |
|
4 |
Anexo 2-A de las forma oficiales 32 y 41
“Impuesto al activo por recuperar de ejercicios anteriores”, F3241 para
contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. |
|
|
X |
|
5 |
Anexo 2-A BIS “Impuesto al activo pagado en
ejercicios anteriores por recuperar. Artículo tercero transitorio LIETU”,
F3241 para contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados
Financieros”. |
|
|
X |
|
6 |
Anexo 8 de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación del saldo a favor del ISR e IMPAC para el sector financiero,
contribuyentes dictaminados y otros grandes contribuyentes” F3241, para
contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. |
X |
X |
|
|
7 |
Tratándose de la primera vez que compensa o
lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando,
original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y
poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante
legal que promueve. |
X |
X |
X |
|
8 |
Cuando se sustituya o designe otro
representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar
original o copia certificada, y fotocopia del acta de asamblea protocolizada
o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la
promoción. |
X |
X |
X |
|
9 |
Original y fotocopia de la identificación
oficial del contribuyente o del representante legal. |
X |
X |
X |
|
10 |
Original y fotocopia de los comprobantes
fiscales de impuesto acreditable retenido o pagado, (Constancias de
retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de
cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II
del CFF, en los que consten las retenciones de ISR; documentación
comprobatoria de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose
de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A. |
X |
X |
|
|
11 |
Para los casos de declaraciones
correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, la declaración del ejercicio
y de los pagos provisionales normal(es) y complementaria(s) presentadas ante
institución bancaria autorizada, en su caso, donde manifiesta el ISR del
ejercicio cuyo importe es mayor al IMPAC correspondiente al mismo ejercicio. |
|
|
X |
|
12 |
Para los casos de declaraciones
correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de la(s)
declaración(es) del ejercicio normal(es) y complementaria(s), en su caso,
donde se derive el IMPAC a recuperar. |
|
|
X |
|
13 |
Para los casos de declaraciones correspondientes
al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de los pagos provisionales normales
y complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC
a recuperar. |
|
|
X |
|
14 |
Tratándose de remanentes únicamente el
formato 41 correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la
autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que
el propio formato solicita. |
X |
X |
X |
|
15 |
En los casos de avisos complementarios por
errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor,
y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 por duplicado
con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de
los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de
Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna
modificación. |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose
de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 “Información de la Declaración
en que se compensó” de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a
que se refiere la Regla II.2.8.2.1., de la RMF en el que se manifestó el
importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya
presentado.
Los
documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente
documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al
contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION
QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso
de compensación de saldos a favor del IMPAC e IMPAC a recuperar |
||||
|
No. |
DOCUMENTO |
IMPAC |
IMPAC POR RECUPERAR |
|
|
P.M. REGIMEN SIMPLIFICADO |
TODOS LOS DEMAS |
|||
|
1 |
Documentos
que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan
sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u
omisiones. |
X |
X |
X |
|
2 |
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias
determinadas por la autoridad. |
X |
X |
X |
|
3 |
Escrito
en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales
manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se
acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC. |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose de un establecimiento permanente, original
y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de
aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. |
X |
X |
X |
|
5 |
Escrito
en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la
declaración y el determinado por la autoridad. |
X |
X |
|
|
6 |
En su
caso, escrito o papeles de trabajo de la cifra manifestada en la declaración
por concepto de acreditamiento, estímulos o reducciones por existir
diferencia con lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
|
|
7 |
Escrito libre en el que aclare las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado
por la autoridad. |
X |
X |
X |
|
8 |
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante
el RFC. |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose de
escritos libres y hojas de trabajo, estos deberán contener la firma autógrafa
del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a
que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por
lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
28/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del
IEPS
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que deseen efectuar compensación
de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, se
atiende preferentemente con cita. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro: |
||||||||||||
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 20 |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 23 CFF, Regla II.2.2.6. RMF. |
Tabla 20
|
Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS |
|||||||
|
No. |
DOCUMENTO |
BEBIDAS
ALCOHOLICAS |
CERVEZA |
BEBIDAS
REFRESCANTES |
ALCOHOL, ALCOHOL
DESNATURALIZADO Y MIELES INCRISTALIZABLES |
TABACOS LABRADOS
|
REFRESCOS Y SUS
CONCENTRADOS |
|
1 |
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación"
(por duplicado). |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Anexo 5 “Cálculo del saldo a favor de IEPS” (por
duplicado). |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Anexo 6 “Desglose de IEPS acreditable” (por
duplicado). Anexo 6 “Desglose de IEPS acreditable” digitalizado
en formato Zip a través de un caso de solución integral, para contribuyentes
obligados a presentar los pagos provisionales en el Servicio de declaraciones
y pagos. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga
ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original
o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder
notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal
que promueve. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Cuando se sustituya o designe otro representante
legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o
copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o poder
notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Original y fotocopia de la identificación oficial del
contribuyente o del representante legal. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
Original y fotocopia de los comprobantes fiscales de
impuesto acreditable, retenido o pagado, (constancias de retenciones con firma
autógrafa en su caso, sello original; estados de cuenta que expidan los
sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, etc.) |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
8 |
Tratándose de remanentes únicamente llenará el
formato 41 correspondiente, indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la
autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que
el propio formato solicita. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
9 |
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la
declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 por duplicado con los
datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los
documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de
Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna
modificación. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el
apartado 3 “Información de la Declaración en que se compensó” de la forma
oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla
II.2.8.5.1., de la RMF en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la
compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
Los documentos originales y copias certificadas a que
se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo
que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
Los contribuyentes que
conforme a la regla l.2.3.4.de la RMF están obligados a presentar sus
declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del Servicios de
Declaraciones y Pagos quedan relevados de presentar el aviso de compensación y
el anexo 5.
DOCUMENTACION
QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso
de compensación de saldos a favor del IEPS |
|||||||
|
No. |
DOCUMENTO |
BEBIDAS ALCOHOLICAS |
CERVEZA |
BEBIDAS REFRESCANTES |
ALCOHOL, ALCOHOL DESNATURALIZADO Y MIELES
INCRISTALIZABLES |
TABACOS LABRADOS |
REFRESCOS Y SUS CONCENTRADOS |
|
1 |
Documentos
que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan
sido omitidos o éste y/o sus anexos, se haya presentado con errores u
omisiones. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias
determinadas por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Escrito en el que aclare la diferencia del
saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose de un
establecimiento permanente, original y copia de la certificación de
residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique
beneficios de Tratados Internacionales. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Datos y comprobantes de las operaciones de
las que deriva el IEPS acreditable. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Escrito libre en el que
aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir
diferencias contra lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a
que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por
lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
29/CFF Aviso de compensación de
cantidades a favor de Otras Contribuciones
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas
morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda al
domicilio fiscal del contribuyente, se atiende preferentemente con cita. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC o de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 21 |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, Regla II.2.2.6. RMF. |
Tabla 21
|
Aviso de compensación de
cantidades a favor de otras contribuciones |
|
|
No. |
DOCUMENTO |
|
1 |
Forma oficial 41 "Aviso de
Compensación" (por duplicado). |
|
2 |
Tratándose de la primera vez que compensa o
lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando,
original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y
poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante
legal que promueve. |
|
3 |
Cuando se sustituya o designe otro
representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar
original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o
poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción. |
|
4 |
Original y fotocopia de la identificación
oficial del contribuyente o del representante legal. |
|
5 |
Original y fotocopia de la resolución
administrativa o judicial que se encuentre firme de la que se desprenda el
derecho a compensar. |
|
6 |
Original y fotocopia del escrito libre a
través del cual la institución financiera señala el o los motivo(s) por el
cual no debió efectuar la retención del IDE. |
|
7 |
En caso de liberación de créditos: original y
fotocopia de la resolución administrativa o judicial. |
|
8 |
En los casos de avisos complementarios por
errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor,
y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 por duplicado
con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de
los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de
Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna
modificación. |
|
9 |
Original y fotocopia de los comprobantes
fiscales de Impuesto acreditable, retenido o pagado (constancias de
retenciones con firma autógrafa en su caso, sello original, estados de cuenta
que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del
CFF, etc.). |
|
10 |
Tratándose de remanentes únicamente llenara
el formato 41 correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la
autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que
el propio formato solicita. |
Notas: Tratándose
de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 “Información de la Declaración
en que se compensó” de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a
que se refieren las Reglas II.2.8.2.1. y II.2.8.5.1., de la RMF en el que se
manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen
aún no se haya presentado.
Los
documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente
documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al
contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION
QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso
de compensación de cantidades a favor de otras contribuciones |
|
|
No. |
DOCUMENTO |
|
1 |
Documentos
que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan
sido omitidos o éste y/o sus anexos, se haya presentado con errores u
omisiones. |
|
2 |
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias
determinadas por la autoridad. |
|
3 |
Escrito
en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales
manifestados en la declaración del ejercicio, cuando exista diferencia
determinada por la autoridad. |
|
4 |
Tratándose de un establecimiento permanente, original
y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de
aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. |
|
5 |
Escrito
en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la
declaración y el determinado por la autoridad. |
|
6 |
Escrito
libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por
existir diferencias contra lo determinado por la autoridad. |
|
7 |
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante
el RFC. |
Notas: Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a
que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por
lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
30/CFF Aviso de compensación de
saldos a favor del IETU
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas
morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda al domicilio
fiscal del contribuyente, se atiende preferentemente con cita. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 22 |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, 8 LIETU, Reglas I.4.3.1, I.4.3.2 y II.2.2.6. RMF. |
Tabla 22
|
Aviso de compensación de saldos
a favor del IETU |
|||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS MORALES |
PERSONAS FISICAS |
||
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO |
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES |
TODOS LOS DEMAS |
|||
|
1 |
Forma oficial 41 “Aviso de Compensación” (por
duplicado). |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Anexo 14 de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio” F3241 para
contribuyentes personas morales que dictaminan sus estados financieros. Anexo 14 “Determinación del saldo a favor
IETU del ejercicio”, disponible en la aplicación de Devoluciones por
Internet, para las demás personas morales y personas físicas. |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Anexo 14-A de las forma oficiales 32 y 41
“Determinación de los pagos provisionales acreditables de IETU” F3241, para
contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo 14-A “Determinación de pagos
provisionales acreditables de IETU” disponible en la aplicación de
Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y personas
físicas. |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose de la primera vez que compensa o
lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando,
original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y
poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante
legal que promueve. |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Cuando se sustituya o designe otro
representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar
original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o
del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción. |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Original y fotocopia de la identificación
oficial del contribuyente o del representante legal. |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
Escrito o papeles de trabajo en el que se
manifieste los acreditamientos efectuados. |
X |
X |
X |
X |
|
8 |
Tratándose de ingresos provenientes por
fideicomisos, fotocopia del contrato de fideicomiso, con firma del
fideicomitente, fideicomisario o de sus representante legales, así como del
representante legal de la institución fiduciaria. |
X |
X |
X |
X |
|
9 |
En los casos de avisos complementarios por
errores manifestados en el propio formato, o como consecuencia de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor,
y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 por duplicado
con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de
los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de
Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna
modificación. |
X |
X |
X |
x |
|
10 |
Tratándose de remanentes, únicamente llenara
el formato 41 correspondiente, indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la
autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que
el propio formato solicita. |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el
apartado 3 “Información de
Los documentos originales
y copias certificadas a que se refieren el presente documento se utilizarán
únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el
personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso de compensación de saldos
a favor del IETU |
|||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS
MORALES |
PERSONAS FISICAS |
||
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO |
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES |
TODOS LOS
DEMAS |
|||
|
1 |
Documentos que deban presentarse
conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste
y/o sus anexos, se haya presentado con errores u omisiones. |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Papel de trabajo en el que aclare la cifra
manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o
reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose de un establecimiento permanente,
original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso,
escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Escrito en el que aclare la diferencia del
saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Escrito o papeles de trabajo en el que aclare
la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos,
estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
Escrito o papeles de trabajo en el que aclare
la determinación de montos de pagos provisionales manifestado en la
declaración del ejercicio. |
X |
X |
X |
X |
|
8 |
Escrito o papeles de trabajo en el que aclare
las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias
contra lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
9 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose
de escritos libres y hojas de trabajo, estos deberán contener la firma
autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a
que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por
lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
31/CFF Aviso de compensación de
saldos a favor del IDE
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas
morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda al
domicilio fiscal del contribuyente, se atiende preferentemente con cita. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 23 |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, 7 y 8 LIDE; Reglas I.7.27 y II.2.2.6. RMF. |
Tabla 23
|
Aviso de compensación del IDE |
|||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS
MORALES |
PERSONAS FISICAS |
||
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO |
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES |
TODOS LOS
DEMAS |
|||
|
1 |
Forma fiscal 41 “Aviso de Compensación” (por
duplicado). |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Anexo 11 de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación del IDE sujeto a devolución de contribuyentes que no
consolidan” F3241 para contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus
Estados Financieros”. Anexo 11 “Determinación del impuesto a los
depósitos en efectivo sujeto a devolución de contribuyentes que no
consolidan”, disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para
las demás personas morales y personas físicas. |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Anexo 11-A de las formas oficiales 32 y 41
“Integración del IDE de los contribuyentes que no consolidan” F3241 para
contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo 11-A “Integración del impuesto a los
depósitos en efectivo de contribuyentes que no consolidan” disponible en la
aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y
personas físicas. |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose de la primera vez que compensa o
lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado,
original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y
poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante
legal que promueve. |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Cuando se sustituya o designe otro
representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar
original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o
del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
|
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Original y fotocopia de la identificación
oficial del contribuyente o del representante legal. |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
Original y fotocopia de los estados de
cuenta, recibos o constancias donde se demuestre el entero del impuesto,
expedido por la institución Bancaria que recaudo el impuesto. |
X |
X |
X |
X |
|
8 |
Escrito o papeles de
trabajo en el que se manifieste
los acreditamientos efectuados. |
X |
X |
X |
X |
|
9 |
Tratándose de remanentes, únicamente llenará
el formato 41 correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la
autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que
el propio formato solicita. |
X |
X |
X |
X |
|
10 |
En los casos de avisos complementarios por
errores manifestados en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones
en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 por duplicado
con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de
los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de
Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna
modificación. |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose
de escritos libres y hojas de trabajo, estos deberán contener la firma autógrafa
del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a
que se refieren el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por
lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION
QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso
de compensación del IDE |
|||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS MORALES |
PERSONAS FISICAS |
||
|
REGIMEN SIMPLIFICADO.
IMPUESTO PROPIO |
REGIMEN SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES |
TODOS LOS DEMAS |
|||
|
1 |
Documentos
que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan
sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u
omisiones. |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias
determinadas por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Escrito o
papeles de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración
por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir
diferencias con lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose
de un establecimiento permanente, original y fotocopia de la certificación de
residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique
beneficios de Tratados Internacionales. |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Escrito
libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por
existir diferencias contra lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante
el RFC. |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose
de escritos libres y hojas de trabajo, estos deberán contener la firma
autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los
documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente
documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al
contribuyente por el personal receptor.
32/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del
ISR vía Internet
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo electrónico con número de folio. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 24 Nota: Es importante que no se
modifiquen por parte de contribuyente los nombres de los archivos encriptados
que genera el Formato electrónico F 3241, esto debido a que de ser
modificados no podrán ser reconocidos por los sistemas del SAT, generando un
posible rechazo del trámite. |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, Regla II.2.2.6. RMF. |
Tabla 24
|
Aviso de compensación de saldos a favor del ISR vía
Internet |
|||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS MORALES |
PERSONAS FISICAS |
||
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO |
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES |
TODOS LOS DEMAS |
|||
|
1 |
Forma oficial 41 “Aviso de Compensación” electrónico. |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 “Origen del
saldo a favor”, F3241 para contribuyentes personas morales que “Dictaminan
sus Estados Financieros”. Anexo A “Origen del saldo a favor” de las formas
oficiales 32 y 41, disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet,
para las demás personas morales y personas físicas. |
X |
X |
X |
|
|
3 |
Anexo 8, de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación del saldo a favor del ISR e IMPAC para el sector financiero,
contribuyentes dictaminados y otros grandes contribuyentes”, F3241 en formato
Zip, para contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados
Financieros”. |
X |
X |
X |
|
|
4 |
Anexo 8 Bis de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación de saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta”, F3241 en
formato Zip., para contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus
Estados Financieros”. |
X |
X |
X |
|
|
5 |
Anexo 8-A Bis de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación del impuesto acreditable retenido”, F3241 en formato Zip, para
contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. |
X |
X |
X |
|
|
6 |
Anexo 8-B de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación de la amortización de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores”, F3241 en formato Zip, para contribuyentes personas morales que
“Dictaminan sus Estados Financieros”. |
X |
X |
X |
|
|
7 |
Anexo 8-C de las formas oficiales 32 y 41”Integración
de estímulos fiscales aplicados”, F3241 en formato Zip, para contribuyentes
personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. |
X |
X |
X |
|
|
8 |
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la aplicación
“Mi portal”. |
X |
X |
X |
X |
|
9 |
Comprobantes fiscales de impuesto acreditable
retenido o pagado, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su
caso, sello original; estados de cuenta que expidan los sujetos a que se
refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF en los que consten las
retenciones de ISR; documentación comprobatoria de impuesto pagado en el
extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes,
declaración presentada en el Formato 1-A. |
X |
X |
X |
X |
|
10 |
Tratándose de remanentes únicamente llenará el
formato electrónico correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado
por la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los
datos que el propio formato solicita. Nota: En el caso de no contar con el
número de control de su aviso inicial podrá hacer referencia al número de
caso conformado con la siguiente estructura: “AV2009XXXXXXXX” correspondiente
al aviso de compensación anterior para verificar que el saldo remanente sea
la continuación de dicho trámite. |
X |
X |
X |
X |
|
11 |
Tratándose de ingresos provenientes de fideicomisos,
fotocopia del contrato del fideicomiso, con firma del fideicomitente,
fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante
legal de la institución fiduciaria. |
X |
X |
X |
X |
|
12 |
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la
declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 con los datos que el
propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se
establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y
Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación. |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose
de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 “Información de la Declaración
en que se compensó” de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a
que se refiere la Regla II.2.8.2.1., de la RMF en el que se manifestó el
importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya
presentado.
Los documentos originales se digitalizarán para su
envío.
DOCUMENTACION
QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso de Compensación de
saldos a favor del ISR vía Internet |
||||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS
MORALES |
PERSONAS
FISICAS |
|||
|
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO |
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES |
TODOS
LOS DEMAS |
||||
|
1 |
Documentos que deban presentarse
conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste
y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. |
X |
X |
X |
X |
|
|
2 |
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
|
3 |
Original y fotocopia de
los comprobantes de deducciones personales, cuando sean en exceso o
discrepantes con los ingresos. |
X |
X |
X |
X |
|
|
4 |
Tratándose de un
establecimiento permanente, original y fotocopia de la certificación de
residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique
beneficios de Tratados Internacionales. |
X |
X |
X |
X |
|
|
5 |
Escrito en el que
aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la
declaración del ejercicio y, en su caso, fotocopia de los pagos provisionales
correspondientes. |
X |
X |
X |
X |
|
|
6 |
Escrito en el que aclare la diferencia del
saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
|
7 |
Para contribuyentes del
sector agropecuario: Escrito en el que aclare la determinación de los
ingresos exentos, por existir diferencias contra lo determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
|
8 |
En caso de que el
retenedor no haya presentado la declaración informativa, comprobar la
relación laboral o comercial con la presentación de: ·
Estados de cuenta que expidan los sujetos a que se
refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, con los depósitos por concepto
de pago de honorarios o arrendamiento. ·
Comprobantes
fiscales que amparen pagos de arrendamiento u honorarios ·
Estados de cuenta que expidan los sujetos a que se
refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, con las retenciones. |
|
|
|
X |
|
|
9 |
Escrito en el que se
detalle la determinación del ingreso acumulable y no acumulable, por existir
diferencias con el determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
|
10 |
Escrito libre en el que
aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir
diferencias contra lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
|
11 |
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
X |
X |
X |
X |
|
Nota: Tratándose
de escritos libres y hojas de trabajo, éstos deberán contener la firma
autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas, se
utilizaran únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al
contribuyente por el personal receptor.
33/CFF Aviso de compensación de
saldos a favor del IVA vía Internet
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas
morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo electrónico con número de folio. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 25 Nota: Es importante que no se
modifiquen por parte del contribuyente los nombres de los archivos
encriptados que genera el Formato electrónico F 3241, esto debido a que de
ser modificados no podrán ser reconocidos por sistemas del SAT, generando un
posible rechazo del trámite. |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, Regla II.2.2.6. RMF. |
Tabla 25
|
Aviso de compensación de saldos a favor del IVA vía
Internet |
|
|
No. |
DOCUMENTO |
|
1 |
Forma oficial 41 “Aviso de Compensación” electrónico. |
|
2 |
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 “Origen del
saldo a favor”, F3241 en formato Zip para contribuyentes personas morales que
“Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo A “Origen del saldo a favor” de las formas
oficiales 32 y 41, para las demás personas morales y personas físicas. |
|
3 |
Anexo 7 de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación del saldo a favor del IVA”, F3241 en formato Zip para
contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo 7 de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación del saldo a favor de IVA”, disponible en la aplicación de
Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y personas
físicas. |
|
4 |
Anexo 7-A de las formas oficiales 32 y 41 “Integración
del Impuesto al Valor Agregado retenido”, F3241 en formato Zip, para
contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo 7-A “Integración del Impuesto al Valor Agregado
retenido”, disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las
demás personas morales y personas físicas |
|
5 |
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la aplicación
“Mi portal”. |
|
6 |
Archivo con la relación de proveedores, prestadores
de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus
operaciones o la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio
exterior, se recibirá únicamente para ser capturada en el subsistema. |
|
7 |
Papeles de trabajo, en los cuales demuestre cómo
determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste,
cuando haya elegido la mecánica establecida en los Artículos 5 y 5-A de la
Ley del IVA (Aplica cuando en el anexo No. 7 de las formas oficiales 32 y 41
se indiquen importes en los renglones “c”, del recuadro IVA ACREDITABLE DEL
PERIODO y “f” del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO). Nota: Para efectos del ejercicio 2005 y anteriores, aplica
cuando haya elegido la mecánica establecida en los artículos 4 y 4-A de la
Ley IVA, vigente en dichos ejercicios. |
|
8 |
Comprobantes fiscales de impuesto acreditable,
retenido o pagados (Constancia de retenciones con firma autógrafa en su caso,
sello original, estados de cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el
artículo 29-B, fracción II del CFF, etc.) Nota: En el caso de no contar con el numero de control de
su aviso inicial podrá hacer referencia al número de casos conformado con la
siguiente estructura “AV2009XXXXXXXX”, correspondiente al aviso de
compensación anterior para verificar que el saldo remanente sea la
continuación de dicho trámite. |
|
9 |
Tratándose de remanentes únicamente llenara el
formato electrónico correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado
por la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los
datos que el propio formato solicita. Nota: En caso de
no contar con el número de control de su aviso inicial podrá hacer referencia
al número de caso conformado con la siguiente estructura: “AV2009XXXXXXXX”,
correspondiente al aviso de compensación anterior para verificar que el saldo
remanente sea la continuación del dicho trámite. |
|
10 |
Tratándose de actos o actividades derivadas por
fideicomisos, fotocopia del contrato de fideicomiso, con firma del
fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del
representante legal, de la institución fiduciaria y en su caso: ·
Documento
mediante el cual los fideicomisarios o el fideicomitente manifiesta su
voluntad de ejercer la opción prevista por el artículo 74 del RLIVA. ·
Documento
mediante el cual la institución fiduciaria acepte la responsabilidad
solidaria para ejercer la opción prevista por el artículo 74 del RLIVA. |
|
11 |
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la
declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 con los datos que el
propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se
establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y
Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación. |
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el
apartado 3 “Información de la Declaración en que se compensó” de la forma
oficial 41, se señalarán los datos del pago
a que se refiere la Regla II.2.8.5.1., de la RMF en el que se manifestó el
importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya
presentado.
No se deberá considerar como obligatorio el anexar al
trámite como parte de los comprobantes de pago, las facturas de operaciones
realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de
comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de
información adicional.
Los documentos originales se digitalizarán para su
envío.
DOCUMENTACION
QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso
de compensación de saldos a favor del IVA vía Internet |
|
|
No. |
DOCUMENTO |
|
1 |
Documentos que deban presentarse
conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste
y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. |
|
2 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
|
3 |
Tratándose de un
establecimiento permanente, original y fotocopia de la certificación de
residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique
beneficios de Tratados Internacionales. |
|
4 |
Escrito en el que se indique la determinación
del monto del saldo a favor pendiente de acreditar de cada uno de los
ejercicios anteriores que hayan sido acumulados en el periodo del saldo a
favor, cuando exista diferencia determinada por la autoridad. |
|
5 |
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a
favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad. |
|
6 |
Escrito en el que aclare la diferencia en el
saldo a favor manifestado en la forma oficial 41 contra el determinado por la
autoridad (Remanente). |
|
7 |
Escrito en el que se indique la determinación
del monto de IVA acreditable, cuando exista diferencia determinada por la
autoridad. |
|
8 |
Datos de las operaciones de los proveedores,
arrendadores, prestadores de servicios y operaciones de comercio exterior que
representan el 80% del IVA acreditable de conformidad con el artículo 4 de la
Ley del IVA. |
|
9 |
Tratándose de proveedores, arrendadores y
prestadores de servicios que se encuentren no registrados o no localizados en
la base de datos del RFC, escrito mediante el cual aclare la forma y lugar en
que realizó estas operaciones, acompañado de la documentación correspondiente. |
|
10 |
Escrito libre en el que
aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir
diferencias contra lo determinado por la autoridad. |
|
11 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán
contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en
su caso.
Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente
para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal
receptor.
34/CFF Aviso de compensación de saldos a favor
del IMPAC e IMPAC por recuperar vía Internet
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo electrónico con número de folio. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 26 Nota: Es importante que no se
modifiquen por parte del contribuyente los nombres de los archivos
encriptados que genera el Formato electrónico F 3241, esto debido a que de
ser modificados no podrán ser reconocidos por los sistemas del SAT, generando
un posible rechazo del trámite. |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, Artículo Tercero Transitorio de la LIETU, Regla II.2.2.6. RMF. |
Tabla 26
|
Aviso de compensación de
saldos a favor del IMPAC e IMPAC a recuperar vía Internet |
||||
|
No. |
DOCUMENTO |
IMPAC |
IMPAC
POR RECUPERAR |
|
|
P.M.
REGIMEN SIMPLIFICADO |
TODOS
LOS DEMAS |
|||
|
1 |
Forma
oficial 41 “Aviso de
Compensación” electrónico. |
X |
X |
X |
|
2 |
Anexo
A de las formas oficiales 32
y 41 “Origen del Saldo a Favor”. F3241 en formato Zip, para contribuyentes
personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo A “Origen del saldo a favor” de las
formas oficiales 32 y 41 para las demás personas morales y personas físicas. |
X |
X |
|
|
3 |
Anexo 2 "Impuesto al Activo pagado en
ejercicios anteriores" F3241 para contribuyentes personas morales que
“Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo
2 de las formas oficiales 32
y 41 “Impuesto al Activo por recuperar de Ejercicios Anteriores” para las
demás personas morales y personas físicas. |
|
|
X |
|
4 |
Anexo
2-A de las formas oficiales
32 y 41 “Impuesto al Activo por recuperar de ejercicios anteriores”, F3241 en
formato Zip, para contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados
Financieros”. |
|
|
X |
|
5 |
Anexo
2-A Bis de las formas
oficiales 32 y 41 “Impuesto al Activo Pagado en Ejercicios Anteriores por
recuperar, Artículo Tercero Transitorio LIETU”, F3241 en formato Zip, para
contribuyentes que “Dictaminan sus Estados Financieros”. |
|
|
X |
|
6 |
Anexo
8 de las formas oficiales 32
y 41 “Determinación del saldo a favor del ISR e IMPAC para el sector financiero
y otros grandes contribuyentes”. F3241 en formato Zip para contribuyentes
personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. |
X |
X |
|
|
7 |
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la
aplicación “Mi portal”. |
X |
X |
X |
|
8 |
Original y fotocopia de los comprobantes
fiscales de impuesto acreditable, retenido o pagado, (Constancias de
retenciones con firma autógrafa en su caso, sello original, estados de cuenta
que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del
CFF, etc.) |
X |
X |
|
|
9 |
Para los casos de declaraciones
correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, la declaración del ejercicio
y de los pagos provisionales normal(es) y complementaria(s) presentadas ante
la institución bancaria autorizada, en su caso, donde manifiesta el ISR del ejercicio
cuyo importe es mayor al IMPAC correspondientes al mismo ejercicio. |
|
|
X |
|
10 |
Para los casos de declaraciones
correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, los pagos provisionales
normales y complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se
pagó IMPAC a recuperar. |
|
|
X |
|
11 |
Tratándose de remanentes, únicamente llenara
el formato electrónico correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL
asignado por la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y
los datos que el propio formato solicita. Nota: En
el caso de no contar con el numero de control de su aviso inicial podrá hacer
referencia al número de caso conformado con la siguiente estructura:
“AV2009XXXXXXXX” correspondiente al aviso de compensación anterior para
verificar que el saldo remanente sea la continuación de dicho trámite. |
X |
X |
X |
|
12 |
En los casos de avisos complementarios por
errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y/o
en la declaración que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 con los datos
que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos
que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y
Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación. |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose de
contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 “Información de la Declaración en
que se compensó” de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla
II.2.8.2.1., de la RMF en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la
compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
Los documentos originales se digitalizarán para su
envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER
REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso
de compensación de saldos a favor del IMPAC e IMPAC a recuperar vía Internet |
||||
|
No. |
DOCUMENTO |
IMPAC |
IMPAC POR
RECUPERAR |
|
|
P.M.
REGIMEN SIMPLIFICADO |
TODOS LOS
DEMAS |
|||
|
1 |
Documentos que deban presentarse
conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste
y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. |
X |
X |
X |
|
2 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
X |
X |
X |
|
3 |
Escrito en el que se indique la determinación
del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del
ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR
contra IMPAC. |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose de un
establecimiento permanente, original y fotocopia de la certificación de
residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique
beneficios de Tratados Internacionales. |
X |
X |
X |
|
5 |
Escrito libre en el que
aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir
diferencias contra lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
|
6 |
En su caso, escrito o papeles de trabajo de
la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos,
estímulos o reducciones por existir diferencia con lo determinado por la
autoridad. |
X |
X |
|
|
7 |
Escrito en el que aclare la diferencia del
saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
|
8 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose de escritos
libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su
representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas se
utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al
contribuyente por el personal receptor.
35/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del
IEPS vía Internet
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas
morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro: |
||||||||||||
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo electrónico con número de folio. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 27 Nota. Es importante que no se modifiquen por parte del contribuyente los nombres de los archivos encriptados que genera el Formato electrónico F 3241, esto debido a que de ser modificados no podrán ser reconocidos por los sistemas del SAT, generando un posible rechazo del trámite. |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, Regla II.2.2.6. RMF. |
Tabla 27
|
Aviso de compensación de
saldos a favor del IEPS vía Internet |
|||||||
|
No. |
DOCUMENTO |
BEBIDAS ALCOHOLICAS |
CERVEZA |
BEBIDAS REFRESCANTES |
ALCOHOL, ALCOHOL DESNATURALIZADO Y MIELES
INCRISTALIZABLES |
TABACOS LABRADOS |
REFRESCOS Y SUS CONCENTRADOS |
|
1 |
Forma
oficial 41 “Aviso de
Compensación” electrónico. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Anexo
5 Cálculo de saldo a favor
de IEPS. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Anexo
6 Desglose de IEPS
acreditable. Anexo
6 “Desglose de IEPS
acreditable” digitalizado en formato Zip a través de un caso de solución
integral, para contribuyentes obligados a presentar los pagos provisionales
en el Servicio de declaraciones y pagos. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la
aplicación “Mi portal”. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Original y fotocopia de los fcomprobantes
fiscales de impuesto acreditable, retenido o pagado (Constancias de
retenciones con firma autógrafa en su caso, sello original; estados de cuenta
que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del
CFF, etc.). |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Tratándose de remanentes únicamente llenará
el formato electrónico correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL
asignado por la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y
los datos que el propio formato solicita. Nota: En
caso de no contar con el número de control de su aviso inicial podrá hacer
referencia al número de caso conformado con la siguiente estructura:
“AV2009XXXXXXXX”, correspondiente al aviso de compensación anterior para
verificar que el saldo remanente sea la continuación del dicho trámite. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
En los casos de avisos complementarios por
errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y/o
en la declaración que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 con los datos
que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos
que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y
Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el
apartado 3 “Información de la Declaración en que se compensó” de la forma
oficial 41, se señalarán los datos del pago
a que se refiere la Regla II.2.8.5.1. de la RMF en el que se manifestó el
importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya
presentado.
Los documentos originales se
digitalizarán para su envío.
Los
contribuyentes que conforme a la regla l.2.3.4., están obligados a presentar
sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del Servicios
de Declaraciones y Pagos quedan relevados de presentar el aviso de compensación
y el anexo 5.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER
REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso de compensación de saldos a favor del
IEPS vía Internet |
|||||||
|
No. |
DOCUMENTO |
BEBIDAS ALCOHOLICAS |
CERVEZA |
BEBIDAS REFRESCANTES |
ALCOHOL, ALCOHOL DESNATURALIZADO Y MIELES
INCRISTALIZABLES |
TABACOS LABRADOS |
REFRESCOS Y SUS CONCENTRADOS |
|
1 |
Documentos que deban presentarse
conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste
y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Escrito en el que aclare la diferencia del
saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose de un establecimiento permanente,
original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso,
escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Datos y comprobantes de las operaciones de
las que deriva el IEPS acreditable. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Escrito libre en el que aclare las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado
por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas se
utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al
contribuyente por el personal receptor.
36/CFF Aviso de compensación de cantidades a favor
de otras contribuciones vía Internet
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas
morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo electrónico con número de folio. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 28 Nota: Es importante que no se
modifiquen por parte del contribuyente los nombres de los archivos
encriptados que genera el Formato electrónico F3241, esto debido a que de ser
modificados no podrán ser reconocidos por los sistemas del SAT, generando un
posible rechazo del trámite. |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, Regla II.2.2.6. RMF. |
Tabla 28
|
Aviso de compensación de cantidades a favor de otras
contribuciones vía Internet |
|
|
No. |
DOCUMENTO |
|
1 |
Forma oficial 41 “Aviso de Compensación” electrónico. |
|
2 |
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la aplicación
“Mi portal”. |
|
3 |
Resolución administrativa o judicial que se encuentre
firme en la que se desprenda el derecho a compensar. |
|
4 |
Escrito libre a través del cual la institución
financiera señala el (los) motivo(s) por el cual no debió efectuar la
retención del IDE. |
|
5 |
En caso de liberación de créditos la resolución
administrativa o judicial. |
|
6 |
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestado en el propio formato o como consecuencia de modificaciones en la
declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 con los datos que el
propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se
establecen en el catalogo de servicios y trámites de Devoluciones y
Compensaciones, cuando estas hayan sufrido alguna modificación. |
|
7 |
Original y fotocopia de los comprobantes fiscales del
impuesto acreditable, retenidos o pagados, (Constancias de retenciones con
firma autógrafa en su caso, sello original, estados de cuenta que expidan los
sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, etc.). |
|
8 |
Tratándose de remanentes, únicamente llenara el
formato electrónico indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la autoridad
en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que el propio
formato solicita. Nota: En el caso de no contar con el número de control de
su aviso inicial podrá hacer referencia al número de caso conformado con la
siguiente estructura: “AV2009XXXXXXXX” correspondiente al aviso de
compensación anterior para verificar que el saldo remanente sea la
continuación de dicho trámite. |
Notas: Tratándose de
contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 “Información de la Declaración en
que se compensó” de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refieren las Reglas
II.2.8.2.1. y II.2.8.5.1., de la RMF en el que se manifestó el importe a cargo
y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado. Los
documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
|
Aviso de Compensación de cantidades a favor de 0tras
contribuciones vía Internet |
|
|
No. |
DOCUMENTO |
|
1 |
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el
aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones. |
|
2 |
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
|
3 |
Escrito en el que se indique la determinación del
monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio,
cuando exista diferencia determinada por la autoridad. |
|
4 |
Tratándose de un establecimiento permanente, original
y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de
aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. |
|
5 |
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a
favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad. |
|
6 |
Escrito libre en el que aclare las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado
por la autoridad. |
|
7 |
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma
autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales
y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán
devolverse al contribuyente por el personal receptor.
37/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del
IETU vía Internet
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personales
morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”. |
||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo electrónico con número de folio. |
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 29 Nota: Es importante que no se
modifiquen por parte del contribuyente los nombres de los archivos
encriptados que genera el Formato F 3241, esto debido a que de ser
modificados no podrán ser reconocidos por los sistemas del SAT, generando un
posible rechazo del trámite. |
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
23 CFF, 8 de la LIETU, Reglas I.4.3.1., I.4.3.2., II.2.2.6. RMF. |
Tabla 29
|
Aviso de compensación de saldos
a favor de IETU vía Internet |
|||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS
MORALES |
PERSONAS
FISICAS |
||
|
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO |
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES |
TODOS
|
|||
|
1 |
Forma
oficial 41 “Aviso de
Compensación” electrónico. |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Anexo
14 de las formas oficiales
32 y 41 “Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio”. F3241 en
formato Zip, para contribuyentes personas morales que dictaminan sus estados
financieros. Anexo
14 “Determinación del saldo
a favor IETU del ejercicio”, en la aplicación de Devoluciones por Internet,
para las demás personas físicas y morales, este anexo deberá presentarse
digitalizado. |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Anexo
14-A de las formas oficiales
32 y 41 “Determinación de los pagos provisionales acreditables de IETU”.
F3241 en formato Zip, para contribuyentes personas morales que “Dictaminan
sus Estados Financieros”. Anexo 14-A “Determinación de pagos
provisionales acreditables de IETU” disponible en la aplicación de
Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y personas
físicas. |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la
aplicación “Mi portal”. |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Papeles de trabajo en el que se manifieste los acreditamientos
efectuados. |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Tratándose de ingresos provenientes por
fideicomisos, fotocopia del contrato de fideicomiso, con firma del
fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del
representante legal de la institución fiduciaria. |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
En los casos de avisos complementarios por
errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor,
y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 con los datos
que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos
que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y
Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación. |
X |
X |
X |
X |
|
8 |
Tratándose de remanentes, únicamente llenara
el formato electrónico correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL
asignado por la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y
los datos que el propio formato solicita. Nota: En
el caso de no contar con el número de control de su aviso inicial podrá hacer
referencia al número de caso conformado con la siguiente estructura:
“AV2009XXXXXXXX” correspondiente al aviso de compensación anterior para
verificar que el saldo remanente sea la continuación de dicho trámite. |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el
apartado 3 “Información de la Declaración en que se compensó” de la forma
oficial 41, se señalarán los datos del pago
a que se refiere la Regla II.2.8.2.1., de la RMF en el que se manifestó el
importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya
presentado.
Los documentos originales
se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER
REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso de compensación de saldos
a favor de IETU vía Internet |
|||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS
MORALES |
PERSONAS
FISICAS |
||
|
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO |
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES |
TODOS
|
|||
|
1 |
Documentos que deban presentarse conjuntamente
con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos,
se hayan presentado con errores u omisiones. |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Tratándose de un establecimiento permanente,
original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso,
escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Escrito en el que aclare la diferencia del
saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Escrito o papeles de trabajo en el que se
aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de
acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con o
determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Escrito o papeles de trabajo en el que se
aclare la determinación de montos de pagos provisionales manifestando en la
declaración el ejercicio. |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
Escrito libre en el que aclare las
compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra
lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
8 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
X |
X |
X |
X |
Notas: Tratándose de escritos
libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su
representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas se
utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al
contribuyente por el personal receptor
38/CFF Aviso de compensación del IDE vía Internet
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas
morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
|||||||||||||
|
¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”. |
|||||||||||||
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:
|
|||||||||||||
|
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo electrónico con número de folio. |
|
||||||||||||
|
Requisitos: Ver Tabla 30 Nota: Es importante que no se
modifiquen por parte del contribuyente los nombres de los archivos encriptados
que genera el Formato F 3241, esto debido a que de ser modificados no podrán
ser reconocidos por los sistemas del SAT, generando un posible rechazo del
trámite. |
|
||||||||||||
|
Disposiciones jurídicas
aplicables: Art.
23 CFF, Art. 7 y 8 de la LIDE, Reglas I.7.27., II.2.2.6. RMF. |
|
||||||||||||
Tabla 30
|
Aviso de compensación del IDE vía Internet |
|||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS MORALES |
PERSONAS FISICAS |
||
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO |
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES |
TODOS
|
|||
|
1 |
Forma oficial 41 “Aviso de Compensación” electrónico. |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Anexo 11 de las formas oficiales 32 y 41
“Determinación del impuesto a los depósitos en efectivo sujeto a devolución
de contribuyentes que no consolidan”. F3241 en formato Zip, para
contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo 11 “Determinación del impuesto a los depósitos
en efectivo sujeto a devolución de contribuyentes que no consolidan”, disponible
en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas
morales y personas físicas. |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Anexo 11-A de las formas oficiales 32 y 41,
“Integración de impuesto a los depósitos en efectivo de los contribuyentes
que no consolidan” F3241 en formato Zip, para contribuyentes personas morales
que “Dictaminan sus Estados Financieros”. Anexo 11-A “Integración del impuesto a los depósitos
en efectivo de contribuyentes que no consolidan” disponible en la aplicación
de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y personas
físicas. |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la aplicación
“Mi portal”. |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Los recibos o constancias donde se demuestre el
entero del impuesto, expedido por la Institución Bancaria que recaudó el
impuesto. |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Escrito o papeles de trabajo en el que se manifieste (el) los acreditamiento(s)
y /o compensación que hubiere efectuado. |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
Tratándose de remanentes, únicamente llenara el
formato electrónico indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la autoridad
en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que el propio
formato solicita. Nota: En el caso de no contar con el
numero de control de su aviso inicial podrá hacer referencia al número de
caso conformado con la siguiente estructura: “AV2009XXXXXXXX” correspondiente
al aviso de compensación anterior para verificar que el saldo remanente sea
la continuación de dicho trámite. |
X |
X |
X |
X |
|
8 |
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la
declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación: Presentará la forma oficial 41 con los datos que el
propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se
establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y
Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación. |
X |
X |
X |
X |
Nota: Los
documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER
REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
|
Aviso de compensación
del IDE vía Internet |
|||||
|
No. |
DOCUMENTO |
PERSONAS
MORALES |
PERSONAS
FISICAS |
||
|
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO |
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES |
TODOS
|
|||
|
1 |
Documentos que deban presentarse
conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o
sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Escrito o papeles de trabajo en el que aclare
la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos,
estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Tratándose de un establecimiento permanente,
original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso,
escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. |
X |
X |
X |
X |
|
5 |
Escrito libre en el que aclare las
compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra
lo determinado por la autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
6 |
Escrito o papeles de trabajo en el que se
aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamiento,
estímulos o recaudación por existir diferencias con lo determinado por la
autoridad. |
X |
X |
X |
X |
|
7 |
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
X |
X |
X |
x |
Nota: Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas se
utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al
contribuyente por el personal receptor.
Tabla 31
|
Tabla
de requisitos para la presentación de avisos de compensación vía Internet de
Grandes Contribuyentes |
|||||||||
|
No. |
REQUISITOS |
ISR |
IA |
IETU |
IA x REC |
IVA |
IEPS |
IDE |
PAGO INDEBIDO |
|
1 |
Formato
41 electrónico |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Declaración
Anual o Pago Provisional donde se manifestó el saldo a favor |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
X |
|
3 |
Pago
provisional donde compensó |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
4 |
Archivo
F3241 (Anexos electrónicos) |
X |
X |
X |
|
X |
|
X |
|
|
5 |
Anexo
2 o 3 |
|
|
|
X |
|
|
|
|
|
6 |
Archivo
de Proveedores (IVACOM) |
|
|
|
|
X |
|
|
|
|
7 |
Retenciones
Bancarias relacionadas con el saldo a favor |
X |
|
|
|
X |
|
X |
|
|
8 |
Escrito
libre señalando los motivos o circunstancias que dieron origen al pago indebido |
|
|
|
|
|
|
|
X |
|
Aviso
de compensación de saldos remanentes |
|||||||||
|
No. |
REQUISITOS |
ISR |
IA |
IETU |
IA x REC |
IVA |
IEPS |
IDE |
PAGO INDEBIDO |
|
1 |
Formato
41 electrónico |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
2 |
Pago
Provisional donde compensó |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
3 |
Archivo
F3241 (Anexos Electrónicos) |
X |
X |
X |
|
X |
|
X |
|
|
4 |
Fotocopia
del aviso anterior o acuse del caso anterior donde se refleje el saldo
remanente |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
Nota: El archivo correspondiente al programa F3241 debe anexarlo en el aviso
del saldo origen así como cada uno de los avisos remanentes, para lo cual se
debe generar un nuevo archivo a través del programa F3241 para cada remanente,
tanto el Formato 41 electrónico como sus anexos deben ser enviados a través de
un solo archivo con extensión *.Zip