Tesis y jurisprudencias relevantes
Aun y cuando una resolución determinante se encuentre emitida a nombre de persona diversa al demandante, este estará en aptitud de combatirla, si en dicha resolución, se le considera responsable solidario de conformidad con el artículo 26, fracción III, párrafo tercero, inciso b) del Código Fiscal de la Federación, y se ordena que a él se realice el cobro coactivo del crédito; pues con ello se le vincula directamente a la determinación del crédito y se le obliga a contribuir a su pago, lo que sin lugar a dudas le causa perjuicio y le da la posibilidad de hacer valer lo que a sus intereses convenga a través del juicio contencioso administrativo.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1901/15-29-01-3.- Resuelto por la Sala Regional Sur del Estado de México del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 21 de abril de 2016, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Rosa María Corripio Moreno.- Secretaria: Lic. María de Lourdes Acosta Alvarado.