Tesis y jurisprudencias relevantes
NOTIFICACIÓN. ES ILEGAL CUANDO LA PARTE ACTORA ACREDITA QUE FUE PRACTICADA EN UN DOMICILIO DISTINTO AL DECLARADO EN SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES Y ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.- |
No basta con que el notificador se haya cerciorado de que las diligencias de notificación se practicaron en el domicilio del interesado para tener por legales las mismas, si la presunción de legalidad de la que gozan tanto el citatorio como el acta de notificación, se desvirtuó con la exhibición de la copia certificada de su Registro Federal de Contribuyentes, y el aviso de Inscripción en el Instituto Mexicano del Seguro Social, ya que en esas documentales se aprecia que contrario al dicho del tercero con quien se entendieron las diligencias, el domicilio fiscal de la actora se ubicaba en un domicilio distinto, máxime cuando la autoridad no se encarga de desvirtuar esas documentales al contestar su ampliación de demanda.