PRINCIPIOS DE RESERVA Y PRIMACÍA DE LA LEY. LAS REGLAS DE LAS RESOLUCIONES MISCELÁNEAS FISCALES ESTÁN SUJETAS A ÉSTOS.-

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R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 4. Noviembre 2011. p. 110 Registro No. 38655

VII-P-SS-15

PRINCIPIOS DE RESERVA Y PRIMACÍA DE LA LEY. LAS REGLAS DE LAS RESOLUCIONES MISCELÁNEAS FISCALES ESTÁN SUJETAS A ÉSTOS.-

Las resoluciones administrativas de carácter general que expidan las autoridades en ejercicio de sus facultades, están sujetas a los principios de reserva y primacía de ley, en la medida en que reflejan la voluntad de la administración pública en ejercicio de sus potestades, con efectos generales. El principio de reserva de la ley determina que las Resoluciones Misceláneas Fiscales no puede regular materias que deben ser normadas en las leyes; mientras que el principio de primacía de la ley, consiste en que la miscelánea fiscal debe estar precedida por un ordenamiento legal en el que encuentra su justificación y medida, toda vez que su función se limita a detallar y precisar la regulación correspondiente, y no a corregir disposiciones y procedimientos legales.

PRECEDENTE:

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 19228/07-17-03-4/437/11-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7 de septiembre de 2011, por unanimidad de 10 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar. (Tesis aprobada en sesión de 12 de octubre de 2011)