INCIDENTE DE INCOMPETENCIA TERRITORIAL. COPIA CERTIFICADA DEL REPORTE GENERAL DE CONSULTA DE INFORMACIÓN DE CONTRIBUYENTE, ES UN DOCUMENTO OFICIAL IDÓNEO PARA EFECTOS DE EVIDENCIAR LA ACTUAL UBICACIÓN DEL DOMICILIO FISCAL DEL ACTOR.-

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R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 4. Noviembre 2011. p. 34 Registro No. 38641

VII-J-1aS-4

INCIDENTE DE INCOMPETENCIA TERRITORIAL. COPIA CERTIFICADA DEL REPORTE GENERAL DE CONSULTA DE INFORMACIÓN DE CONTRIBUYENTE, ES UN DOCUMENTO OFICIAL IDÓNEO PARA EFECTOS DE EVIDENCIAR LA ACTUAL UBICACIÓN DEL DOMICILIO FISCAL DEL ACTOR.-

Conforme al último párrafo del artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establece que cuando una Sala esté conociendo de un juicio que sea competencia de otra, cualquiera de las partes puede acudir ante el Presidente del Tribunal, exhibiendo copia de la demanda y de las constancias que estime pertinentes, a fin de que las Secciones, acorde con lo señalado en la fracción VII del artículo 23 de la Ley Orgánica del citado órgano jurisdiccional, resuelvan qué Sala es la competente para conocer del juicio. En este tenor, si la autoridad interpone incidente de incompetencia por razón de territorio, argumentando que el domicilio fiscal del actor no es el que señaló en su escrito de demanda, y para efectos de evidenciar la actual ubicación del domicilio fiscal del actor y con ello demostrar la incompetencia de la Sala Regional para conocer del juicio, por razón de territorio, exhibe copia certificada del Reporte General de Consulta de Información de Contribuyente, donde aparecen los movimientos efectuados al R.F.C., tal constancia oficial al ser expedida por la autoridad tiene el valor de documental pública, que debe considerarse para determinar qué Sala Regional de este Órgano Colegiado es la competente territorialmente para conocer del juicio contencioso administrativo, sin que sea válido estimar fundado un incidente de incompetencia territorial, apoyado en que con posterioridad, es decir, durante la substanciación del juicio, la parte actora cambie su domicilio fiscal, en razón a que, debe atenderse al domicilio de la parte demandante al momento de la presentación de la demanda. (Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S1-10/2011)

PRECEDENTE:

PRECEDENTES: VI-P-1aS-433 Incidente de Incompetencia Núm. 3449/10-17-04-5/2604/10-S1-02-06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 17 de marzo de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. María del Consuelo Hernández Márquez. (Tesis aprobada en sesión de 17 de marzo de 2011) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 41. Mayo 2011. p. 34 VI-P-1aS-434 Incidente de Incompetencia Núm. 18975/10-17-08-1/2236/10-S1-01-06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 29 de marzo de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez.- Secretaria: Lic. Magdalena Judith Muñoz Ledo Belmonte. (Tesis aprobada en sesión de 29 de marzo de 2011) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 41. Mayo 2011. p. 34 VI-P-1aS-451 Incidente de Incompetencia Núm. 13060/10-17-08-8/294/11-S1-04-06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 26 de mayo de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretario: Lic. Francisco Enrique Valdovinos Elizalde. (Tesis aprobada en sesión de 26 de mayo de 2011) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 43. Julio 2011. p. 95 VI-P-1aS-452 Incidente de Incompetencia Núm. 7285/10-17-04-1/236/11-S1-05-06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 31 de mayo de 2011, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Juan Ángel Chávez Ramírez.- Secretaria: Lic. Sara Rocha Mata. (Tesis aprobada en sesión de 31 de mayo de 2011) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 43. Julio 2011. p. 95 VI-P-1aS-472 Incidente de Incompetencia Núm. 7910/10-11-01-8/279/11-S1-02-06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 28 de junio de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretario: Lic. Juan Pablo Garduño Venegas. (Tesis aprobada en sesión de 28 de junio de 2011) R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 1. Agosto 2011. p. 117 Así lo acordó la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión celebrada el veinticinco de octubre de dos mil once.- Firman el Magistrado Dr. Manuel L. Hallivis Pelayo, Presidente de la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la Licenciada Sonia Sánchez Flores, Secretaria Adjunta de Acuerdos, quien da fe.