Tesis y jurisprudencias relevantes
INCIDENTE DE INCOMPETENCIA TERRITORIAL. SI LA AUTORIDAD SE APOYA EN LA COPIA CERTIFICADA DE UN DOCUMENTO QUE OBRA EN SU EXPEDIENTE, DEBE CONTENER ADEMÁS DE LA INFORMACIÓN DEL DOMICILIO FISCAL, LOS DATOS QUE PERMITAN LA CERTEZA DEL MOMENTO EN QUE SE VERIFICÓ EL MOVIMIENTO CORRESPONDIENTE.- |
Cuando, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la autoridad interpone el incidente de incompetencia territorial argumentando que el domicilio fiscal del actor no es el que se señaló en el escrito de demanda, apoyando tal aserto en copias certificadas de documentos que tuvo a la vista y obran en su expediente administrativo, es claro que, en términos del artículo 46, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, tales probanzas tienen pleno valor probatorio para acreditar que el domicilio de la contribuyente es el precisado en esas constancias, máxime si el contribuyente y el domicilio fiscal aparecen como activo y localizado, respectivamente; no obstante, si en las referidas constancias no existe dato alguno que permita establecer a partir de cuándo se constituye el domicilio fiscal, esta Juzgadora no tiene certeza de la fecha en que se registró tal domicilio, lo que lleva a resolver infundado el incidente, pues no se desvirtúa a plenitud la presunción que deriva del último párrafo del artículo 34, de la menciona Ley Orgánica.