Tesis y jurisprudencias relevantes
PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE ORIGEN.- SON INOPERANTES LOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN PLANTEADOS POR EL IMPORTADOR, CUANDO ALEGA LA APLICACIÓN SUPLETORIA DEL ARTÍCULO 46-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.- |
Cuando en el juicio contencioso administrativo, el importador de un bien plantea la aplicación supletoria del artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación al procedimiento de verificación de origen previsto en el artículo 506 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, pretendiendo que su desarrollo se ajuste a los plazos establecidos en el mencionado numeral, dicho argumento resulta inoperante, ya que el procedimiento de verificación de origen tiene como finalidad específica establecer la autenticidad del certificado de origen, razón por la cual se dirige en forma exclusiva y directa al exportador y/o productor de un bien, y por lo mismo resulta ajeno a la parte importadora de los bienes, de lo que se concluye meridianamente que no es a ésta a quien corresponde defender la validez del procedimiento ni combatir los posibles vicios en que incurra la autoridad aduanera en su desarrollo.