AGRAVIOS INOPERANTES. SON AQUELLOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN EN LOS QUE SE CUESTIONA LA CONSTITUCIONALIDAD DE LOS ORDENAMIENTOS EN QUE SE APOYÓ EL ACTO CONTROVERTIDO.-

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R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 5. Diciembre 2011. p. 56 Registro No. 38716

VII-J-1aS-10

AGRAVIOS INOPERANTES. SON AQUELLOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN EN LOS QUE SE CUESTIONA LA CONSTITUCIONALIDAD DE LOS ORDENAMIENTOS EN QUE SE APOYÓ EL ACTO CONTROVERTIDO.-

La jurisprudencia 196 sustentada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la pág. 333, primera parte, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1988, cuyo rubro dice: “TRIBUNAL FISCAL. CARECE DE COMPETENCIA PARA JUZGAR SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LEYES”; establece que este Tribunal carece de competencia para estudiar y resolver sobre la inconstitucionalidad de una ley, ya que tal facultad corresponde al Poder Judicial de la Federación, a través del juicio de amparo. De acuerdo con lo anterior, si la demandante pretende que se declare la nulidad de un acto de autoridad, aduciendo que se sustenta en el “Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de mercancías importadas y las disposiciones para su certificación en materia de cuotas compensatorias” y en “la resolución definitiva de la investigación antidumping sobre importaciones de hilados y tejidos de fibras sintéticas y artificiales” de 30 de agosto y 18 de octubre de 1994 respectivamente, que según él, infringen lo dispuesto por el artículo 73, fracciones X y XXX, en relación con lo previsto por el diverso 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues al ser emitidos por la entonces Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, dependencia del Poder Ejecutivo, invaden la esfera de competencia del Poder Legislativo, al contravenir mediante un acuerdo de naturaleza administrativa, el texto de un precepto legal, como lo es el artículo 66 de la Ley de Comercio Exterior expedida por el Poder Legislativo; tal agravio debe estimarse inoperante, ya que su estudio implicaría, que este Órgano Colegiado se pronunciara sobre la constitucionalidad de tales Ordenamientos, lo cual escapa de su competencia, toda vez que este Tribunal carece de facultades para resolver controversias sobre la constitucionalidad de leyes, reglamentos o decretos, razón por la que en estos casos, deben desestimarse por inoperantes los argumentos de la actora. (Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S1-16/2011)

PRECEDENTE:

PRECEDENTES: V-P-1aS-242 Juicio No. 23115/02-17-02-3/1132/03-S1-02-01.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 2 de marzo de 2004, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Luis Malpica y de Lamadrid.- Secretario: Lic. Antonio Miranda Morales. (Tesis aprobada en sesión privada de 4 de mayo de 2004) R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 48. Diciembre 2004. p. 132 V-P-1aS-250 Juicio No. 25497/03-17-06-2/320/04-S1-01-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 30 de noviembre de 2004, por unanimidad de 5 votos.- Magistrado Ponente: Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez.- Secretario: Lic. César Octavio Irigoyen Urdapilleta. (Tesis aprobada en sesión de 30 de noviembre de 2004) R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 51. Marzo 2005. p. 19 V-P-1aS-336 Juicio Contencioso Administrativo No. 2721/05-17-11-9/223/06-S1-04-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 3 de octubre de 2006, por unanimidad de 5 votos.- Magistrado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretario: Lic. Francisco Enrique Valdovinos Elizalde. (Tesis aprobada en sesión de 3 de octubre de 2006) R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. Tomo II. No. 73. Enero 2007. p. 853 VII-P-1aS-28 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 28036/06-17-04-8/1864/09-S1-04-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 16 de agosto de 2011, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretario: Lic. Javier Armando Abreu Cruz. (Tesis aprobada en sesión de 16 de agosto de 2011) R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 3. Octubre 2011. p. 64 VII-P-1aS-29 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 36927/07-17-08-4/2019/09-S1-04-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 29 de septiembre de 2011, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretaria: Lic. Rosa Guadalupe Olivares Castilla. (Tesis aprobada en sesión de 29 de septiembre de 2011) R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 3. Octubre 2011. p. 64 Así lo acordó la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión celebrada el primero de diciembre de dos mil once.- Firman el Magistrado Dr. Manuel L. Hallivis Pelayo, Presidente de la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la Licenciada Sonia Sánchez Flores, Secretaria Adjunta de Acuerdos, quien da fe.