Tesis y jurisprudencias relevantes
IMPROCEDENCIA. EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO INCOADO EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN RECAÍDA A UNA INCONFORMIDAD, RELATIVA A UNA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO, LO ES, ANTE LA FALTA DE INTERÉS JURÍDICO.- |
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 2. Septiembre 2011. p. 85 38490 |
La procedencia del juicio contencioso administrativo, presume la existencia de un derecho legítimamente tutelado, que cuando se transgrede por la actuación de una autoridad, faculte a su titular para acudir ante el órgano jurisdiccional demandado el cese de esa violación. En el caso no existe un derecho legítimamente tutelado, ya que no hay la posibilidad de que el interesado acuda ante un órgano jurisdiccional, ante la inexistencia de un precepto legal que así lo determine, pues el acto en sí no tiene efectos vinculatorios, por disposición expresa de la Ley, específicamente el artículo 96, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, se colige que no hay interés jurídico por parte del actor para interponer el juicio contencioso administrativo. En efecto, la inconformidad presentada en contra de la evaluación anual del desempeño, se desahoga acorde a lo previsto por los artículos 93, 94 y 95 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, y precisamente en aplicación de dicho procedimiento se tiene que la inconformidad, no tiene efecto vinculatorio para el inconforme ya que su finalidad es revisar la operación del Sistema de Servicio Profesional de Carrera, por lo que solo se emite para el establecimiento de las medidas que se estimen necesarias para la adecuada operación del propio sistema. En esos términos, resulta improcedente el juicio así interpuesto, toda vez que la promovente no acredita la existencia de su interés jurídico para impugnar el acto de inconformidad con lo dispuesto por el artículo 8, fracción I, en relación al diverso 9, fracción II, ambos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, procede el sobreseimiento del presente juicio.