Propiciará IETU reinversión

Hugo Luévano

a.m.com.mx 29 enero 2008

A partir del 1º. de enero entró en vigor el Impuesto Empresarial de Tasa Única (IETU) y con ello, tanto las personas físicas como morales deberán plantear una estrategia en los términos de ley para cumplir con sus obligaciones fiscales.

María Esther Santos, presidenta del Consejo Directivo del Colegio de Contadores Públicos de León, reconoce que el nuevo impuesto implicará un trabajo adicional para los especialistas, quienes deberán conocer a detalle la información de las empresas y con ello dar al empresario y a las personas físicas la mejor alternativa para establecer una estrategia fiscal.

Recuerda Santos que en un inicio la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, planteó que la finalidad del gravamen era obtener una importante recaudación a través del impuesto, y se calculaba en 300 mil millones de pesos.

Tras el proceso de revisión por parte de las cámaras del impuesto, el 1 de octubre, hubo un cambio en la postura, y ahora se espera recaudar 70 mil millones de pesos.

‘Ahora la postura oficial con este impuesto no es obtener mayores recursos para el Gobierno, sino más bien lograr la reactivación económica del País a través de la reinversión que realicen tanto las personas físicas y morales’, expresa Santos.

‘Mi postura sobre este impuesto es que debe ser manejado adecuadamente tanto por las empresas como por las personas físicas, en base a una adecuada asesoría de parte de un especialista’.

‘Si hay una respuesta adecuada no únicamente en el pago del impuesto, sino también en cuanto a la reinversión que realicen los contribuyentes y su impacto económico, es probable que en 2011 se derogue el Impuesto Sobre la Renta’, comenta la presidenta del Colegio de Contadores Públicos de León.

Explica María Esther Santos, que otro propósito es desaparecer regímenes preferenciales, ‘Con este impuesto la contribución será más transparente. Y la mejor forma, la más sencilla de no pagar impuestos es reinvertir. Ello implica que el contribuyente compre un activo fijo, o bien tenga un gasto’.

Un activo fijo es una inversión de un bien que perdura en el transcurso del tiempo, por ejemplo una maquinaria.

‘Si yo tengo una fábrica de zapatos y el IETU se convierte en una amenaza en cuanto a lo que se va a tener que pagar al fisco, lo más conveniente es realizar un plan para remodelar las instalaciones, comprar nueva maquinaria, contratar asesoría en marketing, en el desarrollo de la organización, en publicidad, en administración, todo eso es deducible’, explica.

Dos impuestos

Las personas físicas, en este caso arrendadores y personas que presenten sus servicios profesionales y cobren por honorarios tendrán que presentar su declaración para el Impuesto Sobre la Renta (ISR) como lo venían haciendo en el anterior ejercicio. El ISR es sobre una base ascendente que puede ser de un máximo de un 28%, de acuerdo al nivel de ingresos.

Adicionalmente deberán calcular el IETU (Impuesto Empresarial Tasa Única). El IETU se calcula sobre una base del 16.5%.

Una de las claves para que el IETU no represente un riesgo en las finanzas de personas físicas y morales es deducir, pero es precisamente las limitantes de deducción lo que más se le ha criticado al impuesto.

María Esther Santos señala, ‘No hay límite para deducir. El IETU es un impuesto que opera en base a flujo de efectivo. No es un impuesto que se presta para una estrategia de montar facturas. Una vez que se paga la factura, en el mes que se haga el pago o la transferencia, en ese mes se puede acreditar contra IETU’, refiere.

Cálculo del IETU

El IETU se causa sobre una base que se genera de la diferencia de comparar ingresos efectivamente cobrados menos deducciones efectivamente pagadas.

  • Se registran ingresos percibidos mensualmente y se le restan deducciones autorizadas contra IETU, pagadas específicamente en ese periodo.

  • Se hace un balance IETU/ ISR

  • Se pagará al Fisco, el gravamen mayor

  • Todos los ingresos se consideran para efecto del IETU.

Las deducciones que se pueden realizar contra

IETU son:

  • Adquisición de bienes

  • Activos fijos en general

  • Prestación de servicios personales independientes

  • La renta del inmueble

  • Son deducciones reducidas. Relacionadas prácticamente contra lo que se genera de ingreso.

  • En todos los casos se paga, Impuesto Sobre la Renta. Se acredita contra el IETU.