Objetivo: neutralizar el IETU

Alicia Valverde

Nuevo Excélsior 10 diciembre 2007

El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) que entrará en vigor a partir de 2008 representará una carga fiscal importante para las empresas, sin embargo, las compañías que inviertan podrán neutralizar su impacto, aseguran especialistas.

Herbert Bettinger Barrios, socio director del área de servicios jurídicos integrales de Ernst & Young, señaló que las empresas que realicen inversiones en activos fijos podrán neutralizar el efecto del IETU, pero las que no lo puedan hacer tienen la alternativa de ampararse.

“La intención de las autoridades de poner el impuesto empresarial es para que las empresas inviertan, las que no lo puedan hacer tienen la alternativa de defender sus intereses ante la Corte”, expuso.

En una panel que realizó Excélsior con fiscalistas sobre el efecto de dicho impuesto en las empresas, el especialista expuso que las firmas más afectadas serán aquellas que paguen previsión social, como vales de despensa, además de regalías e intereses, debido a que el nuevo impuesto no permitirá deducir dichas partidas.

Asimismo dijo que también podrán verse dañadas las que tengan alto grado de inventarios y las que hayan hecho inversiones previas a 2008.

“Con las características antes mencionadas pudieran ubicarse los sectores industrial, comercial y agrícola, entre otros”, expuso.

Aclaró que las empresas que por años han pagado Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 28 por ciento y no están sujetas a las condiciones antes mencionadas permanecerán igual, aunque la carga fiscal será para todas, sólo que unas pagarán más y otras menos, es decir, unas van a resentir más el impuesto.

Miguel Ángel Temblador Torres, socio de impuestos corporativos de la firma de consultoría KPMG, dijo que el incremento de la carga fiscal es casuístico, ya que dependerá de cómo realicen las empresas sus operaciones.

“No debemos perder de vista que el impuesto real es el del ISR, el cual se mantiene y el IETU viene a tratar de nivelar el Impuesto al Activo, que no se estaba pagando o se hacía de forma menor; de esta forma, el nuevo impuesto surge como mínimo, aunque habrá casos que sea mayor que el ISR”, sostuvo.

Aclaró que, debido a la temporalidad de los negocios, habrá casos en los cuales en un mes la empresa tenga que pagar IETU y en otros ISR; los negocios tienen periodos en los cuales no necesariamente llega el flujo de efectivo cuando facturan, sino al final o antes, por lo que la tarea de las compañías será analizar cómo lo manejan desde un punto de vista de periodo.

Asimismo reconoció que habrá afectaciones temporales por el caso de los inventarios, ya que los que se registren hasta el 31 de diciembre de este año no serán deducibles al 100 por ciento, sino que se hará a lo largo de diez años y sólo se permitirá deducir hasta 60 por ciento cada año, hasta llegar a la fecha.

El especialista coincidió en que las empresas que tengan gastos en previsión social, como vales de despensa, también se verán afectadas; sin embargo, cada compañía tomará su decisión de mantenerlas o eliminarlas, aunque aclaró que esta última decisión no es sencilla porque existen contratos colectivos de trabajo y negociaciones con los sindicatos.

Además se generaría un mal ambiente entre los trabajadores en caso que quisieran eliminar dichas prestaciones.

Para Francisco Macías, socio de impuestos de Deloitte, el IETU afectará a todas las empresas en el aspecto administrativo porque tendrán que hacer el cálculo de la determinación de la base para pagar dicho impuesto.

“Todas las empresas tienen que hacer que su contabilidad les dé información necesaria para hacer el pago del IETU”, aclaró.

El fiscalista expuso que no hay una regla general para determinar a quiénes afectará más que a otras, ya que dependerá de la cobranza y de los gastos de cada empresa. Tampoco influirá el tamaño de la empresa.

“Tampoco se puede hablar de sectores más perjudicados con el nuevo impuesto, porque todo dependerá de las decisiones de cada empresa en lo individual, de cuáles sean las decisiones de los accionistas de comprar o vender”, expuso.

Especificó que cuando los gastos sean mayores a los ingresos no se tendrá que pagar IETU.

“Por ejemplo: si una empresa factura 100 pesos, pero solamente cobra 20 pesos y para reponer lo vendido gasta 30 pesos, entonces no pagará el gravamen en cuestión, porque sus gastos fueron mayores a los ingresos. Pero en caso que tenga cuentas por cobrar del orden de 100 pesos y solamente cobre 90 pesos y deba gastar 30 pesos en inventarios, lo que le quedan serán 60 y sobre eso tendrá que pagar el impuesto, dado que su flujo de efectivo es mayor”.

De esta forma, asegura que el gravamen afectará a quienes no inviertan o a quienes lo hicieron en años anteriores, por lo que no se puede predecir qué tan bueno será para unos y para otros, dependerá de cada empresa.

Olga Ávila Sandoval, profesora de contaduría de la Universidad Panamericana y especialista en recaudación de impuestos, coincide en que el nuevo gravamen está causando mucho impacto en las empresas que ofrecen prestaciones de previsión social y que ofrecen sueldos bajos, menores a los cinco mínimos, además de aquellas compañías que tienen que pagar subsidio al empleo.

Asimismo mencionó que la afectación será para las empresas que están apalancadas porque los intereses no son deducibles para el IETU, así como a las empresas que tienen pérdidas fiscales en el ISR.

En contraste, agregó, las menos afectadas serán las que pagan ISR y registran una utilidad fiscal mayor a 20 por ciento.

Aseguró que por el momento, las empresas están revisando sus planes de previsión social y prevén pasar parte de ese rubro como salario, aunque aclaró que no es fácil hacerlo, toda vez que al transferirlo puede causar una carga social del orden de entre 25 y 32 por ciento.

“Las empresas tendrían que pagar mayor previsión social si deciden integrar la previsión social a los salarios, sin embargo tiene un costo financiero muy alto para las empresas, por lo que tampoco significará un ahorro”, sentenció.

La especialista opinó que desde este momento tendrán que hacer un plan de trabajo financiero, fiscal, operativo y productivo para ser más eficientes, porque no pueden tomar una decisión solamente con el efecto del IETU.

“Esta nueva ley está moviendo la estructura de las empresas, ahora tendrán que ver la manera de mejorar sus utilidades, porque de lo contrario tendrán mayor carga fiscal”, aseguró.

Lo recomendable para las empresas, dijo, es que empiecen a analizar toda la operación y hagan una evaluación adecuada de sus costos, así como observar si sus precios están dentro del mercado y si pueden disminuir gastos, pero sobre todo, regular la administración para ser más eficientes.

Hacer un análisis completo permitirá a las empresas visualizar cómo funcionarán sus operaciones con sus clientes y proveedores a partir de 2008, cuando tendrán limitaciones para comprar y vender a crédito.

Esto incluye

El IETU forma parte de la reforma fiscal aceptada este año. Arrancará en 2008 con una tasa de 16.5 por ciento, subirá a 17 por ciento en 2009 y terminará en 17.5 por ciento en este mismo año.

El nuevo gravamen permitirá deducir las erogaciones por adquisición de bienes, por pagos de servicios independientes y por el uso o goce temporal de bienes que se usen para las actividades del contribuyente.

Los activos adquiridos antes del 2008, incluyendo los relacionados al último cuatrimestre de 2007 se aplicarán por partes iguales en los tres ejercicios siguientes.

Los anteriores (desde 1998 y hasta 2007), tendrán un crédito considerando la depreciación pendiente de aplicar convertida a la tasa del año de que se trate, aplicando cinco por ciento anual durante los próximos diez años.

Cambios fundamentales

Las firmas más afectadas serán aquellas que paguen previsión social, como vales de despensa, además de regalías e intereses, debido a que el nuevo impuesto no permitirá deducir las partidas.

Los inventarios que se registren hasta el 31 de diciembre de este año no serán deducibles al ciento por ciento, sino que se hará a lo largo de diez años y sólo se permitirá deducir hasta 60 por ciento anual.

Para el IETU, las empresas que están endeudadas no podrán deducir los intereses que pagan.

Considérelo:

Las empresas que pagan mucho de ISR no deberán compensar ni tanto ni siempre al IETU.

El objetivo es motivar la inversión de las empresas.

La planeación financiera debe contemplar la optimación de utilidades a través de la eficiencia en costos.