Recurrirán a demanda de amparos, empresarios

Fernando Barroso

El Sol de Tijuana 20 octubre 2007

Por Fernando Barroso

Tijuana, Baja California.- Con la nueva Reforma Fiscal se vulnera el principio de proporcionalidad y de equidad, porque se desconoce la capacidad real de contribución del gobernado, al no reconocer algunas deducciones habría que tributarse sobre una base ficticia, en un momento dado se puede promover la demanda de amparo, único medio para acudir de manera legal para que el gobierno haga caso de las peticiones del tributante, declaró Paulo Hernández Carrillo, director jurídico del Grupo Consultoría Empresarial.

"Nosotros consideramos que la Reforma Fiscal correcta es la que se pronuncia en materia del Impuesto al Valor Agregado, que haga modificaciones, que se despolitice el tema del IVA, porque no es posible que en Chile 8% de su recaudación sea de Impuesto al Valor Agregado y en México sea del 3.45%, que en México tengamos una recaudación del 15.43, estamos considerando 7 puntos que corresponden a ingresos que se generan por los impuestos al petróleo", comentó Eligio Hernández, director general de Grupo Consultoría Empresarial.

Luego entonces, añadió el ponente, México es dependiente del petróleo y es lo que debemos evitar, pues nuestras reservas se están agotando, y no sabemos que va a suceder en el preciso momento que no se cuente más con ellas.

Paulo Hernández Carrillo, quien es director jurídico de la misma firma, expuso que en el IETU la tendencia es el ampliar la base, incipientemente esto ha sido una copia de los modelos europeos, donde todavía no se puede determinar si efectivamente están funcionando los modelos que estamos copiando o es la economía incipiente, creciente.

"Lamentablemente creemos que con la acotación que se hace de las deducciones, es una base ampliada para los que usualmente pagan, la tendencia debería ser ampliar la base de contribuyentes, no la base de los que ya estamos pagando".

En cuanto a si existen posibilidades de ganar al fisco las demandas que se pudiesen presentar, el experto Enrique Trejo, dijo que obviamente se tienen varios plazos para interponer la demanda de amparo, son 30 días hábiles, a partir de que entre en vigor la disposición, o 15 días hábiles después de que se realice el primer pago provisional del IETU.

"Por ello consideramos que se vulnera el principio de proporcionalidad y de equidad, sobre todo el de proporcionalidad porque se desconoce la capacidad real de contribución del gobernado", manifestó Enrique Trejo.

Abundó que al momento de no reconocer algunas deducciones, se tributaría sobre una base ficticia, y en ese sentido lo que los tributantes deben hacer es permanecer atentos a los cálculos correspondientes para ver el impacto real y financiero de estas medidas y en un momento dado ver la posibilidad de promover la demanda de amparo, único medio que tienen los gobernados para acudir de manera respetuosa y legal a que los gobernantes hagan caso de las peticiones.