D8230. Pérdidas en operaciones financieras derivadas

Pérdida | Operación financiera derivada

Son operaciones que se realizan con instrumentos financieros derivados, que son contratos creados para generar derechos y obligaciones a las partes que intervienen en los mismos y cuyo único propósito es transferir entre dichas partes uno o más riesgos asociados con un bien o valor subyacente (base de referencia para evaluar el riesgo). Ni crean la obligación de transferir la propiedad del bien o valor subyacente al inicio del contrato, ni se hace la transferencia necesariamente al término del contrato. Los instrumentos financieros derivados existentes son: opciones, futuros o forwards y swaps. Hay operaciones financieras de deuda y de capital.

Por ser Pérdidas en operaciones financieras derivadas, no se incluyen en:

LISR Art. 22 / LISR Art. 23 / CFF Art. 16-A

Cuentas de orden

Cuentas de orden

Deudora

No son usuales los movimientos contrarios a su naturaleza.

Partida no monetaria

No aplica

Sin actividad

O-Otros

D-Deudor

Resultado fiscal del ejercicio

Afecta al ISR en el momento de su devengación.

No afecta en el IETU

No afecta en el IVA

No afecta en el IEPS

200.10 Ganancia en Operaciones financieras derivadas

200.20 Pérdida en Operaciones financieras derivadas