ACUERDO 31.1372.2020 por el que se aprueba la modificación del Programa Reestructura de UMAs a Pesos

Viernes 12 de Febrero 2021

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.-Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Prosecretaría de la Junta Directiva.- Oficio No. PJD/358/2020.

Asunto: Acuerdo 31.1372.2020 para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Mtro. Luis Antonio Ramírez Pineda

Director General del Instituto de Seguridad y

Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Presente

En sesión ordinaria número 1372 celebrada por la Junta Directiva el día 26 de noviembre de 2020, al tratarse lo relativo a la aprobación para modificar el Programa “Reestructura de UMAs a Pesos”, se tomó el siguiente:

ACUERDO 31.1372.2020.-La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 214, fracción XVI, inciso g), de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 40, fracción XVII, inciso g), de su Estatuto Orgánico; por unanimidad, aprueba la Modificación del Programa “Reestructura de UMAs a Pesos”, aprobado por acuerdo 30.1367.2019 de este Órgano de Gobierno, con base en lo autorizado por la Comisión Ejecutiva del FOVISSSTE mediante acuerdo 6889.914.2020, conforme a lo siguiente:

PRIMERO. PRODUCTOS

El Programa “Reestructura de UMAs a Pesos” tiene como objetivo atender a los acreditados mediante dos productos:

·         Reestructura de UMAs a Pesos Interna. Este producto será ofrecido por el FOVISSSTE y su intención es atender a los acreditados con créditos originados en salarios mínimos que su crédito fue otorgado antes de 2007 y que el saldo en pesos no se ha reducido, por lo cual se les aplicará una quita a su saldo insoluto, su crédito se denominará en pesos y se les aplicará una tasa nominal del 6%.

·         Reestructura de UMAS a Pesos con la Banca Comercial. Este producto será ofrecido por la Banca Comercial, la cual atenderá a acreditados con créditos denominados en salarios mínimos que tengan un saldo insoluto mayor al préstamo otorgado y que cumplan las características solicitadas por la Banca Comercial, en estos casos el Banco ofrecerá a los acreditados un nuevo crédito en pesos por el saldo insoluto actual de crédito con FOVISSSTE, con una tasa nominal preferencial fija.

Los acreditados que opten por adherirse a alguno de los Productos del Programa serán susceptibles de obtener un Segundo Crédito.

SEGUNDO. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD

Producto “Reestructura de UMAs a Pesos Interna”

Criterios de elegibilidad:

Los créditos que serán contemplados en este producto serán aquellos que cumplan con las siguientes características:

·         Se consideran créditos individuales en salarios mínimos destinados a la adquisición de vivienda y redención de pasivo.

·         El saldo insoluto del crédito en pesos debe ser mayor al monto otorgado por el FOVISSSTE en pesos.

·         Ser trabajador en activo al cierre de agosto de 2020.

·         Crédito originado antes del 01 de enero de 2007.

·         El acreditado debe solo tener un crédito.

·         No son elegibles créditos emproblemados ni mancomunados.

·         Sólo acreditados que se encuentran amortizando su primer crédito.

Con base en la problemática identificada y con la finalidad de atender aproximadamente 6,595 créditos, se propone reestructurar el saldo insoluto de los créditos que se ubiquen en los supuestos delimitados en la propuesta de Acuerdo, conforme a los siguientes criterios:

·         El saldo inicial del crédito será el que resulte de la resta del saldo insoluto actual del crédito FOVISSSTE menos una quita, la cual se describe más adelante.

·         El crédito estará denominado en pesos.

·         El crédito se devengará con una tasa de interés fija nominal del 6% anual.

·         El plazo del crédito no se extenderá, será el plazo legal del crédito original.

·         El descuento será fijo en pesos conforme a su salario base actual, y así se deberá estipular en el convenio modificatorio al contrato de mutuo que se celebre.

·         Las aportaciones realizadas por su dependencia por concepto de aportaciones a la subcuenta de la vivienda serán utilizadas para amortizar el saldo insoluto del crédito.

·         En caso de que el acreditado se pensione, salga del sector, cambie de dependencia, disminuya su salario, o tenga cualquier otra situación por la que su descuento no se pueda realizar o sea menor al estipulado, deberá realizar el pago a través de las instituciones financieras que el Fondo determine para depósitos de recuperación de créditos.

·         La línea de crédito que será asignado a los créditos reestructurados será identificada como “REESTRUCTURA EN PESOS”.

Para los acreditados que se registren para este Producto obtendrán una quita del 5% del saldo insoluto de su crédito; en caso de que el análisis de reestructura arroje un monto posible de pago menor al saldo insoluto actual del crédito, se les podrá aplicar una quita mayor, con la intención de que el acreditado tenga la posibilidad de pagarlo conforme a su ingreso actual y que el Fondo pueda recuperar dicho crédito.

En caso de que algún crédito de los elegibles al Programa se encuentren en carteras cedidas a los Fideicomisos de cartera bursatilizada y los acreditados decidan adherirse al programa aplicará lo estipulado en la Cláusula “Facultades del Administrador para modificar términos y condiciones de los Créditos Hipotecarios” de los contratos de Administración, Cobranza de Cartera y Depósito de Expedientes de Crédito de cada Emisión, los cuales indican que se deberá: pagar al Fiduciario Emisor, para beneficio del Patrimonio del Fideicomiso Emisor, el valor en efectivo de los descuentos o quitas otorgados; o a la sustitución del Crédito Hipotecario.

Las reestructuras de los créditos correspondientes al Producto “Reestructura UMAs a Pesos Interna” se formalizarán ante notario público y serán inscritas en el RPP. Los gastos notariales, impuestos, etc. serán a cargo del acreditado que desee adherirse al Programa.

El Modelo de “Convenio Modificatorio por Reestructura de UMAS a Pesos” será elaborado por la Subdirección de Asuntos Jurídicos, el cual deberá contener como anexos: Testimonio Original, Identificación, CURP, RFC, Carta de aceptación de descuento fijo.

Producto “Reestructura de UMAs a Pesos Banca Comercial”

Criterios de elegibilidad:

Los créditos que serán contemplados en el Producto “Reestructura de UMAs a Pesos Banca Comercial” serán aquellos cumplan las condiciones que solicite la Entidad Financiera que se adhiera al Producto, las siguientes características mínimas deberán ser:

·         El saldo insoluto del crédito en pesos debe ser mayor al monto otorgado por el FOVISSSTE en pesos.

·         El crédito debe estar denominado en Salarios Mínimos o Unidad de Medida y Actualización.

·         El crédito debe tener por lo menos 5 años desde la originación hasta la fecha de corte.

·         El acreditado debe solo tener un crédito.

·         Ser trabajador en activo.

·         Haber pagado los últimos 6 meses de manera continua vía nómina.

·         No encontrarse laborando en una dependencia que presente adeudos a FOVISSSTE en el último año.

Con base en la problemática identificada y con la finalidad de atender aproximadamente 69,338 créditos, se propone reestructurar los créditos que se ubiquen en los supuestos delimitados en la propuesta de Acuerdo con la redención de pasivos mediante un crédito bancario, conforme a los siguientes criterios:

·         El crédito estará denominado en pesos.

·         El crédito se devengará con una tasa de interés fija nominal preferencial, igual a la ofertada en el Programa FOVISSSTE Para Todos, (el CAT puede variar en función de los seguros ofrecidos por cada institución bancaria)

·         El plazo del crédito será el que determinen el Acreditado y el Banco.

·         El descuento será fijo en pesos conforme a lo que determinen el Acreditado y el Banco.

·         El descuento será realizado por la Dependencia o Entidad donde laboré el trabajador y enterado al FOVISSSTE, el cual lo transferirá al Banco

·         Las aportaciones realizadas por su dependencia por concepto de aportaciones a la subcuenta de la vivienda será utilizada para amortizar anticipadamente el saldo insoluto del crédito.

·         En caso de que el acreditado se pensione, salga del sector, cambie de dependencia, disminuya su salario, o tenga cualquier otra situación por la que su descuento no se pueda realizar o sea menor al estipulado, deberá realizar el pago a través de la institución financiera que le otorgó el crédito.

·         La línea de crédito que será asignado a los créditos reestructurados por el banco será identificada como “REESTRUCTURA EN PESOS (BANCO)”.

·         El FOVISSSTE cobrará una comisión a la Institución Bancaria por los servicios de recuperación vía descuento de nómina de los créditos hipotecarios.

Las reestructuras de los créditos correspondientes al Producto “Reestructura UMAs a Pesos Banca Comercial” se formalizarán ante notario público y serán inscritas en el RPP. Los gastos notariales, impuestos, avalúo, etc. serán a cargo del acreditado que desee adherirse al Programa.

TERCERO. MECÁNICA DE OPERACIÓN

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CUARTO. VIGENCIA.

El Programa estará vigente hasta el 31 diciembre de 2024. La Subdirección de Finanzas informará en cada sesión ordinaria a la Comisión Ejecutiva del Fondo sobre el cumplimiento del presente acuerdo, pudiendo revisarse conforme a los resultados obtenidos.

El universo del Programa “Reestructura de UMA´s a Pesos” se determina para los créditos que cumplan las características solicitadas al cierre del mes de agosto de 2020 y; posteriormente, será actualizado y autorizado por la Comisión Ejecutiva al menos una vez al año, hasta el término de su vigencia.

QUINTO. Se instruye publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación."

Atentamente

Ciudad de México, a 7 de diciembre de 2020.- La Prosecretaria de la Junta Directiva, Andrea Nava Fernández del Campo.- Rúbrica.