ANEXO 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021

Martes 29 de Diciembre de 2020

(Viene en la Primera Sección)

 

Protección u Ornato

Agricultura, ganadería, pesca, acuacultura y la extracción artesanal de piedra bola

General

 

 

($/m2)

($/m2)

($/m2)

 

ZONA I

$0.41

$0.165

$1.53

 

ZONA II

$1.00

$0.165

$3.22

 

ZONA III

$2.14

$0.165

$6.58

 

ZONA IV

$3.31

$0.165

$9.91

 

ZONA V

$4.45

$0.165

$13.30

 

ZONA VI

$6.93

$0.165

$20.02

 

ZONA VII

$9.26

$0.165

$26.72

 

ZONA VIII

$17.48

$0.165

$50.30

 

ZONA IX

$23.35

$0.165

$67.09

 

ZONA X

$46.87

$0.165

$134.35

 

ZONA XI

 

 

 

 

 Subzona A

$21.14

$0.150

$75.98

 

 Subzona B

$42.44

$0.150

$152.10

 

Artículo 232-D-1

 

 

 

 

Material

 

 

 

 

Grava

$17.79

 

 

 

Arena

$17.79

 

 

 

Arcillas y limos

$12.92

 

 

 

Materiales en greña

$13.93

 

 

 

Piedra bola

$15.37

 

 

 

Otros

$5.33

 

 

 

Artículo 236

 

 

 

 

 I

 

 

 

 

 Zona 1

 

 

 

 

Grava

$27.59

 

 

 

Arena

$27.59

 

 

 

Arcillas y Limos

$21.66

 

 

 

Materiales en Greña

$21.66

 

 

 

 

Piedra

$23.66

 

 

 

Otros

$9.88

 

 

 

 II

 

 

 

 

 Zona 2

 

 

 

 

Grava

$17.74

 

 

 

Arena

$17.74

 

 

 

Arcillas y Limos

$13.78

 

 

 

Materiales en Greña

$13.78

 

 

 

Piedra

$15.76

 

 

 

Otros

$5.90

 

 

 

Artículo 237

 

 

 

 

 I

$6,627.37

$6,627

 

 

 II

$9,941.24

$9,941

 

 

 III

$9,940.05

$9,940

 

 

Artículo 238

 

 

 

 

 I

$583,055.07

$583,055

 

 

 II

$56,083.47

$56,083

 

 

 III

$21,594.61

$21,595

 

 

 IV

$17,275.68

$17,276

 

 

 V

$10,797.28

$10,797

 

 

 VI

$31,780.64

$31,781

 

 

 VII

$6,478.38

$6,478

 

 

 VIII

$6,478.38

$6,478

 

 

 IX

$4,318.92

$4,319

 

 

 X

$4,318.92

$4,319

 

 

 XI

$1,079.71

$1,080

 

 

Artículo 238-C

 

 

 

 

 I

$38.05

$38

 

 

 II

$395.71

$396

 

 

Artículo 240

 

 

 

 

 I a)

$10,913.87

$10,914

 

 

 I b)

$16,370.88

$16,371

 

 

 II

$7,180.17

$7,180

 

 

 IV

$1,463,081.16

$1,463,081

 

 

 IV a)

$70,793.72

$70,794

 

 

 V

$1,535.80

$1,536

 

 

 VI

$117.34

$117

 

 

 VIII a)

$3,507.96

$3,508

 

 

 VIII b)

$7,016.02

$7,016

 

 

 IX

$14,366.48

$14,366

 

 

Artículo 241

 

 

 

 

 I

$116.10

$116

 

 

 II

$177.64

$178

 

 

 

Artículo 242

 

 

 

 

 I

$116.10

$116

 

 

 II

$177.64

$178

 

 

Artículo 242-B

 

 

 

 

 I

$8,370.78

$8,371

 

 

 II

$16,742.16

$16,742

 

 

 III

$8,619.81

$8,620

 

 

 IV

$17,239.76

$17,240

 

 

Artículo 244

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado o permisionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora.

$1,819.18

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado.

$269.67

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila.

$1,145.41

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca.

$5,697.10

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo.

$2,212.63

 

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco.

$923.13

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz.

$157.70

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

$106.61

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las delegaciones del Distrito Federal.

$8,286.24

 

 

 

Artículo 244-A

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

 

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora.

$440.49

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Sinaloa y Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora.

$65.29

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila.

$277.35

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila.

$1,379.45

 

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco.

$535.75

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco.

$223.51

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz.

$38.19

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

$25.80

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las delegaciones del Distrito Federal.

$2,006.34

 

 

 

Artículo 244-B

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado o permisionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora

$4,437.49

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado

$657.81

 

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, Torreón, San Pedro y Viesca del estado de Coahuila

$2,793.98

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, Torreón, San Pedro y Viesca

$13,896.84

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Angeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo

$5,397.23

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Angeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco

$2,251.76

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz

$384.68

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán

$260.01

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las delegaciones del Distrito Federal

$20,212.48

 

 

 

Artículo 244-C

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado o permisionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora

$22,582.84

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado

$19,117.36

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón  y Viesca del estado de Coahuila

$5,107.77

 

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, Torreón, San Pedro y Viesca

$9,025.50

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Angeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo

$13,309.80

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Angeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco

$6,426.36

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz

$10,929.63

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán

$5,345.79

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las delegaciones del Distrito Federal

$18,486.59

 

 

 

Artículo 244-D

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado o permisionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora

$4,437.49

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado

$657.81

 

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila

$2,793.98

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca

$13,896.84

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Angeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo

$5,397.23

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Angeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco

$2,251.76

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz

$384.68

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán

$260.01

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las delegaciones del Distrito Federal

$20,212.48

 

 

 

Artículo 244-E

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado o permisionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora.

$4,437.49

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado

$657.81

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila

$2,793.98

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, Torreón, San Pedro y Viesca

$13,896.84

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Angeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo

$5,397.23

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Angeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco

$2,251.76

 

 

 

Todos los municipios de los Estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz

$384.68

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán

$260.01

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las delegaciones del Distrito Federal

$20,212.48

 

 

 

Artículo 244-F

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado o permisionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora.

$976.13

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado.

$144.71

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila.

$614.60

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca.

$3,056.88

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo.

$1,187.23

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco.

$495.32

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz.

$84.61

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

$57.21

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las delegaciones del Distrito Federal.

$4,446.15

 

 

 

Artículo 244-G

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora.

$4,444.79

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado.

$658.89

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila.

$2,798.58

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, Torreón, San Pedro y Viesca.

$13,919.70

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo.

$5,406.11

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco.

$2,255.46

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz.

$385.31

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

$260.44

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

$20,245.74

 

 

 

Artículo 244-H

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora.

$2,218.55

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado.

$328.88

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila.

$1,396.87

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, Torreón, San Pedro y Viesca.

$6,947.83

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo.

$2,698.38

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco.

$1,125.78

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz.

$192.32

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

$129.99

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

$10,105.38

 

 

 

Artículo 244-I

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora.

$1,663.91

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado.

$246.66

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila.

$1,047.65

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca.

$5,210.87

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo.

$2,023.79

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco.

$844.34

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz.

$144.24

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

$97.50

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

$7,579.03

 

 

 

Artículo 244-J

 

 

 

 

Tabla B

 

 

 

 

Cobertura

Cuota por cada kilohertz concesionado 1MHz=1000 KHz

 

 

 

 

Todos los municipios de Baja California, Baja California Sur y el municipio de San Luis Río Colorado del estado de Sonora.

$747.15

 

 

 

Todos los municipios de Sinaloa y todos los de Sonora, excepto el municipio de San Luis Río Colorado.

$110.76

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Chihuahua y Durango y los municipios Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del estado de Coahuila.

$470.43

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, con excepción de los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca.

$2,339.84

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Colima, Michoacán, Nayarit y Jalisco, excepto los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo.

$908.74

 

 

 

Todos los municipios de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas y los municipios de Bolaños, Colotlán, Encarnación de Díaz, Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Mezquitic, Ojuelos de Jalisco, Santa María de los Ángeles, Teocaltiche, Villa Guerrero y Villa Hidalgo del estado de Jalisco.

$379.13

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz.

$64.77

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

$43.78

 

 

 

Todos los municipios de los estados de Hidalgo, Morelos y Estado de México, y todas las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

$3,403.21

 

 

 

Artículo 245

 

 

 

 

 I

$7,316.92

$7,317

 

 

 II

$7,316.92

$7,317

 

 

 III

$7,316.92

$7,317

 

 

Artículo 245-B

 

 

 

 

 I a)

$1,493.34

$1,493

 

 

 I b)

$559.80

$560

 

 

 

 II a)

$7,662.27

$7,662

 

 

 II b)

$3,830.57

$3,831

 

 

 II c)

$70,793.91

$70,794

 

 

 II d)

$3,830.57

$3,831

 

 

Artículo 245-C

 

 

 

 

 I

$7,665.41

$7,665

 

 

 II

$15,331.41

$15,331

 

 

Artículo 263

 

 

 

 

 I

$8.04

 

 

 

 II

$12.02

 

 

 

 III

$24.85

 

 

 

 IV

$49.98

 

 

 

 V

$99.95

 

 

 

 VI

$175.90

 

 

 

Artículo 277-B

 

 

 

 

 I

Cuerpos receptores

 

 

Tipo A

Tipo B

Tipo C

 

 

$1.45

$2.13

$3.18

 

 II

Cuerpos receptores

 

 

Tipo A

Tipo B

Tipo C

 

 

$17.77

$26.12

$39.19

 

 III

 

 

 

 

Actividad

TIPO DE CUERPO RECEPTOR

 

 

A

B

C

 

 

Descargas de comercio y servicios asimilables a las de servicios público urbano         Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, suministro de gas por ductos al consumidor final; construcción; confección de alfombras y similares; confección de costales y productos textiles recubiertos de materiales sucedáneos; confección de prendas de vestir; confección de accesorios de vestir y otras prendas de vestir no clasificados en otra parte; impresión e industrias conexas; comercio, productos y servicios; transportes, correos y almacenamientos; transporte por ducto; servicios financieros y de seguros; servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles; servicios profesionales, científicos y técnicos; servicios educativos; servicios de salud y de asistencia social; servicios de esparcimiento culturales y deportivos y otros servicios recreativos; servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas; servicios de reparación y mantenimiento; servicios personales, y servicios de apoyo a los negocios

$2.26

$3.34

$4.99

 

Descargas preponderantemente biodegradables Cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza; industrias alimentaria, de bebidas y tabaco; industria de la madera; industria del papel, y fabricación de productos de cuero, piel y materiales sucedáneos

$5.72

$8.46

$12.67

 

Descargas preponderantemente no biodegradables Minería de minerales metálicos, no metálicos y extracción de petróleo y gas; curtido y acabado de cuero y piel; fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón; industria química; industria del plástico y del hule; fabricación de productos a base de minerales no metálicos; industrias metálicas básicas; fabricación de productos metálicos; fabricación de maquinaria y equipo; fabricación de equipo de computación, comunicación, medición y de otros equipos, componentes y accesorios electrónicos; fabricación de accesorios, aparatos eléctricos y equipo de generación de energía eléctrica; fabricación de equipo de transporte; fabricación de muebles, colchones y persianas, y otras industrias manufactureras; manejo de desechos y servicios de remediación

$14.54

$21.43

$32.11

 

 

Artículo 278. III.

Tipo de cuerpo receptor

 

Contaminante

A

B

C

 

SST

$0.00228

$0.00337

$0.00505

 

DQO

$0.00101

$0.00148

$0.00221

 

Artículo 288

 

 

 

 

Áreas tipo AAA

$80.60

$80

 

 

Áreas tipo AA

$77.27

$75

 

 

Áreas tipo A

$65.50

$65

 

 

Áreas tipo B

$58.76

$60

 

 

Áreas tipo C

$48.71

$50

 

 

Tratándose del pago del derecho…

$268.69

$270

 

 

Artículo 288-A

 

 

 

 

 I

$56.10

 

 

 

 II

$33.64

 

 

 

 III

$9,347.25

$9,347

 

 

Artículo 288-A-1

 

 

 

 

Recinto tipo 1

$73.63

$75

 

 

Recinto tipo 2

$55.22

$55

 

 

Recinto tipo 3

$36.82

$35

 

 

Artículo 288-A-2

 

 

 

 

 I

$16.80

$17

 

 

 II

$16.80

$17

 

 

Artículo 288-A-3

 

 

 

 

 I

$53.96

 

 

 

 II

$53.75

 

 

 

 III

$32.37

 

 

 

 IV

$8,994.17

$8,994

 

 

 segundo párrafo

$23,711.86

$23,712

 

 

 V

$41,981.83

$41,982

 

 

Artículo 288-B

 

 

 

 

 I

$2,122.40

$2,122

 

 

 II

$5,660.26

$5,660

 

 

 

Artículo 288-C

 

 

 

 

 I

$2,334.94

$2,335

 

 

 II

$4,670.44

$4,670

 

 

Artículo 288-D

 

 

 

 

 A

 

 

 

 

 I

$12,149.42

$12,149

 

 

 II

$759.19

$759

 

 

 B

 

 

 

 

 I

$6,074.63

$6,075

 

 

Artículo 288-D-1

 

 

 

 

 A

 

 

 

 

 I

$11,690.52

$11,691

 

 

 II

$75,567.30

$75,567

 

 

 B

$5,845.18

$5,845

 

 

Artículo 288-E

 

 

 

 

 I

$373.28

$373

 

 

 II

$560.09

$560

 

 

Artículo 288-F

 

 

 

 

 I

$233.13

$233

 

 

 II

$700.02

$700

 

 

Artículo 289

 

 

 

 

 I

 

 

 

 

 Cuotas por kilómetro volado

 

 

 

 

 Aeronaves según envergadura

Cuota

 

 

 

 Grandes

$9.81

 

 

 

 Medianas

$6.57

 

 

 

 Pequeñas Tipo B

$2.27

 

 

 

 Pequeñas Tipo A

$0.30

 

 

 

 II

 

 

 

 

 Tipo de aeronaves

Cuota

 

 

 

 Con envergadura de hasta 10.0 metros y helicópteros

$130.85

 

 

 

 Con envergadura de más de 10.0 metros

$186.94

 

 

 

y hasta 11.1 metros

 

 

 

 

 Con envergadura de más de 11.1 metros y hasta 16.7 metros

$280.41

 

 

 

 III

 

 

 

 

 Aeronaves según envergadura

Cuota

 

 

 

 Grandes

$22,596.03

 

 

 

 Medianas

$15,077.12

 

 

 

 Pequeñas Tipo B

$5,197.09

 

 

 

 

Atentamente,

Ciudad de México, a 22 de diciembre de 2020.- La Jefa del Servicio de Administración Tributaria, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.