ACUERDO para la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio

Lunes 30 de Diciembre de 2019

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

Con fundamento en los artículos 34 fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, la Secretaría de Economía actualizará los montos señalados en dichos preceptos legales, conforme a la inflación anual basándose en la variación observada en el valor del Índice Nacional de Precios al Consumidor que da a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Que el 10 de diciembre de 2018, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2018, mismo que corresponde a 102.303 puntos.

Que el 31 de diciembre de 2018, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo para la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, mismo que entró en vigor al día siguiente al de su publicación.

Que el 10 de diciembre de 2019, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2019, mismo que corresponde a 105.346 puntos.

Que la inflación anual acumulada de noviembre de 2018 a noviembre de 2019 fue de 2.97 por ciento.

Que con el propósito de dar a conocer los montos que conforme al Código de Comercio corresponde actualizar anualmente a la Secretaría de Economía por inflación, basada en la variación observada en el valor del Índice Nacional de Precios al Consumidor, se expide el siguiente:

ACUERDO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS MONTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 1067 BIS FRACCIÓN II, 1253 FRACCIÓN VI, 1339, 1340 Y 1390 BIS 33 DEL CÓDIGO DE COMERCIO

ÚNICO. - Los montos actualizados correspondientes a los artículos 1067 Bis fracción II; 1253 fracción VI; 1339; 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, son los siguientes:

a)      Artículo 1067 Bis fracción II: $8,191.76 (Ocho mil ciento noventa y un pesos 76/100 M.N.).

b)      Artículo 1253 fracción VI: $4,095.88 (Cuatro mil noventa y cinco pesos 88/100 M.N.).

c)      Artículo 1339: $682,646.89 (Seiscientos ochenta y dos mil seiscientos cuarenta y seis pesos  89/100 M.N.).

d)      Artículo 1340: $682,646.89 (Seiscientos ochenta y dos mil seiscientos cuarenta y seis pesos  89/100 M.N.).

e)      Artículo 1390 Bis 33: de $ 2,299.59 (Dos mil doscientos noventa y nueve pesos 59/100 M.N.) a $7,447.30 (Siete mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos 30/100 M.N.).

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

Ciudad de México, a 23 de diciembre de 2019.- La Secretaria de Economía, Graciela Márquez Colín.- Rúbrica.