OFICIO 500-05-2018-14370 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.

Jueves 19 de Julio de 2018

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.

Oficio: 500-05-2018-14370
Asunto:   Se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2 párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e); y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a) del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Primero Transitorio de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en el citado Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Como consecuencia de lo anterior, las autoridades ya referidas ubicaron a los contribuyentes en el supuesto de presunción previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por lo que en tal sentido les notificaron a cada uno de ellos el oficio individual de presunción, en el cual se pormenorizó los hechos particulares por los cuales se consideró procedente la referida presunción.
En razón de lo anterior, y en apoyo a las autoridades emisoras de los oficios de presunción ya señalados, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal que les notificó el oficio individual lo que a su derecho convenga y aportar, ante dichas autoridades, la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, a fin de que presenten en los términos señalados en el oficio en el cual se le notifica
que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.
La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación."
Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente,
Ciudad de México, 22 de junio de 2018.- La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, Ady Elizabeth García Pimentel.- Rúbrica.
Asunto: Anexo 1 del oficio número 500-05-2018-14370 de fecha 22 de junio de 2018 en el que se notifica, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que los contribuyentes mencionados en el presente Anexo se ubican en el supuesto previsto en el primer párrafo del citado precepto legal.
A continuación, se enlistan los contribuyentes a los que se hace referencia en el oficio número 500-05-2018-14370 de fecha 22 de junio de 2018, emitido por la L.C. Ady Elizabeth García Pimentel Administradora Central de Fiscalización Estratégica, de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal.
 
R.F.C.
NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE
NO. Y FECHA DEL OFICIO DE
PRESUNCIÓN
AUTORIDAD EMISORA DEL
OFICIO DE PRESUNCIÓN
FECHA DE
NOTIFICACIÓN DEL
OFICIO DE PRESUNCIÓN
1
AFG101201AU6
ADMINISTRADORA DE FONDOS GRUPO ARHE, S.C.
500-05-2018-10835 de 25 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
4 de mayo de 2018
2
AIMJ660703L71
AVILA MENA JUAN DE DIOS
500-69-00-03-00-2018-7105 de 18 de abril de 2018
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Yucatán "1"
23 de mayo de 2018
3
ALA1504012G9
ALLARIAM, S.C.
500-05-2018-13385 de 2 de mayo de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
10 de mayo de 2018
4
ANT150417A40
ADMINISTRADORA DE NEGOCIOS 3 ISLAS, S.A.P.I. DE C.V.
500-05-2018-10845 de 20 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
25 de abril de 2018
5
APO150504FC8
ASPEN PARTNERS OPCO S. DE R.L. DE C.V.
500-05-2018-16653 de 5 de junio de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
12 de junio de 2018
6
APO170112FG0
ASPEN PARTNERS OPCO 2, S. DE R.L. DE C.V.
500-05-2018-16643 de 04 de junio 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
08 de junio de 2018
7
APT110830CG7
ASOCIACIÓN PARQUE TECNOLÓGICO INNOVACIÓN QUERÉTARO, A.C.
500-05-2018-16639 de 1 de junio de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
13 de junio de 2018
8
CEG1409108M4
CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES GALIS, S.A. DE C.V.
500-05-2018-10879 de 02 de mayo de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
15 de junio de 2018
9
CIF140905ATA
CLC INTEGRADORA FINANCIERA, S.A. DE C.V.
500-05-2018-10847 de 25 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
3 de mayo de 2018
10
CNE110513SI5
CASE NEGOCIOS, S.A. DE C.V.
500-69-00-06-02-2018-4538 de 8 de marzo de 2018
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Yucatán "1"
23 de abril de 2018
11
CPA101215HM7
COMERCIALIZADORA PATZKALL, S.A. DE C.V.
500-05-2018-2069 de 10 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
1 de junio de 2018
12
CPP121206268
CAMINOS Y PUENTES DE LA PENINSULA, S.A. DE C.V.
500-69-00-03-00-2018-8078 de 2 de mayo de 2018
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Yucatán "1"
4 de mayo de 2018
13
EAS140220MU3
ESTUDIOS AMBIENTALES DEL SURESTE, S.A. DE C.V.
500-05-2018-10882 de 27 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
13 de junio de 2018
14
FDE130104TL2
FAFER DESARROLLO EMPRESARIAL S DE RL DE CV
500-69-00-05-01-2018-5950 de 10 de abril de 2018
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Yucatán "1"
25 de mayo de 2018
15
FUCM930108AAA
FUENTES CHUC MARCELA GUADALUPE
500-69-00-03-00-2018-8182 de 3 de mayo de 2018
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Yucatán "1"
10 de mayo de 2018
16
GTA1607055A8
GRUPO TERRA Y AGUA DEL CENTRO, S. DE R.L. DE C.V.
500-05-2018-16644 de 4 de junio de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
8 de junio de 2018
17
IDT030908RLA
INMOBILIARIA DE DESARROLLO TURÍSTICO DEL CENTRO, S.A. DE C.V.
500-05-2018-10876 de 27 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
13 de junio de 2018
18
IEX120221710
ITA EXCELENCIA, S.C.U.
500-69-00-03-00-2018-7377 de 23 de abril de 2018
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Yucatán "1"
30 de abril de 2018
19
MFC151203CB9
MIEUX FRAISE CORP, S.A. DE C.V.
500-05-2018-10860 de 26 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
15 de mayo de 2018
20
OIN130116Q30
OPERADORA INTRAFOR, S.A. DE C.V.
500-15-04-01-2018-8047 de 30 de abril de 2018
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"
9 de mayo de 2018
21
PSM120618UY2
PRODUCTOS Y SERVICIOS MAXIMOS, SA DE CV
500-69-00-03-00-2018-05297 de 20 de marzo de 2018
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Yucatán "1"
27 de abril de 2018
22
PSU150508716
PROASER SUMINISTROS, S.A. DE C.V.
500-05-2018-10829 de 19 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
13 de junio de 2018
23
SEX120921MH2
SILVER EXPRETION, S.A. DE C.V.
500-39-00-01-01-2018-2832 de 20 de marzo de 2018
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1"
21 de mayo de 2018
24
SIC150408CT5
SERVICIOS ICAMFOR, S.A. DE C.V.
500-05-2018-10811 de 18 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
30 de abril de 2018
25
SOA1302215L0
SERVICIOS OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN SATO, S.A. DE C.V.
500-05-2018-10848 de 20 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
13 de junio de 2018
26
SOZ090612L45
SOZIUS, S.A. DE C.V.
500-05-2018-16613 de 24 de mayo de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
31 de mayo de 2018
27
SST150615CQ2
STAMEX SERVICIOS TÉCNICOS AVANZADOS DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V.
500-05-2018-10798 de 16 de abril de 2018
Administración Central de Fiscalización Estratégica
20 de junio de 2018
 
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