RESOLUCIÓN que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las entidades de ahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural, a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Viernes 06 de Octubre de 2017

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, previo acuerdo de su Junta de Gobierno, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 10, fracciones II, IV y VIII y 46 Bis de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, así como 4, fracciones XXXVI y XXXVIII y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y

CONSIDERANDO

Que a fin de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuente con la mejor información disponible que permita verificar la honorabilidad e historial crediticio satisfactorio de los posibles accionistas de las sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias con niveles de operación I a IV y organismos de integración financiera rural, en consistencia con lo que se exige en la Ley de Ahorro y Crédito Popular, es necesario precisar la información que se requerirá para estos efectos, lo que permitirá contar con sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias con niveles de operación I a IV y organismos de integración financiera rural administrados bajo los mejores estándares de calidad;

Que adicionalmente, en términos de las disposiciones vigentes, las personas que tienen intención de participar en el capital social de una sociedad financiera popular, sociedad financiera comunitaria con niveles de operación I a IV y organismos de integración financiera rural deben presentar dos reportes de información crediticia; el primero de ellos, para el caso de la documentación que se acompaña a la solicitud correspondiente, y el segundo como anexo de la carta protesta respecto de su honorabilidad, por lo que se elimina la presentación del reporte en el primer caso e igualmente, tratándose de personas propuestas a ocupar los cargos de consejero, director general o funcionario dentro de las dos jerarquías inmediatas anteriores a la de este, así como de comisarios de estas entidades financieras, se elimina la presentación en dos ocasiones de la carta de no antecedentes penales y del informe de datos registrales, lo que habrá de redundar en la simplificación del trámite correspondiente, y

Que se estima conveniente que las personas que pretendan constituirse y operar como sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias con niveles de operación I a IV y organismos de integración financiera rural acompañen a la solicitud de autorización correspondiente, la certificación vigente con la que debe contar el oficial de cumplimiento que vaya a ser designado como tal en términos de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a fin de coadyuvar a la prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal, ha resuelto expedir la siguiente:

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS ENTIDADES DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR, ORGANISMOS DE INTEGRACIÓN, SOCIEDADES FINANCIERAS COMUNITARIAS Y ORGANISMOS DE INTEGRACIÓN FINANCIERA RURAL, A QUE SE REFIERE LA LEY DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR

ÚNICO.- Se ADICIONA el artículo 2, fracción XII, y se SUSTITUYEN los Anexos T y U de las “Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades de ahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural, a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2006 y modificadas mediante Resoluciones publicadas en dicho medio de difusión el 18 de enero y 11 de agosto de 2008; 16 de diciembre de 2010; 18 de diciembre de 2012; 12 de enero, 6 de febrero, 2 de abril, 22 de septiembre y 29 de octubre de 2015; 7 de enero, 2 de febrero, 22 de abril, 11 de julio, 28 de septiembre y 27 de diciembre de 2016; 10 de marzo; 31 de mayo y 24 de julio de 2017, para quedar como sigue:

“TÍTULOS PRIMERO a NOVENO . . .

Anexos A a S                . . .

Anexo T        Formato de información para personas que tengan intención de participar en el capital social de una Sociedad Financiera Popular o pretendan constituirse como acreedores con garantía respecto del capital social pagado de una Sociedad Financiera Popular.

Anexo U        Formatos de carta protesta para personas que tengan intención de participar en el capital social de una Sociedad Financiera Popular o pretendan constituirse como acreedores con garantía respecto del capital social pagado de una Sociedad Financiera Popular.

Anexos V a X                . . .”

“Artículo 2.- . . .

I. a XI.              . . .

XII.    Copia del documento expedido por la Comisión, en el que se haga constar la certificación vigente del oficial de cumplimiento que vaya a ser nombrado como tal en términos de las “Disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de octubre 2014 y sus respectivas modificaciones.

. . .”

TRANSITORIOS

PRIMERO. - La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. - Los trámites y procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución, continuarán rigiéndose hasta su resolución final conforme a las disposiciones aplicables vigentes en su inicio.

Atentamente

Ciudad de México, a 15 de septiembre de 2017.- El Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Jaime González Aguadé.- Rúbrica.

ANEXO T

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA PERSONAS QUE TENGAN INTENCIÓN DE PARTICIPAR EN EL CAPITAL SOCIAL DE UNA SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR O PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO ACREEDORES CON GARANTÍA RESPECTO DEL CAPITAL SOCIAL PAGADO DE UNA SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR

Denominación o posible denominación de la sociedad.

 

Fecha de elaboración (dd/mm/aaaa).

 

 

 

Esta información forma parte de la solicitud presentada ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, su contenido es confidencial y será objeto de revisión y verificación.

Instrucciones de llenado.

El presente formato deberá ser debidamente llenado por:

a)            Personas que, dentro del trámite de solicitud de autorización para organizarse y operar como Sociedades Financieras Populares en términos de lo previsto por el artículo 44 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, tengan intención de suscribir más del dos por ciento del capital social ordinario pagado de la propia sociedad.

b)            Personas que pretendan obtener autorización para adquirir directa o indirectamente más del cinco por ciento de acciones representativas del capital social ordinario pagado de una Sociedad Financiera Popular.

c)            Personas que pretendan constituirse como acreedores con garantía respecto del cinco por ciento o más de acciones representativas del capital social ordinario pagado de una Sociedad Financiera Popular.

d)            Cada uno de los integrantes de un grupo de personas que, en su conjunto, pretendan obtener más del 20 % o el control de una Sociedad Financiera Popular.

No deben dejarse espacios en blanco. En todo caso, mencionar: Ninguno, No, No tengo, No aplica.

Todos los nombres y datos requeridos deben expresarse de forma completa (v.g. personas con dos nombres).

 

SECCIÓN 1

DATOS DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL           PERSONAS FÍSICAS

Nombre(s).

 

 

Apellido paterno.

 

 

Apellido materno.

 

 

Nacionalidad.

 

 

RFC (con homoclave).

 

 

CURP.

 

 

 

Domicilio para oír y recibir notificaciones

Calle y número exterior y/o interior.

 

 

Colonia.

 

 

Delegación o Municipio.

 

 

Entidad Federativa.

 

 

Código postal.

 

 

País.

 

 

Estado civil.

 

 

Nombre del cónyuge, concubina o concubinario, así como sus dependientes económicos.

 

Nombre de parientes en línea recta ascendente y descendente hasta el primer grado.

1.

 

2.

 

 

3.

 

 

4.

 

 

5.

 

 

6.

 

 

 

DATOS DE IDENTIFICACIÓN                                                    PERSONAS MORALES, FIDEICOMISOS

                                                                                                                  O VEHÍCULOS DE INVERSIÓN

Denominación o razón social.

 

 

Actividad principal.

 

 

Nacionalidad.

 

 

RFC (con homoclave).

 

 

Fecha de constitución.

 

 

Nombre del director general o representante legal.

 

 

Profesión del director general o representante legal.

 

 

Antecedentes laborales del director general o representante legal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Domicilio para oír y recibir notificaciones.

Calle y número exterior y/o interior.

 

 

Colonia.

 

 

Código postal.

 

 

Delegación o Municipio.

 

 

Entidad Federativa.

 

 

País.

 

 

Nombre de los accionistas o personas que participen con el 10 % o más del capital social de la persona moral, o del patrimonio del fideicomiso o vehículo de inversión. *

Accionista

(%)

1.

 

 

 

2.

 

 

 

3.

 

 

 

4.

 

 

 

5.

 

 

 

*Tratándose de personas morales, fideicomisos u otros vehículos de inversión, las participaciones directas e indirectas de personas físicas en el capital de estos, deberán relacionarse y desglosarse de manera que permitan la identificación de las personas físicas que sean los últimos beneficiarios de dichas participaciones.

¿Según estatutos puede invertir en sociedades?

Sí ______

 

No _____

¿Ha sido aprobada la inversión de que se trata por su consejo de administración?

Sí ______

No _____

¿Tiene o ha tenido inversión en entidades financieras?

______

 

No _____

Especifique:

___ % accionario.                              Denominación: __________________________

 

 

SECCIÓN 2

PARTICIPACIÓN DE LA PERSONA EN LA SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR

Accionista.

 

___ % tenencia accionaria actual.

 

 

 

___ % tenencia accionaria después de la adquisición.

 

Cargo (en su caso).

 

 

Presidente del consejo de administración.

 

 

Consejero propietario.

 

 

Independiente:

 

Sí                              No

 

Consejero suplente.

 

 

Independiente:

 

Sí                              No

 

Secretario del consejo de administración.

 

 

Director general.

 

 

Director jurídico.

 

 

Director de finanzas.

 

 

 

Director comercial.

 

 

 

 

 

Otro(s).

 

Especifique:

____________________________________

 

SECCIÓN 3

RELACIÓN PATRIMONIAL

a) Bienes y derechos.

IMPORTE

(miles de pesos)

1.- Bienes inmuebles del solicitante, su cónyuge, concubina o concubinario, así como sus dependientes económicos.

 

 

Total:

 

 

2.- Bienes muebles (incluyendo vehículos automotores, aeronaves y embarcaciones) del solicitante, su cónyuge, concubina o concubinario, así como sus dependientes económicos.

 

 

Total:

 

 

3.- Saldos en cuentas bancarias de entidades financieras nacionales o extranjeras (incluyendo depósitos y valores de deuda).

 

 

Total:

 

 

4.- Otros, incluyendo inversiones y otro tipo de valores en el capital social de entidades financieras o personas morales con fines de lucro nacionales o extranjeras.

4.1.- Especificar la denominación de la entidad financiera o persona moral:

4.2.- Especificar el porcentaje de tenencia accionaria: _______%.

 

Total:

 

 

5.- Participación accionaria en el capital social de entidades financieras o personas morales nacionales o extranjeras del solicitante, su cónyuge, concubina o concubinario, así como de sus dependientes económicos y parientes por consanguinidad, afinidad o civil hasta el primer grado.

 

Total:

 

 

6.- Patrocinios, cortesías y donaciones recibidas por el solicitante, su cónyuge, concubina o concubinario, así como de sus dependientes económicos y parientes por consanguinidad, afinidad o civil hasta el primer grado.

 

Total:

 

 

7.- Total de bienes y derechos (patrimonio bruto).

 

 

b) Deudas y obligaciones.

 

 

8.- Hipotecas, obligaciones financieras y créditos del solicitante, su cónyuge, concubina o concubinario, así como de sus dependientes económicos y parientes por consanguinidad, afinidad o civil hasta el primer grado.

 

Total:

 

 

9.- Otras, incluyendo intereses económicos y financieros.

 

 

Total:

 

 

10.- Total de deudas y obligaciones.

 

 

11.- Patrimonio (Resta de 7 menos 10).

 

 

 

12.- Fianzas y avales otorgados.

 

 

13.- Pólizas de seguros.

 

 

14.- Ingresos netos totales del solicitante.

Monto

(miles de pesos)

Principal(es) fuente(s) de ingresos

Ultimo año 20_ _.

 

 

Penúltimo año 20_ _.

 

 

Antepenúltimo año 20_ _.

 

 

15.- Ingresos netos totales del cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos del solicitante.

Monto

(miles de pesos)

Principal(es) fuente(s) de ingresos

Ultimo año 20_ _.

 

 

 

Penúltimo año 20_

 

 

 

Antepenúltimo año 20_ _.

 

 

 

16.- Comentarios y aclaraciones.

 

SECCIÓN 4

ORIGEN DE LOS RECURSOS2

Fuente

Entidad o persona

Cantidad exacta a aportar en el capital social, precio de las acciones o monto de la obligación por la que se recibe la garantía, según sea el caso

(%)

Recursos propios. Especifique:

N/A

 

 

Otros. Especifique: (indicar si provienen de créditos otorgados por entidades financieras nacionales o extranjeras).

 

 

 

Total de recursos:

 

100 %

Comentarios y aclaraciones.

2/ Tratándose de aquellas personas que pretendan constituirse como acreedores con garantía respecto del diez por ciento o más de acciones representativas del capital social ordinario pagado de una Sociedad Financiera Popular deberá indicarse el origen de los recursos objeto de la obligación garantizada.

SECCIÓN 5

INFORMACIÓN DE CARGOS O ACTIVIDADES (PERSONAS FÍSICAS)

1.- Posiciones y cargos desempeñados en entidades públicas o privadas por el solicitante, su cónyuge, concubina o concubinario, así como sus dependientes económicos y parientes por consanguinidad, afinidad o civil hasta el primer grado.

2.- Actividades profesionales o empresariales desempeñadas por el solicitante, su cónyuge, concubina o concubinario, así como sus dependientes económicos y parientes por consanguinidad, afinidad o civil hasta el primer grado.

3.- Posiciones y cargos honorarios desempeñados por el solicitante.

4.- Participación en consejos y actividades filantrópicas del solicitante, su cónyuge, concubina o concubinario, así como sus dependientes económicos y parientes por consanguinidad, afinidad o civil hasta el primer grado.

 

SECCIÓN 6

INFORMACIÓN ADICIONAL

Si considera que existe alguna otra información relevante no contemplada en las secciones anteriores, deberá listar la información y comentar en el siguiente recuadro.

Sección

Información

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SECCIÓN 7

DECLARACIONES Y FIRMAS

Por este conducto el que suscribe autoriza a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, respecto de la información aquí proporcionada, para:

a)      Verificarla como considere pertinente, así como de obtener de cualquier otra autoridad que estime conveniente información sobre mi persona, con motivo de la solicitud de autorización presentada ante esa Comisión.

b)      Compartirla con carácter de confidencial con la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, el Banco de México, el Sistema de Administración Tributaria, la Procuraduría General de la República y otras autoridades, para el exclusivo cumplimiento de sus funciones.

Confirmo que he leído detenidamente el presente formato y que entiendo su contenido e implicaciones legales.

Entiendo que el proporcionar datos falsos será motivo de exclusión del que suscribe, sin perjuicio de las penas o sanciones legales que pudieran proceder según el caso.

DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN ESTA DECLARACIÓN SON CIERTOS.

Firma de la persona o representante legal

Nombre

Fecha

SECCIÓN 8

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD

PERSONAS FÍSICAS:

1. Copia de identificación oficial vigente (credencial de elector o pasaporte vigente y en caso de personas de nacionalidad extranjera, forma migratoria o pasaporte).

2. En su caso, copia de la cédula de identificación fiscal.

3. Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

4. Copia de la cédula profesional o certificado de estudios o del documento que acredite el último grado de estudios alcanzados.

5. Situación patrimonial de los últimos tres años.

6. Dictamen elaborado por personas morales que proporcionen servicios de auditoría o de investigación empresarial de reconocido prestigio, a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sobre la veracidad de las manifestaciones relativas al origen de los recursos que conforman el patrimonio de la persona para lo cual habrá de tener a la vista el soporte documental respectivo. Asimismo, se deberá acompañar a la solicitud de autorización la evidencia documental relacionada con el referido origen de los recursos.

7. Copia del contrato de prestación de servicios de auditoría o de investigación empresarial que el solicitante haya celebrado con la persona moral a que se refiere el numeral anterior, que contenga los términos y condiciones pactados entre las partes para la elaboración del dictamen contenido en el numeral anterior, respecto del cual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá requerir modificaciones.

8. Copia de las declaraciones fiscales anuales de los tres últimos ejercicios.

PERSONAS MORALES:

1. Copia certificada de los estatutos sociales vigentes.

2. Copia de la cédula de identificación fiscal.

3. Copia autentificada por el administrador único o por el secretario del consejo de administración, de los estados financieros anuales dictaminados y del dictamen del auditor externo, en caso de estar obligado a ello, aprobados por su órgano de administración de los últimos tres ejercicios sociales, o los que correspondan de conformidad con la fecha de su constitución.

4. En su caso, copia autentificada por el secretario del consejo de administración de la resolución del órgano de administración que apruebe la suscripción y pago de las acciones de la Sociedad Financiera Popular a constituir o en la que se pretende participar.

5. Estados financieros de los últimos tres años o los que correspondan de conformidad con la fecha de su constitución.

6. Copia de las declaraciones fiscales anuales de los tres últimos ejercicios.

7. Tratándose de personas morales que no se encuentren obligadas a dictaminar sus estados financieros en términos de las disposiciones aplicables, un dictamen elaborado por personas morales que proporcionen servicios de auditoría o de investigación empresarial de reconocido prestigio, a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sobre la veracidad de las manifestaciones relativas al origen de los recursos que conforman el patrimonio de la persona para lo cual habrá de tener a la vista el soporte documental respectivo. Asimismo, se deberá acompañar a la solicitud de autorización evidencia documental relacionada con el referido origen de los recursos.

8. Copia del contrato de prestación de servicios de auditoría o de investigación empresarial que el solicitante haya celebrado con la persona moral a que se refiere el numeral anterior, que contenga los términos y condiciones pactados entre las partes para la elaboración del dictamen contenido en el numeral anterior.

ANEXO U

FORMATOS DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS QUE TENGAN INTENCIÓN DE PARTICIPAR EN EL CAPITAL SOCIAL DE UNA SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR O PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO ACREEDORES CON GARANTÍA RESPECTO DEL CAPITAL SOCIAL PAGADO DE UNA SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR

I.        PERSONAS QUE DENTRO DEL TRÁMITE DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DE SOCIEDADES FINANCIERAS POPULARES TENGAN INTENCIÓN DE SUSCRIBIR MÁS DEL DOS POR CIENTO DEL CAPITAL SOCIAL ORDINARIO PAGADO DE ESA SOCIEDAD

A.      FORMATO DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS FÍSICAS

                                                                                                                              Ciudad de México, a

COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

Presente,

El que suscribe, (nombre de la persona que suscribe), por mi propio derecho y con el objeto de proporcionar la información que resulte necesaria en relación con la solicitud de autorización [a presentarse] presentada ante esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores para la organización y funcionamiento de la Sociedad Financiera Popular a denominarse ____________ declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente:

I.        Que gozo de historial crediticio satisfactorio de acuerdo con el reporte de información crediticia con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, emitido por la sociedad de información crediticia denominada _____, y me encuentro al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones crediticias, inclusive tratándose de créditos que hayan sido materia de reestructura. Adjunto a la presente, sírvanse encontrar el reporte de crédito especial del que suscribe, en el que esa Comisión podrá constatar que no existe incumplimiento alguno con mis obligaciones crediticias, o bien que de existir alguna clave de prevención en ese sentido, del propio reporte puede apreciarse:

          a) La existencia de una resolución favorable al deudor por la impugnación del registro de que se trate, en virtud de errores imputables a los usuarios de las sociedades de información crediticia que sean entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

          b) La existencia de pago de adeudos vencidos a la fecha de la consulta y evidencia de pago sostenido en un periodo de 1 año;

          c) Pago de quebrantos causados a una entidad financiera, sin importar su monto, promovido de manera voluntaria por el acreditado, o

          d) La existencia de resoluciones judiciales favorables a los acreditados, ante litigio con los acreedores.

          De igual forma declaro que no tengo ni he tenido el control, ni ejerzo ni he ejercido poder de mando de una sociedad emisora que haya incumplido sus obligaciones de pago de títulos de deuda en el mercado de valores.

II.       Que no estoy ni he estado, sujeto a proceso penal por delito doloso sancionado con pena corporal mayor a un año de prisión, y que, en caso de haberlo estado, este concluyó con sentencia absolutoria.

III.      Que no he estado sujeto a procedimientos de averiguación o investigación de carácter administrativo ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por infracciones a las leyes financieras nacionales o extranjeras, o ante otras instituciones supervisoras y reguladoras mexicanas del sistema financiero o de otros países, o bien que habiéndolo estado, estos tuvieron como conclusión resolución firme y definitiva o acuerdo/convenio en el que se determinó expresamente mi exoneración.

IV.     Que no he sido declarado en concurso civil o mercantil, o bien que aun habiéndolo sido este se dio por terminado por las causales señaladas en las fracciones I, II o V del artículo 262 de la Ley de Concursos Mercantiles o, tratándose de concurso civil, por haber pagado íntegramente a los acreedores o celebrado convenio con estos, en términos de las leyes locales.

V.      Que soy o he sido sujeto o parte en los procesos ante órganos jurisdiccionales del orden común o federal, investigaciones de carácter penal, así como cualquier otro procedimiento, incluso en otros países, en lo individual y, en su caso, en mi carácter de representante legal, consejero, funcionario, empleado o comisionista de alguna persona moral, que a continuación se indican:

Tipo de procedimiento

Órgano ante quien se lleva el procedimiento

Carácter con el que intervine

Estado del procedimiento, incluyendo fecha de inicio y, en su caso, conclusión

Sentido de la resolución definitiva, en su caso

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VI.     Que no he sido accionista, consejero, comisario, director general o directivo relevante en una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, le hayan negado la concesión, autorización o registro, ni me ha sido negada la autorización para adquirir acciones representativas de capital social en sociedades supervisadas por dichas Comisiones Nacionales.

VII.    Que no he sido accionista, consejero, comisario o directivo relevante en una entidad financiera a la que se le ha revocado la concesión o autorización, o cancelado el registro, ni se me ha negado la autorización para adquirir acciones representativas de capital social de sociedades que gocen de la concesión, autorización o registro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Quien suscribe la presente, autoriza a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que, en su caso, verifique ante las entidades financieras mexicanas, las sociedades de información crediticia, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario y cualquier otra autoridad competente, la veracidad de las declaraciones contenidas en este escrito, respecto de cualquier tipo de operaciones, en términos y con la amplitud a que se refieren los artículos 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, 192 y 295 de la Ley del Mercado de Valores, 55 de la Ley de Fondos de Inversión, 34 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y demás relativos que resulten aplicables.

Asimismo, autorizo a la propia Comisión para que durante el tiempo en que me desempeñe como accionista de la sociedad financiera popular de que se trate o bien, mantenga en garantía acciones representativas de su capital social, en caso de que dicha Comisión se entere por cualquier medio que dejé de estar en los supuestos de las fracciones I a IV y VI y VII anteriores, o bien, tenga noticias de que estoy en un proceso ante cualquier órgano jurisdiccional, verifique y requiera la información correspondiente.

Las declaraciones bajo protesta de decir verdad contenidas en este documento, se formulan para efectos de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuente con elementos de juicio para evaluar la honorabilidad e historial crediticio y de negocios satisfactorio del que suscribe y para que se determine, en su caso, en ejercicio de la facultad discrecional que le confieren los artículos 9 y 10 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular a esa autoridad, si es prudente y oportuno que participe como accionista en el capital social ordinario pagado de la Sociedad Financiera Popular a denominarse ___________ con los porcentajes de tenencia accionaria propuestos [a proponerse] en la solicitud de autorización que nos ocupa.

Atentamente,

(Nombre y firma del interesado)

Instrucciones de llenado:

1.      Llenar todos los espacios en blanco y proporcionar la información señalada entre paréntesis, según corresponda.

2.      Adjuntar el reporte de información crediticia, con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. En caso de que las personas no hayan residido en territorio nacional durante un periodo de seis años anteriores a la fecha de la solicitud de autorización, se deberá presentar el documento equivalente al reporte de información crediticia expedido en su país de residencia. Los documentos referidos deberán tener una fecha de expedición no mayor de tres meses anteriores a la fecha de tal solicitud.

3.      En el evento de que el interesado no esté en posibilidad de formular cualquiera de las declaraciones a que refieren las fracciones I a IV de esta carta, deberá expresar en el numeral correspondiente dicha circunstancia, detallando los hechos, actos y razones que se lo impiden o por las cuales no se ubique en los supuestos referidos.

4.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial alguno, directamente o a través de interpósita persona, en perjuicio de entidades financieras con motivo del incumplimiento de obligaciones a su cargo o de quitas, condonaciones o descuentos recibidos respecto de créditos, salvo que estos hubiesen sido al amparo de programas generales implementados por las propias entidades financieras o el Gobierno Federal, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características del crédito en cuestión, con indicación de la entidad acreditante, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

          Para efectos de lo anterior, se entenderá que una persona física actuó a través de la interposición de una persona moral, cuando la primera tenga o haya tenido el control de la segunda, o bien cuando ejerza o haya ejercido poder de mando respecto de la sociedad o asociación de que se trate.

5.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial en perjuicio de emisoras en el mercado de valores en las que ejerza o haya ejercido el control o tenga o haya tenido poder de mando, por incumplimiento en las obligaciones de pago contraídas con estas, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características de la operación en cuestión, con indicación de la sociedad emisora, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

6.      En caso de que la persona hubiere sido accionista, consejero, comisario, director general o directivo relevante en una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, le hayan negado la concesión, autorización, registro; le haya sido revocada la concesión o autorización, o cancelado el registro, o bien, le hayan negado la autorización para adquirir acciones representativas del capital social de dichas personas morales, deberá declarar dicha situación, indicando una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se revocó, canceló o negó la concesión, autorización, registro o la autorización para adquirir acciones representativas del capital social.

7.      Acompañar un documento emitido por una persona moral de reconocido prestigio a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que proporcione servicios legales y en la que se haga constar la información señalada en la fracción V anterior, asentando que tuvo a la vista la documentación soporte para ello, en caso de haber declarado un procedimiento.

8.      Adjuntar copia del contrato de prestación de servicios legales que el solicitante haya celebrado con la persona moral a que se refiere el numeral anterior, que contenga los términos y condiciones pactados entre las partes para la emisión del documento contenido en el numeral anterior, respecto del cual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá requerir modificaciones.

9.      Anexar su currículum vitae en el cual se detalle los motivos o causas por la cuales se terminaron las relaciones laborales que se presentan en dicha información.

10.    Adjuntar el informe de datos registrales expedido por la Procuraduría General de la República o la Fiscalía General que la sustituya, así como la carta de no antecedentes penales expedida por  la Procuraduría de Justicia o la Fiscalía del Estado del lugar de residencia y del Estado en donde se tenga el principal asiento de negocios. En caso de personas que residan en la Ciudad de México, la carta de no antecedentes penales será la expedida por la Secretaría de Gobernación a través de  la Comisión Nacional de Seguridad, y para personas que no residan o no hayan residido en territorio nacional por un periodo mayor a tres meses, en sustitución del informe y la carta mencionados, deberán presentar los documentos equivalentes a los antes señalados, expedidos en el país de su residencia. En el evento de que, para tramitar los documentos a que se refiere el presente numeral, las personas interesadas requieran de una petición formal expedida por la Comisión, deberán solicitarla por escrito a la propia Comisión.

B. FORMATO DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS MORALES

                                                                                                                              Ciudad de México, a

COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

Presente,

(Denominación o razón social de la persona moral), por conducto de su representante (nombre del representante legal), personalidad que acredita mediante poder contenido en (datos de la escritura y de su inscripción en el Registro Público de Comercio), declara bajo protesta de decir verdad y con el objeto de proporcionar la información que resulte necesaria en relación con la solicitud de autorización presentada [a presentarse] ante esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores para la organización y funcionamiento de la Sociedad Financiera Popular a denominarse ____________ lo siguiente:

I.        Que goza de historial crediticio satisfactorio de acuerdo con el reporte de información crediticia con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades  de Información Crediticia, emitido por la sociedad de información crediticia denominada _____, y se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones crediticias, inclusive tratándose de créditos que hayan sido materia de reestructura. Adjunto a la presente, sírvanse encontrar el reporte de crédito especial en el que esa Comisión podrá constatar que no existe incumplimiento alguno con sus obligaciones crediticias, o bien que de existir alguna clave de prevención en ese sentido, del propio reporte puede apreciarse:

          a) La existencia de una resolución favorable al deudor por la impugnación del registro de que se trate, en virtud de errores imputables a los usuarios de las sociedades de información crediticia que sean entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

          b) La existencia de pago de adeudos vencidos a la fecha de la consulta y evidencia de pago sostenido en un período de 1 año;

          c) Pago de quebrantos causados a una entidad financiera, sin importar su monto, promovido de manera voluntaria por el acreditado, o

          d) La existencia de resoluciones judiciales favorables a los acreditados, ante litigio con los acreedores.

          De igual forma declaramos que nuestra representada no ha incumplido con sus obligaciones de pago de títulos de deuda en el mercado de valores, ni ejerce ni ha ejercido poder de mando de una sociedad emisora que lo haya hecho.

II.       Que no ha estado sujeta a procedimientos de averiguación o investigación de carácter administrativo ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por infracciones a las leyes financieras nacionales o extranjeras, o ante otras instituciones supervisoras y reguladoras mexicanas del sistema financiero o de otros países, o bien que habiéndolo estado, estos tuvieron como conclusión resolución firme y definitiva o acuerdo/convenio en el que se determinó expresamente su exoneración.

III.      Que no ha sido declarada en concurso civil o mercantil, o bien que aun habiéndolo sido este se dio por terminado por las causales señaladas en las fracciones I, II o V del artículo 262 de la Ley de Concursos Mercantiles, o, tratándose de concurso civil, por haber pagado íntegramente a los acreedores o celebrado convenio con estos, en términos de las leyes locales.

IV.     Que es o ha sido sujeto o parte en los procesos ante órganos jurisdiccionales del orden común o federal, investigaciones de carácter penal, así como cualquier otro procedimiento, que a continuación se indican:

Tipo de procedimiento

Órgano ante quien se lleva el procedimiento

Carácter con el que intervine

Estado del procedimiento, incluyendo fecha de inicio y, en su caso, conclusión

Sentido de la resolución definitiva, en su caso

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

V.      Que no ha sido accionista de una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, le haya negado la concesión, autorización o registro.

VI.     Que no ha sido accionista de una entidad financiera a la que se le haya revocado la concesión, autorización o registro por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Quien suscribe la presente en nombre de su representada autoriza a la Comisión Nacional Bancaria  y de Valores para que, en su caso, verifique ante las entidades financieras mexicanas, las sociedades de información crediticia, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario y cualesquier autoridad competente, la veracidad de las declaraciones contenidas en este escrito, respecto de cualquier tipo de operaciones, en términos y con la amplitud a que se refieren los artículos 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, 192 y 295 de la Ley del Mercado de Valores, 55 de la Ley de Fondos de Inversión, 34 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y demás relativos que resulten aplicables.

Asimismo, autorizo a la propia Comisión para que durante el tiempo en que mi representada se desempeñe como accionista de la sociedad financiera popular de que se trate o bien, mantenga en garantía acciones representativas de su capital social, en caso de que dicha Comisión se entere por cualquier medio que dejó de estar en los supuestos de las fracciones I a III y V y VI anteriores, o bien, tenga noticias de que se encuentra en un proceso ante cualquier órgano jurisdiccional, verifique y requiera la información correspondiente.

Las declaraciones bajo protesta de decir verdad contenidas en este documento, se formulan para efectos de que esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuente con elementos de juicio para evaluar la honorabilidad e historial crediticio y de negocios satisfactorio de mi representada y para que se determine, en su caso, en ejercicio de la facultad discrecional que le confieren los artículo 9 y 10 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular a esa autoridad, si es prudente y oportuno que participe como accionista en el capital social ordinario pagado de la Sociedad Financiera Popular a denominarse ___________ con los porcentajes de tenencia accionaria propuestos [a proponerse] en la solicitud de autorización que nos ocupa.

Atentamente,

(Nombre y firma del representante legal)

(Denominación o razón social de la persona moral)

Instrucciones de llenado:

1.      Llenar todos los espacios en blanco y proporcionar la información señalada entre paréntesis, según corresponda.

2.      Adjuntar el reporte de información crediticia con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, con fecha de expedición no mayor de tres meses anteriores a la fecha de solicitud.

3.      En el evento de que el interesado no esté en posibilidad de formular cualquiera de las declaraciones a que refieren las fracciones I a III de esta carta, deberá expresar en el numeral correspondiente dicha circunstancia, detallando los hechos, actos y razones que se lo impiden o por las cuales no se ubique en los supuestos referidos.

4.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial alguno, directamente o a través de interpósita persona, en perjuicio de entidades financieras con motivo del incumplimiento de obligaciones a su cargo o de quitas, condonaciones o descuentos recibidos respecto de créditos, salvo que estos hubiesen sido al amparo de programas generales implementados por las propias entidades financieras o el Gobierno Federal, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características del crédito en cuestión, con indicación de la entidad acreditante, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

          Para efectos de lo anterior, se entenderá que una persona moral actuó a través de la interposición de otra persona moral, cuando la primera tenga o haya tenido el control de la segunda, o bien cuando ejerza o haya ejercido poder de mando respecto de la sociedad o asociación de que se trate.

5.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial en perjuicio de sociedades emisoras en el mercado de valores en las que ejerza o haya ejercido el control o tenga o haya tenido poder de mando, por incumplimiento en las obligaciones de pago contraídas con estas, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características de la operación en cuestión, con indicación de la sociedad emisora, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

6.      En caso de que la persona hubiere sido accionista en una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro le hayan negado la concesión, autorización o registro, o bien, le haya sido revocada, deberá declarar dicha situación, indicando una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se revocó o negó la concesión, autorización o registro.

7.      Acompañar un documento emitido por una persona moral de reconocido prestigio a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que proporcione servicios legales y en la que se haga constar la información señalada en la fracción IV anterior, asentando que tuvo a la vista la documentación soporte para ello, en caso de haber declarado un procedimiento.

8.      Adjuntar copia del contrato de prestación de servicios legales que el solicitante haya celebrado con la persona moral a que se refiere el numeral anterior, que contenga los términos y condiciones pactados entre las partes para la emisión del documento contenido en el numeral anterior, respecto del cual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá requerir modificaciones.

II.       PERSONAS QUE PRETENDAN OBTENER AUTORIZACIÓN PARA ADQUIRIR DIRECTA O INDIRECTAMENTE MÁS DEL CINCO POR CIENTO DE ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL ORDINARIO PAGADO DE UNA SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR

A.      FORMATO DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS FÍSICAS

                                                                                                                            Ciudad de México, a

COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

Presente,

El que suscribe, (nombre de la persona que suscribe), por mi propio derecho y con el objeto de proporcionar la información que resulte necesaria en relación con la solicitud de autorización presentada [a presentarse] ante esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores para adquirir directa o indirectamente más del cinco por ciento de acciones representativas del capital social ordinario pagado de la Sociedad Financiera Popular denominada____________, declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente:

I.        Que gozo de historial crediticio satisfactorio de acuerdo con el reporte de información crediticia con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, emitido por la sociedad de información crediticia denominada _____, y me encuentro al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones crediticias y, inclusive tratándose de créditos que hayan sido materia de reestructura. Adjunto a la presente, sírvanse encontrar el reporte de crédito especial del que suscribe, en el que esa Comisión podrá constatar que no existe incumplimiento alguno con mis obligaciones crediticias, o bien que de existir alguna clave de prevención en ese sentido, del propio reporte puede apreciarse:

          a) La existencia de una resolución favorable al deudor por la impugnación del registro de que se trate, en virtud de errores imputables a los usuarios de las sociedades de información crediticia que sean entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

          b) La existencia de pago de adeudos vencidos a la fecha de la consulta y evidencia de pago sostenido en un período de 1 año;

          c) Pago de quebrantos causados a una entidad financiera, sin importar su monto, promovido de manera voluntaria por el acreditado, o

          d) La existencia de resoluciones judiciales favorables a los acreditados, ante litigio con los acreedores.

          De igual forma declaro que no tengo ni he tenido el control, ni ejerzo ni he ejercido poder de mando de una sociedad emisora que haya incumplido sus obligaciones de pago de títulos de deuda en el mercado de valores.

II.       Que no estoy ni he estado, sujeto a proceso penal por delito doloso sancionado con pena corporal mayor a un año de prisión, y que, en caso de haberlo estado, este concluyó con sentencia absolutoria.

III.      Que no he estado sujeto a procedimientos de averiguación o investigación de carácter administrativo ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por infracciones a las leyes financieras nacionales o extranjeras, o ante otras instituciones supervisoras y reguladoras mexicanas del sistema financiero o de otros países, o bien que habiéndolo estado, estos tuvieron como conclusión resolución firme y definitiva o acuerdo/convenio en el que se determinó expresamente mi exoneración.

IV.     Que no he sido declarado en concurso civil o mercantil, o bien que aun habiéndolo sido este se dio por terminado por las causales señaladas en las fracciones I, II o V del artículo 262 de la Ley de Concursos Mercantiles, o, tratándose de concurso civil, por haber pagado íntegramente a los acreedores o celebrado convenio con estos, en términos de las leyes locales.

V.      Que soy o he sido sujeto o parte en los procesos ante órganos jurisdiccionales del orden común o federal, investigaciones de carácter penal, así como cualquier otro procedimiento, incluso en otros países, en lo individual y, en su caso, en mi carácter de representante legal, consejero, funcionario, empleado o comisionista de alguna persona moral, que a continuación se indican:

Tipo de procedimiento

Órgano ante quien se lleva el procedimiento

Carácter con el que intervine

Estado del procedimiento, incluyendo fecha de inicio y, en su caso, conclusión

Sentido de la resolución definitiva, en su caso

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VI.     Que no he sido accionista, consejero, comisario, director general o directivo relevante en una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, le hayan negado la concesión, autorización o registro, ni me ha sido negada la autorización para adquirir acciones representativas de capital social de sociedades supervisadas por dichas Comisiones Nacionales.

VII.    Que no he sido accionista, consejero, comisario o directivo relevante en una entidad financiera a la que se le ha revocado la concesión o autorización, o cancelado el registro, ni se me ha negado la autorización para adquirir acciones representativas de capital social de sociedades que gocen de la concesión, autorización o registro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Quien suscribe la presente autoriza a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que, en su caso, verifique ante las entidades financieras mexicanas, las sociedades de información crediticia, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario y cualesquier autoridad competente, la veracidad de las declaraciones contenidas en este escrito, respecto de cualquier tipo de operaciones, en términos y con la amplitud a que se refieren los artículos 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, 192 y 295 de la Ley del Mercado de Valores, 55 de la Ley de Fondos de Inversión, 34 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y demás relativos que resulten aplicables.

Asimismo, autorizo a la propia Comisión para que durante el tiempo en que me desempeñe como accionista de la sociedad financiera popular de que se trate o bien, mantenga en garantía acciones representativas de su capital social, en caso de que dicha Comisión se entere por cualquier medio que dejé de estar en los supuestos de las fracciones I a IV y VI y VII anteriores, o bien, tenga noticias de que estoy en un proceso ante cualquier órgano jurisdiccional, verifique y requiera la información correspondiente.

Las declaraciones bajo protesta de decir verdad contenidas en este documento, se formulan para efectos de que esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuente con elementos de juicio para evaluar la honorabilidad e historial crediticio y de negocios satisfactorio del que suscribe y para que se determine, en su caso, en ejercicio de la facultad discrecional que le confiere el artículo 44 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular a esa autoridad, si es prudente y oportuno que adquiera directa o indirectamente más del cinco por ciento de acciones representativas del capital social ordinario pagado de la Sociedad Financiera Popular denominada ____________, con los porcentajes de tenencia accionaria propuestos [a proponerse] en la solicitud de autorización que nos ocupa.

Atentamente,

 

(Nombre y firma del interesado)

Instrucciones de llenado:

1.      Llenar los espacios en blanco y proporcionar la información señalada entre paréntesis, según corresponda.

2.      Adjuntar el reporte de información crediticia, con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. En caso de que las personas no hayan residido en territorio nacional durante un periodo de seis años anteriores a la fecha de la solicitud de autorización, se deberá presentar el documento equivalente al reporte de información crediticia expedido en su país de residencia. Los documentos referidos deberán tener una fecha de expedición no mayor de tres meses anteriores a la fecha de tal solicitud.

3.      En el evento de que el interesado no esté en posibilidad de formular cualquiera de las declaraciones a que refieren las fracciones I a IV de esta carta, deberá expresar en el numeral correspondiente dicha circunstancia, detallando los hechos, actos y razones que se lo impiden o por las cuales no se ubique en los supuestos referidos.

4.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial alguno, directamente o a través de interpósita persona, en perjuicio de entidades financieras con motivo del incumplimiento de obligaciones a su cargo o de quitas, condonaciones o descuentos recibidos respecto de créditos, salvo que estos hubiesen sido al amparo de programas generales implementados por las propias entidades financieras o el Gobierno Federal, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características del crédito en cuestión, con indicación de la entidad acreditante, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

          Para efectos de lo anterior, se entenderá que una persona física actuó a través de la interposición de una persona moral, cuando la primera tenga o haya tenido el control de la segunda, o bien cuando ejerza o haya ejercido poder de mando respecto de la sociedad o asociación de que se trate.

5.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial en perjuicio de sociedades emisoras en el mercado de valores en las que ejerza o haya ejercido el control o tenga o haya tenido poder de mando, por incumplimiento en las obligaciones de pago contraídas con estas, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características de la operación en cuestión, con indicación de la sociedad emisora, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

6.      En caso de que la persona hubiere sido accionista, consejero, comisario, director general o directivo relevante en una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, le hayan negado la concesión, autorización, registro; le haya sido revocada la concesión o autorización, o cancelado el registro, o bien, le hayan negado la autorización para adquirir acciones representativas del capital social, deberá declarar dicha situación, indicando una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se revocó, canceló o negó la concesión, autorización, registro o la autorización para adquirir acciones representativas del capital social.

7.      Acompañar un documento emitido por una persona moral de reconocido prestigio a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que proporcione servicios legales y en la que se haga constar la información señalada en la fracción V anterior, asentando que tuvo a la vista la documentación soporte para ello, en caso de haber declarado un procedimiento.

8.      Copia del contrato de prestación de servicios legales que el solicitante haya celebrado con la persona moral a que se refiere el numeral anterior, que contenga los términos y condiciones pactados entre las partes para la emisión del documento contenido en el numeral anterior, respecto del cual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá requerir modificaciones.

9.      Anexar su currículum vitae en el cual se detalle los motivos o causas por la cuales se terminaron las relaciones laborales que se presentan en dicha información.

10.    Adjuntar el informe de datos registrales expedido por la Procuraduría General de la República o la Fiscalía General que la sustituya, así como la carta de no antecedentes penales expedida por  la Procuraduría de Justicia o la Fiscalía del Estado del lugar de residencia y del Estado en donde se tenga el principal asiento de negocios. En caso de personas que residan en la Ciudad de México, la carta de no antecedentes penales será la expedida por la Secretaría de Gobernación a través de  la Comisión Nacional de Seguridad, y para personas que no residan o no hayan residido en territorio nacional por un periodo mayor a tres meses, en sustitución del informe y la carta mencionados, deberán presentar los documentos equivalentes a los antes señalados, expedidos en el país de su residencia. En el evento de que, para tramitar los documentos a que se refiere el presente numeral, las personas interesadas requieran de una petición formal expedida por la Comisión, deberán solicitarla por escrito a la propia Comisión.

B.     FORMATO DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS MORALES

                                                                                                                      Ciudad de México, a

COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

Presente,

(Denominación o razón social de la persona moral), por conducto de su representante (nombre del representante legal), personalidad que acredita mediante poder contenido en (datos de la escritura y de su inscripción en el Registro Público de Comercio), declara bajo protesta de decir verdad y con el objeto de proporcionar la información que resulte necesaria en relación con la solicitud de autorización presentada [a presentarse] ante esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores para adquirir directa o indirectamente más del cinco por ciento de acciones representativas del capital social ordinario pagado de la Sociedad Financiera Popular denominada____________, lo siguiente:

I.        Que goza de historial crediticio satisfactorio de acuerdo con el reporte de información crediticia con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, emitido por la sociedad de información crediticia denominada _____, y se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones crediticias, inclusive tratándose de créditos que hayan sido materia de reestructura. Adjunto a la presente, sírvanse encontrar el reporte de crédito especial en el que esa Comisión podrá constatar que no existe incumplimiento alguno con sus obligaciones crediticias, o bien que de existir alguna clave de prevención en ese sentido, del propio reporte puede apreciarse:

          a) La existencia de una resolución favorable al deudor por la impugnación del registro de que se trate, en virtud de errores imputables a los usuarios de las sociedades de información crediticia que sean entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

          b) La existencia de pago de adeudos vencidos a la fecha de la consulta y evidencia de pago sostenido en un período de 1 año;

          c) Pago de quebrantos causados a una entidad financiera, sin importar su monto, promovido de manera voluntaria por el acreditado, o

          d) La existencia de resoluciones judiciales favorables a los acreditados, ante litigio con los acreedores.

          De igual forma declaramos que nuestra representada no ha incumplido con sus obligaciones de pago de títulos de deuda en el mercado de valores, ni ejerce ni ha ejercido poder de mando de una sociedad emisora que lo haya hecho.

II.       Que no ha estado sujeta a procedimientos de averiguación o investigación de carácter administrativo ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por infracciones a las leyes financieras nacionales o extranjeras, o ante otras instituciones supervisoras y reguladoras mexicanas del sistema financiero o de otros países, o bien que habiéndolo estado, estos tuvieron como conclusión resolución firme y definitiva o acuerdo/convenio en el que se determinó expresamente su exoneración.

III.      Que no ha sido declarada en concurso civil o mercantil, o bien que aun habiéndolo sido este se dio por terminado por las causales señaladas en las fracciones I, II o V del artículo 262 de la Ley de Concursos Mercantiles, o, tratándose de concurso civil, por haber pagado íntegramente a los acreedores o celebrado convenio con estos, en términos de las leyes locales.

IV.     Que es o ha sido sujeto o parte en los procesos ante órganos jurisdiccionales del orden común o federal, investigaciones de carácter penal, así como cualquier otro procedimiento, que a continuación se indican:

Tipo de procedimiento

Órgano ante quien se lleva el procedimiento

Carácter con el que intervine

Estado del procedimiento, incluyendo fecha de inicio y, en su caso, conclusión

Sentido de la resolución definitiva, en su caso

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

V.      Que no ha sido accionista de una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, le haya negado la concesión, autorización o registro.

VI.     Que no ha sido accionista de una entidad financiera a la que se le haya revocado la concesión, autorización o registro por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Quien suscribe la presente en nombre de su representada autoriza a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que, en su caso, verifique ante las entidades financieras mexicanas, las sociedades  de información crediticia y cualesquier autoridad competente, la veracidad de las declaraciones contenidas en este escrito, respecto de cualquier tipo de operaciones, en términos y con la amplitud a que se refieren los artículos 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, 192 y 295 de la Ley del Mercado de Valores, 55 de la Ley de Fondos de Inversión, 34 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y demás relativos que resulten aplicables.

Asimismo, autorizo a la propia Comisión para que durante el tiempo en que mi representada se desempeñe como accionista de la sociedad financiera popular de que se trate o bien, mantenga en garantía acciones representativas de su capital social, en caso de que dicha Comisión se entere por cualquier medio que dejé de estar en los supuestos de las fracciones I a III y V y VI anteriores, o bien, tenga noticias de que se encuentra en un proceso ante cualquier órgano jurisdiccional, verifique y requiera la información correspondiente.

Las declaraciones bajo protesta de decir verdad contenidas en este documento, se formulan para efectos de que esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuente con elementos de juicio para evaluar la honorabilidad e historial crediticio y de negocios satisfactorio de mi representada y para que se determine, en su caso, en ejercicio de la facultad discrecional que le confiere el artículo 44 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular a esa autoridad, si es prudente y oportuno que adquiera directa o indirectamente más del cinco por ciento de acciones representativas del capital social ordinario pagado de la Sociedad Financiera Popular denominada ____________, con los porcentajes de tenencia accionaria propuestos [a proponerse] en la solicitud de autorización que nos ocupa.

Atentamente,

 

(Nombre y firma del representante legal)

(Denominación o razón social de la persona moral)

Instrucciones de llenado:

1.      Llenar los espacios en blanco y proporcionar la información señalada entre paréntesis, según corresponda.

2.      Adjuntar el reporte de información crediticia, con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, con fecha de expedición no mayor de tres meses anteriores a la fecha de solicitud.

3.      En el evento de que el interesado no esté en posibilidad de formular cualquiera de las declaraciones a que refieren las fracciones I a III de esta carta, deberá expresar en el numeral correspondiente dicha circunstancia, detallando los hechos, actos y razones que se lo impiden o por las cuales no se ubique en los supuestos referidos.

4.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial alguno, directamente o a través de interpósita persona, en perjuicio de entidades financieras con motivo del incumplimiento de obligaciones a su cargo o de quitas, condonaciones o descuentos recibidos respecto de créditos, salvo que estos hubiesen sido al amparo de programas generales implementados por las propias entidades financieras o el Gobierno Federal, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características del crédito en cuestión, con indicación de la entidad acreditante, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

          Para efectos de lo anterior, se entenderá que una persona moral actuó a través de la interposición de otra persona moral, cuando la primera tenga o haya tenido el control de la segunda, o bien cuando ejerza o haya ejercido poder de mando respecto de la sociedad o asociación de que se trate.

5.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial en perjuicio de sociedades emisoras en el mercado de valores en las que ejerza o haya ejercido el control o tenga o haya tenido poder de mando, por incumplimiento en las obligaciones de pago contraídas con estas, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características de la operación en cuestión, con indicación de la sociedad emisora, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

6.      En caso de que la persona hubiere sido accionista en una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro le hayan negado la concesión, autorización o registro, o bien, le haya sido revocada, deberá declarar dicha situación, indicando una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se revocó o negó la concesión, autorización o registro.

7.      Acompañar un documento emitido por una persona moral de reconocido prestigio a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que proporcione servicios legales y en la que se haga constar la información señalada en la fracción IV anterior, asentando que tuvo a la vista la documentación soporte para ello, en caso de haber declarado un procedimiento.

8.      Adjuntar copia del contrato de prestación de servicios legales que el solicitante haya celebrado con la persona moral a que se refiere el numeral anterior, que contenga los términos y condiciones pactados entre las partes para la emisión del documento contenido en el numeral anterior, respecto del cual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá requerir modificaciones.

III.      PERSONAS QUE PRETENDAN OBTENER AUTORIZACIÓN PARA CONSTITUIRSE COMO ACREEDORES CON GARANTÍA RESPECTO DE MÁS DEL CINCO POR CIENTO DE ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE UNA SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR

A.      FORMATO DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS FÍSICAS

                                                                                                                  Ciudad de México, a

COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

Presente,

El que suscribe, (nombre de la persona que suscribe), por mi propio derecho y con el objeto de proporcionar la información que resulte necesaria en relación con la solicitud de autorización presentada [a presentarse] ante esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores para constituirme como acreedor con garantía sobre acciones representativas de más del cinco por ciento del capital social ordinario pagado de una Sociedad Financiera Popular, declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente:

I.        Que gozo de historial crediticio satisfactorio de acuerdo con el reporte de información crediticia con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, emitido por la sociedad de información crediticia denominada _____, y me encuentro al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones crediticias, inclusive tratándose de créditos que hayan sido materia de reestructura. Adjunto a la presente, sírvanse encontrar el reporte de crédito especial del que suscribe, en el que esa Comisión podrá constatar que no existe incumplimiento alguno con mis obligaciones crediticias, o bien que de existir alguna clave de prevención en ese sentido, del propio reporte puede apreciarse:

          a) La existencia de una resolución favorable al deudor por la impugnación del registro de que se trate, en virtud de errores imputables a los usuarios de las sociedades de información crediticia que sean entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

          b) La existencia de pago de adeudos vencidos a la fecha de la consulta y evidencia de pago sostenido en un período de 1 año;

          c) Pago de quebrantos causados a una entidad financiera, sin importar su monto, promovido de manera voluntaria por el acreditado, o

          d) La existencia de resoluciones judiciales favorables a los acreditados, ante litigio con los acreedores.

          De igual forma declaro que no tengo ni he tenido el control, ni ejerzo ni he ejercido poder de mando de una sociedad emisora que haya incumplido sus obligaciones de pago de títulos de deuda en el mercado de valores.

II.       Que no estoy ni he estado, sujeto a proceso penal por delito doloso sancionado con pena corporal mayor a un año de prisión y que, en caso de haberlo estado, este concluyó con sentencia absolutoria.

III.      Que no he estado sujeto a procedimientos de averiguación o investigación de carácter administrativo ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por infracciones a las leyes financieras nacionales o extranjeras, o ante otras instituciones supervisoras y reguladoras mexicanas del sistema financiero o de otros países, o bien que habiéndolo estado, estos tuvieron como conclusión resolución firme y definitiva o acuerdo/convenio en el que se determinó expresamente mi exoneración.

IV.     Que no he sido declarado en concurso civil o mercantil, o bien que aun habiéndolo sido este se dio por terminado por las causales señaladas en las fracciones I, II o V del artículo 262 de la Ley de Concursos Mercantiles, o, tratándose de concurso civil, por haber pagado íntegramente a los acreedores o celebrado convenio con estos, en términos de las leyes locales.

V.      Que soy o he sido sujeto o parte en los procesos ante órganos jurisdiccionales del orden común o federal, investigaciones de carácter penal, así como cualquier otro procedimiento, incluso en otros países, en lo individual y, en su caso, en mi carácter de representante legal, consejero, funcionario, empleado o comisionista de alguna persona moral, que a continuación se indican:

Tipo de procedimiento

Órgano ante quien se lleva el procedimiento

Carácter con el que intervine

Estado del procedimiento, incluyendo fecha de inicio y, en su caso, conclusión

Sentido de la resolución definitiva, en su caso

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VI.     Que no he sido accionista, consejero, comisario, director general o directivo relevante en una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, le hayan negado la concesión, autorización o registro, ni me ha sido negada la autorización para adquirir acciones representativas de capital social de sociedades supervisadas por dichas Comisiones Nacionales.

VII.    Que no he sido accionista, consejero, comisario o directivo relevante en una entidad financiera a la que se le ha revocado la concesión o autorización, o cancelado el registro, ni se me ha negado la autorización para adquirir acciones representativas de capital social de sociedades que gocen de la concesión, autorización o registro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Quien suscribe la presente autoriza a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que, en su caso, verifique ante las entidades financieras mexicanas, las sociedades de información crediticia, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario y cualesquier autoridad competente, la veracidad de las declaraciones contenidas en este escrito, respecto de cualquier tipo de operaciones, en términos y con la amplitud a que se refieren los artículos 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, 192 y 295 de la Ley del Mercado de Valores, 55 de la Ley de Fondos de Inversión, 34 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y demás relativos que resulten aplicables.

Asimismo, autorizo a la propia Comisión para que durante el tiempo en que me desempeñe como accionista de la sociedad financiera popular de que se trate o bien, mantenga en garantía acciones representativas de su capital social, en caso de que dicha Comisión se entere por cualquier medio que dejé de estar en los supuestos de las fracciones I a IV y VI y VII anteriores, o bien, tenga noticias de que estoy en un proceso ante cualquier órgano jurisdiccional, verifique y requiera la información correspondiente.

Las declaraciones bajo protesta de decir verdad contenidas en este documento, se formulan para efectos de que esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuente con elementos de juicio para evaluar la honorabilidad e historial crediticio y de negocios satisfactorio del que suscribe y para que se determine, en su caso, en ejercicio de la facultad discrecional que le confiere el artículo 44 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular a esa autoridad, si es prudente y oportuno constituirme como acreedor con garantía sobre acciones respecto de más del cinco por ciento del capital social ordinario pagado de la Sociedad Financiera Popular denominada ____________, con los porcentajes accionarios propuestos [a proponerse] en la solicitud de autorización que nos ocupa.

Atentamente,

(Nombre y firma del interesado)

Instrucciones de llenado:

1.      Llenar los espacios en blanco y proporcionar la información señalada entre paréntesis, según corresponda.

2.      Adjuntar el reporte de información crediticia, con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. En caso de que las personas no hayan residido en territorio nacional durante un periodo de seis años anteriores a la fecha de la solicitud de autorización, se deberá presentar el documento equivalente al reporte de información crediticia expedido en su país de residencia. Los documentos referidos deberán tener una fecha de expedición no mayor de tres meses anteriores a la fecha de tal solicitud.

3.      En el evento de que el interesado no esté en posibilidad de formular cualquiera de las declaraciones a que refieren las fracciones I a IV de esta carta, deberá expresar en el numeral correspondiente dicha circunstancia, detallando los hechos, actos y razones que se lo impiden o por las cuales no se ubique en los supuestos referidos.

4.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial alguno, directamente o a través de interpósita persona, en perjuicio de entidades financieras con motivo del incumplimiento de obligaciones a su cargo o de quitas, condonaciones o descuentos recibidos respecto de créditos, salvo que estos hubiesen sido al amparo de programas generales implementados por las propias entidades financieras o el Gobierno Federal, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características del crédito en cuestión, con indicación de la entidad acreditante, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

          Para efectos de lo anterior, se entenderá que una persona física actuó a través de la interposición de una persona moral, cuando la primera tenga o haya tenido el control de la segunda, o bien cuando ejerza o haya ejercido poder de mando respecto de la sociedad o asociación de que se trate.

5.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial en perjuicio de sociedades emisoras en el mercado de valores en las que ejerza o haya ejercido el control o tenga o haya tenido poder de mando, por incumplimiento en las obligaciones de pago contraídas con estas, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características de la operación en cuestión, con indicación de la sociedad emisora, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

6.      En caso de que la persona hubiere sido accionista, consejero, comisario, director general o directivo relevante en una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, le hayan negado la concesión, autorización, registro; le haya sido revocada la concesión o autorización, o cancelado el registro, o bien, le hayan negado la autorización para adquirir acciones representativas de capital social de dichas personas morales, deberá declarar dicha situación, indicando una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se revocó, canceló o negó la concesión, autorización, registro o la autorización para adquirir acciones representativas del capital social.

7.      Acompañar un documento emitido por una persona moral de reconocido prestigio a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que proporcione servicios legales y en la que se haga constar la información señalada en la fracción V anterior, asentando que tuvo a la vista la documentación soporte para ello, en caso de haber declarado un procedimiento.

8.      Copia del contrato de prestación de servicios legales que el solicitante haya celebrado con la persona moral a que se refiere el numeral anterior, que contenga los términos y condiciones pactados entre las partes para la emisión del documento contenido en el numeral anterior, respecto del cual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá requerir modificaciones.

9.      Anexar su currículum vitae en el cual se detalle los motivos o causas por la cuales se terminaron las relaciones laborales que se presentan en dicha información.

10.    Adjuntar el informe de datos registrales expedido por la Procuraduría General de la República o la Fiscalía General que la sustituya, así como la carta de no antecedentes penales expedida por  la Procuraduría de Justicia o la Fiscalía del Estado del lugar de residencia y del Estado en donde se tenga el principal asiento de negocios. En caso de personas que residan en la Ciudad de México, la carta de no antecedentes penales será la expedida por la Secretaría de Gobernación a través de  la Comisión Nacional de Seguridad, y para personas que no residan o no hayan residido en territorio nacional por un periodo mayor a tres meses, en sustitución del informe y la carta mencionados, deberán presentar los documentos equivalentes a los antes señalados, expedidos en el país de su residencia. En el evento de que, para tramitar los documentos a que se refiere el presente numeral, las personas interesadas requieran de una petición formal expedida por la Comisión, deberán solicitarla por escrito a la propia Comisión.

B.     FORMATO DE CARTA PROTESTA PARA PERSONAS MORALES

                                                                                                                            Ciudad de México, a

COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

Presente,

(Denominación o razón social de la persona moral), por conducto de su representante (nombre del representante legal), personalidad que acredita mediante poder contenido en (datos de la escritura y de su inscripción en el Registro Público de Comercio), declara bajo protesta de decir verdad y con el objeto de proporcionar la información que resulte necesaria en relación con la solicitud de autorización presentada [a presentarse] ante esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores para constituirme como acreedor con garantía sobre acciones representativas de más del cinco por ciento del capital social ordinario pagado de una Sociedad Financiera Popular, lo siguiente:

I.        Que goza de historial crediticio satisfactorio de acuerdo con el reporte de información crediticia con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades  de Información Crediticia, emitido por la sociedad de información crediticia denominada _____, y se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones crediticias, inclusive tratándose de créditos que hayan sido materia de reestructura. Adjunto a la presente, sírvanse encontrar el reporte de crédito especial antes referido en el que esa Comisión podrá constatar que no existe incumplimiento alguno con sus obligaciones crediticias, o bien que de existir alguna clave de prevención en ese sentido, del propio reporte puede apreciarse:

          a) La existencia de una resolución favorable al deudor por la impugnación del registro de que se trate, en virtud de errores imputables a los usuarios de las sociedades de información crediticia que sean entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

          b) La existencia de pago de adeudos vencidos a la fecha de la consulta y evidencia de pago sostenido en un período de 1 año;

          c) Pago de quebrantos causados a una entidad financiera, sin importar su monto, promovido de manera voluntaria por el acreditado, o

          d) La existencia de resoluciones judiciales favorables a los acreditados, ante litigio con los acreedores.

          De igual forma declaramos que nuestra representada no ha incumplido con sus obligaciones de pago de títulos de deuda en el mercado de valores, ni ejerce ni ha ejercido poder de mando de una sociedad emisora que lo haya hecho.

II.       Que no ha estado sujeta a procedimientos de averiguación o investigación de carácter administrativo ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por infracciones a las leyes financieras nacionales o extranjeras, o ante otras instituciones supervisoras y reguladoras mexicanas del sistema financiero o de otros países, o bien que habiéndolo estado, estos tuvieron como conclusión resolución firme y definitiva o acuerdo/convenio en el que se determinó expresamente su exoneración.

III.      Que no ha sido declarada en concurso civil o mercantil, o bien que aun habiéndolo sido este se dio por terminado por las causales señaladas en las fracciones I, II o V del artículo 262 de la Ley de Concursos Mercantiles, o, tratándose de concurso civil, por haber pagado íntegramente a los acreedores o celebrado convenio con estos, en términos de las leyes locales.

IV.     Que es o ha sido sujeto o parte en los procesos ante órganos jurisdiccionales del orden común o federal, investigaciones de carácter penal, así como cualquier otro procedimiento, que a continuación se indican:

Tipo de procedimiento

Órgano ante quien se lleva el procedimiento

Carácter con el que intervine

Estado del procedimiento, incluyendo fecha de inicio y, en su caso, conclusión

Sentido de la resolución definitiva, en su caso

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

V.      Que no ha sido accionista de una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, le haya negado la concesión, autorización o registro.

VI.     Que no ha sido accionista de una entidad financiera a la que se le haya revocado la concesión, autorización o registro por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Quien suscribe la presente en nombre de su representada autoriza a la Comisión Nacional Bancaria  y de Valores para que, en su caso, verifique ante las entidades financieras mexicanas, las sociedades de información crediticia y cualesquier autoridad competente, la veracidad de las declaraciones contenidas en este escrito, respecto de cualquier tipo de operaciones, en términos y con la amplitud a que se refieren los artículos 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, 192 y 295 de la Ley del Mercado de Valores, 55 de la Ley de Fondos de Inversión, 34 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y demás relativos que resulten aplicables.

Asimismo, autorizo a la propia Comisión para que durante el tiempo en que mi representada se desempeñe como accionista de la sociedad financiera popular de que se trate o bien, mantenga en garantía acciones representativas de su capital social, en caso de que dicha Comisión se entere por cualquier medio que dejó de estar en los supuestos de las fracciones I a III y V y VI anteriores, o bien, tenga noticias de que se encuentra en un proceso ante cualquier órgano jurisdiccional, verifique y requiera la información correspondiente.

Las declaraciones bajo protesta de decir verdad contenidas en este documento, se formulan para efectos de que esa Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuente con elementos de juicio para evaluar la honorabilidad e historial crediticio y de negocios satisfactorio de mi representada y para que se determine, en su caso, en ejercicio de la facultad discrecional que le confiere el artículo 44 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular a esa autoridad, si es prudente y oportuno constituirse como acreedor con garantía sobre acciones respecto de más del cinco por ciento de acciones representativas del capital social ordinario pagado de la Sociedad Financiera Popular denominada ____________, con los porcentajes accionarios propuestos [a proponerse] en la solicitud de autorización que nos ocupa.

Atentamente,

 

(Nombre y firma del representante legal)

(Denominación o razón social de la persona moral)

         Instrucciones de llenado:

1.      Llenar los espacios en blanco y proporcionar la información señalada entre paréntesis, según corresponda.

2.      Adjuntar el reporte de información crediticia, con el carácter de reporte de crédito especial en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, con fecha de expedición no mayor de tres meses anteriores a la fecha de solicitud.

3.      En el evento de que el interesado no esté en posibilidad de formular cualquiera de las declaraciones a que refieren las fracciones I a III de esta carta, deberá expresar en el numeral correspondiente dicha circunstancia, detallando los hechos, actos y razones que se lo impiden o por las cuales no se ubique en los supuestos referidos.

4.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial alguno, directamente o a través de interpósita persona, en perjuicio de entidades financieras con motivo del incumplimiento de obligaciones a su cargo o de quitas, condonaciones o descuentos recibidos respecto de créditos, salvo que estos hubiesen sido al amparo de programas generales implementados por las propias entidades financieras o el Gobierno Federal, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características del crédito en cuestión, con indicación de la entidad acreditante, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

          Para efectos de lo anterior, se entenderá que una persona moral actuó a través de la interposición de otra persona moral, cuando la primera tenga o haya tenido el control de la segunda, o bien cuando ejerza o haya ejercido poder de mando respecto de la sociedad o asociación de que se trate.

5.      En caso de que la persona hubiere causado quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial en perjuicio de sociedades emisoras en el mercado de valores en las que ejerza o haya ejercido el control o tenga o haya tenido poder de mando, por incumplimiento en las obligaciones de pago contraídas con estas, el interesado deberá declarar dicha situación, indicando los términos y características de la operación en cuestión, con indicación de la sociedad emisora, así como una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se ocasionó el quebranto, menoscabo o detrimento patrimonial.

6.      En caso de que la persona hubiere sido accionista en una persona moral a la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro le hayan negado la concesión, autorización o registro, o bien, le haya sido revocada, deberá declarar dicha situación, indicando una descripción detallada de las circunstancias bajo las cuales se revocó o negó la concesión, autorización o registro.

7.      Acompañar un documento emitido por una persona moral de reconocido prestigio a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que proporcione servicios legales y en la que se haga constar la información señalada en la fracción IV anterior, asentando que tuvo a la vista la documentación soporte para ello en caso de haber declarado un procedimiento.

8.      Adjuntar copia del contrato de prestación de servicios legales que el solicitante haya celebrado con la persona moral a que se refiere el numeral anterior, que contenga los términos y condiciones pactados entre las partes para la emisión del documento contenido en el numeral anterior, respecto del cual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá requerir modificaciones.