DECRETO por el que se reforma el artículo 33 de la Ley de Vivienda.

Viernes 23 de Junio de 2017

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :

SE REFORMA EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY DE VIVIENDA.

Artículo Único.- Se reforma el primer párrafo del artículo 33 de la Ley de Vivienda, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 33.- La Comisión Intersecretarial será presidida por el Titular del Ejecutivo Federal, a través del Titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano o por quien éste designe y estará integrada por los titulares de las siguientes secretarías de estado:

I. a XI. ...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial  de la Federación.

Ciudad de México, a 27 de abril de 2017.- Sen. Pablo Escudero Morales, Presidente.- Dip. María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta.- Sen. Rosa Adriana Díaz Lizama, Secretaria.- Dip. Ernestina Godoy Ramos, Secretaria.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintiuno de junio de dos mil diecisiete.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.