ACUERDO mediante el cual se reforma el Anexo V de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, correspondiente al artículo 74, fracción I, incisos d, f, j, m y n, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, relacionados con las obligaciones de transparencia específicas aplicables al Instituto Nacional Electoral y a los organismos públicos electorales de las entidades federativas.

Miércoles 26 de abril de 2017

Al margen un logotipo, que dice: Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.

CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT04/04/2017-03

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA EL ANEXO V DE LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS GENERALES PARA LA PUBLICACIÓN, HOMOLOGACIÓN Y ESTANDARIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL TÍTULO QUINTO Y EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, QUE DEBEN DE DIFUNDIR LOS SUJETOS OBLIGADOS EN LOS PORTALES DE INTERNET Y EN LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, CORRESPONDIENTE AL ARTÍCULO 74, FRACCIÓN I, INCISOS D, F, J, M Y N, DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, RELACIONADOS CON LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA ESPECÍFICAS APLICABLES AL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y A LOS ORGANISMOS PÚBLICOS ELECTORALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.

Que en el punto cuatro del orden del día, de la Primera Sesión Extraordinaria del año 2017, celebrada el 4 de abril de dos mil diecisiete, del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, fue sometido a discusión y aprobado por unanimidad el Acuerdo CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT04/04/2017-03, mediante el cual se reforma el Anexo V de los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones Establecidas en el Titulo Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, correspondiente al artículo 74, fracción I, incisos d, f, j, m y n, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, relacionados con las obligaciones de transparencia específicas aplicables al Instituto Nacional Electoral y a los Organismos Públicos Electorales de las Entidades Federativas. En razón de lo anterior se emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Se aprueban las modificaciones al Anexo V de los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones Establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los Sujetos Obligados en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, relativo al artículo 74, fracción I, incisos d, f, j, m y n; de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que corresponden a las obligaciones de transparencia aplicables al Instituto Nacional Electoral y a los organismos públicos electorales de las Entidades Federativas.

Las modificaciones propuestas al Anexo V de los Lineamientos Técnicos Generales, forman parte integral de este Acuerdo como Anexo al presente.

SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

TERCERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

CUARTO. Publíquese el presente Acuerdo y su Anexo, a través en la página electrónica del Sistema Nacional de Transparencia y en forma adicional, envíese a las direcciones de correo electrónico institucional de los integrantes del Sistema Nacional a través de la dirección de correo del Secretario Ejecutivo (federico.guzman@inai.org.mx).

QUINTO. Se instruye al Secretario Ejecutivo a ejecutar el presente Acuerdo en sus términos.

Así lo acordó el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales por unanimidad, en su primera sesión extraordinaria de 2017, celebrada el 4 abril de 2017, en la Ciudad de México, lo que se certifica y se hace constar, con fundamento en el artículo 12 fracción XII y 13 fracciones VII y VIII del Reglamento del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.

La Presidenta del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Ximena Puente de la Mora.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Federico Guzmán Tamayo.- Rúbrica.

El presente acuerdo y su anexo pueden ser consultados en la dirección electrónica siguiente:

http://snt.org.mx/images/Doctos/CONAIP_SNT_ACUERDO_EXT04_04_2017_03.pdf