RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito.

Martes 04 de abril de 2017

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en los artículos 76 y 96 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, así como 4, fracciones XXXVI y XXXVIII y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y

CONSIDERANDO

Que es oportuno ampliar el plazo con el que cuentan las instituciones de crédito para que consideren, en el otorgamiento de créditos garantizados por garantías reales y otros instrumentos asimilables, la obligación de contar con evidencia de haber consultado el Registro Único de Garantías Mobiliarias a que se refiere el Código de Comercio y el Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías a que alude la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, con la finalidad de determinar si las mercancías están o no libres de gravámenes, ha resuelto expedir la siguiente:

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO

ÚNICO.- Se ADICIONA el artículo OCTAVO TRANSITORIO a la “Resolución que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2017, para quedar como sigue:

OCTAVO.- El Anexo 24 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito que se sustituye mediante esta Resolución, entrará en vigor a los seis meses siguientes a la fecha de publicación del presente instrumento en el Diario Oficial de la Federación.”

TRANSITORIO

ÚNICO.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de marzo de 2017.- El Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Jaime González Aguadé.- Rúbrica.