ACUERDO por el que se autoriza la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Manual que regula las remuneraciones de los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecisiete.

Martes 28 de febrero de 2017

 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECISIETE.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 11, 14, 68, 81, 205 y 209, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral están facultados para emitir las disposiciones generales necesarias para determinar, entre otras, el ingreso y los estímulos que corresponden al personal del Poder Judicial de la Federación, atribución que ejercen en el seno de sus respectivos Órganos de Gobierno;

TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 94, párrafo noveno, y 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo, como tampoco podrán aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los Estados, de la Ciudad de México o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia y que dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, no pueden actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, ni pueden ocupar los cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de esa Constitución;

CUARTO.- El 24 de agosto del dos mil nueve se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en sus disposiciones transitorias establece un régimen de excepción a las retribuciones nominales de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Magistrados de Circuito y los Jueces de Distrito, que estén en funciones al 31 de diciembre de dos mil nueve.

QUINTO.- De conformidad con el artículo 123, apartado B, fracción IV primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de éstos, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la ley.

SEXTO.- De conformidad con el artículo tercero transitorio del Decreto señalado en el considerando Cuarto, se elaboró el documento denominado “Manual que Regula las Remuneraciones de los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil diecisiete”, con la finalidad de integrar un instrumento administrativo que contenga el sistema de percepciones, así como las normas y lineamientos a observarse para su asignación, indicándose además aquellas prestaciones que se brindan a los servidores públicos a cargo del Poder Judicial de la Federación;

En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecisiete, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día treinta de noviembre de dos mil dieciséis, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral, integrantes del Poder Judicial de la Federación, publican la información completa y detallada relativa a las remuneraciones que se cubren para cada uno de los niveles jerárquicos, atendiendo a los tabuladores vigentes y la normativa aplicable en cada una de las tres Instancias que conforman el Poder Judicial de la Federación.

SEGUNDO. Para los efectos de este Acuerdo, las percepciones de los servidores públicos se sujetarán a los tabuladores autorizados.

TERCERO. Adicionalmente a los conceptos que integran el total de sueldo mensual que se incluyen como Anexo 2, se describe el sistema de percepciones establecidas y autorizadas para los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación.

CUARTO. Los Órganos de Gobierno de cada una de las tres Instancias que integran el Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán autorizar modificaciones a la nomenclatura, nivel y rango de los puestos que integran los tabuladores y catálogos respectivos, así como a las estructuras y plantillas de personal, sujetándose al presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para cada uno de ellos.

QUINTO. El Poder Judicial de la Federación podrá ejercer gastos equivalentes a los señalados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año dos mil diecisiete, en beneficio de los servidores públicos a su cargo, de acuerdo con el nivel jerárquico al que pertenezcan, así como a los lineamientos, montos y periodicidad que para estos efectos autoricen los Órganos de Gobierno de las tres Instancias que lo integran.

Dentro de estos importes no se consideran aquellos beneficios adicionales que se otorguen casuísticamente, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los reglamentos y acuerdos generales que emanen de los Órganos de Gobierno.

SEXTO. El Poder Judicial de la Federación, en cumplimiento con el artículo 23 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecisiete, publica los analíticos de plazas que contienen la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, conforme al Anexo 3; así como el Manual que Regula las Remuneraciones de los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil diecisiete, que se incluye como Anexo 1.

TRANSITORIOS

ÚNICO. Publíquese este Acuerdo en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el Diario Oficial de la Federación y en medios electrónicos de consulta pública en términos de lo previsto en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ciudad de México, a 23 de febrero de dos mil diecisiete.- El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, y Presidente del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Luis María Aguilar Morales.- Rúbrica.- La Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y miembro del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Janine Madeline Otálora Malassis.- Rúbrica.

 

ANEXO 1

MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECISIETE

El presente Manual se integra por los siguientes 9 apartados:

I.        Objetivo.

II.       Base Legal.

III.      Ámbito de aplicación.

IV.     Sujetos del Manual.

V.      Responsables de la Aplicación del Manual.

VI.     Definición de conceptos.

VII.    Sistema de Percepciones.

VIII.   Lineamientos de operación.

IX.     Interpretación.

I. OBJETIVO

Establecer las normas y lineamientos que se deben observar para la asignación de las percepciones, prestaciones y demás beneficios que se cubren a los servidores públicos adscritos al Poder Judicial de la Federación, conforme a su nivel jerárquico.

II. BASE LEGAL

·            Artículos 94, 99, 100, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

·            Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

·            Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente.

·            Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

·            Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento.

·            Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

·            Ley del ISSSTE.

·            Ley del Impuesto sobre la Renta.

·            Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

·            Artículo tercero transitorio del “DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”

·            Condiciones Generales de Trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

·            Condiciones Generales de Trabajo del Personal de Confianza de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

·            Condiciones Generales de Trabajo de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación.

·            Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos a cargo del Consejo de la Judicatura Federal.

·            Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

·            Reglamentos Interiores de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

·            Acuerdos Generales y Específicos de los Órganos de Gobierno de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación.

III. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las disposiciones contenidas en el presente Manual son aplicables al Poder Judicial de la Federación.

IV. SUJETOS DEL MANUAL

Los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación.

Quedan excluidos del presente Manual los profesionales que presten sus servicios mediante las modalidades de contratación por honorarios.

V. RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL MANUAL

Por la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

El Oficial Mayor, el Contralor, los Directores Generales de Presupuesto y Contabilidad, Recursos Humanos e Innovación Administrativa y Tesorería.

Por el Consejo de la Judicatura Federal:

El Secretario Ejecutivo de Administración, así como los Directores Generales de Recursos Humanos; de Servicios al Personal; de Programación y Presupuesto; de Tesorería; el Coordinador de Administración Regional; los Administradores Regionales y Delegados Administrativos.

Por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación:

El Secretario Administrativo, Director General de Recursos Humanos; Director General de Recursos Financieros; los Jefes de Unidad de Administración de Personal; y de Prestaciones y Administración de Riesgos; así como los Delegados Administrativos Regionales.

VI. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS

Para los efectos del presente Manual, se entenderá por:

Catálogo.- Catálogo de Puestos de cada una de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación; instrumento técnico-administrativo que contiene, entre otros aspectos, la descripción clara de todos los puestos que integran su estructura de organización.

Instancias.- Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal y Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Ley Orgánica.- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Nivel salarial.- Escala de sueldos relativa a cada uno de los puestos contenidos en el Tabulador General de Sueldos y Prestaciones.

Órganos de Gobierno.- Máxima autoridad en materia administrativa facultada para tomar decisiones de su competencia, siendo: el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal; la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; el Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación; el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal.

PEF.- Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.

Plaza.- Posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de un servidor público a la vez, con una adscripción determinada y respaldada presupuestalmente.

Puesto.- Unidad de trabajo específica e impersonal, constituida por un conjunto de funciones que deben realizarse y aptitudes que se requieren para su ocupación, implica deberes específicos, delimita jerarquías y autoridad.

Rango.- Ubicación del nombramiento en el puesto correspondiente, considerando diversos factores que inciden en el monto de sus percepciones.

SAR.- Sistema de Ahorro para el Retiro.

Tabulador.- Tabulador General de Sueldos y Prestaciones, es el instrumento técnico en el que se fijan y ordenan por nivel salarial las percepciones ordinarias, para los puestos genéricos de cada una de las Instancias del Poder Judicial de la Federación. Se conforma por los conceptos de: Sueldo Base, Compensaciones Garantizada(s) o de Apoyo y Prestaciones Nominales.

VII. SISTEMA DE PERCEPCIONES.- Conjunto de conceptos que conforman el total de ingresos monetarios, prestaciones y beneficios que reciben los servidores públicos por sus servicios prestados en el Poder Judicial de la Federación. Se conforma por:

1. Sueldo Base.- Remuneración mensual que se asigna a cada puesto.

2. Compensación Garantizada o de Apoyo.- Asignación que se otorga a los servidores públicos de mando superior, medio y personal operativo de manera regular y fija, en función del nivel salarial autorizado en los tabuladores del Poder Judicial de la Federación.

3. Sueldo Básico.- Sueldo base más la compensación garantizada o de apoyo que refleja el tabulador.

4. Prestaciones Nominales.- Son las que se encuentran en el tabulador de sueldos, diferentes al sueldo básico.

5. Sueldo Tabular.- Total de percepciones fijas que refleja el Tabulador.

6. Percepciones Ordinarias.- Es el pago mensual que se cubre a los servidores públicos por el desempeño de sus funciones, y que resulta de la suma aritmética de los montos que integran el sueldo tabular.

7. Percepciones Extraordinarias.- Pagos que se otorgan de manera excepcional a los servidores públicos los cuales deberán autorizarse por sus respectivos Órganos de Gobierno.

8. Prestaciones.- Beneficios adicionales a cargo del presupuesto del Poder Judicial de la Federación, que se otorgan a los servidores públicos en relación directa con el sueldo y/o en razón del puesto. En los casos de los numerales: 8.3.1; 8.3.4; 8.3.5; 8.3.6; 8.3.7; 8.3.8; y 8.3.10, no son aplicables a Ministros, Consejeros y Magistrados de Sala Superior. Así mismo, los casos de los numerales 8.1.2; 8.2.3; 8.2.6 y 8.2.7, no son aplicables a Ministros.

8.1. Seguros.- Beneficios adicionales que se otorgan a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, establecidos en consideración a las necesidades de los mismos, con el fin de coadyuvar a su estabilidad económica y al bienestar de su familia. Estos seguros los protegen en materia de vida, retiro, incapacidad e invalidez total y permanente, gastos médicos mayores y de separación individualizado.

8.1.1. Seguro de Vida Institucional.- Beneficio que tiene por objeto cubrir los siniestros de fallecimiento o de incapacidad e invalidez total y permanente de los servidores públicos, con lo que se contribuye a su seguridad o la de su familia. La suma asegurada básica es equivalente a 40 meses de sueldo básico, con opción a potenciación de hasta 108 meses, con cargo al servidor público.

8.1.2. Seguro Colectivo de Retiro.- Beneficio económico en favor de los servidores públicos que se retiren o se jubilen en los términos que establece la Ley del ISSSTE, para hacer frente a las contingencias inherentes a la separación del servicio. Se otorga una suma asegurada de hasta veinticinco mil pesos, de acuerdo con los años de servicio y edad.

8.1.3. Seguro de Gastos Médicos Mayores.- Beneficio que se otorga a los servidores públicos, así como a su cónyuge, concubina o concubinario, o pareja del mismo sexo (por matrimonio civil o cualquier figura reconocida por la legislación civil) y/o hijos solteros menores de veinticinco años, ante la eventualidad de un accidente o enfermedad cubierta que requiera tratamiento médico, cirugía u hospitalización.

La suma asegurada básica es hasta de 333 salarios mínimos generales mensuales vigentes, con opción de incremento hasta una suma asegurada de 15000 salarios mínimos generales mensuales vigentes, con cargo al servidor público.

8.1.4. Seguro de Separación Individualizado.- Beneficio establecido en favor de los servidores públicos de mando medio y superior, que otorga el Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio; tiene la finalidad de proporcionar una seguridad económica y preservar el ingreso de éstos, en tanto se reincorporan, en su caso, al mercado laboral ante la eventualidad de su separación del servicio público por cualquier causa.

El Poder Judicial de la Federación aportará por cuenta y en nombre del servidor público una prima neta igual al 2%, 4%, 5% o 10% que aporte éste de su sueldo básico.

8.2. Prestaciones Económicas.- Las que reciben los servidores públicos conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como los acuerdos que establezcan los Órganos de Gobierno cuyas previsiones deberán estar contempladas en el Presupuesto de Egresos de cada una de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación. Las prestaciones económicas consisten en:

8.2.1. Aguinaldo.- Cantidad que se otorga por derecho constitucional a los servidores públicos al finalizar el año vigente en los términos que para tal efecto establezcan los Órganos de Gobierno.

8.2.2. Ayuda de Gastos Funerales.- Prestación de carácter económico que se otorga a los beneficiarios para sufragar los gastos por concepto de sepelio, inhumación o cremación con motivo del fallecimiento del servidor público, por un monto equivalente a treinta mil pesos netos.

8.2.3. Ayuda por Incapacidad Médica Permanente.- Beneficio económico que se confiere a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación cuando se acredite mediante dictamen médico del ISSSTE, la invalidez o incapacidad médica permanente, por un monto equivalente a veinticinco mil pesos netos.

8.2.4. Ayuda de Anteojos.- Beneficio de carácter económico para la adquisición de anteojos, con la finalidad de contribuir a la protección de la salud de los beneficiarios de los servidores públicos, así como de los pensionados del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con la normativa autorizada por cada Órgano de Gobierno.

8.2.5. Estímulo por Antigüedad.- Asignaciones por concepto de antigüedad en beneficio de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.

8.2.6. Estímulo por Jubilación.- Asignación que se confiere a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, por un monto equivalente a veinticinco mil pesos netos.

8.2.7. Licencia Prejubilatoria.- Otorgamiento de una licencia con goce de sueldo tabular, sin perjuicio de las demás prestaciones y remuneraciones a que tengan derecho los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, por el periodo que establezcan los Órganos de Gobierno, que se les confiere con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, como reconocimiento a las labores prestadas.

8.2.8. Pago de Defunción.- Prestación de carácter económico para contribuir al bienestar de los beneficiarios del servidor público con motivo del fallecimiento de éste. El importe para pagos de defunción será de cuatro meses del último sueldo bruto tabular que hubiere percibido el servidor público fallecido, más quinquenios.

8.2.9. Prima Vacacional.- Importe equivalente al 50% de 10 días de sueldo básico, se otorgará en cada uno de los dos periodos vacacionales, de conformidad con las normas y lineamientos establecidos.

8.2.10. Prima Quinquenal.- Pago que se otorga a los servidores públicos de manera quincenal en razón de su antigüedad efectiva, por cada cinco años de servicios efectivos prestados en el Gobierno Federal, hasta llegar a veinticinco años, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.

8.2.11. Vacaciones.- Las vacaciones son un derecho de todos los servidores públicos que tengan más de seis meses consecutivos de servicios en el Poder Judicial de la Federación, quienes podrán disfrutar de dos períodos anuales con base en lo establecido en los artículos 159, 160, 161 y 162 en relación con el 223, así como el 225, todos de la Ley Orgánica.

En el caso del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación las vacaciones podrán diferirse o pagarse de acuerdo a elección del servidor público. En ningún caso se podrán acumular las vacaciones correspondientes a más de dos años.

8.3. Otras Prestaciones.- Percepciones adicionales en beneficio de la economía de los servidores públicos. Se establecen de acuerdo al puesto y nivel salarial y se conforman por las prestaciones que se señalan a continuación, cuyo otorgamiento se realiza atendiendo a las normas, lineamientos, montos y periodicidad aprobados por los Órganos de Gobierno.

8.3.1. Asignaciones Adicionales.- Prestación de carácter general con la finalidad de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida individual y familiar, además de fomentar la cultura del ahorro entre los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno a través de Acuerdos Generales y Específicos.

8.3.2. Ayuda al Personal Operativo.- Beneficio económico anual mediante el cual se reconocen las labores de todo el personal operativo. Se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno.

8.3.3. Pago por Riesgo.- Cantidad que se otorga a los servidores públicos de mando del Poder Judicial de la Federación, dada la naturaleza, complejidad y responsabilidad de las funciones que tienen encomendadas, que se confiere de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno.

8.3.4. Ayuda por Jornadas Electorales.- Compensación extraordinaria que se otorga a los servidores públicos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en retribución al desahogo de cargas de trabajo en exceso o adicionales a sus jornadas y horarios ordinarios durante los procesos electorales federales y locales, que incluye jornadas nocturnas y guardias en sábados, domingos y días festivos, cuyo pago se fundamenta en el artículo 226 de la Ley Orgánica. Sus montos estarán determinados por la disponibilidad presupuestal existente y dependiendo de la autorización expresa de su Órgano de Gobierno.

8.3.5. Reconocimiento Especial.- Ayuda económica mediante la cual se reconocen anualmente las labores del personal que sea considerado por los Órganos de Gobierno, de conformidad con los lineamientos y montos que para el efecto establezcan.

8.3.6. Ayuda de Despensa.- Beneficio económico anual para los servidores públicos con el fin de coadyuvar a solventar sus gastos de fin de año, se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno.

8.3.7. Estímulo Día de la Madre.- Beneficio económico anual a las trabajadoras del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.

8.3.8. Estímulo Día del Padre.- Beneficio económico anual a los trabajadores del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.

8.3.9. Fondo de Reserva Individualizado.- Beneficio establecido en favor de los servidores públicos de nivel operativo, que otorga el Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio, teniendo como finalidad fomentar el ahorro.

El Poder Judicial de la Federación realizará aportaciones ordinarias por cuenta y en nombre del servidor público por un monto neto igual al 2%, 5% o 10% que aporte éste de su sueldo básico.

8.3.10. Pago de Horas Extraordinarias.- Con excepción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tratándose del pago de horas extras se tomará en cuenta que de la interpretación de lo previsto en las fracciones I y II del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la duración máxima de la jornada diurna semanal es de cuarenta horas. El pago de horas extraordinarias, así como de la prima dominical está condicionado a que se autorice por cada uno de los Órganos de Gobierno conforme al procedimiento que los mismos establezcan.

8.3.11. Apoyos a la Capacitación.- Prestación para la capacitación orientada al desarrollo personal o profesional de los servidores públicos, de conformidad con las disposiciones que para su otorgamiento determinen los Órganos de Gobierno de cada Instancia.

9. Prestaciones de Seguridad Social.- Beneficios que reciben los servidores públicos de conformidad con la Ley del ISSSTE.

VIII. LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN

Son aquellos acuerdos específicos que emiten los Órganos de Gobierno, así como los lineamientos y manuales de procedimientos autorizados por los mismos.

IX. INTERPRETACIÓN

Los Órganos de Gobierno de cada Instancia serán los facultados para interpretar, modificar o complementar el contenido del presente Manual.


ANEXO 2

PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

PERCEPCIONES NETAS

(cifras en pesos)

DESCRIPCIÓN

NIVEL

PERCEPCIONES NETAS

SUMA

SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL

PRESTACIONES 1)

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

MINISTRO PRESIDENTE (De conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional)

1

 

266,841

 

37,029

 

303,870

MINISTRO (3ro. Transitorio)

2

 

266,841

 

37,029

 

303,870

MINISTRO

3

 

152,533

 

24,188

 

176,721

SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA, OFICIAL MAYOR, CONTRALOR

4

 

151,659

 

25,185

 

176,844

SECRETARIO JURÍDICO DE LA PRESIDENCIA

5

 

148,426

 

26,146

 

174,572

SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SUBSECRETARIO GENERAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL DE LA PRESIDENCIA

6

 

145,193

 

26,146

 

171,339

DIRECTOR GENERAL

7

124,798

141,559

20,726

25,433

145,524

166,992

SECRETARIO DE LA SECCION DE TRAMITE DE CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y DE ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD

8

 

128,554

 

21,462

 

150,016

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR DE PONENCIA, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR

9

115,476

125,933

20,020

22,071

135,496

148,004

SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA

10

98,714

115,476

16,862

20,020

115,576

135,496

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA (DE PONENCIA)

11

102,870

110,246

17,547

18,994

120,417

129,240

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA

11

102,870

110,246

17,547

18,994

120,417

129,240

SECRETARIO PARTICULAR DE MANDO SUPERIOR, JEFE DE UNIDAD

12

95,005

107,656

16,699

18,511

111,704

126,167

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO

13

80,705

92,584

13,392

15,555

94,097

108,139

SUBDIRECTOR GENERAL

14

75,036

99,373

12,255

16,862

87,291

116,235

 

ASESOR DE MANDO SUPERIOR, ASESOR I, COORDINADOR ADMINISTRATIVO I, DICTAMINADOR I, SECRETARIO AUXILIAR I

15

76,742

99,373

13,019

16,862

89,761

116,235

SECRETARIO DE SEGUIMIENTO DE COMITES

16

78,206

99,373

12,710

16,862

90,916

116,235

INVESTIGADOR JURISPRUDENCIAL

17

79,381

92,762

13,536

15,565

92,917

108,327

SUBSECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA

18

 

76,742

 

13,019

 

89,761

SECRETARIO AUXILIAR DE PONENCIA

19

53,115

71,290

8,633

12,048

61,748

83,338

DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE SEGUIMIENTO DE COMITES

20

39,038

71,290

6,007

12,048

45,045

83,338

ASESOR, ASESOR II, COORDINADOR ADMINISTRATIVO II, DICTAMINADOR II, SECRETARIO AUXILIAR II

21

39,038

58,640

6,007

9,618

45,045

68,258

SECRETARIO AUXILIAR DE ACUERDOS

22

39,038

58,603

6,007

9,611

45,045

68,214

ACTUARIO

23

35,196

43,125

5,294

6,773

40,490

49,898

SECRETARIO DE DIRECTOR GENERAL

24

29,680

42,718

4,265

6,714

33,945

49,432

SUBDIRECTOR DE AREA

25

35,196

42,718

5,294

6,714

40,490

49,432

ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR

26

31,680

34,284

4,656

5,097

36,336

39,381

JEFE DE DEPARTAMENTO, AYUDANTE DE COMEDOR

27

26,168

32,595

3,761

4,811

29,929

37,406

TAQ. JUDICIAL PARLAMENTARIA

28

24,051

31,682

3,375

4,661

27,426

36,343

PROFESIONAL OPERATIVO

29

21,226

31,682

2,870

4,661

24,096

36,343

AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS

30

25,862

28,232

3,624

4,028

29,486

32,260

SECRETARIA

31

13,892

25,897

1,698

3,690

15,590

29,587

TECNICO EN SEGURIDAD

32

15,470

25,896

1,968

3,688

17,438

29,584

TECNICO OPERATIVO

33

13,892

25,896

1,698

3,688

15,590

29,584

CHOFER

34

13,093

25,896

1,533

3,688

14,626

29,584

TECNICO EN PREVISION SOCIAL

35

13,093

25,896

1,533

3,688

14,626

29,584

TECNICO EN ALIMENTOS

36

13,093

25,896

1,533

3,688

14,626

29,584

TECNICO ADMINISTRATIVO

37

13,892

24,051

1,698

3,375

15,590

27,426

OFICIAL DE SERVICIOS

38

11,954

13,891

1,350

1,698

13,304

15,589

 

 

 

 

 

 

 

 

1) Se refiere a la proporción mensual de aguinaldo y prima vacacional

 


ANEXO 2

PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETA

(cifras en pesos)

DESCRIPCIÓN

NIVEL

MONTO ANUAL

HASTA

MINISTRO PRESIDENTE (De conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional) *

1

554,595

MINISTRO (3ro. Transitorio) *

2

554,595

MINISTRO *

3

523,860

SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA, OFICIAL MAYOR, CONTRALOR

4

427,302

SECRETARIO JURÍDICO DE LA PRESIDENCIA

5

417,895

SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SUBSECRETARIO GENERAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL DE LA PRESIDENCIA

6

408,488

DIRECTOR GENERAL

7

397,920

SECRETARIO DE LA SECCION DE TRAMITE DE CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y DE ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD

8

360,086

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR DE PONENCIA, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR

9

352,463

SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA

10

322,039

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA (DE PONENCIA)

11

306,828

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA

11

306,828

SECRETARIO PARTICULAR DE MANDO SUPERIOR, JEFE DE UNIDAD

12

299,294

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO

13

255,445

SUBDIRECTOR GENERAL

14

275,199

ASESOR DE MANDO SUPERIOR, ASESOR I, COORDINADOR ADMINISTRATIVO I, DICTAMINADOR I, SECRETARIO AUXILIAR I

15

275,199

SECRETARIO DE SEGUIMIENTO DE COMITES

16

275,199

INVESTIGADOR JURISPRUDENCIAL

17

255,967

SUBSECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA

18

208,329

SECRETARIO AUXILIAR DE PONENCIA

19

192,484

DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE SEGUIMIENTO DE COMITES

20

192,484

ASESOR, ASESOR II, COORDINADOR ADMINISTRATIVO II, DICTAMINADOR II, SECRETARIO AUXILIAR II

21

155,339

SECRETARIO AUXILIAR DE ACUERDOS

22

155,235

ACTUARIO

23

112,526

SECRETARIO DE DIRECTOR GENERAL

24

111,438

SUBDIRECTOR DE AREA

25

111,438

ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR

26

88,508

JEFE DE DEPARTAMENTO, AYUDANTE DE COMEDOR

27

83,729

TAQ. JUDICIAL PARLAMENTARIA

28

81,150

PROFESIONAL OPERATIVO

29

81,150

AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS

30

71,714

SECRETARIA

31

66,109

TECNICO EN SEGURIDAD

32

66,107

TECNICO OPERATIVO

33

66,107

CHOFER

34

66,107

TECNICO EN PREVISION SOCIAL

35

66,107

TECNICO EN ALIMENTOS

36

66,107

TECNICO ADMINISTRATIVO

37

61,511

OFICIAL DE SERVICIOS

38

35,666

 

 

 

* Corresponde al concepto de pago por riesgo

 

 

 


ANEXO 2

PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

PERCEPCIONES NETAS

(cifras en pesos)

DESCRIPCIÓN

NIVEL

PERCEPCIONES NETAS

SUMA

SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL

PRESTACIONES 1)

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

CONSEJERO (3ro. TRANSITORIO)

2

 

266,841

 

37,029

 

303,870

CONSEJERO

2B

 

151,709

 

24,005

 

175,715

TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR

3

 

151,049

 

24,006

 

175,056

VISITADOR JUDICIAL A

5

 

146,455

 

22,973

 

169,428

MAGISTRADO DE CIRCUITO

6

 

144,117

 

23,331

 

167,448

VOCAL,

6B

 

143,457

 

23,331

 

166,789

SECRETARIO EJECUTIVO

COORDINADOR ACADÉMICO,

7

 

131,282

 

20,955

 

152,237

COORDINADOR DE SEGURIDAD,

JUEZ DE DISTRITO

DIRECTOR GENERAL,

8

 

118,739

 

18,742

 

137,481

COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL,

COORDINADOR GENERAL

TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA

9

 

102,031

 

15,648

 

117,679

SECREATRIO TÉCNICO COORDINADOR DE PONENCIA DE CONSEJERO

9A

 

114,544

 

19,839

 

134,383

SECRETARIO TÉCNICO DE PONENCIA DE CONSEJERO

9B

99,584

106,380

15,814

16,099

115,398

122,479

SECRETARIO TÉCNICO AA DE COMISION PERMANENTE

9C

95,891

101,691

15,814

15,820

111,704

117,511

VISITADOR JUDICIAL B

10

 

99,914

 

16,603

 

116,517

SECRETARIO TÉCNICO A,

11

86,717

93,750

14,043

15,157

100,760

108,907

REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA,

REPRESENTANTE DEL STPJF ANTE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA

COORDINADOR DE ÁREAS,

12

72,488

83,018

11,830

13,642

84,318

96,660

ADMINISTRADOR REGIONAL A

 

DIRECTOR DE ÁREA,

13

 

62,087

 

9,874

 

71,961

SUPERVISOR,

SECRETARIO DE APOYO B

DELEGADO,

13A

 

69,604

 

11,350

 

80,954

SECRETARIO DE TRIBUNAL

EVALUADOR

13B

 

67,409

 

11,001

 

78,411

SECRETARIO DE JUZGADO

13C

 

64,393

 

10,415

 

74,808

ADMINISTRADOR REGIONAL

14

50,436

62,087

7,813

9,874

58,249

71,961

SECRETARIO DE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA UNICA PJF,

15

 

59,612

 

9,425

 

69,037

ASESOR ESPECIALIZADO SPS

SECRETARIO PARTICULAR DE SPS

16

 

59,188

 

9,348

 

68,536

DEFENSOR PÚBLICO,

16A

 

57,071

 

8,546

 

65,617

ASESOR JURÍDICO

ASESOR SPS,

20

43,496

50,436

6,581

7,813

50,077

58,249

LÍDER DE PROYECTO,

COORDINADOR TÉCNICO DE SPS

DELEGADO ADMINISTRATIVO

20A

37,631

43,496

5,529

6,581

43,160

50,077

SUBDIRECTOR DE ÁREA,

21

34,320

41,537

4,932

6,225

39,251

47,762

JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN A,

COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE ÓRGANO JURISDICCIONAL,

COORDINADOR TÉCNICO A,

ACTUARIO JUDICIAL

SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE CIRCUITO,

21A

 

33,008

 

4,686

 

37,694

SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZ DE DISTRITO

JEFE DE DEPARTAMENTO,

24

24,967

29,538

3,415

4,146

28,381

33,685

JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL,

AUXILIAR ITINERANTE,

JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN B,

AUDITOR,

 

DICTAMINADOR,

 

 

 

 

 

 

 

COORDINADOR TÉCNICO B,

COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD

COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO

24A

24,470

28,960

3,333

4,039

27,804

32,999

ANALISTA JURÍDICO SISE,

25

 

23,281

 

3,204

 

26,485

TAQUÍGRAFA JUDICIAL PARLAMENTARIA,

TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC,

SECRETARIA EJECUTIVA DE SPS,

TÉCNICO DE ENLACE,

JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD,

AUXILIAR DE ACTUARIO

26

 

22,415

 

2,797

 

25,212

OFICIAL ADMINISTRATIVO,

27

 

20,846

 

2,797

 

23,643

ENFERMERA ESPECIALIZADA,

EDUCADORA,

OFICIAL DE PARTES,

ANALISTA ESPECIALIZADO

NIÑERA,

28

 

18,706

 

2,444

 

21,150

COCINERA CENDI,

SECRETARIA EJECUTIVA A,

CHOFER DE FUNCIONARIO,

OFICIAL DE SEGURIDAD

ANALISTA A

29A

 

15,461

 

1,966

 

17,426

SECRETARIA A,

29

 

15,185

 

1,900

 

17,085

ANALISTA

TÉCNICO ESPECIALIZADO,

30

 

14,734

 

1,825

 

16,560

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

ANALISTA ADMINISTRATIVO

31

 

14,377

 

1,735

 

16,112

AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES,

32

 

13,654

 

1,604

 

15,258

COCINERA

OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO

33

 

12,787

 

1,430

 

14,217

1) Se refiere a la proporción mensual de aguinaldo y prima vacacional

ANEXO 2

PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETA

(cifras en pesos)

DESCRIPCIÓN

NIVEL

MONTO ANUAL

HASTA

CONSEJERO (3ro. TRANSITORIO) *

2

554,595

CONSEJERO *

2B

470,801

TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR

3

476,257

VISITADOR JUDICIAL A

5

569,020

MAGISTRADO DE CIRCUITO *

6

471,002

VOCAL,

6B

515,334

SECRETARIO EJECUTIVO

COORDINADOR ACADÉMICO,

7

444,816

COORDINADOR DE SEGURIDAD,

JUEZ DE DISTRITO *

DIRECTOR GENERAL,

8

409,093

COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL,

COORDINADOR GENERAL

TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA

9

295,488

SECRETARIO TÉCNICO COORDINADOR DE PONENCIA DE CONSEJERO

9A

334,960

SECRETARIO TÉCNICO DE PONENCIA DE CONSEJERO

9B

309,309

SECRETARIO TÉCNICO AA DE COMISION PERMANENTE

9C

295,668

VISITADOR JUDICIAL B

10

274,898

SECRETARIO TÉCNICO A,

11

255,986

REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA,

REPRESENTANTE DEL STPJF ANTE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA

COORDINADOR DE ÁREAS,

12

226,958

ADMINISTRADOR REGIONAL A

 

DIRECTOR DE ÁREA,

13

164,477

SUPERVISOR,

SECRETARIO DE APOYO B

DELEGADO,

13A

186,715

SECRETARIO DE TRIBUNAL

EVALUADOR

13B

180,131

SECRETARIO DE JUZGADO

13C

171,082

ADMINISTRADOR REGIONAL

14

164,477

SECRETARIO DE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA UNICA PJF,

15

157,488

ASESOR ESPECIALIZADO SPS

SECRETARIO PARTICULAR DE SPS

16

156,291

DEFENSOR PÚBLICO,

16A

150,315

ASESOR JURÍDICO

ASESOR SPS,

20

131,581

LÍDER DE PROYECTO,

COORDINADOR TÉCNICO DE SPS

DELEGADO ADMINISTRATIVO

20A

113,015

SUBDIRECTOR DE ÁREA,

21

107,810

JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN A,

COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE ÓRGANO JURISDICCIONAL,

COORDINADOR TÉCNICO A,

ACTUARIO JUDICIAL

SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE CIRCUITO,

21A

84,924

SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZ DE DISTRITO

JEFE DE DEPARTAMENTO,

24

75,108

JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL,

AUXILIAR ITINERANTE,

JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN B,

AUDITOR,

DICTAMINADOR,

 

COORDINADOR TÉCNICO B,

 

 

COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD,

COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO

24A

73,474

ANALISTA JURÍDICO SISE,

25

59,604

TAQUÍGRAFA JUDICIAL PARLAMENTARIA,

TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC,

SECRETARIA EJECUTIVA DE SPS,

TÉCNICO DE ENLACE,

JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD

AUXILIAR DE ACTUARIO

26

57,446

OFICIAL ADMINISTRATIVO,

27

53,536

ENFERMERA ESPECIALIZADA,

EDUCADORA,

OFICIAL DE PARTES,

ANALISTA ESPECIALIZADO

NIÑERA,

28

48,356

COCINERA CENDI,

SECRETARIA EJECUTIVA A,

CHOFER DE FUNCIONARIO,

OFICIAL DE SEGURIDAD

ANALISTA A

29A

40,758

SECRETARIA A,

29

40,029

ANALISTA

TÉCNICO ESPECIALIZADO,

30

38,751

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

ANALISTA ADMINISTRATIVO

31

36,991

AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES,

32

34,671

COCINERA

OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO

33

32,028

* Corresponde al concepto de Pago por Riesgo

ANEXO 2

PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

PERCEPCIONES NETAS

(cifras en pesos)

DESCRIPCIÓN

NIVEL

PERCEPCIONES NETAS

SUMA

SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL

PRESTACIONES 1)

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

Mínimo

Máximo

MAGISTRADO PRESIDENTE DEL T.E.P.J.F. (de conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional

1

 

256,341

 

37,029

 

293,370

MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR (de conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional

2

 

256,341

 

37,029

 

293,370

MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR

2

 

150,505

 

24,508

 

175,013

MAGISTRADO DE SALA REGIONAL Y VISITADOR

3

148,211

148,573

24,129

25,867

172,340

174,440

SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO ADMINISTRATIVO Y COORDINADOR GENERAL DE ASESORES

4

 

148,211

 

25,867

 

174,078

SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS Y CONTRALOR INTERNO DEL T.E.P.J.F.

5

145,209

146,197

26,818

26,818

172,027

173,015

DIRECTOR DEL CENTRO DE CAPACITACIÓN JUDICIAL ELECTORAL Y COORDINADOR

6

127,012

136,262

23,250

25,064

150,262

161,326

SECRETARIO PARTICULAR DEL MAGISTRADO PRESIDENTE, DIRECTOR GENERAL, SECRETARIO INSTRUCTIR, SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, SECRETARIO ACADEMICO Y TITULAR DE LA DEFENSORIA PUBLICA ELECTORAL PARA PUBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS

7

108,845

127,012

19,686

23,250

128,531

150,262

SECRETARIO TECNICO DE COMISIONADO Y SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA

8

76,288

101,251

12,976

17,872

89,264

119,123

TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO DE LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS Y SECRETARIO DE TESIS

9

 

91,120

 

15,885

 

107,005

ASESOR DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO, JEFE DE UNIDAD, SECRETARIO PRIVADO Y TITULAR DE LA UNIDAD DE APOYO JURISDICCIONAL

10

68,751

91,120

11,498

15,885

80,249

107,005

SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR

11

 

89,758

 

15,476

 

105,234

ASESOR DE MANDO SUPERIOR, PROFESOR INVESTIGADOR I Y SECRETARIO TECNICO DE VISITADOR

12

70,349

79,013

12,225

13,943

82,574

92,956

 

SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA REGIONAL, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL COORDINADOR, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL, TITULAR DE OFICIALIA DE PARTES Y TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS

13

63,335

80,875

10,764

13,971

74,099

94,846

SECRETARIO EJECUTIVO REGIONAL, DIRECTOR DE AREA, DELEGADO ADMINISTRATIVO REGIONAL, TITULAR DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES Y DEFENSOR

14

48,933

65,812

8,119

11,346

57,052

77,158

PROFESOR INVESTIGADOR II

15

 

54,209

 

9,073

 

63,282

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO (Cancelado, retabulado según acuerdo 260/S8 (19-VIII-2009)

16

 

54,173

 

9,066

 

63,239

ASESOR, ASISTENTE DE CAPACITACIÓN, PEDAGOGO, ESPECIALISTA TIC´S, COMUNICOLOGO, TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO REGIONAL, SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIO AUXILIAR DE PLENO DE LA SALA REGIONAL, AISSTENTE DE INVESTIGACIÓN Y AUDITOR ESPECIALIZADO

17

35,965

51,779

5,668

8,608

41,633

60,387

SECRETARIO AUXILIAR

18

 

40,312

 

6,497

 

46,809

ACTUARIO

19

 

39,724

 

6,388

 

46,112

DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE SEGUIMIENTO DE COMITES

20

32,303

39,294

4,986

6,307

37,289

45,601

SECRETARIO AUXILIAR REGIONAL Y ACTUARIO REGIONAL

21

 

35,901

 

5,644

 

41,545

ASESOR JURÍDICO, JEFE DE DEPARTAMENTO, SECRETARIA DE OFICINA DE MAGISTRADO, AUDITOR DE CONTROL Y EVALUACIÓN Y AUDITOR ADMINISTRATIVO

22

24,732

30,902

3,695

4,805

28,427

35,707

AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS Y DISEÑADOR WEB

23

24,732

27,213

3,695

4,090

28,427

31,303

ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR

24

19,442

24,732

2,788

3,695

22,230

28,427

PROFESIONAL OPERATIVO

25

20,057

26,812

2,970

4,050

23,027

30,862

SECRETARIA DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIA DE PONENCIA Y SECRETARIA DE PONENCIA REGIONAL

26

21,804

25,296

3,224

3,815

25,028

29,111

SECRETARIA

27

14,469

21,971

2,028

3,301

16,497

25,272

TECNICO OPERATIVO, AUXILIAR DE AUDITOR Y OFICIAL DE PARTES REGIONAL

28

13,673

21,973

1,883

3,299

15,556

25,272

TECNICO EN ALIMENTOS

29

11,354

18,919

1,465

2,772

12,819

21,691

TECNICO EN PREVISION SOCIAL

30

12,571

16,841

1,683

2,427

14,254

19,268

CHOFER

31

11,354

16,841

1,465

2,427

12,819

19,268

OFICIAL DE SERVICIOS Y OFICIAL DE SEGURIDAD

32

10,501

12,095

1,336

1,603

11,837

13,698

 

 

 

 

 

 

 

 

1) Se refiere a la proporción mensual de aguinaldo y prima vacacional

 

 

 

 

 

 


ANEXO 2

PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETA

(cifras en pesos)

DESCRIPCIÓN

NIVEL

MONTO ANUAL

HASTA

MAGISTRADO PRESIDENTE DEL T.E.P.J.F. (de conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional) *

1

526,728

MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR (de conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional) *

2

526,728

MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR *

2

453,869

VISITADOR

3

424,320

MAGISTRADO DE SALA REGIONAL *

3

424,320

SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO ADMINISTRATIVO Y COORDINADOR GENERAL DE ASESORES

4

421,942

SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS Y CONTRALOR INTERNO DEL T.E.P.J.F.

5

416,087

DIRECTOR DEL CENTRO DE CAPACITACIÓN JUDICIAL ELECTORAL Y COORDINADOR

6

387,183

SECRETARIO PARTICULAR DEL MAGISTRADO PRESIDENTE, DIRECTOR GENERAL, SECRETARIO INSTRUCTIR, SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA, SECRETARIO ACADEMICO Y TITULAR DE LA DEFENSORIA PUBLICA ELECTORAL PARA PUBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS

7

360,273

SECRETARIO TECNICO DE COMISIONADO Y SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA

8

285,331

TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO DE LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS Y SECRETARIO DE TESIS

9

255,863

ASESOR DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO, JEFE DE UNIDAD, SECRETARIO PRIVADO Y TITULAR DE LA UNIDAD DE APOYO JURISDICCIONAL

10

255,863

SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR

11

251,898

SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA REGIONAL, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL COORDINADOR, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL, TITULAR DE OFICIALIA DE PARTES Y TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS

13

225,456

ASESOR DE MANDO SUPERIOR, PROFESOR INVESTIGADOR I Y SECRETARIO TECNICO DE VISITADOR

12

219,870

SECRETARIO EJECUTIVO REGIONAL, DIRECTOR DE AREA, DELEGADO ADMINISTRATIVO REGIONAL, TITULAR DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES Y DEFENSOR

14

179,437

PROFESOR INVESTIGADOR II

15

144,771

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO (Cancelado, retabulado según acuerdo 260/S8 (19-VIII-2009)

16

144,672

ASESOR, ASISTENTE DE CAPACITACIÓN, PEDAGOGO, ESPECIALISTA TIC´S, COMUNICOLOGO, TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO REGIONAL, SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIO AUXILIAR DE PLENO DE LA SALA REGIONAL, AISSTENTE DE INVESTIGACIÓN Y AUDITOR ESPECIALIZADO

17

137,910

SECRETARIO AUXILIAR

18

106,114

ACTUARIO

19

104,553

DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE SEGUIMIENTO DE COMITES

20

103,410

SECRETARIO AUXILIAR REGIONAL Y ACTUARIO REGIONAL

21

93,962

ASESOR JURÍDICO, JEFE DE DEPARTAMENTO, SECRETARIA DE OFICINA DE MAGISTRADO, AUDITOR DE CONTROL Y EVALUACIÓN Y AUDITOR ADMINISTRATIVO

22

80,920

AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS Y DISEÑADOR WEB

23

70,083

PROFESIONAL OPERATIVO

25

69,436

SECRETARIA DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIA DE PONENCIA Y SECRETARIA DE PONENCIA REGIONAL

26

65,898

ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR

24

64,137

SECRETARIA

27

57,630

TECNICO OPERATIVO, AUXILIAR DE AUDITOR Y OFICIAL DE PARTES REGIONAL

28

57,600

TECNICO EN ALIMENTOS

29

50,018

TECNICO EN PREVISION SOCIAL

30

45,072

CHOFER

31

45,072

OFICIAL DE SERVICIOS Y OFICIAL DE SEGURIDAD

32

32,564

 

 

 

* Corresponde al concepto de pago por riesgo

 

 

 

ANEXO 3

PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

(CIFRAS EN PESOS)

CONCEPTO

IMPORTE

DESCRIPCIÓN

 

 

SE UBICAN LOS PAGOS DE:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUELDOS BASE

 

 

 

 

 

 

 

COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO

 

 

 

 

 

REMUNERACIONES AL PERSONAL DE

2,120,413,076

PRESTACIONES NOMINALES

 

 

 

 

 

CARÁCTER PERMANENTE

 

PRIMA VACACIONAL

 

 

 

 

 

 

 

AGUINALDO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRAN UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:

 

 

REMUNERACIONES AL PERSONAL DE

81,996,585

HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS

 

 

 

 

 

DE CARÁCTER TRANSITORIO

 

REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SE UBICAN LOS PAGOS DE:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO

 

 

 

 

 

 

 

VESTUARIO*

 

 

 

 

 

 

AYUDA DE DESPENSA*

 

 

 

 

 

AYUDA DE ANTEOJOS

 

 

 

 

REMUNERACIONES ADICIONALES

647,459,126

PAGO POR RIESGO

 

 

 

 

 

 

ESTÍMULO DEL DÍA DE LA MADRE*

 

 

 

 

ESTÍMULO DEL DÍA DEL PADRE*

 

 

 

 

 

ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD

 

 

 

 

 

ESTÍMULO POR JUBILACIÓN*

 

 

 

 

 

PRIMA QUINQUENAL

 

 

 

 

 

 

RECONOCIMIENTO ESPECIAL*

 

 

 

 

 

PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS*

 

 

 

 

ASIGNACIONES ADICIONALES*

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTIENE EL PAGO DE:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO

 

 

 

 

 

 

 

APORTACIONES AL ISSSTE

 

 

 

 

 

 

 

APORTACIONES AL FOVISSSTE

 

 

 

 

 

EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL

 

APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ

POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y

520,752,660

APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES

SEGUROS

 

SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO

 

 

 

 

 

 

 

APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL

 

 

 

 

 

 

 

APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO

 

 

 

 

 

 

 

APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PREVISIONES PARA SERVICIOS

240,008,963

PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LA REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SCJN

PERSONALES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CREACIÓN DE PLAZAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SE UBICAN LOS PAGOS DE:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

APOYOS A LA CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

OTROS

214,466,391

PRESTACIONES DE RETIRO*

 

 

 

 

 

PRESTACIONES MÉDICAS COMPLEMENTARIAS Y DE APOYO ECONÓMICO*

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3,825,096,801

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL PLAZAS OCUPADAS

3,270

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL PLAZAS VACANTES

109

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

* No son aplicables a Ministros.

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 3

PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

(cifras en pesos)

CONCEPTO

IMPORTE

DESCRIPCIÓN

REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE

27,366,644,345

SE UBICAN LOS PAGOS DE:

SUELDO BASE

COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO

PRESTACIONES NOMINALES

PRIMA VACACIONAL

AGUINALDO

REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO

1,249,220,620

POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRA UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:

HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS

REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL

REMUNERACIONES ADICIONALES

8,514,666,041

SE UBICAN LOS PAGOS DE:

AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO

AYUDA PARA VESTUARIO*

AYUDA DE DESPENSA*

AYUDA DE ANTEOJOS

AYUDA POR INCAPACIDAD MEDICA PERMANENTE

COMPENSACIONES POR SERVICIOS EVENTUALES

COMPENSACIONES POR SERVICIOS ESPECIALES

PAGO POR RIESGO

ESTÍMULO DEL DÍA DE LA MADRE*

ESTÍMULO DEL DÍA DEL PADRE*

ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD

ESTÍMULO POR JUBILACIÓN

AYUDA DE TRASLADO*

PRIMA QUINQUENAL

RECONOCIMIENTO ESPECIAL*

PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS*

SERVICIOS DE DOCENCIA

SUBSIDIO DE RENTA A TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES

ASIGNACIONES ADICIONALES*

EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS

5,544,278,289

CONTIENE EL PAGO DE:

DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO

APORTACIONES AL ISSSTE

APORTACIONES AL FOVISSSTE

APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ

APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES

SEGURO DE SEPARACION INDIVIDUALIZADO

FONDO DE RESERVA INDIVIDUALIZADO

APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL

APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO

APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO

PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES

3,981,609,392

ASIGNACIÓN DESTINADA A CUBRIR:

PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PJF

CREACIÓN DE PLAZAS

OTROS

657,015,302

APOYOS A LA CAPACITACION

APOYO DE ANTEOJOS

APOYO ECONÓMICO PARA VEHÍCULO TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES

PRESTACIONES DE RETIRO*

 

47,313,433,989

 

 

 

 

TOTAL DE PLAZAS OCUPADAS

41,356

 

 

 

 

TOTAL DE PLAZAS VACANTES

1158

 

 

 

 

* No son aplicables a Consejeros

 

 

 

ANEXO 3

PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

(cifras en pesos)

CONCEPTO

IMPORTE

DESCRIPCIÓN

REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE

 

SE UBICAN LOS PAGOS DE:

 

SUELDO BASE

1,459,585,189

COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO

 

PRESTACIONES NOMINALES

 

PRIMA VACACIONAL

 

AGUINALDO

REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO

5,094,648

POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRA UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:

REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL *

REMUNERACIONES ADICIONALES

 

SE UBICAN LOS PAGOS DE:

 

AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO *

 

VESTUARIO *

 

AYUDA DE DESPENSA *

 

AYUDA DE ANTEOJOS *

 

COMPENSACIÓN POR SERVICIOS EVENTUALES *

 

PAGO POR RIESGO

 

ESTIMULO DEL DIA DE LA MADRE *

459,965,283

ESTIMULO POR ANTIGÜEDAD *

 

PRIMA QUINQUENAL

 

RECONOCIMIENTO ESPECIAL *

 

DIA DEL NIÑO *

 

AYUDA POR JORNADAS ELECTORALES *

 

ASIGNACIONES ADICIONALES *

EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS

 

CONTIENE EL PAGO DE:

 

DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO

 

APORTACIONES AL ISSSTE

 

APORTACIONES AL FOVISSSTE

 

APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ

288,351,959

APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES

 

SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO

 

APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL

 

APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO

 

APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO

PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES

 

ASIGNACIÓN DESTINADA A CUBRIR:

99,008,903

PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL TEPJF *

OTROS

 

SE UBICAN LOS PAGOS DE:

 

APOYO DE VALES DE DESPENSA (PAVO) *

29,416,850

PRESTACIONES DE RETIRO *

 

APOYOS A LA CAPACITACIÓN *

 

APOYO PARA COMEDOR *

 

APOYO DEPORTIVO *

 

APOYO PARA GUARDERÍAS *

 

2,341,422,832

 

 

 

 

TOTAL DE PLAZAS OCUPADAS

1,496

 

 

 

 

TOTAL DE PLAZAS VACANTES

304

 

 

 

 

* NO SON APLICABLES A MAGISTRADOS DE SALA SUPERIOR.