ACUERDO por el que se delegan al Titular de la Unidad Jurídica las facultades de designar y/o revocar al personal que deba formar parte del Comité Licitatorio para el ejercicio de las atribuciones de dicha Unidad.

Martes 28 de febrero de 2017

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional de Hidrocarburos.- Presidencia.

Asunto: Acuerdo Delegatorio de Facultades.

De conformidad con los artículos 5, 23, fracciones I, XII y XIII, de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, 10, fracción II, 14 fracción IX y XXIII, 15 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos y 8 de las Disposiciones Administrativas en materia de licitaciones de contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos de la Comisión Nacional de Hidrocarburos y

CONSIDERANDO

Que el artículo 15 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, el Comisionado Presidente puede delegar las funciones en servidores públicos subalternos, sin perjuicio del ejercicio directo de sus atribuciones, con la finalidad de procurar la mejor organización del trabajo y agilizar el despacho de los asuntos competencia de esta Comisión, es necesario delegar facultades al Titular de la Unidad Jurídica, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES

Primero. Se delegan al Titular de la Unidad Jurídica las facultades de designar y/o revocar al personal que deba formar parte del Comité Licitatorio para el ejercicio de las atribuciones de dicha Unidad, esto de conformidad con el artículo 14 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos.

Segundo. Todas las designaciones o en su caso revocaciones de servidores públicos que suscriba en términos del presente acuerdo deberán hacerse del conocimiento al suscrito remitiendo copia de conocimiento de dichos oficios.

Tercero. El presente acuerdo es sin perjuicio de que, en caso de fuerza mayor o ausencia, se autorice o instruya a los servidores públicos para el caso específico, o de que dichas facultades sean ejercidas directamente por el suscrito Comisionado Presidente.

TRANSITORIO

Único. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

Ciudad de México, a 25 de enero de 2017.- El Comisionado Presidente, Juan Carlos Zepeda Molina.- Rúbrica.