ACUERDO por el que se dan a conocer los estímulos fiscales a la gasolina y al diésel en los sectores pesquero y agropecuario para el mes de agosto de 2016

Viernes 29 de julio de 2016

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 58/2016

Acuerdo por el que se dan a conocer los estímulos fiscales a la gasolina y al diésel en los sectores pesquero y agropecuario para el mes de agosto de 2016.

LUIS VIDEGARAY CASO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., segundo párrafo de la Ley de Energía para el Campo; Quinto, fracción  III  del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican; primero y tercero del Acuerdo por el que se establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los estímulos fiscales, monto de los mismos, las cuotas disminuidas ajustadas y los precios máximos aplicables a la gasolina menor a 92 octanos y al diésel de conformidad con los artículos primero y tercero del Acuerdo por el que se establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, publicado el 30 de diciembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.- Los estímulos fiscales aplicables para el mes de agosto de 2016, son los siguientes:

COMBUSTIBLE

PORCENTAJE DE ESTÍMULO

agosto 2016

Gasolina menor a 92 octanos

100%

Diésel

100%

 

Artículo Tercero.- El monto de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas ajustadas y los precios máximos de la gasolina menor a 92 octanos y al diésel para el mes de agosto de 2016, son los siguientes:

Combustible

Monto del estímulo fiscal

agosto 2016

(pesos/litro)

Gasolina menor a 92 octanos

$ 3.663

Diésel

$ 4.580

 

Combustible

Cuota disminuida aplicable

durante agosto 2016

(pesos/litro)

Gasolina menor a 92 octanos

$ 0.000

Diésel

$ 0.000

 

Combustible

Precio máximo

agosto 2016

(pesos/litro)

Gasolina menor a 92 octanos

$ 9.71

Diésel

$ 8.66

 

TRANSITORIO

Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

Ciudad de México, a 27 de julio de 2016.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Miguel Messmacher Linartas.- Rúbrica.