ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 6 al 12 de abril de 2016

Martes 05 de abril de 2016

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda  y Crédito Público.

Acuerdo 28/2016

Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas  y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 6 al 12 de abril de 2016.

MIGUEL MESSMACHER LINARTAS, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; segundo, cuarto y quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, y Quinto, fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público aplicables a las gasolinas que se enajenen en la franja fronteriza de 20 kilómetros y el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo comprendido del 6 al 12 de abril de 2016, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas, aplicables en la franja fronteriza a que se refiere el artículo segundo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 6 al 12 de abril de 2016.

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.383

$0.579

$3.692

$3.692

$3.692

$3.692

$3.692

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.136

$0.125

$2.798

$2.798

$2.923

$2.923

$2.923

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.309

$3.113

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.787

$2.798

$0.125

$0.125

$0.000

$0.000

$0.000

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.72

$12.49

$8.88

$8.88

$8.88

$8.88

$8.88

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.81

$13.82

$10.72

$10.72

$10.57

$10.57

$10.57

 

Artículo Segundo.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas, aplicables en la franja fronteriza dentro del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América a que se refiere el artículo cuarto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 6 al 12 de abril de 2016.

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 20 Y HASTA 25 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.319

$0.483

$3.077

$3.077

$3.077

$3.077

$3.077

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.113

$0.104

$2.332

$2.332

$2.436

$2.436

$2.436

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.373

$3.209

$0.615

$0.615

$0.615

$0.615

$0.615

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.810

$2.819

$0.591

$0.591

$0.487

$0.487

$0.487

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.79

$12.60

$9.59

$9.59

$9.59

$9.59

$9.59

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.83

$13.84

$11.26

$11.26

$11.14

$11.14

$11.14

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 25 Y HASTA 30 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.255

$0.386

$2.461

$2.461

$2.461

$2.461

$2.461

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.091

$0.083

$1.865

$1.865

$1.949

$1.949

$1.949

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.437

$3.306

$1.231

$1.231

$1.231

$1.231

$1.231

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.832

$2.840

$1.058

$1.058

$0.974

$0.974

$0.974

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.86

$12.71

$10.30

$10.30

$10.30

$10.30

$10.30

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.86

$13.87

$11.80

$11.80

$11.70

$11.70

$11.70

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 30 Y HASTA 35 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.192

$0.290

$1.846

$1.846

$1.846

$1.846

$1.846

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.068

$0.063

$1.399

$1.399

$1.462

$1.462

$1.462

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.500

$3.402

$1.846

$1.846

$1.846

$1.846

$1.846

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.855

$2.860

$1.524

$1.524

$1.461

$1.461

$1.461

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.94

$12.82

$11.02

$11.02

$11.02

$11.02

$11.02

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.89

$13.89

$12.34

$12.34

$12.27

$12.27

$12.27

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 35 Y HASTA 40 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.128

$0.193

$1.231

$1.231

$1.231

$1.231

$1.231

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.045

$0.042

$0.933

$0.933

$0.974

$0.974

$0.974

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.564

$3.499

$2.461

$2.461

$2.461

$2.461

$2.461

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.878

$2.881

$1.990

$1.990

$1.949

$1.949

$1.949

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$13.01

$12.94

$11.73

$11.73

$11.73

$11.73

$11.73

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.91

$13.92

$12.88

$12.88

$12.84

$12.84

$12.84

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 40 Y HASTA 45 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.064

$0.097

$0.615

$0.615

$0.615

$0.615

$0.615

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.023

$0.021

$0.466

$0.466

$0.487

$0.487

$0.487

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.628

$3.595

$3.077

$3.077

$3.077

$3.077

$3.077

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.900

$2.902

$2.457

$2.457

$2.436

$2.436

$2.436

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$13.09

$13.05

$12.45

$12.45

$12.45

$12.45

$12.45

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.94

$13.94

$13.42

$13.42

$13.40

$13.40

$13.40

 

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México a 4 de abril de 2016.- Con fundamento en el artículo Quinto, quinto párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en ausencia del C. Subsecretario de Ingresos, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Eduardo Camero Godínez.- Rúbrica.