ACUERDO por el que se modifica el diverso mediante el cual se establecen las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo, publicado el 20 de diciembre de 2013

Jueves 25 de septiembre de 2014

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 2, 4, 5 y 6, fracciones I y XX del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; y artículos 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, y

CONSIDERANDO

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, asignó un rubro específico de las erogaciones del Ramo Administrativo 14 Trabajo y Previsión Social para el Programa de Apoyo al Empleo;

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que los programas señalados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, a través de los cuales se otorguen subsidios, estarán sujetos a Reglas de Operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia;

Que el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se establecen las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo, para el ejercicio fiscal 2014;

Que mediante el Programa de Apoyo al Empleo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social contribuye al cumplimiento de los objetivos de la Cruzada Nacional contra el Hambre y del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, y por tal motivo es necesario flexibilizar los procedimientos de selección de solicitantes de empleo;

Que procurar la vinculación de connacionales repatriados con una oportunidad de empleo, hace necesario llevar a cabo acciones adicionales a las que actualmente contempla el Programa de Apoyo al Empleo para alcanzar tal fin, y

Que en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las dependencias que modifiquen sus Reglas de Operación durante el ejercicio fiscal, deberán sujetarse al mismo procedimiento que se establece para su emisión, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE DICIEMBRE DE 2013

ÚNICO. Se modifican los numerales 2.2., inciso e); 3.2.4., primer párrafo; 3.4.2., primer párrafo; 3.6.2., en cuanto al orden numérico de sus rubros; 3.7.1.3., último párrafo; 3.7.2.3., último párrafo; 3.8.1.; 3.8.2.1., inciso d), y 3.8.3., puntos 1 y 2, para quedar como sigue:

2.2.

a) a d) …

e) Apoyar a los connacionales repatriados, mediante la entrega de recursos en especie para transportarse a su lugar de origen o residencia y, a su llegada a éste, apoyo económico para facilitar su pronta colocación en un empleo.

f) …

3.2.4. …

Apoya a connacionales repatriados mediante la entrega de boletos para transportación a su lugar de origen o residencia y con recursos económicos para auxiliarlo en la búsqueda de empleo.

3.4.2.

El Solicitante de empleo será entrevistado individualmente para determinar su envío como candidato a cubrir alguna vacante disponible de acuerdo a su perfil, o bien, mediante la aplicación de un cuestionario, su canalización a alguno de los subprogramas del PAE. Una vez identificado el subprograma al que será canalizado, se le pedirá actualizar sus datos y proporcionar los requisitos y documentación de acuerdo a las presentes Reglas.

3.6.2. …

3.6.2.1. Requisitos

a) a d)

3.6.2.2. Documentación

a) a e)

3.7.1.3.

[Tabla]…

Los apoyos descritos se otorgarán hasta en dos ocasiones durante el año, siempre y cuando se hayan cumplido contratos de al menos dos meses.

3.7.2.3.

[Tabla]…

Los apoyos descritos se otorgarán hasta en dos ocasiones durante el año, siempre y cuando se hayan cumplido contratos de al menos dos meses.

3.8.1. Población Objetivo

Buscador de empleo de 16 años o más que haya sido repatriado por algún estado de la frontera norte del país o alguno de los aeropuertos que las autoridades migratorias señalen como puntos de repatriación de connacionales, que manifieste a la OSNE no tener intenciones de emigrar nuevamente al extranjero y su interés por encontrar un empleo en su lugar de origen o residencia, así como no haber sido beneficiado por este Subprograma con anterioridad.

3.8.2.1.

a) a c)

d) Estar registrado en los listados de eventos de repatriación y contar con su boleta de repatriación emitida por el INM, con fecha máxima de quince días hábiles anteriores a la fecha en que se presente en la OSNE del lugar de repatriación para solicitar ser apoyado.

3.8.3.

1. En el lugar de repatriación (frontera o aeropuerto)

Boleto para transporte y orientación e información

El Solicitante de empleo canalizado recibirá boleto para transportación a su lugar de origen o residencia, cuyo monto será de hasta $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.) y orientación e información acerca de vacantes disponibles en su lugar de origen o residencia.

2. En el lugar de origen o residencia del Solicitante de empleo repatriado

Apoyo de otros subprogramas y modalidades del PAE

De no existir alguna vacante afín al perfil del Beneficiario, se le proporcionará información sobre los distintos mecanismos con que cuenta la OSNE para vincularlo, en su caso, con una actividad productiva, o podrá ser canalizado al subprograma del PAE, que señale el personal de la OSNE para procurar su colocación.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a nueve de septiembre de dos mil catorce.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Jesús Alfonso Navarrete Prida.- Rúbrica.