RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de jaladeras de acero y de zamac, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Martes 12 de agosto de 2014

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE JALADERAS DE ACERO Y DE ZAMAC, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 8302.42.99 Y 8302.49.99 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 04/14, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la “Secretaría”), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

A. Solicitud

1. El 3 de abril de 2014 Fundición Inyectada del Centro, S.A. de C.V. (“FINCSA” o la “Solicitante”), solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de jaladeras de acero y de zamac, originarias de la República Popular China ("China"), independientemente del país de procedencia.

2. La Solicitante manifestó que las importaciones de jaladeras de acero y de zamac, originarias de China, en condiciones de discriminación de precios y a precios inferiores a los de la rama de producción nacional, se incrementaron considerablemente, lo que causó una afectación negativa sobre los precios nacionales, una contracción en los niveles de producción, la pérdida de participación de la industria nacional en el mercado, la caída en la utilización de la capacidad instalada y el aumento de las existencias, lo que propició un daño a la rama de producción nacional. Propuso como periodo investigado el comprendido de enero a septiembre de 2013, y como periodo de análisis de daño y causalidad a la rama de producción nacional el comprendido de enero de 2010 a septiembre de 2013.

B. Solicitante

3. FINCSA es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Su principal actividad es la fundición de toda clase de metales y acabados electrolíticos y todo acto de comercio relacionado con su objeto. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Álvaro Obregón 250, cuarto piso, Colonia Roma, código postal 06700, México, Distrito Federal.

C. Producto investigado

1. Descripción general

4. FINCSA señaló que la mercancía objeto de análisis son las jaladeras de acero y jaladeras de zamac, las cuales no tienen un nombre comercial o técnico diferente del coloquial, mismas que conforme al “Diccionario de mexicanismos de la Academia Mexicana de la Lengua” se define como un asa para tirar de algo.

5. La Solicitante destacó que el género es herraje y la especie es jaladera y añadió que con independencia de su composición, las jaladeras son herrajes para su uso en muebles móviles o en aquellos que van adosados a la construcción como clósets, cocinas integrales y estanterías, entre otros; por lo que también se les identifica en el mercado como “herrajes” y “guarniciones para muebles”. El consumidor por su parte, también las reconoce como “agarraderas”, “manijas” y “mangos” para muebles.

6. En el caso particular de las jaladeras de acero, FINCSA manifestó que son elaboradas a partir de acero redondo con cuerpo y patas de diámetro similares; por lo general, el cuerpo tiene un diámetro de 12, 14 o 16 milímetros (mm). Las medidas del cuerpo se determinan con base en la distancia entre centros más una variación de 30 mm a 60 mm, las medidas más comunes son 64, 96, 128, 160, 192, 224, 256, 288, 320, 352, 384, 416, 458, 480, 560, 640, 720, 800, 880, 960, 1,040 y 1,120, todas expresadas en mm, no obstante, señaló que existen medidas no convencionales de acuerdo con el productor, pero la altura es estándar (ver Ilustración 1).

Ilustración 1. Jaladeras de acero

Fuente: FINCSA.

7. De acuerdo con FINCSA las jaladeras de zamac incluyen: jaladeras, botones, chapetones y chapetones llamadores fabricados por medio del proceso de fundición a presión en aleaciones de zinc (Zamac No. 3 –en términos generales es 96% zinc y 4% aluminio– o Zamac No. 5 –es similar al anterior pero se añade hasta 1% de cobre para aumentar su dureza en cerca de 10%–) con uno o dos puntos de sujeción superior; en múltiples diseños, medidas y dimensiones con distancias de centros variables tanto en sistema inglés, como en sistema 32 (sistema de múltiplos de sujeción europeo a distancias equidistantes a 32 mm de distancia cada uno del otro). Asimismo, existen diversos acabados en latón brillante, níquel satinado, níquel rayado, cromo, cobre antiguo, latón antiguo, latón especial vibrado, cobre especial vibrado, cobre aceitado, negro, blanco, negro satinado y negro mate, entre otros. La Solicitante destacó que los tipos de jaladeras de zamac incluidos en la investigación son estrictamente jaladeras, botones, chapetones llamadores, llamadores, chapetones y aldabones, como los que se describen en la Ilustración 2.

8. En relación con las jaladeras de acero, la Solicitante subrayó que su solicitud de investigación no incluye las jaladeras elaboradas con acero inoxidable. Mientras que en el caso de las jaladeras de zamac indicó que el acabado es un proceso mediante el que se otorga determinado aspecto a la mercancía, sin que ello signifique una variación de su composición básica ya que el insumo principal continúa siendo el zamac.

2. Tratamiento arancelario

9. El producto objeto de investigación ingresa por las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:

Tabla 1. Descripción arancelaria del producto objeto de investigación

Codificación Arancelaria

Descripción

83

Manufacturas diversas de metal común.

8302

Guarniciones, herrajes y artículos similares, de metal común, para muebles, puertas, escaleras, ventanas, persianas, carrocerías, artículos de guarnicionería, baúles, arcas, cofres y demás manufacturas de esta clase; colgadores, perchas, soportes y artículos similares, de metal común; ruedas con montura de metal común; cierrapuertas automáticos de metal común.

 

- Las demás guarniciones, herrajes y artículos similares:

8302.42

-- Los demás, para muebles.

8302.42.99

Los demás.

8302.49

-- Los demás.

8302.49.99

Los demás.

Fuente: Sistema Integral de Información de Comercio Exterior (SIICEX).

10. La Solicitante manifestó que por dichas fracciones arancelarias ingresan otros tipos de mercancías distintas al producto objeto de investigación, tales como: guarniciones, herrajes y artículos similares de metal común para muebles, puertas, escaleras, ventanas, persianas, carrocerías, artículos de guarnicionería, baúles, arcas, cofres y demás manufacturas de esta clase; perchas, soportes y artículos similares de metal común; ruedas con montura de metal común, y cierrapuertas automáticos de metal común. Las demás guarniciones, herrajes y artículos similares.

11. Las importaciones que ingresan por las dos fracciones arancelarias descritas, están sujetas a un arancel de 15%. La unidad de medida de la TIGIE es el kilogramo, mientras que la unidad de volumen utilizada en las operaciones comerciales son las piezas.

12. Al respecto, FINCSA señaló que no existe un factor de conversión estándar, ya que el peso de cada pieza depende del diseño de su modelo, no obstante, presentó una estimación del peso promedio de las jaladeras producidas y vendidas por ella misma.

3. Normas técnicas

13. La Solicitante manifestó que no existen especificaciones generales o normatividad aplicable a las jaladeras de acero y de zamac, añadió que no hay una Norma Oficial Mexicana o alguna otra aplicable. Para acreditar su afirmación presentó copia de su solicitud relativa a normas sobre jaladeras que realizó en la página de la Dirección General de Normas de la Secretaría. Asimismo, la Secretaría realizó una búsqueda en diversas páginas de Internet y tampoco encontró alguna norma que aplique al producto investigado.

14. La Secretaría también requirió a FINCSA copia de las normas técnicas sobre zinc y sus aleaciones citadas por la misma empresa: ASTM B240, ASTM B240[20], ASTM B86[21], AS1881[25], EN1774, EN1774[22], EN12844[23], GB8738.88[12], JIS H2201, JIS H2201[14] y JIS H5301[15]. Al respecto, la Solicitante presentó las siguientes cuatro normas: ASTM B240, ASTM B86, AS 1881 y EN1774 en las cuales se observó que se trata de normas aplicables a distintos tipos de aleaciones de zinc, entre ellos el Zamac No. 3 y Zamac No. 5.

4. Proceso productivo

15. La Solicitante refirió que los insumos utilizados en la elaboración de las jaladeras de acero son: acero redondo de acuerdo al calibre a fabricar, sales y reactivos químicos a ser utilizados en su recubrimiento electrolítico, ruedas de fibra para generar el rayado del recubrimiento y barniz como recubrimiento final. Mientras que para las jaladeras de zamac emplea los siguientes: Zamac No. 3 y Zamac No. 5; barniz electroestático; productos químicos como el cianuro de cobre, sodio, níquel o zinc, cloruro de cobre o níquel, cromo hexavalente, sulfato de cobre y níquel, desengrases electroquímicos, pavones y pasivadores; ánodos de cobre, latón y níquel; ruedas de manta para pulido; pastas para pulido y abrillantado, y fibras, lijas y ruedas de desbaste.

16. FINCSA describió el proceso de producción de las jaladeras de acero, el cual consta principalmente de las siguientes etapas:

a.      Desarrollo del cuerpo. Se procede al corte de las barras de acero a la medida, se desarrolla el chaflán en los extremos de la barra (el “Diccionario del Español de México” de El Colegio de México lo define como un plano generalmente largo y estrecho, que resulta de cortar una esquina para eliminar la arista o el filo), la cual es perforada para posicionar las patas, las perforaciones son machueladas (proceso de dar cuerda).

b.      Desarrollo de las patas. Las barras de acero se cortan a la medida y se hacen las cuerdas del extremo superior, en tanto que se perfora y machuela el extremo inferior.

c.      Recubrimiento electrolítico. Se efectúa aplicando corriente eléctrica al metal del cuerpo y las patas, dentro de una solución para protegerlo de la corrosión, minimizar el desgaste y mejorar la presentación de los metales, y posteriormente se rayan las piezas.

d.      Ensamble. Se obtiene una pieza central (cuerpo) por dos patas las cuales son ensambladas, barnizadas, embolsadas y empacadas.

17. Por lo que se refiere al proceso de producción de las jaladeras de zamac, las etapas del mismo se describen en la Ilustración 3.

Ilustración 3. Proceso de producción de las jaladeras de zamac

Fuente: FINCSA.

5. Usos y funciones

18. FINCSA señaló que las jaladeras tienen como función la apertura y el cierre de cajones y puertas de muebles, en general, éstas se utilizan tanto en muebles móviles como en aquellos que van adosados a la construcción, como clósets, cocinas integrales y estanterías, entre otros. Su uso se relaciona con el mueble en el que se utiliza y se busca mantener una condición de simetría, armonía y decoración. A pesar de que su uso más frecuente es para cajones y puertas, también pueden ser utilizadas como topes, áreas de sujeción o empalmes.

D. Partes interesadas

19. Los productores nacionales, importadores y exportadores de que tiene conocimiento la Secretaría son:

1. Productor nacional no solicitante

Rish, S.A. de C.V.

Av. Santa Ana No. 35-2

Col. Parque Industrial Lerma

C.P. 52000, Lerma, Estado de México

2. Importadores

Ashico de México, S. de R.L. de C.V.

Cofre de Perote No. 304

Col. Lomas de Chapultepec

C.P. 11000, México, Distrito Federal

Cerraco Méx, S.A. de C.V.

Norte 59 No. 870-B

Col. Vallejo

C.P. 02300, México, Distrito Federal

Chapa Industrias, S.A. de C.V.

Av. Vasco de Quiroga No. 2121, piso 4

Col. Peña Blanca Santa Fe

C.P. 01210, México, Distrito Federal

Distribuidor Anbec, S.A. de C.V.

Melchor Guaspe No. 4400

Col. Dale

C.P. 31050, Chihuahua, Chihuahua

Herrasa, S.A. de C.V.

Concepción Béistegui No. 103, 5º piso

Col. Del Valle

C.P. 03100, México, Distrito Federal

Organización MZ, S.A. de C.V.

Comercio No. 125

Col. Escandón

C.P. 11800, México, Distrito Federal

Rish Mexicana, S.A. de C.V.

Av. Santa Ana No. 35-2

Col. Parque Industrial Lerma

C.P. 52000, Lerma, Estado de México

3. Importadores de los que no se tienen datos de localización

Abastecedora Cancún, S.A. de C.V.

Abloy Mul-T-Lock México, S.A. de C.V.

Accesorios Marítimos, S.A. de C.V.

Across Comercializadora, S. de R.L. de C.V.

Adhesivos y Herrajes Industriales, S.A. de C.V.

Af Furniture Integral Sistems, S.A. de C.V.

Afinasis, S.A. de C.V.

Agilent Technologies México, S. de R.L. de C.V.

Agropecuaria y Ganadera La Sonrisa, S.P.R. de R.L.

Alesso, S.A. de C.V.

Alfher Porcewol, S.A. de C.V.

Alianza Económica Aventura, S.A. de C.V.

Allapsa, S.A. de C.V.

Amgazin Herrajes, S.A. de C.V.

Antigüedades Arquideco, S.A. de C.V.

Antonio Vaz Distribuidores, S. de R.L. de C.V.

Applied México, S.A. de C.V.

Aquí Hay de Todo, S.A. de C.V.

Arel Motors, S.A. de C.V.

Arkitanes Importaciones, S.A. de C.V.

Armai Muebles, S.A. de C.V.

Armando Santisteban, S.A.

Armando Yussef Martínez Saleh

Armarios Inteligentes, S. de R.L. de C.V.

Artaban Internacional, S.A. de C.V.

Arturo Arce Algandar

Arturo Carrillo Vilchis

Asahi Sho-Ko-Sha México, S.A. de C.V.

Asiares de México, S. de R.L. de C.V.

Asociación Internacional para Comercio Exterior, S

Audio Acústica Diamant, S.A. de C.V.

Aydia, S.A. de C.V.

Azul Marrón, S.A. de C.V.

Becton Dickinson Infusion Therapy Systems Inc., S.A. de C.V.

Benetton Mexicana, S.A. de C.V.

Benjamín M del Campo, S.A. de C.V.

Bermes, S.A. de C.V.

Biblomodel, S.A. de C.V.

Bimca y Asociados, S.A. de C.V.

Bling - Bling, S.A. de C.V.

Blum México Herrajes para Muebles, S. de R.L. de C.V.

Bochetti, S.A. de C.V.

Bode Vidrio, S.A. de C.V.

Bosch Rexroth, S.A. de C.V.

Bose Corporation, S.A. de C.V.

Bose, S.A. de C.V.

Bruken de México, S.A. de C.V.

Butamex, S.A. de C.V.

Caesar Products And Services, S. de R.L. de C.V.

Campos Herrera Rafael

Campos Naya Marco Cesar

Cargo Servicios Profesionales, S. de R.L. de C.V.

Carlisle Productos de México, S. de R.L. de C.V.

Carlos Armando Vázquez Martínez

Carpimat del Noroeste, S. de R.L de C.V.

Casa Ikeda, S.A. de C.V.

Casual Brands, S.A. de C.V.

Caterpillar Americas México, S. de R.L. de C.V.

Celator de México, S. de R.L. de C.V.

Celulosa y Corrugados de Sonora, S.A. de C.V.

Central de Bolsas, S. de R.L. de C.V.

Central de Maderas y Materiales de Construcción, S.A. de C.V.

Central Detallista, S.A. de C.V.

Centro de Ingeniería y Desarrollo Industrial

Centro de Inspecciones de Colombia, S.A. de C.V.

Cerraduras y Lámparas, S.A. de C.V.

Cesco Importaciones, S.A. de C.V.

Chapas y Maderas Importadas, S.A. de C.V.

Cherokee Electrónica, S.A. de C.V.

Cia. Maderera de Chihuahua Sucesores, S.A. de C.V.

Ciclón de Saldos de Tijuana, S.A.

Clasic and Basic, S.A. de C.V.

Claudia Lizett Cárdenas Acosta

Cocinas Finex de México, S.A. de C.V.

Cocinas Industriales Siglo, S.A. de C.V.

Codimuba, S.A. de C.V.

Coiba Import, S.A. de C.V.

Comercializadora Baja California Imports Exports, S. de R.L. de C.V.

Comercializadora Becor de México, S.A. de C.V.

Comercializadora Californiana, S. de R.L. de C.V.

Comercializadora de Maderas y Productos Orco, S.A.

Comercializadora de Refacciones y Equipos Frigoríficos, S.A. de C.V.

Comercializadora e Importadora Números, S.A. de C.V.

Comercializadora Internacional Hopmar, S.A. de C.V.

Comercializadora Mubisa, S.A. de C.V.

Comercializadora Nred, S.A. de C.V.

Comercializadora Obeso, S.A. de C.V.

Comercializadora Raalch, S.A. de C.V.

Comercializadora Rialero, S. de R.L. de C.V.

Comercializadora Sanco, S.A. de C.V.

Comercializadora Tobamo, S.A. de C.V.

Comercializadora Valverde, S.A. de C.V.

Comercializadora y Servicios Internacionales Jf, S.A. de C.V.

Comercio Azteca, S.A. de C.V.

Comercio y Servicios Cash and Flow, S. de R.L. de C.V.

Conceptos Corporativos de México, S.A. de C.V.

Conexiones Internacionales Meza, S.A. de C.V.

Consorcio Exportador Europeo, S. de R.L. de C.V.

Constructora Prdv, S.A. de C.V.

Controles Temex, S. de R.L. de C.V.

Corporativo Etc Herrajes de México, S.A. de C.V.

Corporativo Integral de Servicios Comext, S.A. de C.V.

Covalence Specialty Materials México, S. de R.L. de C.V.

Creatividad y Espectáculos, S.A. de C.V.

Cremería del Yaqui, S.A. de C.V.

Criotec, S.A. de C.V.

Csia y Compañía, S.C. de R.L. de C.V.

Cummins Juárez, S.A. de C.V.

Custom Sensors & Technologies de México, S.A. de C.V.

Decofinmex, S.A. de C.V.

Dell México, S.A. de C.V.

Denso Air Systems de México, S.A. de C.V.

Desert Winds Corp., S.A. de C.V.

Diego Guadalupe Mercado Silva

Diseño en Casa, S.A. de C.V.

Distribuidora de Herrajes para Aluminio, S.A. de C.V.

Distribuidora Internacional del Caribe, S.A. de C.V.

Dizzains Muebles, S. de R.L. de C.V.

Dj Orthopedics de México, S.A. de C.V.

Donaldson, S.A. de C.V.

Dorantes Delgado Claudia Alicia

Drager Medical México, S.A. de C.V.

Ducasse Industrial Azteca, S.A. de C.V.

Dyno Nobel México, S.A. de C.V.

Edna Maritza Mejía Rosas

Electrolux Home Products de México, S.A. de C.V.

Emsa Trade, S.A. de C.V.

Equinova, S.A. de C.V.

Equipamiento de Mobiliario Industrial, S.A. de C.V.

Equipándose, S.A. de C.V.

Equipo Automotriz Americana, S.A. de C.V.

Equipohotel, S.A. de C.V.

Equipos Dinámicos de México, S.A. de C.V.

Equipos Gastronómicos Internacionales, S.A. de C.V.

Equipos Mcquay, S.A. de C.V.

Equipos y Soluciones Tecnológicas Cadillac Jack, S. de R.L. de C.V.

Erasto Martínez Mata

Erika de Reynosa, S.A. de C.V.

Espacio Organizado, S.A. de C.V.

Especialistas en Comercio Internacional del Noreste, S.A. de C.V.

Espejos Inteligentes, S.A. de C.V.

Essmed Arquitectura, S.A. de C.V.

Etc Herrajes, S.A. de C.V.

Etcétera Accesorios, S. de R.L. de C.V.

Etisign, S.A. de C.V.

Eurolaton México, S.A. de C.V.

Expo Tile, S.A. de C.V.

Fabricas Monterrey, S.A. de C.V.

Fagor Industrial México, S.A. de C.V.

Fanal, S.A. de C.V.

Farma Proyección y Planeación, S.A. de C.V.

Felix Fernando Walls Méndez

Fernández Núñez Jesús Enrique

Fernando Díaz Padilla

Ferrehogar Autoservicio, S.A. de C.V.

Ferremateriales y Aceros Enns, S.A. de C.V.

Ferreplomart, S.A. de C.V.

Ferretera Industrial Rodríguez, S.A. de C.V.

Ferretería Industrial el Águila, S.A. de C.V.

Ferretería y Materiales para el Hogar, S. de R.L. de C.V.

Ferretería Zaragoza, S.A. de C.V.

Fisher Hamilton, S. de R.L. de C.V.

Forza Distribución Industrial, S.A. de C.V.

Francisco Jaime King Cancino

Francisco Javier Morales Gastelum

Franco Castorena Juan Osvaldo

Fromex, S.A. de C.V.

Fto México, S. de R.L. de C.V.

Fukuy Luviano José

Fyre, S.A. de C.V.

G.S.W. de México, S. de R.L. de C.V.

Gabinetes y Laminados, S.A. de C.V.

Gama Materiales y Aceros, S.A. de C.V.

Ganesha Comercializadora, S.A. de C.V.

Garage Tools, S.A. de C.V.

García Flores Juan Pablo

Garciherrajes, S.A. de C.V.

Gardea López Alejandra

Geraldine Christel Sager Alcocer

Gerardo Javier Kawas Saide

Gerardo Pichardo Ricaño

Gerardo Trejo Ángeles

Gleam David de la Cruz Zapata

Gm Solution, S.A. de C.V.

Gmvialdi, S.A. de C.V.

Gorcom de México, S. de R.L. de C.V.

Grainger, S.A. de C.V.

Gran Clase de Muebles, S.A. de C.V.

Gregorio Zacarías Barajas

Grupo Coriat, S.C. de R.L. de C.V.

Grupo Ecra, S. de R.L. de C.V.

Grupo Intercal, S. de R.L. de C.V.

Grupo Piramidal Internacional, S. de R.L. de C.V.

Grupo Saglo, S.A. de C.V.

Grupo Tersapa, S.A. de C.V.

Grupo Uril, S.A. de C.V.

Gutiérrez García Oscar Noé

Hafele de México, S.A. de C.V.

Hai Di Internacional, S.A. de C.V.

Harman de México, S.A. de C.V.

Herman Miller México, S.A. de C.V.

Hernán Longoria Ramón

Hernández Andrade Carlos Refugio

Herrajes Bulnes de Occidente, S.A. de C.V.

Herrajes Hettich, S.A. de C.V.

Herrajes Lan, S.A. de C.V.

Herrapuertas, S.A. de C.V.

Hi-Lex Mexicana, S.A. de C.V.

Hoffman Enclosures México, S. de R.L. de C.V.

Hojalatería Vago, S.A. de C.V.

Home Depot México, S. de R.L. de C.V.

Hudson Respiratory Care Tecate, S. de R.L. de C.V.

Hunter Douglas de México, S.A. de C.V.

Husky Injection Molding Systems México, S.A. de C.V.

Ibs Import Export, S.A. de C.V.

Idn Ingeniería y Soluciones Industriales, S.A. de C.V.

Ifm Efector, S. de R.L. de C.V.

Igasamex Bajío, S. de R.L. de C.V.

Igra Herrajes y Abrasivos, S. de R.L. de C.V.

Impomesco, S.A. de C.V.

Import Management, S. de R.L. de C.V.

Importaciones de Maderas del Noroeste, S.A. de C.V.

Importaciones Phigo, S.A. de C.V.

Importaciones Soarma, S. de R.L. de C.V.

Importadora Mbc, S.A. de C.V.

Importadora Mexicana de Herrajes, S.A. de C.V.

Importadora y Comercializadora Blanquita de Tamaulipas, S.A. de C.V.

Importadora y Exportadora Michoacana, S.A. de C.V.

Imports & Logistics Lusa, S. de R.L. de C.V.

Industria Mueblera de Zula, S.A. de C.V.

Industrial Caisa, S.A. de C.V.

Industrializadora Pares, S.A. de C.V.

Industrias Llordec, S.A. de C.V.

Industrias Quetzal, S. de R.L. de C.V.

Inmermek, S.A. de C.V.

Inter Espacios Comercializadora, S.A. de C.V.

Intercable, S.A. de C.V.

Internacional de Cerámica, S.A.B. de C.V.

Jago, S.A. de C.V.

Japay, S.A. de C.V.

Javid de México, S. de R.L. de C.V.

Jk Distribuciones, S.A. de C.V.

Jorge Luis Tawil Hernández

José Edilberto Sánchez Saucedo

José Julián Pérez González

José Natividad Tovar Encinas

Juan Antonio Castelo de La Rosa

Juan Gilberto José Marín Bear

Julieta Esperanza García Tamayo

Kiekert de México, S.A. de C.V.

Kikitos Hardware Import & Export, S.A. de C.V.

Kimball Electronics-México, S.A. de C.V.

Landis & Gyr, S.A. de C.V.

Lbs Monterrey México, S.A. de C.V.

Leiser, S. de R.L. de C.V.

Logística Internacional Reynosa, S.A. de C.V.

Logística y Transporte Arnian, S. de R.L. de C.V.

Loma Imports, S.A. de C.V.

López Page de México, S.A. de C.V.

Loreto Bay Imports, S. de R.L. de C.V.

Lucía Huerta Valdés

Ludi Juegos, S.A. de C.V.

Luis Alfonso Plascencia Carrasco

Lux Sany, S.A. de C.V.

Ma. de Jesús Alfaro Leos

Madera y sus Productos, S.A. de C.V.

Maderas de Importación, S.A. de C.V.

Maderas Decorativas de Puebla, S.A. de C.V.

Maderas Polanco, S.A. de C.V.

Maderas y Ferreterías Durán, S. de R.L. de C.V.

Maderas y Materiales Jr., S.A. de C.V.

Maderas y Muebles de los Cabos, S.A. de C.V.

Maderas y Plásticos, S.A. de C.V.

Maderas y Sintéticos de México, S.A. de C.V.

Maderera y Ferretera de Miguel Alemán, S.A.

Maderería 84, S.A. de C.V.

Maderería la Rancherita, S.A. de C.V.

Maderería Zona Norte, S.A. de C.V.

Maderichi, S.A. de C.V.

Magallon Gaxiola, S. de R.L. de C.V.

Maherve, S.A. de C.V.

Maleni Gioavanna Araujo Fimbres

Mantto Offshore, S.A. de C.V.

Manufacturas Post Form, S.A. de C.V.

Mapergo, S.A. de C.V.

Maple de México, S.A. de C.V.

Maquiladora General de Matamoros, S.A. de C.V.

Maquilas Tetakawi, S.A. de C.V.

Mar Hernández José Antonio

Marbol Industria Mueblera, S.A. de C.V.

Marco Antonio Ipiña Rivera

María de Lourdes Martínez Alatorre

María del Carmen Bernus Isassi

María del Carmen Noria Arroyo

María del Rosario Pérez Garrido

María Dolores Troitiño Carrera

María Luisa Chavarría Gamboa

Mariano Moguel Mendoza

Marina Silcer, S.A. de C.V.

Marina Sureste, S.A. de C.V.

Marindustrias, S.A. de C.V.

Mario Humberto Medina Duarte

Marítima y Servicios, S.A. de C.V.

Martin Maldonado Alapisco

Massimo Dutti México, S.A. de C.V.

Mateba, S.A. de C.V.

Material Industrial del Valle, S.A. de C.V.

Materiales Arquitectónicos de Sonora, S.A. de C.V.

Materiales Chito, S.A.

Materiales Gallegos de B.C., S.A. de C.V.

Materiales Nungaray, S. de R.L. de C.V.

Materiales Santa Fe de Reynosa, S.A. de C.V.

Metropolitan Kitchens, S.A. de C.V.

Mex Buy, S.A. de C.V.

Mga Logistics Services, S. de R.L. de C.V.

Mhm Asociados en Comercio Exterior, S.A. de C.V.

Mineralia, S.A. de C.V.

Molducan, S.A. de C.V.

Moldutech México, S.A. de C.V.

Motocicletas de Milwaukee, S.A. de C.V.

Motorola Solutions de Reynosa, S. de R.L. de C.V.

Movimiento y Transacción Internacional, S.A. de C.V.

Muebles de Marca, S.A. de C.V.

Muebles Egga, S.A. de C.V.

Muebles Mcg Ocotlán, S.A. de C.V.

Mundo Imports, S. de R.L. de C.V.

Murosistema y Materiales Especiales, S. de R.L. de C.V.

Office Depot de México, S.A. de C.V.

Onity Comercial, S.A. de C.V.

Operadora de la Industria del Mueble, S.A. de C.V.

Organización Diseño Industrial, S.A.

Oscar Octavio Torres Gil

Otay Marketing Co., S.A. de C.V.

Otero Manjarrez Jorge

Palliser de México, S. de R.L. de C.V.

Par Bel, S.A.

Parker Hannifin de México, S.A. de C.V.

Parker Industrial, S. de R.L. de C.V.

Partes y Accesorios Torrey, S.A. de C.V.

Performance Boats, S.A. de C.V.

Philips Mexicana, S.A. de C.V.

Piacere, S.A. de C.V.

Pinturas Osel, S.A. de C.V.

Planeación, Ambientación y Proyectos, S.A. de C.V.

Plomibaños de la Paz, S.A. de C.V.

Porcelanosa México, S.A. de C.V.

Premier Farnell Electronics de México, S. de R.L. de C.V.

Prima Free Trade Cancún, S.A. de C.V.

Prima Tech, S.A. de C.V.

Producciones de Alta Tecnología, S.A. de C.V.

Productos de Latón de Alta Calidad, S.A. de C.V.

Productos Eléctricos de Tijuana, S.A. de C.V.

Productos Jako, S.A. de C.V.

Prommesa USA, S.A. de C.V.

Promotor de Negocios Internacionales Cefasttrak, S.A.

Proveedora de Seguridad Industrial del Golfo, S.A.

Proveedora HC, S.A. de C.V.

Proveedora Marítima de México, S.A. de C.V.

Proveedores de la Construcción, S.A. de C.V.

Proveeduría y Servicios, S.A. de C.V.

Ramón Humberto Beltrán Murillo

Rectificadores Internacionales, S.A. de C.V.

Rehau, S.A. de C.V.

Rincón Canela de BC, S.A. de C.V.

Road Machinery Co., S.A. de C.V.

Rocío Elena Nungaray Ramírez

Rodríguez González Jorge Arturo

Ruiz T Distribución, S.A. de C.V.

Rymsa de México, S.A. de C.V.

Sabritas, S. de R.L. de C.V.

Santa Fe DC, S.A.P.I. de C.V.

Schneider Electric México, S.A. de C.V.

Sensey Electronics, S.A. de C.V.

Servicios Aduanales Continentes, S.C. de R.L. de C.V.

Servicios de Comercio Exterior del Río, S. de R.L. de C.V.

Servicios de Comercio Exterior Rimigue, S. de R.L. de C.V.

Servicios Home Depot, S.A. de C.V.

Sesamee Mexicana, S.A. de C.V.

Sharp Electrónica México, S.A. de C.V.

Siemens, S.A. de C.V.

Sistemas de Información Geográfica, S.A. de C.V.

Sistemas Logísticos de México, S.A. de C.V.

Sit, S.A. de C.V.

Skyworks Solutions de México, S. de R.L. de C.V.

Soluciones Aduanales y Logísticos del Pacifico, S. de R.L. de C.V.

Soluciones en Comercialización Saga, S. de R.L. de C.V.

Soluciones Médicas Exportación, S. de R.L. de C.V.

Soluciones para el Control de Recursos, S.A. de C.V.

South Shore Furniture México, S. de R.L. de C.V.

Spec Importaciones, S.A. de C.V.

Springs Window Fashions de México, S. de R.L. de C.V.

Sta-Rite de México, S.A. de C.V.

Steelcase de México, S. de R.L. de C.V.

Strategic Distribution Marketing de México, S.A. de C.V.

Suave y Fácil, S.A. de C.V.

Suinsa Industrial Supply, S.A. de C.V.

Suministros Industriales Barsa, S. de R.L. de C.V.

System Sensor de México, S. de R.L. de C.V.

Tapizados San Javier, S.A. de C.V.

Tecno Maíz, S.A. de C.V.

Tecnología Avanzada en Componentes Importados, S.

Tornillos y Herrajes Internacionales el Puma, S.A.

Torres Tobías Saúl

Toscano Internacional, S.A. de C.V.

Totalhome & Offices, S. de R.L. de C.V.

Trade Delivery Goods, S. de R.L. de C.V.

Travers Tool, S. de R.L. de C.V.

Trebex International, S.A. de C.V.

Trilogiq México, S.A. de C.V.

Triplay y Aglomerados de Ocotlán, S.A. de C.V.

Triplay y Ferretería la Casa del Mueblero, S. de R.L. de C.V.

Tropical Village Distributions Latin America, S.A. de C.V.

Truper Herramientas, S.A. de C.V.

Unión Monterrey, S.A. de C.V.

Universidad Autónoma de Baja California

US Tool Group-México, S. de R.L. de C.V.

VCS Cahita Border Inbound de Nogales, S.A. de C.V.

Versa, Muebles para Oficina, S.A. de C.V.

Victorinox México, S.A. de C.V.

Vilches Ferreteros, S.A. de C.V.

Virginia Ines Granados Collins

West Coast Forest Products de México, S.A. de C.V.

Woodcrafters Home Products, S. de R.L. de C.V.

Xpress Industrial, S. de R.L. de C.V.

Ybj Herrajes, S.A. de C.V.

Yiro Fábrica, S. de R.L. de C.V.

Yr Tech México, S.A. de C.V.

Zagis, S.A. de C.V.

Zara Home México, S.A. de C.V.

Zara México, S.A. de C.V.

4. Exportadores

Evernew Group Co. Ltd.

Room 1105, Originality Building

No. 3760, Nanhuan Road

Zip Code 310053, P.R., Hangzhou, China

Hangzhou Advance Hardware Manufacturing Corp.

1/F., No. 508, Tiyuchang Road

Zip Code 310007, Hangzhou, Zhejiang, China

Hanstar Hardware Asia Ltd.

6F, Jincheng Business Centre

No. 351, Xingangzhong Road

Haizhu District, Guangzhou

Huzhou Daybreak Imp & Exp Co. Ltd.

318, Chuangye Avenue

Huzhou, Zhejiang, China

Onkar Industry (Hk) Co. Ltd.

Room 402,10th building

12th Group, Doumen Residential areas

Wenzhou, China

Shanghai Meaton Trade Co. Ltd.

Room 803, Bldg 999 Zhongsan Rd (W)

Zip Code 20005, Shanghai, China

Sun Chain Trading Co. Ltd.

1F. No. 53, Minchuanw Rd. Taipei

Zip Code 10452, Taiwan

Wenzhou M&C Foreign Trade Co. Ltd.

No.8 Liming West Road, Wenzhou

Zhejiang, China

Wenzhou Union Import Export Co.

Ltd. Rm712 Commercial Fl.

Guodtngbejgxiaonanrd, W

Zhejiang Minmetals Sanxing Import & Export I/E Co. Ltd.

310 North Zhongshan Road

Zip Code 310003, Hangzhou, China

5. Exportadores de los que no se tienen datos de localización

Abest Industrial Co. Ltd.

Ace Hardware Corp.

Acme Furniture Industry Inc.

Active Gain Development Limitedseed Asia Ltd.

Advanced Affiliates Inc.

Aisia International Industrial Co. Ltd.

Amco

American Maple Inc. Seadog Line

Amini Innovation Corp.

Anguli International Industry Ltd.

Architectural Door & Hardware Inc.

Ashico of America Inc.

Asia Active Resources Ltd.

Baja Forest Corp.

Baldwin Hardware Corp.

Belwith Products LLC.

Bennett Crone Lumber & Plywood Inc.

Bjl Hardware Trading Ltd.

Bose Corp.

Bsh Electrodomésticos S.A.C.

Bywin Hardware Ltd.

Cal-Royal Products Co.

Carlisle Food Service Products

Celator de México S. de R.L. de C.V.

Century Lighting and Hardware Inc.

City Key International Ltd.

Clark Hardware Ltd.

Conectaball Inc.

Conin Inc.

Contact Import & Export LLC.

Coriat America LLC.

Covalence Specialty Adhesives LLC.

Cs Metal International Ltd.

Cummins Inc.

Dali Hardware Industry Co. Ltd.

Descoo Hardware Industry Ltd.

Desert Trade Inc.

Diatect Internacional Corp.

Do It Best Corp.

Dongguan City Ornte Hardware Co. Ltd.

Dongguan Metal & Minerals Import & Export Co.

Donovan Marine Inc.

Door Hardware

Dsm Decorative Metal Products Factory

Dyna International Co. Ltd.

E.D.A. International Corp.

EC Hardware Co. Ltd.

Electrolux Home Products Corp. Nv.

Emkei Hardware

Emtek Products Inc.

Enrich Corp. (China)

Enrich Corp. (Hk) Ltd.

Eurolaton España, S.A.

Evernew Group Co. Ltd.

Excel Dowel & Wood Products LLC.

Folkshire Fonte

Forehung Industrial (China) Co. Ltd.

Form Orange Produktentwicklung

Foshan Chaogu Hardware Ware Factory

Foshan Kinghorn Import & Export Co. Ltd.

Foshan Nanhai Junsu Import & Export Co. Ltd.

Four Seasons General Merchandise

Franklin International

Furnipart A/S

Genco Marketplace Inc.

Grainger Global Sourcing

Grainger Inc.

Grandstarinternational Ltd.

Guangzhou Light Holdings Sinok Import & Export Ltd.

H&Z Hardware International (Hong Kong) Ltd.

Hafele America Co.

Hafele Engineering Asia Ltd.

Hafele Gmbh & Cokg

Hangzhou Advance Hardware Mfg. Corp.

Hangzhou Grandix Electronics Co. Ltd.

Hangzhou Guardson Hardware Co. Ltd.

Hangzhou Steven Import and Export Co. Ltd.

Hangzhou Xiaoran Import and Export Co. Ltd.

Hanstar Hardware Asia Ltd.

Hardware Express

Hebei Architectural Ornamental Products Co. Ltd.

Hermes Abrrasives Ltd.

Hf Trading Inc.

Houston Air Systems LLC.

Huton Industrial Ltd.

Ikea

Ikea Furniture

Ikea Na Services Inc. East

Ikea North American Services LLC.

Inter Continental Co. Ltd.

International Bath and Tile

International Furniture Warehouse

International Rectifier Sea Pte Ltd.

Isg Inteser Group Inc.

J & O Materials Leaf Sales Inc.

J&R Industrial Tools

J.G Edelen Co. Inc.

Jade Hardware Co. Ltd.

Jiangmen Delei Group Co. Ltd.

Jindixin Decorative Hardware Manufactory

Jng Hardware and Wood

Joinus Hardware Manufacturer Ltd.

Kadit Hardware Co. Ltd.

Kalamazoo Outdoor Gourmet LLC.

Kamix International Inc.

Kiss Fashion International Group Ltd.

Kitchen & Cabinets Supplies Inc.

Kiva Kitchen & Bath

Kohler Co.

Komatsu America Corp.

Kromet (Asia) Ltd.

L.D.G. Hardware Manufacturer Co. Ltd.

Land 'N' Sea Distributing Inc.

Leight Sales Co. Inc Mountain Trade Inc.

Lignus Inc.

Long May Industrial Co. Ltd.

Lopez Page International Inc.

Louis and Co.

Luxury Glass Doors LLC.

Macafe And Gear

Macons LLC.

Marie Hardware Group Co.

Maritime Bringsli Ltd.

Martinez Export

Masco Cabinetry LLC.

Mcmaster-Carr Supply Co.

Mei Jie Hardware Products Co. Ltd. (Shen Zhen)

Metro Automotive Parts Distributor

Mfd Wholesale Inc.

Misumi USA Inc.

Mody & Mody

Mountain Trade Inc.

Mundo Design

Mvo International Corp.

Nanjing Kingroad Corp. Ltd.

New Developing Home Products Co. Ltd.

New Group Industrial Plus

Newell Rubbermaid

Newtime Asia Technology Ltd.

Niksa Hardware Ltd.

Ningbo Bolex Cutlery Inc.

Ningbo F.T.Z. Perfect Dragon International Trading

Ningbo Moer Hardware & Plastic Mfg Co. Ltd.

Norgan Hardware Co. Ltd.

Northwest Hardwoods

Onity Inc.

Onkar Industry (Hk) Co. Ltd.

Onlee International Trading Co. Ltd.

Pacific Ocean Hardware Co.

Pacific Ocean Trading Co. Ltd.

Parr Lumber Co.

Passion Hardware Co. Ltd.

Penn Elcom

Penn-Elcom Dongguan

Plygo LLC.

Polimor S.R.L.

Pride Industrial LLC.

Prommesa USA

Regal Products Inc.

Ressam Hardware International Ltd.

Richelieu (Zus)

River Marine Supply Inc.

Rong Tian Group (Hk) Ltd.

Rta Products LLC.

Rusticware LLC.

Ryerson Los Angeles

San Diego Hardware

Sea Ray Boats

Shanghai Eru Indsutry Co. Ltd.

Shanghai Meaton Trade Co. Ltd.

Shanghai Worldeal Trade Co. Ltd.

Shanghai Xueli Import & Export Co. Ltd.

Sharp Electronics Manufacturing of America Inc.

Shunde Textiles Import and Export Co. of Guang

Shunfa Furniture Hardware Co. Ltd.

Sierra Pacific Engineering and Products

Siquar Hardware Industry Co. Ltd.

Siquar USA Inc.

South Shore Industries Ltd.

Strategic Distribution de México

Studio V LLC. Interior Design

Suiming Electrical Appliance Limited

System Sensor a Division of Honeywell Int'l. Inc.

Target Hardware Factory

Ten Plus Three LLC.

Total General

Trg Group

Tristar Products Inc.

True Value Co.

Truper Trading, S.A. de C.V.

US Tool Group

Via Trading Corp.

Via Weiling Trading Co. Ltd.

W.W. Grainger

Wah Shing Trading

Wenzhou Bjl Imp. & Exp. Co. Ltd.

Wenzhou Cheerway Decorate Hardware Co. Ltd.

Wenzhou Huarui Hardware Co. Ltd.

Wenzhou Jision Hardware & Tool Corp.

Wenzhou M & C Foreign Trade Co. Ltd.

Wenzhou N.& A. Foreign Trade Co. Ltd.

Wenzhou Tenyale International Trade Co. Ltd.

Wenzhou Union Import & Export Co. Ltd.

Westway Liquors Ltd.

Workman Electronics Inc.

World Wide (Hardware) Industrial Co.

Worldeal Group (Hk) Co. Ltd.

Worldwide Digital Co. LLC.

Wurth Louis and Co.

Ww Grainger Inc.

Xpress Industrial Inc.

Yangzhou Kezhong Import & Export Co. Ltd.

Yongkang Sunyk Imp. and Exp. Co. Ltd.

Zara Home España, S.A.

Zhejiang Kangpuer Hardware Co. Ltd.

Zhejiang Minmetals Sanxing Imp. & Exp. Co. Ltd.

Zhejiang New Vision Import & Export Co. Ltd.

Zhongshan Honghshing Metal Manufactory

6. Gobierno

Consejero de Asuntos Económico Comerciales de la Embajada de China en México

Platón No. 317

Col. Polanco

C.P. 11560, México, Distrito Federal

E. Prevención

1. Prórroga

20. La Secretaría prorrogó ocho días el plazo para que FINCSA presentara su respuesta al requerimiento de información formulado el 29 de abril de 2014. El plazo venció el 11 de junio de 2014. Lo anterior, debido a que las instalaciones de la Secretaría, ubicadas en Avenida Insurgentes Sur 1940, Colonia Florida, México, D.F., permanecieron cerradas por causas de fuerza mayor del 20 al 29 de mayo de 2014, días que no se computaron en el plazo otorgado para responder a la prevención, de conformidad con el “Acuerdo por el que se suspenden los plazos de diversos trámites que aplica la Secretaría de Economía, durante el periodo que se indica”, publicado el 2 de junio de 2014 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

2. Respuesta a la prevención

21. El 4 de junio de 2014 la Solicitante respondió la prevención que la Secretaría le formuló el 29 de abril de 2014, de conformidad con los artículos 52 fracción II de la Ley de Comercio Exterior (LCE) y 78 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE).

F. Argumentos y medios de prueba

22. Con la finalidad de acreditar la práctica desleal de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, la Solicitante argumentó lo siguiente:

A.      La solicitud de investigación es por daño ocasionado por el incremento de las importaciones de jaladeras de acero y de zamac, originarias de China, en condiciones de discriminación de precios, las cuales ingresaron al mercado nacional a precios inferiores a los de la rama de producción nacional, lo que causó una afectación negativa sobre los precios nacionales, una contracción en los niveles de producción, la pérdida de participación de la industria nacional en el mercado, la caída en la utilización de la capacidad instalada y el aumento de las existencias, entre otros efectos negativos.

B.      En respuesta a la prevención la Solicitante actualizó la información para considerar como periodo investigado el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2013.

1. Discriminación de precios

a. Precio de exportación

C.      El precio de exportación se obtuvo a partir de la base de datos proporcionada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a la Asociación Nacional de la Industria de Cerraduras, Candados, Herrajes y Similares, A.C. (ANICCHS).

D.      Toda vez que por las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la TIGIE ingresan las mercancías objeto de la solicitud y otras que no lo son, fue necesario identificar las operaciones de importación que corresponden a la mercancía investigada, originarias de China.

E.      A partir de la identificación de la mercancía objeto de la solicitud se calculó el precio de exportación para las jaladeras de acero y para las jaladeras de zamac, ambas originarias de China.

F.      Debido a que los precios de exportación se calcularon a partir del valor comercial reportado en el listado de importaciones del SAT en el cual no se reporta el Incoterm, no se aplicó un ajuste por flete y seguro marítimo. Tampoco se aplicó un ajuste por flete y seguro interno en China debido a que no fue posible encontrar la información correspondiente, en todo caso el efecto es reducir el margen de discriminación de precios.

b. Valor normal

G.      En la presente investigación se debe considerar a China como una economía centralmente planificada.

H.      Se propone a Brasil como país sustituto de China, con base en las consideraciones que se describen a continuación:

a.     Brasil es un importante productor de jaladeras de acero y de zamac;

b.     el proceso productivo utilizado para la fabricación de jaladeras de acero y de zamac es idéntico en China, en Brasil y en cualquier país que se analice;

c.     los insumos de las jaladeras de acero y de zamac, utilizados para producir las mercancías originarias de China, son idénticos a los insumos utilizados en Brasil;

d.     Brasil y China tienen disponibilidad de acceso a los insumos para la elaboración de jaladeras de acero y de zamac, ya que ambos son importantes productores a nivel mundial por una parte de acero y, por otra, de zinc, aluminio, magnesio y cobre;

e.     el nivel de desarrollo económico de Brasil y China es similar en términos del tamaño y tasas de crecimiento de su Producto Interno Bruto (PIB), inflación, fuerza laboral total, entre otros;

f.      las jaladeras de acero y las de zamac producidas en Brasil son similares a las fabricadas en China;

g.     después de los procesos de privatización ocurridos en Brasil en los años noventa, su economía ha reducido la participación estatal en sectores estratégicos, sin que haya programas de subsidios que provoquen la distorsión de los precios relativos, y

h.     actualmente, no se aplica ninguna medida compensatoria en contra de Brasil por jaladeras de acero o de zamac.

I.        Para calcular el valor normal se elaboró un estudio de precios en Brasil el cual consistió en la obtención de precios de venta de jaladeras de acero y de zamac fabricadas en Brasil y destinadas al mercado de dicho país, entre compradores y vendedores independientes. En el estudio de mercado se obtuvieron dos tipos de precios, el primero mediante la compra directa de jaladeras de acero y de zamac en el mercado brasileño a nivel de minorista y el segundo mediante la cotización directa de jaladeras de ambos materiales en el mercado brasileño a nivel de mayorista.

J.      A los precios obtenidos mediante la compra directa a nivel de minorista se aplicaron ajustes por diferencia en cargas impositivas (Impuesto de Circulación de Mercancías y Servicios (ICMS) e Impuesto sobre Productos Industrializados (IPI)), por inflación y por niveles de comercio.

K.      A los precios obtenidos mediante la cotización a nivel de mayorista aplicó un ajuste por diferencias en cargas impositivas. Los impuestos ajustados son el ICMS y el IPI. En la respuesta a la prevención también propuso un ajuste por diferencias físicas (entre acero inoxidable y acero al carbón), para el caso de que la Secretaría lo considerara necesario.

c. Margen de discriminación de precios

L.      Calculó un margen de discriminación de precios para las jaladeras de acero y otro para las jaladeras de zamac.

M.     Para calcular los márgenes de discriminación de precios de las jaladeras de acero y de zamac comparó el precio promedio de exportación de cada una de estas mercancías con el valor normal promedio en el mercado interno de Brasil, de las jaladeras de acero y de zamac, respectivamente.

2.      Daño y causalidad

N.      Tanto la mercancía de importación como la de producción nacional, son similares o idénticas, particularmente en sus características físicas y composición química.

O.      Existe daño a la industria nacional, toda vez que:

a.     el volumen de las importaciones originarias de China se incrementó en 42.91% durante el periodo de investigación con relación al año anterior, el cual fue superior al crecimiento registrado en el Consumo Nacional Aparente (CNA) de 14.37% y contrasta con la caída de las ventas nacionales (-30.45%), el resultado es una mayor participación de las importaciones chinas en el mercado nacional al pasar de 63% a 79%, en tanto que la producción nacional bajó su participación de 26% a 14%;

b.     la producción nacional ha tenido que enfrentar, durante el periodo de investigación, un nivel de subvaloración de precios de 79%;

c.     se ha observado una clara relación negativa entre el precio y el volumen de las importaciones originarias de China;

d.     la industria nacional fabricante de jaladeras ha sufrido una contracción en sus niveles de producción;

e.     durante el periodo analizado las jaladeras de origen chino han aumentado su participación en el mercado a costa de la pérdida de participación que ha sufrido la industria nacional;

f.      no hay elemento de caída en la productividad que explique la pérdida de participación en el mercado;

g.     durante el periodo de investigación se observó una caída en la utilización de la capacidad instalada de FINCSA, y

h.     en 2012 y 2013 como resultado de la caída en las ventas de jaladeras nacionales al mercado interno, se ha registrado una caída en la producción nacional, una consecuente caída en el empleo, un aumento de las existencias, por lo que se ha emigrado al mercado de exportación.

23. FINCSA presentó:

A.      Copia certificada de los siguientes instrumentos notariales:

a.      testimonio de la escritura pública número 3,007 del 9 de febrero de 1971, otorgada ante el Notario Público número 3 en Aguascalientes, Aguascalientes, en la que consta la legal existencia y constitución de FINCSA;

b.      testimonio de la escritura pública número 10,706 del 15 de febrero de 1984, otorgada ante el Notario Público número 12 en Aguascalientes, Aguascalientes, en la que consta la modificación de la denominación social de Fundición Inyectada del Centro, S.A. a Fundición Inyectada del Centro, S.A. de C.V.;

c.      testimonio de la escritura pública número 13,994 del 29 de septiembre de 2009, otorgada ante el Notario Público número 26 en Aguascalientes, Aguascalientes, en la que consta el nombramiento del Administrador General Único de FINCSA, y

d.      testimonio de la escritura pública número 16,706 del 19 de noviembre de 2013, otorgada ante el Notario Público número 26 en Aguascalientes, Aguascalientes, que contiene el poder general para pleitos y cobranzas a favor de los representantes legales de FINCSA.

B.       Copia certificada de las cédulas para el ejercicio profesional, expedidas por la Secretaría de Educación Pública, en favor de los representantes legales de FINCSA.

C.       Catálogo de jaladeras 2012 de los productos de la empresa Chapa Industrias, S.A. de C.V. (“Chapa Industrias”), obtenido de la página de Internet www.handyhom.com.mx.

D.       Información de los productos comercializados por la empresa Ultra Cerraduras y Herrajes, S.A. de C.V., obtenida de la página de Internet http://www.ultracerraduras.com/index.php.

E.        Información de los productos comercializados por la empresa Herrajes Bulnes, S.A. de C.V. (“Herrajes Bulnes”), obtenida de la página de Internet http://herrajesbulnes.com/productos/Herrajes-para-puertas/JALADERAS-Y-BOTONES/pagina/3/.

F.        Catálogo de productos fabricados por FINCSA.

G.       Las siguientes normas técnicas relativas al zamac:

a.      “ASTM B240 (EEUU) Standard Specification for Zinc and Zinc-Aluminum Alloys in Ingot Form for Foundry and Die Castings”;

b.      “ASTM B86 (EEUU) Standard Specifications for Zinc Zinc-Aluminum Alloy Foundry and Die Casting”;

c.      “AS 1881 (Australia) Zinc Alloys – Casting ingots and casting. Quality Requirements”, y

d.      “EN 1774 (Europa) Zinc and zinc Alloys for foundry purposes Ingot and liquid”.

H.       “Guía de identificación de metales” elaborado por Böhler Welding Group que contiene información sobre diferentes pruebas utilizadas para identificar metales.

I.         Hoja que contiene el proceso de producción del producto 5001 “Barra niquelada” elaborado por FINCSA.

J.        Información sobre el proceso de producción de jaladeras de zamac de FINCSA.

K.       Dos diagramas de flujo en los que se identifican las etapas del proceso de producción de jaladeras de zamac elaboradas por FINCSA.

L.        “Reporte de investigación de mercado de FINCSA, sector herrajes decorativos para muebles en México y [China] (Jaladeras)” (el “Reporte de demanda de jaladeras en México y China”) correspondiente a febrero de 2013, que contiene un análisis situacional de la oferta y demanda en la industria de herrajes decorativos para muebles, elaborado por empresa consultora.

M.       Listados de las importaciones y de las exportaciones realizadas por las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la TIGIE, correspondiente a 2011, 2012 y 2013 y del periodo comprendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2013, cuya fuente es el SAT.

N.       Listados de las importaciones y exportaciones realizadas por las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la TIGIE, durante los años 2011, 2012 y 2013 cuya fuente es el SAT, agrupadas en importaciones totales de jaladeras de zamac; importaciones de jaladeras de zamac originarias de China; importaciones de jaladeras de zamac de todos los orígenes; importaciones de jaladeras de acero; importaciones de jaladeras de acero originarias de China; importaciones de jaladeras de acero de todos los orígenes; exportaciones de jaladeras de zamac, y exportaciones de jaladeras de acero.

O.       Metodología empleada para estimar el valor y volumen de importaciones de jaladeras realizadas por las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la TIGIE, correspondiente a los años 2010, 2011, 2012 y de enero a septiembre de 2013, elaborado por una empresa consultora.

P.        Listado de exportadores mexicanos de jaladeras de acero y de zamac clasificadas en las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la TIGIE.

Q.       Listado de importadores de jaladeras de acero o de zamac clasificadas en las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la TIGIE.

R.       Listado de exportadores chinos a México de jaladeras de acero y de zamac originarias de China, de 2013, cuya fuente es el listado de importaciones del SAT.

S.        Precio de exportación de China a México de la mercancía objeto de investigación, importada por las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la TIGIE, de enero a septiembre de 2013, cuya fuente es la base de importaciones del SAT.

T.        “Estructura de la industria de jaladeras en China” que contiene información de los valores del mercado de jaladeras en China, elaborado por una empresa consultora.

U.       Información del proceso de producción de jaladeras en China, elaborado por una empresa consultora.

V.        Carta de 5 de febrero de 2014, suscrita por un empleado de la empresa consultora, relativa a visitas realizadas a diversas empresas chinas para constatar la capacidad de producción y exportación de los fabricantes chinos.

W.       Documento denominado “Dreaming With BRICs: The Path to 2050” elaborado por Goldman Sachs.

X.        “Estudios de precios en Brasil” que contiene información de los precios en el mercado interno de Brasil de la mercancía analizada durante septiembre de 2012 y agosto y septiembre de 2013, elaborado por dos empresas consultoras.

Y.        Listado de cotizaciones de mayoristas en el mercado interno de Brasil correspondientes a jaladeras de acero y de zamac utilizadas para el cálculo del valor normal.

Z.        Carta de 19 de mayo de 2014, suscrita por Alejandro Lomas Torres, Director de Lomas Publicidad, S.A. de C.V., en la que señala que las cotizaciones solicitadas a las empresas fabricantes de jaladeras en Brasil fueron hechas en calidad de comprador mayorista.

AA.     Correo electrónico de 12 de septiembre de 2013 de una empresa brasileña, mediante el cual informa que la cotización solicitada tiene validez hasta el 30 de septiembre de 2013.

BB.    Comprobantes de compras directas al menudeo de jaladeras en Brasil, de septiembre de 2013. Asimismo, acompañó 30 muestras físicas de las jaladeras compradas en Brasil.

CC.    Carta de 15 de mayo de 2014, suscrita por Enthone Omi de México, S.A. de C.V., en la que informa los resultados del estudio de composición química aplicados a 30 muestras de jaladeras.

DD.    Documento denominado "Impuesto al valor agregado en América: Brasil" de la revista Puntos Finos, editada por Thomson Reuters, con información comparativa entre el sistema de impuestos indirectos en Brasil y los impuestos en México.

EE.     Estimación del margen de discriminación de precios de la mercancía objeto de investigación durante el periodo investigado.

FF.      Escritos suscritos por el representante de FINCSA dirigidos a la Asociación de Fabricantes de Muebles de Ocotlán, A.C. (AFAMO), a la Asociación de Fabricantes de Muebles de Jalisco (AFAMJAL), al Instituto Mexicano de Estudios y Capacitación sobre la Industria Mueblera (IMECIN), a la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC), a la Secretaría, a la ANICCHS, a la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), todos de fecha 26 de julio de 2013, mediante los cuales solicita información sobre el valor del mercado nacional de jaladeras y el número de productores nacionales.

GG.    Correo electrónico de 27 de junio de 2013 de Atención a Usuarios del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), dirigido al representante de FINCSA, mediante el cual contesta una solicitud de información sobre la producción nacional de jaladeras.

HH.    Correo electrónico de 8 de julio de 2013 de Atención Ciudadana de la Secretaría, dirigido al representante de FINCSA.

II.        Oficio número 415.4.1.1.1.2013.166 de 2 de octubre de 2013 emitido por la Dirección de Industrias Pesadas y Diversas de la Secretaría.

JJ.      Estudio de estimación de la producción nacional de jaladeras en México, correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013, elaborado por una empresa consultora, así como los cálculos para elaborar dicha estimación.

KK.    Carta de 19 de mayo de 2014, suscrita por el Director de Lomas Publicidad, S.A. de C.V., con información de la composición del mercado de jaladeras en México, basada en el material con el que están elaboradas.

LL.      Estimación de la demanda nacional de jaladeras, relativo a los años 2010, 2011, 2012 y 2013, elaborado por una empresa consultora.

MM.    Análisis de daño y causalidad, relativo a los años 2011, 2012 y 2013 elaborado por una empresa consultora.

NN.    Indicadores del mercado nacional de la mercancía objeto de investigación, relativos a volúmenes de ventas al mercado interno, ventas al mercado de exportación, ventas netas totales, valor y volumen de las importaciones originarias de China y de otros orígenes, y precios de venta al mercado interno y al mercado de exportación, correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013.

OO.    Indicadores de la mercancía objeto de investigación producida por FINCSA relativos a volúmenes de: producción, ventas al mercado interno, ventas al mercado externo, ventas netas totales e importaciones, agrupados en jaladeras de zamac y de acero, jaladeras únicamente de zamac y jaladeras únicamente de acero, correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013.

PP.     Indicadores de la mercancía objeto de investigación producida por FINCSA relativos a valores y precios de: ventas al mercado interno, ventas al mercado externo, ventas netas totales, importaciones, precio de venta mercado interno, fletes en México, precio de venta al mercado externo, agrupadas en jaladeras de zamac y de acero, jaladeras únicamente de zamac y jaladeras únicamente de acero, correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013.

QQ.    Indicadores de la industria nacional y de FINCSA relativos a producción, capacidad instalada, utilización de la capacidad instalada y empleo, así como indicadores exclusivos de FINCSA sobre salarios, inversiones en capital fijo, autoconsumo e inventarios, correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013, así como la metodología empleada para construir dichos indicadores.

RR.    Política de ventas de FINCSA.

SS.     Reporte de ventas y costos unitarios de jaladeras elaboradas por FINCSA por modelo, correspondiente a 2011, 2012 y 2013.

TT.      Datos de localización y del valor de las compras de los principales clientes de FINCSA, de 2013.

UU.    Estado de costos, ventas y utilidades de la mercancía nacional correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013.

VV.     Estados Financieros de FINCSA correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013.

WW.   Copia de una factura de venta de diversos artículos, entre ellos, jaladeras de acero, venta efectuada en México por una empresa importadora, el 20 de diciembre de 2013.

G. Requerimientos de información a posibles productores nacionales no solicitantes

1. Prórroga

24. La Secretaría otorgó prórroga de siete días a las empresas Rish Mexicana, S.A. de C.V. (“Rish Mexicana”), Distribuidor Anbec, S.A. de C.V. (“Anbec”) y Ashico de México, S. de R.L. de C.V. (“Ashico de México”), para presentar respuesta a los requerimientos de información formulados el 14 de mayo de 2014. El plazo venció el 10 de junio de 2014. Lo anterior, debido a que las instalaciones de la Secretaría, ubicadas en Avenida Insurgentes Sur 1940, Colonia Florida, México, D.F., permanecieron cerradas por causas de fuerza mayor del 20 al 29 de mayo de 2014, días que no se computaron en el plazo otorgado para responder a los requerimientos, de conformidad con el “Acuerdo por el que se suspenden los plazos de diversos trámites que aplica la Secretaría de Economía, durante el periodo que se indica”, publicado el 2 de junio de 2014 en el DOF.

2. Respuestas

25. En términos de lo dispuesto en el artículo 5.4 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (“Acuerdo Antidumping”), la Secretaría requirió a las empresas que, de acuerdo con lo manifestado por la Solicitante, eran posibles productoras de jaladeras de acero y de zamac, a efecto de que señalaran si producían el producto objeto de investigación y manifestaran su posición respecto a la solicitud presentada por FINCSA.

26. El 30 de mayo de 2014, comparecieron Cerraco Méx, S.A. de C.V. (“Cerraco”), Herrasa, S.A. de C.V. (“Herrasa”), Chapa Industrias, Organización MZ, S.A. de C.V. (“Organización MZ”) y el 16 de junio de 2014, Anbec; respondieron ser importadoras del producto objeto de investigación y presentaron sus operaciones de importación.

27. El 6 de junio de 2014, Rish Mexicana respondió que es únicamente importador de la mercancía objeto de la solicitud y presentó sus operaciones de importación. Sin embargo, manifestó estar vinculada con Rish, S.A. de C.V. (“Rish”), que sí fabrica en México jaladeras. Manifestó su apoyo a la solicitud de inicio de la presente investigación antidumping y anexó el volumen de producción de jaladeras elaboradas por Rish para el periodo de 2011 a 2013.

CONSIDERANDOS

A. Competencia

28. La Secretaría es competente para emitir la presente Resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 apartado B fracción V y 15 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría; 5 y 12.1 del Acuerdo Antidumping, y 5 fracción VII y 52 fracciones I y II de la LCE.

B. Legislación aplicable

29. Para efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo Antidumping, la LCE, el RLCE (vigente al momento de la presentación de la solicitud de conformidad con el artículo Transitorio Segundo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del RLCE, publicado en el DOF, el 22 de mayo de 2014), el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles, estos tres últimos de aplicación supletoria.

C. Protección de la información confidencial

30. La Secretaría no puede revelar públicamente la información confidencial que las partes interesadas le presenten, ni la información confidencial de que ella misma se allegue, de conformidad con los artículos 6.5 del Acuerdo Antidumping, 80 de la LCE y 152 y 158 del RLCE. No obstante, las partes interesadas podrán obtener el acceso a la información confidencial, siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en los artículos 159 y 160 del RLCE.

D. Legitimidad procesal

31. De conformidad con lo señalado en los puntos del 86 al 101 de la presente Resolución, la Secretaría determina que FINCSA está legitimada para solicitar el inicio de la presente investigación, de conformidad con los artículos 5.4 del Acuerdo Antidumping y 50 de la LCE.

E. Periodo investigado y analizado

32. La Solicitante propuso como periodo investigado el comprendido de enero a septiembre de 2013, y como periodo de análisis el comprendido de enero de 2010 a septiembre de 2013.

33. Con fundamento en el artículo 76 del RLCE y de acuerdo con la recomendación del Comité de Prácticas Antidumping de la OMC (documento G/ADP/6 adoptado el 5 de mayo de 2000) que precisa que el periodo de recopilación de datos debe ser normalmente de doce meses y terminar lo más cercano posible a la fecha de inicio de la investigación, la Secretaría, dentro de la prevención a que se refiere el punto 21 de la presente Resolución, solicitó a FINCSA actualizara la información presentada. Por lo anterior, se establece como periodo investigado el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2013, los cuales fueron utilizados para el análisis de la solicitud.

F. Análisis de discriminación de precios

1. Precio de exportación

34. Para acreditar el precio de exportación, la empresa FINCSA proporcionó la base de datos de las importaciones de jaladeras de acero y de zamac que ingresan por las fracciones 8302.42.99 y 8302.49.99 que obtuvo del SAT, a través de la ANICCHS, para el periodo investigado.

35. Por tratarse de fracciones por las que ingresan mercancías distintas a la investigada, la Solicitante desarrolló una metodología de depuración aplicando los siguientes criterios:

a.      A partir de la columna donde se describe la mercancía, clasificó las importaciones en un grupo denominado “Jaladeras” en donde incluye los tipos: agarradera, asa, botón, jaladeras, manijas, perilla, pomo, tirador y combinaciones de al menos dos de estos tipos. En otro grupo que llamó “Otros” consideró las jaladeras para refrigeradores, autopartes, ferrocarriles, aeronáutica y aquellas de la industria de la construcción, así como candados, rieles y chapas, entre otros, que no son producto investigado.

b.      Del grupo “Jaladeras” construyó dos categorías que denominó: i) “Jaladeras” y ii) “Jaladeras y Otros” donde se incluyen de manera conjunta jaladeras y otras mercancías distintas (por ejemplo “jaladeras y otros herrajes” y “jaladeras, bisagras y portacandados”).

c.      El siguiente paso consistió en identificar, en el caso de ser posible, el material de fabricación de las descripciones de producto del inciso a, entre las que encontró: acero, acero inoxidable, aluminio, bronce, cobre, hierro, latón, madera, níquel, plástico, porcelana, resina, zamac, zinc, varios y no especificado.

d.      De los materiales señalados en el inciso anterior, consideró los registros de importación de jaladeras hechas de acero (excluye acero inoxidable) y en el caso de las jaladeras de zamac, incorporó las operaciones de dicha aleación, así como las de zinc y las que no cuentan con una descripción o se indica que son de metal, y las clasificó como zamac, dado que con base en la experiencia de la empresa que realizó el estudio del proceso de producción de jaladeras en China, se estimó que el 25% y 75% de la producción de jaladeras corresponden al acero y zamac, respectivamente.

e.      Identificó como producto investigado las combinaciones de tipo de producto del inciso a y el tipo de material del inciso c “jaladeras-zamac” y “jaladeras-acero”, y luego calculó el valor y volumen de las importaciones originarias de “China” y “Otros Países”, así como su participación en relación con el grupo de importaciones que clasificó como “Jaladeras y Otros” en cada fracción arancelaria, operación que realizó para cada uno de los semestres del periodo analizado.

f.       A continuación consideró que los porcentajes antes descritos “… reflejan la participación de las jaladeras en el combinado ‘Jaladeras y Otros’ y aplicó” tales porcentajes en función de la fracción arancelaria y el origen de las importaciones (China y Otros Países).

g.      Por último, una vez obtenido “el componente implícito de jaladeras” en la categoría de “Jaladeras y Otros”, éste fue sumado al “componente explícito” de “Jaladeras” a efecto de obtener el total para cada fracción arancelaria objeto de investigación, identificando por separado las cifras correspondientes a China y Otros Países.

36. La Secretaría se allegó del listado de las importaciones totales de las dos fracciones por las que ingresa la mercancía investigada, a partir de las estadísticas que reporta el Sistema de Información Comercial de México (SICM) y observó diferencias entre ambos listados de importaciones. En consecuencia, la autoridad procedió a identificar las importaciones del producto investigado con base en el listado del SICM y revisó la metodología propuesta por FINCSA. Acotó las importaciones, para efecto estricto de comparabilidad en el análisis de discriminación de precios, a las que se refieren al periodo investigado (enero a diciembre de 2013), originarias de China y, que corresponden al grupo denominado “Jaladeras”, en donde identificó que el material era acero (excluye acero inoxidable) y zamac (incluye zamac o zinc).

37. La Secretaría calculó un precio de exportación promedio ponderado en dólares de los Estados Unidos de América (“dólares”) por kilogramo para cada uno de los tipos de producto señalados en el punto anterior, con fundamento en los artículos 39 y 40 del RLCE.

a. Ajustes al precio de exportación

38. FINCSA indicó que la base de datos que obtuvo no reporta los Incoterms, por lo que no le es posible conocer los términos de venta, tampoco aplicó un ajuste por flete y seguro interno en China debido a que la información no estuvo razonablemente a su alcance. Argumentó que la ausencia de esta información obra en su contra ya que el margen de discriminación de precios se reduce.

b. Determinación

39. De conformidad con los artículos 2.4, del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE, y 53 del RLCE, en esta etapa de la investigación, la Secretaría aceptó la información aportada por la Solicitante. No obstante se allegará de mayores elementos en las siguientes etapas del procedimiento.

2. Valor normal

a. Selección del país sustituto

40. El numeral 15 literal a) del Protocolo de Adhesión de China a la OMC, señala que se podrá utilizar una metodología que no se base en una comparación estricta con los precios internos o los costos en China, si los productores sometidos a investigación no pueden demostrar claramente que prevalecen en la rama de producción que produce el producto similar, las condiciones de una economía de mercado en lo que respecta a la manufactura, la producción y la venta de tal producto. En consecuencia, y de conformidad con los artículos 33 de la LCE y 48 del RLCE, la metodología que se aplicará en la presente investigación es la de país sustituto y se procede a evaluar la propuesta que realizó la Solicitante.

41. FINCSA propuso a Brasil como el país con economía de mercado que reúne las características necesarias para ser utilizado como sustituto, para efectos de determinar el valor normal en la presente investigación. Identificó los elementos usados en la selección de países sustitutos de China y presentó la siguiente información.

i. Producción de la mercancía investigada

42. FINCSA argumentó que no existen reportes de producción o comercio relativos a jaladeras de acero o de zamac; sin embargo, identificó un número importante de fabricantes de jaladeras de acero y de zamac en Brasil.

ii. Similitud en el proceso de producción

43. FINCSA indicó que el proceso productivo en la fabricación del producto investigado es similar en cualquier país que se analice.

iii. Disponibilidad de insumos

44. FINCSA señaló que los principales insumos en la fabricación de la mercancía investigada son el zamac y el acero. El zamac es una aleación de zinc, aluminio, magnesio y cobre, por lo que presentó información relativa a la producción mundial de cada uno de esos componentes con base en información publicada por el US Geological Survey del Department of the Interior del gobierno de los Estados Unidos de América.

Producción mundial de Zinc (toneladas métricas)

País

2007

2008

2009

2010

2011

China

3,040,000

3,340,000

3,330,000

3,700,000

4,310,000

Australia

1,514,000

1,519,000

1,290,000

1,479,000

1,515,000

Perú

1,444,381

1,602,597

1,512,931

1,470,450

1,255,899

Estados Unidos de América

803,000

778,000

736,000

748,000

769,000

India

538,900

613,600

695,000

700,000

710,000

México

426,509

397,306

384,478

518,429

631,859

Canadá

630,485

750,502

698,901

648,905

611,577

Kazakhstan

445,000

446,000

442,000

459,000

495,000

Bolivia

214,053

383,619

430,879

411,409

427,129

Irlanda

400,898

398,158

385,670

342,434

340,000

Rusia

185,000

204,000

225,000

269,000

280,000

Brasil

193,887

173,933

172,688

211,203

211,300

Total

11,100,000

11,800,000

11,500,000

12,200,000

12,800,000

Fuente:http://minerals.er.usgs.gov/minerals/pubs/commodity/zinc/myb1-2011-zinc.pdf

 

Producción mundial de Aluminio (miles de toneladas métricas)

País

2008

2009

2010

2011

2012

China

13,200

12,900

16,200

18,100

20,300

Rusia

4,190

3,815

3,947

3,912

3,845

Canadá

3,120

3,030

2,963

2,984

2,781

Estados Unidos de América

2,658

1,727

1,726

1,986

2,070

Australia

1,974

1,943

1,928

1,945

1,864

Emiratos Árabes Unidos

948

1,010

1,400

1,800

1,820

India

1,402

1,598

1,607

1,667

1,700

Brasil

1,661

1,536

1,536

1,440

1,436

Total

39,700

37,300

41,200

44,400

45,900

Fuente: http://minerals.usgs.gov/minerals/pubs/commodity/aluminum/index.html#mcs

Estimación de la producción mundial de magnesio (toneladas métricas)

País

2008

2009

2010

2011

2012

China

559,000

501,000

654,000

661,000

698,000

Rusia

37,000

29,000

29,000

29,000

29,000

Israel

32,051

19,405

23,309

26,284

27,000

Kazakstán

21,000

21,000

21,000

21,000

21,000

Brasil

15,000

16,000

16,000

16,000

16,000

Ucrania

2,000

2,000

2,000

2,000

2,000

Serbia

1,500

1,500

1,500

1,500

1,500

Total

670,000

590,000

747,000

757,000

802,000

Fuente: http://minerals.usgs.gov/minerals/pubs/commodity/magnesium/index.html#mcs

 

Producción mundial de fundición de cobre (toneladas métricas, peso bruto)

País

2007

2008

2009

2010

2011

China

2,910,000

3,370,000

3,800,000

4,100,000

4,700,000

Japón

1,612,518

1,625,370

1,541,802

1,642,900

1,438,032

Canadá

1,514,300

1,369,200

1,522,300

1,559,800

1,364,200

Chile

1,514,300

1,369,200

1,522,300

1,559,800

1,364,200

Rusia

940,000

865,000

800,000

830,000

850,000

India

715,000

662,000

715,100

663,000

677,000

Alemania

543,600

588,300

533,800

591,100

564,200

República de Corea

515,000

544,000

499,200

541,200

539,000

Estados Unidos de América

617,000

574,000

597,000

601,000

538,000

Polonia

477,900

482,400

496,600

546,500

537,700

Zambia

224,000

232,000

334,000

490,000

511,000

Australia

399,000

449,000

422,000

410,000

442,000

Kazakstán

392,834

392,575

332,854

318,637

320,000

Perú

236,809

306,584

325,782

312,968

299,004

Bulgaria

229,100

278,300

276,200

284,600

288,000

Indonesia

277,100

253,300

295,900

276,800

280,000

Irán

250,000

248,000

260,000

281,000

270,000

España

268,291

269,900

270,000

255,000

253,000

Brasil

218,380

230,008

224,899

225,500

226,000

Gran total

14,200,000

14,600,000

14,900,000

15,500,000

15,800,000

Fuente: http://minerals.usgs.gov/minerals/pubs/commodity/copper/index.html#mcs

45. FINCSA señaló que de la publicación de donde se obtuvieron las cifras se desprende que tanto Brasil como China son importantes productores de los insumos necesarios para producir zamac.

46. En lo que respecta al acero, la Solicitante aportó datos de la World Steel Association en la que se aprecia que China y Brasil, durante el periodo investigado, se ubicaron dentro de los diez principales productores mundiales de esta mercancía.

Producción de acero (miles de toneladas)

País

2012

2013

China

708,784

779,040

Japón

107,235

110,570

Estados Unidos de América

88,598

86,955

India

76,715

81,213

Rusia

70,608

69,402

Corea del Sur

69,321

66,008

Alemania

42,661

42,641

Turquía

35,885

34,658

Brasil

34,682

34,178

Ucrania

32,911

32,824

Italia

27,227

24,058

Taiwán, China

20,657

22,320

México

18,177

18,420

Fuente: http://www.worldsteel.org/statistics/crude-steel-production.html

iv. Similitud del producto chino y brasileño

47. De acuerdo con FINCSA, ambos productos utilizan básicamente los mismos insumos, procesos productivos, así como los mismos usos y funciones. Las diferencias que podrían existir estriban en los tamaños y modelos los cuales varían en función de los gustos de los consumidores.

v. Otros elementos

48. FINCSA señaló que después de los procesos de privatización ocurridos en Brasil en los años noventa, su economía ha reducido la participación estatal en sectores estratégicos, sin que haya programas de subsidios que provoquen la distorsión de los precios relativos.

49. También indicó que actualmente Brasil no es sujeto de medidas antidumping o de subvenciones en contra de sus exportaciones de jaladeras de acero o de zamac por algún país Miembro de la OMC.

b. Determinación de la Secretaría

50. El segundo párrafo del artículo 48 del RLCE, define que por país sustituto se entenderá un tercer país con economía de mercado similar al país exportador con economía centralmente planificada. Agrega que la similitud entre el país sustituto y el país exportador se definirá de manera razonable, de tal modo que el valor normal en el país exportador, en ausencia de una economía planificada, pueda aproximarse sobre la base del precio interno en el país sustituto, considerando criterios económicos. Para cumplir con dicha disposición, la Secretaría efectuó un análisis integral de la información proporcionada por la Solicitante para considerar a Brasil como país sustituto. Constató la existencia de productores de jaladeras tanto de zamac como de acero, asimismo, advirtió que existe similitud en los procesos de producción de Brasil y China para las jaladeras y que se trata de un producto, cuyo valor agregado más importante, es la propia materia prima. De esta forma, se puede inferir de manera razonable, que la intensidad en el uso de los factores de producción es similar en ambos países. Respecto a la disponibilidad de insumos necesarios para la fabricación del producto investigado, tanto en Brasil como en China, existe una importante producción de acero y zinc, principales insumos para la fabricación del producto investigado.

51. Con base en el análisis descrito en los puntos del 40 al 50 de la presente Resolución, y de conformidad con los artículos 33 de la LCE y 48 del RLCE, y el numeral 15 literal a) del Protocolo de Adhesión de China a la OMC, la Secretaría acepta la selección de Brasil como país con economía de mercado sustituto de China para efectos del cálculo del valor normal.

c. Precios internos en el mercado del país sustituto

52. Para acreditar el valor normal, FINCSA proporcionó información de precios obtenida de dos fuentes: cotizaciones y compras directas. Esta información forma parte integral del Estudio de precios en Brasil elaborado por dos empresas consultoras, una de ellas, según el currículum empresarial, es una empresa que cuenta con más de 13 años de experiencia en consultoría integral de procesos de mercadotecnia e investigación cualitativa y cuantitativa de mercados, y se encuentra afiliada a distintas cámaras y asociaciones civiles nacionales como Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) y Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA), por citar algunas.

53. De acuerdo con el Estudio de precios en Brasil, las jaladeras brasileñas corresponden a mercancías idénticas o similares a las que se exportaron de China a México, los precios son para venta y consumo en el mercado interno de Brasil a nivel ex fábrica, identificando los impuestos de venta.

i. Cotizaciones

54. Para el caso de las cotizaciones, FINCSA proporcionó información de fabricantes de jaladeras de acero y de zamac en las que se detallan el precio y el peso de las mismas, toda vez que la unidad de medida de la TIGIE para este producto es el kilogramo, por lo que para efecto de comparabilidad el precio de exportación y el valor normal, se calcularon en esta unidad.

55. Los precios están expresados en reales, por lo que para convertirlos a dólares, la Solicitante aplicó el tipo de cambio que obtuvo de la Reserva Federal de los Estados Unidos de América en su página de Internet (http://www.federalreserve.gov/releases/h10/hist/dat00_bz.htm). Los precios reportados están expresados netos de descuentos, de conformidad con el artículo 51 del RLCE.

(1) Ajustes

56. FINCSA propuso ajustar el valor normal por diferencias en cargas impositivas, para lo cual anexó el artículo “Impuesto al valor agregado en América: Brasil” de la revista especializada Puntos Finos, editada por Thomson Reuters.

57. Los impuestos ajustables propuestos por FINCSA son:

a.      ICMS es un Impuesto al Valor Agregado (IVA) estatal que se aplica en las 27 entidades que conforman el país. El porcentaje aplicable para este ajuste es del 18%.

b.      IPI (impuesto sobre productos industrializados), es un IVA federal. La tasa de impuestos varía de acuerdo con los códigos arancelarios de los productos establecidos en la Ley, con base en la naturaleza de los productos y en sus características técnicas. El porcentaje aplicable para este ajuste es del 10%.

58. La Secretaría observó que en el caso de las cotizaciones, las jaladeras de acero utilizadas para la comparación contenían la leyenda “Inox”, que pudiera referirse a acero inoxidable. La Solicitante argumentó que se trataba de referencias que correspondían al producto investigado. Sin embargo, propuso que en caso de que la Secretaría considerara que se trataba de jaladeras fabricadas con acero inoxidable, procedería ajustarlas por diferencias físicas. Para realizar el ajuste, FINCSA señaló que se aplicaría con base en la diferencia en el costo de ambos materiales. Calculó un factor obtenido de dividir el precio del acero al carbono entre el precio del acero inoxidable. Estos precios los obtuvo de la página de Internet de la empresa MEPS (International) LTD., (http://www.meps.co.uk/index.htm) quien, según FINCSA, es una empresa inglesa proveedora de información del mercado del acero líder a nivel mundial.

ii. Compras directas

59. Como se indicó en el punto 52 de la presente Resolución, el Estudio de precios en Brasil reporta precios de compras directas de las marcas de las principales empresas fabricantes de jaladeras en dicho país. Como parte de dicho estudio, la empresa consultora presentó los tickets de compra de jaladeras de acero y de zamac en reales por pieza. Con la finalidad de poder calcular el precio por kilogramo, pesó cada una de las jaladeras adquiridas y para convertirlos a dólares, aplicó el tipo de cambio que obtuvo de la Reserva Federal de los Estados Unidos de América en su página de Internet.

(1) Ajustes

60. Además del ajuste por cargas impositivas que se señala en los puntos 56 y 57 de la presente Resolución, FINCSA solicitó ajustar las compras directas por inflación, toda vez que la información fue recabada en septiembre de 2012, para lo cual consideró el Índice Nacional de Precios al Consumidor en Brasil a través de la página de Internet http://www.portalbrasil.net/ipx.htm. También propuso ajustar por margen de comercialización, para lo que consultó en la página de Internet http://bmfbovespa.com.br/ciaslistadas/ empresaslistadas/BuscaEmpresaListada.aspx?Idioma=es-es las empresas que cotizan en la bolsa de valores y que pertenecen al sector comercio, de donde se obtuvieron los estados financieros de 2 empresas en los que se observó la información relativa a las ventas y los costos de los productos vendidos para poder obtener un margen de comercialización.

61. A diferencia de las cotizaciones, la Secretaría observó que sólo una compra directa contenía la leyenda “Inox”, por lo que se consideró como jaladera de acero inoxidable y la ajustó teniendo en cuenta la metodología descrita en el punto 58 de la presente Resolución.

62. De conformidad con los artículos 2.2, 2.4, 5.2 del Acuerdo Antidumping, 31, 33 y 36 de la LCE, y 39, 53, 56, 57 y 58 del RLCE, la Secretaría aceptó la información y metodología de cálculo de valor normal y los ajustes propuestos por la Solicitante, por ser la que razonablemente tuvo a su alcance.

3. Margen de discriminación de precios

63. De conformidad con los artículos 2.1 del Acuerdo Antidumping, 30 de la LCE y 38 y 39 del RLCE, la Secretaría comparó el valor normal con el precio de exportación y determinó que existen indicios suficientes, basados en pruebas positivas, que permiten presumir que, durante el periodo investigado, las importaciones de jaladeras de acero y de zamac, originarias de China, que ingresan por las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la TIGIE, se realizaron en condiciones de discriminación de precios con un margen de dumping superior al de minimis.

G. Análisis de daño y causalidad

64. Con fundamento en los artículos 3 del Acuerdo Antidumping, 41 de la LCE, y 59, 64, 65 y 69 del RLCE, la Secretaría analizó los argumentos y las pruebas aportados por la Solicitante para determinar si existen indicios de que las importaciones de jaladeras de acero y de zamac originarias de China, en presuntas condiciones de discriminación de precios, causaron daño material a la rama de producción nacional de la mercancía similar.

65. Esta evaluación comprende un examen sobre: a) el volumen de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios y el efecto de éstas en el precio interno del producto nacional similar, y b) la repercusión de esas importaciones en los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional del producto similar.

66. Se analiza el comportamiento de los indicadores económicos y financieros, a partir de datos anuales correspondientes al periodo analizado. El comportamiento de los indicadores en un determinado año o periodo se analizó, salvo indicación en contrario, respecto al mismo periodo inmediato anterior.

1. Similitud de producto

67. FINCSA manifestó que las jaladeras nacionales fabricadas de acero y de zamac tienen gran similitud respecto a las importaciones investigadas, ya que los insumos, el proceso de fabricación, las características técnicas, los usos y funciones, y canales de comercialización son los mismos. Subrayó que la única diferencia entre el producto nacional y la mercancía investigada, al tratarse de bienes que tienen la misma función (abrir cajones y puertas) y los mismos materiales, consiste en los diseños y acabados.

68. La Secretaría valoró la similitud entre el producto de fabricación nacional y el investigado conforme lo dispuesto en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE.

a. Características físicas

69. FINCSA presentó una comparación entre las jaladeras investigadas y las de fabricación nacional y manifestó que son idénticas a las de producción nacional. La Solicitante consideró que la única diferencia entre el producto investigado y el de fabricación nacional se encuentra en el diseño, específicamente en los tamaños y modelos, los cuales varían en función de los requerimientos de los fabricantes de muebles y del gusto de los consumidores.

70. La Secretaría observó en los catálogos de FINCSA y de los importadores Chapa Industrias y Herrajes Bulnes, que presentó la Solicitante, la presencia de jaladeras de múltiples diseños, tipos y materiales, entre los que se encuentran el acero y el zamac.

71. En relación con las diferencias entre los metales, FINCSA señaló que resulta complicado determinar por mera observación si una jaladera es de acero, zamac, otro metal o una combinación de metales. Sin embargo, se pueden realizar pruebas para identificar los materiales, las principales involucran el uso de un imán, una tabla de chispa, cloro, calentamiento, lima o medición del peso; pruebas que se describen en la “Guía de Identificación de Metales” de Böhler Welding Group.

72. De manera adicional, la Solicitante argumentó que el consumidor final no tiene elementos para distinguir el producto nacional de las mercancías importadas porque no existen diferencias en los materiales ni en los diseños que permitan identificar a simple vista unas de otras. Los únicos elementos de referencia son el etiquetado en el caso de que éste exista.

73. Con base en la información que se describe en los puntos 67 a 72 de la presente Resolución, en particular en los catálogos de productos, la Secretaría determinó de manera inicial que las jaladeras de acero y de zamac de producción nacional y las originarias de China tienen características físicas similares.

b. Proceso productivo

74. FINCSA presentó un análisis comparativo entre las jaladeras investigadas y las de fabricación nacional en las que señala como idénticos los insumos y el proceso de producción utilizado en la elaboración de jaladeras de acero y de zamac, descritos en los puntos 15 a 17 de la presente Resolución.

75. La Solicitante también presentó un anexo fotográfico a partir de una visita in situ a tres fábricas ubicadas en China, una de ellas forma parte de los principales exportadores señalados por FINCSA. En dicho anexo se observa el proceso de producción de jaladeras de acero y de zamac. La visita fue realizada por una empresa dedicada a la consultoría en calidad y procuramiento, junto con personal de FINCSA, durante el periodo investigado. La consultora indicó que los fabricantes visitados tienen una producción estimada de 10 millones de jaladeras al mes, emplean alrededor de 420 trabajadores y pueden considerarse representativos de los fabricantes ubicados en China.

76. En el anexo fotográfico del proceso de producción de las jaladeras de acero se observan las etapas de chaflán, pulido de las barras y el empaque de la mercancía, entre otras etapas descritas en el punto 16 de la presente Resolución. Mientras que en el caso de las jaladeras de zamac se presentan imágenes de las etapas del proceso de producción descritas en el punto 17 de la presente Resolución.

77. Con base en la información y pruebas que aportó la Solicitante, la Secretaría consideró de manera inicial, que el producto investigado y las jaladeras de acero y de zamac de fabricación nacional, se producen a partir de procesos productivos análogos, que no muestran diferencias sustanciales.

c. Usos y funciones

78. FINCSA manifestó que las jaladeras nacionales e importadas, son un componente para la fabricación de muebles de madera, aglomerados y metálicos que se utilizan en el hogar, oficinas, cocinas y similares. La jaladera tiene como función la apertura y el cierre de cajones en general, así como de puertas y ventanas, tal como se describe en el punto 18 de la presente Resolución.

79. La Solicitante argumentó que las mercancías que pueden sustituir a las jaladeras de acero y de zamac son las jaladeras elaboradas a partir de materiales como la cerámica, el plástico y la madera, entre otros. La diferencia se encuentra en la materia prima, el tamaño de la jaladera y su forma decorativa.

80. Con base en la información disponible en el expediente administrativo y de la que se allegó en la presente etapa de la investigación, la Secretaría consideró que las jaladeras de acero y de zamac de producción nacional y las originarias de China, tienen los mismos usos y cumplen con las mismas funciones.

d. Canales de distribución y clientes

81. FINCSA señaló que las mercancías investigadas compiten directamente con el producto nacional toda vez que fueron adquiridas por los mismos clientes, concurren en los mismos mercados geográficos, fueron utilizados en los mismos procesos industriales y abastecen a los mismos sectores demandantes: ferretero, muebles, construcción y reposición (sustitución de jaladeras usadas por otras nuevas). En el Reporte de demanda de jaladeras en México y China se indica que la cadena del sector inicia por los fabricantes locales, los importadores y distribuidores mayoristas hacia los mercados industriales y los distribuidores minoristas, tiendas de fabricantes, cadenas a detalle, supermercados, clubes de precios, ferreterías y tlapalerías, llegando así al consumidor final.

82. Asimismo, en el Reporte de demanda de jaladeras en México y China, en el que se aplicaron 390 encuestas directas en establecimientos de comercialización de productos ferreteros y empresas fabricantes de muebles en Aguascalientes, Distrito Federal, Guadalajara, Monterrey, Chihuahua, Colima y Querétaro, durante los meses de agosto y septiembre de 2012, se indica que 56% de las empresas entrevistadas mencionaron consumir herrajes decorativos para muebles de fabricación nacional, 17% de importación y 27% mencionó consumir ambos. Además, el 65% de los distribuidores ferreteros y fabricantes de muebles respondieron que adquieren sus herrajes directo de fábrica, el 26% compra a distribuidores intermediarios y el 9% restante no respondió.

83. La Solicitante manifestó que las importaciones en condiciones de discriminación de precios afectarán sus condiciones de ventas: a) por el estancamiento y eventual caída de los precios nacionales de las jaladeras, ya que el diferencial de precios entre la mercancía investigada y el producto nacional permite a los importadores mayoristas reducir sus márgenes de comercialización y aplicar descuentos de hasta el 50%, y b) el financiamiento en condiciones preferenciales, porque el diferencial de precios antes citado les permite ofrecer plazos de pago superiores a 90 días, afectando la liquidez de la empresa, situación que se sustenta con lo descrito en el punto 161 inciso a de la presente Resolución.

84. Para acreditar sus afirmaciones la Solicitante presentó una relación de sus principales clientes durante el periodo investigado, quienes representaron el 44% de sus ventas entre los que se encuentran consumidores industriales y distribuidores de jaladeras. En el listado de importaciones que se describe en el punto 125 de la presente Resolución, se observaron importaciones del producto investigado a cargo de su principal cliente que representó el 11% de sus ventas. Hecho que confirma el argumento de intercambiabilidad comercial entre el producto de fabricación nacional y las jaladeras de acero y de zamac originarias de China.

e. Conclusión

85. A partir de los resultados descritos en los puntos del 4 al 18 y del 67 al 84 de la presente Resolución, la Secretaría determinó que existen elementos que permiten considerar de manera inicial que las jaladeras de acero y de zamac originarias de China y las de fabricación nacional son productos similares, dado que tienen características físicas semejantes, comparten insumos y materiales, y sus procesos de producción son análogos, lo que les permite cumplir con las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables, de conformidad con los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE.

2. Rama de la producción nacional y representatividad

86. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE y 60, 61 y 62 del RLCE, la Secretaría identificó a la rama de producción nacional como el conjunto de fabricantes del producto similar al investigado, cuya producción agregada constituye la totalidad o, al menos, una proporción importante de la producción nacional total de dicho producto, tomando en cuenta si algún productor importó la mercancía investigada o si existen elementos para presumir que se encuentra vinculada a empresas importadoras o exportadoras del mismo.

87. FINCSA manifestó que conforme al artículo 50 de la LCE tiene legitimación para presentar esta solicitud porque representa más del 25% de la producción total de la mercancía idéntica o similar, además de ser la única productora nacional que no realiza importaciones de jaladeras de acero y de zamac originarias de China. Por lo que conforme al artículo 60 del RLCE tiene legitimidad para presentar esta solicitud.

88. FINCSA argumentó que no existen estadísticas relativas a la producción nacional de jaladeras razonablemente disponibles. Para acreditar su afirmación presentó copia de las cartas que remitió al INEGI, la Dirección General de Industrias Ligeras de la Secretaría, la ANICCHS, la CMIC, el IMECIN, la AFAMO y la AFAMJAL, en las que solicita información sobre el valor y el volumen del mercado nacional de jaladeras de zamac, acero y otros materiales, así como datos sobre los productores nacionales.

89. El INEGI respondió a la Solicitante que consultara los vínculos de Internet del censo económico 2009 y seleccionara los resultados sectoriales y de manufacturas (clases industriales) de su interés. Con respecto a las solicitudes de información dirigidas al resto de los organismos señalados en el punto anterior, no recibió respuesta o la misma no fue satisfactoria, por lo que procedió a hacer una estimación de la producción nacional de jaladeras.

90. Para acreditar su representatividad, la Solicitante tomó en consideración que la demanda nacional de jaladeras está integrada por tres componentes principales: la originada por la fabricación de muebles nuevos, la construcción de casas habitación y la reposición de las mismas.

91. La Solicitante consideró que la demanda de los herrajes para muebles, está ligada con el desempeño de la fabricación y la venta de muebles, principalmente para el hogar, y en menor medida, con los de oficina, para ello realizó los siguientes cálculos:

a.      Recurrió al valor de la producción de las clases industriales 337120 (Fabricación de muebles, excepto cocinas integrales, muebles modulares de baño y muebles de oficina y estantería) y 337210 (Fabricación de muebles de oficina y estantería) que INEGI reporta en su Encuesta Industrial Mensual de la Industria Manufacturera (EIMIM). Dado que se trata de información de una muestra, obtuvo un “factor de conversión muestral a poblacional” para estimar los valores poblacionales al dividir el valor anual de 2008 que reportó la EIMIM entre el valor obtenido del Censo Económico de 2009 (que registra datos de 2008).

b.      A continuación, consideró el consumo intermedio de ambas clases industriales para los sectores formal y artesanal donde se reporta el valor del consumo de jaladeras obteniendo “un factor de consumo de jaladeras relativo al consumo intermedio total”.

c.      Posteriormente, obtuvo un “factor de importancia del consumo intermedio para los segmentos artesanal y formal” de la clase 337120 al dividir el valor de la producción bruta total entre su consumo intermedio, y por falta de información, para la clase 337210, asumió que el resultado de la primera le es aplicable.

d.      Por último, calculó un “factor de demanda de jaladeras” al multiplicar los resultados descritos en los incisos b y c, el cual aplicó al valor de la producción de ambas clases industriales en la EIMIM multiplicado por el factor que se menciona en el inciso a, obteniendo así el valor de la demanda de jaladeras originada por la fabricación de muebles nuevos.

92. A partir del “Censo General de Población y Vivienda, 2010” de INEGI, FINCSA estimó la demanda de jaladeras originada por la construcción de casas nuevas considerando que cada habitación tiene 4 jaladeras y que cada casa dispone de una cocina con 15 jaladeras, mediante el siguiente procedimiento:

a.      Primero calculó un promedio ponderado del número de habitaciones (recámaras) que conforman una vivienda particular habitada, al dividir el número de habitaciones entre el número de casas.

b.      A continuación, tomó el número de viviendas particulares a mitad de año, 2005-2030 del documento “La situación de la vivienda en México”, elaborado por el Consejo Nacional de Organismos Estatales de Vivienda, A.C. y aplicó la tasa de crecimiento promedio para estimar el número total de casas existentes en el mes siguiente y restó la cantidad del mes anterior para obtener el número de casas construidas cada mes.

c.      Luego multiplicó el número de habitaciones estimadas en el inciso a por el número de casas del inciso b y añadió una cocina.

d.      Por su conocimiento del mercado, consideró que, en promedio, cada habitación tiene un clóset con 4 jaladeras y que cada cocina emplea en promedio 15 jaladeras, cantidades que multiplicó por el número de casas nuevas del inciso b.

e.      Por último, el valor total de las jaladeras demandas en la construcción de casas nuevas lo estimó al multiplicar el número de jaladeras utilizadas cada mes según el inciso d por el precio promedio anual de las jaladeras vendidas por la Solicitante.

93. Para estimar la demanda de jaladeras originadas por su reposición, FINCSA consideró que el mercado de reposición representa el 15% del mercado total de jaladeras, cantidad que sumó a la demanda generada por los mercados de muebles y casas nuevas, descrito en los dos puntos anteriores.

94. FINCSA señaló que una vez obtenida la demanda nacional de jaladeras, a partir de los resultados descritos en los puntos del 91 al 93 de la presente Resolución, se puede calcular la producción de jaladeras a partir del CNA, menos las importaciones, más las exportaciones (Producción Nacional = CNA – Importaciones + Exportaciones).  Dado que el CNA lo obtuvo en pesos y número de piezas; mientras que las importaciones y exportaciones se registran en dólares y kilogramos, procedió a homologar las unidades para estimar la ecuación anterior. Para obtener el volumen de la producción nacional en kilogramos, aplicó un factor de conversión obtenido de su producción de jaladeras de acero y de zamac destinas al mercado nacional para cada uno de los tres años del periodo analizado; asimismo, para expresar los valores en dólares, utilizó el tipo de cambio fix (es determinado por Banco de México y se utiliza para solventar obligaciones en dólares en México al día siguiente de su publicación en el DOF).

95. Finalmente, con base en su estimación de la producción nacional de jaladeras, FINCSA calculó su porcentaje de participación y determinó que es representativa de la rama de producción nacional.

96. Por su parte la Secretaría, a efecto de valorar la representatividad de la Solicitante y el grado de apoyo a la investigación, requirió a siete empresas identificadas por la Solicitante como posibles productores de jaladeras de acero y de zamac: Ashico de México, Cerraco, Chapa Industrias, Anbec, Herrasa, Organización MZ y Rish Mexicana, que indicaran si produjeron jaladeras de acero y de zamac durante el periodo enero de 2011 a diciembre de 2013 y manifestaran su apoyo u oposición a la presente investigación en su calidad de productores nacionales.

97. Al respecto, seis de las empresas antes mencionadas atendieron el requerimiento de información de la Secretaría: Cerraco, Chapa Industrias, Anbec, Herrasa, Organización MZ y Rish Mexicana. No obstante, cuatro de ellas (Chapa Industrias, Anbec, Herrasa y Organización MZ) manifestaron que no son productoras del producto objeto de investigación, sino importadoras o comercializadores de dicho producto. Cerraco no manifestó si es o no productor de jaladeras de acero y de zamac, sólo manifestó que importa el producto objeto de investigación y apoya la presente investigación.

98. Rish Mexicana señaló que es únicamente importador de la mercancía objeto de la solicitud; e informó que está vinculada con Rish que sí produce en México jaladeras, sostuvo que apoya totalmente la solicitud de esta investigación y presentó los datos de producción de su empresa vinculada en el periodo analizado. En razón de lo anterior, la Secretaría incluyó los datos sobre el volumen de producción de Rish para efectos de integrar este indicador a nivel de la industria nacional, no obstante en la siguiente etapa se allegará de mayores elementos para incorporarlos al análisis.

99. Adicionalmente, la Secretaría también revisó las estadísticas oficiales de importación de las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 sin encontrar importaciones hechas por FINCSA a lo largo del periodo analizado.

100. Con base en la información que obra en el expediente administrativo, la Secretaría observó que FINCSA por sí misma representó en el periodo investigado más del 50% de la producción nacional de jaladeras de acero y de zamac.

101. A partir de los resultados descritos en los puntos del 86 al 100 de la presente Resolución, la Secretaría determinó de manera inicial que la Solicitante es representativa de la rama de producción nacional de la mercancía similar, toda vez que fabricó durante el periodo investigado más del 50% de las jaladeras de acero y de zamac. Adicionalmente, tampoco encontró elementos que permitan inferir que FINCSA se encuentra vinculada con los exportadores e importadores del producto investigado, además de que no realizó importaciones del mismo, por lo que cumple con los requisitos establecidos en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE, así como 60, 61 y 62 del RLCE.

3. Mercado internacional

102. La Solicitante presentó el Reporte de demanda de jaladeras en México y China en el que se indica que la información oficial sobre el mercado de jaladeras de acero y de zamac es escasa, por lo que realizó su análisis con base en información oficial y comercial disponible, en donde se observó que China es el segundo productor de herrajes para muebles en el ámbito internacional (ver Tabla 2).

Tabla 2. Principales países productores de herrajes para muebles (millones de dólares)

País / Región

Valor

Porcentaje

Unión Europea1

7,400

37%

Estados Unidos de América

4,600

23%

China

3,000

15%

Japón

1,120

6%

Brasil

460

2%

Otros países

3,420

17%

Mundo

20,000

100%

1Principalmente Alemania, Italia, Reino Unido, Francia, España, Austria, Luxemburgo y Escandinavia.

Fuente: Información presentada por FINCSA.

103. FINCSA manifestó que obtuvo el consumo de herrajes para muebles al analizar la producción y el consumo de muebles, con base en información de la ANICCHS y de estudios de mercado desarrollados por instituciones gubernamentales de otros países. En la Tabla 3 se observa que China podría ser el principal consumidor de herrajes para muebles.

Tabla 3. Principales países consumidores de herrajes para muebles (millones de dólares)

País / Región

Valor

Unión Europea1

5,760

Zona TLC2

5,616

China

1,620

Japón

1,080

Brasil

440

1Principalmente Alemania, Italia, Reino Unido, Francia, España, Austria, Luxemburgo y Escandinavia.

2Estados Unidos de América, Canadá y México.

Fuente: Información presentada por FINCSA.

104. Con base en el mismo reporte la Solicitante sostuvo que en 2011 China fue el principal país exportador de herrajes para muebles con un valor de 1,792 millones de dólares, equivalente al 32% del total como se muestra en la Tabla 4.

Tabla 4. Principales países exportadores de herrajes para muebles, 2011  (millones de dólares)

País

Valor

País

Valor

China

1,792

Polonia

113

Alemania

998

Estados Unidos de América

101

Austria

796

República Checa

100

Italia

421

España

97

Taipéi Chino

205

Hong Kong (China)

88

Eslovaquia

134

Mundo

5,684

Fuente: ANICCHS.

105. A partir de información de la página de Internet www.smartexport.com, FINCSA argumentó que los principales países importadores de herrajes para muebles son Estados Unidos de América y Alemania, como se observa en la Tabla 5.

Tabla 5. Principales países importadores de herrajes para muebles  (millones de dólares)

País

Valor

Estados Unidos de América

1,142

Alemania

727

Rusia

454

Polonia

395

Reino Unido

380

Fuente: Información presentada por FINCSA.

106. La Solicitante estimó la producción y la capacidad de producción de jaladeras para muebles en China en 5 mil y 6 mil millones de dólares, respectivamente. Asimismo, FINCSA señaló que existen 1,121 empresas fabricantes de todo tipo de jaladeras en China, las cuales tienen una capacidad de producción de 29 mil millones de jaladeras de zamac y 4 mil millones de jaladeras de acero. En la página de Internet www.hktdc.com que refirió la Solicitante, la Secretaría corroboró la presencia de numerosos fabricantes y exportadores chinos de herrajes para muebles.

107. La Solicitante añadió que las ventas totales en China ascienden a 4,958 millones, las cuales se distribuyen entre los mercados interno y externo en 71% y 29%, respectivamente. De las exportaciones referidas, 6.5 millones de dólares correspondieron a México en 2011, monto equivalente a menos del 1% de sus exportaciones totales.

108. Por otra parte, FINCSA proporcionó estadísticas de UN COMTRADE para mostrar las exportaciones que China realiza hacia México y el mundo a través de las subpartidas 8302.42 y 8302.49, en las que se clasifican las demás guarniciones, herrajes y artículos similares para muebles de metal común y las demás guarniciones, herrajes y artículos similares de metal común, respectivamente.

Tabla 6. Descripción de las subpartidas de UN COMTRADE

Código Arancelario

Descripción

83

Varios artículos de metal común.

8302

De metal común, herrajes y artículos similares, para muebles, puertas, escaleras, ventanas, persianas, carrocerías, artículos de guarnicionería y demás manufacturas de metales comunes; perchas, soportes y artículos similares; ruedas con montura de metales comunes; cierra-puertas automáticos de metales comunes.

8302.42

Los demás, guarniciones, herrajes y artículos similares para muebles de metal común.

8302.49

Los demás, guarniciones, herrajes y artículos similares de metal común.

Fuente: UN COMTRADE.

109. La Solicitante consideró que el mercado mexicano es un destino real para las exportaciones de la mercancía investigada por el incremento sostenido de las exportaciones en condiciones de discriminación de precios de China a México, la contracción de la producción nacional ante su imposibilidad para competir con las jaladeras chinas y la conversión en importadores de varios fabricantes. Adicionalmente, la capacidad libremente disponible de China es de aproximadamente 20%, monto que representa 20 veces las exportaciones a México y tampoco le resultaría difícil aumentar su producción en medio punto porcentual para atender por completo la demanda del mercado mexicano.

110. La Secretaría observó en los datos de UN COMTRADE que durante el periodo de 2010 a 2012, China fue el principal exportador al concentrar el 48% del volumen total, seguido de Alemania y Austria con el 11% y 9%, respectivamente, en tanto que México ocupó el lugar 9 con el 1% de las exportaciones, como se observa en la Tabla 7.

Tabla 7. Exportaciones de las demás guarniciones, herrajes y artículos similares para muebles de metal común por país de origen al mundo realizadas a través de las subpartidas 8302.42 y 8302.49  (toneladas)

Posición

País

2010

2011

2012

Participación %

1

China

756,118

722,936

749,404

48%

2

Alemania

163,281

179,955

175,428

11%

3

Austria

107,744

138,726

191,470

9%

4

Italia

96,478

95,334

88,807

6%

5

Estados Unidos de América

35,900

40,516

49,457

3%

9

México

22,739

22,426

21,932

1%

 

Otros países

338,698

358,928

309,646

22%

 

Total

1,520,958

1,558,820

1,586,145

100%

Fuente: UN COMTRADE.

111. De acuerdo con las estadísticas de UN COMTRADE las importaciones mundiales registraron un crecimiento de 4% de 2010 a 2012. Los principales países importadores fueron Estados Unidos de América y Alemania, quienes durante dicho periodo concentraron el 22% del total de las importaciones. México ocupó la posición 8 con una participación del 4% entre los principales importadores en el mundo, como se observa en la Tabla 8.

Tabla 8. Importaciones de las demás guarniciones, herrajes y artículos similares para muebles de metal común por país de origen al mundo realizadas a través de las subpartidas 8302.42 y 8302.49 (toneladas)

Posición

País

2010

2011

2012

Participación %

1

Estados Unidos de América

158,993

180,602

193,168

12%

2

Alemania

133,129

149,012

146,859

10%

3

Italia

78,156

78,977

78,366

6%

4

Polonia

66,057

73,689

77,211

5%

8

México

39,366

43,101

68,821

4%

27

China

14,101

15,030

16,343

1%

 

Otros países

837,597

831,453

788,319

62%

 

Total

1,395,501

1,434,718

1,450,275

100%

Fuente: UN COMTRADE.

4. Mercado nacional

112. La Secretaría analizó el volumen y comportamiento de la producción de la mercancía similar con base en las cifras de producción nacional total de jaladeras de acero y de zamac que de acuerdo con FINCSA, se compone de tres segmentos, en orden de importancia: i) construcción de casas nuevas; ii) elaboración de muebles nuevos, y iii) reposición o cambio de jaladeras usadas, a través de: ferrerías, tiendas especializadas y de autoservicio, tal como se describe en el punto 94 de la presente Resolución.

113. En el Reporte de demanda de jaladeras en México y China que presentó la Solicitante, se indica que la participación de las principales marcas comercializadoras y utilizadas por distribuidores ferreteros y fabricantes de muebles en México fueron FINCSA, Rish Mexicana, Cerrajes, Chapa Industrias y Organización MZ. Sin embargo, la Secretaría sólo pudo confirmar que son productores de jaladeras de acero y de zamac FINCSA y Rish, como se describe en el punto 97 de la presente Resolución.

114. La Secretaría calculó el CNA como la producción nacional más las importaciones menos las exportaciones. En 2012 el CNA aumentó 17% y disminuyó 11% durante el periodo investigado, por lo que a lo largo del periodo analizado acumuló un crecimiento de 4% como se observa en la Gráfica 1.

Gráfica 1. Composición del CNA

Fuente: FINCSA y listado del SICM.

115. El 47% y 66% de la producción nacional total de jaladeras de acero y de zamac se destinó al mercado interno en 2011 y 2012, respectivamente. Sin embargo, en el periodo investigado esa proporción disminuyó a 36%, lo que significó una reducción de 11 puntos porcentuales entre 2011 y 2013.

116. La participación de la producción nacional orientada al mercado interno en el CNA fue de 6% en 2011 y aumentó a 9% en 2012, mientras que en el periodo investigado bajó a 4%, por lo que registró una reducción de 5 puntos porcentuales en relación con 2012 y de 2 puntos porcentuales en relación con 2011.

117. Durante el periodo investigado las jaladeras de acero y de zamac fueron importadas de 35 países. Entre los principales proveedores destacan China, Estados Unidos de América, Taiwán, Tailandia, Canadá, Vietnam, España e India, quienes representaron el 99% del volumen importado, durante el periodo investigado.

118. Las exportaciones nacionales disminuyeron 21% en 2011 y crecieron 49% en el periodo investigado, de manera acumulada en el periodo analizado registraron un crecimiento de 17%.

5. Análisis de las importaciones

119. Con fundamento en los artículos 3.1 y 3.2 del Acuerdo Antidumping, 41 fracción I de la LCE y 64 fracción I del RLCE, la Secretaría evaluó si el volumen de importaciones de jaladeras de acero y de zamac originarias de China registró un aumento significativo, en términos absolutos o en relación con la producción o el consumo interno.

120. FINCSA señaló que la participación de las jaladeras de acero y de zamac originarias de China es de tal magnitud que los anteriores fabricantes se convirtieron en importadores y algunos de sus principales clientes se volvieron compradores mayoristas o importadores directos, ocasionando que sus ventas tengan lugar con márgenes negativos y su participación en el mercado nacional haya disminuido, por lo que es previsible un mayor volumen de las importaciones y el cierre de la empresa.

121. Como se indicó en el punto 10 de la presente Resolución, la Solicitante señaló que por las fracciones arancelarias ingresan otro tipo de mercancías diferentes del producto investigado, por lo que para la determinación de las importaciones y de las exportaciones del producto investigado correspondientes al periodo analizado, FINCSA propuso depurar el listado de importaciones del SAT mediante la metodología descrita en el punto 35 de la presente Resolución.

122. En relación con el criterio descrito en el inciso d del punto 350 de la presente Resolución, la Secretaría requirió a FINCSA mayores elementos que permitieran su valoración. Al respecto, la Solicitante presentó las siguientes pruebas:

a.      Una carta de la empresa consultora que elaboró el Reporte de demanda de jaladeras en México y China, en la que se indica que derivado de la aplicación de la encuesta nacional sobre jaladeras, observó que la composición de la demanda de jaladeras en México se distribuye de la siguiente forma: 81% zamac, 9% acero y 10% otros materiales.

b.      Reporte de ventas y costos unitarios de jaladeras elaboradas por FINCSA, correspondiente a los tres años del periodo analizado, en donde se muestra que las ventas promedio de jaladeras de zamac y de acero fue de 83% y 17%, respectivamente.

c.      Los catálogos de Chapa Industrias y Herrajes Bulnes, en donde se observó que el número de modelos de jaladeras de zamac son mayoría.

123. La Secretaría observó en particular en el catálogo de Chapa Industrias que las jaladeras de zamac son mayoría en relación con las jaladeras hechas a base de acero y otros materiales, mientras que en el caso de Herrajes Bulnes el 100% de las jaladeras son de zamac, por lo que consideró que bajo la perspectiva del Reporte de demanda de jaladeras en México y China, las ventas de FINCSA y la estructura de la oferta de los principales importadores, el mercado mexicano demanda principalmente jaladeras hechas a base de zamac.

124. Por otra parte, la Secretaría encontró diferencias significativas en los listados de importaciones y de exportaciones que presentó FINCSA y las estadísticas del Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI); en el caso de las importaciones anuales, presentan volúmenes inferiores respecto al SIAVI de entre 50% y 61% en el periodo analizado, mientras que el volumen de las exportaciones es mayor entre un 9% y 31%. La Solicitante explicó que se limitó a utilizar la información que le proporcionó la ANICCHS de la cual forma parte, razón por la que no tiene manera de explicar tal diferencia.

125. Derivado de las diferencias de la información descritas, la Secretaría determinó utilizar el listado de importaciones del SICM, y procedió a identificar las importaciones del producto investigado con base en la aplicación de los criterios de la Solicitante descritos en el punto 35 de la presente Resolución.

126. De acuerdo con los resultados obtenidos de las estadísticas de importación señaladas en el punto 125, mismas que constituyen la mejor información disponible en la presente etapa de la investigación, estarán sujetas a su verificación mediante la revisión de pedimentos físicos y sus facturas en la etapa preliminar de este procedimiento. En consecuencia, la Secretaría observó que las importaciones totales registraron un crecimiento de 13% en 2012, seguido de una contracción de 6% en 2013, por lo que durante el periodo 2011 a 2013 acumularon un crecimiento de 6%. En tanto que las importaciones originarias de otros países aumentaron 3% en 2012 y cayeron 25% durante 2013, por lo que acumularon una reducción de 23% a lo largo del periodo analizado.

127. Por su parte, las importaciones de jaladeras de acero y de zamac, originarias de China, registraron un crecimiento de 19% a lo largo del periodo analizado, ya que aumentaron 18% y 1% durante 2012 y 2013, respectivamente. La participación de las importaciones de origen chino en el total de las mismas aumentó a lo largo del periodo analizado, al pasar de una participación de 68% en 2011 a una participación de 71% y 77% en 2012 y el periodo investigado, respectivamente.

128. La participación de las importaciones del producto investigado originarias de China en el CNA se incrementó de manera sostenida durante el periodo analizado. En 2011 y 2012 representaron el 64%, mientras que el periodo investigado su contribución llegó a 73%. Es decir, su participación relativa aumentó 10 puntos porcentuales durante el periodo analizado (ver Gráfica 2).

Gráfica 2. Estructura porcentual del CNA

Concepto

2011

2012

2013

Importaciones originarias de China

64%

64%

73%

Importaciones originarias de Otros países

30%

26%

22%

PNOMI

6%

9%

4%

Fuente: FINCSA y listado del SICM.

129. Las importaciones originarias de China se ubicaron por arriba de la producción nacional en el periodo analizado a una tasa creciente: pasaron de ser 4.7 veces mayores que la producción nacional en 2011, a ser 4.6 y 5.8 veces mayores en 2012 y 2013, respectivamente.

130. De acuerdo con los resultados descritos en los puntos del 119 al 129 de la presente Resolución, la Secretaría consideró que existen indicios que permiten presumir que las importaciones de jaladeras de acero y de zamac originarias de China, aumentaron de forma sostenida a lo largo del periodo analizado en términos absolutos y en relación con el consumo y la producción nacional.

6. Efectos sobre los precios

131. La Secretaría evaluó el efecto de las importaciones de la mercancía investigada en presuntas condiciones de discriminación de precios sobre el precio de la mercancía similar con fundamento en los artículos 3.2 del Acuerdo Antidumping, 41 fracción II de la LCE y 64 fracción II del RLCE. El análisis valoró si las importaciones de jaladeras de acero y de zamac originarias de China se vendieron a un precio considerablemente inferior al precio de venta comparable del producto nacional similar, o bien, si el efecto de estas importaciones fue hacer bajar de otro modo los precios o impedir en la misma medida el incremento que en otro caso se hubiera producido.

132. FINCSA argumentó que el comportamiento de los precios de las importaciones de jaladeras de acero y de zamac, originarias de China, muestran una notable subvaloración en relación con los precios de la industria nacional. Añadió que los precios internos están influenciados por el precio de las importaciones originarias de China, incluso durante el periodo analizado, no pudo ajustar sus precios para generar utilidades.

133. Para acreditar su afirmación, realizó un ejercicio estadístico que consta de dos etapas: primero graficó el cociente del volumen de las importaciones chinas entre el volumen de las ventas nacionales al mercado interno (eje vertical), y la razón del precio de las importaciones chinas entre el precio de las ventas nacionales al mercado interno (eje horizontal); y después trazó una correlación lineal, es decir, midió si las variables están relacionadas y el sentido positivo o negativo de tal relación. Para ello ordenó los datos de mayor a menor, obteniendo así una pendiente negativa (43.9) y una bondad de ajuste (R2) de 68%. La Solicitante interpretó el resultado en el sentido de que al crecer las importaciones originarias de China se hacen más baratas respecto al precio de las jaladeras de acero y de zamac nacionales que se destinan al mercado interno, es decir, en la medida que aumenta el margen de discriminación de precios crece la presencia de las importaciones de la mercancía investigada.

134. Dado que los volúmenes y precios de las importaciones de las jaladeras de acero y de zamac originarias de China, estimados conforme a la metodología descrita en el punto 35 de la presente Resolución, difieren de los que presentó la Solicitante, la Secretaría replicó la correlación lineal descrita en el punto anterior utilizando los volúmenes y precios de las importaciones obtenidas del SICM, además de mantener el orden cronológico de la información. Los resultados obtenidos muestran una pendiente de 0.3 y una R2 de 45%. Sin embargo, consideró que estos resultados no son concluyentes, debido entre otras razones al limitado número de observaciones, la ausencia de otras pruebas para valorar la eficiencia estadística del modelo y a que no incluye otros factores que podrían incidir sobre la relación entre las importaciones investigadas y las ventas de la rama de producción nacional al mercado interno.

135. Adicionalmente, en el Reporte de demanda de jaladeras en México y China que presentó la Solicitante con 390 encuestas, según se describe en el punto 82 de la presente Resolución, se observa que el 35% de las empresas consultadas manifestó tomar sus decisiones de compra con base en el precio más bajo.

136. En ese mismo orden de ideas, FINCSA argumentó que durante el periodo investigado, los precios promedio en pesos corrientes de las jaladeras de acero y de zamac destinados al mercado interno se incrementaron en 5%, mientras que los costos por kilogramo lo hicieron en 15%, ambos respecto a 2012. Para acreditar su afirmación presentó su Reporte de ventas y costos unitarios de jaladeras elaboradas por FINCSA de los ejercicios fiscales 2011 a 2013.

137. La Solicitante manifestó que ha debido enfrentar un nivel de subvaloración de precios de 80% de las importaciones originarias de China durante el periodo investigado. Argumentó que en el periodo investigado el precio de las importaciones originarias de China disminuyó 16% por lo que la subvaloración se acrecentó.

138. Para evaluar la existencia de subvaloración, la Secretaría comparó el precio promedio de la rama de producción nacional de venta al mercado interno con el precio promedio de las importaciones objeto de investigación, a este último se agregaron los gastos de internación (arancel y Derechos de Trámite Aduanero –DTA).

139. Las cifras obtenidas muestran que el precio de las importaciones originarias de China aumentó 2% en 2012, y bajo 9% durante 2013, por lo que acumuló una reducción de 7% a lo largo del periodo analizado.

140. En contraste, el precio de las jaladeras de acero y de zamac de la rama de producción nacional disminuyó 5% en 2012 y aumentó 9% en el periodo investigado, dando lugar a un crecimiento acumulado de 3% durante el periodo analizado.

141. La Secretaría observó que el precio de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios registró niveles significativos de subvaloración respecto al precio nacional a lo largo del periodo analizado. El precio de las importaciones originarias de China en 2011 y 2012 fue 64% y 62% inferior al precio de venta al mercado interno de la industria nacional, respectivamente. Mientras que durante el periodo investigado el margen aumentó a 68%. Respecto a las importaciones de otros países, el porcentaje de subvaloración fluctuó entre 22% y 31% en el periodo analizado (ver Gráfica 3).

Gráfica 3. Precios de las importaciones y del producto nacional  (dólares por tonelada)

Fuente: FINCSA y listado del SICM.

142. Adicionalmente, el precio de las importaciones de jaladeras de acero y de zamac originarias de China respecto a las importaciones de otros orígenes también fue inferior durante el periodo analizado, 48% en 2011, 51% en 2012 y 55% en el periodo investigado.

143. Con base en los resultados descritos en los puntos del 131 al 142 de la presente Resolución, la Secretaría determinó que existen indicios suficientes de que en el periodo analizado las importaciones originarias de China, en presuntas condiciones de discriminación de precios, se llevaron a cabo con niveles significativos de subvaloración respecto a los precios de las jaladeras de acero y de zamac de fabricación nacional y de los precios de las importaciones originarias de otros países. Este bajo nivel de precios podría estar asociado a las prácticas de discriminación de precios cuyos indicios quedaron establecidos en el punto 63 de la presente Resolución, un elevado crecimiento en el volumen de importación y una participación creciente de éstas en el mercado nacional.

7. Efectos sobre la rama de la producción nacional

144. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3.1, 3.2, 3.4 y 3.5 del Acuerdo Antidumping, 41 fracción III de la LCE y 64 fracción III del RLCE, la Secretaría evaluó los efectos de las importaciones originarias de China sobre los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional del producto similar.

145. Para el análisis de la rama de producción nacional, la Secretaría utilizó los datos de FINCSA al ser la única empresa que proporcionó sus variables económicas y financieras, por lo que en la siguiente etapa de la investigación la Secretaría solicitará a Rish que presente su información a efecto de incluirla en el análisis de los efectos sobre la rama de producción nacional.

146. FINCSA argumentó que el volumen de las importaciones originarias de China durante el periodo investigado se incrementó en una proporción superior al CNA en contraste con la caída de las ventas nacionales, por lo que su producción, empleo y utilización de la capacidad instalada han sido inferiores a los niveles que hubieran observado en caso de no presentarse la práctica desleal.

147. En relación con la productividad de la empresa, la Solicitante manifestó que realizó las siguientes actividades: estudios de tiempos y movimientos para reducir los tiempos muertos; evaluación de los tiempos de entrega y calidad de los materiales de los proveedores; programas de puntualidad y entrega de premios a los mejores trabajadores; evaluación de los puestos de trabajo y perfil de los trabajadores. Por lo que la productividad medida a través del número de piezas producidas por trabajador fue favorable, lo mismo que el valor de las ventas entre el personal ocupado. En consecuencia, el hecho de prescindir de algunos trabajadores se debe a que el volumen producido y las ventas no han aumentado de manera sostenida, lo que obedece a su menor participación en el mercado nacional.

148. Con base en la información de los indicadores económicos de la rama de producción nacional proporcionados por FINCSA, se observó que la producción nacional aumentó 29% durante 2012 y bajó 20% en 2013, por lo que registró un crecimiento de 3% entre 2011 y 2013. No obstante, la participación de la producción de la rama de producción nacional orientada al mercado interno en el CNA, permaneció estancado entre 2011 y 2013 ya que significó el 10% en 2011, 11% en 2012 y 10% en el periodo investigado.

149. El volumen de las ventas al mercado interno creció 11% en 2012 y disminuyó 15% en el periodo investigado, por lo que acumuló una contracción de 5% a lo largo del periodo analizado. Los ingresos por ventas al mercado interno medido en dólares crecieron 5% en 2012 y disminuyeron 7% en 2013, acumulando una reducción de 2% en el periodo analizado.

150. La capacidad instalada aumentó 22% en 2012 y bajó 4% en 2013, por lo que entre 2011 y 2013 acumuló un crecimiento de 17%. En tanto que la utilización de su capacidad instalada mostró una tendencia a la baja a lo largo del periodo analizado ya que fue de 28% en 2011, 30% en 2012 y 25% en el periodo investigado.

151. Los inventarios mostraron un aumentó de 53% en 2012 y una reducción de 19% en 2013, por lo que acumularon un crecimiento de 24% durante el periodo analizado. Asimismo, la relación de inventarios a ventas totales en el periodo analizado se incrementó, al pasar de una participación de 12% en 2011 a 15% en 2013.

152. El empleo creció 11% en 2012 y permaneció sin cambio en 2013, dando lugar a un incremento acumulado de 11% durante el periodo analizado. Lo anterior, se observa también en el comportamiento de la masa salarial al registrar un crecimiento de 9% y 3% en 2012 y 2013, respectivamente, lo que generó un aumentó de 12% en el periodo analizado.

153. La productividad, medida como el cociente de la producción y el nivel de empleo, creció 16% en 2012 y se contrajo 20% en 2013, acumulando una reducción de 7% durante el periodo analizado.

154. La Secretaría evaluó la situación financiera de la rama de producción nacional de jaladeras de acero y de zamac, con base en la información proporcionada por la Solicitante correspondiente a sus estados financieros dictaminados, para los años 2011 y 2012, mientras que para 2013 proporcionó su declaración de I.S.R. También presentó el estado de costos, ventas y utilidades del producto similar para los años 2011 a 2013. La Secretaría actualizó dicha información para su comparabilidad financiera a través del método de cambios en el nivel general de precios.

155. FINCSA señaló que el método de asignación de gastos indirectos de fabricación a los productos investigados se realizó con base en su participación en el costo total de ventas por producto en función de su materia prima principal (acero o zamac), y su mercado de destino (nacional o extranjero) del costo total de la mercancía vendida. Sin embargo, la Secretaría observó que los costos de fabricación se distribuyen de manera uniforme a partir de un solo porcentaje de costo de venta total, motivo por el que en la siguiente etapa de la investigación, la Secretaría abundará al respecto.

156. Con base en la información financiera que presentó FINCSA, la Secretaría observó que los beneficios operativos del producto similar destinado al mercado interno en 2012 en comparación con 2011, registraron un incremento de 571.5%. Lo anterior principalmente fue el resultado conjunto de un crecimiento en el ingreso por ventas de 8% y un incremento en el costo de ventas de sólo 1.7%, en tanto que los gastos de operación reflejaron un incremento de 3.3%. El margen operativo se incrementó 5.5 puntos porcentuales al pasar de 1% negativo a 4.5% positivo en 2012.

157. Para 2013, el resultado de operación presenta una disminución con relación a 2012 de 133.7% como resultado de la caída en los ingresos por ventas internas en 11.6%, en tanto el costo operativo cae 5.9%, dando lugar a una disminución en el margen operativo de 6.2 puntos porcentuales al pasar de 4.5% positivo a 1.7% negativo.

158. Al comparar los resultados operativos de 2013 respecto a 2011, se observó que la disminución de éstos fue ocasionada por la disminución del ingreso por ventas en 4.6%, en tanto que los costos operativos sólo disminuyeron 3.9%. El margen operativo registró una decremento de 0.7 puntos porcentuales de 2011 a 2013 al pasar de 1.0% negativo a 1.7% negativo.

159. El rendimiento sobre la inversión (ROA, por sus siglas en inglés) de FINCSA, calculado a nivel operativo fue 4.6% negativo en 2011, 5.3% positivo en 2012 y 5.4% negativo en 2013. Por lo que se refiere a la contribución del producto similar al rendimiento sobre la inversión para 2011 se observó un índice de 1.7% negativo, mientras que para 2012 fue de 7.2% positivo como resultado del beneficio operativo favorable en ese año y 2.9% negativo en 2013.

160. El flujo de caja a nivel operación presentó un incremento de 373% en 2011 y disminuyó 36% en 2012 debido al poco crecimiento del capital de trabajo, mientras que para 2013 no fue posible realizar el cálculo porque, aunque la Secretaría previno a la Solicitante para que entregara su balance general, estado de resultados, estado de flujo de efectivo y estado de variaciones en el capital contable por el año de 2013, ésta sólo presentó la declaración de Impuesto sobre la Renta (ISR) de personas morales por ese año, la cual contiene los dos primeros documentos financieros, omitiendo presentar tanto el estado de flujo de efectivo como el de variaciones en el capital contable.

161. La capacidad de reunir capital mide el potencial de una empresa para obtener los recursos financieros necesarios para llevar a cabo la actividad productiva, ésta se analizó a través del comportamiento de los índices de solvencia, apalancamiento y deuda:

a.      Los niveles de solvencia y liquidez para la Solicitante en el periodo 2011 a 2013 se encuentran en el límite aceptable para la razón de circulante, en tanto que los de la prueba del ácido no reportan niveles aceptables:

i.      la relación de circulante (relación entre los activos circulantes y los pasivos a corto plazo) fue de 1.09 en 2011, 1.27 en 2012 y 1.00 en 2013, y

ii.     la prueba de ácido (activo circulante menos el valor de los inventarios, en relación con el pasivo a corto plazo) registró niveles de 0.69 y 0.74 en 2011 y 2012, respectivamente, mientras que para 2013 fue de 0.51.

b.      Para medir el apalancamiento, se considera que una proporción del pasivo total respecto al capital contable inferior a 100% es manejable. En este caso, se concluyó inicialmente que el apalancamiento no permanece en niveles adecuados, en tanto que la razón de pasivo total a activo total se encuentra en los límites aceptables:

i.      el pasivo total a capital contable fue de 287% en 2011, 280% en 2012 y 287% en 2013, y

ii.     el pasivo total a activo total registró niveles de 74% a lo largo del periodo analizado.

162. La información financiera descrita anteriormente, permite observar inicialmente que los resultados operativos de la mercancía similar en el periodo analizado muestran una tendencia decreciente con excepción de 2012, dicha tendencia se acentúa en el periodo investigado al caer las ventas 11.6% en tanto que los costos decrecieron en 5.9%, ocasionando una reducción en sus márgenes operativos; adicionalmente, durante el periodo analizado se observó una tendencia decreciente en el ROA y en la contribución del producto similar a dicho rendimiento; en tanto que la capacidad de reunir capital es limitada, y la prueba del ácido que muestra los activos líquidos en relación con el pasivo a corto plazo se encuentran en niveles no aceptables.

163. A partir de la información disponible en el expediente administrativo y con base en el desempeño de los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional descritos en los puntos 144 a 161 de la presente Resolución, la Secretaría determinó que existen indicios suficientes para presumir que el incremento de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios causaron un daño material a la rama de producción nacional de jaladeras de acero y de zamac. En particular, se observó en el periodo investigado un desempeño desfavorable en las ventas al mercado interno, los ingresos por dichas ventas, producción, participación de mercado, productividad, utilización de la capacidad instalada, margen operativo, capacidad de reunir capital y las razones de circulante.

8. Otros factores de daño

164. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.5 del Acuerdo Antidumping, 39 de la LCE y 69 del RLCE, la Secretaría examinó la concurrencia de factores distintos a las importaciones investigadas que al mismo tiempo pudieran haber afectado a la industria nacional.

165. En relación con los volúmenes y precios de las importaciones originarias de otros países, FINCSA manifestó que su proporción respecto al volumen total se ha mantenido en niveles inferiores al 10% mientras que su precio ha sido varias veces superior al precio de las importaciones chinas con excepción de 2012, pero en 2013 regresaron a su nivel habitual. Por lo que no las considera un elemento que contribuya al daño sufrido por la industria nacional.

166. La Solicitante indicó que el mercado de jaladeras en México creció, pero dicho crecimiento fue absorbido de manera más que proporcional por las importaciones en condiciones de discriminación de precios de China, provocando que las ventas nacionales se contrajeran. Por otra parte, no encontró elementos que mostraran la existencia de prácticas restrictivas de los productores extranjeros y nacionales, sino un movimiento de los fabricantes nacionales hacia las importaciones chinas.

167. FINCSA argumentó que la evolución de la tecnología no explica el daño sufrido por la industria nacional porque la misma ha tenido un cambio marginal y no es un elemento que aclare las diferencias observadas en los precios y tampoco existen variaciones en la productividad que expliquen el daño a la industria nacional. Mientras que los resultados de la actividad exportadora han servido para compensar la pérdida de mercado interno sufrida por las mercancías chinas en condiciones de discriminación de precios. Asimismo, no identificó ningún patrón en la temporalidad o estacionalidad de las ventas de jaladeras en los mercados nacional o internacional.

168. De acuerdo con las cifras disponibles, la Secretaría observó que los menores precios de las importaciones de China respecto a los de las importaciones de jaladeras de acero y de zamac de otros orígenes aportan elementos para presumir que estas últimas no podrían ser causa del daño a la rama de producción nacional, debido a que en el periodo analizado, su volumen disminuyó en 23% y su participación de mercado bajó 8 puntos porcentuales.

169. Por otra parte, el mercado interno creció en el periodo analizado y no se observaron cambios en los canales de distribución y usos de las jaladeras de acero y de zamac que indiquen variaciones en el patrón de consumo, pero sí tuvo lugar un aumento en las importaciones originarias de China.

170. Por lo que se refiere al comportamiento exportador de la industria nacional, como se indicó en el punto 118 de la presente Resolución, las exportaciones mostraron una tendencia creciente durante el periodo analizado al registrar un crecimiento de 17%. Por ello, la Secretaría determinó inicialmente que la actividad exportadora no contribuyó al deterioro de los indicadores económicos de la rama de producción nacional.

171. Con base en lo descrito en los puntos del 164 al 169 de la presente Resolución, la Secretaría determinó de manera inicial que la información disponible en el expediente, no indica la concurrencia de factores distintos a las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios, que al mismo tiempo pudieran haber sido causa de daño a la rama de producción nacional.

H. Conclusiones

172. Con base en los resultados del análisis de los argumentos y las pruebas descritas en los puntos 34 al 171 de la presente Resolución, la Secretaría determinó que existen elementos suficientes para presumir que durante el periodo investigado, las importaciones de jaladeras de acero y de zamac originarias de China se realizaron en presuntas condiciones de discriminación de precios, y causaron daño material a la rama de la producción nacional del producto similar. Entre los principales elementos evaluados de forma integral, que sustentan esta conclusión, destacan, entre otros, los siguientes (sin que éstos puedan considerarse exhaustivos o limitativos):

a.      Las importaciones del producto objeto de investigación se efectuaron con un margen de dumping superior al de minimis, previsto en el artículo 5.8 del Acuerdo Antidumping. En el periodo investigado dichas importaciones representaron el 77% de las importaciones totales, un nivel muy superior al de insignificancia, según el mismo artículo.

b.      Las importaciones investigadas registraron una tendencia creciente en términos absolutos y aumentaron su participación en relación con el CNA y la producción de la rama de producción nacional durante el periodo analizado. Ello se tradujo en un desplazamiento de las ventas internas de la rama de la producción nacional y una mayor participación de las importaciones investigadas en el mercado mexicano.

c.      Las importaciones originarias de China registraron precios significativamente inferiores a los de la rama de producción nacional (en porcentajes que fluctuaron entre 62% y 68%) y también por debajo de los de las importaciones de otros países (en porcentajes que fluctuaron entre 48% y 55%).

d.      Los amplios márgenes de subvaloración registrados a lo largo del periodo analizado constituyen un factor determinante para explicar el incremento y la participación de las importaciones investigadas en el mercado nacional.

e.      La rama de producción nacional presentó un desempeño desfavorable durante el periodo investigado en varios de sus indicadores, tales como ventas al mercado interno, así como los ingresos por dichas ventas, producción, productividad, utilización de la capacidad instalada, participación de mercado, margen operativo, capacidad de reunir capital y las razones de circulante.

f.       No se identificaron otros factores de daño diferentes de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios.

173. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 5 del Acuerdo Antidumping y 52 fracciones I y II de la LCE, es procedente emitir la siguiente

RESOLUCIÓN

174. Se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de jaladeras de acero y de zamac, originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fracciones arancelarias 8302.42.99 y 8302.49.99 de la TIGIE o por cualquier otra.

175. Se fija como periodo de investigación el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013 y como periodo de análisis de daño y causalidad a la rama de producción nacional el comprendido del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2013.

176. La Secretaría podrá aplicar, en su caso, las cuotas compensatorias definitivas sobre los productos que se hayan declarado a consumo 90 días como máximo antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.6 del Acuerdo Antidumping y 65 A de la LCE.

177. Con fundamento en los artículos 6.1, 12.1 y la nota al pie de página 15 del Acuerdo Antidumping; 3 último párrafo y 53 de la LCE y 163 del RLCE, los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que considere tener interés en el resultado de esta investigación contarán con un plazo de 23 días hábiles para presentar su respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, los argumentos y las pruebas que estimen pertinentes. Para las personas señaladas en el punto 19, numerales 1, 2 y 4 de la presente Resolución y para el gobierno de China, el plazo de 23 días hábiles empezará a contar 5 días después de la fecha de envío del oficio de notificación del inicio de la presente investigación. Para los demás interesados, el plazo empezará a contar 5 días después de la publicación de esta Resolución en el DOF. En ambos casos el plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento.

178. El formulario oficial a que se refiere el punto anterior, se podrá obtener en la oficialía de partes de la UPCI, sita en Insurgentes Sur 1940, planta baja, colonia Florida, código postal 01030, en México, Distrito Federal, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. También se encuentra disponible en el sitio de Internet http://www.economia.gob.mx.

179. La audiencia pública a que se refiere el artículo 81 de la LCE se llevará a cabo a las 10:00 horas del 11 de marzo de 2015 en el domicilio de la Secretaría citado en el punto anterior o en uno diverso que con posterioridad se señale a quienes comparezcan como parte interesada al procedimiento.

180. Los alegatos a que se refieren los artículos 82 párrafo tercero de la LCE y 172 del RLCE, deberán presentarse por las partes interesadas en un plazo que vencerá a las 14:00 horas del 19 de marzo de 2015.

181. Notifíquese esta Resolución a las partes interesadas de que se tiene conocimiento. Respecto a las partes señaladas en el punto 19, numerales 3 y 5 de la presente Resolución, de los cuales se indica que esta Secretaría no tiene su domicilio o datos completos para su localización, se les notificará a través de la publicación en el DOF de esta Resolución y por una sola vez en un diario de mayor circulación en México, de conformidad con el artículo 145 del RLCE. Las copias de traslado se ponen a disposición de cualquier parte que acredite su interés jurídico en el presente procedimiento, en el domicilio y horarios señalados en el punto 178 de la presente Resolución.

182. Comuníquese esta Resolución al SAT para los efectos legales correspondientes.

183. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

México, D.F., a 30 de julio de 2014.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.