RESOLUCIÓN preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Viernes 28 de marzo de 2014

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCIÓN PRELIMINAR DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE MALLA O TELA GALVANIZADA DE ALAMBRE DE ACERO AL CARBÓN, EN FORMA DE CUADRÍCULA, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7314.19.02, 7314.19.03 Y 7314.31.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

Visto para resolver en la etapa preliminar el expediente administrativo 03/13 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

A. Solicitud de inicio

1. El 8 de febrero de 2013 DEACERO, S.A. de C.V. (“DEACERO” o la “Solicitante”), solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula, originarias de la República Popular China (“China”), independientemente del país de procedencia.

B. Inicio de la investigación

2. El 4 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución de inicio de la investigación antidumping (la "Resolución de Inicio"). Se fijó como periodo de investigación el comprendido del 1 de octubre del 2011 al 30 de septiembre del 2012 y como periodo de análisis de daño el comprendido de 1 de octubre de 2009 al 30 de septiembre de 2012.

C. Producto investigado

1. Descripción general

3. La mercancía objeto de investigación es la malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula, con medidas de 2x2 a 8x8 aberturas por pulgada lineal (“malla de acero”). Su nombre comercial es criba de plata o criba ferretera, conocida en inglés como hardware cloth, hot-dipped galvanized wire mesh after welded or woven, galvanized welded wire mesh, galvanized iron wire mesh, utility hardware cloth y galvanized square wire mesh, entre otros.

4. El nombre comercial más común del producto investigado es “criba”. Se trata de una malla o tela metálica galvanizada formada por alambres de acero al carbón tejidos y/o soldados entre sí, formando una cuadrícula, cuyas características principales se describen en la Tabla 1.

Tabla 1. Descripción de la mercancía objeto de investigación

Características

Unidad de medida

Parámetros o especificaciones

Mínimo

Máximo

Tamaño de malla (medida comercial)

Número de aberturas por pulgada lineal

2x2

8x8

Diámetro alambre

Milímetros (mm)

0.37

1.04

Abertura entre los alambres

Mm

2.7

11.7

Ancho de rollo

Metros

0.61

1.22

Largo de rollo

Metros

1.5

30

Peso del recubrimiento de zinc

Kilogramos / rollo

8

34.6

Fuente: DEACERO.

2. Tratamiento arancelario

5. La mercancía objeto de investigación ingresa por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), como se indica en la Tabla 2.

Tabla 2. Descripción arancelaria de la malla de acero

Código arancelario

Descripción

73

Manufacturas de fundición, hierro o acero.

7314

Telas metálicas (incluidas las continuas o sin fin), redes y rejas, de alambre de hierro o acero; chapas y tiras, extendidas (desplegadas), de hierro  o acero.

 

- Telas metálicas tejidas:

7314.19

-- Las demás.

7314.19.02

De alambres de sección circular, excepto lo comprendido en las fracciones 7314.19.01 y 7314.19.03.

7314.19.03

Cincadas.

7314.31

- Las demás redes y rejas, soldadas en los puntos de cruce:

-- Cincadas.

7314.31.01

Cincadas.

Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI).

6. De acuerdo con el SIAVI, en el artículo 3 del Decreto por el que se modifica la TIGIE y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, publicado en el DOF el 9 de febrero de 2010, las importaciones que ingresan por las fracciones arancelarias 7314.19.02 y 7314.31.01 de la TIGIE quedaron libres de arancel a partir del 1 de enero de 2012.

7. Sin embargo, en la página del SIAVI en el rubro aranceles y normatividad, en la parte de observaciones generales se precisa que mediante Boletín No. 087/12, la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) comunicó que en cumplimiento de las ejecutorias dictadas en los incidentes que se mencionan en el mismo Boletín, a partir del 1 de agosto de 2012, se implementó el cobro de un arancel de 3% a las importaciones que ingresan por las fracciones arancelarias 7314.19.02 y 7314.31.01 de  la TIGIE.

8. De acuerdo con el SIAVI, en el artículo 4 del Decreto por el que se modifica la TIGIE y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, publicado en el DOF el 9 de febrero de 2010, el arancel correspondiente a las importaciones que ingresan por la fracción arancelaria 7314.19.03 de la TIGIE se modificó para quedar en un arancel ad valorem del 5%.

9. Asimismo, de conformidad con el SIAVI, en el Apéndice I del Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa Aplicable a partir del 1 de julio de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de Perú, publicado en el DOF el 29 de junio de 2012, las importaciones originarias de dicho país que ingresan por la fracción arancelaria 7314.19.03 de la TIGIE, están sujetas a la desgravación arancelaria correspondiente indicada para cada año, a partir del 1 de julio de 2012 y quedarán exentas de pago de arancel a partir del 1 de enero de 2016.

10. De igual forma, en la página del SIAVI, se precisa que en el artículo 16 del Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, publicado en el DOF el 31 de agosto de 2012, las importaciones originarias de El Salvador que ingresan por las fracciones arancelarias 7314.19.02 y 7314.19.03 de la TIGIE, están sujetas a 40% de preferencia entre la menor tasa de arancel de nación más favorecida (NMF) vigente al momento de la importación o el arancel correspondiente a la tasa base del Tratado (10.0%).

11. La unidad de medida en la TIGIE de la malla de acero es el kilogramo, mientras que la unidad comercial es en rollos.

3. Proceso productivo

12. La Solicitante manifestó que el proceso productivo consta de seis etapas: alambrón, trefilado, galvanizado, segundo trefilado, tejido y galvanizado de malla, las cuales se describen a detalle en el punto 9 de la Resolución de Inicio.

4. Usos

13. DEACERO manifestó que los usos principales de la criba ferretera son los siguientes:

a.      en la construcción para cribar agregados para concreto (arena y grava), en acabados de yeso y cemento, su participación en el total de las compras se estima en 30%;

b.      en el sector agropecuario para cribar semilla, su participación se estima en 40%;

c.      en la pesca y acuacultura para cajas para crías, su participación es de alrededor de 10%, y

d.      en uso doméstico para protectores de ventanas, árboles y roedores, entre otros, su participación se estima en 20%.

5. Normas técnicas

14. DEACERO señaló que la mercancía objeto de investigación debe cumplir con las especificaciones técnicas de la norma ASTM A740-98 de la American Society for Testing Materials, referente a “Especificaciones estándar para tela de alambre de acero galvanizado, tejida o soldada”. Esta norma se refiere a un material compuesto de alambres de acero trefilados en frío fabricados en tela (o malla), formados por el proceso de tejido o soldadura, y subsecuentemente galvanizados (recubiertos de zinc) por el proceso de inmersión en caliente.

D. Convocatoria y notificaciones

15. Mediante la Resolución de Inicio, la Secretaría convocó a las importadoras y exportadoras de la mercancía objeto de investigación y a cualquier persona que considerara tener interés jurídico en el resultado de la investigación, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que  estimaran pertinentes.

16. Con fundamento en los artículos 6.1 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (el "Acuerdo Antidumping"); 53 de la Ley de Comercio Exterior (LCE), y 142 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE), la Secretaría notificó el inicio de la investigación antidumping a la Solicitante, a las importadoras y exportadoras de que tuvo conocimiento y al gobierno de China. Con la notificación les corrió traslado de la versión pública de la solicitud de inicio, de la respuesta a la prevención y de sus anexos, así como de los formularios oficiales de investigación, con objeto de que formularan su defensa.

E. Partes interesadas comparecientes

17. Únicamente el productor nacional DEACERO compareció como parte interesada al presente procedimiento. Señaló como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Bosques de Cipreses Sur 51, Col. Bosques de las Lomas, C.P. 11700, en México, Distrito Federal.

F. Argumentos y medios de prueba

18. El 12 de julio de 2013 la importadora Materiales BG, S. de R.L. de C.V. (“Materiales BG”) presentó información y pruebas dentro del plazo otorgado para tal efecto, sin embargo, las mismas fueron desestimadas, tal y como se señala en el punto 31 de la presente Resolución.

19. Ninguna otra empresa compareció al presente procedimiento para presentar argumentos y pruebas.

G. Réplicas

20. El 24 de julio de 2013 DEACERO presentó réplicas a los argumentos que presentó Materiales BG.

H. Requerimientos de información

1. Parte interesada

21. El 2 de septiembre de 2013 DEACERO respondió al requerimiento de información que la Secretaría le formuló el 19 de agosto de 2013. Presentó:

A.      Estado de costos, ventas y utilidades unitario de la producción nacional destinada al mercado interno, para 2010, 2011 y 2012.

B.      Estado de costos, ventas y utilidades de la mercancía nacional, como empresa integrada y trefiladora, correspondiente a los periodos de 2010 a 2012, con periodos proyectados de 2013 y 2014, y de octubre de 2009 a septiembre de 2013, respectivamente.

C.      Metodología de las proyecciones financieras de octubre de 2012 a septiembre de 2013 y de los años 2013 y 2014.

2. Partes no interesadas

22. El 17 de junio y 19 de agosto de 2013 la Secretaría requirió información a 143 agentes aduanales,  1 empresa importadora y 1 empresa exportadora. Se recibió respuesta de 125 agentes aduanales, de la empresa importadora y de la exportadora.

I. Otras comparecencias

23. El 5 de julio de 2013 Etapel, S.A. de C.V. compareció para manifestar que durante el periodo investigado no realizó importaciones de malla de acero, originarias de China o de alguna mercancía clasificada a través de las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE.

24. El 12 de julio de 2013 Algodonera de Baja California, S.A. de C.V. compareció para manifestar que no tiene interés en la presente investigación, toda vez que no produce, comercializa, importa o exporta la mercancía objeto de investigación.

25. El 12 de julio de 2013 Materiales Textiles, S.A. de C.V. compareció para manifestar que durante el periodo investigado no importó la mercancía objeto de investigación, motivo por el cual no presentó una respuesta al formulario oficial.

26. El 29 de julio de 2013 Bajo Imports & Exports, S. de R.L. de C.V. compareció extemporáneamente para manifestar que no participará en la investigación porque no seguirá importando la mercancía objeto de investigación. Lo anterior, no obstante que la Secretaría le otorgó una prórroga de diez días para que presentara su respuesta al formulario oficial, los argumentos y las pruebas correspondientes al primer periodo de ofrecimiento de pruebas, cuyo plazo venció el 26 de julio de 2013.

CONSIDERANDOS

A. Competencia

27. La Secretaría es competente para emitir la presente Resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 apartado B fracción V y 15 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 5 fracción VII y 57 fracción II de la LCE, y 9.1 y 12.2 del Acuerdo Antidumping.

B. Legislación aplicable

28. Para efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo Antidumping, la LCE, el RLCE, el Código Fiscal de la Federación, el Código Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, estos tres últimos de aplicación supletoria.

C. Protección de la información confidencial y acceso a la misma

29. La Secretaría no puede revelar públicamente la información confidencial que las partes interesadas le presenten, ni la información confidencial de que ella misma se allegue, de conformidad con lo previsto en los artículos 6.5 del Acuerdo Antidumping; 80 de la LCE, y 152 y 158 del RLCE. No obstante, las partes interesadas podrán obtener el acceso a la información confidencial, siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en los artículos 159 y 160 del RLCE.

D. Derecho de defensa y debido proceso

30. Las partes interesadas tuvieron amplia oportunidad para presentar toda clase de argumentos, excepciones y defensas, y las pruebas que los sustenten, de conformidad con el Acuerdo Antidumping, la LCE y el RLCE. La Secretaría las valoró con sujeción a las formalidades esenciales del procedimiento administrativo.

E. Información y pruebas desestimadas

31. Mediante oficio UPCI.416.13.3087 del 25 de septiembre de 2013, se notificó a Materiales BG la determinación de no aceptar la información aportada en la presente investigación, por no acreditar su legal existencia, ni la personalidad de su representante legal, tal y como se indica en dicho oficio, el cual se tiene por reproducido en la presente Resolución como si a la letra se insertara. Respecto a esta determinación, se le otorgó un plazo para que manifestara lo que a su derecho conviniera, de conformidad con el párrafo 6 del Anexo II del Acuerdo Antidumping, sin embargo, Materiales BG no realizó manifestaciones al respecto. El plazo venció el 27 de septiembre de 2013.

F. Análisis de discriminación de precios

1. Precio de exportación

32. Para acreditar el precio de exportación la Solicitante presentó listados que contienen las transacciones de importación de malla de acero, originarias de China, que ingresaron por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE, en el periodo comprendido de octubre de 2011 a septiembre de 2012, obtenidos del SAT.

33. Para seleccionar las operaciones de importación concernientes al producto investigado, DEACERO utilizó los siguientes criterios:

a.      eliminó las operaciones que por su naturaleza y tipo de régimen de importación, a su juicio, no son susceptibles de ser comercializadas;

b.      descartó aquellas operaciones que por su descripción no correspondían al producto investigado;

c.      excluyó todas las mallas cuyas medidas eran distintas a las de la malla de acero objeto de la presente investigación (2x2 a 8x8), y

d.      suprimió las operaciones realizadas por importadores pertenecientes a giros que, por su naturaleza, no corresponden a usuarios de la malla de acero con las características señaladas en la investigación, con base en su conocimiento del mercado y de una labor de visitas a clientes existentes y potenciales en México.

34. DEACERO clasificó las operaciones según la abertura de la malla de acero; de este modo, integró seis grupos, referentes a malla de 2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8, con sus respectivos precios de exportación en dólares de los Estados Unidos de América (“dólares”) por rollo. Adicionalmente, identificó las medidas de los rollos para cada una de las operaciones consideradas.

35. Señaló que los fabricantes de la mercancía investigada y de la mercancía nacional manejan sus propios pesos teóricos, según las especificaciones del producto (abertura de malla, largo del rollo, capa de zinc). Cuando la información sobre la mercancía investigada, no incluía el dato sobre el peso de la malla, DEACERO utilizó una tabla de pesos teóricos que obtuvo de varias muestras de un metro lineal de cada tipo de malla que fabrica y de acuerdo al peso, obtuvo un factor promedio. Con los elementos anteriores calculó el precio de exportación para cada tipo de malla en dólares por kilogramo.

36. En la etapa de inicio, la Secretaría revisó los listados de importaciones presentados por DEACERO y, con base en esta información, integró una muestra aleatoria de pedimentos de importación para el periodo investigado, con un nivel de confianza de 90%, variabilidad de 50% y el error de la muestra se fijó en 5%. La Secretaría solicitó pedimentos de importación, para contar con información de las importaciones de la malla de acero objeto de investigación que abarcara todo el periodo investigado.

37. En esta etapa de la investigación, la Secretaría solicitó un mayor número de pedimentos de importación a los agentes aduanales con objeto de incrementar la muestra de las operaciones de importación del producto investigado. Del análisis de los pedimentos de importación que tuvo a su disposición, la Secretaría obtuvo operaciones cuyo volumen fue superior al 80% del total de las importaciones del producto investigado identificado de acuerdo a los criterios de selección que proporcionó DEACERO, correspondientes al periodo del 1 de octubre del 2011 al 30 de septiembre del 2012.

38. La Secretaría identificó cada tipo de malla según su abertura (2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8) y descartó aquellos pedimentos de importación cuya descripción del producto en la factura no permitió clasificarlo en alguno de los 6 grupos de tipo de malla señalados. Posteriormente, conformó un listado de importaciones de acuerdo con sus respectivas medidas y precios de exportación en dólares por rollo. Con fundamento en los artículos 39 y 40 del RLCE, la Secretaría calculó el precio de exportación promedio ponderado para cada tipo de malla en dólares por kilogramo, de conformidad con la metodología empleada por DEACERO, en la etapa de inicio, esto es, considerando el peso consignado en la factura o, en ausencia de esta información, utilizando los valores de la tabla de equivalencias elaborada por la Solicitante.

a. Ajustes al precio de exportación

39. Como se señala en el punto 29 de la Resolución de Inicio, la Solicitante propuso que los precios de exportación se ajustaran, según el término CIF o FOB (por las siglas en inglés de "Cost, Insurance and Freight" y "Free On Board", respectivamente) en que estuvieran expresadas las operaciones de importación. En los casos de las operaciones en términos CIF, los ajustes al precio de exportación contemplaron gastos de transporte marítimo, seguro y transporte y despacho aduanero en China, y para las operaciones en términos FOB, el ajuste consideró transporte y despacho aduanero en China, tomando en cuenta una cotización presentada por DEACERO de la empresa transportista italiana Fischer & Rechsteiner Company S.p.A.

40. Para el ajuste de las operaciones en términos CIF, DEACERO presentó la cotización de una empresa transportista italiana, referente al transporte marítimo desde el puerto de Tianjin Xingang en China al puerto de Manzanillo, Colima, para un contenedor de 20 pies, señalando que la carga que se maneja en éstos, es en promedio de 20 toneladas, en tanto que el seguro lo cotizó como un porcentaje del valor CFR (por las siglas en inglés de “Cost and Freight”) de las mercancías. La Secretaría, con base en los elementos anteriores, calculó el monto del ajuste para cada concepto en dólares por kilogramo.

41. DEACERO presentó una cotización de transportación desde una fábrica en Anping County, Hebei, China, al puerto de embarque Tianjin Xingang, en China, así como los gastos por despacho aduanero, para un contenedor de 20 pies, considerando una carga promedio de 20 toneladas en ambos casos. A partir de esta información, la Secretaría calculó el monto del ajuste para cada concepto en dólares por kilogramo. Este ajuste fue aplicado a las operaciones en términos CIF y en términos FOB.

42. Con base en los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping; 36 de la LCE, 53 y 54 del RLCE, la Secretaría ajustó el precio de exportación por concepto de flete marítimo, seguro, flete interno y gastos de despacho aduanero en China, en función de los términos de venta que la Secretaría identificó en los distintos pedimentos de importación y sus facturas.

2. Valor normal

a. Selección del país sustituto

43. DEACERO propuso a Brasil como país sustituto, con base en las siguientes consideraciones:

a.      precisó que no existen estadísticas de producción de la mercancía objeto de investigación y que los datos disponibles en los principales organismos empresariales del acero y publicaciones especializadas a los que tuvo acceso, ofrecen información hasta el nivel de alambre de acero, pero no de los productos elaborados con el mismo, como son las mallas o telas de alambre de acero;

b.      señaló que consultó un reporte sobre el mercado mundial de las mallas o telas de acero, metal expandido o cobre, titulado “The World Market For Wire, Cloth, Grill, Netting, Fencing And Expanded Metal Of Iron, Steel, Or Copper: A 2011 Global Trade Perspective”, del Profesor Philip M. Parker. En este reporte se incluye, además de la mercancía objeto de investigación, información de otras mallas y telas que no son mercancía objeto de investigación;

c.      indicó que el estudio parte de un análisis por región, tomando como base las importaciones y exportaciones realizadas por 150 países, lo cual permite obtener un panorama de la configuración del mercado mundial de las mallas. Entre ellas, Europa ocupa el primer lugar por su capacidad exportadora seguida de Asia, Norteamérica (Estados Unidos de América, “los Estados Unidos” y Canadá), Latinoamérica (incluido México), Medio Oriente, África y Oceanía, y

d.      realizó una búsqueda por Internet de las empresas productoras de los diferentes países, y encontró que en la región europea la mayoría de los productores enfocan su producción a mallas con características y usos diferentes a la mercancía investigada. En el caso de Asia, el principal exportador es China, seguido de Japón y Taiwán, pero no fue posible identificar que en estos dos últimos países existiera producción de la mercancía investigada. En el caso de Norteamérica, los Estados Unidos y Canadá tienen una importante producción. Finalmente, por lo que respecta a Latinoamérica, México aparece como el principal país exportador, seguido por Brasil.

44. DEACERO aportó los siguientes elementos para considerar a Brasil como país sustituto:

i. Producción de la mercancía investigada

45. DEACERO señaló que en Brasil existen alrededor de 15 empresas productoras de malla de acero en medidas de 2x2 a 8x8 y que la producción en ese país es de aproximadamente 60 toneladas al mes, de acuerdo con la información que la consultora brasileña Setepla Tecnometal Engenharia obtuvo de las empresas brasileñas.

ii. Similitud en el proceso de producción

46. DEACERO explicó que el proceso de fabricación en todos los países en que se produce la malla de acero, es prácticamente el mismo, con ligeras diferencias entre malla soldada o tejida, el proceso de cincado y el insumo del que se obtienen. En el caso de Brasil, los productores de malla parten del alambre galvanizado y producen únicamente malla tejida en las medidas investigadas. Las etapas del proceso productivo en Brasil son las siguientes:

a.      las bobinas de alambre galvanizado se almacenan en una caja o jaula;

b.      el alambre se desenrolla y el alambre, ya plano, se re-embobina en un cilindro cerca del telar;

c.      los alambres son separados por un “peine”;

d.      colocación de otro carrete con alambre del mismo diámetro para formar el tejido transversal, y

e.      entrelazado de los cables para producir la malla por el movimiento longitudinal y transversal de  los telares.

47. Por lo que hace al proceso de producción en China, el productor nacional presentó la siguiente descripción:

a.      el alambre se trefila al tamaño que el cliente requiere;

b.      las máquinas de tejido usan el alambre negro para tejer la malla de alambre;

c.      todo el rollo de malla de alambre se galvaniza, y

d.      la malla de alambre se seca y se limpia.

48. DEACERO aclaró que los fabricantes de Brasil se apegan a un solo proceso productivo que es el galvanizado antes del tejido, mientras que, por su parte, los productores chinos manejan dos procesos, que son el galvanizado antes del tejido y el galvanizado después del tejido. Independientemente del proceso que se siga, no existe un efecto en el precio que se derive por las diferencias entre el galvanizado antes o después del tejido. Asimismo, la Solicitante presentó información con los precios de mallas galvanizadas, elaboradas bajo el proceso de galvanizado antes del tejido y después del tejido de empresas chinas que manejan ambos tipos de procesos, lo que permite observar que, independientemente del proceso que se siga para la fabricación de malla galvanizada cuadrada, el precio es el mismo.

49. En lo que corresponde a la malla de acero bajo el proceso de soldado, DEACERO señaló que en el caso de Brasil no se maneja la producción de este tipo de mallas para las aberturas de 2x2 a 8x8. La Solicitante refirió que el hecho de que la malla sea soldada o tejida no hace diferencia en el precio de venta por parte de China, ya que en muchas de las facturas de venta analizadas se pudo observar que se hace referencia al producto como “malla galvanizada por inmersión soldada o tejida” al mismo precio.

50. De acuerdo con DEACERO, aun cuando China maneja procesos de producción para la malla de acero, adicionales al proceso productivo seguido por Brasil, estos procesos no representan una diferencia en el precio de las mallas, ya que independientemente que una malla de acero sea galvanizada antes o después de tejida, el precio al que se ofrece la malla es el mismo. Lo anterior, también es válido para las mallas de acero que son producidas bajo el proceso de soldado y el proceso de tejido; en ambos casos, el precio al que se ofrece la malla es el mismo.

iii. Disponibilidad de insumos

51. En la elaboración de la malla de acero se utilizan como principales insumos alambrón y zinc. A nivel mundial, se observa que China fue el principal productor de alambrón en 2011, con 122.114 millones de toneladas, en tanto que Brasil ocupó el sexto lugar con 3.126 millones de toneladas, como se indica en la Tabla 3.

Tabla 3. Principales países productores de alambrón

(Millones de toneladas)

País

2011

China

122.114

Comunidad de Estados Independientes

6.467

Alemania

6.080

Japón

5.752

Italia

4.437

Brasil

3.126

España

2.771

Corea del Sur

2.650

Taiwán

2.279

Estados Unidos

2.271

México

2.269

Francia

1.962

Turquía

1.715

Total Mundial

190.853

Fuente: Elaborado por DEACERO con base en CRU Monitor “Steel Long  Products. Bars, Structurals & Wire Rods”, de mayo 2012

52. Por otra parte, en la Tabla 4 se puede apreciar que tanto China como Brasil fueron países exportadores netos de alambrón en 2011.

Tabla 4. Principales países exportadores netos de alambrón

(Millones de toneladas)

País

2011

Comunidad de Estados Independientes

2.344

China

2.302

Japón

1.156

Alemania

0.996

Turquía

0.84

España

0.53

Reino Unido

0.509

México

0.422

Brasil

0.171

Canadá

0.127

Francia

0.064

Diferencia entre producción de alambrón y consumo aparente de alambrón

Fuente: Elaborado por DEACERO con base en CRU Monitor “Steel Long Products. Bars,  Structurals & Wire Rods”, de mayo 2012

53. En el caso del zinc, China ocupó el primer lugar como productor en 2010, en tanto que Brasil tuvo una posición significativa entre los principales productores, como se observa en la Tabla 5.

Tabla 5. Principales países productores de zinc

(Toneladas métricas)

País

2010

China

3,700,000

Australia

1,479,000

Perú

1,470,450

Estados Unidos

748,000

India

700,000

Canadá

648,905

México

518,429

Kazajstán

500,000

Bolivia

411,409

Irlanda

342,434

Rusia

269,000

Suecia

198,686

Brasil

175,000

Total Mundial

12,000,000

Fuente: Elaborado por DEACERO con base en “United States Geological Survey  Mineral Commodity Summaries”, de enero 2010

iv. Nivel de desarrollo económico

54. DEACERO argumentó que Brasil se considera por analistas internacionales como un país con un nivel de desarrollo económico comparable al de China. Esta similitud se puede observar por el hecho de que tanto a Brasil como a China se les ha agrupado como integrantes del conjunto denominado BRICs (para referirse conjuntamente a Brasil, Rusia, India y China), toda vez que tienen en común particularidades tales como una gran población, un enorme territorio y una gran cantidad de recursos naturales. La Solicitante presentó el documento “Dreaming with BRICs: The Path to 2050”, elaborado por el banco de inversiones Goldman Sachs en 2003.

55. Adicionalmente, DEACERO señaló que en los últimos años Brasil y China han presentado cifras de crecimiento muy elevadas, tanto en su Producto Interno Bruto (PIB), como en su participación de comercio. Brasil es la mayor economía de América del Sur y desde hace tiempo es considerado como un país capaz de alcanzar niveles de crecimiento.

56. Para sustentar la similitud en los niveles de desarrollo económico de Brasil y China, la Solicitante presentó la Tabla 6 que muestra los principales indicadores económicos para estos dos países.

Tabla 6. Niveles de desarrollo China-Brasil

Indicadores 2011

China

Brasil

PIB (millones dólares corrientes)

7,298,096

2,476,652

PIB crecimiento (% anual)

9

3

PIB per cápita (dólares corrientes)

5,430

12,594

Importaciones de bienes y servicios (% del PIB)

27

13

Exportaciones de bienes y servicios (% del PIB)

29

12

Industria, valor agregado (% del PIB)

44

28

Inflación, precios al consumidor (% Anual)

5

7

Fuerza laboral total, en miles 1/

799,541

101,586

Comercio de mercancías (% del PIB) 1/

50

18

Servicios, etcétera, valor agregado (% del PIB)

46

67

1/ Datos a 2010, únicos disponibles

Fuente: Elaborado por DEACERO. http://data.worldbank.org y http://www.state.gov.

v. Similitud del producto chino y brasileño

57. DEACERO presentó un cuadro comparativo de las especificaciones técnicas de las mallas de acero de origen chino que son exportadas a México y las mallas producidas en Brasil, en el que se pueden observar las siguientes similitudes:

a.      medidas comerciales (aberturas por pulgada lineal): la malla de origen chino y la malla brasileña manejan medidas comerciales idénticas. Para ambos casos, las medidas comerciales que manejan son 2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8;

b.      calibres de alambre de acero utilizado: en ambos casos las mallas de acero se ofrecen en distintos calibres dependiendo de la medida comercial. En el caso de China los calibres utilizados van desde 15 BWG (por sus siglas en inglés “Birminghan Wire Gauge”) hasta 27 BWG, mientras que en el caso de Brasil el rango de calibres utilizados es desde 14 BWG hasta 24 BWG;

c.      acabado: tanto las mallas chinas como las mallas brasileñas tienen acabado galvanizado que las hace ser resistentes a la corrosión, y

d.      presentación: la malla originaria de China y la originaria de Brasil se comercializan en rollos, siendo la medida más común los 30 metros por rollo, equivalente a 100 pies.

vi. Otros elementos

58. DEACERO explicó que en el sector de mallas de acero de Brasil, prevalecen condiciones de una economía de mercado, ya que las productoras de mercancías similares a la investigada son empresas privadas sin ninguna participación del gobierno. Asimismo, estas empresas no reciben subsidio alguno y establecen sus precios sin intervención del gobierno.

vii. Determinación

59.  El segundo párrafo del artículo 48 del RLCE, define que por país sustituto se entenderá un tercer país con economía de mercado similar al país exportador con economía centralmente planificada. Agrega que la similitud entre el país sustituto y el país exportador se definirá de manera razonable, de tal modo que el valor normal en el país exportador, en ausencia de una economía planificada, pueda aproximarse sobre la base del precio interno en el país sustituto, considerando criterios económicos. Para cumplir con dicha disposición, la Secretaría efectuó un análisis integral de la información proporcionada por la Solicitante para considerar a Brasil como país sustituto. Advirtió que existe similitud en los procesos de producción de Brasil y China para la malla de acero, los cuales contemplan, en ambos países, el galvanizado antes del tejido. Por su parte, en China también se maneja el proceso de galvanizado después del tejido, así como la producción de malla de acero soldada. De esta forma, se puede inferir de manera razonable que la intensidad en el uso de los factores de producción es similar en ambos países. Respecto a la disponibilidad de insumos necesarios para la fabricación del producto investigado, tanto en Brasil como en China existe una importante producción de alambrón y zinc, principales insumos para la fabricación de la malla de acero galvanizada.

60. Con base en el análisis descrito en los puntos 43 a 59 de la presente Resolución, y de conformidad con los artículos 2.7 del Acuerdo Antidumping; 33 de la LCE; 48 del RLCE; la segunda disposición suplementaria del párrafo 1 del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1947, contenida en su anexo I, y el numeral 15 literal a del Protocolo de Adhesión de la República Popular China a la Organización Mundial del Comercio, la Secretaría confirma la selección de Brasil como país con economía de mercado sustituto de China para efectos del cálculo del valor normal.

b. Precios en el mercado interno de Brasil

61. Para acreditar el valor normal, la Solicitante presentó un estudio de mercado de una consultora brasileña, que contiene los precios de malla galvanizada de alambre de acero en el mercado interno de Brasil en medidas de 2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8, en términos ex-works y en reales (moneda de curso legal en Brasil) por metro cuadrado.

62. Los precios fueron obtenidos de cotizaciones y listas de precios que estuvieron vigentes durante el año 2012 y que fueron proporcionados por cuatro empresas productoras brasileñas de la mercancía objeto de investigación. Dichos precios corresponden a los principales productores de mercancía similar a la investigada, los cuales representan alrededor del 75% de la producción interna de ese país, por lo que se consideraron representativos del mercado interno de Brasil.

63. DEACERO manifestó que los precios reportados están dados en el curso de operaciones comerciales normales, ya que se refieren a listas de precios y cotizaciones que se ofertan en general a todos los clientes, por lo que se presume que son precios entre partes no relacionadas. En el estudio de mercado de la consultora brasileña, se presentó una estimación del costo de la malla de acero a partir del costo del alambre galvanizado, el cual, se encuentra por debajo de los precios promedio, por tipo de malla, utilizados para el cálculo del valor normal.

64. Para convertir los precios de reales por metro cuadrado a reales por kilogramo, el estudio de mercado de la consultora brasileña incluyó los factores de conversión que proporcionaron las mismas empresas.

65. DEACERO propuso aplicar los descuentos que otorgan dos de las empresas consideradas. El monto se refiere al descuento sobre los precios de lista que fueron proporcionados por cada una de las empresas.

66. La Secretaría aceptó la información contenida en el estudio de mercado de la consultora brasileña y, de conformidad con el artículo 51 del RLCE, aplicó los porcentajes de descuentos reportados por cada empresa para obtener los precios efectivamente pagados por el comprador.

67. Con fundamento en los artículos 39 y 40 del RLCE, la Secretaría calculó el valor normal promedio ponderado en reales por kilogramo para cada tipo de malla de acero.

i. Ajustes al valor normal

68. DEACERO propuso ajustar los precios por el monto del Impuesto a la Circulación de Mercaderías y Servicios (ICMS). Dicho impuesto es diferente dependiendo del Estado donde se ubique la empresa, de acuerdo a la información contenida en el estudio de mercado de la consultora brasileña.

69. Para convertir los precios de reales por kilogramo a dólares por kilogramo, la Secretaría consideró el promedio del tipo de cambio real por dólar publicado por el Banco Central de Brasil para el periodo investigado, proporcionado por la Solicitante.

70. Con base en los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping; 36 de la LCE, y 57 y 58 del RLCE, la Secretaría aceptó ajustar el valor normal por concepto del ICMS y aplicó el tipo de cambio propuesto por DEACERO, con base en la metodología e información que presentó.

3. Margen de discriminación de precios

71. De conformidad con los artículos 2.1 del Acuerdo Antidumping; 30 de la LCE, y 38 y 39 del RLCE, la Secretaría comparó el valor normal con el precio de exportación y determinó preliminarmente que las importaciones de malla de acero, originarias de China, que ingresan por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE, se realizaron, durante el periodo de investigación, con un margen de discriminación de precios de 390.45%.

G. Análisis de amenaza de daño y causalidad

72. Con fundamento en los artículos 3 del Acuerdo Antidumping; 41 y 42 de la LCE, y 64, 68 y 69 del RLCE, la Secretaría analizó los argumentos y las pruebas aportadas por la Solicitante, con objeto de determinar si las importaciones de malla de acero, originarias de China, en condiciones de dumping, causan amenaza de daño a la rama de producción nacional de la mercancía similar.

1. Similitud de producto

73. La Secretaría analizó la similitud entre el producto de fabricación nacional y el investigado conforme a los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE.

74. DEACERO manifestó que tanto el producto investigado como el de fabricación nacional, son similares, y destacó el hecho de que se fabrican con el mismo proceso productivo y utilizan tecnologías similares, tienen los mismos usos y funciones y se comercializan mediante los mismos canales de distribución a los clientes que adquieren la criba. Adicionalmente, señaló que ambos se comercializan en el mercado nacional en las mismas medidas (2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8, aberturas por pulgada lineal).

75. DEACERO argumentó que una diferencia entre el producto investigado y el de fabricación nacional, consiste en que el primero ingresa en las variedades de malla soldada o tejida, en tanto que la producción nacional sólo ofrece criba tejida, pero sostuvo que tal característica no afecta los usos y las funciones del producto. Otras diferencias podrían observarse en el diámetro del alambre galvanizado, el porcentaje de la capa de zinc y, por lo tanto, el peso del rollo, variables que no influyen en la decisión de compra del cliente porque no inciden sobre los usos y las funciones del producto.

a. Características físicas

76. DEACERO presentó un cuadro comparativo entre la mercancía nacional y la mercancía china, en el que se comparan rollos de malla del producto investigado y de fabricación nacional de las medidas: 2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8, aberturas por pulgada lineal.

77. La Secretaría observó en la información proporcionada, que la mercancía investigada se encuentra en las variedades soldada y tejida, mientras que la de fabricación nacional en todos los casos es tejida. En todas las medidas el rollo de malla de producción nacional muestra un peso mayor que el producto investigado, lo que podría explicarse en parte porque el diámetro de alambre galvanizado longitudinal también es más grande, a pesar de que los rollos de la mercancía investigada superan en varios centímetros al de fabricación nacional. En la mayoría de las medidas, el porcentaje de la capa de zinc en la malla que produce DEACERO es más alto comparado con la mercancía investigada.

78. En relación con los diferentes diámetros de alambre con que se fabrica la malla de acero como se describe en el punto 9, inciso b, de la Resolución de Inicio, DEACERO presentó una comparación entre las medidas comerciales y el diámetro del producto de fabricación nacional y el investigado (Tabla 7).

Tabla 7. Comparación entre la malla de acero de fabricación nacional y originaria de China

Medida Comercial (abertura)

Mercado nacional

Mercado de China

Diámetro del alambre (calibre BWG)

Diámetro del alambre (mm)

Diámetro del alambre (calibre BWG)

Diámetro del alambre (mm)

2x2

19, 22

1.04, 0.73

15, 16, 18, 19, 20

1.83, 1.60, 1.20, 1.04, 0.89

3x3

21, 22

0.81, 0.73

16, 19, 20, 21, 22

1.60, 1.04, 0.89, 0.81, 0.73

4x4

22, 23, 24

0.73, 0.66, 0.58

18,19, 20, 21, 22, 23, 24

1.20, 1.04, 0.89, 0.81, 0.73, 0.66, 0.58

5x5

24, 25

0.58, 0.51

19, 22, 23, 24, 25

1.04, 0.73, 0.66, 0.58, 0.51

6x6

25, 27

0.51, 0.44

21, 22, 23, 24, 25, 26

0.81, 0.73, 0.66, 0.58, 0.51, 0.46

8x8

27, 29

0.44, 0.38

23, 24, 25, 26, 27, 28, 29

0.66, 0.58, 0.51, 0.46, 0.44, 0.41, 0.38

Fuente: DEACERO.

79. La Secretaría revisó los catálogos electrónicos publicados en las páginas de Internet de “Made in China” y DEACERO (http://es.made-in-china.com y http://www.deacero.com, respectivamente), comparó las características y medidas de la malla de acero en forma cuadriculada y observó que su apariencia es similar.

80. A partir de la información anterior, la Secretaría confirma que ambos productos tienen características físicas similares en función de las medidas comerciales y de la presentación del diámetro del alambre.

b. Proceso productivo y normas técnicas

81. DEACERO señaló que los principales insumos utilizados en la elaboración de la mercancía objeto de análisis son alambrón de acero al carbón, zinc y energía eléctrica. Para sustentarlo exhibió un diagrama de flujo de su proceso de producción, así como una descripción del proceso productivo de la mercancía investigada en China, mismo que refiere las cinco etapas siguientes:

a.      el alambre se trefila a los tamaños que el cliente requiere;

b.      las máquinas de tejido utilizan el alambre negro para tejer la malla de alambre;

c.      todo el rollo de malla de alambre se galvaniza;

d.      la malla de alambre es secada y limpiada, y

e.      la malla se empaca.

82. Para acreditar el proceso de fabricación de la malla de acero, DEACERO presentó su proceso de producción, la descripción de la manufactura del producto investigado originario de China realizada por un exportador chino y la traducción de la descripción del proceso de producción de la malla de acero soldada de otro fabricante chino.

83. Asimismo, DEACERO señaló que la mercancía investigada debe cumplir con las especificaciones técnicas de la norma a que se refiere el punto 14 de la presente Resolución.

84. La Secretaría analizó la información descrita y observó que los procesos de producción coinciden en términos generales con excepción de que la producción nacional no fabrica malla de acero soldada, motivo por el que se requirió a la Solicitante que indicara si existen diferencias entre la malla tejida y soldada. DEACERO respondió que tanto la malla soldada como la malla tejida, comparadas en abertura (medida comercial) y calibre de alambre, a simple vista, se perciben de manera similar. También se observó que la norma técnica que presentó DEACERO, no hace distinción entre la malla tejida y la soldada.

85. Con base en la información anterior, la Secretaría determinó que el producto investigado y la malla de fabricación nacional son elaborados a través de procesos de fabricación similares.

c. Usos y funciones

86. En relación con los usos y las aplicaciones del producto investigado y el de fabricación nacional, DEACERO manifestó que la malla importada de China cumple las mismas funciones y usos que el producto nacional, los cuales se describen en el punto 13 de la presente Resolución.

87. Con base en la información anterior y de la que se allegó la Secretaría en esta etapa de la investigación, consistente en la consulta de las páginas de Internet “Made in China” y “Prodac” (http://es.made-in-china.com y http://www.prodac.com.pe, respectivamente), se corroboró que la malla de acero nacional e importada, tienen los mismos usos y cumplen con las mismas funciones.

d. Determinación

88. Con fundamento en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE, la Secretaría determinó preliminarmente que la malla de acero importada de China y la de fabricación nacional son productos similares, dado que tienen características físicas semejantes, comparten insumos y materiales, y tienen procesos de producción análogos, lo que les permite cumplir con las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables.

2. Rama de la producción nacional

89. De conformidad con lo establecido en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping; 40 y 50 de la LCE, y 60, 61 y 62 del RLCE, la Secretaría identificó a la rama de producción nacional como al conjunto de fabricantes del producto similar al investigado, cuya producción agregada constituye la totalidad o, al menos, una proporción importante de la producción nacional total de dicho producto, tomando en cuenta si alguna empresa productora importó el producto investigado o si existen elementos para presumir que se encuentra vinculada a empresas importadoras o exportadoras del mismo.

90. DEACERO manifestó ser el único productor nacional de mercancía similar a la investigada, sustentó su afirmación con una carta de la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero del 15 de enero de 2013, que la señala como la única empresa productora en México de malla o tela galvanizada de alambre de acero, en forma de cuadrícula con medidas de 2x2 a 8x8, aberturas por pulgada lineal. También señaló que no tiene conocimiento de que exista otro fabricante del producto similar.

91. Con el propósito de allegarse de mayores elementos para corroborar el total de la producción nacional de la mercancía similar, la Secretaría indagó sobre la existencia de otros productores nacionales a través de la revisión de directorios, buscadores y sitios públicos en Internet, sin encontrar otros posibles productores.

92. Adicionalmente, la Secretaría consultó las estadísticas oficiales de importación de las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE, sin encontrar importaciones hechas por DEACERO a lo largo del periodo analizado.

93. Con base en los resultados descritos en los puntos 89 a 92 de la presente Resolución y la información disponible en el expediente administrativo, la Secretaría determinó preliminarmente que DEACERO es representativa de la rama de producción nacional de la mercancía similar, toda vez que fabrica el 100% de la malla de acero. Además, DEACERO no se encuentra vinculada con los exportadores e importadores del producto investigado, y no realizó importaciones del mismo, por lo que cumple con los requisitos establecidos en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping; 40 y 50 de la LCE, y 60 del RLCE.

3. Mercado internacional

94. DEACERO manifestó que no existe información estadística específica de la mercancía investigada porque a través de las fracciones arancelarias objeto de la investigación ingresan otras mercancías. Por otro lado, señaló que las únicas estadísticas que existen son las de United Nations Commodity Trade Statistics (UN COMTRADE) que cuentan con seis dígitos (subpartida), pero son la mejor información disponible.

95. Por lo anterior, DEACERO presentó parte de las conclusiones del estudio de mercado “The World Market For Wire, Cloth, Grill, Netting, Fencing And Expanded Metal Of Iron, Steel, Or Copper: A 2011 Global Trade Perspective”, elaborada por Philip M. Parker. Éste consiste en un análisis del mercado mundial de productos de malla de acero, hierro y cobre, pero se trata de la información específica más cercana al producto investigado.

96. La Secretaría revisó el enfoque metodológico del estudio que presentó la Solicitante y observó que los datos estimados se refieren al mercado de tela de alambre, parrillas, redes, cercas y materiales expandidos de hierro, acero y cobre. Es decir, los datos incluyen productos adicionales al investigado.

97. Debido a las características del estudio que presentó DEACERO, la Secretaría utilizó para su análisis las estadísticas de UN COMTRADE de las subpartidas 7314.19 y 7314.31, en las que se clasifican sólo productos de hierro o acero tejidos, soldados y revestidos de zinc (ver Tabla 8).

Tabla 8. Descripción de las subpartidas de UN COMTRADE

Código arancelario

Descripción

73

Artículos de hierro o acero.

7314

Telas metálicas (incluidas las continuas o sin fin), redes y rejas, de alambre de hierro o acero, metal desplegado, de hierro o acero.

7314.19

Productos de tejido de hierro/acero, excepto el acero inoxidable.

7314.31

Parrilla. Las demás redes y rejas, soldadas en los puntos de cruce: Revestidos de zinc.

Fuente: UN COMTRADE.

98. Las exportaciones totales de telas metálicas, redes y rejas de alambre de acero clasificadas en las subpartidas señaladas en el punto anterior, muestran durante los años 2009 a 2012 una Tasa Media de Crecimiento (TMC) de 12%, en tanto que las importaciones presentaron un crecimiento de 7%, como se observa en la Tabla 9.

Tabla 9. Comercio mundial de telas metálicas, redes y rejas de alambre de acero  realizadas a través de las subpartidas 7314.19 y 7314.31 (toneladas)

Variable

2009

2010

2011

2012

TMC

Exportaciones

222,658

264,626

295,572

281,399

12%

Importaciones

219,299

272,311

300,170

250,238

7%

Volumen del comercio mundial

441,957

536,937

595,742

531,637

10%

Fuente: UN COMTRADE.

4. Mercado nacional

99. De acuerdo con la información disponible, se confirma que DEACERO es el único productor nacional de malla de acero cuadriculada con medidas de 2x2 a 8x8, aberturas por pulgada lineal. El resto de los participantes en el mercado son comercializadores y distribuidores de éste y otro tipo de mallas, las cuales adquieren del fabricante nacional o las importan.

100. Durante el periodo analizado, la malla de acero en forma de cuadrícula fue importada de 20 países. Entre los principales proveedores destacan los Estados Unidos y China, quienes representaron más del 59% y el 39% del volumen total importado, respectivamente.

a. Canales de distribución y clientes

101. DEACERO afirmó que el producto investigado y la mercancía nacional fueron adquiridos por el mismo tipo de consumidores, a través de los mismos canales de distribución: grandes distribuidores, distribuidores medianos, asociaciones agropecuarias, sociedades cooperativas y ferreterías. Añadió que algunos comercializadores han sido a la vez consumidores del producto nacional y de la mercancía investigada.

102. La Solicitante proporcionó la lista de sus clientes nacionales para el periodo analizado, y la Secretaría observó que 5 de éstos realizaron importaciones originarias de China equivalentes al 80% del volumen importado durante el periodo analizado, hecho que coincide con su argumento de intercambiabilidad comercial entre la mercancía nacional y el producto investigado.

103. Con base en la información anterior, la Secretaría determinó preliminarmente que la malla de acero importada y la de fabricación nacional, utilizan los mismos canales de distribución y están dirigidas a los mismos clientes.

5. Análisis de importaciones

104. Con fundamento en los artículos 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping; 41 y 42 de la LCE, y 64 y 68 del RLCE, la Secretaría evaluó el comportamiento y la tendencia de las importaciones de malla de acero originarias de China, en el periodo analizado.

105. En relación con la identificación de las importaciones, DEACERO señaló que por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE se importan otras mallas de alambre de acero con diversas características y usos tales como: malla ganadera, malla soldada negra, reja, malla hexagonal, malla mosquitera y castillo en hojas. Estimó que las importaciones de malla de acero en forma de cuadrícula, originarias de China y de otros países, representaron entre el 12% y el 24%, respectivamente, de la importación total realizada por las fracciones señaladas durante el periodo analizado.

106. Para la selección de las importaciones investigadas, la Solicitante utilizó los siguientes criterios:

a.      hizo una selección representativa de las importaciones de las fracciones arancelarias investigadas durante el periodo analizado y revisó las operaciones correspondientes al producto investigado, y

b.      identificó los importadores y las operaciones del producto investigado con base en su conocimiento del mercado.

107. DEACERO manifestó que eliminó importaciones de regímenes no susceptibles de comercialización, analizó el campo de descripción para eliminar productos no investigados, suprimió operaciones con medidas de malla diferentes a 2x2 a 8x8, aberturas por pulgada lineal, revisó la actividad de los importadores, clasificó importaciones como producto investigado por su conocimiento del mercado y, por último, eligió importaciones de volúmenes altos y pequeños, en especial operaciones con volúmenes grandes.

108. Con el objetivo de valorar la información que presentó la Solicitante, la Secretaría realizó las siguientes actividades:

a.      desarrolló una muestra aleatoria de las importaciones que ingresaron a través de las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE que se registran en el listado de importaciones oficial que tiene disponible la Secretaría, el Sistema de Información Comercial de México (SIC-M), mediante el procedimiento que se describe a continuación:

i.      se tomó en cuenta para seleccionar el producto investigado las medidas de la malla objeto de investigación: 2x2 a 8x8;

ii.     se eliminaron de la muestra: a) los registros de valor y/o volumen igual a cero; b) empresas cuyo nombre no aparece en el listado de importaciones, y c) productos distintos al investigado;

iii.    los pedimentos de las importaciones originarias de China y de otros países resultantes fueron elegidos de manera aleatoria; en el caso del país investigado se consideró un nivel de confianza de 95% y un error de muestreo de 4.5%, mientras que para los otros países se mantuvo el nivel de confianza en 95% pero el error de muestreo se fijó en 5%, y

iv.    de las operaciones elegidas se requirieron los pedimentos y sus facturas.

b.      con objeto de ampliar la muestra, se requirieron pedimentos de importación adicionales considerando aquellas operaciones con mayor volumen, obteniendo así el 74% del volumen de las importaciones de la mercancía objeto de investigación.

109. La Secretaría efectuó su análisis con base en las estadísticas que obtuvo a partir de la información de los pedimentos físicos y las proyecciones para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013, realizadas de acuerdo con el procedimiento propuesto por DEACERO, descrito en el punto 108 de la Resolución de Inicio.

110. DEACERO manifestó que las importaciones de malla de acero galvanizada, tejida o soldada, con una abertura de 2x2 hasta 8x8, aberturas por pulgada lineal, originarias de China, se han realizado en volúmenes y condiciones tales que causan una amenaza de daño a la industria nacional.

111. DEACERO argumentó que algunas de las importaciones realizadas por una empresa importadora durante el periodo investigado son de mercancía procedente de los Estados Unidos pero originarias de China y, en consecuencia, deberían ser analizadas como mercancía investigada.

112. La Secretaría revisó el listado de pedimentos que DEACERO presentó en su solicitud de investigación y observó que las importaciones de esa misma importadora, originarias de China y de los Estados Unidos, tienen en común los siguientes aspectos: ingresaron por la misma sección aduanera; fueron registrados con la intervención del mismo agente aduanal; tienen descripciones similares en el listado de pedimentos del SIC-M “rollos de malla de alambre” y “rollos de malla de alambre para cernir”; comparten el proveedor de las importaciones, y finalmente, los precios y volúmenes de las importaciones procedentes de los Estados Unidos durante el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010 son similares a las originarias de China.

113. No obstante, la Secretaría realizó una búsqueda de información sobre el proveedor de esa empresa importadora, sin encontrar información específica sobre el país de origen de los productos que comercia.

114. De acuerdo con información que presentó el proveedor de esta empresa importadora, los productos que le provee a la importadora son de origen chino, sin embargo, no presentó las facturas correspondientes ni documentos que lo acrediten, por tanto, preliminarmente se consideraron como no originarias de China.

115. En cuanto al análisis de las importaciones, la Secretaría observó que las importaciones totales de la mercancía objeto de investigación, registraron un crecimiento de 82% a lo largo del periodo analizado. Las importaciones originarias de países distintos al investigado aumentaron 983% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y 60% durante el periodo investigado, por lo que acumularon un crecimiento de 1,630% en el periodo analizado. No obstante, la participación de las importaciones no investigadas en las importaciones totales fue de entre 3% y 25% durante el periodo analizado.

116. Por su parte, las importaciones originarias de China representaron en el periodo analizado entre el 75% y el 97% de las importaciones totales y registraron una tendencia ascendente que se reflejó en un crecimiento de 40% a lo largo del periodo analizado, octubre de 2009 a septiembre de 2012. En el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 respecto al comparable anterior aumentaron 58% y bajaron 11% en el periodo octubre 2011-septiembre de 2012.

117. Una consecuencia del aumento de las importaciones originarias de China fue el incremento de su participación en el Consumo Nacional Aparente (CNA), en el periodo analizado. En el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010 representaban el 37%, mientras que en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 significaron el 44% y en el periodo investigado el 40%, es decir, su participación relativa aumentó 4 puntos porcentuales.

118. Asimismo, durante el periodo analizado las importaciones originarias de China también aumentaron en relación con la producción nacional orientada al mercado interno, pasaron de representar el 58% de la misma en el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010, al 91% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y 86% durante el periodo investigado. Lo anterior significó un aumento de 28 puntos porcentuales al comparar el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010 con octubre de 2011-septiembre de 2012.

119. La Secretaría calculó la proporción de las importaciones originarias de China en relación con las ventas al mercado interno de la industria nacional, y observó que en el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010, dichas importaciones representaron el 55%, pero en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 aumentaron a 98%, lo que significó un aumento de 43 puntos porcentuales de un año a otro y en el periodo investigado representaron el 85% de las ventas al mercado interno.

120. Adicionalmente, DEACERO proyectó las importaciones de la malla de acero cuadrada para el periodo octubre de 2012 a septiembre de 2013 en el caso de no imponer una cuota compensatoria. Para dicha proyección, propuso aplicar la tasa de crecimiento acumulado anual histórico de los periodos octubre 2009-septiembre 2010 a octubre 2011-septiembre 2012 a cada mes del periodo investigado, procedimiento que la Secretaría valoró y consideró razonable.

121. Como resultado de replicar la metodología propuesta por DEACERO, la Secretaría observó que el crecimiento de las importaciones de malla de acero originarias de China, para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013, sería de 18%. A partir de lo anterior y de la proyección de los componentes del CNA, la Secretaría observó que la participación de mercado de las importaciones investigadas aumentaría a 41% en el periodo proyectado.

122. Con base en el análisis descrito en los puntos 105 a 121 de la presente Resolución, la Secretaría determinó preliminarmente que existen elementos suficientes para sustentar la probabilidad fundada de que en el futuro inmediato, se produzca un aumento de las importaciones de malla de alambre de acero originarias de China.

6. Efectos en precios

123. La Secretaría evaluó el efecto del precio de las importaciones de malla de acero, originarias de China, en presuntas condiciones de dumping sobre el precio de la mercancía similar con fundamento en los artículos 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping; 41 y 42 de la LCE, y 64 y 68 del RLCE. El análisis valora si las importaciones investigadas se vendieron a un precio considerablemente inferior al precio de venta comparable del producto nacional similar, o bien, si el efecto de estas importaciones, fue hacer bajar de otro modo los precios o impedir en la misma medida el incremento que en otro caso se hubiera producido, y si existen indicios de que los precios a los que se realizan las importaciones harán aumentar la cantidad demandada por dichas importaciones.

124. DEACERO argumentó que la transmisión de los efectos predatorios ocasionados por el ingreso de las importaciones objeto de investigación al mercado nacional, comenzó vía precios, ya que el amplio margen de subvaloración con el que ingresa al mercado nacional, no permite a la Solicitante reflejar el incremento en costos en el precio de venta al mercado interno.

125. A partir de las estadísticas de importación señaladas en el punto 109 de la presente Resolución, la Secretaría observó que los precios promedio de las importaciones de malla de acero originarias de países distintos al investigado registraron una tendencia creciente en el periodo analizado de 8%, debido en especial al aumento de 40% que se registró en el periodo investigado. Por su parte, el precio promedio de las importaciones de malla originarias de China disminuyó 3% en el periodo analizado, en especial porque en octubre de 2010-septiembre de 2011 presentó una reducción de 3%. Mientras que el precio de las ventas al mercado interno de la industria nacional mostró un crecimiento de 13% a lo largo del periodo analizado, a pesar de la contracción de 13% durante el periodo investigado.

126. Para evaluar la existencia de subvaloración, la Secretaría comparó el precio promedio de las importaciones más los gastos de internación (arancel y derechos de trámite aduanero) y el precio promedio nacional de venta al mercado interno que DEACERO proporcionó.

127. Al respecto, la Secretaría observó que durante los tres años que comprende el periodo analizado los precios promedio de las importaciones originarias de China registraron importantes márgenes de subvaloración en relación con el precio promedio de las importaciones originarias de otros países y con el precio promedio de ventas al mercado interno de la industria nacional.

128. El precio de las importaciones originarias de China se ubicó por debajo del precio promedio de las importaciones de otros orígenes en todo el periodo analizado, 48% en el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010, 35% en periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y 53% en el periodo investigado.

129. En cuanto a la comparación de precios entre las importaciones del producto investigado y el producto similar de fabricación nacional, la Secretaría observó que el precio promedio de las importaciones originarias de China en los periodos octubre de 2009-septiembre de 2010 y octubre de 2010-septiembre de 2011, fue 34% y 51% inferior al precio de venta al mercado interno nacional, respectivamente. Durante el periodo investigado, octubre de 2011-septiembre de 2012, el margen de subvaloración fue de 44%.

130. Adicionalmente, DEACERO argumentó que de continuar el efecto lesivo de los precios de las importaciones originarias de China sobre los precios internos, el precio promedio de venta al mercado interno para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013, se reduciría. La Secretaría observó que el margen de subvaloración con respecto al precio promedio de venta nacional se mantendría en 46% durante el periodo proyectado, lo que confirma que se mantendría el incentivo por la demanda de mayores importaciones.

131. En relación con el argumento de la Solicitante de que los precios de las importaciones investigadas le impidieron reflejar el aumento de costos, la Secretaría requirió a DEACERO información sobre el incremento en el precio de los principales insumos utilizados en la elaboración de la mercancía objeto de investigación, durante el periodo analizado, junto con sus fuentes de información.

132. DEACERO presentó estadísticas sobre los precios de sus principales insumos en la elaboración de malla de alambre de acero (alambrón, zinc y energía eléctrica), a lo largo del periodo analizado, con base en su sistema de costos. La Secretaría observó que durante octubre de 2011-septiembre de 2012, el costo de tales insumos disminuyó 9%, mientras que el precio de venta al mercado interno se contrajo en 13% y el precio de las importaciones investigadas aumentó 1%, situación que refleja un ajuste en el precio promedio de venta al mercado interno mayor al observado en los costos.

133. Al comparar el precio de los principales insumos con que se fabrica el producto investigado que aportó DEACERO, con el de sus ventas al mercado interno y las importaciones originarias de China obtenido por la Secretaría mediante el análisis de los pedimentos, se observó que: el precio de las importaciones investigadas es inferior al de los principales insumos a lo largo del periodo analizado, aunque tiende a disminuir en octubre de 2011-septiembre de 2012 a causa principalmente de la reducción en el precio de los insumos; por otra parte, el posible ajuste a la baja en los precios de venta al mercado interno para limitar la reducción de su participación en el CNA, podría significar efectuar ventas a pérdida.

134. Con base en lo establecido en los puntos 123 a 133 de la presente Resolución, la Secretaría determinó preliminarmente que en los periodos analizado e investigado las importaciones originarias de China, en condiciones de dumping, concurrieron al mercado nacional a precios inferiores a los que registró la mercancía similar, así como de los precios de las importaciones originarias de otros países, lo cual permite considerar que si continúan arribando al mercado nacional en tales condiciones, constituirán un factor determinante para explicar el aumento en la demanda por nuevas importaciones.

7. Efectos reales y potenciales sobre la rama de la producción nacional

135. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3.1, 3.2, 3.4, 3.5 y 3.7 del Acuerdo Antidumping; 41 y 42 de la LCE, y 64 y 68 del RLCE, la Secretaría evaluó los efectos de las importaciones originarias de China sobre los indicadores económicos y financieros pertinentes de la industria nacional del producto similar.

136. DEACERO argumentó que en el periodo de análisis la producción nacional de la mercancía similar mostró un crecimiento inferior al de las importaciones originarias de China, que el crecimiento de la producción nacional en el periodo investigado fue resultado del esfuerzo por incrementar sus ventas de exportación y que sus ventas al mercado interno muestran una caída en el periodo analizado, mientras que las importaciones investigadas aumentaron. Para comprobar sus argumentos, presentó sus indicadores económicos y financieros del periodo analizado.

137. Con base en la información de los indicadores económicos y financieros de la industria nacional proporcionados por DEACERO, se observó que el volumen de las ventas al mercado interno disminuyó 12% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y aumentó 2% en el periodo investigado, por lo que acumuló una contracción de 11% a lo largo del periodo analizado. Los ingresos por ventas al mercado interno expresados en dólares, aumentaron 15% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y disminuyeron 12% durante el periodo investigado.

138. La producción de la industria nacional aumentó 1% y 2% en los periodos octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado, respectivamente, por lo que registró un incremento de 3% entre octubre de 2009 y septiembre de 2012. La Secretaría calculó el CNA, como la producción nacional más las importaciones menos las exportaciones. En el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011, el CNA aumentó 32% y se contrajo 3% en el periodo investigado, por lo que en el periodo analizado creció 28%.

139. Del total de la producción nacional de malla de acero objeto de investigación, se destinó al mercado interno el 86% durante los periodos octubre de 2009-septiembre de 2010 y octubre de 2010-septiembre de 2011, mientras que en el investigado ésta disminuyó al 79%, lo que significó una reducción de 6 puntos porcentuales a lo largo del periodo analizado.

140. En el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010 la participación de la producción orientada al mercado interno en el CNA fue de 62%, en los periodos octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado fue de 48% y 47%, respectivamente, por lo que en el periodo analizado registró una reducción de 16 puntos porcentuales.

141. La productividad medida en términos del nivel de empleo, creció 10% y 1% en los periodos octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado, respectivamente, acumulando una expansión de 11% para el periodo analizado. La capacidad instalada permaneció constante durante todo el periodo analizado, pero la utilización de la misma pasó de 39% en los periodos octubre de 2009-septiembre de 2010 y octubre de 2010-septiembre de 2011, a 40% durante el periodo investigado.

142. Los inventarios promedio mensuales registraron una disminución de 3% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y un crecimiento de 10% en el periodo investigado, acumulando un crecimiento de 6% durante el periodo analizado. La relación de inventarios a ventas totales, fue de 12% en el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010 y de 13% en los periodos octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado, respectivamente.

143. El empleo de la industria nacional disminuyó 8% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y aumentó 1% durante el periodo investigado, dando lugar a una reducción de 7% en el periodo analizado. La masa salarial expresada en dólares bajó 19% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y aumentó 14% en el periodo investigado, lo que implica una reducción de 7% para los tres años del periodo analizado.

144. La Solicitante proporcionó el estado de costos, ventas y utilidades del producto similar para los años 2010 a 2012 para los periodos octubre de 2009-septiembre de 2010, octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado; así como la estimación para 2013 y 2014 y octubre de 2012-septiembre de 2013. La Secretaría actualizó dicha información para su comparabilidad financiera, a través del método de cambios en el nivel general de precios.

145. Al respecto, DEACERO señaló que es una empresa integrada, es decir, compra chatarra para la fabricación de alambrón, principal materia prima para la fabricación de la mercancía similar a la investigada, por lo que presentó una simulación del estado de costos, ventas y utilidades, donde sustituye el valor del consumo de alambrón interno por el valor del consumo del alambrón como si fuese comprado, y empleó el precio promedio de venta de alambrón de la Solicitante a sus clientes.

146. Por lo anterior, la Secretaría requirió a la Solicitante que explicara la razonabilidad de su propuesta, quien respondió que las empresas productoras de malla o tela galvanizada de alambre de acero, en México y en el extranjero, no son empresas integradas, es decir, parten del alambrón comprado para la fabricación de malla o tela galvanizada de alambre de acero. Concluyó señalando que este enfoque permite observar de manera más clara el margen operativo del producto investigado como unidad de negocio independiente. Por su parte, la Secretaría evaluó la propuesta de la Solicitante, sin embargo, ésta no refleja la situación real de operación de la empresa, razón por la que no fue considerada y el análisis versó de acuerdo en la forma en la que opera, como empresa integrada.

147. Con base en la información financiera que presentó DEACERO, en respuesta a un requerimiento de información, la Secretaría observó que las utilidades operativas específicas de la producción nacional destinada al mercado interno en 2011 aumentaron 23.3% y en 2012 bajaron 2.7%. Durante 2010 y 2011 el margen operativo fue de 27.2% y 35.3%, respectivamente, en tanto que en 2012 fue de 33.0%.

148. Al evaluar los resultados operativos, se observa que en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 registraron un crecimiento de 41% y en el periodo investigado cayeron 11%. Por lo que el margen operativo pasó de 25.4% a 34.1%, concluyendo el periodo investigado en 32.8%.

149. El rendimiento sobre la inversión calculado a nivel operativo se comportó de forma positiva en los años 2010, 2011 y 2012 con una ligera tendencia creciente: 7.9%, 10.9% y 9.4%, respectivamente. El flujo de caja a nivel operación presentó un incremento de 71.2% de 2009 a 2012, sólo en 2011 disminuyó en 84.8%.

150. La capacidad de reunir capital mide la suficiencia de un productor para obtener los recursos financieros necesarios para llevar a cabo la actividad productiva. Ésta se analizó a través del comportamiento de los índices de solvencia, apalancamiento y deuda:

a.      los niveles de solvencia y liquidez para la Solicitante reportaron niveles aceptables en el periodo 2009 a 2012;

i.      la relación de circulante (relación entre los activos circulantes y los pasivos a corto plazo) fue de 1.61 en 2009; 1.77 en 2010; 2.77 en 2011, y 2.58 en 2012, respectivamente, y

ii.     la prueba de ácido (activo circulante menos el valor de los inventarios, en relación con el pasivo a corto plazo) registró niveles de 1.08 y 1.13 en 2009 y 2010, respectivamente, mientras que para 2011 y 2012 fue de 1.92 y 1.69, respectivamente.

b.      en el nivel de apalancamiento se considera que una proporción del pasivo total con respecto al capital contable inferior a 100% es manejable. En este caso se concluye que el apalancamiento se ubicó en niveles no adecuado;

i.      el pasivo total a capital contable fue de 175% en 2009; 159% en 2010; 208% en 2011, y 191% en 2012, respectivamente, y

ii.     el pasivo total a activo total registró niveles de 64% y 61% en 2009 y 2010, respectivamente, mientras que para 2011 y 2012 fue de 67% y 66%, respectivamente.

151. Con base en el desempeño de los indicadores de la industria nacional durante el periodo analizado, la Secretaría observó que la concurrencia de las importaciones de malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma cuadriculada originarias de China, en condiciones de dumping, incidió negativamente en el comportamiento de algunos factores económicos como son la producción y ventas al mercado interno, participación de mercado y precios internos. No obstante, en el periodo investigado, dicha afectación no se transmitió completamente al resto de los indicadores económicos y financieros.

152. Al respecto, DEACERO presentó proyecciones para los indicadores económicos y financieros incluidos en los anexos 4, 5 A, 5 B y 6 del formulario, para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013, así como la metodología y fuentes de información utilizadas. Para la estimación de los volúmenes, DEACERO utilizó la tasa de crecimiento acumulado anual del periodo analizado, lo anterior, señaló, es consistente con el comportamiento observado de los componentes del CNA en el periodo investigado.

153. En relación con los volúmenes de las ventas nacionales para el periodo proyectado octubre de 2012-septiembre de 2013, DEACERO estimó que disminuirían 5%. Las ventas de exportación fueron calculadas con base en la tasa de crecimiento esperado de su principal mercado y, a partir de lo cual, consideró un crecimiento de 2%. La producción de la industria nacional fue estimada a partir de la tasa de crecimiento proyectada de las ventas totales, por lo que dicho indicador disminuiría un 4%, como resultado de la baja en las ventas al mercado interno.

154. DEACERO estimó el CNA para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013, con base en la proyección de los volúmenes de importaciones, producción y exportaciones, y consideró que dicho indicador aumentaría 3%, no obstante, con el mayor volumen de las importaciones que estimó la Secretaría, éste podría ascender a 16%, por lo que la participación de mercado de la industria nacional se reduciría a 38%.

155. Asimismo, a partir del comportamiento estimado de las ventas y la producción, así como de las importaciones investigadas, la Solicitante calculó los cambios que se darían en el resto de las variables relacionadas y proyectó que, para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013, la productividad disminuiría 1%, la utilización de la capacidad instalada disminuiría en 2 puntos porcentuales, los inventarios promedio mensuales se reducirían 11% y la relación de inventarios a ventas totales se ubicaría en 13%.

156. La Solicitante consideró que debido a los cambios en la producción, el empleo proyectado para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013, disminuiría en 3%. Asimismo, la masa salarial observaría una disminución de 27%, calculada a partir del promedio mensual de los salarios durante el periodo investigado y ajustada por la inflación general esperada para México en 2013.

157. En cuanto a los resultados operativos de la rama de producción nacional de malla de acero, proyectados para 2013, relacionados exclusivamente con la producción nacional destinada al mercado interno, se observó que éstos disminuirían 29.1% con respecto a 2012, debido a que los ingresos por ventas bajarían 11.6%, en tanto que los costos de operación lo harían en 3%, lo que daría como resultado que el margen operativo cayera en 6.5 puntos porcentuales, al pasar de 33% positivo a 26.5%, debido a que la relación de los costos de operación con respecto a los ingresos por ventas, pasaría de 67% a 73.5% positivo.

158. Con respecto a la proyección para el año 2014, los resultados operativos disminuirían 64.9%, debido a que los ingresos por ventas bajarían 21.9%, en tanto los costos de operación caerían 0.7%, por su parte se registraría una reducción en el margen de operación en 18.2 puntos porcentuales, al pasar de 33% positivo a 14.8%, debido a que la relación de los costos de operación con respecto a los ingresos por ventas, pasaría de 67% a 85.2% positivo.

159. Para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013, respecto al periodo anterior comparable, los resultados operativos disminuirían 49.5%, debido a que los ingresos por ventas decrecerían 9.7%, en tanto los costos de operación aumentarían 9.8%, lo que generaría que el margen operativo cayera en 14.5 puntos porcentuales, al pasar de 32.8% positivo a 18.3%, debido a que la relación de los costos de operación con respecto a los ingresos por ventas, pasaría de 67.2% a 81.7% positivo.

160. Por otra parte, la capacidad de reunir capital no sería la adecuada, debido a que los niveles de apalancamiento se encuentran por arriba del 100% y que las razones de circulante y prueba del ácido tienen una relación de activos líquidos mayor a una vez el pasivo a corto plazo.

8. Capacidad exportadora del país investigado

161. De conformidad con los artículos 3.7 del Acuerdo Antidumping; 42 de la LCE, y 68 del RLCE, la Secretaría procedió a analizar los indicadores de la industria de malla de acero de China, así como el potencial exportador de dicho país.

162. DEACERO argumentó que por las características de la mercancía investigada y la industria que la produce, se encuentra imposibilitada para proporcionar indicadores de capacidad instalada, producción, ventas e inventarios de la industria china específicos a la malla de alambre galvanizada en forma de cuadrícula, toda vez que no existen estadísticas a nivel mundial o por país. En razón de lo anterior, señaló que la información que estuvo razonablemente a su alcance fueron las cifras de exportación de China de 2009 a 2011 obtenidas de UN COMTRADE a nivel de subpartida.

163. A partir de la información proporcionada por DEACERO, la Secretaría analizó el comportamiento de las estadísticas de UN COMTRADE correspondientes a las subpartidas 7314.19 y 7314.31 para los años de 2009 al 2012, y observó que China fue el principal exportador al concentrar el 41% del volumen total, seguido de Alemania e Italia con el 12% y 8%, respectivamente, mientras que México ocupó el noveno lugar con el 2% de las exportaciones, como se observa en la Tabla 10.

Tabla 10. Exportaciones de telas metálicas, redes y rejas de alambre de acero por país  de origen al mundo, realizadas a través de las subpartidas 7314.19 y 7314.31 (toneladas)

Posición

País

2009

2010

2011

2012

Participación %

1

China

92,887

100,297

119,699

126,937

41%

2

Alemania

30,404

35,529

31,650

25,165

12%

3

Italia

18,242

33,743

32,304

 

8%

4

Polonia

9,778

16,250

20,431

24,146

7%

5

Bélgica

7,948

8,653

12,120

28,915

5%

9

México

5,339

4,134

4,390

5,837

2%

 

Otros países

58,060

66,020

74,978

70,399

25%

 

Total

222,658

264,626

295,572

281,399

100%

Fuente: UN COMTRADE.

164. Adicionalmente, la Solicitante argumentó que el mercado nacional es un destino real de las exportaciones de mallas de alambre de acero de China, por las siguientes razones: i) en los últimos tres años el volumen de las mismas aumentó de manera importante por los bajos precios y las reducciones arancelarias hechas por México en este periodo; ii) sus exportaciones registraron un incremento importante en su participación en el CNA, y iii) los destinos tradicionales de sus exportaciones como Europa y los Estados Unidos pasan por una etapa recesiva que seguramente tendrá un impacto negativo.

165. En el caso particular de las exportaciones chinas al mundo, clasificadas en las subpartidas 7314.19 y 7314.31, la Secretaría observó las siguientes tendencias:

a.      las exportaciones de China al mundo tuvieron un aumento de 8% a 19% en 2010 y 2011, respectivamente; mientras que en 2012 registraron un aumento del 6%, dando lugar a un crecimiento acumulado de 37% entre 2009 y 2012, al pasar de 92,887 toneladas a 126,937 toneladas, respectivamente;

b.      las exportaciones dirigidas a México disminuyeron 17% en 2010, pero registraron un crecimiento de 25% durante 2012, lo que representa una expansión de 200%, al pasar de 167 toneladas en 2009 a 502 en 2012, respectivamente;

c.      la diferencia entre las tasas de crecimiento de las exportaciones dirigidas al mundo y a México, dio lugar a que su participación relativa en el total de las exportaciones de China, pasara de 0.2% a 0.4% en el periodo de 2009 a 2012, respectivamente, y

d.      las exportaciones de China en 2012, representaron 15 veces las importaciones hechas por México durante el mismo año.

Tabla 11. Exportaciones chinas de telas metálicas, redes y rejas de alambre de acero por país de destino al mundo, realizadas a través de las subpartidas 7314.19 y 7314.31 (toneladas)

Posición

País

2009

2010

2011

2012

Participación %

1

Estados Unidos

27,843

33,764

28,191

29,037

27%

2

Indonesia

5,960

4,960

10,875

10,393

7%

3

Italia

6,166

3,354

9,488

8,221

6%

4

Bélgica

4,248

5,492

6,408

6,207

5%

5

Tailandia

3,106

3,668

4,964

4,162

4%

47

México

167

138

401

503

0%

 

Otros países

45,397

48,921

59,372

68,414

51%

 

Total

92,887

100,297

119,699

126,937

100%

Fuente: UN COMTRADE.

166. De acuerdo con las estadísticas de UN COMTRADE las importaciones mundiales registraron un crecimiento de 14% de 2009 a 2012. Los principales países importadores fueron los Estados Unidos e Italia, quienes en este periodo concentraron el 25% del total de las importaciones. En el mismo año, México ocupó la posición 12 entre los importadores en el ámbito mundial, como se observa en la Tabla 12.

Tabla 12. Importaciones de telas metálicas, redes y rejas de alambre de acero por país, realizadas a través de las subpartidas 7314.19 y 7314.31 (toneladas)

Posición

País

2009

2010

2011

2012

Participación %

1

Estados Unidos

44,679

54,434

48,875

51,843

19%

2

Italia

18,419

18,774

20,744

 

6%

3

Francia

11,122

17,028

12,311

14,021

5%

4

Dinamarca

10,596

16,967

22,945

 

5%

12

México

4,462

4,404

5,975

8,719

2%

55

China

706

996

445

241

0%

 

Otros países

129,315

159,708

188,875

175,414

63%

 

Total

219,299

272,311

300,170

250,238

100%

Fuente: UN COMTRADE.

167. A partir de la información disponible descrita en los puntos 161 a 166 de la presente Resolución, la Secretaría confirma que existen elementos para determinar preliminarmente que la industria china de malla de alambre de acero, tiene una amplia capacidad exportadora que apoya la probabilidad fundada de que las importaciones originarias de China continúen incrementándose en el futuro inmediato.

9. Otros factores de daño

168. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.5 del Acuerdo Antidumping y 69 del RLCE, la Secretaría examinó factores distintos a las importaciones investigadas que al mismo tiempo pudieran estar afectando a la industria nacional.

169. DEACERO manifestó que no existen otros factores que puedan o estén incidiendo en el desempeño de la industria nacional en el periodo analizado, con excepción de las importaciones investigadas a precios discriminados. Sin embargo, la Secretaría analizó los posibles efectos de los volúmenes y precios de las importaciones de otros países, el desempeño exportador de la industria nacional y la contracción del mercado interno durante octubre de 2011-septiembre de 2012.

170. En relación con las importaciones de otros orígenes, la información disponible indica que éstas no podrían ser la causa de la amenaza de daño a la industria nacional durante el periodo analizado por las siguientes razones: i) su nivel de precios en el periodo investigado fue 19% superior en relación con el de las ventas al mercado interno; ii) el precio de las importaciones originarias de otros países fue superior al de China a lo largo del periodo analizado; iii) durante el periodo analizado representaron entre el 1% y el 13% del CNA, y iv) por lo anterior no se identifican como un factor que en el futuro inmediato contribuyan a la amenaza de daño de la rama de producción nacional.

171. Por lo que se refiere al desempeño exportador de la industria nacional, el volumen exportado a lo largo del periodo analizado aumentó 48% y en el periodo investigado en particular, creció 51%. Asimismo, el volumen exportado representó en promedio el 16% de la producción nacional en el periodo analizado. Por ello, la Secretaría determinó que la actividad exportadora no contribuyó al deterioro de los indicadores económicos de la industria nacional.

172. Con base en lo descrito en los puntos 168 a 171 de la presente Resolución, la Secretaría determinó preliminarmente que la información disponible indica que no concurrieron factores distintos a las importaciones en condiciones de dumping, que al mismo tiempo sean causa de amenaza de daño a la industria nacional.

H. Conclusiones

173. Con base en el análisis integral del comportamiento y la tendencia de los volúmenes y precios de las importaciones de malla de acero, originarias de China; la evaluación de los factores económicos y financieros de la rama de producción nacional durante el periodo analizado y el periodo proyectado, los indicadores del potencial exportador de la industria china y el margen de dumping determinado, la Secretaría determinó que existen elementos que sustentan de manera preliminar que durante el periodo investigado, las importaciones de la mercancía investigada causaron amenaza de daño a la rama de producción nacional.

174. En razón a que la Secretaría llegó a una determinación preliminar positiva de una amenaza de daño a la rama de la producción nacional, y tomando en cuenta que en dichos casos la aplicación de las medidas antidumping debe examinarse y decidirse con especial cuidado, la Secretaría determinó no imponer una cuota compensatoria provisional, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.8 del Acuerdo Antidumping.

175. Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 9.1 del Acuerdo Antidumping y 57 fracción II de la LCE, es procedente emitir la siguiente

RESOLUCIÓN

176. Continúa el procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios sin la imposición de una cuota compensatoria provisional a las importaciones de malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula, originarias de China, que ingresen por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE, o por cualquier otra, independientemente del país de procedencia.

177. Con fundamento en el párrafo tercero del artículo 164 del RLCE, se conceden 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el DOF, para que las partes interesadas que lo consideren conveniente, presenten ante esta Secretaría los argumentos y las pruebas complementarias que estimen pertinentes. Este plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento.

178. La presentación de dichos argumentos y pruebas se debe realizar ante la oficialía de partes de la UPCI, sita en Insurgentes Sur 1940, planta baja (área de ventanillas), colonia Florida, C.P. 01030 en México, Distrito Federal. Dicha presentación debe hacerse en original y 3 copias, más el correspondiente acuse de recibo.

179. De acuerdo con lo previsto en los artículos 56 de la LCE y 140 del RLCE, las partes interesadas deberán remitir a las demás, la información y documentos probatorios que tengan carácter público, de tal forma que éstas los reciban el mismo día que la Secretaría.

180. Comuníquese esta Resolución al SAT para los efectos legales correspondientes.

181. Notifíquese la presente Resolución a las partes interesadas de que se tenga conocimiento.

182. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

México, D.F., a 12 de marzo de 2014.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.