RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Martes 04 de junio de 2013

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE MALLA O TELA GALVANIZADA DE ALAMBRE DE ACERO AL CARBÓN, EN FORMA DE CUADRÍCULA, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7314.19.02, 7314.19.03 Y 7314.31.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 03/13 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la “Secretaría”), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

A. Solicitud

1. El 8 de febrero de 2013 DEACERO, S.A. de C.V. (DEACERO o la “Solicitante”) solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios sobre las importaciones de malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula, originarias de la República Popular China (“China”), independientemente del país de procedencia. Señaló que la mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).

2. DEACERO manifestó que las importaciones en condiciones de discriminación de precios de mallas o telas de acero originarias de China, causan amenaza de daño a la industria nacional, por lo que tuvo que modificar sus políticas comerciales para contrarrestar los efectos negativos que podrían ocasionar dichas importaciones en caso de no imponer cuotas compensatorias. Propuso como periodo de investigación el comprendido de 1 de octubre del 2011 al 30 de septiembre del 2012 y como periodo de análisis de daño, el comprendido de 1 de octubre de 2009 al 30 de septiembre del 2012.

B. Solicitante

3. DEACERO es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Su principal actividad consiste, entre otras, en la producción, transformación, terminación, distribución y comercio de productos siderúrgicos primarios, semiterminados y terminados y/o artículos, maquinaria, herramientas o accesorios fabricados total o parcialmente con fierro o acero. Señaló como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Bosques de Cipreses Sur 51, Col. Bosques de las Lomas, C.P. 11000, en México, Distrito Federal.

C. Producto investigado

1. Descripción general

4. La Solicitante señaló que la mercancía objeto de investigación es la malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula, con medidas de 2x2 a 8x8 aberturas por pulgada lineal (“malla de acero”). Su nombre comercial es criba de plata o criba ferretera, conocida en inglés como hardware cloth,  hot-dipped galvanized wire mesh after welded or woven, galvanized welded wire mesh, galvanized iron wire mesh; utility hardware cloth y galvanized square wire mesh, entre otros.

5. DEACERO precisó que el nombre comercial más común de la mercancía objeto de investigación es “criba” y que se trata de una malla o tela metálica galvanizada formada por alambres de acero al carbón tejidos y/o soldados entre sí, formando una cuadrícula, cuyas características principales se describen en la Tabla 1.

Tabla 1. Descripción del producto investigado

Características

Unidad de Medida

Parámetros o especificaciones

Mínimo

Máximo

Tamaño de malla (medida comercial)

Número de aberturas por pulgada lineal

2x2

8x8

Diámetro alambre

Milímetros

0.37

1.04

Abertura entre los alambres

Milímetros

2.7

11.7

Ancho de rollo

Metros

0.61

1.22

Largo de rollo

Metros

1.5

30

Peso del recubrimiento de cinc

Kilogramo/rollo

8

34.6

Fuente: DEACERO.

2. Tratamiento arancelario

6. La mercancía objeto de investigación ingresa por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE, como se indica en la Tabla 2.

Tabla 2. Descripción arancelaria de la malla de alambre de acero al carbón en forma de cuadrícula

Código Arancelario

Descripción

73

Manufacturas de fundición, hierro o acero.

7314

Telas metálicas (incluidas las continuas o sin fin), redes y rejas, de alambre de hierro o acero; chapas y tiras, extendidas (desplegadas), de hierro o acero.

7314.19

-- Las demás.

7314.19.02

De alambres de sección circular, excepto lo comprendido en las fracciones 7314.19.01 y 7314.19.03.

7314.19.03

Cincadas.

7314.31

-- Cincadas.

7314.31.01

Cincadas.

Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet.

7. DEACERO manifestó que por las fracciones arancelarias señaladas se importan otras mallas de alambre de acero con diversas características y usos, entre ellas: malla ganadera, malla soldada negra, reja, malla hexagonal, malla mosquitera y castillo en hojas.

8. Las importaciones de la mercancía objeto de investigación están exentas de arancel, con excepción de la fracción arancelaria 7314.19.03 que se encuentra sujeta a un arancel ad valórem de 5%. La unidad de medida en la TIGIE es el kilogramo mientras que la unidad comercial es en rollos.

3. Proceso productivo

9. La Solicitante manifestó que el proceso de producción consta de las siguientes etapas:

a.      Alambrón: Se utiliza en diferentes grados y diámetros, los más comunes para la malla de acero son los grados 1004 y 1006. DEACERO explicó que los diferentes diámetros de alambre que se utilizan para la fabricación de la mercancía objeto de análisis (nacional e importada), corresponden a cada tipo de abertura o medida comercial de la malla. Estos diámetros son independientes del grado de acero de alambre con el que se elabora la malla.

b.      Trefilado: El alambrón es estirado mediante varias reducciones controladas, el diámetro del alambrón de entrada es mayor que el diámetro del alambre de salida y así, se obtiene el diámetro final requerido por los consumidores. Sin embargo, algunos productores de malla de acero parten del alambre de acero y no aplican este proceso.

c.      Galvanizado: El proceso es mediante inmersión en caliente del alambre en un baño de zinc, cuando sale el alambre del zinc se hace un proceso de escurrido con el que se controla la cantidad de zinc que lleva el alambre, luego es enfriado y recogido en portarrollos o carrete.

d.      Segundo trefilado (retrefilado): El alambre galvanizado es tomado y se estira nuevamente pasando por varias reducciones hasta llegar al diámetro final requerido para el alambre, con las características mecánicas y dimensionales del mismo.

e.      Tejido (telares): Se carga el alambre retrefilado al diámetro deseado en los entregadores y a la máquina forma la malla de acero con la abertura y altura deseadas, dependiendo del tamaño de la abertura se elige el diámetro del alambre a utilizar.

f.       Galvanizado de malla: Consiste en la inmersión en caliente de la malla en un baño de zinc, al salir la malla de acero se hace un proceso de escurrido, luego pasa por un procedimiento de enfriamiento, después se enrolla y corta en la presentación deseada.

4. Usos

10. DEACERO manifestó que los usos principales de la malla de acero son los siguientes:

a.      en la construcción para cribar agregados para concreto (arena y grava), en acabados de yeso y cemento, su participación en el total de las compras se estima en 30%;

b.      en el sector agropecuario para cribar semilla, su participación se estima en 40%;

c.      en la pesca y acuacultura para cajas para crías, su participación es de alrededor de 10%, y

d.      en uso doméstico para protectores de ventanas, árboles y roedores, entre otros, su participación se estima en 20%.

5. Normas técnicas

11. DEACERO indicó que la mercancía objeto de investigación debe cumplir con las especificaciones técnicas de la norma ASTM A740-98, referente a “Especificaciones estándar para tela de alambre de acero galvanizado, tejida o soldada”. Esta norma se refiere a un material compuesto de alambres de acero trefilados en frío fabricados en tela (o malla), formados por el proceso de tejido o soldadura, y subsecuentemente galvanizados (recubiertos de zinc) por el proceso de inmersión en caliente.

D. Posibles partes interesadas

12. Los importadores y exportadores de los que tiene conocimiento la Secretaría son:

1. Importadoras

Aceros y Mallas Metálicas, S.A. de C.V.

Canal Nacional No. 61

Colonia Santa Anita, C.P. 08300

México, D.F.

Agencia Arjona, S.A. de C.V.

Boulevard Teniente Azueta No. 106

Colonia Ensenada Centro, C.P. 22800

Ensenada, Baja California

Algodonera de Baja California, S.A. de C.V.

Boulevard Lázaro Cárdenas No. 1590

Colonia Ex-Ejido Zacatecas, C.P. 21370

Mexicali, Baja California

Arautelco México, S.A. de C.V.

Juan Racine No. 123-201

Colonia Los Morales Polanco, C.P. 11560

México, D.F.

Bajo Imports & Exports, S. de R.L. de C.V.

Gómez Morín No. 955 Sur, Lotes 104 y 106

Colonia Monte Bello, C.P. 66279

San Pedro Garza García, Nuevo León

Casa de Materiales BG

Avenida 32 Sur No. 33 B

Colonia Los Pinos de Agüero, C.P. 22650

Tijuana, Baja California

Clavos Nacionales México, S.A. de C.V.

Carretera México–Querétaro Kilómetro 40.5 

Colonia Centro Urbano, C.P. 54700

Cuautitlán Izcalli, Estado de México

Comercial Acero Tec, S.A. de C.V.

Poniente 122 No. 473 A

Colonia Industrial Vallejo, C.P. 02300

México, D.F.

Comercial de Herramientas, S.A. de C.V.

Av. Isidro Sepúlveda No. 565

Colonia Regio Parque Industrial, C.P. 66630

Apodaca, Nuevo León

COR Surtidora de Alambres y Mallas, S.A. de C.V.

Poniente 122 No. 473 A

Colonia Industrial Vallejo, C.P. 02300

México, D.F.

Dexpan México, S.A. de C.V.

Chapultepec No. 2705

Colonia Margaritas, C.P. 32300

Ciudad Juárez, Chihuahua

Donan Industries, S.A. de C.V.

Carretera a Chapala Kilómetro 13.5

Colonia Fraccionamiento Asturias, C.P. 45659

Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco

Etapel, S.A. de C.V.

California No. 170

Colonia Parque San Andrés, C.P. 04400

México, D.F.

Expo Arrendadora, S.A. de C.V.

Ferrocarril No. 27

Colonia Alce Blanco, C.P. 53370

Naucalpan de Juárez, Estado de México

Ferreplomart, S.A. de C.V.

Ferrocarril No. 743-4

Colonia Libertad, C.P. 22400

Tijuana, Baja California

Grupo Sinse, S.A. de C.V.

Avenida Rafael Pérez Serna No. 1828

Colonia Puerta del Sol, C.P. 32410

Ciudad Juárez, Chihuahua

Home Expert, S.A. de C.V.

Avenida Tecnológico No. 3909 C

Colonia Las Granjas, C.P. 31160

Chihuahua, Chihuahua

IBS Import Export, S.A. de C.V.

Fray Junípero Serra No. 115

Colonia Garita de Otay, C.P. 22430

Tijuana, Baja California

Implementos de Alambre, S.A. de C.V.

Avenida 5 No. 3920

Colonia Moderna, C.P. 94640

Córdoba, Veracruz

Industrial de Alambres, S.A. de C.V.

Carretera Puebla–Valsequillo Kilómetro 8

C.P. 72960, San Francisco Totimehuacán, Puebla

Maderas y Ferreterías Durán, S.A. de C.V.

Arturo Guerra No. 371

Colonia Braulio Maldonado, C.P. 21480

Tecate, Baja California

Madererías y Ferreterías Las Brisas, S.A. de C.V.

Boulevard Díaz Ordaz No. 189

Colonia La Mesa Sur, C.P. 22105

Tijuana, Baja California

Materiales Gallegos de Baja California, S.A. de C.V.

Doce Félix W. Gómez No. 903

Colonia Libertad, C.P. 22300

Tijuana, Baja California

Materiales Textiles, S.A. de C.V.

Calzada Azcapotzalco La Villa No. 707

Colonia Industrial Vallejo, C.P. 02300

México, D.F.

Megatrader, S.A. de C.V.

Avenida Palenque No. 15, Supermanzana 38

Colonia Centro, C.P. 77505

Benito Juárez, Quintana Roo

Mister Alambre, S.A. de C.V.

Emiliano Zapata No. 11-6

Colonia San Jerónimo Tepletacalco, C.P. 54090

Tlalnepantla, Estado de México

Negocios Internacionales Delta, S.A. de C.V.

Cerrada Pirámide No. 15

Colonia Ahuizotla, C.P. 53378

Naucalpan de Juárez, Estado de México

Nickelsteel, S.A. de C.V.

Occidente No. 303

Colonia Independencia, C.P. 64720

Monterrey, Nuevo León

Óscar Cadena, S.A. de C.V.

Morelos No. 120

Colonia Centro, C.P. 78000

San Luis Potosí, San Luis Potosí

Otay Marketing Co, S.A. de C.V.

Cinco Norte No. 119

Colonia Ciudad Industrial Nueva Tijuana

C.P. 22500, Tijuana, Baja California

Q Source de México, S. de R.L. de C.V.

Carretera Monterrey Kilómetro 203.5

C.P. 88735, Ciudad Reynosa, Tamaulipas

Telas Metálicas Industriales, S.A. de C.V.

Ferrocarril No. 27

Colonia Fraccionamiento Industrial Alce Blanco

C.P. 53370, Naucalpan de Juárez, Estado de México

2. Importadoras de los que no se tienen datos de localización

José Edilberto Sánchez Saucedo

María Elena Fonseca Juárez

María del Carmen Noria Arroyo

Martha Castañeda

Raúl Fernando Urrutia Bustamante

Rocío Elena Nungaray Ramírez

3. Exportadoras

Anhua Hardware & Mesh Product Co., Ltd.

111 Heping West Street

Zip Code 053600, Anping, Hebei, China

Anping County Anhesheng Hardware Mesh Products Co., Ltd.

East Weimin Street, Anping County

Zip Code 053600, Hebei Province, Hengshui, Hebei, China

Anping County Huaxing Wire Mesh Co., Ltd.

3 Heping Street East Road

Zip Code 053600, Anping, Hebei, China

Anping County Huayang Hardware Mesh Co., Ltd.

Yuhua District, Shijiazhuang City S/N

Zip Code 053600, Anping, Hebei, China

Anping HuaYang Wire Mesh Co., Ltd.

Industrial Zone of Anpin S/N

Zip Code 053600, Hebei, China

Anping Jin Shang Lian Metals & Wire Meshes Co., Ltd.

Work East of Wei Min Street S/N

Zip Code 053600, Heng Shui Hebei, China

Anping Jin Shang Lian Wire Mesh Co., Ltd.

East Industry Development Area S/N

Zip Code 053600, Anping County, Hengshui, Hebei, China

Beijing Century Woven Import & Export Corporation

C 1501, Ocean International Center, Chao Yang Dist.

Zip Code 100025, Beijing City, China

Gerard Daniel Worldwide

7101 E 38th Street 7178

Zip Code 74145, Tulsa, OK, USA

Heibei Anjia Wire Net Weaving Co., Ltd.

118 Lingyuan Road

Zip Code 053600, Anping County, Hebei, China

Hebei Ruifeng Hardware Wire Mesh Co., Ltd.

Anping Industrial Zone, S/N

Zip Code 053600, Anping County, Hengshui City, Hebei, China

Hebei Shuanglin Wiremesh Co., Ltd.

The intersection of Huaian Road and Fuqiang Street

Zip Code 050022, Shijiazhuang, Hebei China

Jiangxi Metals and Minerals International Trade Co., Ltd.

9th Floor, Sigma International Business Center

636 North Hongdu Avenue

Zip Code 033002, Nanchang, Jiangxi, China

Jinhaoyuan International Trading Co., Ltd.

518, West Weimin Street

Zip Code 053600, Anping, County Hebei China

Kamix International, Inc.

524 Primera Street 1008

Zip Code 92173, San Diego Ca., USA

Mingjia International Co., Ltd.

Unit 1404, Yinhai Mansion 15, Lane 98 Bixiu Road

Zip Code 201100, Shangai, China

Purolator EFP

8733 Daffodil Houston

Zip Code 77063, Texas, USA

S&K Wire Cloth Co., Inc.

14671 Amigos Rd Chino Hills

Zip Code 91709, Ca., USA

Tianjin Garments Imp. & Exp., Inc.

Room 401, 47 Building, 3rd. Road

Binhai International Airport

Zip Code 300201, Tianjin, China (Mainland)

Walter Hardware Wire Mesh Products Co., Ltd.

118 South of Zhengrao Road

Zip Code 053600, Anping, Hebei, China

4. Gobierno

Consejero de Asuntos Económico Comerciales de la Embajada de China en México

Platón No. 317

Colonia Polanco, C.P. 11560

México, D.F.

E. Prevención

13. El 4 de abril de 2013 la Solicitante respondió la prevención que la Secretaría le formuló mediante oficio del 4 de marzo de 2013, de conformidad con los artículos 52 fracción II de la Ley de Comercio Exterior (LCE) y 78 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE).

F. Argumentos y medios de prueba

14. Con la finalidad de acreditar la práctica desleal de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios, DEACERO argumentó lo siguiente:

1. Discriminación de precios

a. Valor normal

A.      Se propone a Brasil como país sustituto de China, toda vez que:

a.     es un productor importante de la mercancía investigada;

b.     existe similitud en el proceso productivo y disponibilidad de los principales insumos para la fabricación de malla de acero;

c.     se considera por analistas internacionales como un país con un nivel de desarrollo económico comparable al de China, y

d.     prevalecen condiciones de una economía de mercado, ya que las productoras de mercancías similares a la investigada son empresas privadas sin ninguna participación o subsidio  del gobierno.

B.      El valor normal en Brasil, como país sustituto de China, se obtuvo de un estudio de precios en el mercado interno de Brasil, el cual incluye un perfil de la industria de malla de acero galvanizada en dicho país, así como los precios que rigen en el mercado interno de ese país de las principales empresas productoras de dicha mercancía.

C.      Los precios de venta en el mercado interno de Brasil, para el producto similar al investigado, son netos de descuentos, reembolsos y bonificaciones.

D.      Las referencias de precio en el mercado interno de Brasil son precios representativos, ya que corresponden a los principales productores de mercancía similar a la investigada, los precios reportados están dados en el curso de operaciones comerciales ya que se refieren a listas de precios y cotizaciones que se ofertan en general a todos los clientes, por lo que se presume que son precios entre partes no relacionadas, y de mercancías similares a las exportadas por China a México, lo que permite una comparación válida con los precios de exportación de China.

E.      Los precios en Brasil, reportados en el estudio de la consultora brasileña, son ex-works, los únicos ajustes que se efectuaron son por descuento y por el Impuesto a la Circulación de Mercaderías y Servicios (ICMS).

b. Precio de exportación

F.      Como precio de exportación se propone el precio promedio ponderado por volumen de las importaciones durante el periodo investigado.

G.      Para determinar el precio de exportación, la Solicitante presentó diversos listados, que incluyen operaciones representativas, ya que cubren todos los tipos de medidas comerciales (aberturas) analizadas, cuyos datos representan el 45% del volumen total importado en el periodo investigado por las principales empresas importadoras, abarcando distintos meses dentro de dicho periodo, incluyendo las operaciones de importación seleccionadas como producto investigado y producto no investigado, para las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE.

H.      DEACERO manifestó que las operaciones reportadas cubren los primeros seis meses del periodo investigado, ya que no fue posible contar con las importaciones de los meses faltantes.

I.        A fin de obtener las operaciones de importación de los meses faltantes del periodo investigado, DEACERO se encuentra realizando las gestiones necesarias para obtener dicha información.

J.      Los precios de exportación, son los precios efectivamente pagados a los que la malla de acero originaria de China ingresó a México, por lo que son netos de descuentos, bonificaciones y reembolsos, toda vez que es práctica común no otorgar descuentos o bonificación en las ventas de exportación, sobre todo en el caso de las exportaciones realizadas por China.

K.      La lista de precios de exportación, contiene ajustes por flete marítimo y seguro a todas las operaciones de importación cuyo término de venta fue CIF (por las siglas en inglés de “Cost, Insurance and Freight”), excepto aquellas en que se indica que fueron FOB (por las siglas en inglés de “Free On Board”). Los ajustes al precio de exportación por flete interno en China, despacho aduanero, flete marítimo y seguro, se realizaron con base en la cotización proporcionada por una empresa transportista en Italia.

c. Margen de discriminación de precios

L.      DEACERO calculó un margen de discriminación de precios de 353.12% para las importaciones de malla de acero originarias de China.

2. Daño

M.     En el periodo investigado propuesto, las importaciones de la mercancía objeto de investigación se efectuaron en volúmenes y condiciones tales que amenazan con causar un serio daño a DEACERO.

N.      Las importaciones originarias de China incrementaron su volumen en el mercado mexicano durante el periodo investigado, con respecto al periodo similar anterior, y se estima que en el periodo proyectado alcance casi la mitad de la participación en el Consumo Nacional Aparente (CNA).

O.      En el periodo analizado, el ingreso de las importaciones investigadas en condiciones de precios desleales es notable, ya que el precio al que concurre en el mercado nacional alcanza altos márgenes de subvaloración, y con proyecciones conservadoras, el margen de subvaloración se reduciría muy poco.

P.      No obstante que el precio de importación de China muestra una ligera tendencia a la alza en el periodo de análisis y proyectado, el amplio margen de subvaloración con el que ingresa la mercancía a México, no permite a DEACERO reflejar el incremento en costos en el precio de venta al  mercado interno.

Q.      Los esfuerzos de la producción nacional por mantener sus volúmenes de ventas sacrificando el precio son insuficientes, ya que durante el periodo analizado, el volumen de las ventas de DEACERO tuvo una tendencia decreciente y se espera que esa misma tendencia continúe, comprometiendo seriamente a la producción nacional.

R.      Durante el periodo investigado, la rentabilidad del mercado nacional decreció y se proyecta una caída adicional en el mismo rubro.

S.      Con objeto de acreditar la amenaza de daño a la rama de producción nacional, DEACERO refiere como elementos de convicción documentos oficiales de la Organización Mundial del Comercio (OMC), tales como las declaraciones del propio gobierno de China, así como las conclusiones a las que llega la División de Examen de las Políticas Comerciales, que señalan que se observó un rápido crecimiento del entorno económico de China, en el periodo de 2010 a 2012, ello como resultado de los estímulos fiscales adoptados, así como a los incentivos a la producción tanto de empresas nacionales como de aquellas cuyo capital obedece a la creciente inversión extranjera.

T.      De la evolución del CNA durante el periodo analizado, se espera que las importaciones chinas incrementen significativamente su volumen tanto en términos absolutos como relativos al CNA mexicano de malla de acero, debido, entre otros factores, a la baja en el consumo de los países desarrollados por la desaceleración económica que se pronostica continuará durante el 2013.

U.      DEACERO estima que México es un destino real de las exportaciones de mallas de acero chinas, ya que en los últimos 3 años se incrementó en forma importante su volumen de exportación, incentivado por los bajos precios y las reducciones arancelarias que hizo México en este periodo, resultando un incremento acumulado del 2009 a 2011 del 52%, mientras que en el resto de los países es del 20%; además del incremento de participación de las mismas en el CNA de la malla de acero, ya que los destinos tradicionales de las exportaciones chinas como lo son Europa y Estados Unidos están pasando por una coyuntura económica recesiva que seguramente tendrá un impacto negativo en sus importaciones provenientes de China, de ahí que es claramente previsible que dichas importaciones se dirijan a economías abiertas y en crecimiento como lo es la economía mexicana.

V.      Para el periodo proyectado (octubre 2012-septiembre 2013) la producción nacional prevé una reducción en sus precios de venta al mercado interno por efecto de las importaciones de la mercancía investigada que continuarán ingresando a precios de competencia desleal.

W.     No existen otros factores que puedan o estén incidiendo en el desempeño de la rama de producción nacional en el periodo analizado, el factor que  repercutió en el desempeño de la Solicitante, son las importaciones investigadas a precios discriminados.

X.      La Solicitante manifestó que no existe información estadística específica del mercado internacional de la mercancía objeto de investigación, porque a través de las fracciones arancelarias materia de la investigación, ingresan otras mercancías además de la investigada, aunado a que las únicas estadísticas que existen son las de United Nations Commodity Trade Statistics (UN COMTRADE) que únicamente llegan a seis dígitos (subpartida), mismas que son la mejor información disponible.

15. DEACERO presentó:

A.        Copia certificada del primer testimonio del instrumento notarial número 37,075, de 19 de agosto de 2012, otorgado ante el Notario Público número 123 en Nuevo León, Monterrey, en el cual se hace constar tanto la legal existencia y constitución de DEACERO, como el poder otorgado por DEACERO a favor de sus representantes legales.

B.       Copias de las cédulas profesionales a favor de los representantes legales de DEACERO, expedidas por la Secretaría de Educación Pública.

C.       Especificaciones del producto nacional e investigado, cuya información se obtuvo de las páginas de Internet http://www.deacero.com, http://www.china-wiremesh.com, http://www.wirecloth.com.cn, http://www.honestmetal.com, http://www.chinawirenetting.com y http://dzhongyumesh.en.made-in-china.com.

D.       Norma ASTM A 740-98, referente a “Especificaciones estándar para tela de alambre de acero galvanizado, tejida o soldada”, aprobada en 2008, Standard Specification for Hardware Cloth (Woven or Welded Galvanized Steel Wire Fabric).

E.        Diagramas de flujo del proceso productivo de la producción nacional y de China de la mercancía investigada, así como un comparativo entre los procesos de producción de Brasil y China, información obtenida de DEACERO y de la página de Internet http://www.chinawiremesh.info.

F.        Tablas sobre pesos teóricos de la mercancía investigada, información obtenida del Sistema de Activos Fijos y de Costos de DEACERO.

G.       Impresiones de diversos sitios de Internet, que constituyen una muestra de la lista de empresas productoras/exportadoras de las mercancías objeto de investigación, obtenidas de las páginas de Internet  http://www.huaert.com, http://www.filter-wiremesh.com, http://www.jsl-wiremesh.com, http://www.wirecloth.com.cn, http://www.mesh-wire.com, http://www.china-wirenetting.com, http://www.anjiawiremesh.com, http://www.anjiawiremesh.com, http://www.changsheng-wiremesh.com, http://www.changsheng-wiremesh.com, http://www.hktdc.com y http://www.made-in-china.com.

H.       Precio de exportación de la malla de acero importada de China en el periodo investigado, información obtenida del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

I.         Estructura corporativa de DEACERO y lista de sus empresas subsidiarias.

J.        Estados financieros auditados de DEACERO para 2009, 2010, 2011 y 2012, así como el estado de resultados y balance general para enero a septiembre de 2012.

K.       Estado de costos, ventas y utilidades para el periodo de análisis y su proyección para el periodo posterior al investigado hasta 2014, elaborado por DEACERO.

L.        Correo electrónico de la consultora brasileña Setepla Tecnometal Engenharia (“Setepla”), de fecha 14 de marzo de 2013, con el objeto de demostrar la vigencia de los precios desde el mes de enero de 2012, utilizados para la determinación del valor normal.

M.       Tipo de cambio de real (moneda de curso legal en Brasil) a dólares de los Estados Unidos (“dólares”), del periodo comprendido del 3 de octubre de 2011 al 28 de septiembre de 2012, obtenido del Banco Central de Brasil.

N.       Precios de cribas tejidas antes y después del galvanizado, información obtenida de la página de Internet http://www.alibaba.com.

O.       Catálogos de distintas empresas de Brasil, información obtenida de diversas páginas de Internet.

P.        Importadores del producto investigado, información obtenida de las páginas de Internet http://www.boletinindustrial.com, http://www.toolcraft.com.mx, www.c-n.mx y http://www.misteralambre.com.mx.

Q.       Metodología de proyecciones del Estado de costos, ventas y utilidades de la mercancía destinada al mercado nacional, de DEACERO

R.       Información de la publicación “HARBOR Intelligence” de septiembre de 2012, del Informe de Wells Fargo Securities, LLC del 21 de noviembre de 2012 y de la página de Internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) (http://www.shcp.gob.mx), para la elaboración de la metodología de proyecciones de DEACERO.

S.        Precios de los insumos utilizados, información obtenida de DEACERO y de las páginas de Internet http://www.indexmundi.com y http://www.cruonline.crugroup.com/.

T.        Precios de venta de DEACERO a sus principales clientes.

U.       Descripción de la mercancía objeto de análisis, elaborado por DEACERO.

V.        Comparativo entre las especificaciones del producto nacional y el importado de China, elaborado por DEACERO.

W.       Consumidores de la mercancía nacional y la investigada, de acuerdo con el sistema de ventas  de DEACERO.

X.        Precio de venta en el mercado interno del país sustituto, para el producto similar al investigado, información obtenida de las listas de precios y cotizaciones de las principales empresas brasileñas productoras de la mercancía similar a la investigada, las cuales fueron proporcionadas en el estudio de mercado de la consultora brasileña Setepla.

Y.        Cálculos de los márgenes individuales, así como el margen promedio ponderado de la mercancía investigada reportados por DEACERO.

Z.        Indicadores del mercado nacional con el valor y volumen de las importaciones de la mercancía investigada, realizadas en el periodo analizado y su respectiva proyección, reportados por DEACERO, con información de la SHCP.

AA.     Valores y precios, incluyendo las proyecciones de los indicadores de DEACERO.

BB.    Capacidad instalada y su utilización, empleo, inversión en capital fijo, salarios, autoconsumo e inventarios, proporcionados por DEACERO.

CC.    Clientes nacionales de DEACERO para los 36 meses del periodo analizado.

DD.    Comparativo de las especificaciones técnicas de la mercancía investigada y la diversa de Brasil, información obtenida de la muestra de la lista de empresas productoras y exportadoras, del estudio de mercado de la consultora brasileña.

EE.     Lista de pedimentos de importación utilizados para el cálculo del precio de exportación, información obtenida del SAT.

FF.      Importadores que fueron descartados por su giro comercial, reportados por DEACERO, de acuerdo a la información obtenida de la estadística de comercio exterior de la SHCP.

GG.    Precios utilizados para el cálculo del valor normal, los cuales fueron proporcionados en el estudio de mercado de la consultora brasileña Setepla.

HH.    Las siguientes cartas de:

a.      24 de julio y 13 de agosto, ambas de 2012, del Secretario Técnico de la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero (CANACERO) al Administrador de Contabilidad y Glosa 4 de la  Administración Central de Contabilidad y Glosa del SAT, en las que solicita información sobre diversas importaciones;

b.      16 de agosto de 2012, de la empresa transportista italiana Fischer & Rechsteiner Company S.p.A. en la que presenta algunas cotizaciones;

c.      15 de enero de 2013, del Director General de la CANACERO al Jefe de la UPCI, con el objeto de acreditar que la Solicitante es la única empresa productora en México de mercancía similar a la investigada, y

d.      11 de marzo de 2013, del Director de Comercio Exterior de la CANACERO al Administrador de Contabilidad y Glosa 7 de la Administración Central de Contabilidad y Glosa del SAT, en la que solicita información sobre diversas importaciones.

II.        Estudio de precios en el mercado interno de Brasil, elaborado por la consultora brasileña Setepla, de diciembre de 2012.

JJ.      Reporte de Goldman Sachs de 2003, titulado “Dreaming with BRICs: The Path to 2050”, elaborado por el banco de inversiones Goldman Sachs en 2003, obtenido de la página Internet http://www.goldmansachs.com.

KK.    Extracto de la publicación CRU Monitor. “Steel Long Products. Bars, Structurals & Wire Rods”, de mayo de 2012.

LL.      Extracto de la Publicación “United States Geological Survey, Mineral Commodity Summaries 2010”, obtenida de la página de Internet http://minerals.usgs.gov.

MM.    Estudio de mercado “The World Market For Wire, Cloth, Grill, Netting, Fencing And Expanded Metal Of Iron, Steel, Or Copper: A 2011 Global Trade Perspective”, elaborado por el Profesor Philip M. Parker, obtenido de la página de Internet http://www.icongrouponline.com.

NN.    Diferencias entre los métodos de galvanización “electro galvanizado” y “galvanizado por inmersión”, información obtenida de la página de Internet http://www.gal-wire.com.

G. Requerimientos de información

16. El 5 y 22 de marzo de 2013, la Secretaría requirió información a 28 Agentes Aduanales, de los cuales 25 presentaron su respuesta.

CONSIDERANDOS

A. Competencia

17. La Secretaría es competente para emitir la presente Resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 apartado B fracción V y 15 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría; 5 y 12.1 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (el “Acuerdo Antidumping”), y 5 fracción VII y 52 fracciones I y II de la LCE.

B. Legislación aplicable

18. Para efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo Antidumping, la LCE, el RLCE, el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles, estos 3 últimos de aplicación supletoria.

C. Protección de la información confidencial

19. La Secretaría no puede revelar públicamente la información confidencial que las partes interesadas le presenten, ni la información confidencial de que ella misma se allegue, de conformidad con los artículos 80 de la LCE, 152 y 158 del RLCE y 6.5 del Acuerdo Antidumping. No obstante, las partes interesadas podrán obtener el acceso a la información confidencial, siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en los artículos 159 y 160 del RLCE.

D. Legitimidad procesal

20. De conformidad con lo señalado en los puntos 81 a 85 de la presente Resolución, la Secretaría determina que la Solicitante está legitimada para solicitar el inicio de la investigación conforme a los artículos 50 de la LCE y 5.4 del Acuerdo Antidumping.

E. Periodo investigado y analizado

21. Para efectos de esta investigación la Secretaría fija como periodo investigado el comprendido del 1 de octubre del 2011 al 30 de septiembre del 2012 y como periodo de análisis de daño, el comprendido del 1 de octubre de 2009 al 30 de septiembre del 2012.

F. Análisis de discriminación de precios

1. Precio de exportación

22. Para acreditar el precio de exportación, la Solicitante presentó listados que contienen las transacciones de importación de malla de acero originarias de China que ingresaron por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE, en el periodo octubre de 2011 a septiembre de 2012, obtenidos del SAT.

23. Para seleccionar las operaciones de importación concernientes al producto investigado, la Solicitante utilizó los siguientes criterios:

a.      eliminó las operaciones que por su naturaleza y tipo de régimen de importación, a su juicio, no son susceptibles de ser comercializadas, como es el caso del retorno de mercancías exportadas definitivamente en un lapso no mayor de un año, siempre que no se hayan transformado, o bien, la importación temporal de bienes realizada por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, cuando dichos bienes son utilizados directamente por ellos o por personas con las que tengan relación laboral y retornen al extranjero en el mismo estado;

b.      descartó aquellas operaciones que por su descripción no correspondían al producto investigado;

c.      excluyó como producto investigado todas las mallas cuyas medidas eran distintas a las de la malla de acero objeto de la presente investigación (2x2 a 8x8), y

d.      suprimió las operaciones realizadas por importadores pertenecientes a giros que, por su naturaleza, no corresponden a usuarios de la malla de acero con las características señaladas en la investigación, con base en su conocimiento del mercado y de una labor de visitas a clientes existentes y potenciales en México.

24. DEACERO clasificó las operaciones según la abertura de la malla de acero; de este modo, integró seis grupos, referentes a malla de 2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8, con sus respectivos precios de exportación en dólares por rollo. Adicionalmente, identificó las medidas de los rollos para cada una de las operaciones consideradas.

25. La Solicitante señaló que los fabricantes de la mercancía investigada y de la mercancía nacional manejan sus propios pesos teóricos, según las especificaciones del producto (abertura de malla, largo del rollo, capa de zinc). Cuando la información sobre la mercancía investigada, no incluía el dato sobre el peso de la malla, DEACERO utilizó una tabla de pesos teóricos que obtuvo de varias muestras de un metro lineal de cada tipo de malla que fabrica y de acuerdo al peso, obtuvo un factor promedio. Con los elementos anteriores calculó el precio de exportación para cada tipo de malla en dólares por kilogramo.

26. La Solicitante consideró que la información que tuvo razonablemente a su alcance para la determinación del precio de exportación, le permitieron integrar una muestra representativa en términos de volumen de importaciones, tipos de malla investigada y principales empresas importadoras del producto investigado. Las operaciones reportadas cubren los primeros seis meses del periodo investigado, ya que no fue posible contar con las importaciones de los meses faltantes del periodo investigado, sin embargo, DEACERO se encuentra realizando las gestiones necesarias para obtener dicha información.

27. La Secretaría revisó los listados de importaciones presentados por DEACERO y, con base en esta información, integró una muestra aleatoria de pedimentos de importación para el periodo investigado, con un nivel de confianza de 90%, variabilidad de 50% y el error de la muestra se fijó en 5%. La Secretaría solicitó pedimentos de importación a diversos agentes aduanales, para contar con información de las importaciones de malla de acero objeto de la investigación que abarcara todo el periodo investigado.

28. Con base en la información de los pedimentos de importación, la Secretaría conformó un listado de importaciones de malla de acero que se efectuaron durante el periodo investigado, las cuales se agruparon según abertura de 2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8, con sus respectivas medidas y precios de exportación en dólares por rollo. Asimismo, la Secretaría, con fundamento en los artículos 39 y 40 del RLCE, calculó el precio de exportación promedio ponderado para cada tipo de malla en dólares por kilogramo, de conformidad con la metodología empleada por DEACERO, esto es, considerando el peso consignado en la factura o, en ausencia de esta información, utilizando los valores de la tabla elaborada por la Solicitante. La ponderación se calculó conforme a la participación relativa de cada operación en el volumen total importado reportado en la muestra, para cada tipo de malla, durante el periodo investigado.

a. Ajustes al precio de exportación

29. En esta etapa de la investigación, la Solicitante propuso que los precios de exportación se ajustaran, según el término CIF o FOB en que estuvieran expresadas las operaciones de importación. En los casos de las operaciones en términos CIF, los ajustes al precio de exportación contemplaron gastos de transporte marítimo, seguro y transporte y despacho aduanero en China, y para las operaciones en términos FOB, el ajuste consideró transporte y despacho aduanero en China, tomando en cuenta una cotización presentada por DEACERO de una empresa transportista italiana.

30. Para el ajuste de las operaciones en términos CIF, la Solicitante presentó una cotización de una empresa transportista italiana referente al transporte marítimo desde el puerto de Tianjin Xingang en China al puerto de Manzanillo, Colima, para un contenedor de 20 pies, señalando que la carga que se maneja en estos, es en promedio de 20 toneladas, en tanto que el seguro lo cotizó como un porcentaje del valor CFR (por las siglas en inglés de “Cost and Freight”) de las mercancías. Con base en los elementos anteriores, la Secretaría calculó el monto del ajuste para cada concepto en dólares por kilogramo.

31. DEACERO presentó una cotización de transportación desde una fábrica en Anping County, Hebei, al puerto de embarque Tianjin Xingang, en China, así como los gastos por despacho aduanero, para un contenedor de 20 pies, considerando una carga promedio de 20 toneladas en ambos casos. Con base en esta información, la Secretaría calculó el monto del ajuste para cada concepto en dólares por kilogramo. Este ajuste fue aplicado a las operaciones en términos CIF y en términos FOB.

32. Con base en los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE, 53 y 54 del RLCE, en esta etapa de la investigación la Secretaría ajustó el precio de exportación por concepto de flete marítimo, seguro, flete interno y gastos de despacho aduanero en China, en función de los términos de venta que la Secretaría identificó en los distintos pedimentos de importación y sus facturas.

2. Valor normal

a. Selección del país sustituto

33. DEACERO manifestó que de acuerdo con el párrafo 15 del Protocolo de Adhesión de China a la OMC, las investigaciones antidumping sobre bienes de origen chino, pueden iniciarse bajo el supuesto de que se trate de una economía de no mercado, por lo que, el valor normal será determinado a partir de los precios de una mercancía similar en un tercer país con economía de mercado.

34. La Solicitante propuso a Brasil como país sustituto, con base en las consideraciones que se describen a continuación:

a.      DEACERO precisó que no existen estadísticas de producción de la mercancía objeto de investigación y que los datos disponibles en los principales organismos empresariales del acero y publicaciones especializadas a los que tuvo acceso, ofrecen información hasta el nivel de alambre de acero, pero no de los productos elaborados con el mismo, como son las mallas o telas de alambre de acero;

b.      la Solicitante señaló que consultó un reporte sobre el mercado mundial de las mallas o telas de acero, metal expandido o cobre, titulado “The World Market For Wire, Cloth, Grill, Netting, Fencing And Expanded Metal Of Iron, Steel, Or Copper: A 2011 Global Trade Perspective”, del Profesor Philip M. Parker. Cabe aclarar que este reporte incluye, además de la mercancía objeto de investigación, información de otras mallas y telas que no son mercancía objeto de investigación;

c.      de acuerdo con DEACERO, el estudio parte de un análisis por región, tomando como base las importaciones y exportaciones realizadas por 150 países, lo cual permite obtener un panorama de la configuración del mercado mundial de las mallas. Entre ellas, Europa ocupa el primer lugar por su capacidad exportadora seguida de Asia, Norteamérica (Estados Unidos y Canadá), Latinoamérica (incluido México), Medio Oriente, África y Oceanía, y

d.      la Solicitante realizó una búsqueda por Internet de las empresas productoras de los diferentes países, y encontró que en la región europea la mayoría de los productores enfocan su producción a mallas con características y usos diferentes a la mercancía investigada. En el caso de Asia, el principal exportador es China, seguido de Japón y Taiwán, pero no fue posible identificar que en estos dos últimos países existiera producción de la mercancía investigada. En el caso de Norteamérica, Estados Unidos y Canadá tienen una importante producción. Finalmente, por lo que respecta a Latinoamérica, México aparece como el principal país exportador, seguido por Brasil.

35. En apoyo a su propuesta de considerar a Brasil como país sustituto, DEACERO aportó los  siguientes elementos:

i. Producción de la mercancía investigada

36. La Solicitante señaló que en Brasil existen alrededor de 15 empresas productoras de malla de acero en medidas de 2x2 a 8x8 y que la producción en ese país es de aproximadamente 60 toneladas al mes, de acuerdo con la información que la consultora brasileña obtuvo directamente de las empresas brasileñas.

ii. Similitud en el proceso de producción

37. DEACERO explicó que el proceso de fabricación en todos los países en que se produce la malla de acero, es prácticamente el mismo, con ligeras diferencias entre malla soldada o tejida, el proceso de cincado y el insumo del que se obtienen. En el caso de Brasil, los productores de malla parten del alambre galvanizado y producen únicamente malla tejida en las medidas investigadas. Las etapas del proceso productivo en Brasil son las siguientes:

a.      las bobinas de alambre galvanizado se almacenan en una caja o jaula;

b.      el alambre se desenrolla y el alambre, ya plano, se re-embobina en un cilindro cerca del telar;

c.      los alambres son separados por un “peine”;

d.      colocación de otro carrete con alambre del mismo diámetro para formar el tejido transversal, y

e.      entrelazado de los cables para producir la malla por el movimiento longitudinal y transversal de  los telares.

38. Por lo que hace al proceso de producción en China, la Solicitante presentó la siguiente descripción:

a.      el alambre se trefila al tamaño que el cliente requiere;

b.      las máquinas de tejido usan el alambre negro para tejer la malla de alambre;

c.      todo el rollo de malla de alambre se galvaniza, y

d.      la malla de alambre se seca y se limpia.

39. DEACERO aclaró que los fabricantes de Brasil se apegan a un solo proceso productivo que es el galvanizado antes del tejido, mientras que, por su parte, los productores chinos manejan dos procesos, que son el galvanizado antes del tejido y el galvanizado después del tejido. Independientemente del proceso  que se siga, no existe un efecto en el precio que se derive por las diferencias entre el galvanizado antes o después del tejido. Asimismo, la Solicitante presentó información con los precios de mallas galvanizadas, elaboradas bajo el proceso de galvanizado antes del tejido y después del tejido de empresas chinas que manejan ambos tipos de procesos, lo que permite observar que independientemente del proceso que se siga para la fabricación de malla galvanizada cuadrada, el precio es el mismo.

40. En lo que corresponde a la malla de acero bajo el proceso de soldado, DEACERO señaló que en el caso de Brasil no se maneja la producción de este tipo de mallas para las aberturas de 2x2 a 8x8. La Solicitante refirió que el hecho de que la malla sea soldada o tejida no hace diferencia en el precio de venta por parte de China, ya que en muchas de las facturas de venta analizadas se pudo observar que se hace referencia al producto como “malla galvanizada por inmersión soldada o tejida” al mismo precio.

41. En conclusión, de acuerdo con DEACERO, aun cuando China maneja procesos de producción para la malla de acero, adicionales al proceso productivo seguido por Brasil, estos procesos no representan una diferencia en el precio de las mallas, ya que independientemente que una malla de acero sea galvanizada antes o después de tejida, el precio al que se ofrece la malla es el mismo. Lo anterior también es válido para las mallas de acero que son producidas bajo el proceso de soldado y el proceso de tejido; en ambos casos, el precio al que se ofrece la malla es el mismo.

iii. Disponibilidad de insumos

42. En la elaboración de la malla de acero se utilizan como principales insumos alambrón y zinc. A nivel mundial, se observa que China fue el principal productor de alambrón en 2011, con 122.114 millones de toneladas, en tanto que Brasil ocupó el sexto lugar con 3.126 millones de toneladas, como se indica en la Tabla 3.

Tabla 3. Principales países productores de alambrón

(Millones de Toneladas)

País

2011

China

122.114

Comunidad de Estados Independientes

6.467

Alemania

6.080

Japón

5.752

Italia

4.437

Brasil

3.126

España

2.771

Corea del Sur

2.650

Taiwán

2.279

Estados Unidos

2.271

México

2.269

Francia

1.962

Turquía

1.715

Total Mundial

190.853

Fuente: Elaborado por DEACERO con base en CRU Monitor. “Steel Long Products. Bars, Structurals & Wire Rods” Mayo 2012.

43. Por otra parte, en la Tabla 4 se puede apreciar que tanto China como Brasil fueron países exportadores netos de alambrón en 2011.

Tabla 4. Principales países exportadores netos de alambrón

(Millones de toneladas)

País

2011

Comunidad de Estados Independientes

2.344

China

2.302

Japón

1.156

Alemania

0.996

Turquía

0.84

España

0.53

Reino Unido

0.509

México

0.422

Brasil

0.171

Canadá

0.127

Francia

0.064

Diferencia entre Producción de Alambrón y Consumo Aparente de Alambrón.

Fuente: Elaborado por DEACERO con base en CRU Monitor. “Steel Long Products. Bars, Structurals & Wire Rods” Mayo 2012.

44. En el caso del zinc, China ocupó el primer lugar como productor en 2010, en tanto que Brasil tuvo una posición significativa entre los principales productores, como se observa en la Tabla 5.

Tabla 5. Principales países productores de zinc

(Toneladas métricas)

País

Año 2010

China

3,700,000

Australia

1,479,000

Perú

1,470,450

Estados Unidos

748,000

India

700,000

Canadá

648,905

México

518,429

Kazajstán

500,000

Bolivia

411,409

Irlanda

342,434

Rusia

269,000

Suecia

198,686

Brasil

175,000

Total Mundial

12,000,000

Fuente: Elaborado por DEACERO con base en “United States Geological Survey, Mineral Commodity Summaries”, Enero 2010.

iv. Nivel de desarrollo económico

45. La Solicitante argumentó que Brasil se considera por analistas internacionales como un país con un nivel de desarrollo económico comparable al de China. Esta similitud se puede observar por el hecho de que tanto a Brasil como a China se les ha agrupado como integrantes del conjunto denominado BRICs (para referirse conjuntamente a Brasil, Rusia, India y China), toda vez que tienen en común particularidades tales como una gran población, un enorme territorio y una gran cantidad de recursos naturales. La Solicitante presentó el documento “Dreaming with BRICs: The Path to 2050”, elaborado por el banco de inversiones Goldman Sachs en 2003.

46. Adicionalmente, DEACERO señaló que en los últimos años Brasil y China han presentado cifras de crecimiento muy elevadas, tanto en su Producto Interno Bruto (PIB), como en su participación de comercio. Brasil es la mayor economía de América del Sur y desde hace tiempo es considerado como un país capaz de alcanzar niveles de crecimiento similares a los de Asia, dada su enorme población, riqueza de recursos naturales y cultura empresarial.

47. Para sustentar la similitud en los niveles de desarrollo económico de Brasil y China, la Solicitante presentó la Tabla 6 que muestra los principales indicadores económicos para estos dos países.

Tabla 6. Niveles de desarrollo China-Brasil

INDICADORES 2011

CHINA

BRASIL

PIB (millones dólares corrientes)

7,298,096

2,476,652

PIB crecimiento (% anual)

9

3

PIB per cápita (dólares corrientes)

5,430

12,594

Importaciones de bienes y servicios (% del PIB)

27

13

Exportaciones de bienes y servicios (% del PIB)

29

12

Industria, valor agregado (% del PIB)

44

28

Inflación, precios al consumidor (% Anual)

5

7

Fuerza laboral total, en miles  1/

799,541

101,586

Comercio de mercancías (% del PIB) 1/

50

18

Servicios, etc., valor agregado (% del PIB)

46

67

1/ Datos a 2010, únicos disponibles.

Fuente: Elaborado por DEACERO. http://data.worldbank.org/indicator    http://www.state.gov/r/pa/ei/bgn/35855.htm#econ.

v. Similitud del producto chino y brasileño

48. DEACERO presentó un cuadro comparativo de las especificaciones técnicas de las mallas de acero de origen chino que son exportadas a México y las mallas producidas en Brasil, en el que se pueden observar las siguientes similitudes:

a.      medidas comerciales (aberturas por pulgada lineal): la malla de origen chino y la malla brasileña manejan medidas comerciales idénticas. Para ambos casos, las medidas comerciales que se manejan son 2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8;

b.      calibres de alambre de acero utilizado: en ambos casos las mallas de acero se ofrecen en distintos calibres dependiendo de la medida comercial. En el caso de China los calibres utilizados van desde 15 BWG (por sus siglas en inglés “Birminghan Wire Gauge”) hasta 27 BWG, mientras que en el caso de Brasil el rango de calibres utilizados es desde 14 BWG hasta 24 BWG;

c.      acabado: tanto las mallas chinas como las mallas brasileñas tienen acabado galvanizado que las hace ser resistentes a la corrosión, y

d.      presentación: la malla originaria de China y la originaria de Brasil se comercializan en rollos, siendo la medida más común los 30 metros por rollo, equivalente a 100 pies.

vi. Otros elementos

49. DEACERO explicó que en el sector de mallas de acero de Brasil, prevalecen condiciones de una economía de mercado, ya que las productoras de mercancías similares a la investigada son empresas privadas sin ninguna participación del gobierno. Asimismo, estas empresas no reciben subsidio alguno y establecen sus precios sin intervención del gobierno.

vii. Determinación

50. El segundo párrafo del artículo 48 del RLCE, define que por país sustituto se entenderá un tercer país con economía de mercado similar al país exportador con economía centralmente planificada. Agrega que la similitud entre el país sustituto y el país exportador se definirá de manera razonable, de tal modo que el valor normal en el país exportador, en ausencia de una economía planificada, pueda aproximarse sobre la base del precio interno en el país sustituto, considerando criterios económicos. Para cumplir con dicha disposición, la Secretaría efectuó un análisis integral de la información proporcionada por la Solicitante para considerar a Brasil como país sustituto. Advirtió que existe similitud en los procesos de producción de Brasil y China para la malla de acero, los cuales contemplan, en ambos países, el galvanizado antes del tejido. Por su parte, en China también se maneja el proceso de galvanizado después del tejido, así como la producción de malla de acero soldada. De esta forma, se puede inferir de manera razonable que la intensidad en el uso de los factores de la producción es similar en ambos países. Respecto a la disponibilidad de insumos necesarios para la fabricación del producto investigado, tanto en Brasil como en China existe una importante producción de alambrón y zinc, principales insumos para la fabricación de la malla de acero galvanizada.

51. Con base en el análisis descrito en los puntos 33 a 50 de la presente Resolución y de conformidad con los artículos 2.7 y 5.3 del Acuerdo Antidumping; 33 de la LCE, 48 del RLCE, la segunda disposición suplementaria del párrafo 1 del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1947, contenida en su anexo I y el numeral 15 literal a del Protocolo de Adhesión de la República Popular China a la Organización Mundial del Comercio, la Secretaría aceptó utilizar a Brasil como país con economía de mercado sustituto de China para efectos del cálculo del valor normal.

b. Precios en el mercado interno de Brasil

52. Para acreditar el valor normal, la Solicitante presentó un estudio de mercado de una consultora brasileña, que contiene los precios de malla galvanizada de alambre de acero en el mercado interno de Brasil en medidas de 2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8, en términos ex-works y en reales por metro cuadrado.

53. Los precios fueron obtenidos de cotizaciones y listas de precios que estuvieron vigentes durante el año 2012 y que fueron proporcionados por cuatro empresas productoras brasileñas de la mercancía objeto de investigación. Dichos precios corresponden a los principales productores de mercancía similar a la investigada, los cuales representan alrededor del 75% de la producción interna de ese país, por lo que se consideraron representativos del mercado interno de Brasil.

54. DEACERO manifestó que los precios reportados están dados en el curso de operaciones comerciales normales, ya que se refieren a listas de precios y cotizaciones que se ofertan en general a todos los clientes, por lo que se presume que son precios entre partes no relacionadas. En el estudio de mercado de la consultora brasileña, se presentó una estimación del costo de la malla de acero a partir del costo del alambre galvanizado, el cual se encuentra por debajo de los precios promedio, por tipo de malla, utilizados para el cálculo del valor normal.

55. Para convertir los precios de reales por metro cuadrado a reales por kilogramo, el estudio de mercado de la consultora brasileña incluyó los factores de conversión que proporcionaron las mismas empresas.

56. La Solicitante propuso aplicar los descuentos que otorgan dos de las empresas consideradas. El monto se refiere al descuento sobre los precios de lista que fueron proporcionados por cada una de  las empresas.

57. La Secretaría aceptó la información contenida en el estudio de mercado de la consultora brasileña y, de conformidad con el artículo 51 del RLCE, aplicó los porcentajes de descuentos reportados por cada empresa para obtener los precios efectivamente pagados por el comprador.

58. Con fundamento en los artículos 39 y 40 del RLCE, la Secretaría calculó el valor normal promedio ponderado en reales por kilogramo para cada tipo de malla de acero.

c. Ajustes al valor normal

59. DEACERO propuso ajustar los precios por el monto del ICMS. Dicho impuesto es diferente dependiendo del Estado donde se ubique la empresa, de acuerdo a la información contenida en el estudio de mercado de la consultora brasileña.

60. Para convertir los precios de reales por kilogramo a dólares por kilogramo, la Secretaría consideró el promedio del tipo de cambio real por dólar publicado por el Banco Central de Brasil para el periodo investigado proporcionado por la Solicitante.

61. Con base en los artículos 2.4, 5.2 y 5.3 del Acuerdo Antidumping 36 de la LCE, 57 y 58 RLCE, la Secretaría aceptó ajustar el valor normal por concepto del ICMS y por tipo de cambio propuesto por DEACERO, con base en la metodología e información que presentó.

3. Margen de discriminación de precios

62. De conformidad con los artículos 2.1 del Acuerdo Antidumping, 30 de la LCE, 38 y 39 del RLCE, la Secretaría comparó el valor normal con el precio de exportación y determinó que existen pruebas que permiten presumir que las importaciones de malla de acero, originarias de China, que ingresan en las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE, se realizaron con un margen de discriminación de precios superior al de minimis durante el periodo de investigación.

G. Análisis de amenaza de daño y causalidad

63. Con fundamento en los artículos 41 y 42 de la LCE, 64 y 68 del RLCE y 3 del Acuerdo Antidumping, la Secretaría analizó los argumentos y las pruebas aportadas por la Solicitante, para determinar si existen indicios suficientes de que las importaciones de malla de acero, originarias de China, en presuntas condiciones de dumping, causan amenaza de daño a la rama de producción nacional de la mercancía similar.

64. Esta evaluación comprende un examen sobre el volumen de las importaciones en presuntas condiciones de dumping, el efecto de los precios de éstas en los precios internos y el efecto de las importaciones investigadas en los indicadores económicos y financieros pertinentes de la industria nacional, y los indicadores de la industria del país exportador.

1. Similitud de producto

65. DEACERO manifestó que tanto el producto investigado como el de fabricación nacional, son similares, pues se fabrican mediante el mismo proceso productivo, utilizan tecnologías similares, tienen los mismos usos y funciones, y se distribuyen mediante los mismos canales de distribución a los clientes que adquieren la malla de acero. Además de que ambos productos se comercializan en el mercado nacional en las mismas medidas (2x2, 3x3, 4x4, 5x5, 6x6 y 8x8 aberturas por pulgada lineal).

66. La Solicitante señaló que una de las principales diferencias entre el producto investigado y el de fabricación nacional, consiste en que el primero ingresa en las variedades de malla soldada o tejida, en tanto que la producción nacional sólo ofrece malla tejida, sin embargo, tal característica es indistinta en los usos y funciones del producto. Otras diferencias podrían observarse en el diámetro del alambre galvanizado, el porcentaje de la capa de zinc y, por lo tanto, el peso del rollo, variables que no influyen en la decisión de compra del cliente porque no inciden sobre los usos y las funciones del producto.

67. La Secretaría valoró la similitud entre el producto de fabricación nacional y el investigado conforme a los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE.

a. Características físicas

68. DEACERO presentó un “Cuadro comparativo de especificaciones de criba nacional versus criba china”, en la que se comparan rollos de malla de la mercancía investigada y de fabricación de las medidas: 2x2, 3x3, 4x4 y 6x6 aberturas por pulgada lineal.

69. La Secretaría observó en la información proporcionada por la Solicitante que, la mercancía investigada se encuentra en las variedades soldada y tejida, mientras que la de fabricación nacional únicamente es tejida. En todas las medidas, el rollo de malla de producción nacional muestra un peso mayor que la mercancía objeto de investigación, lo que podría explicarse en parte porque el diámetro de alambre galvanizado longitudinal también es más grande, a pesar de que los rollos de la mercancía investigada superan en varios centímetros al de fabricación nacional. En tres de las cuatro medidas, el porcentaje de la capa de zinc en la malla que produce DEACERO es más alto comparado con la mercancía investigada.

70. En relación con los diferentes diámetros de alambre con que se fabrica la malla de alambre, como se describe en el punto 9, inciso b, de la presente Resolución, DEACERO presentó una comparación entre las medidas comerciales y el diámetro del producto de fabricación nacional y el investigado, tal y como se observa en la Tabla 7.

Tabla 7. Comparación entre la malla de alambre de acero

de fabricación nacional y originaria de China

Medida Comercial (abertura)

Producto similar

Producto investigado

Diámetro del alambre (calibre BWG)

Diámetro del alambre (milímetros)

Diámetro del alambre (calibre BWG)

Diámetro del alambre (milímetros)

2x2

19, 22

1.04, 0.73

15, 16, 18, 19,20

1.83, 1.60, 1.20, 1.04,  0.89

3x3

21, 22

0.81, 0.73

16, 19, 20, 21, 22

1.60, 1.04, 0.89,  0.81,  0.73

4x4

22, 23, 24

0.73, 0.66, 0.58

18,19, 20, 21, 22, 23, 24

1.20, 1.04, 0.89, 0.81, 0.73, 0.66, 0.58

5x5

24, 25

0.58, 0.51

19, 22, 23, 24, 25

1.04, 0.73, 0.66, 0.58, 0.51

6x6

25, 27

0.51, 0.44

21, 22, 23, 24, 25, 26

0.81, 0.73, 0.66, 0.58, 0.51, 0.46

8x8

27, 29

0.44, 0.38

23,24, 25, 26, 27, 28, 29

0.66, 0.58, 0.51, 0.46, 0.44, 0.41, 0.38

Fuente: DEACERO.

71. La Secretaría revisó los catálogos electrónicos publicados en las páginas de Internet “Made in China” y los de DEACERO, y comparó las características y medidas de la malla de acero y observó que su apariencia es similar.

72. A partir de la información anterior, la Secretaría determinó que ambos productos tienen características físicas similares en función de las medidas comerciales y de la presentación del diámetro del alambre.

b. Proceso productivo y normas técnicas

73. DEACERO señaló que los principales insumos utilizados en la elaboración de la mercancía objeto de investigación son alambrón de acero al carbón, zinc y energía eléctrica. Para sustentarlo, exhibieron un diagrama de flujo de su proceso de producción, así como una descripción del proceso productivo de la mercancía investigada en China, mismo que refiere las cinco etapas siguientes:

a.      el alambre se trefila al tamaño que el cliente requiere;

b.      las máquinas de tejido utilizan el alambre negro para tejer la malla de alambre;

c.      todo el rollo de malla de alambre se galvaniza, y

d.      la malla de alambre se seca y se limpia.

74. Para acreditar el proceso de fabricación de la malla de acero, la Solicitante presentó su proceso de producción, la descripción de la manufactura del producto investigado originario de China realizada por un exportador chino y la traducción de la descripción del proceso de producción de la malla de acero soldada de otro fabricante chino.

75. Asimismo, DEACERO señaló que la mercancía objeto de investigación debe cumplir con las especificaciones técnicas de la norma a que se refiere el punto 11 de la presente Resolución.

76. La Secretaría analizó la información descrita y observó que los procesos de producción coinciden en términos generales, con excepción de que la producción nacional no fabrica malla de alambre de acero soldada, motivo por el que se requirió a la Solicitante que indicará si existen diferencias entre la malla tejida y soldada. DEACERO respondió que, tanto la malla soldada como la malla tejida, comparadas en abertura (medida comercial) y calibre de alambre, a simple vista, se perciben de manera similar.

77. Con base en la información disponible en la presente etapa de la investigación, la Secretaría determinó de manera inicial, que el producto investigado y la malla de fabricación nacional son fabricados a través de procesos de producción similares y que la norma técnica que presentó la Solicitante no hace distinción entre la malla tejida y soldada.

c. Usos y funciones

78. En relación con los usos y las aplicaciones del producto investigado y el de fabricación nacional, la Solicitante manifestó que la malla importada de China, se utiliza para los mismos usos y funciones que el producto nacional, los cuales se describen en el punto 10 de la presente Resolución.

79. Con base en la información disponible en el expediente administrativo y de la que se allegó en esta etapa de la investigación, la Secretaría corroboró que la malla de acero, tanto nacional como importada, tienen los mismos usos y cumplen con las mismas funciones.

d. Determinación

80. Con base en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE, y como resultado de la evaluación de los argumentos y pruebas aportados por la Solicitante, la Secretaría determinó de manera inicial que la malla de acero importada de China y la de fabricación nacional, son productos similares, dado que tienen características físicas semejantes, comparten insumos y materiales, y tienen procesos de producción análogos, lo que les permite cumplir con las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables.

2. Rama de la producción nacional

81. De conformidad con lo establecido en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE y 60, 61 y 62 del RLCE, la Secretaría identificó a la rama de producción nacional como al conjunto de fabricantes del producto similar al investigado, cuya producción agregada constituya la totalidad o, al menos, una proporción importante de la producción nacional total de dicho producto, tomando en cuenta si alguna empresa productora importó el producto investigado o si existen elementos para presumir que se encuentra vinculada a empresas importadoras o exportadoras del mismo.

82. La Solicitante manifestó ser el único productor nacional de mercancía similar a la investigada, sustentando su afirmación con una carta de la CANACERO del 15 de enero de 2013, que señala a DEACERO como la única empresa productora en México de malla o tela galvanizada de alambre de acero, en forma de cuadrícula con medidas de 2x2 a 8x8 aberturas por pulgada lineal. También señaló que no tiene conocimiento de que exista otro fabricante del producto similar.

83. Con el propósito de allegarse de mayores elementos sobre la producción nacional de la mercancía similar, la Secretaría indagó sobre la existencia de otros productores nacionales a través de la revisión de directorios, buscadores y sitios públicos en Internet, sin encontrar otros posibles productores.

84. De manera adicional, la Secretaría consultó las estadísticas oficiales de importación de las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE, sin encontrar importaciones hechas por DEACERO a lo largo del periodo analizado.

85. Con base en los resultados descritos en los puntos 81 a 84 de la presente Resolución, la Secretaría determinó que DEACERO es representativa de la rama de producción nacional de la mercancía similar, toda vez que fabrica el 100% de la malla de acero. Además de que no se encontraron elementos que permitan inferir que la Solicitante se encuentra vinculada con los exportadores o importadores del producto investigado, y que no realizó importaciones del mismo, por lo que cumple con los requisitos establecidos en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE, así como 60 del RLCE.

3. Mercado internacional

86. La Solicitante manifestó que no existe información estadística específica de la mercancía objeto de investigación, porque a través de las fracciones arancelarias materia de la investigación, ingresan otras mercancías además de la investigada. Por otro lado, señaló que las únicas estadísticas que existen son las de UN COMTRADE que cuentan con seis dígitos (subpartida), mismas que son la mejor información disponible.

87. Por lo anterior, DEACERO presentó parte de las conclusiones del estudio de mercado “The World Market For Wire, Cloth, Grill, Netting, Fencing And Expanded Metal Of Iron, Steel, Or Copper: A 2011 Global Trade Perspective”, elaborado por Philip M. Parker, el cual es un análisis del mercado mundial de productos de malla de acero, hierro y cobre, lo que constituye la información específica más cercana al  producto investigado.

88. La Secretaría procedió a revisar el enfoque metodológico del estudio que presentó la Solicitante, y observó que los datos estimados se refieren al mercado de tela de alambre, parrillas, redes, cercas y materiales expandidos de hierro, acero y cobre. Es decir, los datos incluyen productos adicionales  al investigado.

89. Por las consideraciones del párrafo anterior, la Secretaría utilizó para su análisis las estadísticas de UN COMTRADE de las subpartidas 7314.19 y 7314.31, en las que se clasifican sólo productos de hierro o acero tejidos, soldados y revestidos de zinc, como se indica en la Tabla 8.

Tabla 8. Descripción de las subpartidas de UN COMTRADE

Código Arancelario

Descripción

73

Artículos de hierro o acero.

7314

Telas metálicas (incluidas las continuas o sin fin), redes y rejas, de alambre de hierro o acero, metal desplegado, de hierro o acero.

7314.19

Productos de tejido de hierro/acero, excepto el acero inoxidable.

7314.31

Parrilla. Las demás redes y rejas, soldadas en los puntos de cruce: Revestidos de zinc.

Fuente: UN COMTRADE.

90. Las exportaciones totales de telas metálicas, redes y rejas de alambre de acero, clasificadas en las subpartidas señaladas en el párrafo anterior, muestran durante los años 2009 a 2011, una tasa media de crecimiento de 15%, en tanto que las importaciones presentaron un crecimiento de 17%, como se observa en la Tabla 9.

Tabla 9. Comercio mundial de telas metálicas, redes y rejas de alambre de acero realizadas a través de las subpartidas 7314.19 y 7314.31 (toneladas)

Variable

2009

2010

2011

TMC

Exportaciones

222,658

264,626

295,572

15%

Importaciones

219,299

272,311

300,170

17%

Volumen del comercio mundial

441,957

536,937

595,742

16%

Fuente: UN COMTRADE.

4. Mercado nacional

91. De acuerdo con la información disponible, DEACERO es el único productor nacional de malla de acero cuadriculada, con medidas de 2x2 a 8x8 aberturas por pulgada lineal. El resto de los participantes en el mercado son comercializadores y distribuidores de éste y otro tipo de mallas, las cuales adquieren del fabricante nacional o las importan.

92. Durante el periodo analizado, la malla de acero fue importada de 20 países. En el periodo de octubre de 2011 a septiembre de 2012, los principales proveedores fueron Estados Unidos y China, quienes representaron el 63% y el 32% del volumen total importado, respectivamente.

a. Canales de distribución y clientes

93. DEACERO afirmó que el producto investigado y la mercancía nacional fueron adquiridas por el mismo tipo de consumidores (grandes distribuidores, distribuidores medianos, asociaciones agropecuarias, sociedades cooperativas y ferreterías), a través de los mismos canales de distribución: grandes distribuidores, distribuidores medianos, asociaciones agropecuarias, sociedades cooperativas y ferreterías. Añadió que algunos comercializadores, han sido a la vez consumidores del producto nacional y de la mercancía investigada.

94. La Solicitante proporcionó la lista de sus clientes nacionales para los 36 meses del periodo analizado, la Secretaría observó que 5 de éstos, realizaron importaciones originarias de China, equivalentes al 80% del volumen importado durante el periodo analizado, hecho que coincide con el argumento de intercambiabilidad comercial entre la mercancía nacional y el producto investigado.

95. Con base en la información disponible, la Secretaría determinó que la malla de acero importada, y la de fabricación nacional, utilizan los mismos canales de distribución y están dirigidas a los mismos clientes.

5. Análisis de Importaciones

96. Con fundamento en los artículos 41 y 42 de la LCE, 64 y 68 del RLCE y 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping, la Secretaría evaluó el comportamiento y la tendencia de las importaciones de malla de acero, originarias de China en el periodo analizado.

97. En relación con la identificación de las importaciones, DEACERO señaló que por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE se importan otras mallas con diversas características y usos. Estimó que las importaciones de malla de acero, originarias de China y de otros países, representaron entre el 12% y el 24% de la importación total realizada por las fracciones señaladas.

98. Para la selección de las importaciones investigadas utilizó los siguientes criterios:

a.      hizo una selección representativa de las importaciones de las fracciones arancelarias investigadas durante el periodo analizado y revisó las operaciones correspondientes al producto investigado, e

b.      identificó los importadores y las operaciones del producto investigado con base en su conocimiento del mercado.

99. DEACERO manifestó en su respuesta a la prevención, que el procedimiento que siguió para determinar las operaciones de importación de la mercancía investigada y no investigada, consistió en eliminar importaciones de regímenes no susceptibles de comercialización, analizó el campo de descripción para eliminar productos no investigados, suprimió operaciones con medidas de malla diferentes a 2x2 a 8x8 aberturas por pulgada lineal, revisó la actividad de los importadores, clasificó importaciones como producto investigado por su conocimiento del mercado y, por último, eligió importaciones de volúmenes altos y pequeños, en especial operaciones con volúmenes grandes.

100. Con el objetivo de valorar la información que presentó la Solicitante, la Secretaría realizó las siguientes actividades:

a.      con base en listado de pedimentos de importación de la Dirección General de Comercio Exterior (DGCE), de las fracciones arancelarias comprendidas en la investigación, y a partir de la descripción del producto importado, eliminó los registros que se referían a otros tipos de malla, como por ejemplo: malla hexagonal, ciclónica, malla tortillera, láminas, tubos y otros;

b.      tomó en cuenta para seleccionar el producto investigado las medidas de la malla objeto de análisis: 2x2 a 8x8, y

c.      se eliminaron de la base todos los valores y volúmenes en cero o sin importación.

101. La Secretaría efectuó su análisis con base en las estadísticas que obtuvo a partir de la DGCE y las proyecciones hechas por DEACERO para el periodo octubre de 2012 a septiembre de 2013, por ser la mejor información disponible en esta etapa de la investigación. En la siguiente etapa de la investigación, la Secretaría se allegará de información adicional para precisar las estadísticas de importación del producto investigado.

102. La Solicitante señaló que las importaciones de malla de acero galvanizada, tejida o soldada, con una abertura de 2x2 hasta 8x8 aberturas por pulgada lineal originarias de China se han realizado en volúmenes y condiciones tales que causaron una amenaza de daño a la industria nacional.

103. La Secretaría observó que las importaciones totales registraron un crecimiento de 32% a lo largo del periodo analizado. Las importaciones originarias de países distintos al investigado aumentaron 17% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y 114% durante el periodo investigado, por lo que acumularon un crecimiento de 150% en el periodo analizado. No obstante, la participación de las importaciones no investigadas en las importaciones totales fue en promedio inferior al 1% en el periodo analizado.

104. Por su parte, las importaciones originarias de China representaron, en el periodo analizado, el 99% de las importaciones totales y registraron una tendencia creciente que se reflejó en un crecimiento de 31% a lo largo del periodo analizado, octubre de 2009 a septiembre de 2012. En el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 respecto al comparable anterior aumentaron 39% y bajaron 6% en el periodo octubre 2011-septiembre de 2012.

105. Una consecuencia del aumento de las importaciones originarias de China fue su incremento sostenido de su participación en el CNA, en el periodo analizado. En el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010 representaban el 40%, mientras que en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado significaron el 48%, es decir, su participación relativa aumentó 8 puntos porcentuales, como se indica en la Gráfica 1.

Gráfica 1. Estructura porcentual del CNA

 

Concepto

(oct 09 - sep 10)

(oct 10 - sep 11)

Periodo investigado (oct 11 - sep 12)

Importaciones originarias de China

40%

48%

48%

Importaciones de Otros países

0%

0%

1%

Producción Nacional Orientada al Mercado Interno

60%

52%

52%

Fuente: DEACERO, listado de pedimentos de la DGCE y del Sistema de Gestión Comercial de la Secretaría de Economía (GESCOM).

106. Asimismo, durante el periodo analizado las importaciones originarias de China también aumentaron en relación con la producción nacional orientada al mercado interno, pasaron de representar el 67% de la misma en periodo octubre de 2009-septiembre de 2010, al 92% en los periodos octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado. Lo anterior significó un aumento de 25 puntos porcentuales al comparar el periodo octubre de 2009–septiembre de 2010 con octubre de 2011–septiembre de 2012.

107. La Secretaría calculó la proporción de las importaciones originarias de China en relación con las ventas al mercado interno de la industria nacional y observó que, en el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010, dichas importaciones representaron el 63%, pero en el periodo octubre de 2010–septiembre de 2011 aumentaron a 99%, lo que significó un aumento de 36 puntos porcentuales de un año a otro y en el periodo investigado representaron el 91% de las ventas al mercado interno.

108. Adicionalmente, la Solicitante proyectó las importaciones de la malla de acero cuadriculada para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013 en el caso de no imponer una cuota compensatoria. Para dicha proyección, propuso aplicar la tasa de crecimiento acumulado anual de los periodos octubre 2009–septiembre 2010 a octubre 2011–septiembre 2012 a cada mes del periodo posterior al investigado.

109. La Secretaría analizó la metodología propuesta por la Solicitante, y determinó inicialmente que es una estimación razonable y replicó dicha estimación para las importaciones del producto investigado. Como resultado se observó que, el crecimiento de las importaciones del producto investigado originarias de China para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013 sería de un 12%. A partir de lo anterior y de la proyección de los componentes del CNA, la Secretaría observó que la participación de mercado de las importaciones investigadas aumentaría a 52% en el periodo proyectado.

110. Con base en el análisis descrito en los en los puntos 96 a 109 de la presente Resolución, la Secretaría determinó que existen indicios suficientes para sustentar la probabilidad de que en el futuro inmediato, se produzca un aumento de las importaciones de malla de alambre de acero originarias de China a un nivel que, dada la alta participación que registraron las mismas en el mercado nacional y en relación con la producción nacional orientada al mercado interno en el periodo analizado, pueda causar daño a la  industria nacional.

6. Efectos en precios

111. La Secretaría evaluó el efecto del precio de las importaciones de malla de acero cuadriculada, originarias de China, en presuntas condiciones de dumping sobre el precio de la mercancía similar con fundamento en los artículos 41 y 42 de la LCE, 64 y 68 del RLCE, 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping. El análisis valora, si las importaciones investigadas se vendieron a un precio considerablemente inferior al precio de venta comparable del producto nacional similar, o bien, si el efecto de estas importaciones, fue hacer bajar de otro modo los precios o impedir en la misma medida el incremento que en otro caso se hubiera producido, y si existen indicios de que los precios a los que se realizan las importaciones harán aumentar la cantidad demandada por dichas importaciones.

112. DEACERO argumentó que la transmisión de los efectos predatorios ocasionados por el ingreso de las importaciones, objeto de investigación al mercado nacional, comenzó vía precio, ya que el amplio margen de subvaloración con el que ingresa al mercado nacional, no permite a la Solicitante reflejar el incremento de costos en el precio de venta al mercado interno.

113. A partir de las estadísticas de importación señaladas en el punto 111, la Secretaría observó que los precios promedio de las importaciones de malla originarias de países distintos al investigado registraron una tendencia creciente en el periodo analizado, lo que se reflejó en un crecimiento de 43% de octubre de  2009-septiembre de 2010 a octubre de 2011-septiembre de 2012. Por su parte, el precio promedio de las importaciones de malla originarias de China aumentaron 3% en el periodo investigado respecto al periodo octubre de 2009- septiembre de 2010. Por su parte, en los periodos de octubre de 2009-septiembre de 2010 a octubre de 2011-septiembre de 2012 el precio promedio de venta al mercado interno de la mercancía similar de la producción nacional creció 13%, lo anterior fue resultado del crecimiento en el periodo octubre de  2010-septiembre de 2011 respecto al comparable anterior, ya que en el periodo investigado se registró una disminución de 13% en el precio promedio de las ventas al mercado interno de la producción nacional.

114. Para evaluar la existencia de subvaloración, la Secretaría comparó el precio promedio de las importaciones originarias de China y las correspondientes a otros países más los gastos de internación (arancel y Derechos de Trámite Aduanero) y el precio promedio nacional de venta al mercado interno que DEACERO proporcionó.

115. Al respecto, la Secretaría observó que durante los tres años que comprenden el periodo analizado, los precios promedio de las importaciones originarias de China registraron importantes márgenes de subvaloración en relación con el precio promedio de las importaciones originarias de otros países y con el precio promedio de ventas al mercado interno de la industria nacional.

116. El precio de las importaciones originarias de China se ubicó por debajo del precio promedio de las importaciones de otros orígenes en todo el periodo analizado, 20% en el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010, 22% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y 42% en el periodo investigado.

117. En cuanto a la comparación de precios entre las importaciones investigadas y el producto similar de fabricación nacional, la Secretaría observó que el precio promedio de las importaciones originarias de China en los periodos octubre de 2009-septiembre de 2010 y octubre de 2010-septiembre de 2011, fue 38% y 52% inferior al precio de venta al mercado interno de la industria nacional, respectivamente. Durante el periodo investigado, octubre de 2011–septiembre de 2012, el margen de subvaloración fue de 44%, como se ilustra en la Gráfica 2.

Gráfica 2. Precios de las importaciones y del producto nacional (dólares por tonelada)

Fuente: DEACERO y listados de pedimentos de la DGCE y GESCOM.

118. Adicionalmente, DEACERO argumentó que de continuar el efecto lesivo de los precios de las importaciones originarias de China sobre los precios internos, el precio promedio de venta al mercado interno para el periodo proyectado, octubre de 2012–septiembre de 2013, se reduciría un 4.5% en relación con el periodo investigado, por lo que a dicho nivel de precios continuarían los márgenes de subvaloración. En efecto, la Secretaría observó que, en el periodo proyectado, el margen de subvaloración del precio de las importaciones de origen chino respecto al precio promedio de venta nacional, se ubicaría en 42%, lo que constituyen indicios de que se incentivaría la demanda por mayores importaciones.

119. En relación con el argumento de la Solicitante de que los precios de las importaciones investigadas le impidieron reflejar el aumento de costos, la Secretaría requirió a DEACERO información sobre el incremento en el precio de los principales insumos utilizados en la elaboración de la mercancía objeto de investigación, durante el periodo analizado, junto con sus fuentes de información.

120. La Solicitante presentó estadísticas sobre los precios de sus principales insumos en la elaboración de malla de alambre de acero, alambrón, zinc y energía eléctrica, durante el periodo analizado, con base en  su sistema de costos. La Secretaría observó que en el periodo investigado, el costo de fabricación del producto similar disminuyó 4% y el costo de operación aumentó 2%. Dicho comportamiento contrasta con la reducción de 13% en el precio promedio de venta al mercado interno en el periodo investigado, lo que muestra un ajuste en precios mayor al observado en los costos.

121. Con base en el análisis establecido en los puntos 111 a 120 de la presente Resolución, la Secretaría determinó en esta etapa de la investigación, que en el periodo analizado e investigado las importaciones originarias de China, en presuntas condiciones de dumping, concurrieron al mercado nacional a precios inferiores a los que registró la mercancía similar, así como de los precios de las importaciones originarias de otros países. Asimismo, ya se observó en el periodo investigado una disminución de los precios nacionales y se estima que en el periodo proyectado disminuyan nuevamente. Lo anterior permite considerar que de continuar concurriendo las importaciones de origen chino en tales condiciones, repercutirán sensiblemente en los precios nacionales, a la vez que, por los amplios márgenes de subvaloración registrados constituirían un factor determinante para explicar el incremento y la participación de las importaciones investigadas en el mercado nacional.

7. Efectos reales y potenciales sobre la rama de la producción nacional

122. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 42 de la LCE, 64 y 68 del RLCE y 3.1, 3.2, 3.4,  3.5 y 3.7 del Acuerdo Antidumping, la Secretaría evaluó los efectos de las importaciones originarias de China sobre los indicadores económicos y financieros pertinentes de la industria nacional del producto similar.

123. DEACERO argumentó que en el periodo de análisis, la producción nacional de la mercancía similar mostró un crecimiento inferior al de las importaciones originarias de China. Señaló que el crecimiento de la producción nacional en el periodo investigado fue resultado del esfuerzo por incrementar sus ventas de exportación, mientras que sus ventas al mercado interno muestran una caída en el periodo analizado.

124. Con base en la información de los indicadores económicos y financieros de la industria nacional proporcionados por la Solicitante, se observó que el volumen de las ventas al mercado interno disminuyó 12% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y aumentó 2% en el periodo investigado, por lo que acumuló una contracción de 11% a lo largo del periodo analizado. Los ingresos por ventas al mercado interno expresados en dólares, aumentaron 15% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y disminuyeron 12% durante el periodo investigado.

125. La producción de la industria nacional aumentó 1% y 2% en los periodos octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado, respectivamente, por lo que registró un incremento de 3% entre octubre de 2009 y septiembre de 2012. La Secretaría calculó el CNA, como la producción nacional más las importaciones menos las exportaciones. En el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011, el CNA aumentó 16% y se contrajo 6% en el periodo investigado, por lo que en el periodo analizado creció 10%, como se observa en la Gráfica 3.

Gráfica 3. Composición del CNA

Fuente: DEACERO, listado de pedimentos de importación de la DGCE y GESCOM.

126. Del total de la producción nacional de malla de acero, se destinó al mercado interno el 86% durante los periodos octubre de 2009-septiembre de 2010 y octubre de 2010-septiembre de 2011, mientras que en el investigado ésta disminuyó al 79%, lo que significó una reducción de 6 puntos porcentuales.

127. En el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010 la participación de la producción orientada al mercado interno en el CNA fue de 60% y de 52% en los periodos octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado, por lo que a lo largo del periodo analizado registró una reducción de 8 puntos porcentuales.

128. La productividad medida en términos del nivel de empleo, creció 10% y 1% en los periodos octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado, respectivamente, acumulando una expansión de 11% para el periodo analizado. La capacidad instalada permaneció constante durante todo el periodo analizado, pero la utilización de la misma pasó de 39% en los periodos octubre de 2009-septiembre de 2010 y octubre de  2010-septiembre de 2011, a 40% durante el periodo investigado.

129. Los inventarios promedio mensuales presentaron una disminución de 3% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y un crecimiento de 10% en el periodo investigado, acumulando un crecimiento de 6% durante el periodo analizado. La relación de inventarios a ventas totales, fue de 12% en el periodo octubre de 2009-septiembre de 2010 y de 13% en los periodos octubre de 2010-septiembre de 2011  e investigado, respectivamente.

130. El empleo de la industria nacional disminuyó 8% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y aumentó 1% durante el periodo investigado, dando lugar una reducción de 7% a lo largo del periodo analizado. La masa salarial expresada en dólares bajó 19% en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011 y aumentó 14% en el periodo investigado, lo que implica una reducción de 7% para los tres años del periodo analizado.

131. La Solicitante proporcionó el estado de costos, ventas y utilidades del producto similar para los años 2010 a 2012; para los periodos octubre de 2009-septiembre de 2010, octubre de 2010-septiembre de 2011 e investigado; así como la estimación para 2013 y 2014 y octubre de 2012-septiembre de 2013. La Secretaría actualizó dicha información para su comparabilidad financiera, a través del método de cambios en el nivel general de precios.

132. Al respecto, DEACERO señaló que es una empresa integrada, es decir, compra chatarra para la fabricación de alambrón, principal materia prima para la fabricación de la mercancía similar a la investigada por lo que presentó una simulación del estado de costos, ventas y utilidades, donde sustituye el valor del consumo de alambrón interno por el valor del consumo del alambrón como si fuese comprado, y empleó el precio promedio de venta de alambrón de la Solicitante a sus clientes. En esta etapa de la investigación, la Secretaría no consideró en su análisis los resultados que se obtienen a partir de dicha metodología y en la siguiente etapa evaluará su procedencia.

133. Con base en la información financiera que presentó DEACERO, la Secretaría observó que las utilidades operativas específicas de la producción nacional destinada al mercado interno en 2011 aumentaron 35.8% y en 2012 bajaron 1.4%. Durante 2010 y 2011 el margen operativo fue de 27.7% y 39.5%, respectivamente, en tanto que en 2012 fue de 37.5%.

134. Al evaluar los resultados operativos de acuerdo a los periodos sugeridos por DEACERO, se observa que en el periodo octubre de 2010-septiembre de 2011, registraron un crecimiento de 65% y en el periodo investigado cayeron 7%. Por lo que, el margen operativo pasó de 25.3% a 39.5%, concluyendo el periodo investigado en 39.7%.

135. El ROA (por las siglas en inglés de “Return on Assets”) calculado a nivel operativo se comportó de forma positiva en los años 2010, 2011 y 2012 con una ligera tendencia creciente: 7.9%, 10.9% y 9.4%, respectivamente. El flujo de caja a nivel operación presentó un incremento de 71.2% de 2009 a 2012; sólo en 2011 disminuyó en 84.8%.

136. La capacidad de reunir capital, mide la suficiencia de un productor para obtener los recursos financieros necesarios para llevar a cabo la actividad productiva. Ésta se analizó a través del comportamiento de los índices de solvencia, apalancamiento y deuda:

a.      los niveles de solvencia y liquidez para la Solicitante reportaron niveles aceptables en el periodo 2009 a 2012:

i.      la relación de circulante (relación entre los activos circulantes y los pasivos a corto plazo) fue de 1.61 en 2009, 1.77 en 2010, 2.77 en 2011 y 2.58 en 2012, respectivamente, y

ii.     la prueba de ácido (activo circulante menos el valor de los inventarios, en relación con el pasivo a corto plazo) registró niveles de 1.08 y 1.13 en 2009 y 2010, mientras que para 2011 y 2012 fue de 1.92 y 1.69, respectivamente.

b.      en el nivel de apalancamiento se considera que una proporción del pasivo total con respecto al capital contable inferior a 100% es manejable. En este caso se concluyó inicialmente que el apalancamiento se ubicó en niveles no adecuados.

i.      el pasivo total a capital contable fue de 175% en 2009, 159% en 2010, 208% en 2011 y 191% en 2012, respectivamente, y

ii.     el pasivo total a activo total registró niveles de 64% y 61% en 2009 y 2010, mientras que para 2011 y 2012 fue de 67% y 66%, respectivamente.

137. Con base en el desempeño de los indicadores de la industria nacional durante el periodo analizado, la Secretaría observó que la concurrencia de las importaciones malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma cuadriculada originarias de China en presuntas condiciones de dumping incidió negativamente en el comportamiento de algunos factores económicos como son la producción y ventas al mercado interno, participación de mercado y precios internos. No obstante, en el periodo investigado dicha afectación no se trasmitió completamente al resto de los indicadores económicos y financieros, aun cuando ya se observa una condición vulnerable del estado de la rama de producción nacional.

138. Al respecto, la Solicitante presentó proyecciones para los indicadores económicos y financieros incluidos en los anexos 4, 5 A, 5 B y 6 del formulario, para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013, así como la metodología y fuentes de información utilizadas. Para la estimación de los volúmenes, DEACERO utilizó la tasa de crecimiento acumulado anual del periodo analizado, lo anterior señaló es consistente con el comportamiento observado de los componentes del CNA en el periodo investigado.

139. En relación con los volúmenes de las ventas nacionales para el periodo proyectado octubre de  2012–septiembre de 2013 estimó que disminuirían 5%. Las ventas de exportación fueron calculadas con base en la tasa de crecimiento esperado de su principal mercado, y a partir de lo cual consideró un crecimiento  de 2%. La producción de la industria nacional fue estimada a partir de la tasa de crecimiento proyectada de las ventas totales, por lo que dicho indicador disminuiría un 4%, como resultado de la baja en las ventas al mercado interno.

140. La Solicitante estimó el CNA para el periodo octubre de 2012–septiembre de 2013, con base en la proyección de los volúmenes de importaciones,  producción y exportaciones, y consideró que dicho indicador aumentaría 3%, no obstante la participación de mercado de la industria nacional se reduciría a 47%.

141. Asimismo, a partir del comportamiento estimado de las ventas y la producción, así como de las importaciones investigadas, la Solicitante calculó los cambios que se darían en el resto de las variables relacionadas y proyectó que, para el periodo octubre 2012 a septiembre de 2013, la productividad disminuiría 1%, la utilización de la capacidad instalada disminuiría en 2 puntos porcentuales, los inventarios a fin de periodo bajarían 5%, los inventarios promedio mensuales se reducirían 10% y la relación de inventarios a ventas totales se ubicaría en 13%.

142. La Solicitante consideró que debido a los cambios en la producción, el empleo proyectado para el periodo octubre de 2012-septiembre de 2013 disminuiría un 3%. Asimismo, la masa salarial observaría una disminución de 27%, calculada a partir del promedio mensual de los salarios durante el periodo investigado y ajustada por la inflación general esperada para México en 2013.

143. En cuanto a los resultados operativos proyectados para 2013 de la rama de producción nacional de malla, relacionados exclusivamente con la producción nacional destinada al mercado interno se observó que éstos disminuirían 22.3% con respecto al año 2012, debido a que los ingresos por ventas bajarían 11.6%, en tanto los costos de operación lo harían en 5.2%, lo que daría como resultado que el margen operativo cayera en 4.5 puntos porcentuales al pasar de 37.5% positivo a 33%, debido a que la relación de los costos de operación con respecto a los ingresos por ventas, pasaría de 62.5% a 67% positivo.

144. Con respecto a la proyección para el año 2014, los resultados operativos disminuirían 53% debido a que los ingresos por ventas bajarían 21.9%, en tanto los costos de operación caerían 3.3%, por su parte se registraría una reducción en el margen de operación en 14.9 puntos porcentuales al pasar de 37.5% positivo a 22.6%, debido a que la relación de los costos de operación con respecto a los ingresos por ventas, pasaría de 62.5% a 77.4% positivo.

145. Para el periodo de octubre 2012 a septiembre 2013, respecto al periodo anterior comparable, los resultados operativos disminuirían 34%, debido a que los ingresos por ventas decrecerían 9.7%, en tanto  los costos de operación aumentarían 6.4%, lo que generaría que el margen operativo cayera en 10.7 puntos porcentuales al pasar de 39.7% positivo a 29.1%, debido a que la relación de los costos de operación con respecto a los ingresos por ventas, pasaría de 60.3% a 70.9% positivo.

146. Por otra parte, la capacidad de reunir capital no es adecuada, debido a que los niveles de apalancamiento se encuentran por arriba del 100% y que las razones de circulante y prueba del ácido son superior a 1 peso mexicano. Adicionalmente, de continuar con la práctica de discriminación de precios, la rama de producción nacional intensificaría su deterioro por la afectación de las variables económicas  y financieras.

8. Capacidad exportadora del país investigado

147. De conformidad con los artículos 42 de la LCE, 68 del RLCE y 3.7 del Acuerdo Antidumping, la Secretaría procedió a analizar los indicadores de la industria de malla de acero de China, así como el potencial exportador de dicho país.

148. La Solicitante argumentó que por las características de la mercancía investigada y la industria que la produce se encuentra imposibilitada de proporcionar los indicadores de capacidad instalada, producción, ventas e inventarios de la industria china específicos a la malla de alambre galvanizada en forma de cuadrícula, toda vez que no existen estadísticas a nivel mundial o por país. En razón de lo anterior, señaló que la información que estuvo razonablemente a su alcance fueron las cifras de exportación de China de 2009 a 2011 obtenidas de UN COMTRADE a nivel de subpartida.

149. En la solicitud de inicio, la Solicitante analizó las importaciones de las estadísticas de las subpartidas 7314.19, 7314.31 y 7314.41 de UN COMTRADE, para las exportaciones originarias de China:

a.      sus exportaciones al mundo aumentaron 8% y 12% en 2010 y 2011, por lo que registraron un crecimiento acumulado de 22% de 2009 a 2011, al pasar de 243,974 toneladas a 297,181 toneladas, respectivamente;

b.      las exportaciones dirigidas a México disminuyeron 5% en 2010, pero registraron un crecimiento de 57% durante 2011, lo que representa una expansión de 50%;

c.      la diferencia entre las tasas de crecimiento de las exportaciones dirigidas al mundo y a México, dio lugar a que su participación relativa en el total de las exportaciones de China, pasara de 0.3% a 0.4% en el periodo 2009 a 2011, respectivamente, y

d.      las exportaciones de China en 2011, representaron 20 veces las importaciones hechas por México durante el mismo año.

150. Al respecto, la Secretaría eliminó del análisis las estadísticas correspondientes a la subpartida 7314.41, debido a que fue excluida del alcance de la presente investigación. De este modo se determinó que:

a.      las exportaciones de China al mundo aumentaron 8% y 19% en 2010 y 2011, por lo que registraron un crecimiento acumulado de 29% de 2009 a 2011, al pasar de 92,887 toneladas a 119,699 toneladas, respectivamente;

b.      las exportaciones dirigidas a México disminuyeron 17% en 2010, pero registraron un crecimiento de 190% durante 2011, lo que representa una expansión de 140%;

c.      la diferencia entre las tasas de crecimiento de las exportaciones dirigidas al mundo y a México, dio lugar a que su participación relativa en el total de las exportaciones de China, pasara de 0.2% a 0.3% en el periodo 2009 a 2011, respectivamente, y

d.      las exportaciones de China en 2011, representaron 20 veces las importaciones hechas por México durante el mismo año.

151. Adicionalmente, la Solicitante argumentó que el mercado nacional es un destino real de las exportaciones de mallas de alambre de acero de China, por las siguientes razones: i) en los últimos tres años el volumen de las mismas aumentó de manera importante por los bajos precios y las reducciones arancelarias hechas por México en este periodo; ii) sus exportaciones registraron un incremento importante en su participación en el CNA, y iii) los destinos tradicionales de sus exportaciones como Europa y Estados Unidos pasan por una etapa recesiva que seguramente tendrá un impacto negativo.

152. La Secretaría observó que los datos de UN COMTRADE, indican que China fue el principal exportador al concentrar el 36% del volumen total, seguido de Alemania e Italia con el 14% y 10%, respectivamente, mientras que México ocupó el lugar octavo con el 2% de las exportaciones, como se observa en la Tabla 10.

Tabla 10. Exportaciones de telas metálicas, redes y rejas de alambre de acero por país de origen al mundo realizadas a través de las subpartidas 7314.19 y 7314.31 (toneladas)

Posición

País

2009

2010

2011

Participación %

1

China

92,887

100,297

119,699

36%

2

Alemania

30,403

35,529

31,649

14%

3

Italia

18,242

33,743

32,304

10%

4

Bélgica

7,948

8,653

12,120

7%

5

Polonia

9,778

16,249

20,430

5%

8

México

5,338

4,134

4,390

2%

 

Otros países

58,060

66,020

74,978

25%

 

Total

222,658

264,626

295,572

100%

N.D. No disponible.

Fuente: UN COMTRADE.

153. De acuerdo con las estadísticas de UN COMTRADE las importaciones mundiales registraron un crecimiento de 37% de 2009 a 2011. Los principales países importadores fueron Estados Unidos e Italia, quienes en este periodo fueron el destino del 23% de todas las importaciones. En el mismo año, México ocupó la posición 11 entre los importadores en el ámbito mundial, como se observa en la Tabla 11.

Tabla 11. Importaciones de telas metálicas, redes y rejas de alambre de acero por país de origen al mundo realizadas a través de las subpartidas 7314.19 y 7314.31 (toneladas)

Posición

País

2009

2010

2011

Participación %

1

Estados Unidos

44,679

54,434

48,875

17%

2

Italia

18,419

18,774

20,744

7%

3

Dinamarca

10,596

16,967

22,945

6%

4

Alemania

9,909

12,334

12,902

5%

11

México

4,462

4,404

5,975

3%

56

China

706

996

445

0%

 

Otros países

130,528

164,401

188,284

63%

 

Total

219,299

272,311

300,170

100%

N.D. No disponible.

Fuente: UN COMTRADE.

154. A partir de la información disponible descrita en los puntos precedentes, la Secretaría determinó de forma inicial que existen indicios de que la industria china de malla de alambre de acero, tiene una amplia capacidad exportadora y dado que sus exportaciones al mercado nacional aumentaron en términos absolutos y relativos, y sus bajos niveles de precios durante el periodo analizado, constituyen elementos suficientes para estimar que existe la probabilidad fundada de que continúen incrementándose las importaciones originarias de China en el futuro inmediato, situación que podría causar daño a la industria nacional.

9. Otros factores de daño

155. De conformidad con los dispuesto en los artículos 69 del RLCE y 3.5 del Acuerdo Antidumping, la Secretaría examinó la posible concurrencia de factores distintos a las importaciones investigadas, que al mismo tiempo pudieran estar afectando a la industria nacional.

156. DEACERO manifestó que no existen otros factores que puedan o estén incidiendo en el desempeño de la industria nacional en el periodo analizado, con excepción de las importaciones investigadas a precios discriminados. Sin embargo, la Secretaría analizó los posibles efectos de los volúmenes y precios de las importaciones de otros países, el desempeño exportador de la industria nacional y la contracción del mercado interno durante octubre de 2011–septiembre de 2012.

157. En relación con las importaciones de otros orígenes no existen datos que indiquen que podrían ser la causa de la amenaza de daño a la industria nacional durante el periodo analizado por las siguientes razones: i) representaron hasta el 1% en el total de las importaciones durante el periodo analizado; ii) su nivel de precios en el periodo investigado fue 2% menor en relación con el de las ventas al mercado interno; iii) durante el periodo analizado representaron menos del 1% del CNA y hasta el 1% de la producción nacional orientada al mercado interno, y iv) por lo anterior el posible crecimiento de estas importaciones en el futuro inmediato no podría causar daño a la rama de producción nacional.

158. Por lo que se refiere al desempeño exportador de la industria nacional, el volumen exportado a lo largo del periodo analizado aumentó 48% y en el periodo investigado en particular, creció 51%. Por ello, la Secretaría determinó de manera inicial que la actividad exportadora no contribuyó al deterioro de los indicadores económicos de la industria nacional.

159. Con base en lo descrito en los puntos 155 a 158 de la presente Resolución, la Secretaría determinó que la información disponible en esta etapa de la investigación no indica la concurrencia de otros factores distintos a las importaciones en presuntas condiciones de dumping, que al mismo tiempo pudieran haber sido causa de amenaza de daño a la industria nacional.

H. Conclusiones

160. Con base en el análisis integral del comportamiento y tendencia de los volúmenes y precios de las importaciones de malla de acero originarias de China, la evaluación de los factores económicos y financieros de la rama de producción nacional en el periodo analizado y el periodo proyectado, y los indicadores del potencial exportador de la industria china, la Secretaría determinó que existen elementos para presumir que, durante el periodo investigado, las importaciones de la mercancía investigada se realizaron en presuntas condiciones de dumping y causaron una amenaza de daño a la rama de la producción nacional, por lo que existen indicios de que a menos que se adopten medidas de protección se producirá un daño importante.

161. Entre los principales elementos evaluados que sustentan esta conclusión destacan, de manera enunciativa, los siguientes:

a.      Se presume que las importaciones originarias de China se efectuaron con un margen de discriminación de precios superior al de minimis previsto en el artículo 5.8 del Acuerdo Antidumping.

b.      Las importaciones investigadas registraron una tendencia creciente en términos absolutos y aumentaron su participación en relación con el CNA y la producción nacional durante el  periodo analizado.

c.      Existen indicios suficientes para sustentar la probabilidad de que en el futuro inmediato se produzca un aumento de las importaciones de malla de acero originarias de China a un nivel que, dada la alta participación que registraron las mismas en el mercado nacional y en relación con la producción nacional orientada al mercado interno en el periodo analizado, pueda causar daño a la  industria nacional.

d.      Las importaciones originarias de China se vendieron a precios significativamente inferiores a los de la industria nacional, registrando un margen de subvaloración en el periodo analizado de entre  38% y 52%.

e.      La disminución de los precios nacionales en el periodo investigado y su tendencia decreciente para el periodo proyectado, permite considerar que de continuar concurriendo las importaciones originarias de China en tales condiciones, repercutirán sensiblemente en los precios nacionales, a la vez que, por los amplios márgenes de subvaloración registrados, constituirían un factor determinante para explicar el incremento y la participación de las importaciones investigadas en el mercado nacional.

f.       La industria nacional presentó un desempeño desfavorable durante el periodo analizado en varios de sus indicadores, entre los que destacan los siguientes: ventas al mercado interno, producción, participación de mercado y precios. Además, la capacidad de reunir capital y las razones de circulante podrían llegar a comprometer la posición financiera de la rama de producción nacional.

g.      La información disponible sobre la gama de producto más restringido en el que se encuentra la malla de acero, indica que China tiene un potencial exportador varias veces mayor a las importaciones hechas por el mercado nacional en 2011.

h.      Los resultados de las proyecciones de las principales variables económicas y financieras para el periodo posterior al investigado, sugieren que se produciría un daño importante a la rama de producción nacional en caso de no se adopten cuotas compensatorias.

162. Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 52 fracciones I y II de la LCE y 5 del Acuerdo Antidumping, es procedente emitir la siguiente

RESOLUCIÓN

163. Se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula, originarias de China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 7314.19.02, 7314.19.03 y 7314.31.01 de la TIGIE.

164. Se fija como periodo de investigación el comprendido del 1 de octubre del 2011 al 30 de septiembre del 2012 y como periodo de análisis de daño, el comprendido de 1 de octubre de 2009 al 30 de septiembre  de 2012.

165. La Secretaría podrá aplicar, en su caso, las cuotas compensatorias definitivas sobre los productos que se hayan declarado a consumo 90 días como máximo antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 A de la LCE y 10.6 del Acuerdo Antidumping.

166. Con fundamento en los artículos 6.1, 12.1 y la nota al pie de página 15 del Acuerdo Antidumping; 53 de la LCE, y 163 del RLCE, los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que considere tener interés en el resultado de esta investigación contarán con un plazo de 23 días hábiles para presentar su respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, los argumentos y las pruebas que estimen pertinentes. Para aquellas empresas señaladas en el punto 12 de la presente Resolución y para el gobierno de China, el plazo de 23 días hábiles empezará a contar 5 días después de la fecha de envío del oficio de notificación del inicio de la presente investigación. Para las demás personas, el plazo empezará a contar 5 días después de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Federación (DOF). En ambos casos el plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento.

167. El formulario oficial a que se refiere el punto anterior, se podrá obtener en la oficialía de partes de la UPCI, sita en Insurgentes Sur 1940, planta baja, Col. Florida, C.P. 01030, en México, Distrito Federal, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. También se encuentra disponible en el sitio de Internet http://www.economia.gob.mx.

168. La audiencia pública a que se refiere el artículo 81 de la LCE se llevará a cabo a las 10:00 horas del 13 de enero de 2014 en el domicilio de la Secretaría citado en el punto anterior o en uno diverso que con posterioridad se señale.

169. Los alegatos a que se refieren el artículo 82 párrafo tercero de la LCE, deberán presentarse en un plazo que vencerá a las 14:00 horas del 20 de enero de 2014.

170. Notifíquese esta Resolución a los posibles interesados de los que se tiene conocimiento. Respecto a los posibles interesados señalados en el punto 12 numeral 2 de la presente Resolución, de los cuales se indica que esta Secretaría tiene datos incompletos que no permiten realizar debidamente la notificación o desconoce su domicilio, se notificarán a través de la publicación en el DOF de esta Resolución y, por una sola vez, en un diario de mayor circulación, de conformidad con lo previsto en el artículo 145 del RLCE. Las copias de traslado se ponen a disposición de cualquier posible interesado que acredite su interés jurídico en el presente procedimiento, en el domicilio y horarios señalados en el punto 167 de la presente Resolución.

171. Comuníquese esta Resolución a la Administración General de Aduanas del SAT para los efectos legales correspondientes.

172. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

México, D.F., a 27 de mayo de 2013.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.