RESOLUCIÓN General número 14, que determina el monto actualizado del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera

Miércoles 29 de mayo de 2013

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.

RESOLUCIÓN GENERAL NÚMERO 14, QUE DETERMINA EL MONTO ACTUALIZADO DEL VALOR TOTAL DE LOS ACTIVOS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA

La Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 9o. y 26, fracción IV de la Ley de Inversión Extranjera, y

CONSIDERANDO

Que conforme al artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera se requiere resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras para que la inversión extranjera pueda participar, directa o indirectamente, en una proporción mayor al cuarenta y nueve por ciento en el capital social de sociedades mexicanas, cuyo valor total de activos al momento de someter la solicitud de adquisición, rebase el monto que determine anualmente la Comisión;

Que dicho monto, de conformidad con la Regla Única de la Resolución General Número 13 de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2012, es de tres mil doscientos cuarenta y cuatro millones catorce mil quinientos ocho pesos con treinta centavos ($3,244,014,508.30);

Que conforme lo establecen el Anexo I Reservas I-M-4, I-M-5 y I-M-6 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte; el Anexo I, Lista de México, Reserva I-M-F-4 del Tratado de Libre Comercio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos; el Anexo I, Lista de México, Reserva I-M-F-IV del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras; el Anexo 6 referido en los Capítulos 7 y 8, del Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón; el Anexo I, Lista de México, Reserva I-M-F-5 del Acuerdo de Integración Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú; y el Anexo I, Lista de México, Reserva I-MX-5 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua[1], el monto del valor de los activos aplicable para la adquisición de más del cuarenta y nueve por ciento de las acciones de una empresa mexicana por parte de inversionistas de los Estados Unidos de América, Canadá, Chile, Guatemala, Japón, Perú, Costa Rica, El Salvador, Nicaragua y Honduras, será ajustado anualmente de acuerdo a la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México, de conformidad con lo que publique el Instituto Nacional de Estadística y Geografía;

Que la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México durante 2012 fue de 7.7 %[2];

Que al aplicarle la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México durante el año de 2012 al monto referido en la Resolución General 13, resultó un aumento de doscientos cuarenta y nueve millones quinientos ochenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y un pesos con ochenta centavos ($249,589,451.80), por lo que el nuevo monto del valor de activos que estará vigente para 2013, y en tanto no se emita nueva Resolución General, es de tres mil cuatrocientos noventa y tres millones seiscientos tres mil novecientos sesenta pesos con diez centavos ($3,493,603,960.10), y

Que mediante opinión por escrito de los integrantes de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras se tuvo a bien emitir la siguiente:

RESOLUCIÓN GENERAL NÚMERO 14, QUE DETERMINA EL MONTO ACTUALIZADO DEL VALOR TOTAL DE LOS ACTIVOS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA

Regla Única.- Para los efectos de lo previsto por el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera, la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras ha determinado como nuevo monto del valor total de los activos de las sociedades mexicanas de que se trate el de tres mil cuatrocientos noventa y tres millones seiscientos tres mil novecientos sesenta pesos con diez centavos ($3,493,603,960.10).

TRANSITORIOS

PRIMERO.- La presente Resolución General entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se abroga la Resolución General Número 13, que determina el monto actualizado del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2012.

Una vez enterado y analizado el contenido del proyecto de la “Resolución General número 14, que determina el monto actualizado del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera”, que estará vigente durante 2013 y en tanto no se emita nueva Resolución General, en mi carácter de Presidente de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, otorgo mi aprobación a dicha Resolución, en los términos planteados.

Atentamente

México, D.F., a 17 de abril de 2013.- El Presidente de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.



[1] De conformidad con lo previsto por el artículo 21.2 Entrada en Vigor, del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

[2] La variación porcentual sin redondeo es de 7.69384511568059% de conformidad con las cifras del Producto Interno Bruto nominal de 2011 y 2012, publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía el 25 de febrero de 2013.