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ANEXOS 1, 1-A, 3, 7, 11, 15 y 17 de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada el 12 de noviembre de 2012 |
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Martes 14 de noviembre de 2012 |
Al margen
un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Modificación al Anexo 1 de
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Contenido A. Formas oficiales aprobadas. 1. Código 2. ………………………………… 3. Ley
del IEPS 4. a 7. …………………………………………………………… B. ……………………………………………………………. C. Formatos, cuestionarios, instructivos y
catálogos aprobados. 1. a 5. …………………………………………………………… 6. Instructivo
para la presentación de información en medios magnéticos. 7. a 9. ………………………………………………………….. D. y
E. …………………………………………………………. |
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A. Formas oficiales aprobadas. |
1. Código
|
Número |
Nombre
de la forma oficial |
Medio
de presentación |
|
|
Impreso
(Número de ejemplares a presentar) |
Electrónico |
||
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........ |
............................................. |
......... |
......... |
|
5 |
(Se
deroga) |
|
– |
|
......... |
............................................. |
......... |
......... |
|
10 |
Declaración
de pago en materia de
aguas nacionales. 21.6 x 27.9 cms./Carta. Impresión negra en fondo blanco. Esta forma es de libre impresión. |
Duplicado |
– |
|
......... |
............................................. |
......... |
......... |
|
16 |
(Se
deroga) |
|
– |
|
......... |
............................................. |
......... |
......... |
|
FE |
Solicitud
de certificado de firma electrónica avanzada. 21.6 x 27.9 cms./Carta. Impresión negra en fondo blanco. Esta forma es de libre impresión. |
Duplicado |
– |
|
......... |
............................................. |
......... |
......... |
2. …………………………………..………………………………..…….
3. Ley del IEPS.
|
Número |
Nombre
de la forma oficial |
Medio
de presentación |
|
|
Impreso
(Número de ejemplares a presentar) |
Electrónico |
||
|
......... |
............................................. |
......... |
......... |
|
RE-1 |
Solicitud
de registro en el padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas del RFC. 21.6 x 27.9 cms./Carta. Impresión negra en fondo blanco. Esta forma es de libre impresión. |
Duplicado |
– |
|
......... |
............................................. |
......... |
......... |
4. a 7. .............................................................................................................................................................
|
B. ………………………………………..……………………………………… |
|
C. Formatos,
cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados. |
1. a
5. ……………………………………………………………………………
6. Instructivo para la presentación de
información en medios magnéticos.
a) al c) ……………………………………………………………..................
d) Información de presentación específica.
(1) y (2) ……………………………………………………………..................
(3) (Se
deroga)
(4) …………………………………………………………………………………..
7. …………………………………………………………………………….
8. Catálogo de claves de productos.
9. Catálogo de claves de
aprovechamientos.
|
D. y E. …………………………………………………………………………………… |
A. Formas oficiales aprobadas |
1. Código






2. ……………………..…….…………………………………………………
3. Ley del IEPS


4.
a 7.
………………..…….…………………………………………………………………………………………..
B. ………………………………………..……………………………………….………………..
C. Formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados.
1. a 5. ………………………………………………………………………..
6. Instructivo para la
presentación de información en medios magnéticos.
a) al c) ……………………………………………………………...............
d) Información
de presentación específica.
Los contribuyentes obligados a
presentar información relativa al calendario de
destrucción o donación de mercancías que han perdido su valor y/o la relación
de mercancías a destruir o a donar, forma 45; información de la solicitud de
devolución o el aviso de compensación de saldos a favor del impuesto al valor
agregado establecida en reglas de carácter general; así como Información
relativa a los créditos fiscales que las Autoridades Federales remitan al SAT
para su cobro a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, estarán a
lo siguiente:
(1) y (2) ……………………………………………………………..................
(3) (Se deroga)
(4) …………………………………………………………….........
7. …………………………………………………………………………….
8. Catálogo de claves de
productos.
|
||
|
......................................................................................................................................................... |
........................ |
|
|
BIENES PRODUCIDOS EN
ESTABLECIMIENTOS DEL GOBIERNO FEDERAL |
CLAVES DE COMPUTO |
|
|
.......................................................................................................................................................... |
......................... |
|
|
SERVICIOS A LA NAVEGACION EN EL ESPACIO AEREO
MEXICANO (SENEAM) (SCT). |
600093 |
|
|
........................................................................................................................................................... |
......................... |
|
9. Catálogo de claves de aprovechamientos.
|
||
|
|
||
|
LAS COMPRENDIDAS EN LOS
CONVENIOS DE COORDINACION CON ENTIDADES FEDERATIVAS |
CLAVES DE COMPUTO |
|
|
......................................................................................................................................................... |
.......................... |
|
|
MULTAS IMPUESTAS POR EL INSTITUTO FEDERAL DE
ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS (IFAI). |
700177 |
|
|
........................................................................................................................................................... |
...................... |
|
|
POR BIENES QUE PASAN A
PROPIEDAD DEL FISCO FEDERAL |
CLAVES DE COMPUTO |
|
|
......................................................................................................................................................... |
......................... |
|
|
POR PRESCRIPCION. |
700088 |
|
|
IMPORTE DE LAS POSTURAS
OFRECIDAS EN PROCESO DE LICITACION PARA ASIGNAR CERTIFICADOS DE CUPO Y
ARANCELES-CUPO |
CLAVES DE COMPUTO |
|
|
.......................................................................................................................................................... |
......................... |
|
|
SERVICIOS PROPORCIONADOS POR EL SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASICA-SAGARPA). |
700178 |
|
|
RECURSOS ACUMULADOS EN LOS RAMOS DE CESANTIA
EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, A QUE SE REFIERE EL ARTICULO DECIMO TERCERO
TRANSITORIO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL. |
700179 |
|
|
....................................................................................................................................................... |
.......................... |
|
D. a E. ……………………………………………………………………………….
Atentamente.
México, D.F.,
a 18 de octubre de 2012.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
Modificación
al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012
“Trámites
Fiscales”
|
Contenido I. Definiciones II. Trámites Código Fiscal de la
Federación 1/CFF a 7/CFF ………. 8/CFF Obtención de la
CIECF. 9/CFF a 47/CFF ………. 48/CFF Inscripción al RFC de personas físicas. 49/CFF a 51/CFF ………. 52/CFF Inscripción en el RFC de socios o
accionistas de personas morales y de enajenantes de bienes inmuebles a través
de fedatario público por medios remotos. 53/CFF a 61/CFF ………. 62/CFF Inscripción
al RFC de personas físicas y obtención del certificado FIEL. 63/CFF a 68/CFF ………. 69/CFF Inscripción
al RFC de personas físicas y obtención de CIECF. 70/CFF a 115/CFF ………. 116/CFF Obtención
del certificado de FIEL. 117/CFF a 123/CFF ………. 124/CFF Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de
certificación de CFDI. 125/CFF Presentación de la actualización de la
garantía a que se refiere la regla II.2.5.2.2. de la RMF. 126/CFF a 146/CFF ……… 147/CFF Aclaración
sobre créditos fiscales. Multas Impuestas por ALSC. 148/CFF a 150/CFF ………. 151/CFF Presentación
de garantía del interés fiscal. 152/CFF a 156/CFF ………. 157/CFF Relación de los socios, accionistas o
asociados, residentes en el extranjero de personas morales residentes en
México que optan por no inscribirse en el RFC (Forma
Oficial 96). 158/CFF a 174/CFF ……….. 175/CFF Aviso
para la actualización de datos del Proveedor de Certificación de CFDI
Autorizado, publicados en la página de Internet del SAT. Impuesto sobre la Renta 1/ISR a 4/ISR ………. 5/ISR Aviso para la
determinación de la pérdida deducible en venta de acciones y otros títulos
valor, cuando se adquieran o se enajenen fuera de la Bolsa de Valores. 6/ISR a 41/ISR ……….. 42/ISR Aviso múltiple para:
Destrucción de mercancías que han perdido su valor. Donación de mercancías
que han perdido su valor. Bienes de activo fijo e inversiones que dejaron de
ser útiles. Donación de productos perecederos sujetos a fecha de caducidad. 43/ISR a 77/ISR ………. 78/ISR Aviso
de que las acciones objeto de la autorización a que se refiere el artículo
190 de la Ley del ISR no han salido del grupo. Impuesto empresarial a tasa única 1/IETU a 3/IETU ………. |
|
Impuesto al valor agregado 1/IVA a 6/IVA ………. Impuesto
especial sobre producción y servicios 1/IEPS a 23/IEPS ……..... 24/IEPS Solicitud de inscripción al padrón
de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC. 25/IEPS a 32/IEPS ……..... Impuesto
sobre tenencia o uso de vehículos 1/ISTUV ………. Impuesto
sobre automóviles nuevos 1/ISAN a 4/ISAN ………. Ley de
Ingresos de la Federación 1/LIF a 5/LIF ………. Del Decreto por el que se otorgan diversos
beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003
y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo
y 28 de noviembre de 2006 1/DEC ………. 2/DEC Requisitos
que deben cumplir los centros de destrucción para ser autorizados por el SAT. 3/DEC Aviso
que deben presentar los centros de destrucción para continuar con la
autorización otorgada por el SAT. 4/DEC a 5/DEC ………. Impuesto
a los depósitos en efectivo 1/IDE a 4/IDE ………. |
Definiciones
1.1. Generales
Para los efectos del presente Anexo se entiende por:
2. AGJ, a la Administración General Jurídica y por ALJ, a la Administración
Local Jurídica y por ACNII, la Administración Central de Normatividad de
Impuestos Internos.
.........................................................................................................
8/CFF Obtención de la CIECF
|
¿Quiénes
lo solicitan? Personas
físicas y morales que deban presentar ante el SAT trámites, solicitudes,
declaraciones, consultas o avisos de forma segura a través de medios
electrónicos. |
|
¿Dónde
se solicita? Por
Internet. En
la ALSC, se atiende preferentemente con cita. |
|
¿Qué
documentos se obtienen? Internet: · Emisión de responsiva de uso para la
activación de su CIECF. En la ALSC: · Entrega de acuse de generación o
actualización de información de la CIECF y habilitación inmediata de la
misma. |
|
¿Cuándo lo solicito? Cuando se requiera la presentación de algún
trámite o servicio vía electrónica. |
|
Requisitos: Internet: Autenticación con FIEL El sistema detecta si usted cuenta con el
certificado de FIEL vigente, solicitando autenticarse a través de los datos
de éste: · RFC · Contraseña
de la llave privada · Llave
privada (*.key) · Certificado
digital (*.cer) De
ser correcta la información de su certificado, debe capturar: · Contraseña
para la CIECF (8 caracteres alfanuméricos) · Cuenta
de correo electrónico vigente · Seleccionar
pregunta secreta · Dar
respuesta a la misma · Aceptar
la responsiva de uso, y · Habilitación
inmediata de la CIECF En forma personal: · Deberá
proporcionar su RFC · Contar
con correo electrónico vigente · Original
y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y
firma del contribuyente o representante legal, expedida por el Gobierno
Federal, Estatal o Municipal, sin que sea necesariamente alguna de las
señaladas en el apartado de Definiciones de este anexo. (original para
cotejo) · En
su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la
personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos
y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o
Fedatario Público. Tratándose de menores de edad Los padres o tutores que ejerzan la patria
potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los
mismos, deben presentar: · Copia
certificada del acta de nacimiento del menor expedida por el Registro Civil u
original de la Cédula de Identidad personal, expedida por la Secretaría de
Gobernación a través del Registro Nacional de Población. · Escrito
libre en el que se manifieste la conformidad de los padres para que uno de
ellos actúe como representante del menor. (Duplicado) · Resolución
judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria
potestad o la tutela. · En
lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de este
anexo, podrá presentar original y fotocopia de cualquier identificación
oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el Gobierno Federal,
Estatal, Municipal o del Distrito Federal del (los) padre(s) o tutor(es) que
funja(n) como representante(s) del menor. (original para cotejo) · En
su caso, copia certificada y fotocopia del poder notarial con el que acredite
la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos
testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante
Notario o Fedatario Público. (copia certificada para cotejo) |
|
Disposiciones jurídicas aplicables No aplica. |
48/CFF Inscripción al RFC de personas físicas
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas. |
|
¿Dónde se presenta? Internet Se puede iniciar el trámite a través de
Internet y concluirlo en cualquier ALSC dentro de los diez días siguientes al
envío de la solicitud. Esta no se tendrá por presentada si dentro del plazo
señalado el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite. En forma personal Iniciarlo y concluirlo en cualquier ALSC, se
atiende preferentemente con cita. |
|
¿Qué documentos se obtienen? 1. Fotocopia de la solicitud, 2. Cédula de Identificación Fiscal o, 3. Constancia de Registro, 4. Guía de Obligaciones, 5. Acuse de Inscripción al RFC. En caso de que la documentación necesaria
para hacer el trámite se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de
este trámite se entregará al contribuyente el reporte de información
pendiente. |
|
¿Cuándo se presenta? Dentro del mes siguiente al día en que
realicen las situaciones jurídicas o de hecho que den lugar a la presentación
de declaraciones periódicas, de pago o informativas por sí mismas o por
cuenta de terceros. |
|
Requisitos: Por Internet: · Presentarán la solicitud de preinscripción proporcionando los datos
que se contienen en el formato electrónico que se encuentra en la página de
Internet del SAT. · Concluida la captura, se enviará la solicitud de inscripción a través
de la página de Internet del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a
los contribuyentes por la misma vía, el acuse con el número de folio
asignado. En la ALSC: · Acuse con el número de folio asignado. · Original del comprobante de domicilio fiscal. · En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite
la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos
testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante
Notario o Fedatario Público. · En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de
Definiciones de este anexo, podrá presentar original de cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el
Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o del representante
legal. · Si inició el trámite a través de Internet, adicionalmente se
presentará la solicitud de inscripción al RFC. |
|
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 27 CFF, Art. 19 y 23 Reglamento del
CFF, Art. 67 LGP, Regla II.2.3.1. RMF. |
Requisitos adicionales para quienes se
encuentren en los siguientes casos:
a) Requisitos si no cuenta con CURP
|
· Acta de nacimiento en copia certificada por funcionario público
competente o por fedatario público. · Tratándose de mexicanos por naturalización, carta de naturalización
expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada,
según corresponda. · Tratándose de extranjeros, original del documento migratorio vigente
que corresponda emitido por autoridad competente. |
b) Requisitos si ya cuenta con CURP
|
· Mencionar o proporcionar la CURP. |
c) Residentes en el extranjero con o
sin establecimiento permanente en México
|
· En su caso deben acompañar original del documento notarial con el que
se haya designado el representante legal para efectos fiscales. · Deben presentar copia debidamente certificada, legalizada o
apostillada por autoridad competente del documento con el que acrediten su
Número de Identificación Fiscal del país en que residan, cuando tengan
obligación de contar con éste en dicho país. |
d) Personas
físicas que realicen actividades de exportación de servicios de convenciones y
exposiciones
|
· Documento con el que se acredite que el interesado es titular de los
derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones. |
e) Menores de edad
|
Los padres o tutores que ejerzan la patria
potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los
mismos, deben presentar: · Copia certificada del acta de nacimiento del menor expedida por el
Registro Civil u original de la Cédula de Identidad Personal, expedida por la
Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población. · Escrito libre en el que se manifieste la conformidad de los padres
para que uno de ellos actúe como representante del menor. · Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el
que conste la patria potestad o la tutela. · En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de
este anexo, podrá presentar original y fotocopia de cualquier identificación
oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el Gobierno Federal,
Estatal o Municipal del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como
representante(s) del menor. (original para cotejo) |
52/CFF Inscripción en el RFC de socios o accionistas
de personas morales y de enajenantes de bienes inmuebles a través de fedatario
público por medios remotos
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas que tengan el carácter de
socios, accionistas o asociados de personas morales constituidas ante
fedatario público. Personas físicas que enajenen bienes
inmuebles cuya operación quede consignada en escritura pública. |
|
¿Dónde se presenta? Ante cualquier fedatario público incorporado
al “Sistema de inscripción y Avisos al Registro Federal de contribuyentes a
través de fedatario público por medios remotos” que intervengan en la
operación. |
|
¿Qué documentos se obtienen? · Fotocopia
de la solicitud. · Constancia
de registro. · Guía
de obligaciones · Acuse
de Inscripción al RFC. |
|
¿Cuándo se presenta? En el caso de personas que enajenen bienes,
al momento de consignar la operación en escritura pública ante Notario
Público. En el caso de socios, accionistas o
asociados al momento de constituir legalmente una persona moral ante Notario
o corredor público. |
|
Requisitos: · Original de cualquier identificación oficial
vigente del contribuyente y en su caso del representante legal con fotografía
y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal, sin que sean
necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de Definiciones de este
anexo. · En su caso, copia certificada del poder
notarial con el que acredite la personalidad del representante legal. Esto en
los casos en donde la personalidad no se acredite en la propia acta o
documento constituido. Requisitos adicionales para quienes
se encuentren en los siguientes casos: a) Requisitos
si no cuenta con CURP: · Acta de nacimiento en copia certificada por funcionario público
competente o por fedatario público. · Tratándose de mexicanos por naturalización, carta de naturalización
expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada,
según corresponda. · Tratándose de extranjeros, original del documento migratorio vigente
que corresponda emitido por autoridad competente. b) Requisitos
si ya cuenta con CURP: · Mencionar o proporcionar la CURP. |
|
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 27, 31 CFF, Art. 19, 20 y 24 Reglamento
del CFF, Art. 146 LISR, Regla II.2.3.4. RMF. |
62/CFF Inscripción al RFC de personas físicas y
obtención del certificado de Fiel
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas. Este trámite es personal y no puede
realizarse a través de apoderados legales. |
|
¿Dónde se presenta? Internet Se puede iniciar el trámite a través de
Internet y concluirlo en cualquier ALSC dentro de los diez días siguientes al
envío de la solicitud. Esta no se tendrá por presentada si dentro del plazo
señalado el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite. En forma personal Iniciarlo y concluirlo en cualquier ALSC, se
atiende preferentemente con cita. |
|
¿Qué documentos se obtienen? 1. Solicitud de inscripción al registro
federal de contribuyentes. 2. Cédula de Identificación Fiscal o
Constancia de Registro. 3. Guía de Obligaciones. 4. Acuse de Inscripción al RFC. 5. Comprobante de Inscripción para la FIEL con
el Certificado. |
|
¿Cuándo se presenta? Dentro del mes siguiente al día en que
realicen las situaciones jurídicas o de hecho que den lugar a la obligación
de presentar declaraciones periódicas, de pago o informativas por sí mismas o
por cuenta de terceros, o a que se de la obligación de expedir comprobantes
fiscales por las actividades que se realicen. |
|
Requisitos: Por Internet: · Presentarán la solicitud de inscripción proporcionando los datos que
se contienen en el formato electrónico que se encuentra en la página de
Internet del SAT. · Concluida la captura, se enviará la solicitud de inscripción a través
de la página de Internet del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a
los contribuyentes por la misma vía, el acuse con el número de folio asignado. · El trámite se concluirá directamente en la ALSC de la elección del
contribuyente. En la ALSC: · Acuse con el número de folio asignado (si se inició por Internet). · Original del comprobante de domicilio fiscal. · En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de
Definiciones de este anexo, podrá presentar original de cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el
gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o del representante
legal. · Dispositivo USB, el cual se utilizará para grabar los archivos
generados con motivo del trámite y su certificado. · Forma oficial FE Solicitud de Certificado de FIEL (Persona
moral/persona física) (Por duplicado e impresa por ambos lados y firmada con
tinta azul.) · Acta de nacimiento en copia certificada por funcionario público
competente o por fedatario público. · Tratándose de mexicanos por naturalización, carta de naturalización
expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada,
según corresponda. · Tratándose de extranjeros, original del documento migratorio vigente
que corresponda emitido por autoridad competente. · Mencionar o proporcionar la CURP, en caso de contar con ella. |
|
Disposiciones
jurídicas aplicables Art. 17-D y 27 CFF,
Art. 19 y 23 Reglamento del CFF, Art. 67 LGP. |
Requisitos adicionales para quienes se encuentren en los siguientes
casos:
a) Personas
físicas que realicen actividades de exportación de servicios de convenciones y
exposiciones
|
· Documento con el que se acredite que
el interesado es titular de los derechos para operar un centro de
convenciones o de exposiciones. |
b) Menores de edad
|
Los padres o tutores
que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como
representantes de los mismos, deben presentar: · Copia certificada del acta de
nacimiento del menor expedida por el Registro Civil u original de la Cédula
de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del
Registro Nacional de Población. · Escrito libre en el que se
manifieste la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como
representante del menor. · Resolución judicial o documento
emitido por fedatario público en el que conste la titularidad de la patria
potestad o de la tutela. · En lugar de alguna de las
identificaciones señaladas en el apartado de este anexo, podrá presentar
original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con
fotografía y firma, expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del
(los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) del menor.
(original para cotejo) · Que el padre o tutor que funja como
representante del menor cuente con el certificado de FIEL vigente. |
c) Contribuyentes con
incapacidad legal judicialmente declarada
|
· Original del acta de nacimiento del
contribuyente con incapacidad legal declarada. · Original de la resolución judicial
definitiva, en la cual se declare la incapacidad del contribuyente y se
conste la designación del tutor. · Identificación oficial vigente con
fotografía y firma del tutor, expedida por el Gobierno Federal, Estatal,
Municipal o del Distrito Federal. |
69/CFF Inscripción al RFC de
personas físicas y obtención de CIECF
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas. |
|
¿Dónde se presenta? Internet Se puede iniciar el trámite a través de
Internet y concluirlo en cualquier ALSC dentro de los diez días siguientes al
envío de la solicitud. Esta no se tendrá por presentada si dentro del plazo
señalado el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite en la ALSC. En forma personal Iniciarlo y concluirlo en cualquier ALSC, se
atiende preferentemente con cita. |
|
¿Qué documentos se obtienen? 1. Solicitud de inscripción
al RFC, Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Registro Guía de
Obligaciones. 2. Acuse de Inscripción al
RFC. 3. Entrega de acuse de
generación de la CIECF y habilitación inmediata de la misma. En caso de que la documentación necesaria
para hacer el trámite se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de
este trámite se entregará al contribuyente el reporte de información
pendiente. |
|
¿Cuándo se presenta? Dentro del mes siguiente al día en que
realicen las situaciones jurídicas o de hecho que den lugar a la presentación
de declaraciones periódicas, de pago o informativas por sí mismas o por
cuenta de terceros o a que se de la obligación de expedir comprobantes
fiscales por las actividades que se realicen. |
|
Requisitos: Por Internet: · Presentarán la solicitud de Preinscripción proporcionando los datos
que se contienen en el formato electrónico que se encuentra en la página de
Internet del SAT. · Concluida la captura, se enviará la solicitud de Preinscripción a
través de la página de Internet del SAT. El citado órgano desconcentrado
enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse con el número de
folio asignado. · El trámite se concluirá directamente en la ALSC de la elección del
contribuyente. En la ALSC: · Acuse con el número de folio asignado (si se inició por Internet). · Original del comprobante de domicilio fiscal. · En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite
la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos
testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante
Notario o Fedatario Público. · En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de
Definiciones de este Catálogo, podrá presentar original de cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el
Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o del representante
legal. · Si inició el trámite a través de Internet, adicionalmente se
presentará la solicitud de inscripción al RFC. · Contar con dirección de correo electrónico vigente. Requisitos adicionales para
quienes se encuentren en los siguientes casos: a) Requisitos si no cuenta con CURP · Acta de nacimiento en copia certificada por funcionario público
competente o por fedatario público. · Tratándose de mexicanos por naturalización, carta de naturalización
expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada,
según corresponda. · Tratándose de extranjeros, original del documento migratorio vigente
que corresponda emitido por autoridad competente. b) Requisitos si ya cuenta con CURP. Mencionar o proporcionar la CURP. c) Personas físicas que realicen actividades
de exportación de servicios de convenciones y exposiciones Documento con el que se acredite que el interesado es
titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de
exposiciones. d) Menores de edad: Los padres o tutores que
ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como
representantes de los mismos, deben presentar: · Copia certificada del acta de nacimiento del menor expedida por el
Registro Civil u original de la Cédula de Identidad Personal, expedida por la
Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población. · Escrito libre en el que se manifieste la conformidad de los padres
para que uno de ellos actúe como representante del menor. · Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el
que conste la patria potestad o la tutela. · En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de
este Catálogo, podrá presentar original y fotocopia de cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el
Gobierno Federal, Estatal o Municipal del (los) padre(s) o tutor(es) que
funja(n) como representante(s) del menor. (original para cotejo) |
|
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 17-D, 27 CFF, Art. 19 y 23 Reglamento
del CFF, Art. 67 LGP. Regla II.2.3.1. RMF. |
116/CFF Obtención del certificado
de FIEL
|
¿Quiénes
lo presentan? Personas
físicas y personas morales. |
|
¿Dónde
se presenta? En
cualquiera de los módulos de servicios tributarios o en cualquier ALSC, se
atiende preferentemente con cita. El
SAT dará a conocer a través de sus oficinas, de su página en Internet y demás
medios que determine, los números telefónicos a través de los cuales se
podrán concertar las citas. Asimismo,
el SAT dará a conocer los domicilios de las ALSC en las cuales se llevarán a
cabo las citas, a través de la mencionada página de Internet. |
|
¿Qué
documentos se obtienen? Certificado
de FIEL. |
|
¿Cuándo
se presenta? Cuando
el contribuyente lo requiera por ser necesario para la presentación de algún
trámite, o simplemente por ser su voluntad tener certificado de FIEL. |
|
Requisitos: Una
vez concertada la cita, los contribuyentes o representantes legales, deberán
acceder a la sección de FIEL en la página de Internet del SAT y descargar el
software denominado “SOLCEDI” a través del cual se generará el requerimiento
de certificado de FIEL (archivo con terminación .req) y la clave privada
(archivo con terminación .key). El software SOLCEDI también podrá obtenerse
directamente en la ALSC. Asimismo, los contribuyentes o los representantes
legales, en su caso, podrán utilizar aplicaciones informáticas distintas al
“SOLCEDI” que permitan la generación de claves, siempre que éstas cumplan con
los estándares y especificaciones técnicas que se encuentran en el rubro B
“Estándares y especificaciones técnicas para la utilización de aplicaciones
informáticas para la generación de claves distintas al “SOLCEDI” del Anexo
20. El
archivo con terminación .key deberá ser resguardado por el contribuyente,
procurando mantener la confidencialidad del mismo, debido a que contiene
datos de generación de la FIEL. Dispositivo
USB o CD con el archivo con terminación .req que generó el programa SOLCEDI. · Dispositivo USB o CD con el archivo con
terminación .req que generó el programa SOLCEDI Al finalizar el trámite,
recibirá una copia de su certificado digital (extensión .CER) en el
dispositivo USB con el que presentó su archivo de requerimiento. En caso de
haber presentado este archivo en CD, tendrá que descargar el certificado
accediendo en la página de Internet del SAT en el apartado Descarga de
certificados, utilizando para ello la clave de su RFC y su clave CIECF. · Forma oficial FE Solicitud de Certificado
de FIEL (Persona moral/Persona física) (Por duplicado e impresa por ambos
lados y firmada con tinta azul), el cual se contiene en el Anexo 1, rubro A,
numeral 1, podrá ser obtenido previamente por el contribuyente, en la página
de Internet del SAT en la sección FIEL. Asimismo,
durante la comparecencia se tomarán los datos de identidad del contribuyente,
consistentes en: huellas digitales, fotografía de frente, fotografía del
iris, firma y digitalización de los documentos originales, con la finalidad
de asegurar el vínculo que debe existir entre un certificado digital y su
titular. |
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
17-D CFF. Regla I.2.15.7., II.2.3.3., II.2.8.3.5., II.3.8.1. RMF. |
Adicionalmente, según sea el caso, deberá presentar los
siguientes requisitos:
a) Tratándose de personas físicas
|
Original
o copia certificada de los siguientes documentos: · Acta de nacimiento o certificado de
nacionalidad mexicana. · Tratándose de mexicanos por
naturalización, carta de naturalización expedida por autoridad competente,
debidamente certificada o legalizada, según corresponda. · Tratándose de extranjeros, documento
migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente. · Cualquier identificación oficial vigente
con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal
del contribuyente, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el
apartado Definiciones de este anexo. |
b) Menores de edad
|
1. Que el padre o tutor haya tramitado
previamente su certificado de FIEL. 2. Que el padre o tutor llame al
Centro de Atención Telefónica, o bien, acuda directamente a alguna de las
ALSC’s o Módulos de Servicios Tributarios en donde se brinda este servicio
para verificar que la situación fiscal y de domicilio del contribuyente menor
de edad sean correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite. 3. Que el padre o tutor lleve consigo
el día de su cita lo siguiente (no será necesario que el contribuyente menor
de edad comparezca ante el SAT para realizar el trámite): · Original del acta de nacimiento
del contribuyente menor de edad representado u original de la Cédula de
Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del
RENAPO. · Original del escrito libre en el
que se manifieste la conformidad de los padres o tutores para que uno de
ellos actúe como representante del menor. Tratándose del último supuesto
deberán anexar la resolución judicial o documento emitido por fedatario
público en el que conste la patria potestad o la tutela. · En los casos en que en el acta de
nacimiento, en la Cédula de Identificación Personal o en la resolución judicial
o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad
o tutela se encuentre señalado solamente un padre o tutor, no será necesario
acompañar el escrito libre citado en el párrafo anterior. · Cualquier identificación oficial
vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o
Municipal del padre o tutor, sin que sea necesariamente alguna de las
señaladas en el apartado Definiciones de este anexo. Al
finalizar el trámite, recibirá una copia de su certificado digital (extensión
.CER) grabada en el dispositivo USB con el que presentó su archivo de
requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD, tendrá que
descargar el certificado accediendo en la página de Internet del SAT en el
apartado Descarga de certificados, utilizando para ello la clave de su RFC y
su clave CIECF. |
c) Contribuyentes con incapacidad legal judicialmente
declarada
|
1. Contar con un tutor que haya
tramitado previamente su certificado de FIEL. 2. Llamar al Centro de Atención Telefónica,
o bien, acuda directamente a alguna de las ALSC’s o Módulos de Servicios
Tributarios en donde se brinda este servicio para verificar que la situación
fiscal y de domicilio del contribuyente sean correctas, y solicitar una cita
para realizar el trámite. 3. Llevar consigo el día de su cita lo
siguiente: · Original del acta de nacimiento
del contribuyente con incapacidad legal declarada. · Original de la resolución
judicial definitiva, en la cual se declare la incapacidad del contribuyente. · Cualquier identificación oficial
vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o
Municipal del representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las
señaladas en el apartado Definiciones de este anexo. Al
finalizar el trámite, recibirá una copia de su certificado digital (extensión
.CER) grabada en el dispositivo USB con el que presentó su archivo de
requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD tendrá que
descargar el certificado accediendo en la página de Internet del SAT en el
apartado Descarga de certificados, utilizando para ello la clave de su RFC y
su clave CIECF. |
d)
Contribuyentes con apertura de sucesión
|
1. Que el albacea o representante
legal de la sucesión haya tramitado previamente su certificado de FIEL. 2. Que el albacea o representante
legal de la sucesión llame al Centro de Atención Telefónica, o bien, acuda
directamente a alguna de las ALSC’s o Módulos de Servicios Tributarios para
verificar que la situación fiscal y de domicilio del contribuyente sean
correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite. 3. Que el albacea o representante
legal de la sucesión lleve consigo el día de su cita lo siguiente: · Original del acuse
del formato R2 "Aviso de apertura de sucesión" o del formato RX
“Avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC”. En caso de no
contar con alguno de estos acuses, el representante de la sucesión deberá
acreditar su personalidad a través del documento en donde conste su
nombramiento y aceptación del cargo de albacea (original o copia
certificada), ya sea que haya sido otorgado mediante resolución judicial o en
documento notarial, según proceda conforme a la legislación de la materia. · Los datos del
representante que consten en el formato R2 "Aviso de apertura de sucesión",
en el formato RX "Avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación
de RFC", o en su caso los datos del representante o albacea que consten
en el nombramiento, deberán ser los mismos que los asentados en el formato
FE- Solicitud de certificado de FIEL en la sección "Datos del
Representante Legal". · Cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el
Gobierno Federal, Estatal o Municipal del representante legal, sin que sea
necesariamente alguna de las señaladas en el apartado Definiciones de este
anexo. 4. Al finalizar el trámite, recibirá
una copia de su certificado digital (extensión .CER) grabada en el
dispositivo USB con el que presentó su archivo de requerimiento. En caso de
haber presentado este archivo en CD, tendrá que descargar el certificado
accediendo en la página de Internet del SAT en el apartado Descarga de
certificados, utilizando para ello la clave de su RFC y su clave CIECF. |
e)
Tratándose de personas morales
|
Es necesario que el
representante legal de la persona moral haya tramitado previamente su
certificado de FIEL y deberá presentar original o copia certificada de los
siguientes documentos: · Documento constitutivo
debidamente protocolizado. · Cualquier identificación
oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal,
Estatal o Municipal del representante legal, sin que sea necesariamente
alguna de las señaladas en el apartado Definiciones de este anexo. · Poder general para actos de
dominio o de administración del representante legal. |
Si usted se encuentra en alguno de los siguientes
supuestos, consulte los requisitos complementarios:
f) Personas
distintas de sociedades mercantiles
|
· Documento constitutivo de
la agrupación o, en su caso, fotocopia de la publicación en el órgano
oficial, periódico o gaceta. |
g)
Asociaciones en participación
|
· Contrato de la asociación
en participación, con firma autógrafa del asociante y asociados o de sus
representantes legales, o bien la protocolización del mismo ante fedatario
público. |
h)
Fideicomiso
|
· Contrato de fideicomiso,
con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o sus representantes
legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria. |
i) Sindicatos
|
· Estatuto de la agrupación y de la
resolución de registro emitida por la autoridad laboral competente y en su
caso, toma de nota. |
j) Dependencias de la
Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, centralizada,
descentralizada, desconcentrada o unidades administrativas
|
· Exhibir fotocopia del precepto jurídico
contenido en Ley, Reglamento, Decreto, Estatuto u otro documento legal donde
conste su existencia o constitución. · Acreditar la personalidad del
representante legal (quien deberá contar con facultades para representar a la
dependencia ante toda clase de actos administrativos, en lugar del poder
general para actos de dominio o administración). El trámite puede realizarlo
un funcionario público competente de la dependencia de que se trate, quien
debe demostrar que cuenta con facultades suficientes para representar a dicha
dependencia. Para ello deberá acreditar su puesto y funciones presentando: · Nombramiento, · Credencial vigente expedida por la
dependencia correspondiente y, · En su caso, fotocopia del precepto
jurídico contenido en Ley, Reglamento, Decreto, Estatuto u otro documento
jurídico donde conste su facultad para fungir con carácter de representante
de la dependencia de la cual pretende tramitar el certificado de FIEL. Tratándose
de las Unidades Administrativas de la Federación, de las entidades
federativas, de los municipios y de los organismos descentralizados, siempre
que estén obligadas a cumplir con sus obligaciones fiscales como
contribuyentes independientes y por consecuencia a tramitar su certificado de
FIEL, podrán realizar el trámite a través del Titular de dicha Unidad o bien
de la persona que tenga conferida a su cargo la Unidad Administrativa, quien
acreditará su puesto y funciones con el original de su nombramiento y la
credencial vigente expedida por la institución. |
k) Personas morales de carácter agrario o social (distintas de
Sindicatos)
|
· Exhibir (en lugar de acta constitutiva)
el documento en virtud del cual se hayan constituido o hayan sido reconocidas
legalmente por la autoridad competente. · Acreditar la personalidad del
representante legal para realizar el trámite. Este puede ser la persona
física socio, asociado, miembro o cualquiera que sea la denominación que
conforme la legislación aplicable se otorgue a los integrantes de la misma,
(quien deberá contar con facultades para representar a la dependencia ante
toda clase de actos administrativos en lugar del poder general para actos de
dominio o administración), mediante la presentación del nombramiento, acta,
resolución, laudo o documento que corresponda de conformidad con la
legislación aplicable. |
l) Residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en
México
|
· Documento notarial con el que haya sido
designado el representante legal para efectos fiscales. · Las personas morales residentes en el extranjero
deben proporcionar además su número de identificación fiscal del país en que
residan, cuando tengan obligación de contar con éste en dicho país. · Su documento constitutivo debidamente
apostillado o certificado, según proceda. Cuando el documento constitutivo
conste en idioma distinto del español deberá presentarse una traducción
autorizada. |
m) Asociaciones Religiosas
|
· Certificado de registro constitutivo que
la Secretaría de Gobernación le haya emitido, de conformidad con la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento. |
n) Personas Morales que se extinguieron con motivo de una fusión
|
· Documento notarial en donde conste dicho
acto. · El trámite lo podrá realizar el
representante legal de la empresa que subsista o que resulte de la fusión,
acreditando sus facultades con un poder general para actos de administración
o dominio |
ñ) Personas
Morales declaradas en quiebra
|
· Deben presentar copia
certificada de la sentencia dictada en concurso mercantil, así como del auto
que la declare ejecutoriada. · Pueden realizar el trámite
a través de la persona física que tenga carácter de Síndico. Esta persona
debe acreditar sus facultades presentando copia certificada del nombramiento
y de la aceptación del cargo del síndico, acordados por el juez de la causa. |
o) Personas
Morales en liquidación
|
Pueden realizar el
trámite a través del representante legal de la empresa en liquidación, o
bien, por aquella persona a quién le hayan sido conferidas las facultades de
liquidador. Este último debe acreditar su calidad como representante legal a
través de un nombramiento o designación, de acuerdo con lo establecido en el
Capítulo XI de la Ley General de Sociedades Mercantiles, y en su caso deberá
presentar el original del acuse del formato RX “Avisos de liquidación,
fusión, escisión y cancelación al RFC” a través del cual se presentó el aviso
de inicio de liquidación correspondiente. El nombramiento no puede
tener limitaciones en cuanto a las facultades del liquidador para realizar
actos de administración o dominio, y debe estar debidamente inscrito ante el
Registro Público de Comercio. |
p) Oficinas
de Representación de Entidades Financieras del exterior
|
· Estatutos Sociales vigentes
de la Oficina de Representación. · Resolución o acuerdo del
órgano competente de la Entidad Financiera del Exterior en el que se designe
al representante legal con poder general para actos de dominio o de
administración. · Dicha documentación deberá
estar debidamente apostillada o certificada, según proceda y cuando se encuentre
en idioma distinto al español, deberá de acompañarse de una traducción
autorizada. |
124/CFF Solicitud para obtener autorización para
operar como proveedor de certificación de CFDI
|
¿Quiénes lo presentan? Las personas morales que
deseen obtener autorización del SAT para operar como proveedores de
certificación de CFDI. |
|
¿Dónde se presenta? Ante la ACNII, o bien,
ante la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del solicitante, en esta
última se atiende preferentemente con cita. |
|
¿Qué documentos se obtienen? Oficio de autorización,
o en su caso, resolución negativa. Nota: El nombre, domicilio,
denominación o razón social, la clave del RFC y la fecha de la autorización
de los proveedores de certificación de CFDI, se darán a conocer a todos los
interesados en la página de Internet del SAT. |
|
¿Cuándo se presenta? Cuando el contribuyente
lo requiera. |
|
Requisitos: I. Presentar escrito libre. II. Estar al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales, lo cual acreditará con la opinión del cumplimiento
de obligaciones fiscales que emita la autoridad fiscal conforme al
procedimiento establecido en la regla II.2.1.11. de la RMF, para lo cual
anexará dicho documento al mencionado escrito. III. Manifestar bajo protesta de decir verdad,
dentro del escrito a que se refiere la fracción I, que: a) Harán dictaminar sus estados financieros
para efectos fiscales, por el ejercicio en que se les otorgue la autorización
que solicita y por todos los ejercicios durante los cuales gocen de la misma. b)
Conoce y acepta expresamente que podrá ser sujeto en cualquier momento de
visitas de verificación por parte del
SAT a sus sistemas, operación, resguardo y seguridad de la información
relacionados con su autorización. c)
Acepta expresamente que el SAT podrá aplicar en cualquier momento,
evaluaciones de confiabilidad al personal del proveedor de certificación de
CFDI relacionado con la prestación del servicio para el que fue autorizado. IV.
Tributar conforme al Título II de la
Ley del ISR, o bien, conforme al Título III de dicho ordenamiento,
exclusivamente en los siguientes supuestos: a) Cuando se trate de las personas
morales a que se refiere la fracción III del artículo 95 de la Ley del ISR,
siempre que el servicio se preste únicamente a sus agremiados y cumplan con los
requisitos establecidos en esta ficha salvo lo señalado en sus fracciones
III, inciso a), X y XI; y b) En el caso de personas morales
inscritas en el RFC con la actividad de asociaciones, organizaciones y
cámaras de productores, comerciantes y prestadores de servicios, conforme a
la clave 1113 establecida en el Anexo 6 de la RMF, siempre que el servicio se
preste únicamente a sus asociados o agremiados, según sea el caso, y cumplan
con los requisitos establecidos en esta ficha, salvo lo señalado en sus fracciones
X y XI. V. Contar con el certificado de FIEL
vigente. VI. Demostrar que cuentan con la capacidad
tecnológica y de infraestructura que le permita prestar el servicio de
certificación de CFDI, así mismo, deberá facilitar los elementos para la realización
de la evaluación y pruebas a los sistemas que ofrezca para la prestación del
servicio de certificación de CFDI conforme a los requerimientos establecidos
en el apartado correspondiente ubicado en la página de Internet del SAT, y
exhibir en dos ejemplares en CD´s o DVD´s no re-escribibles e impresos los
ejemplares de CFDI que certifiquen sus sistemas. En el estuche en que se
presente el o los discos, se deberá rotular la denominación o razón social
del solicitante y su clave de RFC. Además de lo señalado en
el párrafo anterior, para efectos de la presentación de la solicitud, se
deberán incluir en el escrito libre de solicitud de autorización: el nombre,
domicilio fiscal, dirección electrónica y número telefónico incluyendo clave
lada, de las personas que señale como contacto tecnológico con el SAT, en
caso de que se requiera hacer alguna aclaración de carácter informático o de
telecomunicaciones relacionada con la solicitud de autorización. VII.
Demostrar que cumplen con la matriz de control publicada en la página de
Internet del SAT; se considerará que se cumple, para efectos de la
presentación de la solicitud, anexando al escrito de solicitud la impresión
de dicha matriz de control, firmada al calce y rubricada en todas sus fojas
por el mismo apoderado o representante legal que firma el escrito de
solicitud de autorización, conteniendo la leyenda “Manifiesta mi representada
que cumple completamente con los puntos contenidos en esta matriz de control
y que cuenta con evidencia del cumplimiento de cada uno de los puntos ahí
expresados” . VIII. Entregar planes de contingencia para
garantizar la operación y respaldo de información de los CFDI que certifique. El requisito de entregar
los planes de contingencia se cumplirá mediante la entrega (en dos tantos) en
uno o más CD´s o DVD´s no re-escribibles conteniendo dichos planes,
incluyendo diagramas de flujo, la información deberá incluirse en archivos
usando el formato Acrobat Reader (pdf). En el estuche en que se presente el o
los discos, se deberá rotular la denominación o razón social del solicitante
y su clave de RFC. IX. Entregar copia de la aplicación que
utilice para certificar CFDI, así como de sus mejoras cuando éstas se
realicen. |
|
El requisito de entregar
copia de la aplicación informática para certificar CFDI (factura electrónica)
se cumplirá mediante la entrega (en dos tantos) de uno o más CD´s o DVD´s no
re-escribibles conteniendo los archivos necesarios para instalar dicha
aplicación de manera que sea totalmente funcional y permita la interacción
para realizar pruebas de la certificación por parte del SAT. En el estuche en
que se presente el o los discos, se deberá rotular la denominación o razón
social del solicitante y su clave de RFC. X. Entregar copia de una aplicación
informática para la generación y expedición de CFDI, y poner la misma a
disposición del público en general, de manera gratuita y junto con los
servicios necesarios para su uso, en el mismo lugar en que el proveedor
ofrezca el servicio de certificación de CFDI, permitiendo que a la misma se
tenga acceso incluso de manera directa desde la página de Internet del SAT. El
requisito de entregar copia de la aplicación informática gratuita para la
generación y emisión de CFDI (Factura electrónica), se cumplirá mediante la
entrega (en dos tantos) de uno o más CD´s o DVD´s no re-escribibles,
conteniendo los archivos necesarios para instalar dicha aplicación de manera
que sea totalmente funcional y permita la interacción para realizar pruebas
de la certificación por parte del SAT. En el estuche en que se presente el o
los discos, se deberá rotular la denominación o razón social del solicitante
y su clave de RFC. XI. Manifestar bajo protesta de decir verdad
que validará y certificará de manera gratuita los CFDI que generen los
contribuyentes a partir de la aplicación gratuita, así como cumplir con las
características funcionales, servicios generales y niveles de servicios
mínimos, los cuales están publicados en la página de Internet del SAT. El
requisito de cumplir con las características funcionales y servicios
generales publicados en la página del SAT en Internet se cumplirá, para
efectos de la presentación de la solicitud de autorización, mediante la
entrega (en dos tantos) de uno o más CD´s o DVD´s no re-escribibles
conteniendo los archivos necesarios para instalar dicha aplicación de manera
que sea totalmente funcional y permita la interacción para realizar pruebas
de la certificación por parte del SAT. En el estuche en que se presente el o
los discos, se deberá rotular la denominación o razón social del solicitante
y su clave de RFC. XII. Salvaguardar la confidencialidad de todos
los datos proporcionados por los contribuyentes, sean parte o no de los CFDI
no permitiendo figura alguna de uso sin el consentimiento expreso del
contribuyente. XIII. Copia certificada del poder notarial con el
que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada
ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o
ante Notario o Fedatario Público. XIV. En lugar de alguna de las identificaciones
señaladas en el apartado de Definiciones de este Anexo, podrá presentar
original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma,
expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o
representante legal. Adicionalmente
a lo señalado, los contribuyentes que obtengan autorización para ser
proveedores de certificación de CFDI, deberán: a)
Firmar y cumplir con el documento que contenga los estándares de niveles de
servicio establecidos, así como el convenio de confidencialidad de
información, que el SAT le proporcione. b)
Presentar en un plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir del
día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de la
autorización, el documento que acredite la constitución de garantía ante
compañía legalmente autorizada de una fianza a favor de la TESOFE, o bien una
carta de crédito constituida ante una institución del sistema financiero, por
la cantidad que resulte de multiplicar por veinte mil, el importe del Salario
Mínimo General diario en el Distrito Federal vigente a la fecha de
constitución de la misma, junto con dos fotocopias del mismo. De no
acreditarse la constitución de la garantía señalada en el plazo establecido,
la autorización concedida no surtirá efectos jurídicos. Nota: · El
proveedor de certificación al que le haya sido revocada su
autorización como proveedor de certificación de CFDI, no podrá obtener de
nueva cuenta autorización en 12 meses posteriores a aquél en el que le haya
sido revocada. |
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
29, frac. IV, párrafos segundo a quinto y 141 del CFF, Reglas I.2.7.2.2.,
II.2.1.11., II.2.5.2.1., II.2.5.2.2. y II.2.5.2.3. |
125/CFF Presentación de la
actualización de la garantía a que se refiere la regla II.2.5.2.2. de la RMF
|
¿Quiénes
lo presentan? Los
proveedores de certificación de CFDI que deseen obtener la renovación
automática de su autorización por un año más. |
|
¿Dónde
se presenta? A través de la página de Internet del SAT,
en la opción “Mi portal” mediante un caso de “Aviso”. |
|
¿Qué
documentos se obtienen? Acuse
de recibo electrónico. |
|
¿Cuándo
se presenta? En
el mes de enero de cada año, a partir del año siguiente a aquel en que se
obtenga la autorización. |
|
Requisitos: Para
entrar a la aplicación, inicie sesión en el registro de “Mi portal”, para
acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF, y creará un caso de “Aviso”,
en el cual anexará en archivo electrónico lo siguiente: I. Escrito libre digitalizado que cumpla con
requisitos formales del artículo 18 y 18-A del CFF, en el que manifieste bajo
protesta de decir verdad lo siguiente: · Que continúa reuniendo los requisitos de
la ficha 124/CFF denominada “Solicitud para obtener autorización para operar
como proveedor de certificación de CFDI” para ser proveedor de certificación
del CFDI. · Que cumplirá en todo momento, por el
ejercicio en que renueva su autorización, con todos los supuestos y
obligaciones establecidos en las reglas II.2.5.2.3. y II.2.5.2.4. de la RMF . En el escrito deberá incluirse adicionalmente y en forma
expresa los siguientes datos del Acuse de recibo del dictamen fiscal
presentado durante el año de calendario inmediato anterior y correspondiente
al penúltimo ejercicio fiscal enviado a través de Internet: · Folio. · No. de Registro de CPR. · Fecha de Presentación y Fecha de
Aceptación. Asimismo,
en el escrito deberán manifestar bajo protesta de decir verdad que continúan
cumpliendo con los estándares de niveles de servicio que el SAT le exigió al
momento de obtener la autorización, así como adjuntar: II. El
acuse de recibo electrónico que acredite la actualización de la
garantía constituida. III. El documento digitalizado, vigente que
contenga la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales que
emita la autoridad fiscal conforme al procedimiento establecido en la regla
II.2.1.11. de la RMF. |
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
29, frac. IV, párrafos segundo a quinto y 141 del CFF, Reglas II.2.1.11.,
II.2.5.2.2., II.2.5.2.3., II.2.5.2.4. |
147/CFF Aclaración sobre créditos
fiscales. Multas impuestas por las ALSC
|
¿Quiénes
lo presentan? Personas
físicas y morales a las que se les haya impuesto una multa por parte del SAT,
con la cual no estén de acuerdo. |
|
¿Dónde
se presenta? En
la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, se atiende
preferentemente con cita, o en la página de Internet del SAT. |
|
¿Qué
documentos se obtienen? Cuando
la aclaración se concluye, el acuse de recepción de la aclaración. |
|
¿Cuándo
se presenta? El
trámite de aclaración sobre créditos fiscales se debe presentar dentro del
plazo establecido en la multa. |
|
Requisitos: En forma personal: · Original de cualquier identificación
oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal,
Estatal o Municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea
necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de este anexo. · En caso de representación legal, copia
certificada del poder notarial para acreditar la personalidad del
representante legal o carta poder en original firmada ante dos testigos y
ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario
Público. · Tratándose de residentes en
el extranjero o de extranjeros residentes en México, deberán acompañar copia
certificada del documento notarial con el que haya sido designado el
representante legal para efectos fiscales. · Original del documento con
el que acredite el cumplimiento de la obligación requerida o con el que
acredite la improcedencia del crédito, según sea el caso. Menores de edad: Los padres o tutores que
ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como
representantes de los mismos, deben presentar: · Copia certificada del acta
de nacimiento del menor expedida por el Registro Civil u original de la
Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a
través del Registro Nacional de Población. · Escrito libre en el que se
manifieste la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como
representante del menor. · Resolución judicial o documento
emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela. · Original y fotocopia de
cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por
el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del (los) padre(s) o tutor(es) que
funja(n) como representante(s) del menor. (original para cotejo). · Original del documento con
el que acredite el cumplimiento de la obligación requerida o con el que
acredite la improcedencia del crédito, según sea el caso. Por Internet: · Entre en la aplicación,
inicie sesión en el registro de "Mi Portal", y capture su RFC y
CIECF. · Elija “Servicios por
Internet”, “Aclaración”, “Solicitud”. En la pestaña “Notas” deberá adjuntar
en archivos digitales la declaración, aviso ó documentación que compruebe la
improcedencia del crédito; posteriormente genere el acuse de recepción de la
aclaración. Nota: En caso de que la autoridad
requiera documentación adicional, se entregará al contribuyente un reporte de
información pendiente y tendrá un plazo de diez días para integrarla
correctamente. Si el contribuyente no presenta la documentación en los plazos
señalados, la aclaración se tendrá por no presentada. |
|
Disposiciones
jurídicas aplicables Art. 33-A del CFF y 58 del Reglamento del CFF. |
151/CFF Presentación de garantías
del interés fiscal
|
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen garantizar el
interés fiscal. |
|
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del
contribuyente. |
|
¿Qué documentos se obtienen? Formato de Garantía del Interés Fiscal sellado como
acuse de recibo. |
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los treinta días siguientes a aquél en que
surta efectos la notificación de la resolución de autoridad sobre la cual se
deba garantizar el interés fiscal. |
|
Requisitos: Ver Tabla 32 |
|
Disposiciones
jurídicas aplicables Art. 141 CFF, 89 al 100 Reglamento del CFF. |
Tabla 32
GARANTIAS FISCALES
Requisitos
Obligatorios para el trámite de las garantías:
|
Documentos |
Persona Física |
Persona Moral |
|
I.
Identificación oficial del contribuyente o, en su caso del representante
legal en (original para cotejo) y fotocopia. |
X |
|
|
II. Formato
de Garantía del Interés Fiscal debidamente requisitado, firmado por el
contribuyente o representante legal. (en dos tantos). |
X |
X |
|
III.
Original o copia certificada por fedatario público (para cotejo) y fotocopia
del instrumento notarial con el que se acredite la personalidad del
representante legal, manifestando “bajo protesta de decir verdad” que dicho
poder no le ha sido modificado ni revocado. |
|
X |
|
IV. En caso
de estar casado en sociedad conyugal; original del escrito del cónyuge
debidamente firmado, en el que se manifieste la aceptación para constituirse
como obligado solidario; original o copia certificada por fedatario
público (para cotejo) y fotocopia, del acta de matrimonio, original (para
cotejo) y fotocopia de la identificación oficial vigente del cónyuge. |
X |
|
|
V. En caso
de que el (los) bien (es) se encuentren en copropiedad, original del escrito
del copropietario debidamente firmado, donde se manifieste la aceptación para
constituirse como obligado solidario; original (para cotejo) y fotocopia de
la identificación oficial vigente del copropietario. |
X |
X |
Documentación que debe
presentar
|
Billetes de Depósito |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Original del billete de depósito
expedido por BANSEFI con firma autógrafa del funcionario que lo expide. |
X |
X |
|
Estar expedido a favor de la TESOFE
o del organismo descentralizado competente para cobrar coactivamente créditos
fiscales. |
X |
X |
|
Nombre, denominación ó razón social
del contribuyente y RFC. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia del poder para actos de
administración. |
|
X |
|
Carta de Crédito |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Original de la carta de crédito
expedida por alguna de las instituciones de crédito contenidas en la página
de Internet del SAT, misma que deberá expedirse a favor de la TESOFE o del
organismo descentralizado competente para cobrar coactivamente créditos
fiscales, y de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en el
formato de garantía del interés fiscal publicado en la página de Internet del
SAT. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia, del poder para actos de
administración. |
|
X |
|
Prenda |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) de las facturas o documentos que acrediten la
propiedad de los bienes, los cuales deberán de contener, en su caso, el
endoso correspondiente. |
X |
X |
|
Original del avalúo vigente a la
fecha de presentación del ofrecimiento el cual no deberá tener una antigüedad
mayor a un año desde la fecha de expedición y deberá contener mínimo tres
fotografías del bien. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia, del poder para actos de dominio. |
|
X |
|
Inventario de los bienes que ofrece,
con descripción detallada [Tipo de bien (nombre genérico que lo caracteriza)
No. de Factura, cantidad, marca, modelo, color, No. de serie, tipo de
material] y señalar el domicilio en el que se ubican. |
X |
X |
|
Hipoteca |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia de la escritura pública o título
de propiedad que lo acredite como legítimo propietario del bien. |
X |
X |
|
Original del certificado de libertad
de gravamen expedido por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio
(RPPyC) vigente a la fecha de presentación del ofrecimiento. |
X |
X |
|
Fotocopia de la última boleta de
pago del impuesto predial. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia, del poder para actos de dominio. |
|
X |
|
Original del avalúo vigente a la
fecha de presentación del ofrecimiento con una antigüedad de hasta un año, el
cual deberá tener mínimo tres fotografías del bien. |
X |
X |
|
Fianza |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Original de la póliza de fianza
expedida a favor de la TESOFE o del organismo descentralizado competente para
cobrar coactivamente créditos fiscales con firma autógrafa de los
funcionarios que la expiden. |
X |
X |
|
Tratándose de póliza de fianza en
documento digital deberá contener la firma electrónica avanzada o el sello
digital de la Afianzadora. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por
fedatario público, para cotejo y fotocopia del poder para actos de
administración. |
|
X |
|
Obligación Solidaria |
Persona Física |
Persona Moral |
|
El oferente de la garantía
presentará original o copia certificada por fedatario público (para cotejo) y
fotocopia del poder para actos de administración. |
X |
X |
|
Escrito donde el tercero manifieste su
voluntad de asumir la obligación solidaria ante fedatario público o ante la
autoridad fiscal que tenga encomendado el cobro del crédito fiscal, en este
último caso, la manifestación deberá realizarse ante la presencia de dos
testigos. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia del instrumento notarial con el
que se acredite la personalidad del representante legal del obligado
solidario, que contenga poder para actos de dominio. |
X |
X |
|
Fotocopia de las declaraciones que
para efectos del ISR fueron presentadas en los dos últimos ejercicios
fiscales, con las que se compruebe que el monto de la garantía es menor al
10% de los ingresos declarados, sin incluir el 75% de los ingresos declarados
como actividades empresariales, o que dicha garantía sea menor del 10% del
capital afecto a su actividad empresarial. |
X |
|
|
Original y fotocopia de las dos
últimas declaraciones del ISR con las que se compruebe que el monto de la
garantía es menor al 10 % de su capital social y siempre que no haya tenido
pérdida fiscal del citado impuesto en los dos últimos ejercicios de 12 meses
o que aún teniéndola, esta no haya excedido de tal porcentaje. |
|
X |
|
Embargo en Vía
Administrativa |
Persona Física |
Persona Moral |
|
a) bienes muebles: |
|
|
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) de las facturas o documentos que acrediten la
propiedad de los bienes, mismos que, en su caso, deberá contener el endoso
correspondiente. |
X |
X |
|
Original del avalúo vigente a la
fecha de presentación del ofrecimiento con una antigüedad de hasta un año, el
cual deberá tener mínimo tres fotografías del bien. |
X |
X |
|
Inventario detallado de los bienes
que ofrece, con descripción detallada [Tipo de bien (nombre genérico que lo
caracteriza) No. de Factura, cantidad, marca, modelo, color, No. de serie,
tipo de material] y señalar el domicilio en el que se ubican. |
X |
X |
|
Fotocopia del pago de los gastos de
ejecución en el formulario FMP-1. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia, del poder para actos de dominio. |
|
X |
|
Cuando los bienes sean propiedad de
un tercero se presentará escrito en el que manifieste su voluntad de asumir
la obligación solidaria ante fedatario público o ante la autoridad fiscal que
tenga encomendado el cobro del crédito fiscal, en este último caso la
manifestación deberá realizarse ante las presencia de dos testigos. |
X |
X |
|
b) bienes inmuebles: |
|
|
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia de la escritura pública o título
de propiedad que lo acredite como legítimo propietario del bien. |
X |
X |
|
Original del certificado de libertad
de gravamen expedido por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio
(RPPyC) vigente a la fecha de presentación del ofrecimiento. |
X |
X |
|
Fotocopia de la última boleta de
pago del impuesto predial. |
X |
X |
|
Original del avalúo vigente a la
fecha de presentación del trámite el cual no deberá tener una antigüedad
mayor a un año a la fecha de expedición, el cual deberá tener mínimo tres
fotografías del bien. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia del poder para actos de dominio. |
|
X |
|
Fotocopia del
pago de los gastos de ejecución en el formulario FMP-1. |
X |
X |
|
Cuando los bienes sean propiedad de
un tercero se presentará escrito en el que se manifieste su voluntad de
asumir la obligación solidaria ante fedatario público o ante la autoridad
fiscal que tenga encomendado el cobro del crédito fiscal, en este último caso
la manifestación deberá realizarse ante la presencia de dos testigos. |
X |
X |
|
c) Negociación: |
|
|
|
Persona moral |
|
|
|
Original o copia certificada por
fedatario público (para cotejo) y fotocopia del acta constitutiva de la
negociación debidamente inscrita en el RPPyC. |
|
X |
|
Original o copia certificada por
fedatario público, para cotejo y fotocopia, del poder para actos de dominio. |
|
X |
|
Fotocopia del
pago de los gastos de ejecución en el formulario FMP-1. |
|
X |
|
Las declaraciones que para efectos
del ISR se hayan presentado en los dos últimos ejercicios fiscales. |
|
X |
|
Original del avalúo de la negociación ofrecida vigente a la
presentación del trámite el cual no deberá tener una antigüedad mayor a un
año a la fecha de expedición, y deberá tener mínimo tres fotografías de la
negociación. |
|
X |
|
Inventario de los bienes que ofrece con descripción detallada [Tipo
de bien (nombre genérico que lo caracteriza) No. de Factura, cantidad, marca,
modelo, color, No. de serie, tipo de material] y señalar el domicilio en el
que se ubican. |
|
X |
|
Fotocopia de los estados
financieros, que reflejen la situación de la sociedad. |
|
X |
|
Fotocopia del balance general que
refleje la situación de la sociedad. |
|
X |
|
Original del certificado de libertad
de gravamen expedido por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio
(RPPyC) vigente a la fecha de presentación del ofrecimiento. |
|
X |
|
Persona física |
|
|
|
Fotocopia de la cédula del RFC. |
X |
|
|
Fotocopia del pago de los gastos de ejecución en el formulario FMP-1. |
X |
|
|
Fotocopia de las declaraciones que para efectos del ISR fueron
presentadas en los dos últimos ejercicios fiscales. |
X |
|
|
Original del avalúo de la negociación ofrecida vigente a la
presentación del trámite el cual no deberá tener una antigüedad mayor a un
año a la fecha de expedición, el cual deberá tener fotografías de la
negociación. |
X |
|
|
Inventario de los bienes que ofrece con descripción detallada [Tipo
de bien (nombre genérico que lo caracteriza) No. de Factura, cantidad, marca,
modelo, color, No. de serie, tipo de material] y señalar el domicilio en el
que se ubican. |
X |
|
|
Fotocopia de los estados financieros, que reflejen la situación de la
negociación. |
X |
|
|
Títulos Valor |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Escrito donde manifieste "bajo protesta de decir verdad",
que es la única forma en que puede garantizar el interés fiscal y anexar
relación detallada de los títulos valor que ofrece en garantía y cuya
legítima propiedad tendrá que acreditar documentalmente por medio de los
propios títulos u otros documentos legales que permitan confirmar su validez
como forma de garantía, además que se compromete a no disponer de los valores
o inversiones a que éstos se refieren, sin el previo consentimiento de la
ALR. |
X |
X |
|
Tratándose de acciones que cotizan en bolsa deberá presentar
certificado de precio de los valores en la bolsa con una antigüedad máxima de
cinco días a la fecha de su presentación. |
X |
X |
|
Tratándose de acciones que no cotizan en bolsa deberá anexar un
dictamen de empresas calificadoras de valores con una antigüedad máxima de
cinco días a la fecha de su presentación. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por fedatario público, para cotejo y
fotocopia, del poder para actos de dominio. |
|
X |
|
Cartera de Créditos |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Escrito en el que manifieste "bajo protesta de decir
verdad" que es la única forma en que puede garantizar el interés fiscal.
En el propio escrito deberá comprometerse a mantener en inventario un monto
equivalente al que tenga al momento de otorgar la garantía, así como a rendir
un informe mensual dentro de los primeros cinco días hábiles del mes
siguiente, de todos los movimientos que haya sufrido la cartera de clientes,
suscrito por Contador Público Registrado ante el SAT. |
X |
X |
|
Relación de créditos, nombres de los deudores, datos personales,
condiciones y términos de pago así como los documentos que acrediten este
derecho. No deberán incluirse los créditos que sean incobrables. |
X |
X |
|
Se deberá acompañar un informe del estado que guarda su cartera de
créditos a la fecha en que otorga la garantía. |
X |
X |
|
Original o copia certificada por fedatario público (para cotejo) y
fotocopia, del poder para actos de administración. |
|
X |
|
Sustitución |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Original o copia certificada por fedatario público, para cotejo y
fotocopia, del poder para actos de administración o de dominio, que
corresponda de acuerdo a la modalidad de la nueva garantía. |
|
X |
|
Todos los requisitos que para cada tipo de garantía deban cumplirse. |
X |
X |
|
Fotocopia de identificación del oferente. |
X |
X |
|
Original del Formato de Garantía del Interés Fiscal para la nueva
garantía, debidamente requisitado (en dos tantos), o en su caso, la
resolución definitiva dictada por autoridad competente en donde se declare la
nulidad lisa y llana o revocado parcial de un crédito fiscal, del cual derive
la sustitución. |
X |
X |
|
Ampliación |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Original o copia certificada por fedatario público (para cotejo) y
fotocopia, del poder para actos de administración o de dominio, que
corresponda de acuerdo a la modalidad de garantía. |
|
X |
|
Fotocopia de identificación del promovente. |
X |
X |
|
Original del Formato de Garantía del Interés Fiscal, debidamente
requisitado (en dos tantos), indicando el monto y el periodo de vigencia. |
X |
X |
|
Anexar en su caso, los originales de la documentación correspondiente
a la ampliación de la garantía. |
X |
X |
|
Disminución |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Original o copia certificada por fedatario público (para cotejo) y
fotocopia del poder para actos de administración o de dominio, que
corresponda de acuerdo a la modalidad de garantía. |
|
X |
|
Fotocopia de identificación del promovente. |
X |
X |
|
Original del Formato de Garantía del Interés Fiscal debidamente
requisitado (en dos tantos). |
X |
X |
|
Original y fotocopia de la documentación con la que compruebe la
procedencia de la disminución de la garantía, entre las cuales puede
consistir, la resolución definitiva dictada por autoridad competente en donde
se declare la nulidad lisa y llana o revocado parcial de un crédito fiscal,
del cual derive la disminución. |
X |
X |
|
Cancelación y
Devolución |
Persona Física |
Persona Moral |
|
Original o copia certificada por fedatario público (para cotejo) y
fotocopia del instrumento notarial con el que se acredite la personalidad del
representante legal. |
|
X |
|
Fotocopia de identificación del solicitante. |
X |
X |
|
Original del Formato de Garantía del Interés Fiscal debidamente
requisitado (en dos tantos). |
X |
X |
|
Original y fotocopia de la documentación con la que se compruebe la
procedencia de la solicitud de cancelación de la garantía. |
X |
X |
157/CFF Relación de los socios,
accionistas o asociados, residentes en el extranjero de personas morales
residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC (Forma Oficial 96)
|
¿Quiénes lo presentan? Personas morales residentes en
México y asociaciones en participación. |
|
¿Dónde se presenta? Exclusivamente a través de la
página de Internet del SAT. No se aceptarán escritos libres que se presenten
a través de las ALSC. |
|
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo vía Internet. |
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los tres primeros
meses inmediatos siguientes al cierre de cada ejercicio. |
|
Requisitos: o Descargar y completar la Forma Oficial
96 “Relación de Socios, Accionistas o Asociados Residentes en el Extranjero”,
de personas morales residentes en México, que optan por no inscribirse en el
RFC, disponible en la página de Internet del SAT, sección “Mi Portal”,
siguiendo las instrucciones de la Guía Rápida para presentar a través de
Internet dicha Forma Oficial. Nota: Los contribuyentes
podrán acudir a las salas de internet de cualquier ALSC para completar la
mencionada Forma Oficial. |
|
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 27 CFF |
175/CFF “Aviso para la
actualización de datos del Proveedor de Certificación de CFDI Autorizado,
publicados en la página de Internet del SAT”
|
¿Quiénes lo presentan? Los proveedores de
certificación de CFDI. |
|
¿Dónde se presenta? A través de la página de
Internet del SAT, en la opción “Mi portal” mediante un caso de “Aviso”. |
|
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de presentación del
aviso. |
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los tres días
siguientes a aquél en que se dé el hecho, o bien, se presente ante la
autoridad correspondiente alguno de los siguientes avisos: · Cambio de domicilio fiscal y, en su
caso, domicilio del inmueble donde se encuentra su centro de datos. · Cambio de denominación o razón social. · Cambio de RFC. · Cambio de Representante Legal. · Cambio de contactos tecnológicos. · Actualización de datos, teléfono,
correo electrónico, etc. · Actualización de las ligas de los
sitios de Internet donde presta el servicio de certificación de CFDI y de la
aplicación gratuita. |
|
Requisitos, anexos al caso
generado en “Mi portal”: · Escrito libre digitalizado,
manifestando el aviso de cambio que corresponda. · El acuse digitalizado del aviso
correspondiente presentado previamente a la autoridad de que se trate. · Si quien promueve no tiene la
personalidad reconocida en el expediente respectivo deberá acompañar a su
promoción la siguiente documentación digitalizada: · Fotocopia del documento que acredite la
representación legal del promovente. · Fotocopia de cualquier identificación
oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal,
Estatal o Municipal de quien promueva en representación de la organización de
que se trate. En caso de que se dude de la
autenticidad de las fotocopias presentadas, las autoridades fiscales
requerirán al promovente a fin de que, en un plazo de 10 días, presente el
original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda. |
|
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 29, frac. IV, párrafos
segundo a quinto del CFF y Reglas II.2.5.2.1. |
5/ISR Aviso para la
determinación de la pérdida deducible en venta de acciones y otros títulos
valor, cuando se adquieran o se enajenen fuera de la Bolsa de Valores
|
¿Quiénes
lo presentan? Personas
morales. |
|
¿Dónde
se presenta? Ante
la ALAF que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente. Tratándose de los contribuyentes a que se
refiere el artículo 20, apartado B del RISAT deberá presentarse ante la
Administración Central de Planeación y Programación de Fiscalización a
Grandes Contribuyentes de la AGGC salvo cuando la enajenación haya sido
efectuada por residentes en el extranjero, caso en el cual se presentará ante
la ACFI. |
|
¿Qué
documentos se obtienen? Escrito
libre como acuse de recibo. |
|
¿Cuándo
se presenta? Dentro
de los diez días siguientes a la fecha de la operación. |
|
Requisitos: · Escrito libre. |
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
32, fracc. XVII Ley del ISR y 54, fracc. III del Reglamento de la Ley del
ISR. |
42/ISR Aviso múltiple para: Destrucción de
mercancías que han perdido su valor. Donación de mercancías que han perdido su
valor. Bienes de activo fijo e inversiones que dejaron de ser útiles. Donación
de productos perecederos sujetos a fecha de caducidad
|
¿Quiénes
lo presentan? Personas
físicas y morales que deseen destruir mercancías, materias primas, productos
semiterminados o terminados, que hubieran perdido su valor, dejaron de ser
útiles o termina su fecha de caducidad. |
|
¿Dónde
se presenta? En
la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente (formato
papel), se atiende preferentemente con cita. Tratándose de los contribuyentes
a que se refiere el artículo 20, apartado B del RISAT se deberá presentar
ante la Administración Central de Planeación y Programación de Fiscalización
a Grandes Contribuyentes de la AGGC. O a
través de la página de Internet del SAT. |
|
¿Qué
documentos se obtienen? Por
Internet: Acuse de recibo. En
ALSC o en la Administración Central de Planeación y Programación de
Fiscalización a Grandes Contribuyentes de la AGGC: Formato sellado y foliado. |
|
¿Cuándo
se presenta? Cuando
menos 30 días antes de la fecha en que se quiera llevar a cabo la destrucción
o donación de mercancías que han perdido su valor. Tratándose
de productos perecederos o destrucciones en forma periódica, se presentará
cuando menos 15 días antes de la primera destrucción del ejercicio. Tratándose
de bienes sujetos a fecha de caducidad, se presentará aviso a más tardar 5
días antes de la fecha de caducidad. En caso de medicamentos el aviso se
presentará a más tardar 6 meses antes de la fecha de caducidad. |
|
Requisitos: Formato
45 (triplicado) o, Sistema
de Presentación de Avisos de Destrucción de Mercancías y Donación de
Mercancías Fiel. |
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
31 Ley del ISR, 87, 88 y 88-A Reglamento de la Ley del ISR, 32-F CFF. |
78/ISR Aviso de que las
acciones objeto de la autorización a que se refiere el artículo 190 de la Ley
del ISR no ha salido del grupo
|
¿Quiénes lo presentan? Sujetos autorizados para diferir el pago del
ISR derivado de la ganancia en la enajenación de acciones dentro de un grupo
a que se refiere el artículo 190 de la Ley del ISR. |
|
¿Dónde se presenta? Administración Central de Planeación y
Programación de Fiscalización a Grandes Contribuyentes de la AGGC. |
|
¿Qué documentos se obtienen? Escrito libre sellado como acuse de recibo. |
|
¿Cuándo se presenta? Dentro de los primeros 15 días del mes de
marzo de cada año, posterior a la fecha en la cual se realizó la enajenación,
durante todos los años en que las acciones objeto de la autorización
permanezcan dentro del grupo. |
|
Requisitos: • Escrito libre (duplicado). • Certificados de tenencia accionaria de la
sociedad emisora de las acciones objeto de la autorización así como de las
sociedades que integren el grupo al que pertenece, firmados bajo protesta de
decir verdad, por sus representantes legales debidamente acreditados ante la
autoridad, actualizados a diciembre del año anterior a la fecha de
presentación de la información a que hace referencia el artículo 190,
penúltimo párrafo de la Ley del ISR. • Organigrama del grupo al que pertenecen
las sociedades objeto de la autorización, en el que se advierta la tenencia
accionaria directa e indirecta de las sociedades del grupo y, en particular,
la de las emisoras objeto de la autorización, actualizado a diciembre del año
anterior a la fecha de presentación de la información a que hace referencia
el artículo 190, penúltimo párrafo de la Ley del ISR. |
|
Disposiciones jurídicas aplicables Art.
190 Ley del ISR, 263-A Reglamento de la Ley del ISR, Regla I.3.17.19. RMF. |
24/IEPS Solicitud de inscripción
al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC
|
¿Quiénes
lo presentan? Los
contribuyentes fabricantes, productores, envasadores e importadores, de
alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y de bebidas
alcohólicas, así como aquellos contribuyentes que se encuentren exentos de
pago del impuesto especial sobre producción y servicios. |
|
¿Dónde
se presenta? En
la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente. |
|
¿Qué
documentos se obtienen? Constancia
de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas del RFC. |
|
¿Cuándo
se presenta? Cuando
se requiera solicitar marbetes y precintos. |
|
Requisitos: · Formato RE-1 “Solicitud de registro al
padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas del RFC”. · Estar inscrito en el RFC, teniendo
registradas por lo menos una de las siguientes actividades económicas: a) Producción, fabricación
o envasado de vinos de mesa. b) Producción, fabricación
o envasado de otras bebidas a base de uva. c) Producción, fabricación
o envasado de vinos de mesa con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. d) Producción, fabricación
o envasado de otras bebidas a base de uva con una graduación alcohólica de
más de 20° G. L. e) Producción, fabricación o
envasado de sidra y otras bebidas fermentadas. f) Producción, fabricación
o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas con una graduación alcohólica
de más de 20° G. L. g) Producción, fabricación
o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña. h) Producción, fabricación
o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña con una graduación
alcohólica de más de 20° G. L. i) Producción, fabricación
o envasado de bebidas destiladas de agave. j) Producción, fabricación
o envasado de bebidas destiladas de agave con una graduación alcohólica de
más de 20° G. L. k) Producción, fabricación
o envasado de mieles incristalizables que no se utilizarán para
transformarlas en alcohol. l) Producción, fabricación
o envasado de mieles incristalizables para transformarlas en alcohol. m) Producción, fabricación
o envasado de alcohol o alcohol desnaturalizado. n) Producción, fabricación
o envasado de otras bebidas destiladas. ñ) Comercio al por mayor de
vinos de mesa. o) Comercio al por mayor de
otras bebidas a base de uva. p) Comercio al por mayor de
sidra y otras bebidas fermentadas. q) Comercio al por mayor de
ron y otras bebidas destiladas de caña. r) Comercio al por mayor de
bebidas destiladas de agave. s) Comercio al por mayor de
bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte. t) Comercio al por menor de
vinos de mesa. u) Comercio al por menor de
otras bebidas a base de uva. v) Comercio al por menor de
sidra y otras bebidas fermentadas. w) Comercio al por menor de
ron y otras bebidas destiladas de caña. x) Comercio al por menor de
bebidas destiladas de agave. y) Comercio al por menor de
bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte. z) Venta de alcohol o
alcohol desnaturalizado. 1a) Venta de mieles
incristalizables para transformarlas en alcohol. · Tener registrados en el RFC los
establecimientos que se utilicen para fabricar, producir, envasar o almacenar
bebidas alcohólicas indicadas en el numeral 1, incisos a) al n), cuando sean
distintos al domicilio fiscal. · Estar inscrito en el Padrón de
Importadores tratándose de contribuyentes que tengan las actividades
económicas establecidas en el numeral 1, incisos ñ) al1a). · Estar al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales, para lo cual deberán presentar la opinión positiva
del cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto por la
regla II.2.1.11. de la RMF. Presentar en su caso, el Anexo 3 de la
“Declaración Informativa Múltiple del IEPS”, “MULTI-IEPS”. · Presentar fotografías a color, con
medidas mínimas de 4 x 6 pulgadas, del lugar y de la maquinaria o equipo que
utilizará para los procesos de fabricación, producción o envasamiento de
bebidas alcohólicas por cada equipo utilizado durante los procesos, indicando
al reverso de las mismas, el domicilio en el que se encuentran (Calle, número
exterior, número interior, Colonia, Localidad, Municipio, Entidad Federativa,
y Código Postal, así como la marca y número de serie de dicha maquinaria y
equipo). |
|
· En el caso de representación legal,
presentar fotocopia del poder notarial y copia certificada del mismo, para su
cotejo, o de la carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las
firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público. · Presentar fotocopia de identificación
oficial original para cotejo. · Señalar los datos que correspondan a su
domicilio fiscal registrado ante el RFC, así como de los domicilios en donde
se fabrican, producen y envasan bebidas alcohólicas, establecidas en el
numeral 1, incisos a) a n), según sea el caso, en el formato RE-1 denominado
“Solicitud de Registro en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas
del RFC”, que forma parte del Anexo 1, a efecto de que previa verificación de
los datos por la ALR correspondiente, esa dependencia determine la clave de
área Geoestadística Básica y la clave de Manzana o, en su caso, sólo la clave
de área Geoestadística Básica. · Cumplir con las medidas sanitarias en
materia de bebidas alcohólicas que al efecto establezcan las leyes de la
materia. En
el caso de que los datos señalados por los citados contribuyentes, no
correspondan o no se atienda la visita que para validar dichos datos efectúe
en su domicilio fiscal o en los domicilios registrados en los que realice sus
operaciones el personal designado por la ALR que corresponda, los domicilios
se considerarán como no localizados. Las
autoridades fiscales deberán informar al contribuyente el resultado de su
promoción, después de los 15 días siguientes a partir de que se reciba la
solicitud. En el caso de que proceda la inscripción al padrón, se le asignará
al contribuyente un número de identificación dentro del Padrón de Bebidas
Alcohólicas del RFC, mismo que utilizará para sus solicitudes de marbetes o
precintos, así como en las declaraciones informativas que lo soliciten. Para
tales efectos, el contribuyente deberá recoger el resultado de su promoción
en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente. El
cumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Padrón de
Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas del RFC, no exime del cumplimiento de
las demás obligaciones que establezcan las disposiciones fiscales. |
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Art.
19 fracc. XIV Ley del IEPS, Reglas I.6.2.3., II.6.2.7., II.6.3.1., II.6.2.20.
y II.2.1.11. RMF. |
2/DEC Requisitos que deben
cumplir los centros de destrucción para ser autorizados por el SAT
|
¿Quiénes
lo presentan? Personas
morales. |
|
¿Dónde
se presenta? Ante
la ALSC, se atiende preferentemente con cita o ante la Administración Central
de Normatividad Internacional según corresponda. |
|
¿Qué
documentos se obtienen? Escrito
libre sellado como acuse de recibo. |
|
¿Cuándo
se presenta? Cuando
se desee obtener la autorización. |
|
Requisitos: · Escrito libre que contenga: · Intención de constituirse como centro
de destrucción autorizado para la destrucción de vehículos usados a que se
refieren los artículos Artículo Décimo Quinto, fracción III y Artículo Décimo
Sexto B, fracción III del Decreto regulado en el Capítulo I.12.1., de la RMF. · Declaración “bajo protesta de decir
verdad”, de que cuentan con la maquinaria y equipo necesario para la
destrucción de los vehículos indicados en el punto anterior, así como una
descripción de dicha maquinaria. · Declaración “bajo protesta de decir
verdad”, de que la actividad preponderante consiste en la destrucción de
vehículos o chatarra o bien, que el material metálico de reciclaje obtenido
será utilizado en más del 80% en los procesos de fusión siderúrgicos que
realiza la misma empresa. Para estos efectos, se entiende como actividad
preponderante, la que se define como tal en términos del artículo 57 del
Reglamento del CFF. · Tratándose de contribuyentes que hayan
iniciado operaciones en el ejercicio fiscal en que soliciten su autorización,
deberán manifestar “bajo protesta de decir verdad” que estiman que los
ingresos obtenidos por la destrucción de vehículos o chatarra serán
superiores a los ingresos por cada una de sus otras actividades en este
ejercicio. · Fotocopia de la solicitud de
inscripción al RFC y, en su caso, de los avisos de modificación ante el mismo
registro. · Contar con certificado de FIEL vigente. · Que tributen conforme al Título II “De
las persona morales” de la Ley del ISR. · Presentar documento vigente de opinión
positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto
por la regla II.2.1.11. |
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Artículo
Décimo Quinto, fracción III y Artículo Décimo Sexto B, fracción III del
Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los
contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y
modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero del 2005, 12
de mayo y 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008. Regla II.2.1.11. RMF. |
3/DEC Aviso que deben
presentar los centros de destrucción para continuar con la autorización
otorgada por el SAT
|
¿Quiénes
lo presentan? Centros de destrucción autorizados. |
|
¿Dónde
se presenta? A
través de la página de Internet del SAT, en la opción “Mi portal” mediante un
caso de “Aviso”. |
|
¿Qué
documentos se obtienen? Acuse
de recibo electrónico. |
|
¿Cuándo
se presenta? En
el mes de enero de cada año. |
|
Requisitos: · Presentar a través de la página de
Internet del SAT escrito libre donde se manifieste “bajo protesta de decir
verdad”, que se continúa cumpliendo con los requisitos establecidos para
obtener la autorización como centro de destrucción autorizado por el SAT. · Anexar digitalizado, el documento
vigente que contenga la opinión positiva sobre el cumplimiento de
obligaciones fiscales que emita la autoridad fiscal conforme al procedimiento
establecido en la regla II.2.1.11. de la RMF vigente. · Anexar
la resolución positiva de cumplimiento de presentación de informes
emitida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). Nota: Para la obtención de la resolución positiva de cumplimiento de
presentación de informes emitida por la SCT, se deberá ingresar a la opción
que para tales efectos se encuentra habilitada en la página de la SCT. · Anexar una relación de los vehículos
destruidos en el ejercicio inmediato anterior, señalando lo siguiente: a) Nombre, denominación o razón social del
contribuyente que presenta el vehículo para su destrucción. b) Fecha de emisión del
certificado. c) Número de folio del
certificado y de la báscula. d) Datos del vehículo que
se destruyó: 1. Marca. 2. Tipo o clase. 3. Año modelo. 4. Número de identificación vehicular o, en su caso,
número de serie. 5. Número de placas metálicas de identificación del
servicio público federal. 6. Número de motor. 7. Número de folio de la tarjeta de circulación. Para
los efectos del párrafo anterior, la relación de vehículos destruidos deberá
entregarse de forma impresa, así como en disco óptico en formato Excel, sin
usar celdas combinadas, dicho documento deberá contener firma autógrafa con
tinta negra del representante legal del centro de destrucción autorizado,
quien será responsable de que la información que se presente sea correcta y
de que el disco no contenga daño alguno. |
|
Disposiciones jurídicas
aplicables Artículo
Décimo Quinto, fracción III y Artículo Décimo Sexto B, fracción III del
Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los
contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y
modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero del 2005, 12
de mayo y 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008. Regla II.12.2.11.
RMF. |
Atentamente.
México, D.F., a 18 de
octubre de 2012.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 3 de
la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012
Contenido
|
CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y ADUANERAS 1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA ………………………………………….………………………………………………………………. 23/ISR. Aplicación de los
artículos de los tratados para evitar la doble tributación que México tiene
en vigor, relativos a la imposición sobre sucursales. 24/ISR. Ingresos por indemnizaciones por riesgos de
trabajo o enfermedades. 25/ISR. Límite del acreditamiento indirecto a que se
refiere el artículo 6o., segundo y sexto párrafos de la Ley del ISR. 2. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO …………………………………………………………………………………………………………… 3. IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA …………………………………………………………….…………….……………………………….. 03/IETU. La opción a que se refiere el artículo 2.2.
del decreto misceláneo sólo es aplicable tratándose de las sociedades
previstas en el artículo 224-A de la Ley del ISR que sean públicas. 04/IETU. La
opción a que se refiere el artículo 2.1. del decreto misceláneo no es
aplicable tratándose de las sociedades previstas en el artículo 224-A de la
Ley del ISR. 4. IMPUESTO
ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS …………………………………………………………………………………………………………….. |
1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
………………………………………………………………………………………………………………………..
23/ISR. Aplicación
de los artículos de los tratados para evitar la doble tributación que México
tiene en vigor, relativos a la imposición sobre sucursales.
Se
considera que realiza una práctica fiscal indebida, el residente en el
extranjero que tenga un establecimiento permanente en el país, que aplique las
disposiciones de cualquiera de los artículos a que se refieren las fracciones
siguientes, en relación con el artículo 193 de la Ley del ISR, respecto de
dicho establecimiento permanente:
I. Artículo
10, párrafo 6 del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y
el Gobierno de Canadá para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión
Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta.
II. Artículo
11-A del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el
Gobierno de los Estados Unidos de América para Evitar la Doble Imposición y
Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta.
III. Artículo
10, párrafo 6 del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y
el Gobierno de la República de Indonesia para Evitar la Doble Imposición y
Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta.
IV. Artículo
7, apartado 8 del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y
el Gobierno de la República de Panamá para Evitar la Doble Imposición y
Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta.
24/ISR. Ingresos por indemnizaciones por riesgos de
trabajo o enfermedades.
De conformidad con el
artículo 109, fracción II de la Ley del ISR, no se pagará dicho impuesto por la
obtención de indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades, que se
concedan de acuerdo con las leyes, por contratos colectivos de trabajo o por
contratos Ley.
En este sentido, se
considera que es una práctica fiscal indebida:
I. Omitir total o parcialmente el pago del
ISR u obtener un beneficio en perjuicio del fisco federal, estableciendo
salarios u otras prestaciones que deriven de una relación laboral, dándoles el
tratamiento de “indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades”.
II. No considerar dichos salarios o
prestaciones como ingresos por los que está obligado al pago del ISR.
III. Asesorar, aconsejar, prestar servicios o
participar en la realización o la implementación de cualquiera de las prácticas
anteriores.
25/ISR. Límite
del acreditamiento indirecto a que se refiere el artículo 6o., segundo y sexto
párrafos de la Ley del ISR.
El artículo 6o., sexto
párrafo, última oración de la Ley del ISR establece que el monto del impuesto
acreditable a que se refieren el segundo y cuarto párrafos de dicho artículo,
no excederá de la cantidad que resulte de aplicar la tasa a que se refiere el
artículo 10 de la Ley señalada, a la utilidad determinada de acuerdo con las
disposiciones aplicables en el país de residencia de la sociedad del extranjero
de que se trate con cargo a la cual se distribuyó el dividendo o utilidad
percibido.
Del artículo referido, se
desprende que dicho límite se determina con base en la utilidad de la sociedad
del extranjero con cargo a la cual se distribuyó el dividendo o utilidad
percibido y no respecto de los impuestos o de alguna otra contribución que
dicha sociedad haya pagado en su país de residencia.
Por tanto, se considera
que realiza una práctica fiscal indebida, quien aplique el límite del impuesto
acreditable con referencia a cada uno de los impuestos sobre la renta pagados
en el extranjero por la sociedad residente en el extranjero con cargo a cuya
utilidad se distribuyó el dividendo o utilidad percibido.
2. ..............................................................................................................................................................................
3. IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA
03/IETU. La opción
a que se refiere el artículo 2.2. del decreto misceláneo sólo es aplicable
tratándose de las sociedades previstas en el artículo 224-A de la Ley del ISR
que sean públicas.
El artículo 2.2., segundo
párrafo del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece
medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 30 de marzo de
2012, establece que los accionistas que aporten bienes inmuebles a las
sociedades mercantiles previstas en el artículo 224-A de la Ley del ISR, podrán
ejercer, para los efectos del IETU, la opción a que se refiere el primer
párrafo del artículo citado, siempre que las acciones de dichas sociedades se
enajenen a través de bolsas de valores concesionadas en los términos de la Ley
del Mercado de Valores.
Ahora bien, el requisito
consistente en que “las acciones de dichas sociedades se enajenen a través de
bolsas de valores concesionadas”, debe interpretarse en el sentido de que las
acciones emitidas por las sociedades mercantiles previstas en el artículo 224-A
de la Ley del ISR, estén colocadas en dichas bolsas de valores.
Por tanto, se considera
que realizan una práctica fiscal indebida los accionistas que ejerzan la opción
referida sin que al momento de efectuar la aportación de los inmuebles
correspondientes, las acciones emitidas por las sociedades mercantiles
previstas en el artículo 224-A de la Ley del ISR estén colocadas en las bolsas
de valores referidas.
04/IETU. La opción a que se refiere el artículo 2.1. del
decreto misceláneo no es aplicable tratándose de las sociedades previstas en el
artículo 224-A de la Ley del ISR.
El artículo 2.1. del
Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de
simplificación administrativa, publicado en el DOF el 30 de marzo de 2012,
dispone que los contribuyentes obligados al pago del IETU podrán optar por
considerar como percibidos los ingresos por las actividades a que se refiere el
artículo 1 de la Ley del IETU en la misma fecha en la que se acumulen para los
efectos del ISR, en lugar del momento en el que efectivamente se cobre la
contraprestación correspondiente.
Por otra parte, el
artículo 2.2. del Decreto citado, regula la opción del momento de percepción de
los ingresos para los efectos del IETU de los fideicomisos y sociedades
mercantiles dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles a que se
refiere el Capítulo IV del Título VII de la Ley del ISR. Se trata de normas
especiales de diferimiento aplicables a los supuestos mencionados.
En particular, el
artículo 2.2., segundo párrafo del Decreto referido, establece que los
accionistas que aporten bienes inmuebles a las sociedades mercantiles previstas
en el artículo 224-A de la Ley del ISR, podrán ejercer, para los efectos del
IETU, la opción a que se refiere el primer párrafo del artículo 2.2. citado,
siempre que las acciones de dichas sociedades se enajenen a través de bolsas de
valores concesionadas en los términos de la Ley del Mercado de Valores.
La opción a que se
refiere el párrafo anterior consiste en considerar, para los efectos del IETU,
que se perciben los ingresos por la enajenación derivada de la aportación de
bienes inmuebles, en la misma fecha en la que para los efectos del ISR se deba
considerar acumulable la ganancia por la enajenación de los bienes mencionados
o en la que se den los supuestos para que se pague el ISR diferido que se haya
causado por la ganancia obtenida por la enajenación mencionada.
En ese sentido, a
diferencia de lo dispuesto por el artículo 2.1. del Decreto citado, la opción
contenida en el artículo 2.2. de dicho Decreto se refiere específicamente a los
ingresos por la enajenación derivada de la aportación de bienes inmuebles.
Adicionalmente, tratándose de la aportación de tales bienes a las sociedades
mercantiles previstas en el artículo 224-A de la Ley del ISR, el segundo
párrafo del artículo 2.2. referido establece una condición especial para su
aplicación.
Por tanto, al tener
normas especiales para el diferimiento del momento de percepción del ingreso
para los efectos del IETU, a los fideicomisos y sociedades mercantiles
dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles a que se refiere el
Capítulo IV del Título VII de la Ley del ISR no les es aplicable el artículo
2.1. del Decreto referido, por lo que se considera que realizan una práctica
fiscal indebida los accionistas que aporten bienes inmuebles a las sociedades
mercantiles previstas en el artículo 224-A de la Ley del Impuesto sobre la
Renta y ejerzan la opción a que se refiere el artículo 2.1. del Decreto
analizado.
4. ..............................................................................................................................................................................
Atentamente.
México, D.F., a 18 de
octubre de 2012.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 7 de
|
Contenido Acciones,
obligaciones y otros valores que se consideran colocados entre el gran
público inversionista A. Se Incluyen. 1. Acciones 2. Obligaciones. 3. …………..…………………………………………………………………………………………….. 4. Aceptaciones bancarias 5. …………………………………………………………………………………………………………. 6. Otros valores. 7. Títulos
opcionales (Warrants) 8. Certificados bursátiles 9. ………………………………………………………………………………………………………… B. Se Cancelan. C. Se Modifican. |
A. SE INCLUYEN:
1. Acciones
Quálitas Controladora,
S.A.B. de C.V. Clase I, Ordinarias, nominativas, sin expresión de valor nominal
Serie “A” y Serie “B”.
Corporación
Inmobiliaria Vesta, S.A.B. de C.V. Ordinarias, Serie única, nominativas, sin
expresión de valor nominal.
Peña Verde, S.A.B.,
Ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin expresión de valor nominal.
2. Obligaciones
· Obligaciones
subordinadas no preferentes, no susceptibles de convertirse en acciones.
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Banca Afirme, S.A.,
I.B.M., Afirme Grupo Financiero BAFIRME
12 16-Jun-22
· Obligaciones
subordinadas preferentes, no susceptibles de convertirse en acciones.
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Banco Mercantil del
Norte, S.A. de C.V. BANORTE
12 27-May-22
Banco Multiva, S.A.,
I.B.M., Grupo Financiero Multiva MULTIVA12 26-Ago-22
4. Aceptaciones bancarias
Banco
Base, S.A., I.B.M.
6. Otros valores
|
|
· Bonos
bancarios |
Emisora Clave
Fecha de
vencimiento
BBVA Bancomer, S.A.,
I.B.M., Grupo
Financiero BBVA Bancomer BACOMER
14-12 1-Abr-13
BBVA Bancomer, S.A., I.B.M., Grupo
Financiero BBVA Bancomer BACOMER
15-12 2-Jul-14
BBVA Bancomer, S.A., I.B.M., Grupo
Financiero BBVA Bancomer BACOMER
16-12 27-Jul-15
BBVA Bancomer, S.A., I.B.M., Grupo
Financiero BBVA Bancomer BACOMER
17-12 31-Ago-15
BBVA Bancomer, S.A., I.B.M., Grupo
Financiero BBVA Bancomer BACOMER
18-12 10-Sep-14
BBVA Bancomer, S.A., I.B.M., Grupo
Financiero BBVA Bancomer BACOMER
19-12 23-Sep-15
· Bonos bancarios estructurados al amparo de una inscripción
genérica
Banco Base, S.A.,
I.B.M.
|
|
· Certificados
de participación ordinarios sobre acciones |
Emisora Clave
Quálitas
Controladora, S.A.B. de C.V. QC-CPO
|
|
· Certificados
de depósito bancario de dinero a plazo. |
Emisora Clave Fecha de
vencimiento
BBVA Bancomer, S.A.,
I.B.M., Grupo
Financiero BBVA
Bancomer BACOMER
22224 26-May-22
· Certificados de depósito a plazo (inscripción genérica):
Banco Base, S.A.,
I.B.M.
· Pagaré con rendimiento liquidable al vencimiento
Banco Base, S.A.,
I.B.M.
7. Títulos opcionales (Warrants)
|
|
· Títulos
Opcionales de Compra en Efectivo Europeos, con Rendimiento Limitado: |
|
EMISORA |
VALOR
SUBYACENTE |
FECHA
DE EMISION |
FECHA
DE VENCIMIENTO |
|
BBVA
Bancomer, S.A., I.B.M. Grupo Financiero BBVA Bancomer |
Acciones, Indices y Canastas |
16-Abr-12 |
16-Abr-22 |
A efecto de que se cuente con mayor información sobre cada una de las
series de los títulos opcionales colocadas en el mes de septiembre de 2012, se
ha incluido un Apéndice al presente Anexo las principales características de
cada una de las series de títulos opcionales autorizadas.
8. Certificados bursátiles
|
|
· Avalados |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Grupo KUO, S.A.B. de C.V. KUO
12 14-Jun-19
Industrias Peñoles, S.A.B.
de C.V. PE&OLES
12D 22-Jun-22
Docuformas, S.A.P.I. de
C.V. DOCUFOR
12 31-Jul-15
Industrias Bachoco, S.A.B.
de C.V. BACHOCO
12 25-Ago-17
|
|
· Bancarios |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
BBVA Bancomer, S.A.,
I.B.M., Grupo Financiero BBVA
Bancomer BACOMER
12 16-May-14
Banco Inbursa, S.A.,
I.B.M., Grupo Financiero Inbursa BINBUR
12-2 21-May-15
Volkswagen Bank, S.A., I.B.M. VWBANK
12 13-Jun-16
|
|
· Certificados
Bursátiles Estructurados |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
SGFP
México, S. de R.L. de C.V. SGMEX
12 14-Jul-20
|
|
· De corto
plazo |
Emisora Clave Fecha de vencimiento
Corporación Financiera
Atlas, S.A. de C.V., S.F.O.M., E.N.R. CFATLAS 11-May-14
Factoring Corporativo, S.A. de C.V., S.F.O.M., E.N.R. FACTOR 20-Jun-14
Grupo Senda
Autotransporte, S.A. de C.V. SENDA 21-Jun-14
Copamex, S.A. de C.V. COPAMEX 26-Jun-14
Préstamos Prendarios
Depofin, S.A. de C.V. DEPOFIN 8-Ago-14
Leasing Operations de
México, S. de R.L. de C.V. WCAP 22-Ago-14
Inmuebles Carso, S.A.B. de
C.V. INCARSO
12* 3-Ago-17
Ford Credit de México,
S.A. de C.V., S.F.O.M., E.N.R. FORD 10-Sep-14
Coppel, S.A. de C.V. ALMACO 14-Sep-14
* Corresponde a una autorización que ha sido diseñada bajo un esquema
que permite al emisor realizar indistintamente emisiones de certificados
bursátiles de corto y/o largo plazo.
|
|
· Emisiones
realizadas al amparo de una inscripción genérica |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Banco Nacional de Obras y
Servicios Públicos, S.N.C., I.B.D. BANOB
12 17-Jun-22
|
|
· Fiduciarios |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Banco de México FEFA
12 7-May-15
Banco Invex, S.A., I.B.M.,
Invex Grupo Financiero DINEXCB
12 2-May-19
Banco Nacional de México,
S.A., Integrante del
Grupo Financiero Banamex SCRECB
12 14-Nov-17
HSBC México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero HSBC UNIFCB
12 4-May-17
The Bank of New York Mellon, S.A., I.B.M. PSBCB 12U 28-May-32
HSBC México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero HSBC TFOVIS
12-2U 27-Nov-41
Nacional Financiera,
S.N.C., I.B.D. CDVITOT
12-2U 20-Jun-40
The Bank of New York Mellon, S.A., I.B.M. ARGCB 12 22-Dic-15
HSBC México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero HSBC AMIGOCB
12 6-Sep-17
HSBC México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero HSBC TFOVIS
12-3U 27-Jun-42
Acciones y Valores
Banamex, S.A. de C.V. Casa de
Bolsa, Integrante del
Grupo Financiero Banamex CFECB
12 18-Ago-42
|
|
· Garantizados |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Daimler México, S.A. de
C.V. DAIMLER
12 19-Jun-14
Holcim Capital México,
S.A. de C.V. HOLCIM
12-2 10-Jun-16
Holcim Capital México,
S.A. de C.V. HOLCIM
12-3 7-Jun-19
Leasing Operations de
México, S. de R.L. de C.V. WCAP
12 2-Oct-15
Vinte Viviendas
Integrales, S.A.P.I. de C.V. VINTE
12 10-Jul-15
Red de Carreteras de
Occidente, S.A.P.I.B. de C.V. RCO
12 10-Ago-27
Red de Carreteras de
Occidente, S.A.P.I.B. de C.V. RCO
12U 10-Ago-32
|
|
· Quirografarios |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Toyota Financial Services
México, S.A. de C.V. TOYOTA
12 28-May-15
Holding Monex, S.A.P.I.B. de C.V. MONEX
12 5-Jun-15
Molibdenos y Metales, S.A.
de C.V. MOLYMET
12 23-Jun-17
Crédito Real, S.A. de
C.V., S.F.O.M., E.N.R. CREAL
12 9-Oct-15
Banco Compartamos, S.A.,
I.B.M. COMPART
12 18-Ago-17
Facileasing, S.A. de C.V. FACILSA
12-2 29-Ago-14
Paccar Financial México,
S.A. de C.V., S.F.O.M., E.N.R. PCARFM
12 3-Sep-15
· Títulos
fiduciarios, a los que hace referencia el artículo 7, fracción II, inciso c) de
las disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a
otros participantes del mercado de valores.
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
HSBC México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero HSBC PLANICK
12 18-May-21
HSBC México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero HSBC AGCCK
12 3-Jul-22
HSBC México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero HSBC LATINCK
12 12-Jul-22
Banco Nacional de México,
S.A., Integrante del
Grupo Financiero Banamex PBFF1CK
12 22-Ago-22
Deutsche Bank México,
S.A., I.B.M. GBMICK
12 2-Sep-22
Deutsche Bank México,
S.A., I.B.M. GBMICK
12 2-Sep-22
HSBC México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero HSBC FINSACK
12 28-Sep-21
Banco Nacional de México,
S.A., Integrante del Grupo
Financiero Banamex PBFICK
12 2-Ago.22
B. SE CANCELAN
1. Acciones
Carso Infraestructura y Construcción, S.A.B. de
C.V. Ordinarias, serie “B-1”, sin expresión de valor nominal.
6. Otros valores
|
|
· Bonos
bancarios |
Emisora Clave
Fecha de vencimiento
Banca Mifel, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero Mifel MIFEL
2011/1 9-Mar-12
Banca Mifel, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero Mifel MIFEL
2011/2 20-Feb-12
8. Certificados Bursátiles
|
|
· Avalados |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
América Móvil, S.A.B. de
C.V. AMX
07 5-Abr-12
|
|
· Bancarios |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Banco Nacional de México,
S.A., Integrante del
Grup
Financiero Banamex. BANAMEX
09 16-Dic-11
BBVA
Bancomer, S.A., I.B.M., Grupo
Financiero
BBVA Bancomer BACOMER
08-2 20-Abr-12
|
|
· Corto Plazo |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Silicatos
Especiales, S.A. de C.V. SILICA 29-Jun-11
Grupo
Gicsa, S.A. de C.V. GICSA 12-May-11
|
|
· Fiduciarios |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Banco Invex, S.A., I.B.M.,
Invex Grupo Financiero HSBCCB
08 01-Nov-28
Banco Invex, S.A., I.B.M.,
Invex Grupo Financiero BACOMCB
08U 31-Ene-33
HSBC México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero HSBC UNIFCB
08 8-May-13
The Bank of New York Mellon, S.A., I.B.M. BONHITO F8531 2-Ene-31
The Bank of New York Mellon, S.A., I.B.M. BONHITO F9531 6-Nov-31
Bank of America México,
S.A., I.B.M., Grupo
Financiero Bank of America ZAPATCB
09 13-Abr-12
|
|
· Garantizados |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
BNP Paribas Personal
Finance, S.A. de C.V., S.F.O.L. BNPPPF
09-2 24-Feb-12
Petróleos Mexicanos PEMEX
09 30-Mar-12
Teléfonos de México,
S.A.B. de C.V. TELMEX
07-2 16-Abr-12
GMAC Financiera, S.A. de
C.V., S.F.O.M. E.N.R GMACHIP
06 17-Sep-09
|
|
· Quirografarios |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Grupo Elektra, S.A.B. de
C.V. ELEKTRA
10 01-Dic-11
Grupo Bimbo, S.A.B. de
C.V. BIMBO
02-2 3-May-12
Corporativo GBM, S.A.B. de
C.V. GBM
10 9-Feb-12
Coca Cola Femsa, S.A.B. de
C.V. KOF
07 2-Mar-12
Alsea, S.A.B. de C.V. ALSEA
09 12-Dic-12
Alsea, S.A.B. de C.V. ALSEA
10 15-Mar-13
Teléfonos de México,
S.A.B. de C.V. TELMEX
02-4 31-May-12
|
|
· Emsiones
realizadas al amparo de una inscripción genérica |
Emisora Clave Fecha de Vencimiento
Nacional Financiera,
S.N.C., I.B.D. NAFINCB
05 14-Sep-10
C. SE MODIFICAN
Dice:
Ing 10, S.A. de C.V.,
Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Sura Indizado, S.A. de
C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Dice:
Ing 19, S.A. de C.V.,
Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Deberá sustituirse por:
Sura Bond, S.A. de C.V.,
Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Dice:
Ing 15, S.A. de C.V.,
Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Deberá sustituirse por:
Sura Corporativo, S.A.
de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Dice:
Ing Soluciones 1, S.A.
de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Deberá sustituirse por:
Sura Soluciones 1,
S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Dice:
Ing Soluciones 2, S.A.
de C.V., Sociedad de Inversión de Renta variable.
Deberá sustituirse por:
Sura Soluciones 2,
S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Dice:
Ing Soluciones 3, S.A.
de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Sura Soluciones 3,
S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Dice:
Ing Soluciones 4, S.A.
de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Sura Soluciones 4,
S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Dice:
Ing Soluciones 5, S.A.
de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Sura Soluciones 5,
S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Dice:
Soluciones 6, S.A. de
C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Sura Soluciones 6, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta
Variable.
Dice:
Geusa, S.A. de C.V.
Deberá sustituirse por:
Grupo Gepp, S.A.P.I.
de C.V.
Dice:
Ing.3, S.A. de C.V.,
Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Deberá sustituirse por:
Sura 30, S.A. de
C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Dice:
Ing 4, S.A. de C.V.,
Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Sura Patrimonial,
S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Dice:
GBM Fondo para
Personas Morales NO Contribuyentes, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en
Instrumentos de Deuda para Personas Morales.
Deberá sustituirse por:
GBM Fondo para Personas Morales Exentas, S.A. de C.V., Sociedad de
Inversión en Instrumentos de Deuda para Personas Morales.
Dice:
Gmac Hipotecaria, S.A. de C.V., S.F.O.L. GMACHIP
07 11-Jun-12
Deberá sustituirse por:
Gmac Financiera, S.A. de C.V.,
S.F.O.L. GMACFIN
07 11-Jun-12
Dice:
Proyectos Adamantine, S.A. de C.V.,
S.F.O.M., E.N.R. ADAMHIP 07 10-May-22
Deberá sustituirse por:
Proyectos Adamantine, S.A. de C.V., S.F.O.M.,
E.N.R. ADAMFIN 07 10-May-22
Dice:
Bank of America
México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero Bank of America MHNOSCK
10 24-Dic-40
Deberá sustituirse por:
Banco Nacional de México, S.A., I.B.M., Integrante del
Grupo Financiero Banamex MHNOSCK
10 24-Dic-40
Dice:
Bank of America México, S.A., I.B.M.,
Grupo
Financiero Bank of America GECB
09 5-Oct-12
Deberá sustituirse por:
Banco Nacional de México, S.A., I.B.M., Integrante del
Grupo Financiero Banamex GECB
09 5-Oct-12
Dice:
Bank of America México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero Bank of America MTROCB
07U 1-Dic-33
Deberá sustituirse por:
Banco Nacional de México, S.A., I.B.M., Integrante del
Grupo Financiero Banamex MTROCB
07U 1-Dic-33
Dice:
Bank of America México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero Bank of America MTROCB
08U 1-Abr-33
Deberá sustituirse por:
Banco Nacional de México, S.A., I.B.M., Integrante del
Grupo Financiero Banamex MTROCB
08U 1-Abr-33
Dice:
Bank of America México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero Bank of America MTROFCB
08 1-Jun-39
Deberá sustituirse por:
Banco Nacional de México, S.A., I.B.M., Integrante del
Grupo Financiero Banamex MTROFCB
08 1-Jun-39
Dice:
Bank of America México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero Bank of America DBCB
07U 2-May-40
Deberá sustituirse por:
Banco Nacional de México, S.A., I.B.M., Integrante del
Grupo Financiero Banamex DBCB
07U 2-May-40
Dice:
Bank of America México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero Bank of America DBCB
07-2U 2-May-40
Deberá sustituirse por:
Banco Nacional de México, S.A., I.B.M., Integrante del
Grupo Financiero Banamex DBCB
07-2U 2-May-40
Dice:
Bank of America México, S.A., I.B.M.,
Grupo Financiero Bank of America DBCB
07-3U 2-May-40
Deberá sustituirse por:
Banco Nacional de México, S.A., I.B.M., Integrante del
Grupo Financiero Banamex DBCB
07-3U 2-May-40
Dice:
Sare
Holding, S.A.B. de C.V. SARE
08 19-Dic-13
Deberá Sustituirse por:
Sare Holding, S.A.B.
de C.V. SARE
08 31-Dic-16
Sare
Holding, S.A.B. de C.V. SARE
08-2 31-Dic-16
Dice:
Banco Multiva, S.A., Institución de Banca Múltiple, Multivalores Grupo Financiero.
Deberá sustituirse por:
Banco Multiva, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero
Multiva.
Dice:
Grupo Financiero Santander, S.A.B. de C.V.
Deberá sustituirse por:
Grupo Financiero Santander México, S.A.B. de C.V.
Dice:
Fondo BBVA Bancomer Estrategia Selecta 2, S.A. de C.V., Sociedad de
Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Fondo BBVA Bancomer Estrategia Selecta 2, Sociedad de Inversión en
Instrumentos de Deuda.
Dice:
Fondo BBVA Bancomer Estrategia Selecta 3, S.A. de C.V., Sociedad de
Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Fondo BBVA Bancomer Estrategia Selecta 3, Sociedad de Inversión en
Instrumentos de Deuda.
Dice:
GBM Fondo para Personas Morales Exentas, S.A. de C.V., Sociedad de
Inversión en Instrumentos de Deuda para Personas Morales.
Deberá sustituirse por:
GBM Fondo para Personas Morales Exentas, S.A. de C.V., Sociedad de
Inversión en Instrumentos de Deuda.
Dice:
Ing 8, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Deberá sustituirse por:
Sura 3, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Dice:
Ing 14, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Sura 13, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Dice:
Ing 18, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Deberá sustituirse por:
Sura 2, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda.
Dice:
Ing Fondeo, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de
Deuda.
Deberá sustituirse por:
Sura Fondeo, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de
Deuda.
Dice:
Ing Patrimonial, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Sura Renta Variable, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta
Variable.
Dice:
Scotia Cobertura, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Deberá sustituirse por:
Scotia Inversiones Plus, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta
Variable.
Dice:
Vanguardia Rendimiento, S.A. de C. V., Sociedad de Inversión en
Instrumentos de Deuda.
Deberá sustituirse por:
Cl Rendimiento, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de
Deuda.
Dice:
Vanguardia 1, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de
Deuda.
Deberá sustituirse por:
Cl Institucional, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión en Instrumentos de
Deuda.
Dice:
Fondo SP Internacional, S.A. de C.V., Sociedad de Inversión de Renta
Variable.
Deberá sustituirse por:
Cl Fondo, S.A. de
C.V., Sociedad de Inversión de Renta Variable.
Atentamente.
México, D.F. a 18 de octubre de 2012.- El Jefe del Servicio de
Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
Apéndice al Anexo 7 de la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2012
A efecto de
que se cuente con mayor información sobre cada una de las series de los títulos
opcionales vigentes al mes de junio se han incluido las principales
características de cada una de las series de títulos opcionales autorizadas
siguientes:
Características de la autorización 153/3172/2010.
|
EMISORA |
TIPO DE TITULO OPCIONAL |
OFICIO Y FECHA DE AUTORIZACION |
PLAZO DE VENCIMIENTO DE LA AUTORIZACION |
NUMERO DE TITULOS OPCIONALES AUTORIZADOS |
NUMERO DE SERIES AUTORIZADAS |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
Acciones y Valores Banamex, S.A de C.V., Casa de
Bolsa, integrante del Grupo Financiero Banamex |
De compra o de venta, en efectivo, europeo y con
rendimiento limitado. |
153/3172/2010 de fecha 14 de abril de 2010 |
Hasta el 14 de abril de 2020 |
2 millones |
Hasta 1,000 series |
Los descritos en la Cláusula Décima del Acta de
Emisión |
Series
vigentes emitidas al amparo de la autorización 153/3172/2010.
|
CLAVE DE PIZARRA |
NUMERO DE SERIE |
FECHA DE EMISION |
FECHA DE VENCIMIENTO |
NUMERO DE TITULOS |
MONTO DE LA OFERTA |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
IPC311R DC269 |
31 |
1-Jun-12 |
13-Nov-13 |
80,330 |
$80,330,000.00 |
IPC |
|
IPC312R DC270 |
32 |
19-Jun-12 |
11-Dic-13 |
154,911 |
$154,911,000.00 |
IPC |
|
AMZ306 DC001 |
33 |
19-Jun-12 |
14-Jun-13 |
45,580 |
$45,580,000.00 |
AMZN |
|
WMX306R DC023 |
34 |
19-Jun-12 |
14-Jun-13 |
47,900 |
$47,900,000.00 |
WALMEX V |
|
PBR312R DC001 |
35 |
26-Jun-12 |
19-Dic-13 |
20,000 |
$20,000,000.00 |
PBR |
|
GEO306R DC001 |
36 |
27-Jun-12 |
21-Jun-13 |
32,750 |
$32,750,000.00 |
GEO B |
|
IPC312R DC273 |
37 |
28-Jun-12 |
20-Dic-13 |
34,110 |
$34,110,000.00 |
IPC |
|
MSF307R DC001 |
38 |
11-Jul-12 |
5-Jul-13 |
30,000 |
$30,000,000.00 |
MSFT |
|
CMX307R DC070 |
39 |
25-Jul-12 |
22-Jul-13 |
36,370 |
$36,370,000.00 |
CEMEX CPO |
|
EWZ408R DC008 |
40 |
27-Ago-12 |
22-Ago.14 |
74,880 |
$74880,000.00 |
ISHARES MSCI BRAZIL INDEX FUND |
|
AMX308R DC015 |
41 |
28-Ago-12 |
26-Ago-13 |
28,750 |
$28,750,000.00 |
AMX L |
|
IPC309R DC274 |
42 |
31-Ago-12 |
2-Sep-13 |
48,420 |
$48,420,000.00 |
IPC |
|
APL309R DC011 |
43 |
31-Ago-12 |
2-Sep-13 |
50,360 |
$50,350,000.00 |
APPLE INC |
|
KOF309R DC001 |
44 |
19-Sep-12 |
18-Sep-13 |
50,000 |
$50,000,000.00 |
KOFL |
|
IPC403R DC277 |
45 |
19-Sep-12 |
18-Mar-14 |
60,590 |
$48,472,000.00 |
IPC |
|
IPC403R DC278 |
46 |
19-Sep-12 |
18-Mar-14 |
60590 |
$12,118,000.00 |
IPC |
Características
de la autorización 153/89357/2010
|
EMISORA |
TIPO DE TITULO
OPCIONAL |
OFICIO Y FECHA DE
AUTORIZACION |
PLAZO DE
VENCIMIENTO DE LA AUTORIZACION |
NUMERO DE TITULOS
AUTORIZADOS |
NUMERO DE SERIES
AUTORIZADAS |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
Actinver Casa de
Bolsa, S.A. de C.V., Grupo financiero Actinver |
De compra o de
venta en efectivo, europeo con rendimiento limitado |
153-89357-2010 del
15 de diciembre de 2010. |
Hasta el 11 de
enero de 2016 |
4 millones. |
Hasta 100 series. |
Indices y Acciones
descritos en la Cláusula Décima Séptima del Acta de Emisión |
Series
vigentes emitidas al amparo de la autorización 153-89357-2010
|
CLAVE DE PIZARRA |
NUMERO DE SERIE |
FECHA DE EMISION |
FECHA DE VENCIMIENTO |
NUMERO DE TITULOS |
MONTO DE LA OFERTA |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
|
IPC212R DV040 |
5 |
1-Jun-12 |
21-Dic-12 |
3,640 |
$4,999,976.80 |
IPC |
|
|
IPC406R DC271 |
6 |
21-Jun-12 |
19-Jun-14 |
92,770 |
$92,770,000.00 |
IPC |
|
|
WMX212R DC030 |
7 |
18-Jul-12 |
21-Dic-12 |
667,000 |
$66,700,000.00 |
WALMEX V |
|
|
GMX302R DC043 |
8 |
21-Ago-12 |
20-Feb-13 |
440,000 |
$44,000,000.00 |
GMEXICO B |
|
Características
de la autorización 153/89358/2010.
|
EMISORA |
TIPO DE TITULO OPCIONAL |
OFICIO Y FECHA DE AUTORIZACION |
PLAZO DE VENCIMIENTO DE LA AUTORIZACION |
NUMERO DE TITULOS AUTORIZADOS |
NUMERO DE SERIES AUTORIZADAS |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
Scotia Inverlat Casa de Bolsa S.A. de C.V.Grupo
Financiero Scotiabank Inverlat. |
De compra, en efectivo europeo con rendimiento
limitado |
153/89358/2010 de fecha 15 de diciembre de 2010. |
Hasta el 21 de diciembre de 2020. |
10 millones |
Hasta 100 series. |
IPC |
Series
vigentes emitidas al amparo de la autorización 153/89358/2010.
|
CLAVE DE PIZARRA |
NUMERO DE SERIE |
FECHA DE EMISION |
FECHA DE VENCIMIENTO |
NUMERO DE TITULOS |
MONTO DE LA OFERTA |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
AMX302R DC010 |
19 |
14-May-12 |
11-Feb-13 |
7,500 |
$75,000,000.00 |
AMX L |
|
APL302R DC006 |
20 |
14-May-12 |
5-Feb-13 |
54,336 |
$30,999,774.72 |
APPLE COMPUTER INC. |
|
APL305R DC007 |
21 |
22-May-12 |
20-May-13 |
8,500 |
$85,000,000.00 |
APPLE COMPUTER INC. |
|
APL305R DC008 |
22 |
28-May-12 |
28-May-13 |
30,800 |
$308,000,000.00 |
APPLE COMPUTER INC. |
|
IAU306R DC002 |
23 |
18-Jun-12 |
18-Jun-13 |
14,000 |
$140,000,000.00 |
IAU |
|
APL306R DC010 |
24 |
28-Jun-12 |
28-Jun-13 |
15,000 |
$150,000,000.00 |
APPLE COMPUTER INC |
|
IPC306R DC272 |
25 |
28-Jun-12 |
28-Jun-13 |
14,500 |
$145,000,000.00 |
IPC |
|
WMX306R DC024 |
26 |
28-Jun-12 |
28-Jun-13 |
18,000 |
$180,000,000.00 |
WALMEX V |
|
AMX301R DC011 |
27 |
25-Jul-12 |
23-Ene-13 |
3,200 |
$32,000,000.00 |
AMX L |
|
GMX301R DC039 |
28 |
25-Jul-12 |
23-Ene-13 |
5,700 |
$57,000,000.00 |
GMEXICO B |
|
TLV301R DC017 |
29 |
25-Jul-12 |
23-Ene-13 |
2,300 |
$23,000,000.00 |
TLEVISA CPO |
|
WMX301R DC031 |
30 |
25-Jul-12 |
23-Ene-13 |
6,200 |
$62,000.000.00 |
WALMEX V |
|
WMX307R DC032 |
31 |
25-Jul-12 |
25-Jul-13 |
2,800 |
$28,000,000.00 |
WALMEX V |
Características
de la autorización con oficio 153/7948/2012.
|
EMISORA |
TIPO DE TITULO OPCIONAL |
OFICIO Y FECHA DE AUTORIZACION |
PLAZO DE VENCIMIENTO DE LA AUTORIZACION |
NUMERO DE TITULOS OPCIONALES AUTORIZADOS |
NUMERO DE SERIES AUTORIZADAS |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
BBVA Bancomer, S.A., I.B.M., Grupo Financiero BBVA
Bancomer |
De compra o venta en efectivo, europeo y con
rendimiento limitado |
153/7948/2012 del 16 de abril de 2012. |
Hasta el 23 de abril de 2022. |
200 millones |
Hasta 250 series. |
Los descritos en la cláusula Primera del Acta de
Emsión |
Series
vigentes emitidas al amparo de la autorización 153/7948/2012.
|
CLAVE DE PIZARRA |
NUMERO DE SERIE |
FECHA DE EMISION |
FECHA DE VENCIMIENTO |
NUMERO DE TITULOS |
MONTO DE LA OFERTA |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
WMX208R DC019 |
1 |
7-May-12 |
6-Ago-12 |
2,000,000 |
$188,990,000.00 |
WALMEX V |
|
WMX305R DC020 |
2 |
7-May-12 |
6-May-13 |
1,150,000 |
$105,670,000.00 |
WALMEX V |
|
SPY305R DC004 |
3 |
21-May-12 |
20-May-13 |
1,500,000 |
$142,960,000.00 |
S&P 500 ETF TRUST |
|
WMX208R DC022 |
4 |
23-May-12 |
22-Ago.12 |
126,000 |
$12,600,000.00 |
WALMEX V |
|
SPY305R DC005 |
5 |
23-May-12 |
22-May-13 |
100,000 |
$10,000,000.00 |
S&P 500 ETF TRUST |
|
EWZ212R DC006 |
6 |
30-May-12 |
26-Dic-12 |
500,000 |
$39,800,000.00 |
MSCI BRAZIL INDEX FUND |
|
EWZ212R DC007 |
7 |
20-Jun-12 |
26-Dic-12 |
250,000 |
$19,450,000.00 |
MSCI BRAZIL INDEX FUND |
|
APL212R DC009 |
8 |
25-Jun-12 |
24-Dic-12 |
250,000 |
$14,670,000.00 |
APPLE COMPUTER INC |
|
WMX306R DC025 |
9 |
29-Jun-12 |
28-Jun-13 |
350,000 |
$35,000,000.00 |
WALMEX V |
|
WMX306R DC026 |
10 |
2-Jul-12 |
28-Jun-13 |
100,000 |
$2,750,000.00 |
WALMEX V |
|
WMX307R DC027 |
11 |
6-Jul-12 |
5-Jul-13 |
2,600,000 |
$259,210,000.00 |
WALMEX V |
|
WMX307R DC028 |
12 |
9-Jul-12 |
11-Jul13 |
600,000 |
$54,000,000.00 |
WALMEX V |
|
GMX210R DC038 |
13 |
10-Jul-12 |
8-Oct-12 |
200,000 |
$20,000,000.00 |
GMEXICO B |
|
GMX307R DC040 |
14 |
27-Jul-12 |
26-Jul-13 |
400,000 |
$37,180,000.00 |
GMEXICO B |
|
GMX210R DC041 |
15 |
27-Jul-12 |
26-Oct-12 |
250,000 |
$24,700,000.00 |
GMEXICO B |
|
AMX211R DC012 |
16 |
6-Ago-12 |
5-Nov-12 |
12,200 |
$12,620,000.00 |
AMX L |
|
GDX211R DC001 |
17 |
7-Ago-12 |
6-Nov-12 |
427,500 |
$42,750,000.00 |
GOLD MINERS ETF |
|
GMX211R DC042 |
18 |
7-Ago-12 |
6-Nov-12 |
2,500,000 |
$250,000,000.00 |
GMEXICO B |
|
FEM212R DC011 |
19 |
14-Ago-12 |
14-Dic-12 |
303,500 |
$30,350,000.00 |
FEMSA UBD |
|
AMX212R DC013 |
20 |
17-Ago-12 |
17-Dic-12 |
150,000 |
$15,000,000.00 |
AMX L |
|
AMX212R DC014 |
21 |
27-Ago-12 |
24-Dic-12 |
150,000 |
$10,020,000.00 |
AMX L |
|
EEM308R DC005 |
22 |
27-Ago-12 |
26-Ago-13 |
600,000 |
$59,800,000.00 |
MSCI EMERGING MARKETS INDEX
FUND |
|
EEM308R DC006 |
23 |
27-Ago-12 |
26-Ago-13 |
1,160,000 |
$115,590,000.00 |
MSCI EMERGING MARKETS INDEX
FUND |
|
EWZ308R DC009 |
24 |
27-Ago-12 |
26-Ago-13 |
180,000 |
$18,000,000.00 |
MSCI BRAZIL INDEX FUND |
|
WMX211R DC033 |
25 |
29-Ago-12 |
28-Nov-12 |
350,000 |
$29,630,000.00 |
WALMEX V |
|
AMX212R DC016 |
26 |
14-Sep-12 |
14-Dic-12 |
1,000,000 |
$96,775,000.00 |
AMX L |
|
AMX303R DC017 |
27 |
14-Sep-12 |
14-Mar-13 |
350,000 |
$34,775,000.00 |
AMX L |
|
IPC309R DC276 |
28 |
17-Sep-12 |
17-Sep-13 |
360,000 |
$35,250,000.00 |
IPC |
|
MXT309R DC001 |
29 |
17-Sep-12 |
17-Sep-13 |
450,000 |
$43,300,000.00 |
MEXTRAC 09 |
|
AMX212R DC018 |
30 |
17-Sep-12 |
17-Dic-12 |
100,000 |
$6,940,000.00 |
AMX L |
|
AMX210R DC019 |
31 |
19-Sep-12 |
30-Oct-12 |
300,000 |
$25,400,000.00 |
AMX L |
Características
de la autorización 153/30330/2011.
|
EMISORA |
TIPO DE TITULO OPCIONAL |
OFICIO Y FECHA DE AUTORIZACION |
PLAZO DE VENCIMIENTO DE LA AUTORIZACION |
NUMERO DE TITULOS AUTORIZADOS |
NUMERO DE SERIES AUTORIZADAS |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
Banco Santander (México), S.A., I.B.M., Grupo
Financiero Santander |
De compra o de venta en efectivo, europeo con
rendimiento limitado |
153/30330/2011 del 26 de enero de 2011 |
Hasta el 10 de febrero de 2021 |
100,000 millones |
Hasta 250 series |
Indices y Acciones descritos en la Cláusula Décima
del Acta de Emisión. |
Series
vigentes emitidas al amparo de la autorización 153/30330/2011.
|
CLAVE DE PIZARRA |
NUMERO DE SERIE |
FECHA DE EMISION |
FECHA DE VENCIMIENTO |
NUMERO DE TITULOS |
MONTO DE LA OFERTA |
ACTIVO SUBYACENTE |
|
APL302R DC005 |
11 |
11-May-12 |
5-Feb-13 |
90,920 |
$51,749,845.60 |
APPLE COMPUTER INC. |
|
IPC305R DC268 |
12 |
18-May-12 |
16-May-13 |
2,657 |
$99,969,625.00 |
IPC |
|
WMX307R DC029 |
13 |
11-Jul-12 |
9-Jul-13 |
1,005,400 |
$34,997,974.00 |
WALMEX V |
|
SPX308R DC002 |
14 |
24-Ago-12 |
22-Ago-13 |
19,526 |
$27,599,805.74 |
INDICE S&P 500 |
|
GMX308R DC044 |
15 |
27-Ago-12 |
23-Ago-13 |
826,446 |
$33,999,988.44 |
GMEXICO B |
|
IPC509R DC275 |
16 |
7-Sep-12 |
8-Sep-15 |
505 |
$19,984,829.60 |
IPC |
|
APL303R DC012 |
17 |
18-Sep-12 |
14-Mar-13 |
44,121 |
$30,499,964.88 |
AAPL |
|
EEM309R DC007 |
18 |
24-Sep-12 |
17-Sep-13 |
273,296 |
$19,950,608.00 |
SHARES MSCI EMERGING MARKEST
INDEX FUND |
Modificación al Anexo 11
de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012
Contenido
|
A. ……………………………………………………………………………………... B. Catálogos
de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos
labrados C. a F. …………………………………………………………….……………………….. |
A. ………………….……………………………………………………………………...…………………………
B. Catálogos de claves de nombres genéricos de
bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados
Claves de nombres
genéricos de bebidas alcohólicas:
…………………………………………………………………………………………………………………………..
Claves de marcas de tabacos
labrados:
1. BRITISH AMERICAN TOBACCO MEXICO, S.A. DE C.V., R.F.C.
BAT910607F43
CLAVES MARCAS
…………………………………………………………………….
001141 Camel Activa FF
001142 Camel Activa LI
001143 Pall Mall
Exactos 14 LI
001144 Gratos CD 20 FF
32. PHILIP MORRIS CIGATAM PRODUCTOS Y
SERVICIOS, S. DE R.L. DE C.V., R.F.C.
SCP970811NE6
CLAVES MARCAS
…………………………………………………………………….
032158 Marlboro Fresh Mnt
KS BOX 14
032159 Marlboro Gold
Original 100´s BOX 14
032160 Marlboro ICE
Xpress Mnt KS BOX 14
032161 Rodeo KS BOX 14
032162 Baronet KS BOX 14
032163 Fortuna Cold Mint
Mnt KS Box 20
032164 Fortuna Cold Mint
Mnt KS Box 14
032165 Delicados con Filtro LS RSP 25
032166 Delicados Dorados LS RSP 25
43. JAPAN TOBACCO INTERNATIONAL MEXICO, S. DE R.L. DE C.V. R.F.C.
JTI0711305X0
CLAVES MARCAS
043001 Winston Blue 14s
043002 Winston Classic
14s
043003 Winston Blue 20s
043004 Winston Classic
20s
44. MONTEPAZ MEXICO, S.A. DE C.V., R.F.C.
MME090512TS7
CLAVES MARCAS
044001 Madison Classic
C. a F. ……………………………………………...………………
Atentamente.
México, D.F., a 18 de octubre de 2012.- El Jefe del Servicio de
Administración Tributaria, Alfredo
Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para
2012
|
Contenido Impuesto sobre Automóviles Nuevos A. ………………………………………………………………………………………….. B. ………………………………………………………………………………………….. C. Código
de Claves Vehiculares: 1. Registradas. 2. Canceladas |
C. Código de claves vehiculares
1. Registradas
Clave Empresa 01 : Chrysler
de México, S.A.
Modelo
10 : Jeep
0011084 Versión 84 : Jeep Wrangler Unlimited Altitude 4x4
aut., 3.6 lts., 6 cil., 5 ptas.
Modelo 82 : Fiat
500 3 puertas (nacional)
0018212 Versión 12
: Fiat 500 Pop Hatchback,
automático, 1.4 lts., 4 cil.
Modelo
22 : Dodge Ram 2500 (nacional)
1012224 Versión 24
: Crew Cab Heavy Duty Power Wagon
aut., 5.7 lts., 8 cil., 4x4
Modelo
28 : Fiat Doblo 2 puertas (importado)
1012801 Versión 01
: Fiat Doblo Cargo, manual, 1.6
lts., 4 cil.
1012802 02 : Fiat Doblo Cargo Chasis Cabina Largo,
manual, 1.6 lts., 4 cil.
Modelo
30 : Ram 2500 (importado)
1013001 Versión 01
: Crew Cab Laramie 4x2 aut., 5.7
lts., 8 cil.
1013002 02 : Crew Cab Laramie 4x4 aut., 5.7 lts., 8
cil.
Modelo 31 : Ram 1500 (nacional)
1013101 Versión 01
: Regular Cab ST 4x2 manual, 3.7
lts., 6 cil.
1013102 02 : Regular Cab ST 4x2 aut., 3.7 lts., 6
cil.
Modelo 32 : Ram 2500 (nacional)
1013201 Versión 01
: Regular Cab ST 4x2 manual, 4.7
lts., 8 cil.
1013202 02 : Regular Cab ST 4x2 aut., 5.7 lts., 8
cil.
1013203 03 : Regular Cab ST 4x4 manual, 4.7 lts., 8
cil.
1013204 04 : Regular Cab ST 4x4 aut., 5.7 lts., 8
cil.
1013205 05 : Regular Cab Hemi Sport 4x2 aut., 5.7
lts., 8 cil.
1013206 06 : Regular Cab SLT 4x2 aut., 5.7 lts., 8
cil.
1013207 07 : Regular Cab SLT 4x4 aut., 5.7 lts., 8
cil.
1013208 08 : Regular Cab SLT R/T 4x2 aut., 5.7 lts.,
8 cil.
1013209 09 : Regular Cab SLT R/T 4x4 aut., 5.7 lts.,
8 cil.
1013210 10 : Crew Cab SLT HD 4x4 aut., 5.7 lts., 8
cil., gasolina
1013211 11 : Crew Cab SLT HD 4x4 aut., 6.7 lts., 6
cil., diesel
1013212 12 : Crew Cab HD Power Wagon 4x4 aut., 5.7
lts., 8 cil.
1013213 13 : Crew Cab SLT 4x2 aut., 5.7 lts., 8 cil.
1013214 14 : Crew Cab SLT 4x4 aut., 5.7 lts., 8 cil.
1013215 15 : Crew Cab Laramie 4x2 aut., 5.7 lts., 8
cil.
1013216 16 : Crew Cab Laramie 4x4 aut., 5.7 lts., 8
cil.
Clave Empresa 02 : Ford
Motor Company, S.A. de C.V.
Modelo 28
: Pick Up F - 150
3022809 Versión 09
: Crew Cab Raptor 4x4, 4 ptas.,
aut., motor V8
Clave Empresa 03 : General
Motors de México, S.de R. L. de C.V.
Modelo 09 : Cadillac
(importado)
0030958 Versión 58
: ATS Paq. “1SC/1SD aut., 6 vel.,
motor 2.0 lts., Turbo, 264 HP, piel,
quemacocos
Modelo 10
: Corvette (importado)
0031006 Versión 06
: Paq. “1SA/1SB/LT” Corvette
GS Coupé manual, 6.2 lts., V8, SFI, 8 cil., 6 vel., 430 HP, 2 ptas.
0031007 07 : Paq. “1SB/1SC/1SD/LT” Corvette GS Coupé
aut., 6.2 lts., V8, SFI, 8 cil., 6 vel., 430 HP, 2 ptas.
0031008 08 : Paq. “1SC/1SE/1SF/LT” Corvette GS
Convertible aut., 6.2 lts., V8, SFI, 6 vel., 430 HP, 2 ptas.
0031009 09 : Paq. “1SD/1SE/1SM/1SS” Corvette ZR1,
manual, 6.2 lts., Supercargado, V8, SFI, 6 vel., 638 HP, 2 ptas.
Modelo 17 : Camaro
2 puertas
0031712 Versión 12 : Paq. “1SE/1SD” Camaro convertible,
aut., c/a, motor 6.2 lts., V8, SFI, 8 cil., 6 vel., 400 HP, e/e, CD/MP3/USB,
piel
0031713 13 : Paq. “1SF” Camaro ZL1, aut., motor 6.2 lts., V8,
Supercargado, 8 cil., 6 vel., 580 HP, a/c, e/e, radio con pantalla tactil 7’,
piel
0031714 14 : Paq. “1SG” Camaro ZL1, manual, motor 6.2 lts., V8,
Supercargado, 8 cil., 6 vel., 580 HP, a/c, e/e, radio con pantalla tactil 7’,
piel
Modelo 19 : Malibu
4 puertas
0031916 Versión 16
: Paq. "B", LS, aut.,
motor 2.5 lts., 4 cil., 6 vel., 197 HP, a/c,
AM/FM/CD/MP3, tela (importado)
0031917 17 : Paq. "C", LT, aut., motor 2.5 lts., 4
cil., 6 vel., 197 HP, a/c Dual, AM/FM/CD/MP3, piel, quemacocos (importado)
0031918 18 : Paq. "D", LT, aut., motor turbo 2.0 lts.,
4 cil., 6 vel., 259 HP, a/c Dual, AM/FM/CD/MP3, piel, quemacocos (importado)
0031919 19 : Paq. "G", LTZ, aut., motor
turbo 2.0 lts., 4 cil., 6 vel., 259 HP, a/c Dual, AM/FM/CD/MP3, piel,
quemacocos, faros de niebla (importado)
Modelo 81 : Chevrolet
Aveo (nacional)
0038108 Versión 08 : Paq. “1SA/LS” Sedán, manual, Básico
0038109 09 : Paq. “1SB/LT” Sedán, manual, c/aire, USB, equipo eléctrico
0038110 10 : Paq. “1SC/1SG/LT” Sedán, aut., c/aire, USB, equipo eléctrico
0038111 11 : Paq. “1SD/LTZ” Sedán, manual, c/aire, USB/MP3, equipo
eléctrico, bolsas de aire, ABS, Bluetooth
0038112 12 : Paq. “1SE/LTZ” Sedán, aut., c/aire, USB/MP3, equipo eléctrico,
bolsas de aire, ABS, Bluetooth
0038113 13 : Paq. “1SM/LS” Sedán, manual, motor E TEC II, 1.6 lts., 4
cil., 5 vel., 103 HP, c/aire
0038114 14 : Paq. “F/LT” manual, 1.6 lts., 4 cil., 5 vel., 103 HP,
c/aire, contr. elect. AM/FM/CD/MP3, bolsas de aire frt., 4 ptas.
0038115 15 : Paq. “J/LS” aut., 1.6 lts., 4 cil., 4
vel., 103 HP, c/aire, AM/FM/CD/MP3, 4 ptas.
0038116 16 : Paq. “1SH” LT Sedán, manual, c/aire,
radio/CD
0038117 17 : Paq. “1SK” LTZ Sedán, manual, c/aire,
radio/CD, equipo eléctrico, bolsas de aire, ABS
0038118 18 : Paq. “1SL” LTZ Sedán, aut., c/aire,
radio/CD, equipo eléctrico, bolsas de aire, ABS
Modelo 89 : Terrain
(importado)
0038903 Versión 03 : Paq. “B” aut., 3.6 lts., V6, 308 HP, c/a, piel,
rines 18”, 5 ptas.
0038904 04 : Paq. “D” aut., 3.6 lts., V6, 308 HP,
c/a, denali, quemacocos, piel, rines 19”, 5 ptas.
Modelo 95 : Chevrolet Trax (nacional)
0039501 Versión 01
: Paq "A", LS 4x2,
manual, motor 1.8 lts., 4 cil., c/aire, radio AM/FM/CD/AUX/USB/BT, tela
0039502 02 : Paq "B", LT 4x2, aut., motor
1.8 lts., 4 cil., c/aire, radio AM/FM/CD/AUX/USB/BT, tela
0039503 03 : Paq "C", LTZ 4x2, aut., motor
1.8 lts., 4 cil., c/aire, radio AM/FM/CD/AUX/USB/BT, piel, quemacocos
Modelo 96 : Buick
Verano (importado)
0039601 Versión 01 : Paq "C/Premium" aut., motor
2.0 lts., 4 cil., piel, quemacocos
Modelo 19 : Chevrolet
Tornado (importado)
1031901 Versión 01
: Paq. “B/LS1” Pick Up Base,
manual, motor 1.8 MPFI, 4 cil.
1031902 02 : Paq. “M/LS2/LS3” Pick Up manual, motor
1.8 MPFI, 4 cil., c/aire, dirección hidráulica.
Modelo 33 : Colorado
NG (importado)
1033301 Versión 01 : Paq. "1SQ” 4x2, aut., a/c, motor 3.6 lts., 6
cil., 236 HP, radio CD/MP3
4 bocinas, eléctrico
1033302 02 : Paq. "1ST” 4x4, aut., a/c, motor
3.6 lts., 6 cil., 236 HP, radio CD/MP3 6 bocinas/Bluetooth/USB & Aux,
eléctrico
Modelo 34 : Spark Cargo (importado)
1033401 Versión 01 : Paq. "D/LS” manual, motor 1.2 lts., 81 HP,
tela, calefacción, 5 puertas
Modelo 02 : Chevrolet
Express Cutaway (importado)
2030204 Versión 04
: Paq. "C/LS" Chasis Cabina, aut., 6 vel.,
motor vortec 6.0, V8, gasolina,
Modelo 11 : Express
Cargo Van Ambulancia (importado)
2031101 Versión 01
: LS, motor 4.3 lts., MPFI, aut.,
a/c, 6L, V8, 6 vel., 324 HP, radio AM/FM, 4,355 Kg. PBV
Clave Empresa 04 : Nissan
Mexicana, S.A. de C.V.
Modelo 11 : Sentra Sedán 4 puertas
0041166 Versión 66
: Sense MT
0041167 67 : Sense CVT
0041168 68 : Advance MT
0041169 69 : Advance CVT
0041170 70 : SR CVT
0041171 71 : SR Navi CVT
0041172 72 : Exclusive CVT
0041173 73 : Exclusive Navi CVT
Modelo
13 : Altima
0041330 Versión 30
: Sense 2.5 lts.
0041331 31 : Advance 2.5 lts.
0041332 32 : Advance NAVI 2.5 lts.
0041333 33 : Exclusive 3.5 lts., V6
Modelo
14 : Pathfinder
0041432 Versión 32
: NP Sense
0041433 33 : NP Advance
0041434 34 : NP Exclusive
0041435 35 : NP Exclusive AWD
Modelo
47 : Versa
0044706 Versión 06
: Exclusive T/A A/C 1.6 lts.
Modelo
52 : Infiniti FX
0045203 Versión 03
: 35 T/A 2WD
0045204 04 : 37 T/A AWD Edición Especial
0045205 05 : 37 T/A AWD
Modelo
53 : Infiniti QX
0045302 Versión 02
: 56 T/A AWD 8 passenger
Modelo
54 : Infiniti JX
0045401 Versión 01
: 35 FWD
0045402 02 : 35 AWD
0045403 03 : 35 AWD Premium
Clave Empresa 05 : Volkswagen
de México, S.A. de C.V.
Modelo 03 : Golf
4 puertas
0050328 Versión 28 : Golf 1.4 lts. TSI, 160 HP, gasolina
Modelo 13 : Audi 2 puertas
0051373 Versión 73
: Audi TT, 1.8 lts., TFSI, 160 HP,
gasolina
Modelo 20 : Seat
4 puertas
0052075 Versión 75
: Ibiza Style 1.2 lts., turbo, 105
HP, gasolina
0052076 76 : Ibiza FR, 1.2 lts., turbo, 105 HP,
gasolina
0052077 77 : Toledo, 1.6 lts., 105 HP, gasolina
0052078 78 : Toledo, 1.2 lts., turbo,105 HP,
gasolina
0052079 79 : Toledo, 1.4 lts., turbo,122 HP,
gasolina
Modelo 21 : Seat
2 puertas
0052112 Versión 12
: Ibiza Style 1.6 lts., 105 HP,
gasolina
0052113 13 : Ibiza Style 1.2 lts., turbo 105 HP,
gasolina
0052114 14 : Ibiza FR 1.2 lts., turbo 105 HP,
gasolina
Modelo 27 : Polo
5 puertas
0052702 Versión 02 : Polo, 1.2 lts. Turbo, 103 HP, manual,
gasolina
0052703 03 : Polo, 1.2 lts. Turbo, 103 HP, DSG, gasolina
Modelo 29 : Porsche
5 puertas
0052917 Versión 17 : Cayenne
GTS 4.8 lts., 420 HP, tracción integral, gasolina
Modelo 49 : Audi
4 puertas
0054952 Versión 52
: Audi S6 4.0 lts., Turbo
Supercargado, 420 HP, Quattro
0054954 54 : Audi S7 4.0 lts., Turbo Supercargado,
420 HP, Quattro
Modelo 59 : Porsche 911 2 puertas
0055926 Versión 26
: 911 Carrera 4, 3.4 lts., 350 HP,
tracción integral, gasolina
0055927 27 : 911 Carrera 4 Cabrio, 3.4 lts., 350 HP,
tracción integral, gasolina
0055928 28 : 911 Carrera 4S, 3.8 lts., 400 HP,
tracción integral, gasolina
0055929 29 : 911 Carrera 4S Cabrio, 3.8 lts., 400
HP, tracción integral, gasolina
Modelo 63 : Gol
4 puertas
0056303 Versión 03 : Gol Sedán 1.6 lts., 100 HP, manual,
gasolina
Modelo 64 : Gol
5 puertas
0056403 Versión 03 : Gol, 1.6 lts., 100 HP, manual, gasolina
0056404 04 : Gol GT, 1.6 lts., 100 HP, manual, gasolina
Modelo 67 : Caravelle
5 puertas
0056702 Versión 02 : Caravelle 2.0 lts., TDI, 180 HP, aut.,
diesel
Modelo 68 : Polo
3 puertas
0056801 Versión 01 : Polo, 1.4 lts. Turbo, 177 HP, DSG,
gasolina
Modelo
11 : Amarok Pick Up
1051107 Versión 07
: Amarok 2.0 lts., 140 HP, TDI,
manual, 4x2, diesel
1051108 08 : Amarok 2.0 lts., 140 HP, TDI, manual,
4x4, diesel
1051109 09 : Amarok 2.0 lts., 180 HP, BIT, TDI,
manual, 4x2, diesel
1051110 10 : Amarok 2.0 lts., 180 HP, BIT, TDI,
manual, 4x4, diesel
Clave Empresa 06 : Dina
Camiones, S.A. de C.V.
Modelo 03
: Chasís Control Delantero
2060387 Versión 87 : 455-200-72 Chasis plataforma
semi-control delantero, motor delantero, susp. mecánica, manual, diesel, 200 HP
2060388 88 : 555-200-75 Chasis plataforma semi-control delantero, motor delantero,
susp. mecánica, manual, diesel, 200 HP
2060389 89 : 555-200-74 Chasis plataforma semi-control delantero, motor delantero,
susp. mecánica, manual, diesel, 200 HP
2060390 90 : 553-200-73 Chasis plataforma control delantero, motor delantero, susp. mecánica, manual,
diesel, 200 HP
Clave Empresa 07 : Renault
México, S.A. de C.V.
Modelo 24 : Fluence
4 puertas
0072407 Versión 07
: Bose 2.0 T/A CVT
Clave Empresa 09 : Kenworth
Mexicana, S.A. de C.V.
Modelo
10 : Tractocamión Marca DAF
2091001 Versión 01
: CF 85 Tractocamión Quinta Rueda 14,969 Kg. o más de
PBV
Clave Empresa 14 : Mercedes-Benz
México, S. de R. L. de C.V./Mercedes-Benz México, S.A. de C.V.
Modelo
45 : SLK 2 puertas
0144513 Versión 13 : SLK 55 AMG
Modelo 46 : E
Coupé 2 puertas
0144609 Versión 09 : E350 CGI Coupé Limited
Modelo
48 : G 4 puertas
0144805 Versión 05
: G63 AMG Biturbo
0144806 06 : G65 AMG V12 Biturbo
Modelo
52 : Smart
0145219 Versión 19
: Smart Fortwo Convertible Sport
0145220 20 : Smart Fortwo LE iceshine Convertible
0145221 21 : Smart Fortwo LE iceshine Coupé
Modelo 53 : SL 2 puertas
0145306 Versión 06 : SL 500 CGI Biturbo
0145307 07 : SL
63 AMG Biturbo
Modelo 63 : GL
0146302 Versión 02 : GL 500 CGI Biturbo
Modelo 68 : GLK
5 puertas
0146813 Versión 13
: GLK 350 CGI Sport
0146814 14 : GLK 300 CGI Off Road
Modelo 69 : E Sedán 4 puertas
0146916 Versión 16 : E250 CGI Guard
Modelo 76 : C
Coupé 2 puertas
0147605 Versión 05 : C 180 CGI Coupé
0147606 06 : C 180 CGI Coupé manual
0147607 07 : C 63 AMG Coupé Black Series
0147608 08 : C 63 AMG Coupé Orange
Modelo 77 : Viano
5 puertas
0147701 Versión 01 : MB Viano 2.2 Trend
0147702 02 : MB Viano 2.2 Ambiente
Modelo 78 : A
5 puertas
0147801 Versión 01 : A 180 PRE
0147802 02 : A 200 PRE
0147803 03 : A 250 Sport PRE
0147804 04 : A 180 CGI manual
0147805 05 : A 180 CGI
0147806 06 : A 200 CGI manual
0147807 07 : A 200 CGI
0147808 08 : A 250 CGI Sport
Modelo
09 : Sprinter Chasis Cabina
2140920 Versión 20
: MB Sprinter Chasis Doble Cabina
415 Larga, 3,850 Kg. PBV
Modelo 10 : Sprinter Panel
2141042 Versión 42 : MB Sprinter Van Pasaje 311 Corta, 3,500
Kg. PBV
2141043 43 : MB Sprinter Van Pasaje 311 Mediana, 3,500 Kg. PBV
2141044 44 : MB Sprinter Cargo Van 315 Corta, 3,500 Kg. PBV
2141045 45 : MB Sprinter Cargo Van 315 Mediana, 3,500 Kg. PBV
Clave Empresa 26 : BMW
de México, S.A. de C.V.
Modelo 01 : Serie
3, 4 puertas
0260195 Versión 95 : 320iA Business automático
0260196 96 : 320iA Business Plus automático
Modelo 03 : Serie 7, 4 puertas.
0260335 Versión 35
: 750LiA Sedán M Sport automático
0260336 36 : 760LiA Sedán automático
0260337 37 : 760LiA Sedán M Sport automático
Modelo 05
: Serie M, 2 puertas.
0260520 Versión 20 : M6 Convertible automático
0260521 21 : M6 Coupé automático
Modelo 17
: Mini Cooper 2 puertas
0261782 Versión 82
: MINI Cooper S All Black
automático
0261783 83 : MINI Cooper S All Black manual
0261784 84 : MINI Cooper S Inspired by Goodwood
automático
0261785 85 : MINI Cooper Baker Street automático
0261786 86 : MINI Cooper Baker Street manual
0261787 87 : MINI Cooper S Bayswater automático
0261788 88 : MINI Cooper S Bayswater manual
0261789 89 : MINI Cooper Bayswater automático
0261790 90 : MINI Cooper Bayswater manual
0261791 91 : MINI Cooper Convertible Highgate manual
0261792 92 : MINI Cooper Convertible Highgate
automático
0261793 93 : MINI Cooper S Convertible Highgate
manual
0261794 94 : MINI Cooper S Convertible Highgate
automático
0261795 95 : MINI John Cooper Works Silver Bullet
manual
0261796 96 : MINI John Cooper Works Hot Chili manual
0261797 97 : MINI Cooper Oxford Street manual
0261798 98 : MINI Cooper Oxford Street automático
0261799 99 : MINI Cooper S Oxford Street manual
Modelo 21 : Serie 1, 5 puertas
0262116 Versión 16 : 118iA Business automático
0262117 17 : M135iA automático
0262118 18 : M135i manual
Modelo 23 : Serie
1, 3 puertas
0262306 Versión 06
: M135iA automático
0262307 07 : M135i manual
Modelo 26 : Serie
1, 2 puertas
0262610 Versión 10
: 125i Coupé M Sport manual
Modelo 28 : X3
5 puertas
0262820 Versión 20
: X3 xDrive28iA automático
0262821 21 : X3 xDrive28iA Lujo automático
0262822 22 : X3 xDrive28iA Top automático
0262823 23 : X3 xDrive28iA M Sport automático
Modelo 31 : X5, 5 puertas
0263111 Versión 11
: X5 xDrive50iA Security M Sport
automático
Modelo 32 : X6,
5 puertas
0263205 Versión 05 : X6 xDrive35iA M Performance automático
0263206 06 : X6 xDrive50iA M performance automático
Modelo 34 : Serie
6, 4 puertas
0263401 Versión 01 : 650iA Gran Coupé automático
0263402 02 : 650iA Gran Coupé M Sport automático
Clave Empresa 32 : Peugeot
México, S.A. de C.V.
Modelo 16 : Partner
5 puertas
0321603 Versión 03 : Partner Tepee Maxi, 5 vel., manual,
motor 1.6 lts., 4 cil., Turbo, diesel
0321604 04 : Partner Tepee TPMR, 5 vel., manual,
motor 1.6 lts., 4 cil., Turbo, diesel
Modelo 24 : 207
5 puertas
0322422 Versión 22
: 207 E Active Personal, 5 vel.,
manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0322423 23 : 207 E Allure Personal, 5 vel., manual,
motor 1.6 lts., 4 cil.
0322424 24 : 207 E Feline Personal, 5 vel., manual,
motor 1.6 lts., 4 cil.
Modelo 33 : 3008
5 puertas
0323307 Versión 07 : 3008 Allure Family, 6 vel., automático,
motor 1.6 lts., 4 cil., Turbo
0323308 08 : 3008 Feline Family, 6 vel., automático, motor 1.6 lts., 4
cil., Turbo
Modelo 38 : 208
3 puertas
0323801 Versión 01 : 208 Active, 5 vel., manual, motor 1.6
lts., 4 cil.
0323802 02 : 208 Active, 4 vel., automático, motor
1.6 lts., 4 cil.
0323803 03 : 208 Allure, 5 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0323804 04 : 208 Allure, 4 vel., automático, motor
1.6 lts., 4 cil.
0323805 05 : 208 Féline, 5 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0323806 06 : 208 Féline, 4 vel., automático, motor 1.6 lts., 4 cil.
0323807 07 : 208 XY, 6 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil., Turbo
0323808 08 : 208 XY, 6 vel., automático, motor 1.6 lts., 4 cil., Turbo
0323809 09 : 208 RC, 6 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil., Turbo
0323810 10 : 208 Access, 5 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0323811 11 : 208 Access, 4 vel., automático, motor
1.6 lts., 4 cil.
Modelo 39 : 208
5 puertas
0323901 Versión 01 : 208 Active, 5 vel., manual, motor 1.6
lts., 4 cil.
0323902 02 : 208 Active, 4 vel., automático, motor
1.6 lts., 4 cil.
0323903 03 : 208 Allure, 5 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0323904 04 : 208 Allure, 4 vel., automático, motor
1.6 lts., 4 cil.
0323905 05 : 208 Féline, 5 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0323906 06 : 208 Féline, 4 vel., automático, motor 1.6 lts., 4 cil.
0323907 07 : 208 Access, 5 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0323908 08 : 208 Access, 4 vel., automático, motor
1.6 lts., 4 cil.
Modelo 40 : 301
4 puertas
0324001 Versión 01 : 301 Access, 5 vel., manual, motor 1.6
lts., 4 cil.
0324002 02 : 301 Access, 4 vel., automático, motor 1.6 lts., 4 cil.
0324003 03 : 301 Active, 5 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0324004 04 : 301 Active, 4 vel., automático, motor
1.6 lts., 4 cil.
0324005 05 : 301 Allure, 5 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0324006 06 : 301 Allure, 4 vel., automático, motor
1.6 lts., 4 cil.
0324007 07 : 301 Féline, 5 vel., manual, motor 1.6 lts., 4 cil.
0324008 08 : 301 Féline, 4 vel., automático, motor
1.6 lts., 4 cil.
Clave Empresa 35 :
Scania de México, S.A. de C.V.
Modelo 02 : Autobús
2350220 Versión 20 : K440 IB 4X2 NB
2350221 21
: K360 IB 4x2 NB
2350222 22
: K400 IB 4x2 NB
Clave Empresa 49 : Servicio
Integral Automotor, S. de R. L. de C.V./Ford Motor Company, S.A. de C.V.
Modelo 07 : Mustang
2 puertas (importado)
0490709 Versión 09
: Shelby GT500 Coupé, V8, motor
5.8 y 5.4 lts., piel, T/M, 8 cil.
0490710 10 : Shelby GT500 Convertible, V8, motor 5.8
y 5.4 lts., piel, T/M, 8 cil.
Modelo 13 : Escape
4 puertas (importado)
0491317 Versión 17
: SE 4x2, 2.5 lts., I4, T/A, tela,
4 cil.
0491318 18 : SE Plus 4x2, 2.5 lts., I4, T/A, piel, 4
cil.
0491319 19 : SEL 4x2, 2.5 lts., I4, T/A, piel, 4
cil.
Modelo 41 : Fusion 4 puertas (nacional)
0494110 Versión 10
: I4 SE Base, motor 2.5 lts., I4,
6 vel., T/A, tela
0494117 17 : SE Luxury, motor 2.0 lts., I4 GTDi,
T/A, piel, 4 cil.
0494118 18 : SEL, motor 2.0 lts., I4 GTDi, T/A,
piel, 4 cil.
0494119 19 : Titanium, motor 2.0 lts., I4 GTDi, T/A,
piel, 4 cil.
0494120 20 : HEV SE, motor 2.0 lts., I4 Híbrido,
T/A, tela, 4 cil.
0494121 21 : HEV SEL, motor 2.0 lts., I4 Híbrido,
T/A, piel, 4 cil.
0494122 22 : SE, motor 2.5 lts. iVCT, I4, T/A, tela,
4 cil.
0494123 23 : Titanium Plus, motor 2.0 lts., I4 GTDi,
T/A, piel, 4 cil.
0494124 24 : SE Luxury Plus, motor 2.0 lts., I4
GTDi, T/A, piel, 4 cil.
0494125 25 : HEV SE Luxury Plus, motor 2.0 lts., I4
Híbrido, T/A, piel, 4 cil.
Clave Empresa 55 : DaimlerChrysler Vehículos Comerciales México,
S.A. de C.V./ Daimler Vehículos Comerciales México, S.de R.L. de C.V.
Modelo 03 : Autobús
Mercedes Benz
2550381 Versión 81 : O500 RS 1735 Viaggio 18,500 Kg. PBV
Modelo 27 : Mercedes-Benz
Econic
2552701 Versión 01 : ECONIC Chasis Cabina 20,000 Kg. PBV
Clave Empresa 62 : Giant
Motors Latinoamérica, S.A. de C.V
Modelo 17 : Chasis
Control Delantero GF250
2621701 Versión 01
: GF250 Pasaje Urbano, manual,
diesel, 4 cil., 5,300 Kg. PBV
Modelo 18 : Autobús
GML GF250
2621801 Versión 01
: GF250 Pasaje Urbano, manual,
diesel, 4 cil., hasta 25 pasajeros
2621802 02 : GF250 Pasaje Urbano, manual, diesel, 4
cil., c/aire hasta 25 pasajeros
Clave Empresa 65 : Man
Truck & Bus México, S.A. de C.V.
Modelo 02 : Autobús Integral Marca MAN (importado)
2650202 Versión 02 : R07ZZ 2 ejes, 18,000-19,500 Kg. PBV
Modelo 05 : Chasis
Control Trasero Marca MAN (nacional)
2650506 Versión 06 : R40, 3 ejes, 24,000-27,500 Kg. PBV
Modelo 10 : Chasis
Control Delantero Marca Volkswagen (nacional)
2651002 Versión 02 : 9-150 FEB, 4x2, 9,200 Kg. PBV
2651003 03 : 15-190 OD, 2 ejes, 15,500 Kg. PBV
2651004 04 : 17-230 OD, 2 ejes, 17,200 Kg. PBV
Modelo 12 : Chasis
Control Trasero Marca Volkswagen (nacional)
2651202 Versión 02
: 18-330 OT, 4x2, 18, 000 Kg. PBV
2651203 03 : 17-280 OT, 2 ejes, 18,000 Kg. PBV
Modelo 13 : Chasis
Control Delantero Marca MAN (importado)
2651301 Versión 01 : N49, 2 ejes, 12,000 Kg. PBV
Modelo 14 : Camión
Chasis Cabina Marca Volkswagen (nacional)
2651401 Versión 01 : 17-280, 2 ejes, 17,100 Kg. PBV
2651402 02 : 24-280, 3 ejes, 24,100 Kg. PBV
2651403 03 : 26-280, 3 ejes, 26,300 Kg. PBV
2651404 04 : 31-280, 3 ejes, 30,500 Kg. PBV
2651405 05 : 15-190, 2 ejes, 15,400 Kg. PBV
Modelo 15 : Tractocamión
Marca Volkswagen (nacional)
2651501 Versión 01 : 17-280, 2 ejes, 17,100 Kg. PBV
2651502 02 : 24-280, 3 ejes, 24,100 Kg. PBV
2651503 03 : 26-280, 3 ejes, 26,300 Kg. PBV
2651504 04 : 31-280, 3 ejes, 30,500 Kg. PBV
2651505 05 : 15-190, 2 ejes, 15,400 Kg. PBV
Clave Empresa 69 : Volvo
Auto de México, S.A. de C.V.
Modelo 01 : Volvo
C30 2 puertas (importado)
0690107 Versión 07
: Volvo C30, Hatchback Evolution,
motor 2.5 lts. T5, 5 cil., T/ Geartronic, piel
Modelo 07 : Volvo S60 4 puertas (importado)
0690705 Versión 05
: Volvo S60, Sedán Evolution,
motor 2.0 lts., 4 cil., T/A, piel
Modelo 08 : Volvo V60 4 puertas (importado)
0690801 Versión 01
: Volvo V60, Station Wagon
Kinetic, motor 2.0 lts., 4 cil., T/A, piel
Clave Empresa 98 : Empresas
ensambladoras e importadoras de camiones nuevos
Modelo 72 : Autobús/Camión
Marca KGE
2987205 Versión 05 : Autobús Chasis Integral, motor
delantero, 35 a 37 pasajeros, 8,050 Kg.
PBV
2987206 06 : Autobús Chasis de viga o vara, motor delantero, 35 a 37 pasajeros,
7,400 Kg. PBV
2987207 07 : Autobús Chasis Integral, motor delantero, 12,050 Kg. PBV
2987208 08 : Autobús Chasis de viga o vara, motor delantero, 11,400 Kg. PBV
2987209 09 : Camión Ligero 2,727-7,272 Kg. PBV
2987210 10 : Camión Mediano 7,272-8,864 Kg. PBV
2987211 11 : Camión Pesado superior a 8,864 Kg. PBV
2987212 12 : Chasis Control Delantero 5,715 Kg. PBV
2987213 13 : Chasis Control Trasero 5,715 Kg. PBV
Modelo 73 : Autobús
Marca KING
2987303 Versión 03 : CD12210, 35 pasajeros, 12,000 Kg. PBV
Modelo 80 : Tractocamión
Marca Casbad
2988001 Versión 01 : Tractocamión Quinta Rueda 12,430 Kg.
PBV
2. Canceladas
Clave Empresa 04 : Nissan
Mexicana, S.A. de C.V.
Modelo 48
: LEAF
0044801 Versión 01
: SL
0044802 02 : SL Elite
Clave Empresa 65 : Man
Truck & Bus México, S.A. de C.V.
Modelo 01 : Chasis
Control Trasero Marca MAN (importado)
2650118 Versión 18
: N49 2 ejes, 12,000 Kg. PBV
Atentamente
México, D.F., a 18 de octubre de 2012.- El Jefe del Servicio de
Administración Tributaria, Alfredo
Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para
2012
|
Contenido A. y B. ………………………………………………………………. C. Requisitos que deben cumplir las personas
que soliciten ante el SAT autorización como Proveedor de Servicio. D. a H. ………………………………………………………………. |
A. y B. ……………………………………….
C. Requisitos que deben cumplir las personas que soliciten ante el
SAT autorización como Proveedor de Servicio
…………………………………………………………………………………………………………………………….
XII. En términos de la regla II.2.1.11.,
deberán presentar la opinión del cumplimiento de sus obligaciones fiscales
expedida por el SAT.
…………………………………………………………………………………………………………………………….
D. a H. ……………………………………….
Atentamente.
México, D.F., a 18 de octubre de 2012.- El Jefe del Servicio de
Administración Tributaria, Alfredo
Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.