OFICIO Circular mediante el cual se informa la sustitución, designación y domicilio, respecto de la apoderada de diversas instituciones de fianzas, facultada para recibir requerimientos de pago por responsabilidades derivadas de fianzas otorgadas a favor de la Federación, para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros, así como de aquellas otras fianzas expedidas a favor de la propia Federación, del Distrito Federal, de los estados y de los municipios

Martes 24 de enero de 2012

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- Dirección General Adjunta de Seguros y Fianzas.- Subdirección de Fianzas.

OFICIO CIRCULAR No. 366-II-020/12.- 366/193.5/305787

INSTITUCIONES DE FIANZAS.- Se informa la sustitución, designación y domicilio de los apoderados de las que se indican.

Esta Secretaría, con fundamento y para los efectos de los artículos 143, inciso a), del Código Fiscal de la Federación, 95, fracción II y 130, fracción I, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y con base en lo establecido por los artículos 32 y 33, fracción IX, de su Reglamento Interior, informa del domicilio de la apoderada de las instituciones de fianzas que en el presente se mencionan, en la región competencia de la Sala Regional del Noroeste III del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, facultada para recibir requerimientos de pago que formulen las autoridades facultadas para ello, por responsabilidades derivadas de fianzas otorgadas a favor de la Federación para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros, así como de aquellas otras fianzas expedidas a favor de la propia Federación, del Distrito Federal, de los estados y de los municipios, por lo que única y exclusivamente se modifica en tales casos el Oficio Circular No. 366-IV-A-2780 del 13 de julio del 2001, modificado mediante Oficios Circulares números 366-IV-A-6380, 2361, 5850, 2410, 3294, 5190, 980, 7290, 870/05, 1690/05, 030/06, 1401/06, 1801/06, 370/07, 530/07, 1080/07, 1360/07, 1893/07, 190/08, 1190/08, 150/09, 1410/09, 430/10, 1170/10, 110/11, 130/11, 1260/11 y 1290/11, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de agosto y 26 de noviembre del 2001, 2 de mayo y 19 de noviembre del 2002, 27 de mayo, 22 de agosto y 28 de noviembre del 2003, 23 de abril del 2004, 11 de febrero, 9 de mayo y 26 de agosto del 2005, 14 de marzo, 9 de mayo y 9 de agosto del 2006, 9 de febrero, 22 de marzo, 17 de julio y 24 de septiembre del 2007, 15 de enero, 18 de junio y 9 de octubre del 2008, 23 de abril y 14 de septiembre del 2009, 6 de mayo y 29 de diciembre del 2010, 1o. de febrero, 29 de marzo, 8 de julio y 26 de septiembre del 2011, respectivamente:

SALA REGIONAL DEL NOROESTE III

COMPAÑIA

APODERADO

AFIANZADORA ASERTA, S.A. DE C.V.,

GRUPO FINANCIERO ASERTA.

C. Francisca Rosario Pérez Aldapa.

Calz. Insurgentes No. 1225, Local 4,

Plaza Viva.

Col. Centro Sinaloa.

80129, Culiacán, Sin.

 

AFIANZADORA INSURGENTES,S.A. DE C.V.,

GRUPO FINANCIERO ASERTA.

C. Francisca Rosario Pérez Aldapa.

Calz. Insurgentes No. 1225, Local 4,

Col. Centro Sinaloa.

80129, Culiacán, Sin.

 

El presente Oficio Circular entrará en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., 12 de enero del 2012.- El Director General Adjunto, Ignacio López Merlo.- Rúbrica.