OFICIO Circular mediante el cual se informa la sustitución, designación y domicilio, respecto de la apoderada de diversas instituciones de fianzas, facultada para recibir requerimientos de pago por responsabilidades derivadas de fianzas otorgadas a favor de la Federación, para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros, así como de aquellas otras fianzas expedidas a favor de la propia Federación, del Distrito Federal, de los estados y de los municipios |
Martes 24 de enero de 2012 |
Al margen
un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito
Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- Dirección General
Adjunta de Seguros y Fianzas.- Subdirección de Fianzas.
OFICIO CIRCULAR No. 366-II-020/12.- 366/193.5/305787
INSTITUCIONES DE FIANZAS.- Se informa la
sustitución, designación y domicilio de los apoderados de las que se indican.
Esta Secretaría, con fundamento y para los efectos de los artículos
143, inciso a), del Código Fiscal de la Federación, 95, fracción II y 130,
fracción I, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y con base en lo
establecido por los artículos 32 y 33, fracción IX, de su Reglamento Interior,
informa del domicilio de la apoderada de las instituciones de fianzas que en el
presente se mencionan, en la región competencia de la Sala Regional del
Noroeste III del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
facultada para recibir requerimientos de pago que formulen las autoridades
facultadas para ello, por responsabilidades derivadas de fianzas otorgadas a
favor de la Federación para garantizar obligaciones fiscales a cargo de
terceros, así como de aquellas otras fianzas expedidas a favor de la propia
Federación, del Distrito Federal, de los estados y de los municipios, por lo
que única y exclusivamente se modifica en tales casos el Oficio Circular No. 366-IV-A-2780
del 13 de julio del 2001, modificado mediante Oficios Circulares números
366-IV-A-6380, 2361, 5850, 2410, 3294, 5190, 980, 7290, 870/05, 1690/05,
030/06, 1401/06, 1801/06, 370/07, 530/07, 1080/07, 1360/07, 1893/07, 190/08,
1190/08, 150/09, 1410/09, 430/10, 1170/10, 110/11, 130/11, 1260/11 y 1290/11,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de agosto y 26 de
noviembre del 2001, 2 de mayo y 19 de noviembre del 2002, 27 de mayo, 22 de
agosto y 28 de noviembre del 2003, 23 de abril del 2004, 11 de febrero, 9 de
mayo y 26 de agosto del 2005, 14 de marzo, 9 de mayo y 9 de agosto del 2006, 9 de
febrero, 22 de marzo, 17 de julio y 24 de septiembre del 2007, 15 de enero, 18
de junio y 9 de octubre del 2008, 23 de abril y 14 de septiembre del 2009, 6 de
mayo y 29 de diciembre del 2010, 1o. de febrero, 29 de marzo, 8 de julio y 26
de septiembre del 2011, respectivamente:
SALA REGIONAL DEL NOROESTE III
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COMPAÑIA |
APODERADO |
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AFIANZADORA ASERTA, S.A. DE C.V., GRUPO FINANCIERO ASERTA. |
C. Francisca Rosario
Pérez Aldapa. Calz.
Insurgentes No. 1225, Local 4, Plaza Viva. Col. Centro Sinaloa. 80129, Culiacán, Sin. |
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AFIANZADORA INSURGENTES,S.A. DE C.V., GRUPO FINANCIERO ASERTA. |
C. Francisca Rosario
Pérez Aldapa. Calz.
Insurgentes No. 1225, Local 4, Col. Centro Sinaloa. 80129, Culiacán, Sin. |
El presente Oficio Circular entrará en vigor al día hábil siguiente al
de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., 12 de enero del 2012.- El Director General Adjunto, Ignacio López Merlo.- Rúbrica.