ACUERDO que modifica el diverso por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria publicado el 21 de mayo de 2008.

Viernes 18 de julio de 2008

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECE LA CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS REGIONALES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA PUBLICADO EL 21 DE MAYO DE 2008.

JOSE MARIA ZUBIRIA MAQUEO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o. y 14 fracciones I, III y IX de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 144, fracción I de la Ley Aduanera; 1o., 2o., 3o. fracciones VIII y XII y 37 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y

Considerando

Que con fecha 21 de mayo de 2008 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria.

Que para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y mantener actualizado el acuerdo al que se hace referencia en el párrafo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECE LA CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS REGIONALES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA PUBLICADO EL 21 DE MAYO DE 2008

Artículo Primero. Se reforman las fracciones XIX, XL y XLI del Artículo Primero del Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2008, para quedar como sigue:

“Artículo Primero. …

XIX. ADMINISTRACION LOCAL DE ACAPULCO: Los municipios de Acapulco de Juárez, Atoyac de Alvarez, Ayutla de los Libres, Azoyú, Benito Juárez, Coahuayutla de José María Izazaga, Copala, Coyuca de Benítez, Cuajinicuilapa, Cuauhtepec, Florencio Villarreal, Igualapa, Iliatenco, Juchitán, La Unión de Isidoro Montes de Oca, Marquelia, Ometepec, Petatlán, San Luis Acatlán, San Marcos, Tecoanapa, Técpan de Galeana, Tlacoachistlahuaca, Xochistlahuaca y Zihuatanejo de Azueta, en el Estado de Guerrero.

XL. ADMINISTRACION LOCAL DE CANCUN: Los municipios de Benito Juárez, Cozumel, Isla Mujeres, Lázaro Cárdenas, Solidaridad y Tulum, en el Estado de Quintana Roo.

XLI. ADMINISTRACION LOCAL DE CHETUMAL: Los municipios de Cozumel, Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Othón P. Blanco, Solidaridad y Tulum, en el Estado de Quintana Roo.

...”

Artículo Segundo. Se reforman las fracciones XXII y XIX del Artículo Segundo del Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2008, para quedar como sigue:

“Artículo Segundo. …

XXII. ADUANA DE LAZARO CARDENAS: Los municipios de Aguililla, Apatzingán, Aquila, Arteaga, Buenavista, Carácuaro, Chinicuila, Churumuco, Coahuayana, Coalcomán de Vázquez Pallares, Huetamo, Juárez, La Huacana, Lázaro Cárdenas, Madero, Múgica, Nocupétaro, Nuevo Parangaricutiro, Nuevo Urecho, Parácuaro, Peribán, San Lucas, Susupuato, Tancítaro, Tepalcatepec, Tiquicheo de Nicolás Romero, Tumbiscatío, Turicato, y Tuzantla, en el Estado de Michoacán, y los municipios de Coahuayutla de José María Izazaga, La Unión de Isidoro Montes de Oca, Zihuatanejo de Azueta y Zirándaro, en el Estado de Guerrero.

Depende de esta Aduana la Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional Ixtapa-Zihuatanejo, ubicado en el Municipio de Zihuatanejo de Azueta, en el Estado de Guerrero.

XXIX. ADUANA DE CANCUN: Los municipios de Felipe Carrillo Puerto, Cozumel, Lázaro Cárdenas, Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Tulum, todos en el Estado de Quintana Roo.

Dependen de esta Aduana, las secciones aduaneras de Puerto Morelos, ubicada en el Municipio de Benito Juárez y la del Aeropuerto Internacional de Cozumel, en el municipio del mismo nombre, ambos en el Estado de Quintana Roo.

...”

Artículo Tercero. Se aclara que la fracción, del Artículo Primero del Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2008, que corresponde a la circunscripción territorial de la Administración Local de Toluca y quedó publicada en la página quince de la primera
sección, dice:

“Artículo Primero. …

XVIII. ADMINISTRACION LOCAL DE TOLUCA: Los municipios de Acambay, Aculco, Almoloya de Alquisiras, Almoloya de Juárez, Almoloya del Río, Amanalco, Amatepec, Atizapán, Atlacomulco, Calimaya, Capulhuac, Chapa de Mota, Chapultepec, Coatepec Harinas, Donato Guerra, El Oro, lxtapan de la Sal, Ixtapan del Oro, Ixtlahuaca, Jilotepec, Jiquipilco, Jocotitlán, Joquicingo, Lerma, Luvianos, Malinalco, Metepec, Mexicaltzingo, Morelos, Ocoyoacac, Ocuilán, Otzoloapan, Otzolotepec, Polotitlán, Rayón, San Antonio la Isla, San Felipe del Progreso, San José del Rincón, San Mateo Atenco, San Simón de Guerrero, Santo Tomás, Soyaniquilpan de Juárez, Sultepec, Tejupilco, Temascalcingo, Temascaltepec, Temoaya, Tenancingo, Tenango del Valle, Texcaltitlán, Texcalyacac, Tianguistenco, Timilpan, Tlatlaya, Toluca, Tonatico, Valle de Bravo, Villa de Allende, Villa Guerrero, Villa Victoria, Xalatlaco, Xonacatlán, Zacazonapan, Zacualpan, Zinacantepec y Zumpahuacán, en el Estado de México.

...”

Debe decir:

“Artículo Primero. …

XXVIII. ADMINISTRACION LOCAL DE TOLUCA: Los municipios de Acambay, Aculco, Almoloya de Alquisiras, Almoloya de Juárez, Almoloya del Río, Amanalco, Amatepec, Atizapán, Atlacomulco, Calimaya, Capulhuac, Chapa de Mota, Chapultepec, Coatepec Harinas, Donato Guerra, El Oro, lxtapan de la Sal, Ixtapan del Oro, Ixtlahuaca, Jilotepec, Jiquipilco, Jocotitlán, Joquicingo, Lerma, Luvianos, Malinalco, Metepec, Mexicaltzingo, Morelos, Ocoyoacac, Ocuilán, Otzoloapan, Otzolotepec, Polotitlán, Rayón, San Antonio la Isla, San Felipe del Progreso, San José del Rincón, San Mateo Atenco, San Simón de Guerrero, Santo Tomás, Soyaniquilpan de Juárez, Sultepec, Tejupilco, Temascalcingo, Temascaltepec, Temoaya, Tenancingo, Tenango del Valle, Texcaltitlán, Texcalyacac, Tianguistenco, Timilpan, Tlatlaya, Toluca, Tonatico, Valle de Bravo, Villa de Allende, Villa Guerrero, Villa Victoria, Xalatlaco, Xonacatlán, Zacazonapan, Zacualpan, Zinacantepec y Zumpahuacán, en el Estado de México.

...”

Transitorios

Unico. El presente Acuerdo entrará en vigor el día 22 de julio de 2008.

Atentamente

México, D.F., a 29 de mayo de 2008.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, José María Zubiría Maqueo.- Rúbrica.