DECRETO por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

viernes 29 de septiembre de 2006

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 4o., fracción I, 6o., 12, 13, y 14 de la Ley de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo establece como dos de los pilares del crecimiento con calidad una mayor flexibilidad microeconómica apoyada en reglas claras y normas similares a las de los países industrializados, y la extensión de los frutos de la apertura y de la competitividad a segmentos más amplios de la población;

Que uno de los objetivos rectores del Plan, en el área de crecimiento con calidad, es el de elevar y extender la competitividad del país, a través de, entre otras estrategias, promover el desarrollo y la competitividad sectorial; consolidar e impulsar el marco institucional y la mejora regulatoria que simplifique la carga administrativa de las empresas; y promover mayores flujos de inversión extranjera directa;

Que dicho Plan también establece que para promover el desarrollo y la competitividad sectorial, una actividad fundamental del gobierno consiste en establecer un adecuado marco institucional con regulaciones actualizadas y simples que ofrezcan seguridad jurídica para el establecimiento, promoción, desarrollo y mantenimiento de las empresas, especialmente de las micro, pequeñas y medianas;

Que México ha venido realizando un proceso de apertura comercial de su economía, como parte de una estrategia para alcanzar mayores tasas de crecimiento económico;

Que una parte fundamental del proceso de apertura del país ha sido la firma de un amplio número de tratados de libre comercio en los que se han establecido procesos graduales de eliminación de aranceles a bienes intermedios y de consumo final provenientes de los países que forman parte de esos tratados;

Que a lo largo del proceso de apertura, los aranceles generales del país (denominados Nación Más Favorecida), aplicables a países sin acuerdo comercial con México (terceros países) no se han reducido al mismo ritmo que los establecidos a las importaciones provenientes de los países socios comerciales, y que en algunos casos incluso los aranceles generales se han incrementado;

Que esta estructura arancelaria dual ha generado distorsiones arancelarias que se traducen en medidas de protección efectiva negativa para varios sectores productivos del país, ya que las materias primas e insumos que éstos necesitan en sus procesos presenta un arancel superior al que pagan sus competidores, tanto de países socios con tratado como de otras naciones, mientras que al bien final importado se le aplica un arancel menor;

Que el hecho de que México cuente con una estructura arancelaria dual, ha puesto en una situación de desventaja competitiva a la planta productiva establecida en el país, lo que a su vez ha generado incongruencias arancelarias dentro de las regiones de libre comercio, y propiciado que los flujos de inversión se dirijan a otros países distintos a México;

Que se ha requerido el uso de instrumentos alternos a la reducción de aranceles, con el fin de evitar que en algunos sectores los productores establecidos en el país enfrenten costos de materias primas superiores a los de sus competidores en los principales países socios y en otras naciones;

Que si bien dichos instrumentos particulares han permitido solucionar problemas específicos y coyunturales, también han sofisticado el marco regulatorio del intercambio comercial y la operación aduanera, generando con ello la percepción de menor certidumbre jurídica en las operaciones comerciales y reduciendo, e inclusive deteniendo, el ritmo del proceso de facilitación comercial;

Que la complejidad del marco regulatorio y de la operación aduanera se ha acrecentado en la medida en que prevalecen múltiples tasas arancelarias para una misma mercancía en función del país de origen, y la dispersión de tasas arancelarias entre mercancías resulta elevada;

Que ante estos retos, el Gobierno Federal debe renovar su compromiso con un comercio cada vez más libre que se traduzca en acciones concretas que eleven la competitividad de los productores mexicanos frente a los productores en los principales países socios y en otras naciones, y que las transacciones comerciales con el exterior se rijan por un marco regulatorio con certidumbre jurídica y con una operación aduanera ágil, eficiente y transparente;

Que un ajuste de los aranceles aplicables a las materias primas permitirá que las diferencias entre las tasas preferenciales aplicables a las importaciones de los países socios comerciales y las tasas arancelarias generales se reduzcan, eliminando con ello una parte significativa de las distorsiones comerciales que se traducen en desventajas competitivas para los productores mexicanos;

Que el ajuste arancelario, ante los importantes retos que impone la competencia global, permitirá que la industria establecida en México cuente con una mayor flexibilidad en el abasto de materias primas en condiciones competitivas internacionalmente, lo que a su vez facilitará el ajuste continuo en sus procesos de producción y comercialización, que le permitirá estar a la vanguardia mundial y aprovechar las oportunidades de negocio en los principales mercados mundiales;

Que el ajuste arancelario es el instrumento de política comercial necesario y oportuno para que la planta industrial establecida en el país disponga de materias primas en condiciones de precio y calidad similares a las de los principales socios comerciales de México y a las de los principales competidores en los mercados mundiales, elementos básicos para potenciar el crecimiento global de dicha planta y con ello elevar el número de empleos netos manufactureros;

Que el ajuste arancelario es una de las principales acciones para la facilitación comercial, ya que con ello se simplifica la regulación de las actividades comerciales, se induce una mayor certidumbre jurídica y se agiliza la operación aduanera, y

Que el ajuste de aranceles se opinó en forma favorable por los miembros de la Comisión de Comercio Exterior, conforme a las disposiciones de la Ley de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO.- Se modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

Unidad

AD-VALOREM

IMP.

EXP.

 

 

 

 

 

2501.00.01

Sal para uso y consumo humano directo, incluso con aglomerantes, desnaturalizada, yodada o fluorada; sal para uso en la industria alimentaria o para usos pecuarios, con antiaglomerantes o sin ellos, incluso yodada o fluorada.

Kg

7

Ex.

2501.00.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2502.00.01

Piritas de hierro sin tostar.

Kg

7

Ex.

2503.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2504.10.01

En polvo o en escamas.

Kg

7

Ex.

2504.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2505.10.01

Arenas silíceas y arenas cuarzosas.

Kg

7

Ex.

2505.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2506.10.01

Cuarzo.

Kg

7

Ex.

2506.21.01

En bruto o desbastada.

Kg

7

Ex.

2506.29.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2508.10.01

Bentonita.

Kg

7

Ex.

2508.20.01

Tierras decolorantes y tierras de batán.

Kg

7

Ex.

2508.40.99

Las demás arcillas.

Kg

7

Ex.

2508.50.01

Andalucita, cianita y silimanita.

Kg

7

Ex.

2508.70.01

Tierras de chamota o de dinas.

Kg

7

Ex.

2509.00.01

Creta.

Kg

7

Ex.

2510.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2510.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2511.10.01

Sulfato de bario natural (baritina).

Kg

7

Ex.

2511.20.01

Carbonato de bario natural (witherita).

Kg

7

Ex.

2513.11.01

En bruto o en trozos irregulares, incluida la quebrantada (grava de piedra pómez o "bimskies").

Kg

7

Ex.

2513.19.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2513.20.01

Esmeril, corindón natural, granate natural y demás abrasivos naturales.

Kg

7

Ex.

2514.00.01

Pizarra, incluso desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares.

Kg

7

Ex.

2515.11.01

En bruto o desbastados.

Kg

7

Ex.

2515.20.01

"Ecaussines" y demás piedras calizas de talla o de construcción; alabastro.

Kg

10

Ex.

2516.11.01

En bruto o desbastado.

Kg

10

Ex.

2516.12.01

Simplemente troceado, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares.

Kg

10

Ex.

2516.21.01

En bruto o desbastada.

Kg

10

Ex.

2516.22.01

Simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares.

Kg

10

Ex.

2516.90.99

Las demás piedras de talla o de construcción.

Kg

10

Ex.

2517.10.01

Cantos, grava, piedras machacadas, de los tipos generalmente utilizados para hacer hormigón, o para firmes de carreteras, vías férreas u otros balastos, guijarros y pedernal, incluso tratados térmicamente.

Kg

7

Ex.

2517.20.01

Macadam de escorias o de desechos industriales similares, incluso con materiales citados en la subpartida 2517.10.

Kg

7

Ex.

2517.30.01

Macadán alquitranado.

Kg

7

Ex.

2517.41.01

De mármol.

Kg

7

Ex.

2517.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2518.10.01

Dolomita sin calcinar ni sinterizar, llamada "cruda".

Kg

7

Ex.

2518.20.01

Dolomita calcinada o sinterizada.

Kg

7

Ex.

2518.30.01

Aglomerado de dolomita.

Kg

7

Ex.

2519.10.01

Carbonato de magnesio natural (magnesita).

Kg

7

Ex.

2519.90.01

Óxido de magnesio, excepto la magnesia electrofundida y la magnesia calcinada a muerte (sinterizada).

Kg

10

Ex.

2519.90.03

Óxido de magnesio electrofundido, con un contenido de óxido de magnesio inferior o igual a 98%.

Kg

10

Ex.

2519.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

2520.10.01

Yeso natural; anhidrita.

Kg

7

Ex.

2520.20.01

Yeso fraguable.

Kg

7

Ex.

2521.00.01

Castinas; piedras para la fabricación de cal o de cemento.

Kg

7

Ex.

2522.10.01

Cal viva.

Kg

7

Ex.

2522.20.01

Cal apagada.

Kg

7

Ex.

2522.30.01

Cal hidráulica.

Kg

7

Ex.

2523.10.01

Cementos sin pulverizar ("clinker").

Kg

7

Ex.

2523.21.01

Cemento blanco, incluso coloreado artificialmente.

Kg

7

Ex.

2523.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2523.90.99

Los demás cementos hidráulicos.

Kg

7

Ex.

2525.10.01

Mica en bruto o exfoliada en hojas o en laminillas irregulares ("splittings").

Kg

7

Ex.

2525.20.01

Mica en polvo.

Kg

7

Ex.

2525.30.01

Desperdicios de mica.

Kg

7

Ex.

2526.20.01

Triturados o pulverizados.

Kg

7

Ex.

2528.10.01

Boratos de sodio naturales y sus concentrados (incluso calcinados).

Kg

7

Ex.

2528.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2529.10.01

Feldespato.

Kg

7

Ex.

2529.21.01

Con un contenido de fluoruro de calcio inferior o igual al 97% en peso.

Kg

7

Ex.

2529.22.01

Con un contenido de fluoruro de calcio superior al 97% en peso.

Kg

7

Ex.

2530.10.01

Vermiculita, perlita y cloritas sin dilatar.

Kg

7

Ex.

2530.20.01

Kieserita, epsomita (sulfatos de magnesio naturales).

Kg

7

Ex.

2530.90.01

Arenas opacificantes micronizadas que contengan 96% o menos de óxido de titanio (arenas de rutilo).

Kg

7

Ex.

2530.90.02

Criolita natural; quiolita natural.

Kg

7

Ex.

2530.90.03

Pirofilita (silicato de aluminio natural).

Kg

7

Ex.

2530.90.04

Espuma de mar natural (incluso en trozos pulimentados) y ámbar natural (succino); espuma de mar y ámbar regenerados, en plaquitas, varillas, barras y formas similares, simplemente moldeadas; azabache.

Kg

7

Ex.

2530.90.05

Sulfuros de arsénico naturales.

Kg

7

Ex.

2530.90.07

Molibdenita sin calcinar o tostar con mallaje superior a 100.

Kg

7

Ex.

2530.90.08

Tierras colorantes.

Kg

7

Ex.

2530.90.09

Oxidos de hierro micáceos naturales.

Kg

7

Ex.

2530.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2601.11.01

Sin aglomerar.

Kg

7

Ex.

2601.12.01

Aglomerados.

Kg

7

Ex.

2601.20.01

Piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas).

Kg

7

Ex.

2602.00.01

Con un contenido de manganeso igual o superior a 46% en peso sobre producto seco.

Kg

7

Ex.

2602.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2603.00.01

Minerales de cobre y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2604.00.01

Minerales de níquel y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2605.00.01

Minerales de cobalto y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2606.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2607.00.01

Minerales de plomo y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2608.00.01

Minerales de cinc y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2610.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2611.00.01

Minerales de volframio (tungsteno) y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2612.10.01

Minerales de uranio y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2612.20.01

Minerales de torio y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2613.10.01

Tostados.

Kg

7

Ex.

2613.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2614.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2615.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2615.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2616.10.01

Minerales de plata y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2616.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2617.10.01

Minerales de antimonio y sus concentrados.

Kg

7

Ex.

2617.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2618.00.01

Escorias granuladas (arena de escoria) de la siderurgia.

Kg

7

Ex.

2619.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2620.11.01

Matas de galvanización.

Kg

7

Ex.

2620.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2620.21.01

Lodos de gasolina con plomo y lodos de compuestos antidetonantes con plomo.

Kg

7

Ex.

2620.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2620.30.01

Que contengan principalmente cobre.

Kg

7

Ex.

2620.40.01

Residuos con contenido igual o superior a 25% sin exceder de 65% de aluminio metálico.

Kg

7

Ex.

2620.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2620.60.01

Que contengan arsénico, mercurio, talio o sus mezclas, de los tipos utilizados para la extracción de arsénico o de estos metales o para la elaboración de sus compuestos químicos.

Kg

7

Ex.

2620.91.01

Cenizas o residuos concentrados en cadmio provenientes de la refinación del plomo, con una ley en cadmio comprendida entre el 20%, 41% y 80%, conteniendo cinc entre 2% y 15%, plomo entre 4% y 20%, arsénico entre 1% y 10% al estado de óxidos, sulfuros, sulfatos y cloruros.

Kg

7

Ex.

2620.91.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2620.99.01

Catalizadores agotados, utilizables para la extracción de níquel.

Kg

7

Ex.

2620.99.02

De estaño.

Kg

7

Ex.

2620.99.03

Que contengan principalmente vanadio.

Kg

7

Ex.

2620.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2621.10.01

Cenizas y residuos procedentes de la incineración de desechos y desperdicios municipales.

Kg

7

Ex.

2621.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2701.11.01

Antracitas.

Kg

7

Ex.

2701.19.99

Las demás hullas.

Kg

7

Ex.

2701.20.01

Briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla.

Kg

7

Ex.

2702.10.01

Lignitos, incluso pulverizados, pero sin aglomerar.

Kg

7

Ex.

2702.20.01

Lignitos aglomerados.

Kg

7

Ex.

2703.00.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2704.00.02

Carbón de retorta.

Kg

7

Ex.

2705.00.01

Gas de hulla, gas de agua, gas pobre y gases similares, excepto el gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos.

L

7

Ex.

2706.00.01

Alquitranes de hulla, lignito o turba y demás alquitranes minerales, aunque estén deshidratados o descabezados, incluidos los alquitranes reconstituidos.

L

7

Ex.

2707.10.01

Benzol (benceno).

L

7

Ex.

2707.20.01

Toluol (tolueno).

L

7

Ex.

2707.30.01

Xilol (xilenos).

L

7

Ex.

2707.40.01

Naftaleno.

L

7

Ex.

2707.50.99

Las demás mezclas de hidrocarburos aromáticos que destilen una proporción superior o igual a 65% en volumen (incluidas las pérdidas) a 250°C, según la norma ASTM D 86.

L

7

Ex.

2707.60.01

Fenol.

L

7

Ex.

2707.60.02

Cresol.

L

7

Ex.

2707.60.99

Los demás.

L

7

Ex.

2707.91.01

Aceites de creosota.

L

7

Ex.

2707.99.99

Los demás.

L

7

Ex.

2708.10.01

Brea.

Kg

7

Ex.

2708.20.01

Coque de brea.

Kg

7

Ex.

2709.00.01

Aceites crudos de petróleo.

Barr

7

Ex.

2709.00.99

Los demás.

M3

7

Ex.

2710.11.03

Gasolina para aviones.

L

7

Ex.

2710.11.08

Mezcla isomérica de trimetil penteno y dimetil hexeno (Diisobutileno).

Kg

7

Ex.

2710.11.99

Los demás.

L

7

Ex.

2710.19.02

Aceites de engrase o preparaciones lubricantes a base de aceites, minerales derivados del petróleo, con aditivos (aceites lubricantes terminados).

L

10

Ex.

2710.19.03

Grasas lubricantes.

L

7

Ex.

2710.19.04

Gasoil (gasóleo) o aceite diesel y sus mezclas.

L

7

Ex.

2710.19.06

Aceite extendedor para caucho.

L

7

Ex.

2710.19.07

Aceite parafínico.

L

7

Ex.

2710.19.08

Petróleo lampante (keroseno) y sus mezclas.

L

7

Ex.

2710.19.99

Los demás.

L

7

Ex.

2710.91.01

Que contengan difenilos policlorados (PCB's), terfenilos policlorados (PCT's) o difenilos polibromados (PBB's).

L

7

Ex.

2710.99.99

Los demás.

L

7

Ex.

2711.14.01

Etileno, propileno, butileno y butadieno.

L

7

Ex.

2711.19.02

Alcanos, alquenos o alquinos utilizados para cortes y soldaduras, aun cuando estén mezclados entre sí.

Kg

7

Ex.

2711.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2711.29.99

Los demás.

M3

7

Ex.

2712.10.01

Vaselina.

Kg

7

Ex.

2712.90.01

Cera de lignito.

Kg

7

Ex.

2712.90.02

Ceras microcristalinas.

Kg

7

Ex.

2712.90.04

Ceras, excepto lo comprendido en las fracciones 2712.90.01 y 2712.90.02.

Kg

7

Ex.

2712.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2713.11.01

Sin calcinar.

Kg

7

Ex.

2713.20.01

Betún de petróleo.

Kg

7

Ex.

2713.90.99

Los demás residuos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso.

Kg

7

Ex.

2714.10.01

Pizarras y arenas bituminosas.

Kg

7

Ex.

2714.90.01

Betunes y asfaltos naturales.

Kg

7

Ex.

2714.90.99

Los demás.

Kg

7

25

2715.00.01

Betunes fluidificados; mezclas bituminosas a base de asfalto acondicionadas para su venta en envases con capacidad inferior o igual a 200 l.

Kg

7

Ex.

2715.00.99

Los demás.

Kg

7

25

2716.00.01

Energía eléctrica.

KWH

7

Ex.

2801.10.01

Cloro.

Kg

7

Ex.

2803.00.02

Negro de humo de hornos.

Kg

7

Ex.

2803.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2804.10.01

Hidrógeno.

L

7

Ex.

2804.21.01

Argón.

L

7

Ex.

2804.29.01

Helio.

L

7

Ex.

2804.29.99

Los demás.

L

7

Ex.

2804.30.01

Nitrógeno.

L

7

Ex.

2804.40.01

Oxígeno.

L

7

Ex.

2804.50.01

Boro; teluro.

Kg

7

Ex.

2804.61.01

Con un contenido de silicio superior o igual al 99.99% en peso.

Kg

7

Ex.

2804.70.03

Fósforo negro.

Kg

7

Ex.

2804.70.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2804.80.01

Arsénico.

Kg

7

Ex.

2804.90.01

Selenio.

Kg

7

Ex.

2805.11.01

Sodio.

Kg

7

Ex.

2805.12.01

Calcio.

Kg

7

Ex.

2805.19.01

Estroncio y bario.

Kg

7

Ex.

2805.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2805.30.01

Metales de las tierras raras, escandio e itrio, incluso mezclados o aleados entre sí.

Kg

7

Ex.

2805.40.01

Mercurio.

Kg

7

Ex.

2806.10.01

Cloruro de hidrógeno (ácido clorhídrico).

Kg

7

Ex.

2806.20.01

Ácido clorosulfúrico.

Kg

7

Ex.

2807.00.01

Ácido sulfúrico; óleum.

Kg

7

Ex.

2808.00.01

Ácido nítrico; ácidos sulfonítricos.

Kg

7

Ex.

2809.10.01

Pentóxido de difósforo.

Kg

7

Ex.

2809.20.01

Ácido fosfórico (ácido ortofosfórico).

Kg

7

Ex.

2809.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2810.00.01

Anhídrido bórico (trióxido de boro o de diboro).

Kg

7

Ex.

2810.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2811.11.01

Fluoruro de hidrógeno (ácido fluorhídrico), grado técnico.

Kg

7

Ex.

2811.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2811.19.01

Ácido arsénico.

Kg

7

Ex.

2811.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2811.21.01

Dióxido de carbono (anhídrido carbónico) al estado líquido o gaseoso.

Kg

7

Ex.

2811.21.02

Dióxido de carbono al estado sólido (hielo seco).

Kg

7

Ex.

2811.22.01

Dióxido de silicio; excepto lo comprendido en la fracción 2811.22.02.

Kg

7

Ex.

2811.23.01

Dióxido de azufre.

Kg

7

Ex.

2811.29.01

Protóxido de nitrógeno (óxido nitroso).

Kg

7

Ex.

2812.10.02

De azufre.

Kg

7

Ex.

2812.10.03

De fósforo.

Kg

7

Ex.

2812.10.04

Tricloruro de arsénico.

Kg

7

Ex.

2812.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2812.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2815.20.01

Hidróxido de potasio (potasa cáustica) líquida.

Kg

7

Ex.

2815.20.02

Hidróxido de potasio sólido.

Kg

7

Ex.

2815.30.01

Peróxidos de sodio o de potasio.

Kg

7

Ex.

2816.10.01

Hidróxido y peróxido de magnesio.

Kg

7

Ex.

2816.40.01

Óxidos, hidróxidos y peróxidos de estroncio.

Kg

7

Ex.

2816.40.02

Óxidos, hidróxidos y peróxidos de bario.

Kg

7

Ex.

2817.00.01

Óxido de cinc.

Kg

7

Ex.

2817.00.02

Peróxido de cinc.

Kg

7

Ex.

2818.10.01

Corindón artificial café.

Kg

7

Ex.

2818.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2818.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2818.30.01

Hidróxido de aluminio, excepto grado farmacéutico.

Kg

7

Ex.

2819.10.01

Trióxido de cromo.

Kg

7

Ex.

2819.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2820.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2820.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2821.10.01

Óxidos de hierro, excepto lo comprendido en la fracción 2821.10.03.

Kg

7

Ex.

2821.10.03

Óxido férrico magnético, con coercitividad superior a 300 oersteds.

Kg

7

Ex.

2821.20.01

Tierras colorantes.

Kg

7

Ex.

2823.00.01

Óxidos de titanio.

Kg

7

Ex.

2824.10.01

Monóxido de plomo (litargirio, masicote).

Kg

7

Ex.

2824.20.01

Minio y minio anaranjado.

Kg

7

Ex.

2824.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2825.20.01

Óxido e hidróxido de litio.

Kg

7

Ex.

2825.30.01

Óxidos e hidróxidos de vanadio.

Kg

7

Ex.

2825.40.01

Óxidos de níquel.

Kg

7

Ex.

2825.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2825.50.01

Óxidos de cobre.

Kg

7

Ex.

2825.50.02

Hidróxido cúprico.

Kg

7

Ex.

2825.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2825.70.01

Óxidos e hidróxidos de molibdeno.

Kg

7

Ex.

2825.80.01

Óxidos de antimonio.

Kg

7

Ex.

2825.90.01

Óxido de cadmio con pureza igual o superior a 99.94%.

Kg

7

Ex.

2825.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2826.11.01

De amonio.

Kg

7

Ex.

2826.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2826.12.01

De aluminio.

Kg

7

Ex.

2826.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2826.20.01

Fluorosilicatos de sodio o de potasio.

Kg

7

Ex.

2826.30.01

Hexafluoroaluminato de sodio (criolita sintética).

Kg

7

Ex.

2826.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2827.10.01

Cloruro de amonio.

Kg

7

Ex.

2827.20.01

Cloruro de calcio.

Kg

7

Ex.

2827.31.01

De magnesio.

Kg

7

Ex.

2827.32.01

De aluminio.

Kg

7

Ex.

2827.33.01

De hierro.

Kg

7

Ex.

2827.34.01

De cobalto.

Kg

7

Ex.

2827.35.01

De níquel.

Kg

7

Ex.

2827.36.01

De cinc.

Kg

7

Ex.

2827.39.01

De estaño.

Kg

7

Ex.

2827.39.02

Cloruro cúprico, excepto grado reactivo.

Kg

7

Ex.

2827.39.03

De bario.

Kg

7

Ex.

2827.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2827.41.01

Oxicloruro de cobre.

Kg

7

Ex.

2827.41.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2827.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2827.51.01

Bromuros de sodio o de potasio.

Kg

7

Ex.

2827.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2827.60.01

Yoduros y oxiyoduros.

Kg

7

Ex.

2828.10.01

Hipoclorito de calcio comercial y demás hipocloritos de calcio.

Kg

7

Ex.

2828.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2829.11.01

Clorato de sodio, excepto grado reactivo.

Kg

7

Ex.

2829.11.02

Clorato de sodio, grado reactivo.

Kg

7

Ex.

2829.19.01

Clorato de potasio.

Kg

7

Ex.

2829.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2829.90.01

Percloratos de hierro o de potasio.

Kg

7

Ex.

2830.10.01

Sulfuros de sodio.

Kg

7

Ex.

2830.20.01

Sulfuro de cinc.

Kg

7

Ex.

2830.30.01

Sulfuro de cadmio.

Kg

7

Ex.

2830.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2831.10.01

De sodio.

Kg

7

Ex.

2831.90.01

Ditionito (hidrosulfito) o sulfoxilato, de cinc.

Kg

7

Ex.

2831.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2832.10.01

Sulfito o metabisulfito de sodio.

Kg

7

Ex.

2832.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2832.20.01

Sulfito de potasio.

Kg

7

Ex.

2832.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2832.30.01

Tiosulfatos.

Kg

7

Ex.

2833.11.01

Sulfato de disodio.

Kg

7

Ex.

2833.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2833.21.01

De magnesio.

Kg

7

Ex.

2833.22.01

De aluminio.

Kg

7

Ex.

2833.23.01

De cromo.

Kg

7

Ex.

2833.24.01

De níquel.

Kg

7

Ex.

2833.25.01

De cobre, excepto lo comprendido en la fracción 2833.25.02.

Kg

7

Ex.

2833.25.02

Sulfato tetraminocúprico.

Kg

7

Ex.

2833.26.01

De cinc.

Kg

7

Ex.

2833.27.01

De bario.

Kg

7

Ex.

2833.29.01

Sulfato de cobalto.

Kg

7

Ex.

2833.29.02

Sulfato ferroso anhidro, grado farmacéutico.

Kg

7

Ex.

2833.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2833.30.01

Alumbres.

Kg

7

Ex.

2833.40.01

Persulfato de amonio.

Kg

7

Ex.

2833.40.02

Persulfato de potasio.

Kg

7

Ex.

2833.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2834.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2834.21.01

De potasio.

Kg

7

Ex.

2834.29.01

Subnitrato de bismuto.

Kg

7

Ex.

2834.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2835.10.01

Fosfinatos (hipofosfitos) y fosfonatos (fosfitos).

Kg

7

Ex.

2835.22.01

De monosodio o de disodio.

Kg

7

Ex.

2835.23.01

De trisodio.

Kg

7

Ex.

2835.24.01

De potasio.

Kg

7

Ex.

2835.25.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2835.26.99

Los demás fosfatos de calcio.

Kg

7

Ex.

2835.29.01

Fosfato de aluminio.

Kg

7

Ex.

2835.29.02

De triamonio.

Kg

7

Ex.

2835.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2835.31.01

Trifosfato de sodio (tripolifosfato de sodio).

Kg

7

Ex.

2835.39.01

Pirofosfato tetrasódico.

Kg

7

Ex.

2835.39.02

Hexametafosfato de sodio.

Kg

7

Ex.

2835.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2836.10.01

Carbonato de amonio comercial y demás carbonatos de amonio.

Kg

7

Ex.

2836.20.01

Carbonato de disodio.

Kg

7

Ex.

2836.30.01

Hidrogenocarbonato (bicarbonato) de sodio.

Kg

7

Ex.

2836.40.01

Carbonato de potasio.

Kg

7

Ex.

2836.40.02

Bicarbonato de potasio.

Kg

7

Ex.

2836.50.01

Carbonato de calcio.

Kg

7

Ex.

2836.60.01

Carbonato de bario.

Kg

7

Ex.

2836.70.01

Carbonatos de plomo.

Kg

7

Ex.

2836.91.01

Carbonatos de litio.

Kg

7

Ex.

2836.92.01

Carbonato de estroncio.

Kg

7

Ex.

2836.99.01

Carbonato de bismuto.

Kg

7

Ex.

2836.99.02

Carbonatos de hierro.

Kg

7

Ex.

2836.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2837.11.01

Cianuro de sodio.

Kg

7

Ex.

2837.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2837.19.01

Cianuro de potasio.

Kg

7

Ex.

2837.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2837.20.01

Ferrocianuro de sodio o de potasio.

Kg

7

Ex.

2837.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2838.00.01

Fulminatos, cianatos y tiocianatos.

Kg

7

Ex.

2839.11.01

Metasilicatos.

Kg

7

Ex.

2839.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2839.20.01

Grado electrónico, para pantallas de cinescopios.

Kg

7

Ex.

2839.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2839.90.01

Silicato de calcio.

Kg

7

Ex.

2839.90.02

Trisilicato de magnesio.

Kg

7

Ex.

2839.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2840.11.01

Anhidro.

Kg

7

Ex.

2840.20.99

Los demás boratos.

Kg

7

Ex.

2841.10.01

Aluminatos.

Kg

7

Ex.

2841.20.01

Cromatos de cinc o de plomo.

Kg

7

Ex.

2841.30.01

Dicromato de sodio.

Kg

7

Ex.

2841.50.01

Dicromato de potasio.

Kg

7

Ex.

2841.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2841.61.01

Permanganato de potasio.

Kg

7

Ex.

2841.69.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2841.70.01

Molibdatos.

Kg

7

Ex.

2841.80.01

Volframatos (tungstatos).

Kg

7

Ex.

2841.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2842.10.01

Aluminosilicato de sodio.

Kg

7

Ex.

2842.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2842.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2843.10.01

Metal precioso en estado coloidal.

Kg

7

Ex.

2843.21.01

Nitrato de plata.

Kg

7

Ex.

2843.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2843.30.01

Compuestos de oro.

Kg

7

Ex.

2843.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2844.10.01

Uranio natural y sus compuestos; aleaciones, dispersiones (incluidos los cermets), productos cerámicos y mezclas, que contengan uranio natural o compuestos de uranio natural.

Kg

7

Ex.

2844.20.01

Uranio enriquecido en U 235 y sus compuestos; plutonio y sus compuestos; aleaciones, dispersiones (incluidos los cermets), productos cerámicos y mezclas, que contengan uranio enriquecido en U 235, plutonio o compuestos de estos productos.

Kg

7

Ex.

2844.30.01

Uranio empobrecido en U 235 y sus compuestos; torio y sus compuestos; aleaciones, dispersiones (incluidos los cermets), productos cerámicos y mezclas, que contengan uranio empobrecido en U 235, torio o compuestos de estos productos.

Kg

7

Ex.

2844.40.01

Cesio 137.

Kg

7

Ex.

2844.40.02

Cobalto radiactivo.

Kg

7

Ex.

2844.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2844.50.01

Elementos combustibles (cartuchos) agotados (irradiados) de reactores nucleares.

Kg

7

Ex.

2845.10.01

Agua pesada (óxido de deuterio).

Kg

7

Ex.

2845.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2846.10.01

Compuestos de cerio.

Kg

7

Ex.

2846.90.01

Oxido de praseodimio.

Kg

7

Ex.

2846.90.02

Compuestos inorgánicos u orgánicos de torio, de uranio empobrecido en U 235 y de metales de las tierras raras, de itrio y de escandio, mezclados entre sí.

Kg

7

Ex.

2846.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2847.00.01

Peróxido de hidrógeno (agua oxigenada), incluso solidificado con urea.

Kg

7

Ex.

2848.00.01

De cobre (cuprofósforos), con un contenido de fósforo superior al 15% en peso.

Kg

7

Ex.

2849.10.01

De calcio.

Kg

7

Ex.

2849.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2849.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2850.00.01

Borohidruro de sodio.

Kg

7

Ex.

2850.00.02

Siliciuro de calcio.

Kg

7

Ex.

2850.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2851.00.99

Los demás compuestos inorgánicos (incluida el agua destilada, de conductibilidad o del mismo grado de pureza); aire líquido, aunque se le hayan eliminado los gases nobles; aire comprimido; amalgamas, excepto las de metal precioso.

Kg

7

Ex.

2901.10.01

Butano.

L

7

Ex.

2901.10.02

Pentano.

L

7

Ex.

2901.10.03

Tridecano.

L

7

Ex.

2901.21.01

Etileno.

Kg

7

Ex.

2901.23.01

Buteno (butileno) y sus isómeros.

Kg

7

Ex.

2901.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2902.19.01

Ciclopropano.

Kg

7

Ex.

2902.19.02

Cicloterpénicos.

Kg

7

Ex.

2902.19.03

Terfenilo hidrogenado.

Kg

7

Ex.

2902.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2902.60.01

Etilbenceno.

Kg

7

Ex.

2902.90.01

Divinilbenceno.

Kg

7

Ex.

2902.90.02

m-Metilestireno.

Kg

7

Ex.

2902.90.03

Difenilmetano.

Kg

7

Ex.

2902.90.04

Tetrahidronaftaleno.

Kg

7

Ex.

2902.90.05

Difenilo.

Kg

7

Ex.

2902.90.06

Dodecilbenceno.

Kg

7

Ex.

2902.90.07

Naftaleno.

Kg

7

Ex.

2902.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2903.13.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2903.14.01

Tetracloruro de carbono.

Kg

7

Ex.

2903.19.01

1,1,1-Tricloroetano.

Kg

7

Ex.

2903.19.02

1,1,2 Tricloroetano.

Kg

7

Ex.

2903.19.03

Tetracloroetano o Hexacloroetano.

Kg

7

Ex.

2903.19.04

1,2-Dicloropropano (dicloruro de propileno) y diclorobutanos.

Kg

7

Ex.

2903.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2903.22.01

Tricloroetileno.

Kg

7

Ex.

2903.29.01

Cloruro de vinilideno.

Kg

7

Ex.

2903.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2903.30.02

Dibromuro de etileno.

Kg

7

Ex.

2903.30.03

Difluoroetano.

Kg

7

Ex.

2903.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2903.41.01

Triclorofluorometano.

Kg

7

Ex.

2903.42.01

Diclorodifluorometano.

L

7

Ex.

2903.43.01

Triclorotrifluoroetanos.

L

7

Ex.

2903.44.01

Diclorotetrafluoroetanos y cloropentafluoretano.

L

7

Ex.

2903.46.01

Bromoclorodifluorometano, bromotrifluorometano y dibromotetrafluoroetanos.

L

7

Ex.

2903.47.99

Los demás derivados perhalogenados.

L

7

Ex.

2903.49.01

Dicloromonofluorometano.

L

7

Ex.

2903.49.02

Monoclorodifluorometano.

L

7

Ex.

2903.49.03

Monoclorodifluoroetano.

L

7

Ex.

2903.49.99

Los demás.

L

7

Ex.

2903.51.02

Mezcla de estereoisómeros del 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano.

Kg

7

Ex.

2903.51.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2903.59.01

Canfeno clorado (Toxafeno).

Kg

7

Ex.

2903.59.02

Hexabromociclododecano.

Kg

7

Ex.

2903.59.04

1,2,4,5,6,7,8,8-Octacloro -3-alfa,4,7,7- alfa tetrahidro-4,7- metanoindeno (Clordano).

Kg

7

Ex.

2903.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2903.61.01

Clorobenceno, o-diclorobenceno y p-diclorobenceno.

Kg

7

Ex.

2903.62.01

Hexaclorobenceno.

Kg

7

Ex.

2903.62.02

(1,1,1-tricloro-2,2-bis (p-clorofenil) etano) (DDT).

Kg

7

Ex.

2903.69.01

Cloruro de bencilo.

Kg

7

Ex.

2903.69.02

Cloruro de benzal.

Kg

7

Ex.

2903.69.03

Mezclas isoméricas de diclorobenceno.

Kg

7

Ex.

2903.69.04

Bromoestireno.

Kg

7

Ex.

2903.69.05

Bromoestiroleno.

Kg

7

Ex.

2903.69.06

Triclorobenceno.

Kg

7

Ex.

2904.10.01

Butilnaftalensulfonato de sodio.

Kg

7

Ex.

2904.10.02

1,3,6-Naftalentrisulfonato trisódico.

Kg

7

Ex.

2904.10.03

Alil o metalilsulfonato de sodio.

Kg

7

Ex.

2904.10.04

6,7-Dihidro-2-naftalensulfonato de sodio.

Kg

7

Ex.

2904.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2904.20.01

Nitropropano.

Kg

7

Ex.

2904.20.02

Nitrotolueno.

Kg

7

Ex.

2904.20.03

Nitrobenceno.

Kg

7

Ex.

2904.20.04

p-Dinitrosobenceno.

Kg

7

Ex.

2904.20.05

2,4,6-Trinitro-1,3-dimetil-5-ter- butilbenceno.

Kg

7

Ex.

2904.20.06

2,6-Dinitro-3,4,5-trimetil-ter-butilbenceno.

Kg

7

Ex.

2904.20.07

1,1,3,3,5-Pentametil-4,6-dinitroindano.

Kg

7

Ex.

2904.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2904.90.03

1-Trifluorometil-3,5-dinitro-4-clorobenceno.

Kg

7

Ex.

2904.90.04

Pentacloronitrobenceno.

Kg

7

Ex.

2904.90.05

m-Nitrobencensulfonato de sodio.

Kg

7

Ex.

2904.90.06

2,4-Dinitroclorobenceno; 1-Nitro-2,4,5-triclorobenceno.

Kg

7

Ex.

2904.90.07

Cloropicrina (Tricloronitrometano).

Kg

7

Ex.

2904.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2905.12.01

Propan-1-ol (alcohol propílico).

Kg

7

Ex.

2905.14.01

2 Metil-1-propanol (alcohol isobutílico).

Kg

7

Ex.

2905.14.03

Alcohol terbutílico.

Kg

7

Ex.

2905.14.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2905.15.01

Pentanol (alcohol amílico) y sus isómeros.

Kg

7

Ex.

2905.16.01

2-Octanol.

Kg

7

Ex.

2905.16.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2905.19.01

Alcohol decílico o pentadecílico.

Kg

7

Ex.

2905.19.02

Alcohol isodecílico.

Kg

7

Ex.

2905.19.03

Hexanol.

Kg

7

Ex.

2905.19.04

Alcohol tridecílico o isononílico.

Kg

7

Ex.

2905.19.05

Alcohol trimetilnonílico.

Kg

7

Ex.

2905.19.06

Metil isobutil carbinol.

Kg

7

Ex.

2905.19.07

Isopropóxido de aluminio.

Kg

7

Ex.

2905.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2905.22.01

Citronelol.

Kg

7

Ex.

2905.22.02

trans-3,7-Dimetil-2,6-octadien-1-ol (Geraniol).

Kg

7

Ex.

2905.22.04

cis-3,7-Dimetil-2,6-octadien-1-ol (Nerol).

Kg

7

Ex.

2905.22.05

3,7-Dimetil-7-octén-1-ol.

Kg

7

Ex.

2905.22.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2905.29.01

Alcohol oleílico.

Kg

7

Ex.

2905.29.02

Hexenol.

Kg

7

Ex.

2905.29.03

Alcohol alílico.

Kg

7

Ex.

2905.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2905.31.01

Etilenglicol (etanodiol).

Kg

7

Ex.

2905.32.01

Propilenglicol (propano-1,2-diol).

Kg

7

Ex.

2905.39.02

2-Metil-2,4-pentanodiol.

Kg

7

Ex.

2905.39.04

1,6-Hexanodiol.

Kg

7

Ex.

2905.41.01

2-Etil-2-(hidroximetil)propano-1,3-diol (trimetilolpropano).

Kg

7

Ex.

2905.44.01

D-glucitol (sorbitol).

Kg

10

Ex.

2905.49.01

Trimetiloletano; xilitol.

Kg

7

Ex.

2905.49.02

Ésteres de glicerol formados con ácidos de la partida 29.04.

Kg

7

Ex.

2905.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2905.51.01

Etclorvinol (DCI).

Kg

7

Ex.

2905.59.02

2-Nitro-2-metil-1-propanol.

Kg

7

Ex.

2905.59.03

Tricloroetilidenglicol (hidrato de cloral).

Kg

7

Ex.

2905.59.04

3-Cloro-1,2-propanodiol (alfa-Monoclorhidrina).

Kg

7

Ex.

2905.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2906.12.01

Ciclohexanol.

Kg

7

Ex.

2906.12.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2906.13.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2906.14.01

Terpineoles.

Kg

7

Ex.

2906.19.01

3,5,5-Trimetilciclohexanol.

Kg

7

Ex.

2906.19.02

ter-Butilciclohexanol.

Kg

7

Ex.

2906.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2906.21.01

Alcohol bencílico.

Kg

7

Ex.

2906.29.02

Alcohol cinámico; alcohol hidrocinámico.

Kg

7

Ex.

2906.29.03

Feniletildimetilcarbinol.

Kg

7

Ex.

2906.29.04

Dimetilbencilcarbinol.

Kg

7

Ex.

2906.29.05

Feniletanol.

Kg

7

Ex.

2906.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2907.11.01

Fenol (hidroxibenceno).

Kg

7

Ex.

2907.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2907.12.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2907.13.01

p-(1,1,3,3-Tetrametilbutil)fenol.

Kg

7

Ex.

2907.13.02

Nonilfenol.

Kg

7

Ex.

2907.13.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2907.14.01

Xilenoles y sus sales.

Kg

7

Ex.

2907.19.01

2,6-Di-ter-butil-4-metilfenol.

Kg

7

Ex.

2907.19.02

p-ter-Butilfenol.

Kg

7

Ex.

2907.19.03

2,2-Metilenbis(4-metil-6-ter-butilfenol).

Kg

7

Ex.

2907.19.04

o- y p-Fenilfenol.

Kg

7

Ex.

2907.19.05

Diamilfenol.

Kg

7

Ex.

2907.19.06

p-Amilfenol.

Kg

7

Ex.

2907.19.07

2,5-Dinonil-m-cresol.

Kg

7

Ex.

2907.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2907.22.01

Hidroquinona.

Kg

7

Ex.

2907.22.02

Sales de la hidroquinona.

Kg

7

Ex.

2907.23.01

4,4'-Isopropilidendifenol (bisfenol A, difenilolpropano).

Kg

7

Ex.

2907.23.02

Sales de 4,4'-Isopropilidendifenol.

Kg

7

Ex.

2907.29.01

Pirogalol.

Kg

7

Ex.

2907.29.02

Di-ter-amilhidroquinona.

Kg

7

Ex.

2907.29.05

Fenoles-alcoholes.

Kg

7

Ex.

2907.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2908.10.01

Compuestos clorofenólicos y sus sales, excepto lo comprendido en las fracciones 2908.10.02, 2908.10.03, 2908.10.04, 2908.10.05, 2908.10.06 y 2908.10.07.

Kg

7

Ex.

2908.10.03

2,4,5-Triclorofenol.

Kg

7

Ex.

2908.10.04

4-Cloro-1-hidroxibenceno.

Kg

7

Ex.

2908.10.05

o-Bencil-p-clorofenol.

Kg

7

Ex.

2908.10.06

Pentaclorofenol.

Kg

7

Ex.

2908.10.07

Triclorofenato de sodio.

Kg

7

Ex.

2908.10.08

5,8-Dicloro-1-naftol.

Kg

7

Ex.

2908.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2908.20.04

Ácido p-fenolsulfónico.

Kg

7

Ex.

2908.20.05

4,5-Dihidroxi-2,7-naftalendisulfonato monosódico o disódico.

Kg

7

Ex.

2908.20.06

2,5-Dihidroxibencensulfonato de calcio.

Kg

7

Ex.

2908.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2908.90.01

p-Nitrofenol y su sal de sodio.

Kg

7

Ex.

2908.90.03

2,6-Diyodo-4-nitrofenol.

Kg

7

Ex.

2908.90.04

2,4-Dinitrofenol.

Kg

7

Ex.

2908.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2909.11.01

Éter dietílico (óxido de dietilo).

Kg

7

Ex.

2909.19.01

Éter isopropílico.

Kg

7

Ex.

2909.19.02

Éter butílico.

Kg

7

Ex.

2909.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2909.20.01

Éteres ciclánicos, ciclénicos, cicloterpénicos, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

Kg

7

Ex.

2909.30.01

Anetol.

Kg

7

Ex.

2909.30.02

Éter fenílico.

Kg

7

Ex.

2909.30.04

4-Nitrofenetol.

Kg

7

Ex.

2909.30.05

2,6-Dinitro-3-metoxi-4-ter-butiltolueno.

Kg

7

Ex.

2909.30.06

Éter 3-Yodo-2-propinílico del 2,4,5-triclorofenol.

Kg

7

Ex.

2909.30.08

2,2-Bis(p-metoxifenil)-1,1,1-tricloroetano (Metoxicloro).

Kg

7

Ex.

2909.30.09

Eter p-cresilmetílico.

Kg

7

Ex.

2909.41.01

2,2'-Oxidietanol (dietilenglicol).

Kg

7

Ex.

2909.42.01

Éteres monometílicos del etilenglicol o del dietilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.43.01

Éteres monobutílicos del etilenglicol o del dietilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.44.01

Éter monoetílico del etilenglicol o del dietilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.44.02

Éter isopropílico del etilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.44.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2909.49.01

Éter monometílico, monoetílico o monobutílico del trietilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.49.02

3-(2-Metilfenoxi)-1,2-propanodiol (mefenesina).

Kg

7

Ex.

2909.49.03

Trietilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.49.04

Éter monofenílico del etilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.49.05

Alcohol 3-fenoxibencílico.

Kg

7

Ex.

2909.49.06

Dipropilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.49.07

Tetraetilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.49.08

Tripropilenglicol.

Kg

7

Ex.

2909.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2909.50.01

Éter monometílico de la hidroquinona.

Kg

7

Ex.

2909.50.02

Sulfoguayacolato de potasio.

Kg

7

Ex.

2909.50.04

Eugenol o isoeugenol, excepto grado farmacéutico.

Kg

7

Ex.

2909.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2909.60.01

Peróxido de laurilo.

Kg

7

Ex.

2909.60.02

Hidroperóxido de cumeno.

Kg

7

Ex.

2909.60.04

Peróxido de dicumilo.

Kg

7

Ex.

2909.60.05

Hidroperóxido de paramentano.

Kg

7

Ex.

2909.60.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2910.90.02

3-(o-Aliloxifenoxi)-1,2-epoxipropano.

Kg

7

Ex.

2910.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2911.00.01

Dimetilacetal del citral.

Kg

7

Ex.

2911.00.02

Dimetilacetal del aldehído amilcinámico.

Kg

7

Ex.

2911.00.03

Dimetilacetal del hidroxicitronelal.

Kg

7

Ex.

2911.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2912.11.01

Metanal (formaldehído).

Kg

7

Ex.

2912.13.01

Butanal (butiraldehído, isómero normal).

Kg

7

Ex.

2912.19.01

Glioxal.

Kg

7

Ex.

2912.19.02

Metilnonilacetaldehído (2-metilundecanal).

Kg

7

Ex.

2912.19.03

Aldehído decílico.

Kg

7

Ex.

2912.19.04

Aldehído isobutírico.

Kg

7

Ex.

2912.19.05

Glutaraldehído.

Kg

7

Ex.

2912.19.06

Octanal.

Kg

7

Ex.

2912.19.07

Citral.

Kg

7

Ex.

2912.19.08

Aldehído undecilénico.

Kg

7

Ex.

2912.19.09

Aldehído acrílico.

Kg

7

Ex.

2912.19.10

Hexaldehído.

Kg

7

Ex.

2912.19.11

Aldehído heptílico.

Kg

7

Ex.

2912.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2912.29.01

Aldehídos cinámico, amilcinámico o hexil cinámico.

Kg

7

Ex.

2912.29.02

Fenilacetaldehído.

Kg

7

Ex.

2912.29.03

Aldehído ciclámico.

Kg

7

Ex.

2912.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2912.30.01

Aldehídos-alcoholes.

Kg

7

Ex.

2912.41.01

Vainillina (4-hidroxi-3-metoxibenzaldehído).

Kg

7

Ex.

2912.42.01

Etilvainillina (4-hidroxi-3-etoxibenzaldehído).

Kg

7

Ex.

2912.49.03

Aldehído 3-fenoxilbencílico.

Kg

7

Ex.

2912.49.04

p-Terbutil-alfa-metil-hidrocinamaldehído (Lilial).

Kg

7

Ex.

2912.49.05

Aldehído fenilpropílico.

Kg

7

Ex.

2912.50.01

Polímeros cíclicos de los aldehídos.

Kg

7

Ex.

2912.60.01

Paraformaldehído.

Kg

7

Ex.

2913.00.01

Cloral.

Kg

7

Ex.

2914.11.01

Acetona.

Kg

7

Ex.

2914.13.01

4-Metilpentan-2-ona (metilisobutilcetona).

Kg

7

Ex.

2914.19.01

Diisobutilcetona.

Kg

7

Ex.

2914.19.02

Óxido de mesitilo.

Kg

7

Ex.

2914.19.03

Metilisoamilcetona.

Kg

7

Ex.

2914.19.05

Dimetil glioxal.

Kg

7

Ex.

2914.19.06

Hexanona.

Kg

7

Ex.

2914.19.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2914.22.01

Ciclohexanona y metilciclohexanonas.

Kg

7

Ex.

2914.23.01

Iononas.

Kg

7

Ex.

2914.23.02

Metiliononas.

Kg

7

Ex.

2914.29.01

2-Metil-5-(1-metiletenil)-2-ciclohexen-1-ona (Carvona).

Kg

7

Ex.

2914.29.02

3,5,5-Trimetil-2-ciclohexen-1-ona.

Kg

7

Ex.

2914.29.03

1-p-Menten-3-ona.

Kg

7

Ex.

2914.29.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2914.31.01

Fenilacetona (fenilpropan-2-ona).

Kg

7

Ex.

2914.39.01

Benzofenona.

Kg

7

Ex.

2914.39.02

1,1,4,4-Tetrametil-6-etil-7-acetil-1,2,3,4- tetrahidronaftaleno (Versalide).

Kg

7

Ex.

2914.39.03

1,1,2,3,3,5-Hexametilindan-6-metilcetona.

Kg

7

Ex.

2914.39.05

2-(Difenilacetil)-1H-indeno-1,3(2H)-diona (Difenadiona (DCI)).

Kg

7

Ex.

2914.39.06

7-Acetil-1,1,3,4,4,6-hexametiltetrahidronaftaleno.

Kg

7

Ex.

2914.39.07

1,1-Dimetil-4-acetil-6-ter-butilindano.

Kg

7

Ex.

2914.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2914.40.01

Acetilmetilcarbinol.

Kg

7

Ex.

2914.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2914.50.01

Derivados de la benzofenona con otras funciones oxigenadas.

Kg

7

Ex.

2914.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2914.61.01

Antraquinona.

Kg

7

Ex.

2914.69.01

Quinizarina.

Kg

7

Ex.

2914.69.02

2-Etilantraquinona.

Kg

7

Ex.

2914.69.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2914.70.01

2-Bromo-4-hidroxiacetofenona.

Kg

7

Ex.

2914.70.02

Dinitrodimetilbutilacetofenona.

Kg

7

Ex.

2914.70.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2915.11.01

Ácido fórmico.

Kg

7

Ex.

2915.12.01

Formiato de sodio o de calcio.

Kg

7

Ex.

2915.12.02

Formiato de cobre.

Kg

7

Ex.

2915.12.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2915.21.01

Ácido acético.

Kg

10

Ex.

2915.22.01

Acetato de sodio.

Kg

7

Ex.

2915.23.01

Acetatos de cobalto.

Kg

7

Ex.

2915.24.01

Anhídrido acético.

Kg

10

Ex.

2915.29.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

2915.31.01

Acetato de etilo.

Kg

10

Ex.

2915.32.01

Acetato de vinilo.

Kg

10

Ex.

2915.33.01

Acetato de n-butilo.

Kg

10

Ex.

2915.34.01

Acetato de isobutilo.

Kg

10

Ex.

2915.35.01

Acetato de 2-etoxietilo.

Kg

7

Ex.

2915.39.01

Acetato de metilo.

Kg

10

Ex.

2915.39.02

Acetato del éter monometílico del etilenglicol.

Kg

10

Ex.

2915.39.03

Acetato de isopropilo o de metilamilo.

Kg

10

Ex.

2915.39.04

Acetato de isobornilo.

Kg

10

Ex.

2915.39.05

Acetato de cedrilo.

Kg

10

Ex.

2915.39.06

Acetato de linalilo.

Kg

7

Ex.

2915.39.07

Diacetato de etilenglicol.

Kg

7

Ex.

2915.39.08

Acetato de dimetilbencilcarbinilo.

Kg

7

Ex.

2915.39.09

Acetato de mentanilo.

Kg

10

Ex.

2915.39.10

Acetato de 2-etilhexilo.

Kg

7

Ex.

2915.39.11

Acetato de vetiverilo.

Kg

7

Ex.

2915.39.12

Acetato de laurilo.

Kg

7

Ex.

2915.39.13

Acetato del éter monobutílico del etilenglicol.

Kg

10

Ex.

2915.39.14

Acetato del éter monobutílico del dietilenglicol.

Kg

7

Ex.

2915.39.15

Acetato de terpenilo.

Kg

10

Ex.

2915.39.16

Acetato de triclorometilfenilcarbinilo.

Kg

7

Ex.

2915.40.01

Ácidos mono- o dicloroacéticos y sus sales de sodio.

Kg

10

Ex.

2915.40.02

Tricloro acetato de sodio.

Kg

7

Ex.

2915.40.03

Cloruro de monocloro acetilo.

Kg

7

Ex.

2915.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2915.50.02

Propionato de cedrilo.

Kg

7

Ex.

2915.50.03

Propionato de terpenilo.

Kg

10

Ex.

2915.50.04

Propionato de calcio.

Kg

7

Ex.

2915.50.05

Propionato de sodio.

Kg

7

Ex.

2915.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2915.60.01

Ácido butanoico (Ácido butírico).

Kg

7

Ex.

2915.60.02

Butanoato de etilo (Butirato de etilo).

Kg

10

Ex.

2915.60.03

Diisobutanoato de 2,2,4-trimetilpentanodiol.

Kg

7

Ex.

2915.60.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2915.70.01

Estearato de isopropilo.

Kg

10

Ex.

2915.70.02

Monoestearato de etilenglicol o de propilenglicol.

Kg

10

Ex.

2915.70.03

Estearato de butilo.

Kg

10

Ex.

2915.70.04

Monoestearato de sorbitan.

Kg

10

Ex.

2915.70.05

Monoestearato de glicerilo.

Kg

10

Ex.

2915.70.06

Palmitato de metilo.

Kg

10

Ex.

2915.70.07

Palmitato de isopropilo.

Kg

10

Ex.

2915.70.08

Palmitato de isobutilo.

Kg

7

Ex.

2915.70.09

Palmitato de cetilo.

Kg

7

Ex.

2915.70.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2915.90.02

Sales del ácido 2-etilhexanoico.

Kg

10

Ex.

2915.90.05

Ácido mirístico.

Kg

7

Ex.

2915.90.06

Ácido caproico.

Kg

7

Ex.

2915.90.07

Ácido 2-propilpentanoico (Ácido valproico).

Kg

10

Ex.

2915.90.08

Heptanoato de etilo.

Kg

7

Ex.

2915.90.09

Laurato de metilo.

Kg

7

Ex.

2915.90.11

Sal sódica del ácido 2-propilpentanoico (Valproato de sodio).

Kg

7

Ex.

2915.90.12

Peróxido de lauroilo o de decanoilo.

Kg

7

Ex.

2915.90.13

Dicaprilato de trietilenglicol.

Kg

10

Ex.

2915.90.14

Miristato de isopropilo.

Kg

10

Ex.

2915.90.15

Peroxi-2-etilhexanoato de terbutilo; peroxibenzoato de terbutilo.

Kg

10

Ex.

2915.90.16

Cloruro de lauroilo, de decanoilo o de isononanoilo.

Kg

7

Ex.

2915.90.17

Monolaurato de sorbitán.

Kg

10

Ex.

2915.90.19

Ácido 3-(3,5-diterbutil-4-hidroxifenil)-propiónico.

Kg

7

Ex.

2915.90.20

Tetraésteres del pentaeritritol.

Kg

7

Ex.

2915.90.21

Sales del ácido 2-propilpentanoico (Sales del ácido valproico), excepto lo comprendido en la fracción 2915.90.11.

Kg

10

Ex.

2915.90.24

Cloruro de n-pentanoilo.

Kg

7

Ex.

2915.90.25

Ácido caprílico.

Kg

7

Ex.

2915.90.26

Ácido behénico.

Kg

7

Ex.

2915.90.28

Ácido 13-docosenoico.

Kg

7

Ex.

2915.90.29

Cloropropionato de metilo.

Kg

7

Ex.

2915.90.31

Cloroformiato de 2-etilhexilo.

Kg

7

Ex.

2915.90.32

Cloroformiato de metilo.

Kg

7

Ex.

2915.90.33

Cloroformiato de bencilo.

Kg

7

Ex.

2915.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2916.11.01

Ácido acrílico y sus sales.

Kg

7

Ex.

2916.12.01

Acrilato de metilo o de etilo.

Kg

10

Ex.

2916.12.02

Acrilato de butilo.

Kg

10

Ex.

2916.12.03

Acrilato de 2-etilhexilo.

Kg

10

Ex.

2916.12.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2916.13.01

Ácido metacrílico y sus sales.

Kg

7

Ex.

2916.14.01

Metacrilato de metilo.

Kg

10

Ex.

2916.14.02

Metacrilato de etilo o de butilo.

Kg

7

Ex.

2916.14.03

Metacrilato de 2-hidroxipropilo.

Kg

7

Ex.

2916.14.04

Dimetacrilato de etilenglicol.

Kg

7

Ex.

2916.14.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2916.15.01

Monooleato de sorbitan.

Kg

7

Ex.

2916.15.02

Trioleato de glicerilo.

Kg

10

Ex.

2916.15.04

Oleato de dietilenglicol.

Kg

10

Ex.

2916.15.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

2916.19.02

Acido crotónico.

Kg

7

Ex.

2916.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2916.20.01

Eter etilhidroximetilpenteno del ácido crisantémico monocarboxílico.

Kg

7

Ex.

2916.20.02

Acetato de diciclopentadienilo.

Kg

7

Ex.

2916.20.03

(+.-)-cis, trans-3-(2,2-dicloroetenil)-2,2,-dimetilciclopropancarboxilato de (3-fenoxifenil)-metilo (Permetrina).

Kg

7

Ex.

2916.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2916.31.01

Sal de sodio del ácido benzoico.

Kg

10

Ex.

2916.31.02

Dibenzoato de dipropilenglicol.

Kg

10

Ex.

2916.31.03

Benzoato de etilo o de bencilo.

Kg

10

Ex.

2916.31.04

Benzoato de 7-dihidrocolesterilo.

Kg

7

Ex.

2916.31.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2916.32.01

Peróxido de benzoilo.

Kg

7

Ex.

2916.32.02

Cloruro de benzoilo.

Kg

7

Ex.

2916.35.01

Esteres del ácido fenilacético.

Kg

7

Ex.

2916.39.01

Acido p-terbutilbenzoico.

Kg

7

Ex.

2916.39.02

Acido dinitrotóluico.

Kg

7

Ex.

2916.39.03

Acido cinámico.

Kg

7

Ex.

2916.39.06

Cloruro del ácido 2-(4-clorofenil) isovalérico.

Kg

7

Ex.

2916.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2917.11.01

Oxalato de potasio, grado reactivo.

Kg

7

Ex.

2917.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2917.12.01

Acido adípico sus sales y sus ésteres.

Kg

7

Ex.

2917.13.01

Acido sebásico y sus sales.

Kg

7

Ex.

2917.13.02

Acido azeláico (Acido 1,7-heptandicarboxílico).

Kg

7

Ex.

2917.13.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2917.14.01

Anhídrido maleico.

Kg

10

Ex.

2917.19.01

Fumarato ferroso.

Kg

7

Ex.

2917.19.04

Acido maleico y sus sales.

Kg

7

Ex.

2917.19.05

Acido itacónico.

Kg

7

Ex.

2917.19.06

Maleato de tridecilo o de nona octilo o de dialilo.

Kg

7

Ex.

2917.19.08

Acido fumárico.

Kg

10

Ex.

2917.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2917.20.01

Acido clorhéndico.

Kg

7

Ex.

2917.20.02

Anhídrido clorhéndico.

Kg

7

Ex.

2917.20.03

Anhídridos tetra, hexa o metiltetra hidroftálicos.

Kg

7

Ex.

2917.31.01

Ortoftalatos de dibutilo.

Kg

7

Ex.

2917.32.01

Ortoftalatos de dioctilo.

Kg

10

Ex.

2917.33.01

Ortoftalatos de dinonilo o de didecilo.

Kg

7

Ex.

2917.35.01

Anhídrido ftálico.

Kg

10

Ex.

2917.36.01

Acido tereftálico y sus sales.

Kg

10

Ex.

2917.37.01

Tereftalato de dimetilo.

Kg

10

Ex.

2917.39.01

Sal sódica del sulfoisoftalato de dimetilo.

Kg

7

Ex.

2917.39.03

Ftalato dibásico de plomo.

Kg

7

Ex.

2917.39.04

Trimelitato de trioctilo.

Kg

7

Ex.

2917.39.05

Acido isoftálico.

Kg

7

Ex.

2917.39.06

Anhídrido trimelítico.

Kg

7

Ex.

2917.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2918.12.01

Acido tartárico.

Kg

10

Ex.

2918.13.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2918.15.03

Citrato de litio.

Kg

7

Ex.

2918.15.04

Ferrocitrato de calcio.

Kg

7

Ex.

2918.15.05

Sales del ácido cítrico, excepto lo comprendido en las fracciones 2918.15.01, 2918.15.02, 2918.15.03 y 2918.15.04.

Kg

10

Ex.

2918.15.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2918.16.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2918.19.01

Acido glicólico.

Kg

7

Ex.

2918.19.02

Acido 12-hidroxiestearico.

Kg

7

Ex.

2918.19.03

Acido desoxicólico, sus sales de sodio o de magnesio; ácido quenodesoxicólico.

Kg

7

Ex.

2918.19.04

Acido cólico.

Kg

7

Ex.

2918.19.06

Acido málico.

Kg

10

Ex.

2918.19.07

Acetil citrato de tributilo.

Kg

7

Ex.

2918.19.09

Acido fenilglicólico (ácido mandélico), sus sales y sus ésteres, excepto lo comprendido en la fracción 2918.19.10.

Kg

7

Ex.

2918.19.11

Ester neopentilglicólico del ácido hidoxipiválico.

Kg

7

Ex.

2918.21.01

Acido salicílico.

Kg

10

Ex.

2918.21.02

Subsalicilato de bismuto.

Kg

10

Ex.

2918.21.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2918.22.01

Acido O-acetilsalicílico.

Kg

7

Ex.

2918.22.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2918.23.01

Salicilato de metilo.

Kg

10

Ex.

2918.23.03

Salicilato de bencilo.

Kg

7

Ex.

2918.23.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2918.29.01

p-Hidroxibenzoato de metilo o propilo.

Kg

10

Ex.

2918.29.02

Acido p-hidroxibenzoico.

Kg

7

Ex.

2918.29.04

p-Hidroxibenzoato de etilo.

Kg

10

Ex.

2918.29.05

3-(3,5-Diterbutil-4-hidroxifenil) propionato de metilo.

Kg

7

Ex.

2918.29.07

3,5-diterbutil-4-hidroxibenzoato de 2,4-diterbutilfenilo.

Kg

7

Ex.

2918.29.11

Acido 2-(2,4-diclorofenoxi)bencenacético (Fenclofenac).

Kg

7

Ex.

2918.29.12

Subgalato de bismuto.

Kg

7

Ex.

2918.29.14

Acido gálico o galato de propilo.

Kg

7

Ex.

2918.29.15

Tetrakis(3-(3,5-Di-ter-butil-4-hidroxifenil) propionato) de pentaeritritol.

Kg

7

Ex.

2918.29.16

Bis-(3,5-diterbutil-4-hidroxifenil)-propionato de 1,6-hexanodiilo.

Kg

7

Ex.

2918.30.04

Esteres del ácido acetoacético.

Kg

7

Ex.

2918.30.05

4-(3-Cloro-4-ciclohexilfenil)-4-oxo-butanoato de calcio.

Kg

7

Ex.

2918.30.08

Dietil éster del 3,5-diterbutil-4-hidroxi-5- metilfenil propionato.

Kg

7

Ex.

2918.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2918.90.01

Acido 2,4-diclorofenoxiacético.

Kg

10

Ex.

2918.90.02

Estearoil 2-lactilato de calcio o de sodio.

Kg

10

Ex.

2918.90.03

2,4-Diclorofenoxiacetato de butilo, de isopropilo o de 2-etilhexilo.

Kg

7

Ex.

2918.90.04

Acido d-2-(6-metoxi-2-naftil) propiónico (Naproxeno) o su sal de sodio, excepto lo comprendido en la 2918.90.21

Kg

10

Ex.

2918.90.07

2-(3-Fenoxifenil) propionato de calcio.

Kg

7

Ex.

2918.90.08

Lactobionato de calcio.

Kg

7

Ex.

2918.90.09

Glicirretinato de aluminio.

Kg

7

Ex.

2918.90.10

Carbenoxolona base y sus sales.

Kg

7

Ex.

2918.90.11

Ester etílico del ácido 3-fenilglicídico.

Kg

7

Ex.

2918.90.12

Glicidato de etil metil fenilo.

Kg

7

Ex.

2918.90.14

Acido (2,3-dicloro-4-(2-metilenbutil)fenoxi) acético.

Kg

7

Ex.

2918.90.15

Acido nonilfenoxiacético.

Kg

7

Ex.

2918.90.16

2-(4-(Clorobenzoil)fenoxi)-2-metil propionato de isopropilo (Procetofeno).

Kg

7

Ex.

2918.90.18

Acido 3,6-dicloro-2-metoxibenzoico.

Kg

7

Ex.

2918.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2919.00.02

Fosfato de tricresilo o de trifenilo.

Kg

10

Ex.

2919.00.04

Fosfato de tributilo, de trietilo o de trioctilo.

Kg

7

Ex.

2919.00.06

Fosfato de tributoxietilo.

Kg

7

Ex.

2919.00.09

Lactofosfato de calcio.

Kg

7

Ex.

2919.00.10

Fosfato de dimetil 1,2-dibromo-2,2-dicloroetilo (Naled).

Kg

10

Ex.

2919.00.11

Fosfato de dimetil 2,2-diclorovinilo.

Kg

10

Ex.

2919.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2920.10.01

Fósforotioato de O,O-dietil-O-p-nitrofenilo.

Kg

10

Ex.

2920.10.02

Fósforotioato de O,O-dimetil-O-p-nitrofenilo.

Kg

10

Ex.

2920.90.01

Sulfato de sodio y laurilo.

Kg

7

Ex.

2920.90.02

Tetranitrato de pentaeritritol.

Kg

7

Ex.

2920.90.04

Fosfito del Trisnonilfenilo.

Kg

10

Ex.

2920.90.07

Silicato de etilo.

Kg

7

Ex.

2920.90.09

Peroxidicarbonatos de: di-secbutilo; di-n-butilo; diisopropilo;
di(2-etilhexilo); bis(4- ter-butilciclohexilo); di-cetilo; di- ciclohexilo; dimiristilo.

Kg

10

Ex.

2920.90.10

Esteres carbónicos, sus sales y sus derivados, excepto lo comprendido en la fracción 2920.90.08.

Kg

7

Ex.

2920.90.11

Fosfito de Tris (2,4-diterbutilfenilo).

Kg

7

Ex.

2920.90.12

Fosfito del didecilfenilo.

Kg

7

Ex.

2920.90.13

Fosforotioato de trifenilo.

Kg

7

Ex.

2920.90.14

Fosfito de dietilo.

Kg

7

Ex.

2920.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.11.01

Monometilamina.

Kg

10

Ex.

2921.11.02

Dimetilamina.

Kg

10

Ex.

2921.11.03

Trimetilamina.

Kg

10

Ex.

2921.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.12.01

Dietilamina.

Kg

10

Ex.

2921.12.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.19.02

Trietilamina.

Kg

10

Ex.

2921.19.03

Dipropilamina.

Kg

7

Ex.

2921.19.04

Monoetilamina.

Kg

10

Ex.

2921.19.05

2-Aminopropano.

Kg

10

Ex.

2921.19.06

Butilamina, excepto lo comprendido en la fracción 2921.19.09.

Kg

7

Ex.

2921.19.07

Tributilamina.

Kg

7

Ex.

2921.19.08

Dibutilamina.

Kg

7

Ex.

2921.19.09

4-n-Butilamina.

Kg

7

Ex.

2921.19.10

N,1,5-Trimetil-4-hexenilamina.

Kg

7

Ex.

2921.19.11

Dimetiletilamina.

Kg

10

Ex.

2921.19.12

n-Oleilamina.

Kg

10

Ex.

2921.19.13

2,5-Dihidroxi-3-bencensulfonato de trietilamina o 1,4-Dihidroxi-3-bencensulfonato de dietilamonio (Etamsilato).

Kg

7

Ex.

2921.19.14

2-cloro-N,N-dialquil (me, et, pr o isopr) aminoetilo y sus sales.

Kg

7

Ex.

2921.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.21.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.22.01

Hexametilendiamina y sus sales.

Kg

7

Ex.

2921.29.03

Tetraetilenpentamina.

Kg

7

Ex.

2921.29.04

Propilendiamina.

Kg

7

Ex.

2921.29.05

Tetrametilendiamina.

Kg

7

Ex.

2921.29.06

Tetrametiletilendiamina (TMEDA).

Kg

7

Ex.

2921.29.07

3-Dimetilamino propilamina.

Kg

7

Ex.

2921.29.08

Adipato de hexametilendiamina.

Kg

7

Ex.

2921.29.09

Trimetil hexametilendiamina.

Kg

7

Ex.

2921.29.10

Pentametildietilentriamina.

Kg

7

Ex.

2921.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.30.01

Ciclohexilamina.

Kg

10

Ex.

2921.30.02

Tetrametil ciclohexil diamina.

Kg

7

Ex.

2921.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.42.04

Acido sulfanílico y su sal de sodio.

Kg

10

Ex.

2921.42.06

Acido anilín disulfónico.

Kg

7

Ex.

2921.42.07

4-Cloro-nitroanilina.

Kg

7

Ex.

2921.42.08

6-Cloro-2,4-dinitro anilina.

Kg

7

Ex.

2921.42.10

6-Bromo-2,4-dinitroanilina.

Kg

10

Ex.

2921.42.12

2-amino bencen sulfonato de fenilo (Ester fenil anilín sulfónico).

Kg

7

Ex.

2921.42.13

Acido metanílico y su sal de sodio.

Kg

10

Ex.

2921.42.14

m-Cloroanilina.

Kg

10

Ex.

2921.42.15

2,4-Dinitroanilina.

Kg

10

Ex.

2921.42.16

2,4,5-Tricloroanilina.

Kg

10

Ex.

2921.42.17

p-Nitroanilina.

Kg

10

Ex.

2921.42.18

4,4´-Bis-2-aminobencensulfonil-2,2-p-hidroxifenilpropano.

Kg

7

Ex.

2921.43.01

Toluidina, excepto lo comprendido en la fracción 2921.43.06.

Kg

10

Ex.

2921.43.02

Acido p-toluidín-m-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2921.43.03

Alfa, alfa, alfa-Trifluoro-2,6-dinitrotoluidina y sus derivados alquilados, excepto lo comprendido en la fracción 2921.43.04.

Kg

7

Ex.

2921.43.05

m-Nitro-p-toluidina.

Kg

10

Ex.

2921.43.06

3-Aminotolueno (m-toluidina).

Kg

7

Ex.

2921.43.07

Acido-2-toluidin-5-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2921.43.08

4-Nitro-o-toluidina; 5-nitro-o-toluidina.

Kg

7

Ex.

2921.43.10

Cloro-sulfoaminotolueno (Cloro sulfotoluidina).

Kg

7

Ex.

2921.43.11

Cloroaminotrifluorometilbenceno (Alfa,alfa,alfa-clorotrifluoro toluidina).

Kg

7

Ex.

2921.43.12

4-Cloro-2-toluidina.

Kg

7

Ex.

2921.44.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.45.01

1-Naftilamina (alfa-naftilamina).

Kg

7

Ex.

2921.45.03

Aminonaftalén-4,8-disulfonato de sodio.

Kg

7

Ex.

2921.45.04

2-Naftilamina-1,5-disulfonato de sodio.

Kg

7

Ex.

2921.45.05

Acidos amino-naftalén-mono o disulfónicos, excepto lo comprendido en las fracciones 2921.45.07 y 2921.45.08.

Kg

7

Ex.

2921.45.06

Acido 2-naftilamina-3,6,8-trisulfónico.

Kg

7

Ex.

2921.45.07

Acido 1-naftilamin-5-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2921.45.08

Acido naftiónico.

Kg

10

Ex.

2921.45.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.46.01

Anfetamina (DCI), benzofetamina (DCI), dexanfetamina (DCI), etilanfetamina (DCI), fencanfamina (DCI), fentermina (DCI), lefetamina (DCI), levanfetamina (DCI) y mefenorex (DCI); sales de estos productos.

Kg

7

Ex.

2921.49.02

Bencilamina sustituida.

Kg

7

Ex.

2921.49.07

Xilidina.

Kg

7

Ex.

2921.49.08

Acido 8-anilín-1-naftalensulfónico y sus sales.

Kg

7

Ex.

2921.49.09

4,4'Metilén bis(anilina); 4,4'Metilén bis(2-cloroanilina).

Kg

7

Ex.

2921.49.11

2,4,6-Trimetil anilina.

Kg

7

Ex.

2921.49.12

N-Metilbencilanilina.

Kg

7

Ex.

2921.49.14

4,4'bis(alfa,alfa-Dimetilbencil)difenilamina.

Kg

10

Ex.

2921.49.15

Acido 1-fenilamino-6-naftalensulfónico.

Kg

7

Ex.

2921.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.51.01

p- o m-Fenilendiamina.

Kg

7

Ex.

2921.51.03

Difenil-p-fenilendiamina.

Kg

7

Ex.

2921.51.04

N,N-Diheptil-p-fenilendiamina.

Kg

7

Ex.

2921.51.05

N,N-Di-beta-naftil-p-fenilendiamina.

Kg

7

Ex.

2921.51.07

N-1,3-Dimetilbutil-n-fenil-p-fenilendiamina.

Kg

10

Ex.

2921.51.08

Acido nitro-amino difenilamino- sulfónico.

Kg

7

Ex.

2921.51.09

Acido 4-amino difenil amino 2-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2921.51.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2921.59.02

Diclorobencidina (Dicloro (1,1´-bifenil)-4,4´diamina).

Kg

7

Ex.

2921.59.04

Acido 5-amino-2-(p-aminoanilin) bencensulfónico.

Kg

7

Ex.

2921.59.05

Clorhidrato de 3,3-diclorobencidina.

Kg

7

Ex.

2921.59.06

Tolidina (Dimetil (1,1´-bifenil)-4,4´diamina).

Kg

7

Ex.

2921.59.08

Diclorhidrato de 1,1-bis (4-aminofenil) ciclohexano.

Kg

7

Ex.

2921.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2922.11.01

Monoetanolamina.

Kg

10

Ex.

2922.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2922.12.01

Dietanolamina.

Kg

10

Ex.

2922.12.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2922.13.01

Trietanolamina.

Kg

10

Ex.

2922.13.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2922.19.01

Dimetilaminoetanol.

Kg

7

Ex.

2922.19.03

2-Amino-2-metil-1-propanol.

Kg

7

Ex.

2922.19.04

Hidroxietiletilendiamina.

Kg

7

Ex.

2922.19.06

Metiletanolamina.

Kg

7

Ex.

2922.19.07

Diclorhidrato de etambutol.

Kg

7

Ex.

2922.19.09

2-Amino-2-metil-1,3-propanodiol.

Kg

7

Ex.

2922.19.10

Tri-isopropanolamina.

Kg

10

Ex.

2922.19.12

Fosforildimetilaminoetanol (Fosfato de demanilo).

Kg

7

Ex.

2922.19.14

Fenildietanolamina.

Kg

10

Ex.

2922.19.15

Clorhidrato de bromodifenhidramina.

Kg

7

Ex.

2922.19.16

Clorhidrato de 1-p-clorofenil-2,3- dimetil-4-dimetilamino-2-butanol (Clorhidrato de clobutinol).

Kg

7

Ex.

2922.19.17

d-N,N'bis(1-Hidroximetilpropil)etilendiamino (Etambutol).

Kg

7

Ex.

2922.19.18

N-Octil glucamina.

Kg

7

Ex.

2922.19.19

3-Metoxipropilamina; 3-(2-metoxietoxi) propilamina.

Kg

7

Ex.

2922.19.20

Laurato de dietanolamina.

Kg

10

Ex.

2922.19.26

Clorhidrato de 1- ciclohexilhexahidrobenzoato de beta-dietilaminoetilo (Clorhidrato de diciclomina).

Kg

7

Ex.

2922.19.32

Clorhidrato de 1-isopropilamino-3-(1-naftoxi)- propan-2-ol.

Kg

7

Ex.

2922.19.33

Etil hidroxietilanilina (N-Etil-N-(2-hidroxietil)anilina)).

Kg

10

Ex.

2922.19.35

Estearildifenil oxietil dietilentriamina.

Kg

7

Ex.

2922.19.36

Isopropoxipropilamina.

Kg

7

Ex.

2922.19.39

2-Metoxietilamina.

Kg

7

Ex.

2922.19.40

Dioxietil-meta-cloroanilina; Dioxietil-meta- toluidina.

Kg

10

Ex.

2922.19.42

N-Etil dietanolamina; N-Metil dietanolamina; sales de estos productos.

Kg

7

Ex.

2922.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2922.21.02

Acido-5,5'dihidroxi-2,2´-dinaftilamin-7,7'- disulfónico.

Kg

7

Ex.

2922.21.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2922.22.02

Dianisidina.

Kg

7

Ex.

2922.22.03

Amino-metoxi-benceno (Anisidina).

Kg

7

Ex.

2922.22.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2922.29.01

Acido 6-anilín-1-naftol-3-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2922.29.02

p-Aminofenol.

Kg

7

Ex.

2922.29.03

2,4,6-Tri(dimetilaminometil)fenol.

Kg

7

Ex.

2922.29.04

4-Nitro-2-amino fenol; 5-nitro-2-aminofenol.

Kg

7

Ex.

2922.29.05

2-Amino-4-clorofenol.

Kg

7

Ex.

2922.29.06

N,N-Dietil meta-hidroxianilina.

Kg

7

Ex.

2922.29.07

Acido 2-amino-1-fenol-4-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2922.29.08

3-Hidroxi-2-nafto-4-anisidina.

Kg

7

Ex.

2922.29.10

p-Hidroxidifenilamina.

Kg

7

Ex.

2922.29.11

Acido 4-hidroxi-7-metilamino naftalén-2-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2922.29.13

Derivados nitrados de la anisidina.

Kg

7

Ex.

2922.29.14

Acido 2-anisidín-4-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2922.29.15

Dietil meta-anisidina.

Kg

7

Ex.

2922.29.16

2-Amino-4-propilamino-7-beta- metoxietoxibenceno.

Kg

7

Ex.

2922.29.18

Acido 4,4´-diamino-3,3´-Bis (carboximetoxi)-difenil.

Kg

7

Ex.

2922.29.19

2-Amino-4-teramil-6-nitrofenol.

Kg

7

Ex.

2922.29.20

2,5-Dimetoxianilina.

Kg

7

Ex.

2922.39.02

1-Amino-2-bromo-4-hidroxiantraquinona o 1- amino-2-cloro-4-hidroxiantraquinona.

Kg

7

Ex.

2922.39.03

Acido 1-amino-4-bromo-2-antraquinonsulfónico y sus sales.

Kg

7

Ex.

2922.39.04

Clorhidrato de 2-(o-clorofenil)-2-(metilamino) ciclohexanona, (Clorhidrato de ketamina).

Kg

7

Ex.

2922.39.05

3,4-Diaminobenzofenona.

Kg

7

Ex.

2922.39.06

N,N-Dietil-4-amino benzaldehído.

Kg

7

Ex.

2922.39.07

Mono- o di- aminoantraquinona y sus derivados halogenados.

Kg

7

Ex.

2922.39.09

Difenil amino acetona.

Kg

10

Ex.

2922.39.10

Acido 1-amino-4-anilín antraquinon-2-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2922.39.11

Sal sódica del ácido 1-amino-4-mesidín antraquinon-2-sulfónico.

Kg

7

Ex.

2922.42.01

Glutamato de sodio.

Kg

10

Ex.

2922.42.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2922.43.01

Acido antranílico y sus sales.

Kg

7

Ex.

2922.44.01

Tilidina (DCI) y sus sales.

Kg

7

Ex.

2922.49.03

Fenilalanina.

Kg

7

Ex.

2922.49.05

Acido yodopanoico y sus sales sódicas.

Kg

7

Ex.

2922.49.06

Sal doble monocálcica disódica del ácido etilendiaminotetracético.

Kg

7

Ex.

2922.49.07

Acido aspártico.

Kg

7

Ex.

2922.49.08

Acidos etilendiamino tri o tetra acético y sus sales, excepto lo comprendido en la fracción 2922.49.06.

Kg

10

Ex.

2922.49.09

Acido dietilentriaminopentacético y sus sales.

Kg

10

Ex.

2922.49.12

N-(Alcoxi-carbonil-alquil) fenilglicinato de sodio.

Kg

7

Ex.

2922.49.13

N-(1-Metoxicarbonil-propen-2-il) alfa-amino-p- hidroxifenil acetato de sodio.

Kg

7

Ex.

2922.49.16

Acido 3'-trifluorometil-difenil-amino-2- carboxílico (Acido flufenámico) y su sal de aluminio.

Kg

7

Ex.

2922.49.17

Diclorhidrato del éster isopentílico de N-(2- dietilaminoetil)-2-fenilglicina (Diclorhidrato de acamilofenina).

Kg

7

Ex.

2922.49.20

Sal de sodio del ácido aminonitrobenzoico.

Kg

7

Ex.

2922.49.22

N,N-bis(2-Metoxicarbonil etil anilina).

Kg

7

Ex.

2922.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2922.50.01

Acido N-(hidroxietil)etilen diamino triacético y su sal trisódica.

Kg

10

Ex.

2922.50.05

Clorhidrato de p-hidroxifeniletanolamina.

Kg

7

Ex.

2922.50.06

Bitartrato de m-hidroxinorefedrina (Bitartrato de metaraminol).

Kg

7

Ex.

2922.50.08

Acido metoxiaminobenzoico.

Kg

7

Ex.

2922.50.09

Ester metílico del ácido 2-amino-3-hidroxi-3- p-nitrofenilpropiónico.

Kg

7

Ex.

2922.50.10

Clorhidrato de 3´-metoxi-3(1-hidroxi-1- fenilisopropilamino)propiofenona (Clorhidrato de Oxifedrina).

Kg

7

Ex.

2922.50.11

Acido gama-amino-beta-hidroxibutírico.

Kg

7

Ex.

2922.50.17

4,8-Diamino-1,5-dioxiantraquinona.

Kg

7

Ex.

2922.50.19

Sales de fenilefrina.

Kg

7

Ex.

2922.50.21

Sulfato de alfa 1-(((1,1-dimetiletil)-amino)-metil)-4-hidroxi-1,3-bencendimetanol (Sulfato de salbutamol).

Kg

7

Ex.

2922.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2923.10.01

Dicloruro de trimetiletilamonio (Dicloruro de colina).

Kg

7

Ex.

2923.10.02

Quelato de ferrocitrato de colina (Ferrocolinato).

Kg

7

Ex.

2923.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

2923.20.01

Lecitina de soya.

Kg

7

Ex.

2923.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2923.90.01

Betaína base, clorhidrato o yodhidrato.

Kg

7

Ex.

2923.90.02

Haluros de trimetilalquil amonio o de dialquil dimetilamonio, excepto lo comprendido en la fracción 2923.90.11.

Kg

10

Ex.

2923.90.03

Cloruro de benzalconio.

Kg

10

Ex.

2923.90.04

Bromometilato de éster dietilaminoetílico del ácido fenilciclohexiloxiacético (Bromuro de Oxifenonium).

Kg

7

Ex.

2923.90.05

Cloruro de (3-ciclohexil-3-hidroxi-3-fenilpropil)trietilamonio.

Kg

7

Ex.

2923.90.08

Cloruro de N-etil-N-fenilamino etiltrimetilamonio.

Kg

7

Ex.

2923.90.10

Sulfato de N-etil-fenilamino etil dimetil hidroxipropilamonio.

Kg

7

Ex.

2924.19.01

Oleamida.

Kg

7

Ex.

2924.19.02

Archilamida.

Kg

7

Ex.

2924.19.04

Erucamida.

Kg

7

Ex.

2924.19.06

Formamida y sus derivados de sustitución.

Kg

7

Ex.

2924.19.09

N-Metil-2-cloroacetoacetamida.

Kg

7

Ex.

2924.19.10

N,N'-Etilen-bis-estearamida.

Kg

7

Ex.

2924.19.11

Dimetilformamida.

Kg

10

Ex.

2924.19.12

N-lauroil sarcosinato de sodio.

Kg

7

Ex.

2924.19.13

Dimetilfosfato de 3-hidroxi-N,N-dimetil-cis- crotonamida.

Kg

7

Ex.

2924.19.15

Metacrilamida.

Kg

7

Ex.

2924.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2924.21.04

N',N'-Dimetil-N-(3-cloro-4-metilfenil) urea.

Kg

7

Ex.

2924.21.05

3-(4-Isopropilfenil)-1,1-dimetilurea.

Kg

7

Ex.

2924.21.07

3,4,4'-Triclorocarbanilida (Triclocarban).

Kg

10

Ex.

2924.21.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2924.24.01

Etinamato (DCI).

Kg

7

Ex.

2924.29.01

3-(o-Metoxifenoxi)-1,2-propanodiol-1- carbamato (Metocarbamol).

Kg

7

Ex.

2924.29.09

Acetotoluidina.

Kg

10

Ex.

2924.29.13

N-Acetil-p-aminofenol.

Kg

7

Ex.

2924.29.14

Acetoacetanilida y sus derivados de sustitución.

Kg

10

Ex.

2924.29.16

3-Hidroxi-2-naftanilida.

Kg

7

Ex.

2924.29.17

3-Hidroxi-2-nafto-o-toluidida y sus derivados halogenados, excepto lo comprendido en la fracción 2924.29.41.

Kg

7

Ex.

2924.29.18

p-Amino acetanilida.

Kg

10

Ex.

2924.29.20

N,N'bis (Dicloroacetil)-N,N'bis (2- etoxietil)-1,4-bis (aminometil) benceno.

Kg

7

Ex.

2924.29.22

Acetamidobenzoato del dimetilamino isopropanol.

Kg

7

Ex.

2924.29.24

5'-Cloro-3-hidroxi-2',4'-dimetoxi-2- naftanilida.

Kg

7

Ex.

2924.29.25

3-Hidroxi-3'-nitro-2-naftanilida.

Kg

7

Ex.

2924.29.26

5'-Cloro-3-hidroxi-2-nafto-o-anisidida.

Kg

7

Ex.

2924.29.29

Acido metrizoico; metrizamida.

Kg

7

Ex.

2924.29.30

N-Benzoil-N-(3-cloro-4-fluorofenil)-2-aminopropionato de metilo.

Kg

7

Ex.

2924.29.31

Ester 1 metílico del N-L-alfa-Aspartil-L-fenilalanina (Aspartame).

Kg

7

Ex.

2924.29.33

p-Aminobenzamida.

Kg

7

Ex.

2924.29.34

3-Hidroxi-N-2-naftil-2-naftamida.

Kg

7

Ex.

2924.29.35

Carbamatos o dicarbamatos cíclicos, excepto lo comprendido en las fracciones 2924.29.01, 2924.29.02, 2924.29.43 y 2924.29.48.

Kg

7

Ex.

2924.29.36

2,5-Dimetoxicloranilida del ácido beta hidroxinaftoico.

Kg

7

Ex.

2924.29.38

2-(2-Hidroxi-3-naftoilamina)-1-etoxi benceno. (3-hidroxi(2´etoxi)-2-naftanilida).

Kg

7

Ex.

2924.29.39

Diacetato de N-(5-acetilamino-2-metoxi fenil) dietanolamina.

Kg

7

Ex.

2924.29.40

4'Cloro-3-hidroxi-2-naftanilida.

Kg

7

Ex.

2924.29.41

4'Cloro-3-hidroxi-2-nafto-o-toluidida.

Kg

7

Ex.

2924.29.44

Acido acetrizóico.

Kg

7

Ex.

2924.29.45

Sal metilglutaminica del ácido diatrizoico.

Kg

7

Ex.

2924.29.46

3-Amino-4-metoxibenzanilida.

Kg

7

Ex.

2924.29.48

1,7-Carbometoxiamino naftol.

Kg

7

Ex.

2925.11.01

Sacarina y sus sales.

Kg

10

Ex.

2925.19.03

Crisantemato de 3,4,5,6-tetrahidroftalimido metilo (Tetrametrina).

Kg

7

Ex.

2925.20.05

O-Metilsulfato de isourea.

Kg

7

Ex.

2925.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2926.90.01

o-Ftalonitrilo.

Kg

7

Ex.

2926.90.02

Acetona cianhidrina.

Kg

7

Ex.

2926.90.03

Cianoacetato de metilo, de etilo o de butilo.

Kg

7

Ex.

2926.90.08

(1 alfa, (S*), 3-alfa) (+-)-3-(2,2-Diclorovinil)-2,2-dimetil ciclopropan carboxilato de alfa-ciano-3-fenoxibencilo (Alfa cipermetrina).

Kg

7

Ex.

2926.90.09

(+)-cis, trans-3-(2,2-diclorovinil)- 2,2-dimetilciclopropan carboxilato de alfa-ciano-3-fenoxibencilo (Cipermetrina).

Kg

7

Ex.

2927.00.01

Azobenceno o aminoazobenceno.

Kg

7

Ex.

2927.00.02

Diaceturato de 4,4'(diazoamino)dibenzamidina.

Kg

10

Ex.

2927.00.04

2,2'Azobis(isobutironitrilo).

Kg

7

Ex.

2927.00.05

Acido 6-nitro-1-diazo-2-naftol-4-sulfonico.

Kg

7

Ex.

2927.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2928.00.01

Metil-etil-cetoxima.

Kg

7

Ex.

2928.00.04

N,N-Dietilhidroxilamina.

Kg

7

Ex.

2928.00.05

1,2-Naftoquinona-monosemicarbazona.

Kg

7

Ex.

2928.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2929.10.03

Difenilmetan-4,4'-diisocianato.

Kg

7

Ex.

2929.10.04

Toluen diisocianato.

Kg

10

Ex.

2929.10.05

Hexametilen diisocianato.

Kg

7

Ex.

2929.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2929.90.01

Ciclohexilsulfamato de sodio o de calcio (ciclamato de sodio o de calcio).

Kg

7

Ex.

2929.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2930.10.01

Amilxantato de potasio; secbutilxantato de sodio; isopropilxantato de sodio; isobutilxantato de sodio.

Kg

10

Ex.

2930.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2930.20.01

Sales del ácido dietilditiocarbámico.

Kg

7

Ex.

2930.20.02

Dibencilditiocarbamato de cinc.

Kg

10

Ex.

2930.20.03

Dimetil ditiocarbamato de sodio, de cinc, de bismuto, de cobre o de plomo.

Kg

10

Ex.

2930.20.05

Etilen bis ditiocarbamato de manganeso (Maneb); Etilen bis ditiocarbamato de cinc (Zineb).

Kg

10

Ex.

2930.20.06

N-Metilditiocarbamato de sodio, dihidratado.

Kg

10

Ex.

2930.20.07

Dipropiltiocarbamato de S-Propil.

Kg

10

Ex.

2930.20.08

Dibutil o Dietil ditiocarbamato de teluro, de cadmio, de zinc, de sodio o de níquel.

Kg

10

Ex.

2930.20.09

Ester O-(1,2,3,4-tetrahidro-1,4- metanonaftalen-6-il) del ácido metil-(3-metil fenil)-carbamotioico (Tolciclato).

Kg

7

Ex.

2930.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2930.30.01

Mono-,di-,o tetrasulfuros de tetrametil, de tetraetil, de tetrabutil o de dipentametilen tiurama.

Kg

10

Ex.

2930.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2930.90.01

Tiourea; dietiltiourea.

Kg

7

Ex.

2930.90.02

Acido alfa-amino-beta-metil-beta-mercapto butírico.

Kg

7

Ex.

2930.90.03

Acido tioglicólico.

Kg

7

Ex.

2930.90.04

Lauril mercaptano.

Kg

7

Ex.

2930.90.05

Glutation.

Kg

7

Ex.

2930.90.07

Tiodipropionato de Di-(tridecilo).

Kg

7

Ex.

2930.90.09

Tioglicolato de isooctilo.

Kg

7

Ex.

2930.90.10

Fosforoditioato de O,O-dietil S-(p-clorofeniltio) metilo (Carbofenotion).

Kg

7

Ex.

2930.90.12

O,O-Dimetilditiofosfato de dietilmercapto succinato (Malation).

Kg

10

Ex.

2930.90.15

Fosforoamidotioato de O,S-Dimetil (Metamidofos).

Kg

10

Ex.

2930.90.18

4,4'-Tiobis (3-metil-6-terbutil fenol).

Kg

7

Ex.

2930.90.19

Fosforoditioato de O,O-dietil-S-(etiltiometilo) (Forato).

Kg

7

Ex.

2930.90.21

N-Metilcarboxamido-tiosulfato de sodio.

Kg

7

Ex.

2930.90.23

Tioacetamida.

Kg

7

Ex.

2930.90.24

Cianoditioimidocarbonato disódico.

Kg

7

Ex.

2930.90.25

S-Carboximetil cisteina.

Kg

10

Ex.

2930.90.26

Metil mercaptano; etil mercaptano; propil mercaptano; butil mercaptano.

Kg

7

Ex.

2930.90.27

Ester etílico del ácido O,O-dimetilditiofosforil-fenilacético.

Kg

7

Ex.

2930.90.28

Sulfuro de dimetilo.

Kg

7

Ex.

2930.90.29

Etiltioetanol.

Kg

7

Ex.

2930.90.30

Fosforoditioato de O,O-dietil S-(N- isopropilcarbamoil) metilo.

Kg

7

Ex.

2930.90.31

Hexa-sulfuro de dipentametilen tiurama.

Kg

10

Ex.

2930.90.32

Disulfuro de O,O-dibenzamido difenilo.

Kg

7

Ex.

2930.90.33

N-Acetilmetionina.

Kg

7

Ex.

2930.90.34

Dihidroxidifenil sulfona.

Kg

10

Ex.

2930.90.35

Tiocianoacetato de isobornilo.

Kg

7

Ex.

2930.90.36

Tioaldehídos, tiocetonas o tioácidos.

Kg

7

Ex.

2930.90.38

Fenilén 1,4-diisotiocianato.

Kg

7

Ex.

2930.90.40

2-(4-Cloro-o-tolil) imino-1,3-ditioetano.

Kg

7

Ex.

2930.90.41

Monoclorhidrato de N-(2-(dietilamino) étil)-2-metoxi-5-(metilsulfonil)benzamida (Tiapride).

Kg

7

Ex.

2930.90.43

O,O-Tiodi-p- fenilenfosforotioato de O,O,O',O'-Tetrametilo (Temefos).

Kg

7

Ex.

2930.90.44

Fosforoditioato de O-etil O-(4-(metiltio)fenil)S-propilo (Sulprofos).

Kg

7

Ex.

2930.90.46

p-Clorofenil-2,4, 5- triclorofenilsulfona (Tetradifon).

Kg

7

Ex.

2930.90.47

Fosforoditioato de O-etil S,S-difenilo (Edifenfos).

Kg

7

Ex.

2930.90.51

1,3-Dietil-2-tiourea.

Kg

10

Ex.

2930.90.57

Tioamida del ácido 5-nitro antranílico.

Kg

7

Ex.

2930.90.58

Ester sulfónico de la beta-hidroxietilsulfon anilina.

Kg

7

Ex.

2930.90.59

2-Amino-8-(beta-hidroxietil sulfonil)-naftaleno.

Kg

7

Ex.

2930.90.60

2-Nitro-4-etilsulfonilanilina.

Kg

7

Ex.

2930.90.61

Sulfato de 2,5-Dimetoxi-(4-hidroxietil sulfonil)-anilina.

Kg

7

Ex.

2930.90.62

Metil-N-hidroxitioacetamidato.

Kg

7

Ex.

2930.90.64

Tiocarbanilida.

Kg

7

Ex.

2930.90.70

1,2 bis- (3-(metoxicarbonil )-2-tioureido)benceno (Metil-tiofanato).

Kg

7

Ex.

2930.90.71

Pentaclorotiofenol o su sal de cinc.

Kg

7

Ex.

2930.90.72

2-(Dietilamino)-etanotiol y sus sales.

Kg

7

Ex.

2930.90.73

Sulfuro de bis-(2-hidroxietilo) (Tiodiglicol).

Kg

7

Ex.

2930.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2931.00.01

Acido amino trimetilfosfónico y su sal pentasódica.

Kg

10

Ex.

2931.00.02

Acetato o propionato de fenilmercurio.

Kg

7

Ex.

2931.00.03

Oxidos o cloruros de dialquil estaño.

Kg

10

Ex.

2931.00.04

Cloruro de metil magnesio.

Kg

7

Ex.

2931.00.07

Octametilciclotetrasiloxano.

Kg

7

Ex.

2931.00.08

Cacodilato de sodio.

Kg

7

Ex.

2931.00.09

Acido arsanílico.

Kg

10

Ex.

2931.00.10

Sal monosódica del ácido metil arsónico.

Kg

7

Ex.

2931.00.13

Glicolil arsanilato de bismuto.

Kg

7

Ex.

2931.00.14

Acido p-ureidobencenarsónico.

Kg

7

Ex.

2931.00.18

Fenilfosfonotioato de O-etil O-p-nitrofenil (EPN).

Kg

7

Ex.

2931.00.20

N1-35-diterbutil-4-hidroxifenil fosfonato de etilo.

Kg

7

Ex.

2931.00.21

1-Hidroxi-2,2,2- tricloroetilfosfonato de O,O-dimetilo (Triclorfon).

Kg

10

Ex.

2931.00.22

Metilfosfonato de (Aminoiminometil)-urea; Metilfosfonato de dietilo; Metilfosfonato de O-Metil-O-(5-etil-2-metil-1,3,2-dioxafosforinan-5-il)-metilo; Ácido metilfosfónico y sus ésteres.

Kg

7

Ex.

2931.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2932.12.01

2-Furaldehído (furfural).

Kg

10

Ex.

2932.13.01

Alcohol furfurílico y alcohol tetrahidrofurfurílico.

Kg

7

Ex.

2932.19.02

Nitrofurazona.

Kg

10

Ex.

2932.19.03

N-(2-(((5-((Dimetilamino)-metil)-2- furanil)metil)tio)etil)-N,-metil-2-nitro-1,1- etendiamina (Ranitidina).

Kg

7

Ex.

2932.19.05

Crisantemato de bencil furil- metilo (Resmetrina, bioresmetrina).

Kg

7

Ex.

2932.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2932.21.01

Cumarina, metilcumarinas y etilcumarinas.

Kg

7

Ex.

2932.29.05

Delta-Lactona del ácido 6-hidroxi-beta,2,7- trimetil-5-benzofuranacrílico (Trioxsaleno).

Kg

7

Ex.

2932.29.07

3-(alfa-Acetonilbencil)-4-hidroxicumarina (Warfarina); 3-(alfa-acetonil-4-clorobencil)-4-hidroxicumarina (Cumaclor).

Kg

10

Ex.

2932.29.08

Fenolftaleína.

Kg

7

Ex.

2932.91.01

Isosafrol.

Kg

7

Ex.

2932.92.01

1-(1,3-Benzodioxol-5-il)propan-2-ona.

Kg

7

Ex.

2932.93.01

Piperonal.

Kg

7

Ex.

2932.94.01

Safrol.

Kg

7

Ex.

2932.95.01

Tetrahidrocannabinoles (todos los isómeros).

Kg

7

Ex.

2932.99.03

Derivados de sustitución de la 3-hidroxi-gamapirona.

Kg

7

Ex.

2932.99.05

Eucaliptol.

Kg

7

Ex.

2932.99.09

Butoxido de piperonilo.

Kg

7

Ex.

2932.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2933.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2933.19.02

5-Imino-3-metil-1-fenil-2-pirazolina.

Kg

7

Ex.

2933.19.04

Fenilbutazona base.

Kg

10

Ex.

2933.19.05

Acido 1-(bencén-4-sulfónico)- 5-pirazolón-3-carboxílico.

Kg

7

Ex.

2933.19.06

1,2-Dimetil-3,5-difenil-1H-pirazolium metil sulfato.

Kg

7

Ex.

2933.19.08

2,3-Dimetil-1-fenil-5-pirazolón-4- metilaminometasulfonato sódico o de magnesio (Dipirona sódica o magnésica).

Kg

10

Ex.

2933.19.09

Fenilmetilpirazolona, sus derivados halogenados o sulfonados.

Kg

7

Ex.

2933.21.01

Hidantoína y sus derivados.

Kg

10

Ex.

2933.29.04

Etilenurea.

Kg

7

Ex.

2933.29.11

Alfa-(2,4-diclorofenil)-1H-imidazol-1-etanol.

Kg

7

Ex.

2933.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2933.32.01

Pentametilenditiocarbamato de piperidina.

Kg

10

Ex.

2933.33.02

Sales de los productos de la fracción 2933.33.01.

Kg

7

Ex.

2933.39.02

Feniramina, bromofeniramina y sus maleatos.

Kg

10

Ex.

2933.39.06

4,4'-Bipiridilo.

Kg

10

Ex.

2933.39.08

Acido 2-(m-trifluorometilanilin) -3-nicotínico (Acido niflúmico).

Kg

7

Ex.

2933.39.09

2-(m-trifluorometilanilin)-3- nicotinato de aluminio (Sal de Aluminio del ácido niflúmico).

Kg

7

Ex.

2933.39.11

2,6-Dimetil-4-piridinol.

Kg

7

Ex.

2933.39.12

Diacetato de 4,4'-(2- piridilmetilén)bisfenilo (Bisacodilo).

Kg

7

Ex.

2933.39.17

Ester dimetílico del ácido 1,4-dihidro-2,6-dimetil-4-(2-nitrofenil)-3,5-piridindicarboxílico (Nifedipina).

Kg

10

Ex.

2933.39.20

Metil piridina.

Kg

7

Ex.

2933.39.22

5,10-Dimetil-2'- hidroxibenzomorfan, sus derivados de sustitución y sus sales.

Kg

10

Ex.

2933.39.23

Clorfeniramina.

Kg

7

Ex.

2933.39.26

Bromuro de 1-metil-3-benziloiloxiquinuclidinio (Bromuro de clidinio).

Kg

7

Ex.

2933.39.27

Sales de la clorfeniramina.

Kg

7

Ex.

2933.39.30

Sales o derivados de feniramina o bromofeniramina.

Kg

7

Ex.

2933.39.31

Omeprazol y sus sales.

Kg

7

Ex.

2933.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2933.49.01

Diyodo oxiquinolina (Yodoquinol).

Kg

10

Ex.

2933.49.02

Acido 2-fenilquinolín-4- carboxílico (Cinchofen).

Kg

7

Ex.

2933.49.04

6-Dodecil-1,2-dihidro-2,2,4-trimetil quinolina.

Kg

10

Ex.

2933.49.05

6-Etoxi-1,2-dihidro-2,2,4-trimetilquinolina (Etoxiquin).

Kg

10

Ex.

2933.49.06

Ester 2,3-dihidroxipropílico del ácido N-(7-cloro-4-quinolil)antranílico (Glafenina).

Kg

7

Ex.

2933.49.08

1-Metil-2-oxo-8- hidroxiquinolina.

Kg

7

Ex.

2933.49.09

Quinolina.

Kg

7

Ex.

2933.49.10

Yodo cloro-8-hidroxiquinolina (Clioquinol).

Kg

10

Ex.

2933.49.12

Pamoato de pirvinio.

Kg

7

Ex.

2933.55.02

Metacualona (DCI) (2-metil-3-o-tolil-4(3H)-quinazolina).

Kg

7

Ex.

2933.55.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2933.59.04

Diclorhidrato de 1-(p-terbutilbencil)-4-(p-clorodifenilmetil) piperazina (Diclorhidrato de buclizina).

Kg

7

Ex.

2933.59.07

Sales de la piperazina.

Kg

10

Ex.

2933.59.12

Fosforotioato de O,O-dietil-O-(5-metil-6- etoxicarbonil-pirazol)-(1,5a)-pirimid-2-ilo (Pirazofos).

Kg

7

Ex.

2933.59.15

2,6-bis(Dietanolamino)-4,8- dipiperidinopirimido-(5,4-d)-pirimidina (Dipiridamol).

Kg

7

Ex.

2933.59.16

Trietilendiamina.

Kg

7

Ex.

2933.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2933.69.02

2-Metiltio-4,6-dicloro-1,3,5-triazina.

Kg

7

Ex.

2933.69.03

Acido isocianúrico, sus derivados y sus sales.

Kg

7

Ex.

2933.69.04

Acido cianúrico, sus derivados y sus sales.

Kg

7

Ex.

2933.69.05

4-Amino-6-(1,1-(dimetiletil)-3-metiltio)-1,2,4-triazina-5-(4H)-ona (Metribuzin).

Kg

7

Ex.

2933.69.12

Hexametilentetramina (Metenamina).

Kg

10

Ex.

2933.69.13

Trinitrotrimetilentriamina (Ciclonita).

Kg

7

Ex.

2933.69.15

Dinitroso pentametilen tetramina.

Kg

10

Ex.

2933.69.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2933.71.01

6-Hexanolactama (epsilón caprolactama).

Kg

7

Ex.

2933.72.01

Clobazam (DCI) y metiprilona (DCI).

Kg

7

Ex.

2933.79.01

Lauril lactama.

Kg

7

Ex.

2933.79.03

Derivados de sustitución de la 2-pirrolidona, excepto lo comprendido en la fracción 2933.79.04.

Kg

7

Ex.

2933.79.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2933.99.04

1-((4-Clorofenil)metil)-2-(1-pirrolidinil metil)-1H-bencimidazol (Clemizol).

Kg

10

Ex.

2933.99.06

Pirazin carboxamida (Pirazinamida).

Kg

7

Ex.

2933.99.10

Dimetilacridan.

Kg

10

Ex.

2933.99.12

4,7-Fenantrolin-5,6-diona (Fanquinona).

Kg

7

Ex.

2933.99.15

2-Hidroxi-11H-benzo (a) carbazol-3-carboxi-p-anisidida.

Kg

7

Ex.

2933.99.17

Derivados de sustitución de la 5H-dibenzo (b,f) azepina y sus sales.

Kg

7

Ex.

2933.99.21

(Quinoxalín-1,4-dióxido)metilencarbazato de metilo (Carbadox).

Kg

7

Ex.

2933.99.26

Fosforoditioato de O,O-dietil S-(4-oxo-1,2,3- benzotriazin-3(4H)-il)metilo (Azinfos etílico).

Kg

10

Ex.

2933.99.29

3-Hidroximetil-benzo-1,2,3-triazin-4-ona.

Kg

7

Ex.

2933.99.31

Derivados de sustitución del benzotriazol, excepto lo comprendido en la fracción 2933.99.27.

Kg

7

Ex.

2933.99.33

1,5-Pentametilentetrazol.

Kg

7

Ex.

2933.99.35

3-Amino-1,2,4-triazol (Amitrol).

Kg

7

Ex.

2933.99.39

4'-Cloro-2-hidroxi-3-carbazolcarboxanilida.

Kg

7

Ex.

2933.99.43

Citrato de etoheptazina.

Kg

7

Ex.

2933.99.44

1,3,3-Trimetil-2-metilen indolina, sus derivados halogenados o su aldehído.

Kg

7

Ex.

2934.10.02

Mercaptotiazolina.

Kg

7

Ex.

2934.10.03

2-(alfa-Tenoilamino)-5-nitrotiazol (Tenonitrozol).

Kg

7

Ex.

2934.10.06

Cloruro de 5-fenil-2,4-tiazoldiamina (Cloruro de dizol).

Kg

10

Ex.

2934.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2934.20.01

Yoduro de ditiazanina.

Kg

7

Ex.

2934.20.05

Disulfuro de benzotiazilo sulfenamida.

Kg

10

Ex.

2934.20.06

2-(4-Amino-5-sulfofenil)-6-metil-benzotiazol.

Kg

7

Ex.

2934.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2934.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2934.99.01

Furazolidona.

Kg

10

Ex.

2934.99.02

N-(5-Nitro-2-furfuriliden)-1-amino-2- imidazolina.

Kg

7

Ex.

2934.99.04

Acetil homocisteina-tiolactona (Citiolona).

Kg

7

Ex.

2934.99.05

1-Acetil-4-(4-((2-(2,4-diclorofenil)(1H-imidazol-1-ilmetil)-1,3-dioxolan-4-il)metoxi) fenil)piperazina (Ketoconazol).

Kg

7

Ex.

2934.99.08

Morfolina.

Kg

7

Ex.

2934.99.10

3,5-Dimetil-1,3, 5-(2H)-tetrahidrotiadiazin-2- tiona (Dazomet).

Kg

10

Ex.

2934.99.11

Clorhidrato de N-morfolinometil pirazinamida.

Kg

7

Ex.

2934.99.12

Pamoato de trans-1,4,5,6-tetrahidro-1-metil-2-(2-(2-tienil)vinil)pirimidina (Pamoato de pirantel).

Kg

7

Ex.

2934.99.14

Furaltadona.

Kg

10

Ex.

2934.99.16

2-Metil-6,7-metilenodioxi-8-metoxi-1-(4,5,6- trietoxi-7-aminoftalidil)-1,2,3,4- tetrahidroxiquinoleína (Tritoqualina).

Kg

7

Ex.

2934.99.19

1-Aza-3,7-dioxa-5-hidroximetilbiciclo (3.3.0)octano.

Kg

7

Ex.

2934.99.20

4'-Cloro-3,5-dimetoxi-4-(2-morfolinoetoxi) benzofenona (Morclofona).

Kg

7

Ex.

2934.99.24

Clorhidrato de levo-2,3,5,6-tetrahidro-6- fenilimidazo (2,1-b) tiazol (Clorhidrato de levamisol).

Kg

10

Ex.

2934.99.26

Acidos nucleicos y sus sales.

Kg

7

Ex.

2934.99.28

4-Hidroxi-2-metil-N(2-piridil)-2H-1,2- benzotiazin-3-carboxamida-1,1-dióxido (Piroxicam).

Kg

7

Ex.

2934.99.29

Sultonas y sultamas.

Kg

7

Ex.

2934.99.30

Disulfuro de 2,6-dimetildifenileno (Mesulfen).

Kg

7

Ex.

2934.99.32

Clorhidrato de 9-(N-metil-3- piperidilmetil)tioxanteno (Clorhidrato de metixeno).

Kg

7

Ex.

2934.99.40

Fosforo-ditioato de O,O-Dietil S-(6-cloro-2- oxobenzoxazolin-3-il)metilo (Fosalone).

Kg

7

Ex.

2934.99.41

4,4'-Ditiodimorfolina.

Kg

10

Ex.

2934.99.46

Acido 7-amino-desacetoxi-cefalosporánico; ácido 6-amino-penicilánico.

Kg

7

Ex.

2934.99.48

Acido dihidrotio-p-toluidín disulfónico.

Kg

7

Ex.

2935.00.03

Clorpropamida.

Kg

10

Ex.

2935.00.07

Acido 4-cloro-N-(2-furilmetil)-5-sulfamoilantranílico (Furosemida).

Kg

10

Ex.

2935.00.08

N-(p-Acetilfenilsulfonil)-N'-ciclohexilurea (Acetohexamida).

Kg

7

Ex.

2935.00.09

Sal sódica de 2-benzosulfonamido-5-(beta-metoxietoxi)-pirimidina (Glimidina sódica).

Kg

7

Ex.

2935.00.10

N-(4-(beta-(2-metoxi-5-clorobenzamido)-etil)benzosulfonil)-N´-ciclohexilurea (Gliburide).

Kg

7

Ex.

2935.00.19

Tiazida y sus derivados de sustitución.

Kg

7

Ex.

2935.00.20

Tolilsulfonilbutilurea (Tolbutamida).

Kg

10

Ex.

2935.00.21

Toluensulfonamida.

Kg

7

Ex.

2935.00.23

Sulfapiridina y sus derivados de sustitución.

Kg

7

Ex.

2935.00.25

2-Metoxisulfamidobenzoato de etilo.

Kg

7

Ex.

2935.00.27

(3-N-Butilamino-4-fenoxi-5- sulfonamida)benzoato de butilo.

Kg

7

Ex.

2935.00.29

Ftalilsulfatiazol.

Kg

7

Ex.

2935.00.31

Ftalilsulfacetamida.

Kg

10

Ex.

2935.00.33

4-Amino-N-(6-cloro-3-piridazinil) bencen sulfonamida (Sulfacloro piridazina) y sus sales.

Kg

7

Ex.

2935.00.35

2-Naftol-6-sulfometiletanolamida.

Kg

7

Ex.

2936.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.21.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.22.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.23.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.24.02

Pantotenato de calcio.

Kg

10

Ex.

2936.24.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.25.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.26.01

Vitamina B12 ; las demás cobalaminas.

Kg

10

Ex.

2936.26.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.27.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.28.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.29.03

Acido nicotínico.

Kg

10

Ex.

2936.29.04

Nicotinamida (Niacinamida).

Kg

10

Ex.

2936.29.05

Vitamina D3.

Kg

10

Ex.

2936.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2936.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2937.22.01

Flumetasona, sus sales o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.22.02

Parametasona, sus sales o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.22.05

Betametasona, sus sales o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.23.03

Estradiol, sus sales o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.23.04

Progesterona.

Kg

10

Ex.

2937.23.05

Estriol, sus sales o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.23.07

Acetato de medroxiprogesterona.

Kg

10

Ex.

2937.23.08

Acetato de clormadinona.

Kg

10

Ex.

2937.23.09

Norgestrel.

Kg

7

Ex.

2937.23.10

Acetato de megestrol.

Kg

10

Ex.

2937.23.11

17-alfa-Etinil-17-beta hidroxiestra-4-eno (Linestrenol).

Kg

10

Ex.

2937.23.13

Acetato de 17-alfa-Hidroxiprogesterona.

Kg

10

Ex.

2937.23.16

Hidroxiprogesterona, sus sales o sus ésteres, excepto lo comprendido en la fracción 2937.23.13.

Kg

10

Ex.

2937.23.17

Etinilestradiol, sus ésteres o sus sales.

Kg

10

Ex.

2937.23.18

Mestranol.

Kg

10

Ex.

2937.23.19

Noretisterona (noretindrona), sus sales o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.23.21

Delmadinona, sus sales o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.23.22

Acetofénido de dihidroxiprogesterona (Algestona acetofénido).

Kg

10

Ex.

2937.23.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2937.29.03

Esteres o sales de la metilprednisolona.

Kg

10

Ex.

2937.29.09

Pregnenolona, sus sales o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.29.10

Mesterolona.

Kg

7

Ex.

2937.29.12

17,21-Diacetato de 6-alfa, 9-alfa-difluoro- 11-beta, 17-alfa, 21-trihidroxipregna-1,4- dien-3,20-diona.

Kg

7

Ex.

2937.29.13

21-Acetato de 6 alfa-fluoro-16 alfa-metil-11 beta,17-alfa,21-trihidroxipregn-4-en-3,20-diona.

Kg

7

Ex.

2937.29.14

19-Norandrostendiona.

Kg

7

Ex.

2937.29.15

17-Acetato de 6-exometilenpregn-4-en-3,20-diona.

Kg

7

Ex.

2937.29.19

Metiltestosterona.

Kg

10

Ex.

2937.29.24

Metilandrostendiol.

Kg

10

Ex.

2937.29.29

Testosterona o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.29.32

17-alfa-Pregna-2,4-dien-20-ino (2,3-d)- isoxazol-17-ol (Danazol).

Kg

10

Ex.

2937.29.33

Clostebol, sus sales o sus ésteres.

Kg

10

Ex.

2937.29.36

Dehidroisoandrosterona (Prasterona), sus sales o sus ésteres, excepto lo comprendido en la fracción 2937.29.26.

Kg

10

Ex.

2937.29.39

Beta Pregnanodiona.

Kg

7

Ex.

2937.29.41

21-Acetato de 9 beta,11 beta-epoxi-6-alfa fluoro-16 alfa,17 alfa,21- trihidroxipregna-1,4-dien-3,20-diona-16,17- acetónido.

Kg

7

Ex.

2937.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2937.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2937.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2937.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2938.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2939.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2939.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2939.30.01

Cafeína.

Kg

7

Ex.

2939.51.01

Fenetilina (DCI) y sus sales.

Kg

7

Ex.

2939.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2939.91.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2939.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2940.00.01

Fosfato de fructosa.

Kg

7

Ex.

2940.00.02

Acetoisobutirato de sacarosa; octoacetato de sacarosa.

Kg

7

Ex.

2940.00.04

alfa-Metilglucósido.

Kg

7

Ex.

2940.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2941.10.01

Bencilpenicilina sódica.

Kg

10

Ex.

2941.10.02

Bencilpenicilina potásica.

Kg

7

Ex.

2941.10.03

Bencilpenicilina procaína.

Kg

10

Ex.

2941.10.05

N,N'-Dibenciletilendiamino bis(bencilpenicilina) (Penicilina G benzatina).

Kg

10

Ex.

2941.10.06

Ampicilina o sus sales.

Kg

10

Ex.

2941.10.07

3-Fenil-5-metil-4-isoxazolil penicilina sódica (Oxacilina sódica).

Kg

10

Ex.

2941.10.08

3-(2,6-diclorofenil)- 5-metil-4-isoxazolil penicilina sódica (Dicloxacilina sódica).

Kg

10

Ex.

2941.10.10

Penicilina V benzatina.

Kg

7

Ex.

2941.10.12

Amoxicilina trihidratada.

Kg

10

Ex.

2941.30.03

7-Cloro-6-demetiltetraciclina (Demeclociclina), o su clorhidrato.

Kg

7

Ex.

2941.40.01

Cloranfenicol y sus derivados, excepto lo comprendido en las fracciones 2941.40.02 y 2941.40.03; sales de estos productos.

Kg

7

Ex.

2941.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

2941.90.05

Sal sódica del ácido 6-(7R-(5S-etil-5-(5R- etiltetrahidro-5-hidroxi-6S-metil-2H-piran- 2R-1L)tetrahidro-3S-metil-2S-furanil)-4S- hidroxi-3R,5S-dimetil-6-oxononil)-2-hidroxi- 3-metil benzoico (Lasalocid sódico).

Kg

7

Ex.

2941.90.13

Monohidrato de cefalexina.

Kg

7

Ex.

2941.90.14

Acido monohidratado 7-((amino-(4-hidroxi-fenil)acetil)-amino)-3-metil-8-oxo-5-tio-1-azobiciclo (4.2.0) oct-2-eno-2-carboxílico (Cefadroxil).

Kg

7

Ex.

2941.90.15

Amikacina o sus sales.

Kg

10

Ex.

2941.90.17

Lincomicina.

Kg

10

Ex.

2942.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3001.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3001.90.02

Prótesis valvulares cardiacas biológicas.

Kg

10

50

3001.90.05

Heparina o heparina sódica.

Kg

7

Ex

3001.90.07

Sales de la heparina, excepto lo comprendido en la fracción 3001.90.05.

Kg

10

Ex.

3001.90.99

Las demás.

Kg

10

50

3002.10.02

Suero antiofídico polivalente.

Kg

10

Ex.

3002.10.03

Globulina humana hiperinmune, excepto lo comprendido en las fracciones 3002.10.04 y 3002.10.05.

Kg

10

Ex.

3002.10.04

Inmunoglobulina-humana anti Rh.

Kg

7

Ex.

3002.10.05

Gamma globulina de origen humano, excepto lo comprendido en la fracción 3002.10.09.

Kg

10

Ex.

3002.10.06

Plasma humano.

Kg

10

Ex.

3002.10.07

Extracto desproteinizado de sangre de res.

Kg

7

Ex.

3002.10.08

Medicamentos a base de albúmina de sangre humana, no acondicionados para la venta al por menor.

Kg

7

Ex.

3002.10.11

Interferón alfa 2A o 2B, humano recombinante.

Kg

10

Ex.

3002.10.12

Suero humano.

Kg

10

Ex.

3002.10.13

Fibrinógeno humano a granel.

Kg

10

Ex.

3002.10.14

Paquete globular humano.

Kg

10

50

3002.10.15

Albúmina humana excepto lo comprendido en la fracción 3002.10.16.

Kg

10

Ex.

3002.10.16

Albúmina humana acondicionada para la venta al por menor.

Kg

10

Ex.

3002.10.17

Fibrinógeno humano excepto lo comprendido en la fracción 3002.10.13.

Kg

10

Ex.

3002.10.18

Molgramostim; eritropoyetina.

Kg

7

Ex.

3002.20.01

Vacunas microbianas para uso humano, excepto lo especificado en las fracciones 3002.20.02, 3002.20.03, 3002.20.06, 3002.20.07, 3002.20.08 y 3002.20.09.

Kg

10

Ex.

3002.20.02

Vacuna antiestafilocócica.

Kg

7

Ex.

3002.20.03

Vacuna contra la poliomielitis; vacuna triple (antidiftérica, antitetánica y anticoqueluche).

Kg

10

Ex.

3002.20.04

Toxoide tetánico y diftérico con hidróxido de aluminio.

Kg

10

Ex.

3002.20.05

Toxoide tetánico, diftérico y pertúsico con hidróxido de aluminio.

Kg

10

Ex.

3002.20.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3002.30.01

Vacunas antiaftosas.

Kg

10

Ex.

3002.30.02

Vacunas porcinas, sintomática o hemática estafiloestreptocócica.

Kg

10

Ex.

3002.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3002.90.01

Cultivos bacteriológicos para inyecciones hipodérmicas o intravenosas; bacilos lácticos liofilizados.

Kg

7

50

3002.90.02

Antitoxina diftérica.

Kg

10

50

3002.90.03

Sangre humana.

Kg

10

50

3002.90.04

Digestores anaerobios.

Kg

10

Ex.

3002.90.99

Los demás.

Kg

10

50

3003.31.01

Soluciones inyectables a base de insulina.

Kg

10

Ex.

3003.31.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3003.40.03

Preparaciones a base de sulfato de vincristina.

Kg

7

Ex.

3003.40.04

Preparaciones a base de diacetilmorfina (Heroína) o de sus sales o sus derivados.

Kg

10

Ex.

3003.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3003.90.02

Solución isotónica glucosada.

Kg

7

Ex.

3003.90.03

Preparaciones a base de proteínas hidrolizadas.

Kg

10

Ex.

3003.90.04

Tioleico RV 100.

Kg

7

Ex.

3003.90.08

Insaponificable de aceite de germen de maíz.

Kg

7

Ex.

3003.90.09

Preparación a base de polipéptido inhibidor de calicreína.

Kg

7

Ex.

3003.90.11

Solución coloidal de polimerizado de gelatinas desintegradas, conteniendo además cloruros de sodio, de potasio y de calcio.

Kg

7

Ex.

3003.90.12

Medicamentos homeopáticos.

Kg

10

Ex.

3003.90.14

Polvo formado con leche descremada y dimetil polisiloxano.

Kg

7

Ex.

3003.90.16

Preparación a base de clostridiopeptidasa.

Kg

7

Ex.

3006.10.01

Catgut u otras ligaduras estériles, para suturas quirúrgicas con diámetro igual o superior a 0.10 mm, sin exceder de 0.80 mm, excepto a base de polímeros del ácido glicólico y/o ácido láctico.

Kg

7

Ex.

3006.10.02

Catgut u otras ligaduras estériles, excepto lo comprendido en la fracción 3006.10.01.

Kg

7

Ex.

3006.20.01

Reactivos hemoclasificadores.

Kg

10

Ex.

3006.30.01

Reactivos para diagnóstico concebidos para su empleo sobre el paciente.

Kg

10

Ex.

3006.30.02

Complejos estanosos liofilizados a base de: pirofosfato de sodio, fitato de calcio, albúmina humana, calcio trisódico, difosfonato de metileno y glucoheptonato de calcio, solución al 28% en yodo de la sal meglumina del ácido iocármico.

Kg

7

Ex.

3006.40.01

Preparaciones para obturación dental a base de resinas acrílicas.

Kg

10

Ex.

3006.40.03

Cera para cirugía de huesos, a base de cera natural de abeja.

Kg

7

Ex.

3006.70.01

Preparaciones en forma de gel, concebidas para ser utilizadas en medicina humana o veterinaria como lubricante para ciertas partes del cuerpo en operaciones quirúrgicas o exámenes médicos o como nexo entre el cuerpo y los instrumentos médicos.

Kg

7

Ex.

3102.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3201.10.01

Extracto de quebracho.

Kg

7

Ex.

3201.90.01

Extracto de roble o de castaño.

Kg

7

Ex.

3201.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3203.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3204.11.01

Colorantes dispersos con la siguiente clasificación de "Colour Index": amarillo: 3, 23, 42, 54, 163; azul: 3, 56, 60, 64, 79, 183, 291, 321; café: 1; naranja: 25:1, 29, 30, 37, 44, 89, 90; negro: 9, 25, 33; rojo: 1, 5, 17, 30, 54, 55, 55:1, 60, 167:1, 277, 366;
violeta: 1, 27, 93.

Kg

10

Ex.

3204.11.03

Los demás colorantes dispersos.

Kg

10

Ex.

3204.12.02

Colorantes ácidos con la siguiente clasificación de "Colour Index": amarillo: 23, 36, 49, 219; azul: 25, 113, 260; café: 14, 24; naranja: 7; negro: 1, 172, 194, 210; rojo: 114, 337.

Kg

10

Ex.

3204.12.03

Colorantes ácidos, excepto lo comprendido en las fracciones 3204.12.01 y 3204.12.02.

Kg

10

Ex.

3204.12.06

Colorantes para mordiente excepto lo comprendido en la fracción 3204.12.05.

Kg

10

Ex.

3204.13.02

Colorantes básicos con la siguiente clasificación de "Colour Index": amarillo: 28, 45; azul: 3, 41; café: 4, violeta: 16; rojo: 18, 46.

Kg

10

Ex.

3204.13.03

Colorantes básicos, excepto lo comprendido en la fracción 3204.13.01 y 02.

Kg

10

Ex.

3204.14.02

Colorantes directos con la siguiente clasificación de "Colour Index": amarillo: 11, 12, 44, 50, 106; azul: 2, 15, 80, 86; café: 2, 95, 115; naranja: 26; negro: 22, 38, 170; rojo: 23, 28, 81, 83; verde:1.

Kg

10

Ex.

3204.14.03

Colorantes directos, excepto lo comprendido en las fracciones 3204.14.01 y 3204.14.02.

Kg

10

Ex.

3204.17.02

Colorantes pigmentarios: Diarilidas con la siguiente clasificación de "Colour Index": Amarillo: 12, 13, 14, 17, 83; Naranja: 13.

Kg

10

Ex.

3204.17.03

Colorantes pigmentarios: Ariles o toluidinas con la siguiente clasificación de "Colour Index": amarillo: 1, 3, 65, 73, 74, 75; naranja: 7; rojo: 3.

Kg

10

Ex.

3204.17.04

Colorantes pigmentarios: Naftoles con la siguiente clasificación de "Colour Index": rojo: 2, 8, 112, 146.

Kg

10

Ex.

3204.17.05

Colorantes pigmentarios: Laqueados o metalizados con la siguiente clasificación de "Colour Index": Rojo: 48:1, 48:2, 48:3, 48:4, 49:1, 49:2, 52:1, 52:2, 53:1, 57:1, 58:4, 63:1, 63:2.

Kg

10

Ex.

3204.17.06

Colorantes pigmentarios: Ftalocianinas con la siguiente clasificación de "Colour Index": azul: 15, 15:1, 15:2, 15:3, 15:4; verde: 7, 36.

Kg

10

Ex.

3204.17.07

Colorantes pigmentarios: básicos precipitados con la siguiente clasificación de "Colour Index": Violeta: 1, 3; rojo: 81.

Kg

10

Ex.

3204.17.08

Pigmentos, excepto lo comprendido en las fracciones 3204.17.01, 3204.17.02, 3204.17.03, 3204.17.04, 3204.17.05, 3204.17.06 y 3204.17.07.

Kg

10

Ex.

3204.19.04

Colorantes al azufre con la siguiente clasificación de "Colour Index": azul al azufre: 1(53235), 3(53235), 7(53440), 13(53450); azul al azufre leuco: 1(53235), 3(53235), 7(53440), 13(53450), 19; café al azufre: 10(53055), 14(53246); negro al azufre: 1(53185); negro al azufre leuco: 1(53185), 2(53195), 18; rojo al azufre: 5(53830); rojo al azufre leuco: 5(53830), 10(53228).

Kg

10

Ex.

3204.19.06

Colorante para alimentos con la siguiente clasificación de "Colour Index": amarillo: 3(15985), 4(19140); rojo: 3(14720), 7(16255), 9(16185), 17.

Kg

10

Ex.

3204.19.07

Preparación a base de cantaxantina.

Kg

10

Ex.

3204.19.09

Preparación a base del éster etílico del ácido beta-8-apocarotenóico.

Kg

10

Ex.

3204.20.02

Agentes de blanqueo óptico fijables sobre fibra, derivados del ácido diaminoestilbendisulfónico, excepto lo comprendido en la fracción 3204.20.01.

Kg

7

Ex.

3204.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3204.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3205.00.01

En forma de dispersiones concentradas en acetato de celulosa, utilizables para colorear en la masa.

Kg

7

Ex.

3205.00.02

Lacas de aluminio en polvo o en dispersión con la siguiente clasificación de "Colour Index": amarillo 3(15985), 4(19140); azul 1(73015), 2(42090); rojo 7(16255), 9: 1(16135:1), 14:1(45430:1).

Kg

10

Ex.

3205.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3206.11.01

Con un contenido de dióxido de titanio superior o igual al 80% en peso, calculado sobre materia seca.

Kg

10

Ex.

3206.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3206.20.01

Pigmentos inorgánicos con la siguiente clasificación de "Colour Index": Pigmento amarillo 34; Pigmento rojo 104.

Kg

10

Ex.

3206.20.02

Pigmentos inorgánicos con la siguiente clasificación de "Colour Index": Pigmento amarillo 36; Pigmento verde 15, 17; Pigmento naranja 21.

Kg

10

Ex.

3206.20.03

Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de cromo, excepto lo comprendido en la fracción 3206.20.01 y 02.

Kg

10

Ex.

3206.30.01

Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de cadmio.

Kg

10

Ex.

3206.41.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3206.42.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3206.43.01

Pigmento azul 27.

Kg

10

Ex.

3206.43.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3206.49.01

En forma de dispersiones concentradas en acetato de celulosa, utilizables para colorear en la masa.

Kg

7

Ex.

3206.49.02

En forma de dispersiones concentradas de polietileno, utilizables para colorear en la masa.

Kg

7

Ex.

3206.49.03

Pigmentos inorgánicos dispersos en polipropileno en una concentración de 25 a 50%, con índice de fluidez de 30 a 45 gr./10 minutos y tamaño del pigmento de 3 a 5 micras.

Kg

7

Ex.

3206.49.04

Dispersiones de pigmentos nacarados o perlescentes a base de cristales de carbonato de plomo, con un contenido de sólidos igual o inferior al 65%.

Kg

10

Ex.

3206.49.05

Dispersiones de pigmentos nacarados o perlescentes a base de cristales de carbonato de plomo, superior a 85%, en sólidos fijos a 100 grados centígrados.

Kg

7

Ex.

3206.49.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3206.50.01

Polvos fluorescentes para tubos, excepto lo comprendido en la 3206.50.02.

Kg

10

Ex.

3206.50.02

Polvos fluorescentes para tubos de rayos catódicos, anuncios luminosos, lámparas de vapor de mercurio o luz mixta.

Kg

7

Ex.

3206.50.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3207.10.01

Opacificantes para esmaltes cerámicos cuya composición básica sea: anhídrido antimonioso 36.4%, óxido de titanio 29.1%, óxido de calcio 26.6%, fluoruro de calcio 3.5% y óxido de silicio 4.4%.

Kg

7

Ex.

3207.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3207.20.01

Esmaltes cerámicos a base de borosilicatos metálicos.

Kg

10

Ex.

3207.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3207.30.01

Abrillantadores (lustres) líquidos y preparaciones similares.

Kg

10

Ex.

3207.40.01

Vidrio en polvo o gránulos.

Kg

7

Ex.

3207.40.02

Vidrio en escamillas, aun cuando estén coloreadas o plateadas.

Kg

7

Ex.

3207.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3208.90.01

En pasta gris o negra, catódica o anódica dispersa en resinas epoxiaminadas y/o olefinas modificadas.

Kg

7

Ex.

3208.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3209.10.01

Barnices a base de resinas catiónicas de dimetilaminoetilmetacrilato o a base de resinas aniónicas del ácido metacrílico reaccionadas con ésteres del ácido metacrílico.

Kg

10

Ex.

3209.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3209.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3210.00.01

Barnices para la impresión de billetes de banco, cuando se importen por el Banco de México.

Kg

7

Ex.

3210.00.02

Pinturas a base de grafito artificial, cuya propiedad es impartir resistencia eléctrica.

Kg

7

Ex.

3210.00.03

Barniz grado farmacéutico a base de goma laca purificada al 60% en alcohol etílico.

Kg

7

Ex.

3210.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3211.00.01

Para la impresión de billetes de banco, cuando se importe por el Banco de México.

Kg

7

Ex.

3211.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3212.10.01

Hojas para el marcado a fuego.

Kg

10

Ex.

3212.90.01

Pastas a base de pigmentos de aluminio, molidos, mezclados íntimamente en un medio, no hojeables ("non-leafing"), utilizadas para la fabricación de pinturas.

Kg

7

Ex.

3212.90.02

Pastas a base de pigmentos de aluminio, molidos, mezclados íntimamente en un medio, hojeables ("leafing"), utilizadas para la fabricación de pinturas.

Kg

10

Ex.

3212.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3214.10.01

Masilla, cementos de resina y demás mástiques, excepto lo comprendido en la fracción 3214.10.02; plastes (enduidos) utilizados en pintura.

Kg

10

Ex.

3214.10.02

Sellador para soldaduras por puntos.

Kg

10

Ex.

3214.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3215.11.01

Para litografía o mimeógrafo.

Kg

10

Ex.

3215.11.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3215.19.01

Para la impresión de billetes de banco, cuando se importen por el Banco de México.

Kg

7

Ex.

3215.19.02

Para litografía.

Kg

10

Ex.

3215.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3215.90.01

De escribir.

Kg

10

Ex.

3215.90.02

Tintas a base de mezclas de parafinas o grasas con materias colorantes.

Kg

10

Ex.

3215.90.03

Pastas a base de gelatina.

Kg

10

Ex.

3215.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3301.11.01

De bergamota.

Kg

7

Ex.

3301.12.01

De naranja.

Kg

10

Ex.

3301.13.01

De la variedad Citrus limon-L Burm.

Kg

10

Ex.

3301.13.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3301.14.01

De la variedad Citrus limettoides Tan.

Kg

10

Ex.

3301.14.02

De la variedad Citrus aurantifolia-Christmann Swingle (limón "mexicano").

Kg

10

Ex.

3301.14.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3301.19.01

De toronja.

Kg

10

Ex.

3301.19.02

De mandarina.

Kg

10

Ex.

3301.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3301.21.01

De geranio.

Kg

7

Ex.

3301.22.01

De jazmín.

Kg

7

Ex.

3301.23.01

De lavanda (espliego) o de lavandín.

Kg

7

Ex.

3301.24.01

De menta piperita (Mentha piperita).

Kg

7

Ex.

3301.25.99

De las demás mentas.

Kg

7

Ex.

3301.26.01

De espicanardo ("vetiver").

Kg

7

Ex.

3301.29.01

De hojas de canelo de Ceylán.

Kg

7

Ex.

3301.29.03

De citronela.

Kg

7

Ex.

3301.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3301.30.01

Resinoides.

Kg

7

Ex.

3301.90.01

Oleorresinas de extracción, excepto las comprendidas en la fracción 3301.90.06.

Kg

10

Ex.

3301.90.02

Terpenos de cedro.

Kg

7

Ex.

3301.90.03

Terpenos de toronja.

Kg

10

Ex.

3301.90.05

Alcoholados, extractos o tinturas derivados de la raíz de Rawolfia heterophila que contenga el alcaloide llamado reserpina.

Kg

10

50

3301.90.06

Oleorresinas de extracción, de opio.

Kg

10

Ex.

3302.10.01

Extractos y concentrados de los tipos utilizados en la elaboración de bebidas que contengan alcohol, a base de sustancias odoríferas.

L

7

Ex.

3302.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3402.11.01

Sulfonatos sódicos de los hidrocarburos, excepto lo comprendido en la fracción 3402.11.02.

Kg

10

Ex.

3402.11.02

Sulfonatos sódicos de octenos y de isooctenos.

Kg

10

Ex.

3402.11.03

Lauril di o tri glicoleter sulfato de sodio al 70% de sólidos.

Kg

7

Ex.

3402.12.01

Amina cuaternaria de metil polietanol, en solución acuosa.

Kg

10

Ex.

3402.12.02

Sales cuaternarias de amonio, provenientes de ácidos grasos.

Kg

10

Ex.

3402.12.03

Dimetil amidas de los ácidos grasos del tall-oil.

Kg

7

Ex.

3402.12.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3402.13.01

Productos de la condensación del óxido de etileno o del óxido de propileno con alquilfenoles o alcoholes grasos.

Kg

10

Ex.

3402.13.02

Polisorbato (Ésteres grasos de sorbitán polioxietilado).

Kg

10

Ex.

3402.13.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3402.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3402.20.01

Preparaciones a base de N-metil-N-oleoil-taurato de sodio, oleato de sodio y cloruro de sodio.

Kg

7

Ex.

3402.20.02

Preparación que contenga aceite de ricino, un solvente aromático y un máximo de 80% de aceite de ricino sulfonado.

Kg

7

Ex.

3402.20.03

Preparaciones tensoactivas a base de lauril sulfato de amonio, de monoetanolamina, de trietanolamina, de potasio o de sodio; lauril éter sulfatos de amonio o sodio.

Kg

10

Ex.

3402.20.05

Tableta limpiadora que contenga papaína estabilizada en lactosa, con clorhidrato de cisteina, edetato disódico y polietilenglicol.

Kg

7

Ex.

3402.90.02

Composiciones constituidas por polialquifenol- formaldehído oxietilado y/o polioxipropileno oxietilado, aunque contengan solventes orgánicos, para la fabricación de desmulsificantes para la industria petrolera.

Kg

7

Ex.

3402.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3403.11.01

Preparaciones para el tratamiento de materias textiles, cueros y pieles, peletería u otras materias.

Kg

10

Ex.

3403.19.01

Preparación a base de sulfonatos sódicos de los hidrocarburos clorados.

Kg

7

Ex.

3403.19.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3403.91.01

Preparaciones para el tratamiento de materias textiles, cueros y pieles, peletería u otras materias.

Kg

10

Ex.

3403.99.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3404.10.01

De lignito modificado químicamente.

Kg

7

Ex.

3404.20.01

De poli(oxietileno) (polietilenglicol).

Kg

10

Ex.

3404.90.01

Ceras polietilénicas.

Kg

7

Ex.

3404.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3407.00.01

Preparaciones denominadas "ceras para odontología", a base de caucho o gutapercha.

Kg

10

Ex.

3407.00.02

Preparaciones denominadas "ceras para odontología", excepto lo comprendido en la fracción 3407.00.01.

Kg

10

Ex.

3407.00.03

Estuco o yeso preparado en polvo o en pasta para trabajos dentales.

Kg

10

Ex.

3407.00.04

Conjunto para impresiones dentales, conteniendo principalmente una pasta a base de hule o materias plásticas artificiales o sintéticas, un acelerador y un adhesivo, acondicionados para su venta al por menor.

Kg

10

Ex.

3407.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3501.10.01

Caseína.

Kg

7

Ex.

3501.90.01

Colas de caseína.

Kg

10

Ex.

3501.90.02

Caseinatos.

Kg

10

Ex.

3501.90.03

Carboximetil caseina, grado fotográfico, en solución.

Kg

10

Ex.

3501.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3502.11.01

Seca.

Kg

7

Ex.

3502.19.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

3502.20.01

Lactoalbúmina, incluidos los concentrados de dos o más proteínas del lactosuero.

Kg

10

Ex.

3502.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3503.00.01

Gelatina, excepto lo comprendido en las fracciones 3503.00.03 y 3503.00.04.

Kg

10

Ex.

3503.00.02

Colas de huesos o de pieles.

Kg

10

Ex.

3503.00.04

Gelatina grado farmacéutico.

Kg

10

Ex.

3503.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3504.00.01

Peptonas.

Kg

10

Ex.

3504.00.02

Peptonato ferroso.

Kg

7

Ex.

3504.00.04

Concentrado de proteínas del embrión de semilla de algodón, cuyo contenido en proteínas sea igual o superior al 50%.

Kg

7

Ex.

3504.00.05

Queratina.

Kg

7

Ex.

3504.00.06

Aislados de proteína de soja (soya).

Kg

7

Ex.

3504.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3505.10.01

Dextrina y demás almidones y féculas, modificados.

Kg

10

Ex.

3505.20.01

Colas.

Kg

10

Ex.

3506.10.01

Adhesivos a base de resinas plásticas.

Kg

10

Ex.

3506.10.02

Adhesivos a base de dextrinas, almidones y féculas.

Kg

10

Ex.

3506.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3506.91.02

Adhesivos a base de cianoacrilatos.

Kg

10

Ex.

3506.91.03

Adhesivos termofusibles al 100% de concentrado de sólidos, a base de materias plásticas artificiales, ceras y otros componentes.

Kg

10

Ex.

3506.91.04

Adhesivos a base de resinas de poliuretano, del tipo poliol, poliéster o polieter modificados con isocianatos, con o sin cargas y pigmentos.

Kg

10

Ex.

3506.99.01

Pegamentos a base de nitrocelulosa.

Kg

10

Ex.

3506.99.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3507.10.01

Cuajo y sus concentrados.

Kg

10

Ex.

3507.90.01

Hialuronidasa.

Kg

7

Ex.

3507.90.02

Papaína.

Kg

10

Ex.

3507.90.04

Cloruro de lisozima.

Kg

7

Ex.

3507.90.06

Diastasa de Aspergillus oryzae.

Kg

10

Ex.

3507.90.08

Amilasas; proteasas; mezcla de proteasas y amilasas.

Kg

10

Ex.

3507.90.09

Preparación de enzima proteolítica obtenida por fermentación sumergida del Bacillus subtilis y/o Bacillus licheniformis.

Kg

10

Ex.

3507.90.10

Preparación de enzimas pectolíticas.

Kg

7

Ex.

3507.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3601.00.01

Pólvora sin humo o negra.

Kg

7

Ex.

3601.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3602.00.01

Dinamita, excepto lo comprendido en la fracción 3602.00.02

Kg

10

Ex.

3602.00.02

Dinamita gelatina.

Kg

7

Ex.

3602.00.03

Cartuchos o cápsulas microgeneradores de gas utilizados en la fabricación de cinturones de seguridad para vehículos automotores.

Pza

10

Ex.

3602.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3603.00.01

Mechas de seguridad para minas con núcleo de pólvora negra.

Kg

10

Ex.

3603.00.02

Cordones detonadores.

Kg

10

Ex.

3603.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3606.10.01

Combustibles líquidos y gases combustibles licuados en recipientes de los tipos utilizados para cargar o recargar encendedores o mecheros, de capacidad inferior o igual
a 300 cm
3.

Kg

10

Ex.

3606.90.02

Ferrocerio y otras aleaciones pirofóricas, cualquiera que sea su forma de presentación.

Kg

7

Ex.

3701.10.01

Placas fotográficas para radiografías, excepto lo comprendido en la fracción 3701.10.02.

Kg

10

Ex.

3701.10.02

Placas fotográficas para radiografías, de uso dental.

Kg

7

Ex.

3701.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3701.99.01

Placas secas para fotografía.

Kg

10

Ex.

3701.99.02

Chapas de aluminio recubiertas con materiales sensibles a la luz o tratadas, para fotolitografía (offset).

Kg

10

Ex.

3701.99.03

Películas sensibilizadas de polietileno con base de papel para utilizarse como negativos en fotolitografía (offset).

Kg

7

Ex.

3701.99.04

Chapas sensibilizadas litoplanográficas trimetálicas para fotolitografía (offset).

Kg

10

Ex.

3701.99.05

Planchas litográficas fotopolímeras.

Kg

7

Ex.

3701.99.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3702.10.01

En rollos maestros para radiografías, con peso unitario superior o igual a 100 Kg.

Kg

7

Ex.

3702.10.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3702.32.01

Las demás, con emulsión de halogenuros de plata.

Kg

10

Ex.

3702.39.01

Películas fotopolimerizables.

Kg

7

Ex.

3702.39.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3702.41.01

En rollos maestros, para cinematógrafos o exposiciones fotográficas, sin movimiento, con peso unitario superior o igual a 100 Kg.

Kg

7

Ex.

3702.41.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3702.42.02

En rollos maestros, para cinematógrafos o exposiciones fotográficas, sin movimiento, con peso unitario igual o superior a 100 Kg.

Kg

7

Ex.

3702.42.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3702.43.01

De anchura superior a 610 mm y de longitud inferior o igual
a 200 m.

Kg

10

Ex.

3702.44.01

De anchura superior a 105 mm pero inferior o igual a 610 mm.

Kg

10

Ex.

3702.51.01

De anchura inferior o igual a 16 mm, y longitud inferior o igual
a 14 m.

Kg

10

Ex.

3702.52.01

De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud superior a 14 m.

Kg

10

Ex.

3702.53.01

De anchura superior a 16 mm pero inferior o igual a 35 mm y longitud inferior o igual a 30 m, para diapositivas.

Kg

10

Ex.

3702.54.01

De anchura superior a 16 mm, pero inferior o igual a 35 mm
y longitud inferior o igual a 30 m, excepto para diapositivas.

Kg

10

Ex.

3702.55.01

De anchura superior a 16 mm, pero inferior o igual a 35 mm y longitud superior a 30 m.

Kg

10

Ex.

3702.56.01

De anchura superior a 35 mm.

Kg

10

Ex.

3702.91.01

De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud inferior o igual
a 14 m.

Kg

10

Ex.

3702.91.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3702.93.01

De anchura superior a 16 mm, pero inferior o igual a 35 mm y longitud inferior o igual a 30 m.

Kg

10

Ex.

3702.94.01

De anchura superior a 16 mm, pero inferior o igual a 35 mm y longitud superior a 30 m.

Kg

10

Ex.

3702.95.01

Para fotografía instantánea.

Kg

10

Ex.

3702.95.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3703.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3703.20.01

Papeles para fotografía.

Kg

7

Ex.

3703.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3703.90.02

Papeles para fotografía.

Kg

7

Ex.

3704.00.01

Placas, películas, papel, cartón y textiles, fotográficos, impresionados pero sin revelar.

Kg

10

Ex.

3705.10.01

Placas y películas ortocromáticas reveladas, para la impresión de periódicos, libros, fascículos, revistas, material didáctico o colecciones.

Kg

7

Ex.

3705.10.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3705.20.01

Microfilmes.

Kg

7

Ex.

3706.10.02

Negativas, incluso las denominadas internegativas o "master".

Kg

10

Ex.

3707.10.01

Emulsiones para sensibilizar superficies.

Kg

10

Ex.

3707.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3801.10.01

Barras o bloques.

Kg

10

Ex.

3801.20.01

Grafito coloidal o semicoloidal.

Kg

7

Ex.

3801.30.01

Preparación refractaria que contenga básicamente coque, grafito, brea o alquitrán.

Kg

7

Ex.

3801.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3801.90.01

Monofilamentos constituidos por grafito soportado en fibra de vidrio, aun cuando se presenten formando mechas.

Kg

10

Ex.

3801.90.02

Mezclas para sinterizado, con un contenido igual o superior a 60% de grafito.

Kg

7

Ex.

3801.90.03

Placas rectangulares de carbón, grafito o de mezcla con estos materiales con aleación de metales comunes, siempre y cuando sus dimensiones sean inferiores o iguales a 30 cm utilizadas en la fabricación de escobillas, excepto los electrodos de carbón para lámparas.

Kg

7

Ex.

3801.90.04

A base de antracita aglomerada, con brea y/o alquitrán de hulla, aun cuando contenga coque.

Kg

7

Ex.

3801.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3802.10.01

Carbón activado.

Kg

10

Ex.

3802.90.01

Arcilla activada, excepto lo comprendido en la fracción 3802.90.02.

Kg

10

Ex.

3802.90.02

Tierras de fuller, activadas.

Kg

10

Ex.

3802.90.03

Negro de marfil.

Kg

7

Ex.

3802.90.04

Negro de huesos.

Kg

7

Ex.

3802.90.05

Negro de origen animal, excepto lo comprendido en las fracciones 3802.90.03 y 3802.90.04.

Kg

7

Ex.

3802.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3803.00.01

"Tall oil" (resina de lejías celulósicas), incluso refinado.

Kg

7

Ex.

3804.00.01

Lignosulfonatos cromados o sin cromar de calcio, sodio o potasio.

Kg

7

Ex.

3804.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3805.10.01

Esencia de trementina.

L

10

Ex.

3805.10.99

Los demás.

L

10

Ex.

3805.20.01

Aceite de pino.

Kg

10

Ex.

3805.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3806.10.01

Colofonias.

Kg

7

Ex.

3806.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3806.20.01

Sales de colofonias, de ácidos resínicos o de derivados de colofonias o de ácidos resínicos, excepto las sales de aductos
de colofonias.

Kg

10

Ex.

3806.30.01

Hidroabietato de pentaeritritol.

Kg

10

Ex.

3806.30.02

Resinas esterificadas de colofonias.

Kg

10

Ex.

3806.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3806.90.01

Mezcla de alcohol tetrahidroabietílico, alcohol dihidroabietílico y alcohol dehidroabietílico.

Kg

10

Ex.

3806.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3807.00.01

Alquitranes de madera; aceites de alquitrán de madera; creosota de madera; metileno (nafta de madera); pez vegetal; pez de cervecería y preparaciones similares a base de colofonia, de ácidos resínicos o de pez vegetal.

Kg

10

Ex.

3808.20.02

Etilen bis ditiocarbamato de manganeso con ión de cinc (Mancozeb).

Kg

10

Ex.

3808.40.01

Poli (dicloruro de oxietileno-(dimetilamonio)- etileno-(dimetilamonio)-etileno), en solución acuosa.

Kg

7

Ex.

3808.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3809.10.01

A base de materias amiláceas.

Kg

10

Ex.

3809.91.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3809.92.01

Preparaciones de polietileno con cera, con el 40% o más de sólidos, con una viscosidad de 200 a 250 centipoises a 25°C, y con un pH de 7.0 a 8.5.

Kg

10

Ex.

3809.92.02

Preparación constituida por fibrilas de polipropileno y pasta de celulosa, en placas.

Kg

7

Ex.

3809.92.03

Dimero ceténico de ácidos grasos monocarboxílicos.

Kg

10

Ex.

3809.92.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3809.93.01

De los tipos utilizados en la industria del cuero o industrias similares.

Kg

10

Ex.

3810.10.01

Preparaciones para el decapado de metal; pastas y polvos para soldar, constituidos por metal y otros productos.

Kg

10

Ex.

3810.90.01

Fundentes para soldadura, usados en el proceso de arco sumergido, en forma de gránulos o pellets, a base de silicato y óxidos metálicos.

Kg

10

Ex.

3810.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3811.11.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3811.19.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3811.21.01

Sulfonatos y/o fenatos de calcio de los hidrocarburos y sus derivados.

Kg

10

Ex.

3811.21.02

Derivados de ácido y/o anhídrido poliisobutenil succínico, incluyendo amida, imida o ésteres.

Kg

10

Ex.

3811.21.03

Ditiofosfato de cinc disubstituidos con radicales de C3 a C18, y sus derivados.

Kg

10

Ex.

3811.21.04

Mezclas a base de poliisobutileno o diisobutileno sulfurizados.

Kg

7

Ex.

3811.21.06

Sales de O,O-dihexil ditiofosfato de alquilaminas primarias con radicales alquilo de C10 a C14.

Kg

7

Ex.

3811.21.07

Aditivos para aceites lubricantes cuando se presenten a granel, excepto lo comprendido en las fracciones 3811.21.01, 3811.21.02, 3811.21.03, 3811.21.04, 3811.21.05 y 3811.21.06.

Kg

10

Ex.

3811.29.01

A base de sulfonatos y/o fenatos de calcio de los hidrocarburos y sus derivados.

Kg

10

Ex.

3811.29.02

Derivados de ácido y/o anhídrido poliisobutenil succínico, incluyendo amida, imida o ésteres.

Kg

10

Ex.

3811.29.03

Ditiofosfato de cinc disubstituidos con radicales de C3 a C18, y sus derivados.

Kg

10

Ex.

3811.29.04

Mezclas a base de poliisobutileno o diisobutileno sulfurizados.

Kg

7

Ex.

3811.29.06

Sales de O,O-dihexil ditiofosfato de alquilaminas primarias con radicales alquilo de C10 a C14.

Kg

7

Ex.

3811.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3811.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3812.10.01

Aceleradores de vulcanización preparados.

Kg

10

Ex.

3812.20.01

Plastificantes compuestos para caucho o plástico.

Kg

10

Ex.

3812.30.01

Estabilizantes para compuestos plásticos vinílicos, a base de estaño, plomo, calcio, bario, cinc y/o cadmio.

Kg

10

Ex.

3812.30.02

Mezcla antiozonante a base de o-tolil-o-anilina-p-fenilen-diamina, difenil-p-fenilendiamina y di-o-tolil-p-fenilendiamina.

Kg

10

Ex.

3812.30.03

Mezcla de nitrilos de ácidos grasos.

Kg

7

Ex.

3812.30.04

2,2,4-Trimetil-1,2-dihidro-quinolina polimerizada.

Kg

10

Ex.

3812.30.05

Poli ((6-((1,1,3,3 tetrametil butil)-imino)-1, 3,5-triazina-2, 4-diil)(2-(2,2,6,6-tetrametil-piperidil)-imino)-hexametilén(4-(2,2,6,6-tetra metil-piperidil)-imino)).

Kg

7

Ex.

3812.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3813.00.01

Preparaciones y cargas para aparatos extintores; granadas y bombas extintoras.

Kg

10

Ex.

3814.00.01

Disolventes y diluyentes orgánicos compuestos, no expresados ni comprendidos en otras partidas; preparaciones para quitar pinturas o barnices.

Kg

10

Ex.

3815.11.01

A base de níquel Raney, de óxido de níquel disperso en ácidos grasos.

Kg

7

Ex.

3815.11.02

A base de níquel, disperso en grasa y tierra de diatomaceas.

Kg

7

Ex.

3815.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3815.12.01

A base de sulfuro de platino soportado sobre carbón.

Kg

7

Ex.

3815.12.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3815.19.01

A base de pentóxido de vanadio.

Kg

10

Ex.

3815.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3815.90.01

Catalizador para preparación de siliconas.

Kg

7

Ex.

3815.90.02

Iniciadores de polimerización a base de peróxidos o peroxidicarbonatos orgánicos.

Kg

10

Ex.

3816.00.01

De cromo o cromita o cromomagnesita o magnesita.

Kg

10

Ex.

3816.00.02

Mortero refractario, a base de dióxido de silicio, óxido de aluminio y óxido de calcio.

Kg

10

Ex.

3816.00.03

Mortero o cemento refractario de cyanita, andalucita, silimanita o mullita.

Kg

10

Ex.

3816.00.04

De óxido de circonio o silicato de circonio, aun cuando contenga alumina o mullita.

Kg

7

Ex.

3816.00.05

Mortero o cemento refractario, con contenido igual o superior a 90% de óxido de aluminio.

Kg

10

Ex.

3816.00.06

Compuestos de 44% a 46% de arenas silíceas, 24% a 26% de carbono y 29% a 31% de carburo de silicio.

Kg

10

Ex.

3816.00.07

A base de dolomita calcinada, aun cuando contenga magnesita calcinada.

Kg

10

Ex.

3816.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3817.00.02

Mezcla de dialquilbencenos.

Kg

7

Ex.

3817.00.04

Mezclas de alquilnaftalenos.

Kg

10

Ex.

3817.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3818.00.01

Elementos químicos dopados para uso en electrónica, en discos, obleas ("wafers") o formas análogas; compuestos químicos dopados para uso en electrónica.

Kg

10

Ex.

3819.00.03

Líquidos para transmisiones hidráulicas a base de ésteres fosfóricos o hidrocarburos clorados y aceites minerales.

Kg

10

Ex.

3820.00.01

Preparaciones anticongelantes y líquidos preparados para descongelar.

Kg

10

Ex.

3821.00.01

Medios de cultivo preparados para el desarrollo de microorganismos.

Kg

10

Ex.

3822.00.01

Placas, hojas, láminas, hojas o tiras, de plástico, impregnadas o recubiertas con reactivos para diagnóstico o laboratorio.

Kg

10

Ex.

3822.00.02

Tabletas medio reactivo no acondicionadas para su venta al por menor.

Kg

10

Ex.

3822.00.03

Placas, hojas, láminas, hojas o tiras, de papel, impregnadas o recubiertas con reactivos para diagnóstico o laboratorio.

Kg

7

Ex.

3822.00.04

Juegos o surtidos de reactivos de diagnóstico, para las determinaciones en el laboratorio de química clínica, excepto lo comprendido en las fracciones 3822.00.01 y 3822.00.03.

Kg

10

Ex.

3822.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3823.11.01

Ácido esteárico (Estearina).

Kg

7

Ex.

3823.12.01

Ácido oléico (Oleína), excepto lo comprendido en la fracción 3823.12.02.

Kg

7

Ex.

3823.12.02

Ácido oléico, cuyas características sean "Titer" menor de 25 grados centígrados índice de yodo de 80 a 100; color Gardner
12 máximo, índice de acidez de 195 a 204, índice de saponificación de 197 a 206, composición de ácido oléico 70% mínimo.

Kg

10

Ex.

3823.19.01

Aceites ácidos del refinado.

Kg

7

Ex.

3823.19.02

Ácido graso cuyas características sean: "Titer" de 52 a 69 grados C, índice de yodo 12 máximo, color Gardner 3.5 máximo, índice de acidez de 193 a 211, índice de saponificación de 195 a 212, composición: ácido palmítico 55% y ácido esteárico 35% mínimo.

Kg

10

Ex.

3823.19.03

Ácido palmítico, cuyas características sean: "Titer" de 53 a 62 grados C, índice de yodo 2 máximo, color Gardner de 1 a 12, índice de acidez de 206 a 220, índice de saponificación de 207 a 221, composición de ácido palmítico de 64% mínimo.

Kg

10

Ex.

3823.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3823.70.99

Los demás.

L

7

Ex.

3824.10.01

Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición.

Kg

10

Ex.

3824.20.01

Acidos nafténicos; Dinonilnaftalen sulfonato de plomo.

Kg

7

Ex.

3824.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3824.30.01

Mezclas de polvos de carburo de tungsteno con uno o varios de los elementos: carburo de tántalo, carburo de titanio, cobalto, níquel, molibdeno, cromo o colombio; aun cuando contengan parafina.

Kg

7

Ex.

3824.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3824.40.01

Para cemento.

Kg

10

Ex.

3824.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3824.50.01

Preparaciones a base de fierro molido, arena silica y cemento hidráulico.

Kg

10

Ex.

3824.50.02

Mezclas de arena de circonio, arena silica y resina.

Kg

7

Ex.

3824.50.03

Aglutinantes vitrificadores o ligas cerámicas.

Kg

7

Ex.

3824.50.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3824.60.01

Sorbitol, excepto el de la subpartida 2905.44.

Kg

10

Ex.

3824.71.01

Que contengan hidrocarburos acíclicos perhalogenados únicamente con flúor y cloro.

Kg

7

Ex.

3824.79.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

3824.90.01

Preparaciones borra tinta.

Kg

10

Ex.

3824.90.02

Composiciones a base de materias vegetales para desincrustar calderas.

Kg

10

Ex.

3824.90.03

Desincrustantes para calderas, a base de materias minerales, aun cuando contengan productos orgánicos.

Kg

10

Ex.

3824.90.04

Blanqueadores para harina a base de peróxido de benzoilo y fosfato de calcio.

Kg

10

Ex.

3824.90.05

Polisebacato de propilenglicol.

Kg

10

Ex.

3824.90.06

Soluciones anticoagulantes para sangre humana en envases iguales o menores a 500 cm3.

Kg

7

Ex.

3824.90.07

Preparaciones para impedir que resbalen las poleas.

Kg

10

Ex.

3824.90.08

Aceites minerales sulfonados, insolubles en agua.

Kg

10

Ex.

3824.90.09

Indicadores de temperatura por fusión.

Kg

7

Ex.

3824.90.10

Conservadores de forrajes a base de formiato de calcio y nitrato de sodio.

Kg

10

Ex.

3824.90.11

Mezclas a base de poliéter-alcohol alifático.

Kg

7

Ex.

3824.90.12

Cloroparafinas.

Kg

10

Ex.

3824.90.13

Composiciones a base de materias minerales para el sellado y limpieza de radiadores.

Kg

10

Ex.

3824.90.15

Composiciones a base de materias vegetales para sellado y limpieza de radiadores.

Kg

10

Ex.

3824.90.16

Mezclas de fosfato de cresilo y derivados sulfurados.

Kg

10

Ex.

3824.90.17

Ácidos grasos dimerizados.

Kg

10

Ex.

3824.90.19

Mezclas a base de compuestos cíclicos polimetil siloxánicos, con 60% máximo de alfa, omega-dihidroxi-dimetil polisiloxano.

Kg

7

Ex.

3824.90.21

N-Alquiltrimetilendiamina, donde el radical alquilo sea de 8 a 22 átomos de carbono.

Kg

10

Ex.

3824.90.22

Sílice en solución coloidal.

Kg

7

Ex.

3824.90.23

Pentaclorotiofenol con aditivos de efecto activador y dispersante.

Kg

7

Ex.

3824.90.24

Mezcla a base de carbonato de sodio, hipofosfato de sodio, y cloruro de calcio.

Kg

10

Ex.

3824.90.25

Mezclas de N,N-dimetil-alquilaminas o N,N- dialquil-metilaminas.

Kg

10

Ex.

3824.90.26

Mezcla de éteres monoalílicos de mono-,di-, y trimetilolfenoles.

Kg

7

Ex.

3824.90.27

Preparación en polvo, a base de silicatos y sulfatos, para trabajo de joyería.

Kg

10

Ex.

3824.90.28

Mezcla de 27 a 29% de ácidos resínicos de la colofonía, 56 a 58% de compuestos fenólicos de alto peso molecular, tales como flobafenos e hidroxometoxiestilbeno, y 14 a 16% de "compuestos neutros" formados por cera, terpenos polimerizados y dimetoxiestilbeno.

Kg

7

Ex.

3824.90.30

1,1,1-Tri(4-metil-3-isocianfenilcarbamoil) propano, en acetato de etilo.

Kg

10

Ex.

3824.90.31

4,4,4'-Triisocianato de trifenilmetano, en 20% de cloruro de metileno.

Kg

7

Ex.

3824.90.32

N,N,N'-Tri(isocianhexametilen) carbamilurea con una concentración superior al 50%, en disolventes orgánicos.

Kg

7

Ex.

3824.90.33

Mezcla a base de dos o más siliciuros.

Kg

7

Ex.

3824.90.34

Preparación antiincrustante o desincrustante del concreto.

Kg

10

Ex.

3824.90.35

Preparación a base de carbón activado y óxido de cobre.

Kg

7

Ex.

3824.90.36

Preparaciones a base de éster del ácido anísico halogenado disolventes y emulsificantes.

Kg

10

Ex.

3824.90.38

Preparación a base de alúmina, silicatos y carbonatos alcalinos y carbono.

Kg

7

Ex.

3824.90.39

Preparación a base de 45% a 53% de cloruro de magnesio y cloruro de potasio, cloruro de bario, fluoruro de calcio y óxido de magnesio.

Kg

10

Ex.

3824.90.40

Preparaciones para detectar fallas en materiales, incluso los polvos magnetizables coloreados.

Kg

7

Ex.

3824.90.41

Cartuchos con preparados químicos que al reaccionar producen luz fría.

Kg

7

Ex.

3824.90.42

Mezcla que contenga principalmente sal sódica de la hexametilenimina y tiocloroformato de S-etilo.

Kg

10

Ex.

3824.90.43

Mezcla de alquil-amina, donde el radical alquilo sea de 16 a 22 átomos de carbono.

Kg

10

Ex.

3824.90.44

Aglutinantes vitrificadores o ligas cerámicas.

Kg

7

Ex.

3824.90.45

Mezcla a base de politetrafluoroetileno y sílica gel.

Kg

7

Ex.

3824.90.48

Preparación para producir niebla artificial ("Humo líquido").

Kg

7

Ex.

3824.90.49

Anhídrido poliisobutenil succínico, diluido en aceite mineral.

Kg

10

Ex.

3824.90.50

Monooleato de glicerol adicionado de estearato de sorbitan etoxilado.

Kg

10

Ex.

3824.90.51

Ésteres metílicos de ácidos grasos de 16 a 18 átomos de carbono; ésteres acéticos y tartáricos de monoglicéridos de ácidos grasos; mezclas de ésteres dimetílicos de los ácidos adípico, glutárico y succínico.

Kg

7

Ex.

3824.90.52

Mezclas de N,N-dimetilamidas de ácidos grasos de aceite de soya.

Kg

7

Ex.

3824.90.53

Dialquenil hidrógeno fosfito con radicales alquenilos de 12 a 20 átomos de carbono.

Kg

7

Ex.

3824.90.54

Resinas de guayaco, modificada con sustancias nitrogenadas.

Kg

10

Ex.

3824.90.56

Preparaciones endurecedoras o agentes curantes para resinas epóxicas a base de mercaptanos o de mezclas de poliamidas con resinas epóxicas o 4,4'-isopropilidendifenol.

Kg

10

Ex.

3824.90.57

Sal orgánica compuesta por silicatos de arcillas bentónicas o modificados con compuestos cuaternarios de amonio.

Kg

10

Ex.

3824.90.58

Mezcla de mono, di y triglicéridos de ácidos saturados de longitud de cadena C12 a C18.

Kg

10

Ex.

3824.90.59

Mezclas orgánicas, extractantes a base de dodecilsalicilaldoxima, con alcohol tridecílico y keroseno.

Kg

7

Ex.

3824.90.61

Ácidos bencensulfónicos mono o polisubstituidos por radicales alquilo de C10 a C28.

Kg

7

Ex.

3824.90.62

Mezcla de alcoholes conteniendo, en promedio, isobutanol 61%, n-pentanol 24%, metil-2-butanol 12% y metil-3-butanol 1-3%.

Kg

7

Ex.

3824.90.63

Mezcla de polietilen poliaminas conteniendo de 32 a 38% de nitrógeno.

Kg

7

Ex.

3824.90.64

Mezclas de poliésteres derivados de benzotriazol.

Kg

7

Ex.

3824.90.65

Mezcla de ceras de polietileno, parafina y dioctil estanato ditioglicólico, en resina fenólica y estearato de calcio como vehículos.

Kg

7

Ex.

3824.90.66

Mezcla de alcoholato de sodio y alcohol alifático polivalente.

Kg

7

Ex.

3824.90.67

Mezcla de éteres glicidílicos alifáticos donde los grupos alquílicos son predominantemente C12 y C14.

Kg

7

Ex.

3824.90.68

Mezcla de 3,5-diterbutil-4-hidroxibencil monoetil fosfonato de calcio y cera de polietileno.

Kg

7

Ex.

3824.90.69

Mezcla de dimetil metil fosfonato y fosfonato de triarilo.

Kg

7

Ex.

3824.90.70

Mezcla de metilen y anilina y polimetilen polianilinas.

Kg

7

Ex.

3824.90.71

Mezcla de difenilmetan diisocianato y polimetilen polifenil isocianato.

Kg

7

Ex.

3824.90.72

Preparación selladora de ponchaduras de neumáticos automotrices, a base de etilenglicol.

Kg

7

Ex.

3824.90.75

Preparación a base de óxido de magnesio y sílice, electrofundido, y de partículas recubiertas con silicón, llamado “Óxido de Magnesio grado eléctrico”.

Kg

7

Ex.

3824.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3825.10.01

Desechos y desperdicios municipales.

Kg

7

Ex.

3825.20.01

Lodos de depuración.

Kg

7

Ex.

3825.30.01

Desechos clínicos.

Kg

7

Ex.

3825.41.01

Halogenados.

Kg

7

Ex.

3825.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3825.50.01

Desechos y soluciones decapantes, fluidos hidráulicos, líquidos para frenos, y líquidos anticongelantes.

Kg

7

Ex.

3825.61.03

Que contengan principalmente caucho sintético, o materias plásticas.

Kg

7

Ex.

3825.61.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3825.69.01

Aguas amoniacales y masa depuradora agotada procedente de la depuración del gas de alumbrado.

Kg

10

Ex.

3825.69.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3825.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3901.30.01

Copolímeros de etileno y acetato de vinilo.

Kg

7

Ex.

3901.90.01

Copolímero (etileno-anhídrido maléico).

Kg

7

Ex.

3901.90.02

Polietileno, clorado o clorosulfonado sin cargas ni modificantes, ni pigmentos.

Kg

7

Ex.

3901.90.03

Copolímeros de etileno y ácido acrílico, o metacrílico.

Kg

7

Ex.

3901.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3902.10.01

Sin adición de negro de humo.

Kg

7

Ex.

3902.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3902.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3902.30.01

Copolímeros de propileno, sin adición de negro de humo.

Kg

7

Ex.

3902.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3902.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3903.11.01

Expandible.

Kg

10

Ex.

3903.19.01

Homopolímero de alfa metilestireno.

Kg

7

Ex.

3903.19.02

Poliestireno cristal.

Kg

10

Ex.

3903.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3903.20.01

Copolímero de (estireno-acrilonitrilo) (SAN).

Kg

10

Ex.

3903.30.01

Copolímeros de (acrilonitrilobutadieno- estireno) (ABS).

Kg

7

Ex.

3903.90.01

Copolímeros de (estireno-vinilo).

Kg

10

Ex.

3903.90.02

Copolímeros de (estireno-maléico).

Kg

10

Ex.

3903.90.03

Copolímero clorometilado de (estireno-divinil- benceno).

Kg

7

Ex.

3903.90.04

Copolímeros elastoméricos termoplásticos.

Kg

7

Ex.

3903.90.05

Copolímeros del estireno, excepto lo comprendido en las fracciones 3903.90.01 a la 3903.90.04.

Kg

10

Ex.

3903.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3904.10.01

Poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) obtenido por el proceso de polimerización en emulsión que, en dispersión (50% resina y 50% dioctilftalato), tenga una finura de 7 Hegman mínimo.

Kg

7

Ex.

3904.10.02

Poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) obtenido por el proceso de polimerización en emulsión, cuyo tamaño de partícula sea de 30 micras, que al sinterizarse en una hoja de 0.65 mm de espesor se humecte uniformemente en un segundo (en electrolito de 1.280 de gravedad específica) y con un tamaño de poro de 14 a 18 micras con una porosidad Gurley mayor de 35 segundos (con un Gurley no. 4110).

Kg

7

Ex.

3904.10.03

Poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) obtenido por los procesos de polimerización en masa o suspensión.

Kg

7

Ex.

3904.10.04

Poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) obtenido por el proceso de polimerización en emulsión o dispersión, excepto lo comprendido en las fracciones 3904.10.01 y 3904.10.02.

Kg

7

Ex.

3904.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3904.21.01

Dispersiones acuosas de poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.), de viscosidades menores de 200 centipoises.

Kg

7

Ex.

3904.21.02

Poli(cloruro de vinilo) clorado, con un contenido mínimo de cloro de 64%, con o sin aditivos para moldear.

Kg

7

Ex.

3904.21.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3904.22.01

Plastificados.

Kg

7

Ex.

3904.30.01

Copolímero de (cloruro de vinilo-acetato de vinilo), sin cargas ni modificantes, cuyo tiempo de disolución total a 25°C en una solución de una parte de copolímero, y 4 partes de metil-etilcetona, sea menor de 30 minutos.

Kg

7

Ex.

3904.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3904.40.01

Copolímeros de (cloruro de vinilo-vinil isobutil éter).

Kg

7

Ex.

3904.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3904.50.01

Polímeros de (cloruro de vinilideno).

Kg

7

Ex.

3904.69.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3904.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3905.12.01

En dispersión acuosa.

Kg

10

Ex.

3905.19.01

Emulsiones y soluciones a base de poli(acetato de vinilo), excepto lo comprendido en las fracciones 3905.19.02 y 3905.19.03.

Kg

10

Ex.

3905.19.02

Poli(acetato de vinilo) resina termoplástica grado alimenticio, con peso molecular de 30,000 máximo y punto de ablandamiento de 90º C máximo.

Kg

10

Ex.

3905.19.03

Poli(acetato de vinilo), resina termoplástica, con peso molecular mayor de 30,000 y punto de ablandamiento mayor a 90° C.

Kg

7

Ex.

3905.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3905.21.01

En dispersión acuosa.

Kg

10

Ex.

3905.29.01

Emulsiones y soluciones a base de copolímeros de acetato de vinilo, excepto lo comprendido en la fracción 3905.29.02.

Kg

10

Ex.

3905.29.02

Copolímero de (acetato de vinilo-vinil pirrolidona).

Kg

7

Ex.

3905.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3905.30.01

Poli(alcohol vinílico), incluso con grupos acetato sin hidrolizar.

Kg

7

Ex.

3905.91.01

Copolímeros.

Kg

7

Ex.

3905.99.01

Polivinilpirrolidona.

Kg

7

Ex.

3905.99.02

Polivinil butiral.

Kg

7

Ex.

3905.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3906.10.01

Poli(metacrilato de metilo) incluso modificado con un valor Vicat superior a 90° C según ASTM D-1525.

Kg

7

Ex.

3906.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3906.90.01

Poli(acrilato de sodio) al 12% en solución acuosa.

Kg

10

Ex.

3906.90.02

Resinas acrílicas hidroxiladas, sus copolímeros y terpolímeros.

Kg

10

Ex.

3906.90.03

Poliacrilatos, excepto lo comprendido en las fracciones 3906.90.01, 3906.90.05, 3906.90.06, 3906.90.08, 3906.90.09.

Kg

10

Ex.

3906.90.04

Poli(acrilonitrilo), sin pigmentar.

Kg

10

Ex.

3906.90.05

Poli(acrilato de n-butilo).

Kg

7

Ex.

3906.90.06

Terpolímero de (etileno-ácido acrilico-éster del ácido acrílico).

Kg

7

Ex.

3906.90.07

Copolímero de (acrilamida-cloruro de metacriloil oxietil trimetil amonio).

Kg

7

Ex.

3906.90.09

Copolímero de (metacrilato de metilo-acrilato de etilo), en polvo.

Kg

10

Ex.

3906.90.10

Poli(metacrilato de sodio).

Kg

7

Ex.

3906.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3907.10.01

Poli(oximetileno) aun cuando esté pigmentado y adicionado de cargas y modificantes, (pellets).

Kg

10

Ex.

3907.10.02

Poli(oximetileno), en polvo.

Kg

7

Ex.

3907.10.03

Copolímeros de trioxano con éteres cíclicos, aun cuando estén pigmentados y adicionados de cargas y modificantes (pellets).

Kg

10

Ex.

3907.10.04

Copolímeros de trioxano con éteres cíclicos, sin pigmentar y sin adición de cargas y modificantes.

Kg

7

Ex.

3907.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3907.20.01

Resinas de poli(2,2-bis(3,4-dicarboxifenoxi)) fenil propanol-2-fenilen bis imida.

Kg

7

Ex.

3907.20.02

Poli(óxido de 2,6-dimetilfenileno) en polvo, sin cargas, refuerzos, pigmentos, estabilizadores y desmoldantes (Poli(óxido de fenileno)).

Kg

7

Ex.

3907.20.03

Resinas poliéter modificadas, con función oxazolina o uretano-amina o uretano- poliolefinas, solubles en agua después de neutralizar con ácidos orgánicos débiles.

Kg

7

Ex.

3907.20.04

Poli(tetrametilen éter glicol).

Kg

7

Ex.

3907.20.05

Poli(oxietileno).

Kg

10

Ex.

3907.20.06

Poli(propilenglicol).

Kg

10

Ex.

3907.20.07

Poli(oxipropilenetilenglicol)-alcohol, de peso molecular hasta 8,000.

Kg

10

Ex.

3907.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3907.30.01

Resinas epóxidas, excepto lo comprendido en la fracción 3907.30.02.

Kg

10

Ex.

3907.30.02

Resinas epóxidas tipo etoxilinas cicloalifaticas o novolacas.

Kg

7

Ex.

3907.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3907.40.01

Resinas a base de policarbonatos, en forma líquida o pastosa, incluidas las emulsiones, dispersiones y soluciones.

Kg

7

Ex.

3907.40.02

Resina resultante de carbonato de difenilo y 2,2-bis(4-hidroxifenil)propano con o sin adición de cargas, refuerzos, desmoldantes, pigmentos, modificadores, estabilizadores u otros aditivos.

Kg

7

Ex.

3907.40.03

Resinas a base de policarbonato (51%) y polibutilen tereftalato (49%), mezcladas en aleación entre sí y/o con otros poliésteres termoplásticos, (20%), con o sin cargas, refuerzos, pigmentos, aditivos o modificadores en gránulos.

Kg

7

Ex.

3907.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3907.50.01

Resinas alcídicas (alquídicas), sin pigmentar, en forma líquida o pastosa, incluidas las emulsiones, dispersiones y soluciones.

Kg

10

Ex.

3907.50.02

Resinas alcídicas, modificadas con uretanos.

Kg

7

Ex.

3907.50.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3907.60.01

Resinas de poli(tereftalato de etileno) solubles en cloruro de metileno.

Kg

7

Ex.

3907.60.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3907.91.01

Elastómero termoplástico a base de copolímeros de poli(ester-éter) en aleación con polibutilentereftalato, con o sin cargas, refuerzos, pigmentos, aditivos y modificadores en gránulos.

Kg

7

Ex.

3907.91.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3907.99.01

Poliésteres del ácido adípico, modificados.

Kg

10

Ex.

3907.99.02

Resina poliéster derivada del ácido adípico y glicoles.

Kg

7

Ex.

3907.99.03

Resina termoplástica derivada de la policondensación del 1,4-butanodiol y dimetil tereftalato con cargas, refuerzos, pigmentos y aditivos, en gránulos.

Kg

7

Ex.

3907.99.04

Resina termoplástica derivada de la policondensación del 1,4-butanodiol y dimetil tereftalato sin cargas, refuerzos, pigmentos y aditivos.

Kg

7

Ex.

3907.99.05

Polibutilen tereftalato, excepto lo comprendido en las fracciones 3907.99.03 y 3907.99.04.

Kg

7

Ex.

3907.99.06

Resinas de poliéster con función oxirano.

Kg

7

Ex.

3907.99.08

Resina para electrodepositación catódica poliéster-epoxiaminada, con un contenido de 60 a 80% de sólidos.

Kg

7

Ex.

3907.99.09

Resina poliéster a base de ácido p-hidroxibenzoico, ácido tereftálico y p-dihidroxibifenilo, con aditivos, reforzantes y catalizadores.

Kg

7

Ex.

3907.99.10

Poliésteres del ácido tereftálico-ácido isoftálico-butanodiol-polietilenglicol, excepto lo comprendido en la fracción 3907.99.07.

Kg

7

Ex.

3907.99.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3908.10.01

Polímeros de la hexametilendiamina y ácido dodecandioico.

Kg

7

Ex.

3908.10.02

Poliamida del adipato de hexametilendiamina.

Kg

7

Ex.

3908.10.03

Superpoliamida del ácido 11-aminoundecanoico.

Kg

7

Ex.

3908.10.04

Polímeros de la caprolactama sin pigmentar, ni contener materias colorantes.

Kg

10

Ex.

3908.10.05

Poliamidas o superpoliamidas, excepto lo comprendido en las fracciones 3908.10.01 a la 3908.10.04 y 3908.10.06.

Kg

10

Ex.

3908.10.06

Poliamida 12.

Kg

10

Ex.

3908.10.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3908.90.01

Poli(epsilón-caprolactama), en forma líquida o pastosa, incluidas las emulsiones, dispersiones y soluciones.

Kg

7

Ex.

3908.90.02

Terpoliamidas cuyo contenido en peso sea de 20 a 60% de la lactama del ácido dodecandióico o de la dodelactama y ácido undecanoico, de 10 a 50% de adipato de hexametilendiamina y de 10 a 45% de caprolactama.

Kg

7

Ex.

3908.90.03

Resina de poliamida sintética MXD6.

Kg

10

Ex.

3908.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3909.10.01

Resinas uréicas; resinas de tiourea.

Kg

10

Ex.

3909.20.01

Melamina formaldehído, sin materias colorantes, en forma líquida incluidas las emulsiones, dispersiones y soluciones.

Kg

10

Ex.

3909.20.02

Melamina formaldehído, aun cuando estén pigmentadas, excepto con negro de humo y en forma líquida o pastosa, incluidas las emulsiones.

Kg

10

Ex.

3909.20.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3909.30.01

Aminoplastos en solución incolora.

Kg

10

Ex.

3909.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3909.40.01

Resinas de fenol-formaldehído, modificadas con vinil formal, con disolventes y anticomburentes.

Kg

10

Ex.

3909.40.02

Resinas provenientes de la condensación del fenol y sus derivados, con el formaldehído, y/o paraformaldehído, con o sin adición de modificantes.

Kg

10

Ex.

3909.40.03

Resinas de fenol-formaldehído éterificadas sin modificar.

Kg

7

Ex.

3909.40.04

Resina del ácido carbanilico.

Kg

7

Ex.

3909.40.05

Fenoplastos.

Kg

10

Ex.

3909.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3909.50.01

Poliuretanos, sin pigmentos, cargas o modificantes en forma líquida o pastosa, incluidas las emulsiones, dispersiones y soluciones.

Kg

10

Ex.

3909.50.02

Poliuretanos, sin pigmentos, cargas o modificantes, excepto lo comprendido en la fracción 3909.50.01.

Kg

10

Ex.

3909.50.03

Prepolímeros y polímeros de difenilmetandiisocianato y polimetilen polifenil isocianato hasta 17% de isocianato libre, excepto lo comprendido en la fracción 3909.50.05.

Kg

10

Ex.

3909.50.04

Prepolímeros y polímeros de difenilmetan diisocianato y polimetilen polifenil isocianato con más del 17% de isocianato libre, excepto lo comprendido en la fracción 3909.50.05.

Kg

7

Ex.

3909.50.05

Prepolímero obtenido a partir de difenilmetan 4,4´-diisocianato y polipropilenglicol.

Kg

7

Ex.

3909.50.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3910.00.01

Resinas de silicona ("potting compound") para empleo electrónico.

Kg

7

Ex.

3910.00.02

Resinas de poli(metil-fenil-siloxano), aun cuando estén pigmentadas.

Kg

7

Ex.

3910.00.03

Alfa-Omega-Dihidroxi-dimetil polisiloxano, excepto lo comprendido en la fracción 3910.00.05.

Kg

7

Ex.

3910.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3911.10.01

Resinas de petróleo, resinas de cumarona, resinas de indeno, resinas de cumarona-indeno y politerpenos.

Kg

7

Ex.

3911.90.01

Resinas de policondensación de cetonas y aldehídos, modificadas.

Kg

7

Ex.

3911.90.02

Resinas maléicas a base de butadieno o polibutadieno modificadas con ácido resolcarboxílico para terbútil fenol, solubles al agua sin pigmentar del 65 al 70%.

Kg

7

Ex.

3911.90.03

Resinas de anacardo modificadas.

Kg

10

Ex.

3911.90.04

Resinas provenientes de la condensación del alcohol furfurílico con el formaldehído incluso con modificantes.

Kg

10

Ex.

3911.90.05

Resinas de poliamida-epiclorhidrina.

Kg

7

Ex.

3911.90.06

Polihidantoinas.

Kg

7

Ex.

3911.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3912.11.01

Sin plastificar.

Kg

7

Ex.

3912.12.01

Plastificados.

Kg

7

Ex.

3912.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3912.31.01

Carboximetilcelulosa y sus sales.

Kg

10

Ex.

3912.39.01

Metilcelulosa, en forma líquida o pastosa, incluidas las emulsiones, dispersiones o soluciones.

Kg

7

Ex.

3912.39.02

Etilcelulosa.

Kg

7

Ex.

3912.39.03

Metilcelulosa, excepto lo comprendido en la fracción 3912.39.01.

Kg

7

Ex.

3912.39.04

Hidroxietilcelulosa; etilhidroxietilcelulosa.

Kg

10

Ex.

3912.39.05

Hidroxipropil-metilcelulosa.

Kg

10

Ex.

3912.39.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3912.90.02

Celulosa esponjosa.

Kg

7

Ex.

3912.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3913.10.01

Ácido algínico.

Kg

7

Ex.

3913.10.02

Alginato de sodio.

Kg

10

Ex.

3913.10.03

Alginato de potasio.

Kg

7

Ex.

3913.10.04

Alginato de propilenglicol.

Kg

7

Ex.

3913.10.05

Alginatos de magnesio, de amonio y de calcio.

Kg

10

Ex.

3913.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3913.90.01

Caseína endurecida, sin pigmentar, ni colorear, en gránulos, copos, grumos o polvo.

Kg

10

Ex.

3913.90.02

Esponjas celulósicas.

Kg

10

Ex.

3913.90.04

Polímero natural de sulfato de condroitina.

Kg

7

Ex.

3913.90.05

Producto de la reacción del líquido obtenido de la cáscara de nuez de anacardo y el formaldehído.

Kg

10

Ex.

3913.90.06

Goma de Xantán.

Kg

7

Ex.

3913.90.07

Hierro dextrán.

Kg

10

Ex.

3913.90.08

Caucho clorado o fluorado, sin cargas ni modificantes, ni pigmentos.

Kg

7

Ex.

3913.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3914.00.01

Intercambiadores de iones, del tipo catiónico.

Kg

10

Ex.

3916.10.01

De polietileno celular.

Kg

7

Ex.

3916.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3916.20.01

Perfiles, con refuerzo interior metálico.

Kg

10

Ex.

3916.20.02

Varillas.

Kg

10

Ex.

3916.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3916.90.01

Varillas de caseína endurecida.

Kg

10

Ex.

3916.90.02

Monofilamentos de celulosa.

Kg

7

Ex.

3916.90.03

De celuloide.

Kg

7

Ex.

3916.90.04

Varillas de acetato de polivinilo.

Kg

10

Ex.

3916.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3917.10.01

De celulosa regenerada, con longitud superior a 50 cm, impregnadas de solución conservadora.

Kg

10

Ex.

3917.10.02

De celulosa regenerada, excepto lo comprendido en las fracciones 3917.10.01, 3917.10.03 y 3917.10.04.

Kg

7

Ex.

3917.10.03

Tubos de celulosa regenerada con impresiones que indiquen su empleo en la industria de los embutidos alimenticios.

Kg

7

Ex.

3917.10.04

Tubos corrugados de celulosa regenerada, cuando el corrugado sea perpendicular a la longitud del tubo.

Kg

7

Ex.

3917.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3917.21.01

De polietileno con diámetro hasta de 640 mm (25 pulgadas).

Kg

10

Ex.

3917.21.02

De polietileno con diámetro superior a 640 mm (25 pulgadas).

Kg

7

Ex.

3917.21.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3917.22.01

Tubos de polipropileno (P.P.), con diámetro hasta de 640 mm
(25 pulgadas).

Kg

10

Ex.

3917.22.02

De polipropileno con diámetro superior a 640 mm (25 pulgadas).

Kg

7

Ex.

3917.22.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3917.23.01

Tubos de policloruro de vinilo, reconocibles como concebidas exclusivamente para la implantación de venas o arterias.

Kg

7

Ex.

3917.23.02

Tubos de cloruro de polivinilo (P.V.C.) con diámetro hasta de 640 mm (25 pulgadas) y para condiciones de trabajo iguales o inferiores a las siguientes: presión de 22 Kg/cm2 (300 lbs/pulg2) y temperatura de 60° C (140° F).

Kg

10

Ex.

3917.23.03

Tubos de cloruro de polivinilo (P.V.C.) con diámetro superior
a 640 mm (25 pulgadas).

Kg

7

Ex.

3917.23.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3917.29.01

De poli(acrilonitrilo-butadieno-estireno) (A.B.S.), con diámetro hasta de 640 mm (25 pulgadas).

Kg

10

Ex.

3917.29.02

De fibra vulcanizada.

Kg

7

Ex.

3917.29.03

De nailon, con diámetro hasta de 640 mm (25 pulgadas).

Kg

10

Ex.

3917.29.04

Tubos de nailon con diámetro superior a 640 mm (25 pulgadas).

Kg

7

Ex.

3917.29.05

Fundas o tubos de materias plásticas artificiales con costura y caracteres impresos indelebles para envoltura o empaque.

Kg

7

Ex.

3917.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3917.31.01

Tubos flexibles para una presión superior o igual a 27.6 MPa.

Kg

10

Ex.

3917.32.01

Tubos de sección circular, cerrados por uno de sus extremos, reconocibles como concebidos exclusivamente para dispositivos intrauterinos.

Kg

7

Ex.

3917.32.02

A base de cloruro de polivinilideno (P.V.D.C.), con impresiones que indiquen su empleo en la industria de los embutidos alimenticios.

Kg

7

Ex.

3917.32.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3917.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

3917.40.01

Accesorios.

Kg

10

Ex.

3919.10.01

En rollo de anchura inferior o igual a 20 cm.

Kg

10

Ex.

3919.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.10.01

Láminas de poli(etileno) biorientado.

Kg

7

Ex.

3920.10.02

Películas que no excedan de 5 cm de ancho.

Kg

10

Ex.

3920.10.03

Con caracteres impresos indelebles de marcas de fábricas o análogos, que indiquen su utilización como empaque de productos lácteos.

Kg

10

Ex.

3920.10.04

Tiras que no excedan de 5 cm de ancho.

Kg

10

Ex.

3920.10.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

3920.20.01

Películas de poli(propileno) orientado en una o dos direcciones, excepto lo comprendido en las fracciones 3920.20.02 y 3920.20.03.

Kg

7

Ex.

3920.20.02

Películas de poli(propileno) orientada en dos direcciones, con un espesor igual o inferior a 0.012 mm.

Kg

7

Ex.

3920.20.03

Películas dieléctricas, de poli(propileno) orientadas en dos direcciones, inclusive pigmentada con polvos metálicos, con un espesor inferior o igual a 0.025 mm, para uso en capacitores.

Kg

7

Ex.

3920.20.04

Tiras o cintas que no excedan de 5 cm de ancho.

Kg

10

Ex.

3920.20.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.30.01

Tiras o cintas que no excedan de 5 cm de ancho.

Kg

10

Ex.

3920.30.02

Películas de poli(estireno) sin negro de humo, excepto lo comprendido en la fracción 3920.30.03.

Kg

10

Ex.

3920.30.03

Película de poli(estireno) orientada biaxialmente (en dos direcciones), con una constante dieléctrica entre 2.4 y 2.6 a una frecuencia menor o igual a 10 MHz, con densidad de 1.05 g/cm3 a 23°C con un contenido de cenizas menor a 10 p.p.m.

Kg

7

Ex.

3920.30.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.43.01

Placas, láminas, películas, hojas y tiras, rígidas.

Kg

10

Ex.

3920.43.02

Películas que imiten tejidos o pieles, así como las que tengan labores realzadas.

Kg

10

Ex.

3920.43.03

Láminas de resinas de vinilo, excepto lo comprendido en la fracción 3920.43.01.

Kg

10

Ex.

3920.43.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.49.01

Placas, láminas, películas, hojas y tiras, rígidas.

Kg

10

Ex.

3920.49.02

Películas que imiten tejidos o pieles, así como las que tengan labores realzadas.

Kg

10

Ex.

3920.49.03

Láminas de resinas de vinilo, excepto lo comprendido en la fracción 3920.49.01.

Kg

10

Ex.

3920.49.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.51.01

De poli(metacrilato de metilo).

Kg

10

Ex.

3920.59.01

Placas poliacrílicas, con un contenido de poli(metacrilato de metilo) inferior al 50% en peso.

Kg

10

Ex.

3920.59.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.61.01

De policarbonatos.

Kg

7

Ex.

3920.62.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.63.01

Hojas con caracteres impresos, tales como marcas de fábrica u otros que indiquen su utilización en empaques.

Kg

10

Ex.

3920.63.02

Tiras que no excedan de 5 cm de ancho.

Kg

10

Ex.

3920.63.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.69.99

De los demás poliésteres.

Kg

10

Ex.

3920.71.01

De celulosa regenerada.

Kg

10

Ex.

3920.73.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.79.99

De los demás derivados de la celulosa.

Kg

10

Ex.

3920.91.01

De poli(vinilbutiral).

Kg

10

Ex.

3920.92.01

Bandas poliamídicas con espesor inferior o igual a 8 mm.

Kg

7

Ex.

3920.92.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3920.93.01

De resinas amínicas.

Kg

10

Ex.

3920.94.01

De resinas fenólicas.

Kg

10

Ex.

3920.99.01

Película de poli(propileno) orientada en dos direcciones, recubierta con poli(acetato de vinilo) y/o poli(cloruro de vinilo).

Kg

7

Ex.

3920.99.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3921.11.01

De polímeros de estireno.

Kg

10

Ex.

3921.12.01

De polímeros de cloruro de vinilo.

Kg

10

Ex.

3921.13.01

Películas con apariencia de piel, de espesor superior a 0.35 mm, pero inferior o igual a 0.45 mm, y densidad superior a 0.39 g/cm3, pero inferior o igual a 0.49 g/cm3.

Kg

10

Ex.

3921.13.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3921.14.01

De celulosa regenerada.

Kg

10

Ex.

3921.19.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3921.90.01

Tiras poliestéricas, en rollos, metalizadas con aluminio o cinc, con un ancho no menor de 8 mm, ni mayor de 80 mm, y un espesor no menor de 0.0045 mm ni mayor de 0.014 mm, con un margen
sin metalizar en uno de sus lados no menor de 1 mm ni mayor de 2.7 mm de ancho.

Kg

7

Ex.

3921.90.02

De poliéster metalizados, con ancho igual o superior a 350 mm y espesor mayor a 100 micrones, reconocibles como concebidas exclusivamente para dieléctrica de condensadores fijos.

Kg

7

Ex.

3921.90.03

Hojas de poliéster, metalizados, con espesor inferior o igual
a 0.1 mm y un ancho inferior a 350 mm, para dieléctrico de condensadores fijos.

Kg

7

Ex.

3921.90.04

Películas que no excedan de 5 cm de ancho, metalizadas con cinc.

Kg

10

Ex.

3921.90.05

Películas dieléctricas, de polipropileno orientadas en dos direcciones, metalizadas, con espesor inferior o igual a 0.025 mm, para uso en capacitores.

Kg

7

Ex.

3921.90.06

Etiquetas de materias poliestéricas, impresas con marcas de fábrica y soporte de papel, para uso exclusivo en la fabricación
de pilas eléctricas secas.

Kg

7

Ex.

3921.90.07

Película adherida a un soporte de materias plásticas artificiales o de papel, en láminas o en rollos, usadas en serigrafía
o rotograbado.

Kg

10

Ex.

3921.90.08

Cinta plástica termocontráctil de poli(etileno) radiado y laminado con adhesivo termoplástico.

Kg

10

Ex.

3921.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

3923.21.01

De polímeros de etileno.

Kg

10

Ex.

3923.29.01

Fundas, sacos y bolsas, para envase o empaque.

Kg

10

Ex.

3923.29.02

Tubo multicapas termoencojible, coextruido, irradiado hecho a base de etilvinilacetato, copolímero de (cloruro de vinilideno-cloruro de vinilo).

Kg

7

Ex.

3923.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

3923.40.01

"Casetes" o cartuchos para embobinar cintas magnéticas o cintas para máquinas de escribir, excepto para cintas de sonido de anchura inferior a 13 mm.

Kg

7

Ex.

3923.40.02

"Casetes" o cartuchos para embobinar cintas magnéticas de sonido de anchura inferior a 13 mm.

Kg

10

Ex.

3926.20.01

Prendas de vestir, sus accesorios y dispositivos, para protección contra radiaciones.

Kg

7

Ex.

3926.90.02

Empaquetaduras (juntas), excepto lo comprendido en la fracción 3926.90.21.

Kg

7

Ex.

3926.90.09

Lavadoras de pipetas, probetas o vasos graduados.

Kg

7

Ex.

3926.90.10

Partes y piezas sueltas reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

3926.90.12

Cristales artificiales para relojes de bolsillo o pulsera.

Kg

7

Ex.

3926.90.16

Membranas filtrantes, excepto lo comprendido en la fracción 3926.90.22.

Kg

7

Ex.

3926.90.17

Esténciles para grabación electrónica.

Kg

7

Ex.

3926.90.21

Reconocibles como concebidas exclusivamente para uso automotriz, excepto lo comprendido en la fracción 3926.90.20.

Kg

10

Ex.

3926.90.22

Membranas constituidas por polímeros a base de perfluoros sulfónicos o carboxílicos, con refuerzos de teflón y/o rayón.

Kg

7

Ex.

3926.90.23

Empaques para torres de destilación o absorción.

Kg

7

Ex.

3926.90.26

Marcas para la identificación de animales.

Kg

7

Ex.

3926.90.28

Películas de triacetato de celulosa o de poli(tereftalato de etileno), de anchura igual o inferior a 35 mm, perforadas.

Kg

7

Ex.

3926.90.30

Bastidores para colmena, incluso con su arillo y tapas utilizables como envases para la miel.

Kg

7

Ex.

3926.90.31

Laminados decorativos duros y rígidos, obtenidos por superposición y compresión de hojas de papel kraft impregnadas con resinas fenólicas, con o sin cubierta de papel diseño, recubierto con resinas melamínicas.

Kg

10

Ex.

3926.90.32

Con alma de tejido o de otra materia, excepto vidrio, con peso superior a 40 g por decímetro cuadrado.

Kg

10

Ex.

3926.90.33

Formas moldeadas, cortadas o en bloques, a base de poliestireno expandible, reconocibles como concebidos exclusivamente para protección en el empaque de mercancías.

Kg

10

Ex.

3926.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4001.30.01

Gutapercha.

Kg

7

Ex.

4001.30.02

Macaranduba.

Kg

7

Ex.

4001.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4002.11.01

De poli(butadieno-estireno) incluso modificados con ácidos carboxílicos, así como los prevulcanizados, excepto lo comprendido en la fracción 4002.11.02.

Kg

10

Ex.

4002.11.02

Látex frío de poli(butadieno-estireno), con un contenido de sólidos de 38 a 41% o de 67 a 69%, de estireno combinado 21.5 a 25.5%, de estireno residual de 0.1% máximo.

Kg

7

Ex.

4002.11.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4002.19.01

Poli(butadieno-estireno), con un contenido reaccionado de 90% a 97% de butadieno y de 10% a 3% respectivamente, de estireno.

Kg

7

Ex.

4002.19.02

Poli(butadieno-estireno), excepto lo comprendido en la fracción 4002.19.01.

Kg

10

Ex.

4002.19.03

Soluciones o dispersiones de poli(butadieno-estireno).

Kg

10

Ex.

4002.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4002.20.01

Caucho butadieno (BR).

Kg

10

Ex.

4002.31.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4002.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4002.41.01

Látex.

Kg

7

Ex.

4002.49.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4002.51.01

Látex.

Kg

7

Ex.

4002.59.01

Poli(butadieno-acrilonitrilo) con un contenido igual o superior a 45% de acrilonitrilo.

Kg

7

Ex.

4002.59.02

Poli(butadieno-acrilonitrilo), excepto lo comprendido en la fracción 4002.59.01.

Kg

10

Ex.

4002.59.03

Copolímero de (butadieno-acrilonitrilo) carboxilado, con un contenido del 73 al 84% de copolímero.

Kg

7

Ex.

4002.59.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4002.60.01

Poliisopreno oleoextendido.

Kg

10

Ex.

4002.80.01

Mezclas de los productos de la partida 40.01 con los de esta partida.

Kg

10

Ex.

4002.91.01

Tioplastos.

Kg

7

Ex.

4002.91.02

Poli(butadieno-estireno-vinilpiridina).

Kg

10

Ex.

4002.91.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4002.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4003.00.01

Caucho regenerado en formas primarias o en placas, hojas o tiras.

Kg

7

Ex.

4004.00.01

Recortes de llantas o de desperdicios, de hule o caucho vulcanizados, sin endurecer.

Kg

7

Ex.

4005.10.01

Caucho con adición de negro de humo o de sílice.

Kg

10

Ex.

4005.20.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4005.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4005.91.02

Cinta aislante eléctrica, autosoldable, de caucho (hule), de poli(etileno-propileno-dieno), resistente al efecto corona, para instalaciones de hasta 69 KW.

Kg

7

Ex.

4005.91.03

Tiras de caucho natural sin vulcanizar, de anchura inferior o igual a 75 mm y espesor inferior o igual a 15 mm, reconocibles como concebidas exclusivamente para el revestimiento de la banda de rodadura de los neumáticos para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4005.91.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4005.99.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4006.10.01

Perfiles para recauchutar.

Kg

10

Ex.

4006.90.01

Juntas.

Kg

10

Ex.

4006.90.03

Copas para portabustos, aun cuando estén recubiertas de tejidos.

Kg

10

Ex.

4006.90.04

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4007.00.01

Hilos y cuerdas, de caucho vulcanizado.

Kg

10

Ex.

4008.11.01

Placas, hojas y tiras.

Kg

7

Ex.

4008.19.01

Perfiles.

Kg

10

Ex.

4008.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4008.21.01

Mantillas para litografía, aun cuando tengan tejidos.

Kg

10

Ex.

4008.21.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4008.29.01

Perfiles.

Kg

10

Ex.

4008.29.02

Tela cauchutada con alma de tejido de nailon o algodón, recubierta por ambas caras con hule sintético, vulcanizada, con espesor entre 0.3 y 2.0 mm.

Kg

7

Ex.

4008.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4009.11.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4009.11.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4009.12.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4009.12.02

Reconocibles como concebidos para el manejo de productos a temperaturas inferiores a -39°C.

Kg

7

Ex.

4009.12.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4009.21.01

Con diámetro interior inferior o igual a 508 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 4009.21.03 y 4009.21.04.

Kg

10

Ex.

4009.21.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4009.21.03

Con diámetro interior superior a 508 mm, y/o mangueras autoflotantes o submarinas, de cualquier diámetro, conforme a los estándares referidos por el "OCIMF" ("Oil Companies International Marine Forum") excepto lo comprendido en la fracción 4009.21.04.

Kg

7

Ex.

4009.21.04

Reconocibles como concebidos para el manejo de productos a temperaturas inferiores a -39°C.

Kg

7

Ex.

4009.22.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4009.22.02

Con refuerzos metálicos, con diámetro interior inferior o igual
a 508 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 4009.22.03 y 4009.22.04.

Kg

10

Ex.

4009.22.03

Con refuerzos metálicos, con diámetro superior a 508 mm, y/o mangueras autoflotantes o submarinas, de cualquier diámetro, conforme a los estándares referidos al "OCIMF" ("Oil Companies International Forum").

Kg

7

Ex.

4009.22.04

Reconocibles como concebidas para el manejo de productos a temperaturas inferiores a -39°C.

Kg

7

Ex.

4009.22.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4009.31.01

Formado por dos o tres capas de caucho y dos de materias textiles, con diámetro exterior inferior o igual a 13 mm, sin terminales.

Kg

7

Ex.

4009.31.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4009.31.03

Con diámetro interior inferior o igual a 508 mm excepto lo comprendido en la fracción 4009.31.01.

Kg

10

Ex.

4009.31.04

Con diámetro interior superior a 508 mm, y/o mangueras autoflotantes o submarinas, de cualquier diámetro, conforme a los estándares referidos por el "OCIMF" ("Oil Companies International Marine Forum") excepto lo comprendido en las fracciones 4009.31.01 y 4009.31.05.

Kg

7

Ex.

4009.31.05

Reconocibles como concebidos para el manejo de productos a temperaturas inferiores a -39°C.

Kg

7

Ex.

4009.32.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4009.32.02

Con refuerzos textiles, con diámetro interior inferior o igual
a 508 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 4009.32.03 y 4009.32.04.

Kg

10

Ex.

4009.32.03

Con refuerzos textiles, con diámetro superior a 508 mm, y/o mangueras autoflotantes o submarinas, de cualquier diámetro, conforme a los estándares referidos al "OCIMF" ("Oil Companies International Forum").

Kg

7

Ex.

4009.32.04

Reconocibles como concebidas para el manejo de productos a temperaturas inferiores a -39°C.

Kg

7

Ex.

4009.32.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4009.41.01

Mangueras autoflotantes o submarinas, conforme a los estándares referidos por el "OCIMF" ("Oil Companies International Marine Forum").

Kg

7

Ex.

4009.41.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4009.41.03

Reconocibles como concebidos para el manejo de productos a temperaturas inferiores a -39°C.

Kg

7

Ex.

4009.41.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4009.42.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4009.42.02

Reconocibles como concebidas para el manejo de productos a temperaturas inferiores a -39°C.

Kg

7

Ex.

4009.42.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4010.11.01

Con anchura superior a 20 cm.

Kg

10

Ex.

4010.11.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4010.12.01

Correas sin fin de capas, superpuestas de tejidos de cualquier fibra textil, adheridas con caucho, recubiertas por una de sus caras con una capa de caucho vulcanizado, con ancho inferior o igual a 5 m, circunferencia exterior inferior o igual a 60 m y espesor inferior o igual a 6 mm.

Kg

10

Ex.

4010.12.02

Con anchura superior a 20 cm, excepto lo comprendido en la fracción 4010.12.01.

Kg

10

Ex.

4010.12.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4010.13.01

Con anchura superior a 20 cm.

Kg

10

Ex.

4010.13.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4010.19.01

Con espesor superior o igual a 45 mm pero inferior o igual a 80 mm, anchura superior o igual a 115 cm pero inferior o igual a 205 cm y circunferencia exterior inferior o igual a 5 m.

Kg

10

Ex.

4010.19.02

Con anchura superior a 20 cm, excepto lo comprendido en la fracción 4010.19.01.

Kg

10

Ex.

4010.19.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4010.31.01

Correas de transmisión sin fin, estriadas, de sección trapezoidal, de circunferencia exterior superior a 60 cm pero inferior o igual a 180 cm.

Kg

10

Ex.

4010.32.01

Correas de transmisión sin fin, sin estriar, de sección trapezoidal, de circunferencia exterior superior a 60 cm pero inferior o igual a 180 cm.

Kg

10

Ex.

4010.33.01

Correas de transmisión sin fin, estriadas, de sección trapezoidal, de circunferencia exterior superior a 180 cm pero inferior o igual a 240 cm.

Kg

10

Ex.

4010.34.01

Correas de transmisión sin fin, sin estriar, de sección trapezoidal, de circunferencia exterior superior a 180 cm pero inferior o igual a 240 cm.

Kg

10

Ex.

4010.35.01

Con anchura superior a 20 cm.

Kg

10

Ex.

4010.35.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4010.36.01

Con anchura superior a 20 cm.

Kg

10

Ex.

4010.36.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4010.39.01

Correas de transmisión sin fin de circunferencia superior a 240 cm, incluso estriadas, de sección trapezoidal.

Kg

10

Ex.

4010.39.02

Correas sin fin de capas, superpuestas de tejidos de cualquier fibra textil, adheridas con caucho, recubiertas por una de sus caras con una capa de caucho vulcanizado, con ancho inferior o igual a 5 m, circunferencia exterior inferior o igual a 60 m y espesor inferior o igual a 6 mm.

Kg

10

Ex.

4010.39.03

De caucho sintético con espesor igual o superior a 0.10 cm pero inferior o igual a 0.14 cm, anchura igual o superior a 2 cm
pero inferior o igual a 2.7 cm y circunferencia superior a 12 cm pero inferior o igual a 24 cm.

Kg

10

Ex.

4010.39.04

De anchura superior a 20 cm, excepto lo comprendido en las fracciones 4010.39.01, 4010.39.02 y 4010.39.03.

Kg

10

Ex.

4010.39.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4011.30.01

De los tipos utilizados en aeronaves.

Pza

7

Ex.

4011.61.01

Para maquinaria y tractores agrícolas, cuyos números de medida sean: 8.25-15; 10.00-15; 6.00-16; 6.50-16; 7.50-16; 7.00-16;
7.50-18; 6.00-19; 13.00-24; 16.00-25; 17.50-25; 18.00-25; 18.40-26; 23.1-26; 11.25-28; 13.6-28; 14.9-28; 16.9-30; 18.4-30; 24.5-32; 18.4-34; 20.8-34; 23.1-34; 12.4-36; 13.6-38; 14.9-38; 15.5-38; 18.4-38.

Pza

7

Ex.

4011.61.02

Para maquinaria y tractores agrícolas, excepto lo comprendido en la fracción 4011.61.01.

Pza

7

Ex.

4011.62.01

Para maquinaria y tractores industriales.

Pza

7

Ex.

4011.63.01

Para maquinaria y tractores industriales, cuyos números de medida sean: 8.25-15; 10.00-15; 6.50-16; 7.50-16.

Pza

7

Ex.

4011.63.03

Para maquinaria y tractores industriales, excepto lo comprendido en la fracción 4011.63.01.

Pza

7

Ex.

4011.99.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para trenes metropolitanos (METRO).

Pza

7

Ex.

4012.90.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

4013.90.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

4013.90.02

Para maquinaria y tractores agrícolas e industriales.

Pza

7

Ex.

4014.10.01

Preservativos.

Kg

10

Ex.

4014.90.03

Colostomios, aun cuando tengan bolsas de plástico.

Kg

7

Ex.

4014.90.04

Ileostomios aun cuando se presenten con bolsas de plástico.

Kg

7

Ex.

4015.90.03

Prendas de vestir y sus accesorios, para protección contra radiaciones.

Kg

7

Ex.

4016.10.01

De caucho celular.

Kg

10

Ex.

4016.93.01

Juntas, empaquetaduras.

Kg

10

Ex.

4016.93.02

Para aletas de vehículos excepto lo comprendido en la fracción 4016.93.01.

Kg

10

Ex.

4016.93.03

Con refuerzos de metal, para juntas de dilatación de puentes, viaductos u otras construcciones.

Kg

7

Ex.

4016.93.04

De los tipos utilizados en los vehículos del capítulo 87, excepto lo comprendido en las fracciones 4016.93.01 y 4016.93.02.

Kg

10

Ex.

4016.93.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4016.94.01

Defensas para muelles portuarios, con o sin placas de montaje, excepto lo comprendido en la fracción 4016.94.02.

Kg

10

Ex.

4016.94.02

Defensas para muelles portuarios, flotantes (rellenas de espuma flotante) o giratorias (llantas de caucho flexible no inflable).

Kg

7

Ex.

4016.94.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4016.99.01

Arandelas, válvulas u otras piezas de uso técnico, excepto lo comprendido en las fracciones 4016.93.01 y 4016.99.08.

Kg

10

Ex.

4016.99.02

Cápsulas o tapones.

Kg

10

Ex.

4016.99.03

Peras, bulbos y artículos de forma análoga.

Kg

10

Ex.

4016.99.05

Gomas para frenos hidráulicos.

Kg

10

Ex.

4016.99.06

Recipientes de tejidos de fibras sintéticas poliamídicas, recubiertas con caucho sintético tipo butadieno-acrilonitrilo, vulcanizado, con llave de válvula.

Kg

7

Ex.

4016.99.07

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4016.99.08

Artículos reconocibles como concebidos exclusivamente para ser utilizados en el moldeo de neumáticos nuevos ("Bladers").

Kg

7

Ex.

4016.99.09

Manufacturas circulares con o sin tacón, reconocibles como concebidas exclusivamente para ser utilizadas en la renovación de neumáticos.

Kg

7

Ex.

4016.99.10

Elementos para control de vibración, del tipo utilizado en los vehículos de las partidas 87.01 a 87.05.

Kg

10

Ex.

4016.99.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4017.00.01

Barras o perfiles.

Kg

10

Ex.

4017.00.02

Manufacturas de caucho endurecido (ebonita).

Kg

7

Ex.

4017.00.03

Desperdicios y desechos.

Kg

10

Ex.

4017.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4101.20.02

De equino.

Kg

7

Ex.

4101.50.02

De equino.

Kg

7

Ex.

4101.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4101.90.01

De equino.

Kg

7

Ex.

4101.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4102.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4103.20.01

De caimán, cocodrilo o lagarto.

Cbza

7

Ex.

4103.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4103.30.01

De porcino.

Kg

7

Ex.

4103.90.01

De especies silvestres.

Kg

7

Ex.

4103.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4104.11.01

Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

M2

7

Ex.

4104.11.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4104.19.01

Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

M2

7

Ex.

4104.19.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4104.41.01

Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

M2

7

Ex.

4104.41.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4104.49.01

Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

M2

7

Ex.

4104.49.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4105.10.01

Con precurtido vegetal.

M2

7

Ex.

4105.10.02

Precurtidas de otra forma.

M2

7

Ex.

4105.10.99

Las demás.

M2

7

Ex.

4105.30.01

En estado seco ("crust" ("en crosta")).

M2

7

Ex.

4106.21.01

Con precurtido vegetal.

M2

7

Ex.

4106.21.02

Precurtidos de otra forma.

M2

7

Ex.

4106.21.99

Las demás.

M2

7

Ex.

4106.22.01

En estado seco ("crust" ("en crosta")).

M2

7

Ex.

4106.31.01

En estado húmedo (incluido el "wet-blue").

M2

7

Ex.

4106.32.01

En estado seco ("crust" ("en crosta")).

M2

7

Ex.

4106.40.01

Con precurtido vegetal.

M2

7

Ex.

4106.40.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4106.91.01

En estado húmedo (incluido el "wet-blue").

M2

7

Ex.

4106.92.01

En estado seco ("crust" ("en crosta")).

M2

7

Ex.

4107.11.01

De bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

M2

7

Ex.

4107.11.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4107.12.01

De bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

M2

7

Ex.

4107.12.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4107.19.01

De becerro, con peso inferior o igual a 1,500 g por pieza y espesor mayor de 0.8 mm (variedad box-calf).

M2

7

Ex.

4107.19.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4107.91.01

Plena flor sin dividir.

M2

7

Ex.

4107.92.01

Divididos con la flor.

M2

7

Ex.

4107.99.01

De becerro, con peso inferior o igual a 1,500 g por pieza y espesor mayor de 0.8 mm (variedad box-calf).

M2

7

Ex.

4107.99.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4112.00.01

Cueros preparados después del curtido o del secado y cueros y pieles apergaminados, de ovino, depilados, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14.

M2

7

Ex.

4113.10.01

De caprino.

M2

7

Ex.

4113.20.01

De porcino.

M2

7

Ex.

4113.30.01

De reptil.

M2

7

Ex.

4113.90.99

Los demás.

M2

7

Ex.

4114.10.01

Cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite).

M2

7

Ex.

4114.20.01

Cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados; cueros y pieles metalizados.

M2

7

Ex.

4115.10.01

Cuero regenerado, a base de cuero o de fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas.

Kg

7

Ex.

4115.20.01

Recortes y demás desperdicios de cuero o de pieles, preparados, o de cuero artificial (regenerado), no utilizables para la fabricación de manufacturas de cuero; aserrín, polvo y harina de cuero.

Kg

7

Ex.

4203.10.01

Para protección contra radiaciones.

Pza

7

Ex.

4203.29.01

Para protección contra radiaciones.

Pza

7

Ex.

4203.40.01

Para protección contra radiaciones.

Pza

7

Ex.

4204.00.01

Artículos para usos técnicos de cuero natural o cuero regenerado.

Kg

10

Ex.

4206.10.01

Catgut, incluso cromado, con diámetro igual o superior a 0.10 mm, sin exceder de 0.89 mm.

Kg

7

Ex.

4206.10.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4206.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4301.10.01

De visón, enteras incluso sin la cabeza, cola o patas.

Kg

7

Ex.

4301.30.01

De cordero llamadas "astracán", "Breitschwanz", "caracul", "persa" o similares, de cordero de Indias, de China, de Mongolia o del Tibét, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.

Kg

7

Ex.

4301.60.01

De zorro, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.

Kg

7

Ex.

4301.70.01

De foca u otaria, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.

Kg

7

Ex.

4301.80.01

De carpincho.

Kg

7

Ex.

4301.80.02

De alpaca (nonato).

Kg

7

Ex.

4301.80.03

De gato montes, tigrillo y ocelote.

Kg

7

50

4301.80.04

De conejo o liebre, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.

Kg

7

Ex.

4301.80.05

De castor, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.

Kg

7

Ex.

4301.80.06

De rata almizclera, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.

Kg

7

Ex.

4301.80.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

4301.90.01

Cabezas, colas, patas y demás trozos utilizables en peletería.

Kg

7

Ex.

4302.11.01

De visón.

Kg

7

Ex.

4302.13.01

De cordero llamadas "astracán", "Breitschwanz", "caracul", "persa" o similares, de cordero de Indias, de China, de Mongolia o del Tíbet.

Kg

7

Ex.

4302.19.01

De gato montés, tigrillo y ocelote.

Kg

7

50

4302.19.02

De conejo o liebre.

Kg

7

Ex.

4302.19.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

4302.20.01

De gato montés, tigrillo y ocelote.

Kg

7

50

4302.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4302.30.01

De gato montés, tigrillo y ocelote.

Kg

7

50

4302.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4401.10.01

Leña.

Kg

7

Ex.

4401.21.01

De coníferas.

Kg

7

Ex.

4401.22.01

Distinta de la de coníferas.

Kg

7

Ex.

4401.30.01

Aserrín, desperdicios y desechos, de madera, incluso aglomerados, en leños, briquetas, bolitas o formas similares.

Kg

7

Ex.

4402.00.01

Carbón vegetal (comprendido el de cáscaras o de huesos (carozos) de frutos), incluso aglomerado.

Kg

7

Ex.

4403.10.01

Tratada con pintura, creosota u otros agentes de conservación.

M3

7

Ex.

4403.20.99

Las demás, de coníferas.

M3

7

Ex.

4403.41.01

Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau.

M3

7

Ex.

4403.49.01

White Lauan, White Meranti, White Seraya, Yellow Meranti, Alan, Keruing, Ramin, Kapur, Teak, Jongkong, Merbau, Jelutong y Kempas.

M3

7

Ex.

4403.49.02

De Swietenia macrophylla, Cedrella odorata o Cedrella mexicana, escuadradas.

M3

7

Ex.

4403.49.99

Las demás.

M3

7

Ex.

4403.91.01

De encina, roble, alcornoque y demás belloteros (Quercus spp.).

M3

7

Ex.

4403.92.01

De haya (Fagus spp.).

M3

7

Ex.

4403.99.99

Las demás.

M3

7

Ex.

4404.10.01

Madera hilada.

M3

10

Ex.

4404.10.99

Los demás.

M3

10

Ex.

4404.20.02

De fresno, simplemente desbastada o redondeada, para bastones, paraguas, mangos de herramientas y similares.

M3

10

Ex.

4404.20.03

De haya o de maple, simplemente desbastada o redondeada, para bastones, paraguas, mangos de herramientas y similares.

M3

10

Ex.

4404.20.04

Madera hilada.

M3

10

Ex.

4405.00.01

Lana de madera.

Kg

10

Ex.

4405.00.02

Harina de madera.

Kg

10

Ex.

4406.10.01

Sin impregnar.

Pza

10

Ex.

4406.90.99

Las demás.

Pza

10

Ex.

4407.10.01

De ocote o pinabete, o abeto (oyamel) en tablas, tablones o vigas.

M3

7

Ex.

4407.10.02

En tablas, tablones o vigas, excepto lo comprendido en la fracción 4407.10.01.

M3

10

Ex.

4407.10.03

Tablillas con ancho que no exceda de 10 cm y longitud inferior o igual a 20 cm, para la fabricación de lápices, excepto lo comprendido en la fracción 4407.10.04.

M3

7

Ex.

4407.10.04

Tablillas con ancho que no exceda de 10 cm y longitud inferior o igual a 70 cm, de cedro rojo occidental (Thuja plicata).

M3

7

Ex.

4407.10.99

Los demás.

M3

10

Ex.

4407.24.01

En tablas, tablones o vigas.

M3

10

Ex.

4407.24.99

Los demás.

M3

10

Ex.

4407.25.01

Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau.

M3

10

Ex.

4407.26.01

White Lauan, White Meranti, White Seraya, Yellow Meranti y Alan.

M3

10

Ex.

4407.29.01

Keruing, Ramin, Kapur, Teak, Jongkong, Merbau, Jelutong, Kempas, Okumé, Obeche, Sapelli, Sipo, Acajou d' Afrique, Makoré, Iroco, Tiama, Mansonia, Ilomba, Dibétou, Limba o Azobé.

M3

10

Ex.

4407.29.02

Tablillas de madera de jelutong con ancho que no exceda de 73 mm, y largo que no exceda de 185 mm, para la fabricación de lápices.

M3

10

Ex.

4407.29.03

De Swietenia macrophylla, Cedrella odorata o Cedrella mexicana, aserradas, en hojas o desenrolladas.

M3

10

Ex.

4407.29.99

Las demás.

M3

10

Ex.

4407.91.01

De encina, roble, alcornoque y demás belloteros (Quercus spp.).

M3

10

Ex.

4407.92.01

Cuando ninguno de sus lados exceda de 18 cm y longitud igual o superior a 18 cm, sin exceder de 1 m.

M3

7

Ex.

4407.92.99

Los demás.

M3

10

Ex.

4407.99.01

En tablas, tablones o vigas, excepto lo comprendido en las fracciones 4407.99.03 y 4407.99.04.

M3

10

Ex.

4407.99.02

De fresno, cuando ninguno de sus lados exceda de 18 cm y longitud igual o superior a 48 cm, sin exceder de 1 m.

M3

7

Ex.

4407.99.03

De Arce o "maple" (Hacer spp.).

M3

7

Ex.

4407.99.04

De las especies listadas a continuación: Alnus rubra, Prunus spp., Liriodendron tulipifera, Betula spp., Carya spp., Carya illinoensis, Carya pecan, y Juglans, spp.

M3

7

Ex.

4407.99.05

Tablillas de madera de Linden (Tiliaceae o Tilia heterophylla) con ancho que no exceda de 73 mm, y largo que no exceda
de 185 mm, para la fabricación de lápices.

M3

10

Ex.

4407.99.99

Los demás.

M3

10

Ex.

4408.10.01

De coníferas.

M3

10

Ex.

4408.31.01

Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau.

M3

10

Ex.

4408.39.01

Tablillas de madera de jelutong con ancho que no exceda de
73 mm, y largo que no exceda de 185 mm, para la fabricación de lápices.

M3

10

Ex.

4408.39.99

Las demás.

M3

10

Ex.

4408.90.01

Tablillas de madera de Linden (Tiliaceae o Tilia heterophylla) con ancho que no exceda de 73 mm, y largo que no exceda
de 185 mm, para la fabricación de lápices.

M3

10

Ex.

4408.90.99

Las demás.

M3

10

Ex.

4409.10.02

Tablillas de Libocedrus decurrens con ancho que no exceda
de 10 cm y longitud igual o inferior a 20 cm, para la fabricación de lápices.

M2

7

Ex.

4410.90.01

Aglomerados sin recubrir ni acabar.

Kg

10

Ex.

4411.11.01

Sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.

Kg

10

Ex.

4411.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4411.21.02

De densidad igual o superior a 0.600 g/cm3 pero inferior o igual a 0.770 g/cm3, con espesor igual o superior a 9 mm pero inferior o igual a 30 mm.

Kg

10

Ex.

4411.21.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4411.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4411.31.01

Sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.

Kg

10

Ex.

4411.39.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4411.91.01

Sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.

Kg

10

Ex.

4411.99.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

4413.00.01

De corte rectangular o cilíndrico, cuya sección transversal sea inferior o igual a 5 cm y longitud superior a 25 cm sin exceder de 170 cm, de haya blanca.

Kg

7

Ex.

4413.00.02

De "maple" (Acer spp.).

Kg

10

Ex.

4417.00.01

Esbozos para hormas.

Kg

10

Ex.

4421.90.01

Para fósforos; clavos para calzado.

Kg

10

Ex.

4421.90.04

Canillas, carretes y bobinas para la hilatura y el tejido, para hilo de coser y artículos similares de madera torneada.

Kg

10

Ex.

4501.10.01

Corcho natural en bruto o simplemente preparado.

Kg

7

Ex.

4501.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4502.00.01

Corcho natural, descortezado o simplemente escuadrado, o en bloques, placas, hojas o tiras, cuadradas o rectangulares (incluidos los esbozos con aristas vivas para tapones).

Kg

10

Ex.

4503.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4504.10.02

Empaquetaduras.

Kg

10

Ex.

4504.10.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

4504.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

4703.11.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

4703.19.01

Al sulfato.

Kg

7

Ex.

4801.00.01

Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas.

Kg

10

Ex.

4803.00.01

Guata de celulosa.

Kg

7

Ex.

4803.00.02

Rizado ("crepé"), excepto lo comprendido en la fracción 4803.00.03.

Kg

7

Ex.

4803.00.03

Acanalado, ondulado o corrugado.

Kg

7

Ex.

4803.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4804.11.01

Crudos.

Kg

7

Ex.

4804.19.01

Papel Kraft a base de celulosa semiblanqueada, con peso inferior o igual a 160 g/m².

Kg

7

Ex.

4804.19.02

Cartón Kraft, a base de celulosa semiblanqueada, con peso superior a 160 g/m² sin exceder de 500 g/m².

Kg

7

Ex.

4804.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4804.21.01

Crudo.

Kg

7

Ex.

4804.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4804.31.01

Dieléctrico, cuyo espesor sea inferior o igual a 0.5 mm.

Kg

7

Ex.

4804.31.02

Dieléctrico con espesor mayor a 0.5 mm.

Kg

7

Ex.

4804.31.03

En rollos con ancho superior o igual a 1.50 m y con un peso máximo de 49 g/m², resistencia dieléctrica mínima de 8,000 voltios por mm, de espesor, de muestra seca.

Kg

7

Ex.

4804.31.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4804.39.01

A base de celulosa semiblanqueada.

Kg

7

Ex.

4804.39.02

Del color natural de la pasta, para la fabricación de laminados plásticos decorativos.

Kg

7

Ex.

4804.39.03

De pulpa o de pasta, blanqueado uniformemente en la masa, para la fabricación de laminados plásticos decorativos.

Kg

7

Ex.

4804.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4804.41.01

Crudos.

Kg

7

Ex.

4804.42.01

Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra.

Kg

7

Ex.

4804.49.01

A base de celulosa semiblanqueada, con peso inferior o igual a 160 g/m².

Kg

7

Ex.

4804.49.02

A base de celulosa semiblanqueada, con peso superior
a 160 g/m².

Kg

7

Ex.

4804.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4804.51.01

Con peso superior a 600 g/m² sin exceder de 4,000 g/m², cuyo espesor sea inferior o igual a 4 mm, con resistencia dieléctrica.

Kg

7

Ex.

4804.51.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4804.52.01

Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra.

Kg

7

Ex.

4804.59.01

A base de celulosa semiblanqueada con peso por metro cuadrado hasta 500 g.

Kg

7

Ex.

4804.59.02

Con peso superior a 600 g/m² sin exceder de 4,000 g/m², cuyo espesor sea inferior o igual a 4 mm, con resistencia dieléctrica.

Kg

7

Ex.

4804.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4805.11.01

Papel semiquímico para acanalar.

Kg

7

Ex.

4805.12.01

Papel paja para acanalar.

Kg

7

Ex.

4805.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4805.24.01

Multicapas.

Kg

7

Ex.

4805.24.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4805.25.01

Multicapas.

Kg

7

Ex.

4805.25.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4805.30.01

Papel sulfito para envolver.

Kg

7

Ex.

4805.40.01

Papel y cartón filtro.

Kg

7

Ex.

4805.50.01

Papel y cartón fieltro; papel y cartón lana.

Kg

7

Ex.

4805.91.01

De peso inferior o igual a 150 g/m².

Kg

7

Ex.

4805.92.01

De peso superior a 150 g/m² pero inferior a 225 g/m².

Kg

7

Ex.

4805.93.01

De peso superior o igual a 225 g/m².

Kg

7

Ex.

4806.10.01

Papel y cartón sulfurizados (pergamino vegetal).

Kg

7

Ex.

4806.20.01

Papel resistente a las grasas ("greaseproof").

Kg

7

Ex.

4806.30.01

Papel vegetal (papel calco).

Kg

7

Ex.

4806.40.01

Papel cristal y demás papeles calandrados transparentes o traslúcidos.

Kg

7

Ex.

4807.00.01

Papel y cartón unidos con betún, alquitrán o asfalto.

Kg

7

Ex.

4807.00.02

Papel y cartón paja, incluso recubiertos con papel de otra clase.

Kg

7

Ex.

4807.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4808.10.01

Papel y cartón corrugados, incluso perforados.

Kg

7

Ex.

4808.20.01

Papel kraft para sacos (bolsas), rizado ("crepé") o plisado, incluso gofrado, estampado o perforado.

Kg

7

Ex.

4808.30.01

Rizados ("crepés") con peso inferior o igual a 250 g/m², resistencia dieléctrica mínima de 2,000 voltios por mm, de espesor y una resistencia mínima a la tensión de 35 g/m² sin exceder de 55 g/m², en rollos.

Kg

7

Ex.

4808.30.02

Semiblanqueados "crepados", cuyo espesor sea igual o superior a 0.10 mm, sin exceder a 0.25 mm y peso igual o superior a 35 g/m² sin exceder de 55 g/m², en rollos.

Kg

7

Ex.

4808.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4808.90.01

Rizados.

Kg

7

Ex.

4808.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4809.90.01

Reactivos a la temperatura.

Kg

7

Ex.

4809.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4810.13.01

Estucados, recubiertos o pintados por una o ambas caras, de un alto grado de satinación o brillantez.

Kg

7

Ex.

4810.13.02

Coloreados por ambas caras, excepto lo comprendido en la fracción 4810.13.01.

Kg

7

Ex.

4810.13.03

Coloreados o decorados por una cara, excepto lo comprendido en la fracción 4810.13.01.

Kg

7

Ex.

4810.13.04

De color, cuando contengan 82% o más, de celulosa.

Kg

7

Ex.

4810.13.05

Blancos o de pasta teñida, aun cuando contengan cargas minerales, con aplicaciones o dibujos.

Kg

7

Ex.

4810.13.06

Simplemente pautados, rayados o cuadriculados.

Kg

7

Ex.

4810.13.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4810.14.01

Estucados, recubiertos o pintados por una o ambas caras, de un alto grado de satinación o brillantez.

Kg

7

Ex.

4810.14.02

Coloreados por ambas caras, excepto lo comprendido en la fracción 4810.14.01.

Kg

7

Ex.

4810.14.03

Coloreados o decorados por una cara, excepto lo comprendido en la fracción 4810.14.01.

Kg

7

Ex.

4810.14.04

De color, cuando contengan 82% o más, de celulosa.

Kg

7

Ex.

4810.14.05

Blancos o de pasta teñida, aun cuando contengan cargas minerales, con aplicaciones o dibujos.

Kg

7

Ex.

4810.14.06

Simplemente pautados, rayados o cuadriculados.

Kg

7

Ex.

4810.14.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4810.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4810.22.01

Papel cuché o tipo cuché, blanco o de color, mate o brillante, esmaltado o recubierto en ambas caras de una mezcla de sustancias minerales, propio para impresión fina.

Kg

7

Ex.

4810.22.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4810.29.01

Cuché o tipo cuché, blancos o de color, mate o brillante, esmaltados o recubiertos por una o ambas caras de una mezcla de sustancias minerales, propios para impresión fina, con peso superior a 72 g/m².

Kg

7

Ex.

4810.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4810.31.01

Estucados, pintados o recubiertos por una o ambas caras, de un alto grado de satinación o brillantez, con peso igual o superior
a 74 g/m².

Kg

7

Ex.

4810.31.02

Coloreados por ambas caras con peso inferior o igual a 120 g/m², excepto lo comprendido en la fracción 4810.31.01.

Kg

7

Ex.

4810.31.03

Coloreados o decorados por una cara, excepto lo comprendido en la fracción 4810.31.01.

Kg

7

Ex.

4810.32.01

Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra, de peso superior
a 150 g/m².

Kg

7

Ex.

4810.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4810.92.01

Multicapas.

Kg

7

Ex.

4810.99.01

De pasta teñida en la masa, superficie jaspeada, con peso superior a 500 g/m², sin exceder de 900 g/m² ("pressboard").

Kg

7

Ex.

4810.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4811.10.01

Papel kraft.

Kg

7

Ex.

4811.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4811.41.01

Autoadhesivos.

Kg

7

Ex.

4811.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4811.51.01

Recubiertos por una de sus caras, con una película de materia plástica artificial, aun cuando también lleven recubrimiento de otros materiales, excepto lo comprendido en la fracción 4811.51.03.

Kg

7

Ex.

4811.51.02

Recubiertos con caolín y resinas sintéticas, repelentes a películas vinílicas, resistentes a la tensión así como a temperaturas iguales o superiores a 210°C, con peso superior a 100 g/m².

Kg

7

Ex.

4811.51.04

Filtro, impregnados de resinas sintéticas, aun cuando estén coloreados o acanalados.

Kg

7

Ex.

4811.51.05

100% de fibra de algodón "transparentizado", impregnado con resinas sintéticas.

Kg

7

Ex.

4811.59.01

Recubiertos por una de sus caras, con una película de materia plástica artificial, aun cuando también lleven recubrimiento de otros materiales.

Kg

7

Ex.

4811.59.02

Recubiertos con caolín y resinas sintéticas, repelentes a películas vinílicas, resistentes a la tensión así como a temperaturas iguales o superiores a 210°C, con peso superior a 100 g/m².

Kg

7

Ex.

4811.59.03

De kraft a base de celulosa semiblanqueada con un peso entre 200 g/m² y 450 g/m², cuya pasta se encuentre tratada con agentes que mejoren la resistencia a la humedad, recubiertos por una o por ambas caras con resina sintética de polietileno.

Kg

7

Ex.

4811.59.04

Filtro, impregnados de resinas sintéticas, aun cuando estén coloreados o acanalados.

Kg

7

Ex.

4811.59.05

100% de fibra de algodón, "transparentizado", impregnado con resinas sintéticas.

Kg

7

Ex.

4811.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4811.90.01

Cubiertos de gelatina por una de sus caras, para sensibilizarse posteriormente.

Kg

7

Ex.

4811.90.02

Recubiertos por una de sus caras con látex.

Kg

7

Ex.

4811.90.03

Recubiertos por una de sus caras, con nitrocelulósicos, con peso igual o superior a 140 g/m², sin exceder de 435 g/m².

Kg

7

Ex.

4811.90.04

Para obtener copias electrostáticas.

Kg

7

Ex.

4811.90.05

Glassine.

Kg

7

Ex.

4811.90.06

Con silicatos para estereotipia.

Kg

7

Ex.

4811.90.07

Impregnados con látex acrilonitrilo-butadieno, recubiertos por una de sus caras con látex tipo acrilonitrilo y por la otra del mismo látex con partículas de dióxido de silicio coloidal y/o impregnados con látex estireno-butadieno, recubiertos por una de sus caras con resinas de estireno-butadieno.

Kg

7

Ex.

4811.90.08

De pulpa o de pasta, teñido, para la fabricación de laminados plásticos decorativos.

Kg

7

Ex.

4811.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4812.00.01

Bloques y placas, filtrantes, de pasta de papel.

Kg

7

Ex.

4813.10.01

En librillos o en tubos.

Kg

7

Ex.

4813.20.01

En bobinas (rollos) de anchura inferior o igual a 5 cm.

Kg

7

Ex.

4813.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4814.10.01

Papel granito ("ingrain").

Kg

7

Ex.

4819.10.01

Cajas de papel o cartón corrugado.

Kg

7

Ex.

4819.30.01

Sacos (bolsas) con una anchura en la base superior o igual
a 40 cm.

Kg

7

Ex.

4821.10.01

Impresas.

Kg

7

Ex.

4821.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

4823.20.01

Papel filtro, con peso hasta 100 g/m², en bobinas de ancho igual o inferior a 105 mm.

Kg

7

Ex.

4823.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

4823.40.01

Papel diagrama para aparatos registradores, en bobinas (rollos), hojas o discos.

Kg

7

Ex.

4823.70.03

Empaquetaduras.

Kg

7

Ex.

4823.90.01

Para usos dieléctricos.

Kg

7

Ex.

4823.90.02

"Crepé" en bandas, excepto lo comprendido en la fracción 4823.90.01.

Kg

7

Ex.

4823.90.05

Recubierto con resinas plásticas, con ancho igual o superior
a 9 mm.

Kg

7

Ex.

4823.90.10

Semiconos de papel filtro.

Kg

7

Ex.

4823.90.11

Para protección de películas fotográficas.

Kg

7

Ex.

4823.90.12

Cartón de pasta teñida en la masa, superficie jaspeada con peso superior a 500 g/m² sin exceder de 900 g/m² ("pressboard").

Kg

7

Ex.

5001.00.01

Capullos de seda aptos para el devanado.

Kg

7

Ex.

5002.00.01

Seda cruda (sin torcer).

Kg

7

Ex.

5003.10.01

Sin cardar ni peinar.

Kg

7

Ex.

5003.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5004.00.01

Hilados de seda (excepto los hilados de desperdicios de seda) sin acondicionar para la venta al por menor.

Kg

10

Ex.

5005.00.01

Hilados de desperdicios de seda sin acondicionar para la venta al por menor.

Kg

10

Ex.

5006.00.01

Hilados de seda, o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor; "pelo de Mesina" ("crin de Florencia").

Kg

10

Ex.

5007.10.01

Tejidos de borrilla.

10

Ex.

5007.20.99

Los demás tejidos con un contenido de seda o desperdicios de seda, distintos de la borrilla, superior o igual al 85% en peso.

10

Ex.

5007.90.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5101.19.01

Cuyo rendimiento en fibra sea igual o inferior al 75%.

Kg

7

Ex.

5101.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5102.11.01

De cabra de Cachemira.

Kg

7

Ex.

5102.19.01

De cabra de Angora (mohair).

Kg

7

Ex.

5102.19.02

De conejo o de liebre.

Kg

7

Ex.

5102.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5102.20.01

De cabra común.

Kg

7

Ex.

5102.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5103.10.02

De lana limpia, excepto provenientes de peinadoras ("blousses").

Kg

7

Ex.

5103.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5103.20.02

De lana limpia, excepto provenientes de peinadoras ("blousses").

Kg

7

Ex.

5103.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5103.30.01

Desperdicios de pelo ordinario.

Kg

7

Ex.

5104.00.01

Hilachas de lana o pelo fino u ordinario.

Kg

7

Ex.

5105.10.01

Lana cardada.

Kg

7

Ex.

5105.29.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

5105.31.01

De cabra de Cachemira.

Kg

7

Ex.

5105.39.01

De alpaca, vicuna y llama, peinados en mechas ("tops").

Kg

7

Ex.

5105.39.02

De guanaco peinado en mechas ("tops").

Kg

7

Ex.

5105.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5105.40.01

Pelo ordinario, cardado o peinado.

Kg

7

Ex.

5106.10.01

Con un contenido de lana superior o igual al 85% en peso.

Kg

10

Ex.

5106.20.01

Con un contenido de lana inferior al 85% en peso.

Kg

10

Ex.

5107.10.01

Con un contenido de lana superior o igual al 85% en peso.

Kg

10

Ex.

5107.20.01

Con un contenido de lana inferior al 85% en peso.

Kg

10

Ex.

5109.10.01

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85% en peso.

Kg

10

Ex.

5109.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5110.00.01

Hilados de pelo ordinario o de crin (incluidos los hilados de crin entorchados), aunque estén acondicionados para la venta al por menor.

Kg

10

Ex.

5111.11.01

Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz, tejidos hechos a mano.

10

Ex.

5111.11.99

Los demás.

10

Ex.

5111.19.01

Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz, tejidos hechos a mano.

10

Ex.

5111.19.99

Los demás.

10

Ex.

5111.20.01

Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

10

Ex.

5111.20.99

Los demás.

10

Ex.

5111.30.01

Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

10

Ex.

5111.30.99

Los demás.

10

Ex.

5111.90.99

Los demás.

10

Ex.

5112.11.01

Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

10

Ex.

5112.11.99

Los demás.

10

Ex.

5112.19.01

Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

10

Ex.

5112.19.02

Tela de billar.

10

Ex.

5112.19.99

Los demás.

10

Ex.

5112.20.01

Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

10

Ex.

5112.20.99

Los demás.

10

Ex.

5112.30.01

Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

10

Ex.

5112.30.02

Tela de billar.

10

Ex.

5112.30.99

Los demás.

10

Ex.

5112.90.99

Los demás.

10

Ex.

5113.00.01

De pelo ordinario.

10

Ex.

5113.00.99

Los demás.

10

Ex.

5201.00.01

Con pepita.

Kg

7

Ex.

5201.00.02

Sin pepita, de fibra con más de 29 mm de longitud.

Kg

7

Ex.

5202.10.01

Desperdicios de hilados.

Kg

7

Ex.

5202.91.01

Hilachas.

Kg

7

Ex.

5202.99.01

Borra.

Kg

7

Ex.

5202.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5203.00.01

Algodón cardado o peinado.

Kg

7

Ex.

5204.11.01

Con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso.

Kg

10

Ex.

5204.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5204.20.01

Acondicionado para la venta al por menor.

Kg

10

Ex.

5205.11.01

De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14).

Kg

10

Ex.

5205.12.01

De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).

Kg

10

Ex.

5205.13.01

De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52).

Kg

10

Ex.

5205.14.01

De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80).

Kg

10

Ex.

5205.15.01

De título inferior a 125 decitex. (superior al número métrico 80).

Kg

10

Ex.

5205.21.01

De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14).

Kg

10

Ex.

5205.22.01

De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).

Kg

10

Ex.

5205.23.01

De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52).

Kg

10

Ex.

5205.24.01

De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual
a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80).

Kg

10

Ex.

5205.26.01

De título inferior a 125 decitex pero superior o igual
a 106.38 decitex (superior al número métrico 80 pero inferior o igual al número métrico 94).

Kg

10

Ex.

5205.27.01

De título inferior a 106.38 decitex pero superior o igual
a 83.33 decitex (superior al número métrico 94 pero inferior o igual al número métrico 120).

Kg

10

Ex.

5205.28.01

De título inferior a 83.33 decitex (superior al número métrico 120).

Kg

10

Ex.

5205.31.01

De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.32.01

De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.33.01

De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.34.01

De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.35.01

De título inferior a 125 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 80 por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.41.01

De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.42.01

De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.43.01

De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.44.01

De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.46.01

De título inferior a 125 decitex pero superior o igual a 106.38 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 80 pero inferior o igual al número métrico 94, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.47.01

De título inferior a 106.38 decitex pero superior o igual a 83.33 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 94 pero inferior o igual al número métrico 120, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5205.48.01

De título inferior a 83.33 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 120 por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.11.01

De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14).

Kg

10

Ex.

5206.12.01

De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).

Kg

10

Ex.

5206.13.01

De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52).

Kg

10

Ex.

5206.14.01

De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80).

Kg

10

Ex.

5206.15.01

De título inferior a 125 decitex (superior al número métrico 80).

Kg

10

Ex.

5206.21.01

De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14).

Kg

10

Ex.

5206.22.01

De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).

Kg

10

Ex.

5206.23.01

De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52).

Kg

10

Ex.

5206.24.01

De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80).

Kg

10

Ex.

5206.25.01

De título inferior a 125 decitex (superior al número métrico 80).

Kg

10

Ex.

5206.31.01

De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.32.01

De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.33.01

De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.34.01

De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.35.01

De título inferior a 125 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 80 por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.41.01

De título superior o igual a 714.29 decitex hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.42.01

De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.43.01

De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.44.01

De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5206.45.01

De título inferior a 125 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 80 por hilo sencillo).

Kg

10

Ex.

5207.10.01

Con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso.

Kg

10

Ex.

5207.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5208.11.01

De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

10

Ex.

5208.12.01

De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

10

Ex.

5208.13.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5208.19.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5208.19.02

Con un contenido de algodón igual al 100%, de peso inferior o igual a 50 g/m2 y anchura inferior o igual a 1.50 m.

10

Ex.

5208.19.99

Los demás.

10

Ex.

5208.21.01

De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

10

Ex.

5208.22.01

De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

10

Ex.

5208.23.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5208.29.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5208.29.99

Los demás.

10

Ex.

5208.31.01

De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

10

Ex.

5208.32.01

De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

15

Ex.

5208.33.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5208.39.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5208.39.99

Los demás.

10

Ex.

5208.41.01

De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

10

Ex.

5208.42.01

De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

15

Ex.

5208.43.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5208.49.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5208.51.01

De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

10

Ex.

5208.52.01

De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

15

Ex.

5208.53.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5208.59.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5208.59.99

Los demás.

10

Ex.

5209.11.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5209.12.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5209.19.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5209.19.99

Los demás.

10

Ex.

5209.21.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5209.22.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5209.29.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5209.29.99

Los demás.

10

Ex.

5209.31.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5209.32.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15

Ex.

5209.39.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5209.39.99

Los demás.

10

Ex.

5209.41.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5209.42.01

En los que los hilos de la urdimbre estén teñidos de azul y los de trama sean crudos, blanqueados, teñidos de gris o coloreados con un azul más claro que los de urdimbre.

15

Ex.

5209.42.99

Los demás.

10

Ex.

5209.43.99

Los demás tejidos de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15

Ex.

5209.49.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5209.51.01

De ligamento tafetán.

15

Ex.

5209.52.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5209.59.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5209.59.99

Los demás.

15

Ex.

5210.11.99

Los demás.

10

Ex.

5210.12.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5210.19.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5210.19.99

Los demás.

10

Ex.

5210.21.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5210.22.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5210.29.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5210.29.99

Los demás.

10

Ex.

5210.31.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5210.32.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5210.39.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5210.39.99

Los demás.

10

Ex.

5210.41.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5210.42.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5210.49.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5210.51.01

De ligamento tafetán.

15

Ex.

5210.52.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5210.59.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5210.59.99

Los demás.

10

Ex.

5211.11.99

Los demás.

10

Ex.

5211.12.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5211.19.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5211.19.99

Los demás.

10

Ex.

5211.21.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5211.22.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5211.29.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5211.29.99

Los demás.

10

Ex.

5211.31.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5211.32.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5211.39.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5211.39.99

Los demás.

10

Ex.

5211.41.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5211.42.01

En los que los hilos de la urdimbre estén teñidos de azul y los de trama sean crudos, blanqueados, teñidos de gris o coloreados con un azul más claro que los de urdimbre.

10

Ex.

5211.42.99

Los demás.

10

Ex.

5211.43.99

Los demás tejidos de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5211.49.99

Los demás tejidos.

15

Ex.

5211.51.01

De ligamento tafetán.

10

Ex.

5211.52.01

De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5211.59.01

De ligamento sarga.

10

Ex.

5211.59.99

Los demás.

10

Ex.

5212.11.01

Crudos.

10

Ex.

5212.12.01

Blanqueados.

10

Ex.

5212.13.01

Teñidos.

10

Ex.

5212.14.01

Con hilados de distintos colores.

10

Ex.

5212.15.01

Estampados.

10

Ex.

5212.21.01

Crudos.

10

Ex.

5212.22.01

Blanqueados.

10

Ex.

5212.23.01

Teñidos.

10

Ex.

5212.24.01

De tipo mezclilla.

10

Ex.

5212.24.99

Los demás.

10

Ex.

5212.25.01

Estampados.

10

Ex.

5302.10.01

Cáñamo en bruto o enriado.

Kg

7

Ex.

5302.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5303.10.01

Yute y demás fibras textiles del líber, en bruto o enriados.

Kg

7

Ex.

5303.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5304.10.01

Sisal y demás fibras textiles del género Agave, en bruto.

Kg

7

Ex.

5304.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5305.11.01

En bruto.

Kg

7

Ex.

5305.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5305.21.01

En bruto.

Kg

7

Ex.

5305.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5305.90.01

En bruto.

Kg

7

Ex.

5305.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5306.10.01

Sencillos.

Kg

10

Ex.

5306.20.01

Retorcidos o cableados.

Kg

10

Ex.

5308.10.01

Hilados de coco.

Kg

7

Ex.

5308.90.01

De ramio.

Kg

10

Ex.

5308.90.02

Hilados de papel.

Kg

7

Ex.

5308.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5309.11.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5309.19.99

Los demás.

10

Ex.

5309.21.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5309.29.99

Los demás.

10

Ex.

5311.00.01

De ramio o de hilados de papel.

10

Ex.

5401.10.01

De filamentos sintéticos

Kg

10

Ex.

5401.20.01

De filamentos artificiales.

Kg

10

Ex.

5402.10.02

De filamentos de nailon, de alta tenacidad, sencillos, planos, tensados al máximo, producidos con una torsión que no exceda de 40 vueltas por metro.

Kg

9

Ex.

5402.10.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.20.01

Sencillos, planos, tensados al máximo, producidos con una torsión que no exceda de 40 vueltas por metro.

Kg

9

Ex.

5402.20.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.31.01

De nailon o demás poliamidas, de título inferior o igual a 50 tex, por hilo sencillo.

Kg

9

Ex.

5402.32.01

De nailon o demás poliamidas, de título superior a 50 tex, por hilo sencillo.

Kg

9

Ex.

5402.33.01

De poliésteres.

Kg

9

Ex.

5402.39.01

De alcohol polivinílico.

Kg

9

Ex.

5402.39.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.41.01

Hilados de filamentos de nailon.

Kg

9

Ex.

5402.41.02

De 44.4 decitex (40 deniers) y 34 filamentos.

Kg

9

Ex.

5402.41.03

De aramidas.

Kg

9

Ex.

5402.41.04

De filamentos de nailon parcialmente orientados.

Kg

9

Ex.

5402.41.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.42.01

De poliésteres, parcialmente orientados.

Kg

9

Ex.

5402.43.01

Totalmente de poliéster, de título igual o superior a 75 decitex pero inferior o igual a 80 decitex, y 24 filamentos por hilo.

Kg

9

Ex.

5402.43.02

De filamentos de poliéster, sencillos, planos, tensados al máximo, producidos con una torsión que no exceda de 40 vueltas por metro.

Kg

9

Ex.

5402.43.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.49.01

De poliuretanos, del tipo de los denominados "elastanos", sin torsión, no en carretes de urdido (julios).

Kg

9

Ex.

5402.49.02

De poliuretanos, de 44.4 a 1887 decitex (40 a 1700 deniers).

Kg

9

Ex.

5402.49.03

De poliuretanos, excepto lo comprendido en las fracciones 5402.49.01 y 5402.49.02.

Kg

9

Ex.

5402.49.04

De poliolefinas.

Kg

9

Ex.

5402.49.05

De fibras acrílicas o modacrílicas.

Kg

9

Ex.

5402.49.06

De alcohol polivinílico.

Kg

9

Ex.

5402.49.07

De politetrafluoroetileno.

Kg

9

Ex.

5402.49.08

De polipropileno fibrilizado.

Kg

9

Ex.

5402.49.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.51.01

De fibras aramídicas.

Kg

9

Ex.

5402.51.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.52.01

De 75.48 decitex (68 deniers), teñido en rígido brillante con 32 filamentos y en torsión de 800 vueltas por metro.

Kg

9

Ex.

5402.52.02

Totalmente de poliéster, de título igual o superior a 75 decitex pero inferior o igual a 80 decitex, y 24 filamentos por hilo.

Kg

9

Ex.

5402.52.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.59.01

De poliolefinas.

Kg

9

Ex.

5402.59.02

De fibras acrílicas o modacrílicas.

Kg

9

Ex.

5402.59.03

De alcohol polivinílico.

Kg

9

Ex.

5402.59.04

De politetrafluoroetileno.

Kg

9

Ex.

5402.59.05

De polipropileno fibrilizado.

Kg

9

Ex.

5402.59.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.61.01

De fibras aramídicas.

Kg

9

Ex.

5402.61.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.62.01

De 75.48 decitex (68 deniers), teñido en rígido brillante con 32 filamentos y torsión de 800 vueltas por metro.

Kg

9

Ex.

5402.62.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5402.69.01

De poliolefinas.

Kg

9

Ex.

5402.69.02

De fibras acrílicas o modacrílicas.

Kg

9

Ex.

5402.69.03

De alcohol polivinílico.

Kg

9

Ex.

5402.69.04

De politetrafluoroetileno.

Kg

9

Ex.

5402.69.05

De polipropileno fibrilizado.

Kg

9

Ex.

5402.69.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5403.20.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5403.39.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5403.49.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5404.10.01

De poliéster.

Kg

9

Ex.

5404.10.02

De poliamidas o superpoliamidas.

Kg

9

Ex.

5404.10.03

De poliolefinas.

Kg

9

Ex.

5404.10.04

De alcohol polivinílico.

Kg

9

Ex.

5404.10.05

De poliuretanos, del tipo de los denominados "elastanos".

Kg

9

Ex.

5404.10.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5404.90.99

Las demás.

Kg

9

Ex.

5405.00.01

Monofilamentos.

Kg

9

Ex.

5405.00.02

Paja artificial.

Kg

9

Ex.

5405.00.03

Imitaciones de catgut con diámetro igual o superior a 0.05 mm, sin exceder de 0.70 mm.

Kg

9

Ex.

5405.00.04

Imitaciones de catgut excepto lo comprendido en la fracción 5405.00.03.

Kg

9

Ex.

5405.00.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5406.10.01

De poliamidas o superpoliamidas, excepto lo comprendido en la fracción 5406.10.02.

Kg

10

Ex.

5406.10.02

De aramidas, retardantes a la flama.

Kg

7

Ex.

5406.10.03

De poliéster.

Kg

10

Ex.

5406.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5406.20.01

Hilados de filamentos artificiales.

Kg

10

Ex.

5407.10.01

Empleados en armaduras de neumáticos, de nailon o poliéster, con un máximo de seis hilos por pulgada en la trama.

10

Ex.

5407.10.99

Los demás.

10

Ex.

5407.20.99

Los demás.

10

Ex.

5407.30.01

De fibras sintéticas, crudos o blanqueados.

10

Ex.

5407.30.99

Los demás.

10

Ex.

5407.41.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5407.42.01

Teñidos.

10

Ex.

5407.43.01

Gofrados.

10

Ex.

5407.43.03

Con ancho de 64 a 72 cm, para la confección de corbatas.

10

Ex.

5407.43.99

Los demás.

10

Ex.

5407.44.01

Estampados.

10

Ex.

5407.51.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5407.52.01

Teñidos.

15

Ex.

5407.53.01

Gofrados o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5407.53.03

Con ancho de 64 a 72 cm, para la confección de corbatas.

10

Ex.

5407.53.99

Los demás.

10

Ex.

5407.54.01

Estampados.

10

Ex.

5407.61.01

Totalmente de poliéster, de hilados sencillos, de título igual o superior a 75 decitex pero inferior o igual a 80 decitex, y 24 filamentos por hilo, y una torsión igual o superior a 900 vueltas por metro.

10

Ex.

5407.61.02

Crudos o blanqueados, excepto lo comprendido en la fracción 5407.61.01.

10

Ex.

5407.61.99

Los demás.

15

Ex.

5407.69.99

Los demás.

10

Ex.

5407.71.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5407.72.01

Teñidos.

15

Ex.

5407.73.01

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5407.73.03

De poliuretanos, "elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% con el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

10

Ex.

5407.73.99

Los demás.

15

Ex.

5407.74.01

Estampados.

15

Ex.

5407.81.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5407.82.01

Gofrados, o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5407.82.03

De poliuretanos, "elásticas", entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

10

Ex.

5407.82.99

Los demás.

10

Ex.

5407.83.01

Con hilados de distintos colores.

10

Ex.

5407.84.01

Estampados.

15

Ex.

5407.91.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5407.91.02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5407.91.03

Tejidos de alcohol polivinílico.

10

Ex.

5407.91.05

De poliuretanos, "elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

10

Ex.

5407.91.07

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

10

Ex.

5407.91.99

Los demás.

10

Ex.

5407.92.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5407.92.02

Gofrados o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5407.92.03

De alcohol polivinílico.

10

Ex.

5407.92.05

De poliuretanos, "elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en sentido transversal (trama).

10

Ex.

5407.92.06

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

10

Ex.

5407.92.99

Los demás.

15

Ex.

5407.93.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5407.93.02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5407.93.03

De alcohol polivinílico.

10

Ex.

5407.93.05

Con ancho de 64 a 72 cm para la confección de corbatas.

10

Ex.

5407.93.06

De poliuretanos, "elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

10

Ex.

5407.93.07

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

10

Ex.

5407.93.99

Los demás.

10

Ex.

5407.94.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5407.94.02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5407.94.03

De alcohol polivinílico.

10

Ex.

5407.94.05

Con ancho de 64 a 72 cm para la confección de corbatas.

10

Ex.

5407.94.06

De poliuretanos,"elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

10

Ex.

5407.94.07

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

10

Ex.

5407.94.99

Los demás.

10

Ex.

5408.10.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5408.10.02

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5408.10.04

Empleados en armaduras de neumáticos, de rayón, con un máximo de 6 hilos por pulgada de la trama.

10

Ex.

5408.10.99

Los demás.

10

Ex.

5408.21.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5408.21.02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5408.21.99

Los demás.

10

Ex.

5408.22.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5408.22.02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5408.22.04

De rayón cupramonio.

10

Ex.

5408.22.99

Los demás.

10

Ex.

5408.23.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5408.23.02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5408.23.04

Con ancho de 64 a 72 cm para la confección de corbatas.

10

Ex.

5408.24.01

De rayón cupramonio.

15

Ex.

5408.24.99

Los demás.

10

Ex.

5408.31.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5408.31.02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5408.31.04

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

10

Ex.

5408.31.99

Los demás.

10

Ex.

5408.32.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5408.32.02

Gofrados o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5408.32.05

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

10

Ex.

5408.32.99

Los demás.

15

Ex.

5408.33.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5408.33.02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5408.33.04

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

10

Ex.

5408.33.99

Los demás.

10

Ex.

5408.34.01

Asociados con hilos de caucho.

10

Ex.

5408.34.02

Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

10

Ex.

5408.34.03

Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

10

Ex.

5408.34.99

Los demás.

15

Ex.

5501.10.01

De nailon o demás poliamidas.

Kg

9

Ex.

5501.20.01

De tereftalato de polietileno excepto lo comprendido en las fracciones 5501.20.02 y 5501.20.03.

Kg

9

Ex.

5501.20.02

De tereftalato de polietileno color negro, teñido en la masa.

Kg

9

Ex.

5501.20.03

De alta tenacidad igual o superior a 7.77 g por decitex (7 g por denier) constituidos por un filamento de 1.33 decitex y con un decitex total de 133,333 (120,000 deniers).

Kg

9

Ex.

5501.20.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5501.30.01

Acrílicos o modacrílicos.

Kg

9

Ex.

5501.90.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5502.00.01

Cables de rayón.

Kg

9

Ex.

5502.00.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5503.10.01

De nailon o demás poliamidas.

Kg

9

Ex.

5503.20.01

De tereftalato de polietileno, excepto lo comprendido en las fracciones 5503.20.02 y 5503.20.03.

Kg

9

Ex.

5503.20.02

De tereftalato de polietileno alta tenacidad igual o superior a 7.67 g por decitex (6.10 g por denier).

Kg

9

Ex.

5503.20.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5503.30.01

Acrílicas o modacrílicas.

Kg

9

Ex.

5503.40.01

De polipropileno de 3 a 25 deniers.

Kg

9

Ex.

5503.90.99

Las demás.

Kg

9

Ex.

5504.10.99

Los demás.

Kg

9

Ex.

5504.90.99

Las demás.

Kg

9

Ex.

5505.10.01

De fibras sintéticas.

Kg

9

Ex.

5505.20.01

De fibras artificiales.

Kg

9

Ex.

5506.10.01

De nailon o demás poliamidas.

Kg

9

Ex.

5506.20.01

De poliésteres.

Kg

9

Ex.

5506.30.01

Acrílicas o modacrílicas.

Kg

9

Ex.

5506.90.99

Las demás.

Kg

9

Ex.

5507.00.01

Fibras artificiales discontinuas, cardadas, peinadas transformadas de otro modo para la hilatura.

Kg

9

Ex.

5509.11.01

Sencillos.

Kg

10

Ex.

5509.12.01

Retorcidos o cableados.

Kg

10

Ex.

5509.21.01

Sencillos.

Kg

10

Ex.

5509.22.01

Retorcidos o cableados.

Kg

10

Ex.

5509.31.01

Sencillos.

Kg

10

Ex.

5509.32.01

Retorcidos o cableados.

Kg

10

Ex.

5509.41.01

Sencillos.

Kg

10

Ex.

5509.42.01

Retorcidos o cableados.

Kg

10

Ex.

5509.51.01

Mezclados exclusiva o principalmente, con fibras artificiales discontinuas.

Kg

10

Ex.

5509.52.01

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

Kg

10

Ex.

5509.53.01

Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

Kg

10

Ex.

5509.59.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5509.61.01

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

Kg

10

Ex.

5509.62.01

Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

Kg

10

Ex.

5509.69.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5509.91.01

Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

Kg

10

Ex.

5509.92.01

Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

Kg

10

Ex.

5509.99.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5510.11.01

Sencillos.

Kg

10

Ex.

5510.12.01

Retorcidos o cableados.

Kg

10

Ex.

5510.20.99

Los demás hilados, mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.

Kg

10

Ex.

5510.30.99

Los demás hilados, mezclados exclusiva o principalmente con algodón.

Kg

10

Ex.

5510.90.99

Los demás hilados.

Kg

10

Ex.

5511.10.01

De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85% en peso.

Kg

10

Ex.

5511.20.01

De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras inferior al 85% en peso.

Kg

10

Ex.

5511.30.01

De fibras artificiales discontinuas.

Kg

10

Ex.

5512.11.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5512.19.01

Tipo mezclilla.

10

Ex.

5512.19.99

Los demás.

10

Ex.

5512.21.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5512.29.99

Los demás.

10

Ex.

5512.91.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5512.99.99

Los demás.

10

Ex.

5513.11.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15

Ex.

5513.12.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5513.13.99

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

10

Ex.

5513.19.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5513.21.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15

Ex.

5513.22.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5513.23.99

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

10

Ex.

5513.29.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5513.31.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15

Rx.

5513.32.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5513.33.99

Los demás tejidos, de fibras discontinuas de poliéster.

10

Ex.

5513.39.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5513.41.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

10

Ex.

5513.42.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5513.43.99

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

10

Ex.

5513.49.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5514.11.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

10

Ex.

5514.12.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5514.13.99

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

10

Ex.

5514.19.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5514.21.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15

Ex.

5514.22.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5514.23.99

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

10

Ex.

5514.29.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5514.31.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

10

Ex.

5514.32.01

Tipo mezclilla.

10

Ex.

5514.32.99

Los demás.

10

Ex.

5514.33.99

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

10

Ex.

5514.39.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5514.41.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

10

Ex.

5514.42.01

De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

10

Ex.

5514.43.99

Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

10

Ex.

5514.49.99

Los demás tejidos.

10

Ex.

5515.11.01

Mezcladas exclusiva o principalmente con fibras discontinuas de rayón viscosa.

15

Ex.

5515.12.01

Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

10

Ex.

5515.13.01

Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

10

Ex.

5515.13.99

Los demás.

10

Ex.

5515.19.99

Los demás.

10

Ex.

5515.21.01

Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

10

Ex.

5515.22.01

Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

10

Ex.

5515.22.99

Los demás.

10

Ex.

5515.29.99

Los demás.

10

Ex.

5515.91.01

Mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

10

Ex.

5515.92.01

Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

10

Ex.

5515.92.99

Los demás.

10

Ex.

5515.99.99

Los demás.

10

Ex.

5516.11.01

Crudos o blanqueados.

15

Ex.

5516.12.01

Teñidos.

10

Ex.

5516.13.01

Con hilados de distintos colores.

15

Ex.

5516.14.01

Estampados.

10

Ex.

5516.21.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5516.22.01

Teñidos.

15

Ex.

5516.23.01

Con hilados de distintos colores.

15

Ex.

5516.24.01

Estampados.

10

Ex.

5516.31.01

Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

10

Ex.

5516.31.99

Los demás.

10

Ex.

5516.32.01

Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

10

Ex.

5516.32.99

Los demás.

10

Ex.

5516.33.01

Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

10

Ex.

5516.33.99

Los demás.

10

Ex.

5516.34.01

Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

10

Ex.

5516.34.99

Los demás.

10

Ex.

5516.41.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5516.42.01

Teñidos.

10

Ex.

5516.43.01

Con hilados de distintos colores.

10

Ex.

5516.44.01

Estampados.

10

Ex.

5516.91.01

Crudos o blanqueados.

10

Ex.

5516.92.01

Teñidos.

10

Ex.

5516.93.01

Con hilados de distintos colores.

10

Ex.

5516.94.01

Estampados.

10

Ex.

5601.21.01

Guata.

Kg

7

Ex.

5601.21.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5601.22.01

Guata.

Kg

7

Ex.

5601.22.99

Los demás.

Kg

15

Ex.

5601.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5601.30.01

Motas de "seda" de acetato, rayón-viscosa o de lino.

Kg

7

Ex.

5601.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5602.10.01

Asfaltados, embreados, alquitranados y/o adicionados de caucho sintético.

Kg

10

Ex.

5602.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5602.21.01

De lana.

Kg

10

Ex.

5602.21.02

De forma cilíndrica o rectangular.

Kg

10

Ex.

5602.21.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5602.29.99

De las demás materias textiles.

Kg

10

Ex.

5602.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5603.11.01

De peso inferior o igual a 25 g/m².

Kg

10

Ex.

5603.12.01

De anchura inferior o igual a 45 mm, para uso exclusivo en la fabricación de pilas eléctricas.

Kg

10

Ex.

5603.12.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5603.13.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

5603.14.01

De peso superior a 150 g/m².

Kg

10

Ex.

5603.91.01

De peso inferior o igual a 25 g/m².

Kg

10

Ex.

5603.92.01

De peso superior a 25 g/m² pero inferior o igual a 70 g/m².

Kg

10

Ex.

5603.93.01

De peso superior a 70 g/m² pero inferior o igual a 150 g/m².

Kg

10

Ex.

5603.94.01

De peso superior a 150 g/m².

Kg

10

Ex.

5604.10.01

Hilos y cuerdas de caucho revestidos de textiles.

Kg

10

Ex.

5604.20.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

5604.20.02

De fibras aramídicas.

Kg

7

Ex.

5604.20.03

De poliamidas o superpoliamidas de 44.44 decitex (40 deniers) y 34 filamentos.

Kg

7

Ex.

5604.20.04

De rayón, de 1,333.33 decitex (1,200 deniers).

Kg

10

Ex.

5604.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5604.90.01

Impregnados o recubiertos de caucho vulcanizado.

Kg

10

Ex.

5604.90.02

De seda o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor, pelo de Mesina (crin de Florencia); imitaciones de catgut preparados con hilados de seda.

Kg

10

Ex.

5604.90.03

Imitaciones de catgut, de materia textil sintética y artificial, continua, excepto lo comprendido en la fracción 5604.90.04.

Kg

7

Ex.

5604.90.04

Imitaciones de catgut, de materia textil sintética y artificial, continua, con diámetro igual o superior a 0.05 mm, sin exceder de 0.70 mm.

Kg

10

Ex.

5604.90.05

De materia textil sintética y artificial, excepto lo comprendido en la fracción 5604.90.01.

Kg

10

Ex.

5604.90.06

De lana, de pelos (finos u ordinarios) o de crin incluso acondicionados para la venta al por menor.

Kg

10

Ex.

5604.90.07

De lino o de ramio.

Kg

10

Ex.

5604.90.08

De algodón, sin acondicionar para la venta al por menor.

Kg

10

Ex.

5604.90.09

De algodón, acondicionadas para la venta al por menor.

Kg

10

Ex.

5604.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5605.00.01

Hilados metálicos e hilados metalizados, incluso entorchados, constituidos por hilados textiles, tiras o formas similares de las partidas 54.04 o 54.05, combinados con metal en forma de hilos, tiras o polvo, o revestidos de metal.

Kg

10

Ex.

5606.00.01

Hilados de poliuretanos entorchados o enrollados con hilos de fibras textiles poliamídicas o poliestéricas, con decitex total superior a 99.9 (90 deniers).

Kg

10

Ex.

5606.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5607.10.01

De yute o demás fibras textiles del liber de la partida 53.03.

Kg

7

Ex.

5607.21.01

Cordeles para atar o engavillar.

Kg

7

Ex.

5607.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5607.41.01

Cordeles para atar o engavillar.

Kg

10

Ex.

5607.49.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5607.50.99

De las demás fibras sintéticas.

Kg

10

Ex.

5607.90.01

De abacá (cáñamo de Manila (Musa textilis Nee)) o demás fibras duras de hojas.

Kg

10

Ex.

5607.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5608.11.01

Con luz de malla inferior a 3.81 cm.

Kg

15

Ex.

5608.11.99

Los demás.

Kg

15

Ex.

5608.19.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

5608.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

5609.00.01

Eslingas.

Kg

7

Ex.

5609.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5801.10.01

De lana o pelo fino.

10

Ex.

5801.21.01

Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

10

Ex.

5801.22.01

Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

10

Ex.

5801.23.99

Los demás terciopelos y felpas por trama.

10

Ex.

5801.24.01

Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

10

Ex.

5801.25.01

Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

10

Ex.

5801.26.01

Tejidos de chenilla.

10

Ex.

5801.31.01

Terciopelos y felpa por trama, sin cortar.

10

Ex.

5801.32.01

Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

10

Ex.

5801.33.99

Los demás terciopelos y felpas por trama.

10

Ex.

5801.34.01

Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

10

Ex.

5801.35.01

Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

10

Ex.

5801.36.01

Tejidos de chenilla.

10

Ex.

5801.90.99

De las demás materias textiles.

10

Ex.

5802.11.01

Crudos.

10

Ex.

5802.20.01

Tejidos con bucles del tipo toalla, de las demás materias textiles.

10

Ex.

5802.30.01

Superficies textiles con mechón insertado.

10

Ex.

5803.10.01

De algodón.

10

Ex.

5803.90.01

De fibras sintéticas continuas, crudos o blanqueados.

10

Ex.

5803.90.03

De fibras textiles vegetales, excepto de lino o de ramio.

10

Ex.

5803.90.99

Los demás.

10

Ex.

5804.10.01

Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas.

Kg

10

Ex.

5804.21.01

De fibras sintéticas o artificiales.

Kg

10

Ex.

5804.29.99

De las demás materias textiles.

Kg

10

Ex.

5804.30.01

Encajes hechos a mano.

Kg

10

Ex.

5805.00.01

Tapicería tejida a mano (Gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de "petit point", de punto de cruz), incluso confeccionadas.

15

Ex.

5806.10.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

5806.20.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

5806.31.01

De algodón.

Kg

10

Ex.

5806.32.01

De fibras sintéticas o artificiales.

Kg

10

Ex.

5806.39.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

5806.40.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

5807.10.01

Tejidos.

Kg

10

Ex.

5807.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5808.10.01

Trenzas en pieza.

Kg

10

Ex.

5808.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5809.00.01

Tejidos de hilos de metal y tejidos de hilados metálicos o de hilados textiles metalizados de la partida 56.05, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares, no expresados ni comprendidos en otra parte.

10

Ex.

5810.10.01

Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado.

Kg

10

Ex.

5810.91.01

De algodón.

Kg

10

Ex.

5810.92.01

De fibras sintéticas o artificiales.

Kg

10

Ex.

5810.99.99

De las demás materias textiles.

Kg

10

Ex.

5811.00.01

Productos textiles acolchados en pieza, constituidos por una o varias capas de materia textil combinadas con una materia de relleno y mantenidas mediante puntadas u otro modo de sujeción, excepto los bordados de la partida 58.10.

10

Ex.

5901.10.01

Telas recubiertas de cola o materias amiláceas, de los tipos utilizados para la encuadernación, cartonaje, estuchería o usos similares.

10

Ex.

5901.90.02

Telas preparadas para la pintura.

10

Ex.

5901.90.99

Los demás.

10

Ex.

5902.10.01

De nailon o demás poliamidas.

Kg

10

Ex.

5902.20.01

De poliésteres.

Kg

10

Ex.

5902.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

5903.90.01

Cintas o tiras adhesivas.

10

Ex.

5903.90.02

De fibras sintéticas o artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 5903.90.01.

10

Ex.

5903.90.99

Las demás.

10

Ex.

5904.10.01

Linóleo.

15

Ex.

5904.90.01

Con soporte de fieltro punzonado o tela sin tejer.

15

Ex.

5904.90.02

Con otros soportes.

15

Ex.

5906.10.01

Cintas adhesivas de anchura inferior o igual a 20 cm.

M

15

Ex.

5906.91.01

De fibras sintéticas cauchutadas con neopreno, de peso inferior o igual a 1,500 g/m², para la fabricación de prendas deportivas.

10

Ex.

5906.91.99

Los demás.

10

Ex.

5906.99.02

Tejidos de algodón, recubiertos o impregnados de caucho por una o ambas caras.

10

Ex.

5906.99.03

De fibras sintéticas o artificiales, recubiertos o impregnados de caucho por una o ambas caras.

10

Ex.

5906.99.99

Los demás.

10

Ex.

5907.00.01

Tejidos impregnados con materias incombustibles.

10

Ex.

5907.00.02

Cintas o tiras impregnadas con aceites oxidados.

M

10

Ex.

5907.00.03

Tejidos impregnados con preparaciones a base de aceites oxidados, aislantes de la electricidad.

10

Ex.

5907.00.04

Telas y tejidos encerados o aceitados.

10

Ex.

5907.00.05

Telas impregnadas o bañadas, con tundiznos cuya longitud sea hasta 2 mm.

10

Ex.

5907.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5908.00.01

Capuchones.

Kg

10

Ex.

5908.00.02

Mechas de algodón montadas en anillos de metal común.

Kg

10

Ex.

5908.00.03

Tejidos tubulares.

Kg

7

Ex.

5908.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

5909.00.01

Mangueras para bombas y tubos similares, de materia textil, incluso con armadura o accesorios de otras materias.

Kg

10

Ex.

5910.00.01

Correas transportadoras o de transmisión, de materia textil, incluso impregnadas, recubiertas o revestidas, o estratificadas con plástico o reforzadas con metal u otra materia.

Kg

10

Ex.

5911.10.01

Cintas de terciopelo impregnadas de caucho para forrar enjulios.

M

10

Ex.

5911.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

5911.20.01

Gasas y telas para cerner, incluso confeccionadas.

7

Ex.

5911.31.01

De peso inferior a 650 g/m².

Kg

10

Ex.

5911.32.01

De peso superior o igual a 650 g/m².

Kg

10

Ex.

5911.40.01

Capachos y telas gruesas de los tipos utilizados en las prensas de aceite o para usos técnicos análogos, incluidos los de cabello.

Kg

10

Ex.

5911.90.01

Artículos textiles para usos técnicos u otras partes o piezas de máquinas o aparatos, excepto lo comprendido en la fracción 5911.90.03.

Kg

7

Ex.

5911.90.02

Tejidos armados con metal, de los tipos comúnmente empleados en usos técnicos.

Kg

10

Ex.

5911.90.03

Juntas, arandelas, membranas, discos, manguitos o artículos análogos para usos técnicos.

Kg

10

Ex.

5911.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6001.10.01

Tejidos "de pelo largo".

Kg

10

Ex.

6001.21.01

De algodón.

Kg

10

Ex.

6001.22.01

De fibras sintéticas o artificiales.

Kg

10

Ex.

6001.29.02

De lana, pelo o crin.

Kg

10

Ex.

6001.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6001.91.01

De algodón.

Kg

10

Ex.

6001.92.01

De fibras sintéticas o artificiales.

Kg

10

Ex.

6001.99.99

De las demás materias textiles.

Kg

10

Ex.

6002.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6002.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6003.10.01

De lana o de pelo fino.

Kg

10

Ex.

6003.20.01

De algodón.

Kg

10

Ex.

6003.30.01

De fibras sintéticas.

Kg

10

Ex.

6003.40.01

De fibras artificiales.

Kg

10

Ex.

6003.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6004.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6004.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6005.10.01

De lana o pelo fino.

Kg

10

Ex.

6005.21.01

Crudos o blanqueados.

Kg

10

Ex.

6005.22.01

Teñidos.

Kg

10

Ex.

6005.23.01

Con hilados de distintos colores.

Kg

10

Ex.

6005.24.01

Estampados.

Kg

10

Ex.

6005.31.01

Crudos o blanqueados.

Kg

10

Ex.

6005.32.01

Totalmente de poliamidas, con un fieltro de fibras de polipropileno en una de sus caras, como soporte.

Kg

10

Ex.

6005.32.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6005.33.01

Con hilados de distintos colores.

Kg

10

Ex.

6005.34.01

Estampados.

Kg

10

Ex.

6005.41.01

Crudos o blanqueados.

Kg

10

Ex.

6005.42.01

Teñidos.

Kg

10

Ex.

6005.43.01

Con hilados de distintos colores.

Kg

10

Ex.

6005.44.01

Estampados.

Kg

10

Ex.

6005.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6006.10.01

De lana o pelo fino.

Kg

10

Ex.

6006.21.01

Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).

Kg

10

Ex.

6006.21.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6006.22.01

Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).

Kg

10

Ex.

6006.22.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6006.23.01

Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).

Kg

10

Ex.

6006.23.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6006.24.01

Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).

Kg

10

Ex.

6006.24.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6006.31.01

Crudos o blanqueados.

Kg

10

Ex.

6006.32.01

Teñidos.

Kg

10

Ex.

6006.33.01

Con hilados de distintos colores.

Kg

10

Ex.

6006.34.01

Estampados.

Kg

10

Ex.

6006.41.01

Crudos o blanqueados.

Kg

10

Ex.

6006.42.01

Teñidos.

Kg

10

Ex.

6006.43.01

Con hilados de distintos colores.

Kg

10

Ex.

6006.44.01

Estampados.

Kg

10

Ex.

6006.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6406.20.02

Suelas de caucho o de plástico.

Pza

7

Ex.

6406.20.03

Tacones (tacos) de caucho o de plástico.

Pza

7

Ex.

6406.91.02

Suelas de madera.

Pza

10

Ex.

6406.91.03

Tacones (tacos) de madera.

Pza

10

Ex.

6406.91.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6406.99.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6501.00.01

Cascos sin forma ni acabado, platos (discos) y cilindros, aunque estén cortados en el sentido de la altura, de fieltro, para sombreros.

Pza

10

Ex.

6502.00.01

Cascos para sombreros, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, sin formar, acabar ni guarnecer.

Pza

10

Ex.

6506.10.01

Cascos de seguridad.

Pza

10

Ex.

6603.20.01

Monturas ensambladas, sin puños.

Kg

7

Ex.

6803.00.01

En losas rectangulares, cuyas medidas en milímetros sean: longitud inferior o igual a 700, anchura inferior o igual a 350 y un espesor inferior o igual a 26.

Kg

10

Ex.

6804.10.01

Muelas circulares.

Kg

10

Ex.

6804.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

6804.21.01

Elementos o segmentos con polvo de diamante aglomerado, para integrarse a soportes de metal común.

Kg

10

Ex.

6804.21.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

6804.22.01

Discos dentados o con bordes continuos.

Kg

10

Ex.

6804.22.02

Piedras para afilar o pulir a mano, de abrasivos aglomerados o de pasta cerámica.

Kg

10

Ex.

6804.22.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

6804.23.01

Discos dentados o con bordes continuos.

Kg

10

Ex.

6804.23.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

6805.10.01

De anchura superior a 1800 mm.

Kg

7

Ex.

6805.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6805.20.01

Con soporte constituido solamente por papel o cartón.

Kg

10

Ex.

6805.30.01

Con soporte de otras materias.

Kg

10

Ex.

6806.10.01

Lana de escoria, de roca y lanas minerales similares, incluso mezcladas entre sí, en masa, hojas o enrolladas.

Kg

10

Ex.

6806.20.01

Vermiculita dilatada, arcilla dilatada, espuma de escoria y productos minerales similares dilatados, incluso mezclados entre sí.

Kg

10

Ex.

6806.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6807.10.01

En rollos.

Kg

10

Ex.

6807.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6810.91.01

Postes, no decorativos.

Kg

10

Ex.

6811.10.01

Placas onduladas.

Kg

10

Ex.

6811.20.99

Las demás placas, paneles, losetas, tejas y artículos similares.

Kg

10

Ex.

6811.30.01

Tubería de presión, tubería sanitaria o para ductos eléctricos, de asbesto-cemento.

Kg

10

Ex.

6811.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6811.90.99

Las demás manufacturas.

Kg

10

Ex.

6812.60.01

Papel o cartón.

Kg

10

Ex.

6812.60.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

6812.70.01

Hojas o láminas de amianto (asbesto) con acrilonitrilo butadieno, incluso presentadas en rollos.

Kg

7

Ex.

6812.70.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6812.90.01

Láminas de amianto (asbesto) con espesor igual o inferior a 0.71 mm, con un contenido de fibra de amianto entre 85% y 90% y un contenido de látex estireno butadieno entre 10% y 15%, en rollos.

Kg

7

Ex.

6812.90.02

Amianto (asbesto) en fibras trabajado; mezclas a base de amianto o a base de amianto y carbonato de magnesio.

Kg

10

Ex.

6812.90.03

Hilados.

Kg

10

Ex.

6812.90.04

Cuerdas y cordones, incluso trenzados.

Kg

10

Ex.

6812.90.05

Tejidos, incluso de punto.

Kg

10

Ex.

6812.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6813.10.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

6813.10.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6813.90.01

Discos de embrague, excepto lo comprendido en la fracción 6813.90.03.

Kg

10

Ex.

6813.90.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

6813.90.03

Discos de amianto (asbesto), con diámetro interior superior a 7.5 cm, sin exceder de 8 cm, y diámetro exterior igual o superior a 34.5 cm, sin exceder de 35 cm.

Kg

7

Ex.

6813.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6814.10.01

Losas, planchas, mosaicos o cintas de mica aglomerada, con espesor superior a 0.23 mm.

Kg

7

Ex.

6814.10.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6814.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6815.10.01

Tapones o tapas de grafito.

Kg

10

Ex.

6815.10.02

Bloques y ladrillos de carbón, con aglutinantes.

Kg

10

Ex.

6815.10.03

Filtros, caños, codos o uniones de grafito, impermeabilizados con resinas polimerizadas, reconocibles como concebidas exclusivamente para intercambiadores de calor.

Kg

7

Ex.

6815.10.04

Láminas de grafito natural.

Kg

7

Ex.

6815.10.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6815.20.01

Manufacturas de turba.

Kg

10

Ex.

6815.91.01

A base de óxidos, fundidos eléctricamente.

Kg

7

Ex.

6815.91.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6815.99.01

A base de óxidos, fundidos eléctricamente.

Kg

7

Ex.

6815.99.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

6901.00.01

Ladrillos, placas, baldosas y demás piezas cerámicas de harinas silíceas fósiles (por ejemplo: "Kieselguhr", tripolita, diatomita) o de tierras silíceas análogas.

Kg

10

Ex.

6902.10.01

Con un contenido de los elementos Mg (magnesio), Ca (calcio) o Cr (cromo), considerados aislada o conjuntamente, superior al 50% en peso, expresados en MgO (óxido de magnesio), CaO (óxido de calcio) o Cr2O3 (óxido crómico).

Kg

10

Ex.

6902.20.01

Con un contenido de alúmina (Al2O3), de sílice (SiO2) o de una mezcla o combinación de estos productos, superior al 50% en peso.

Kg

10

Ex.

6902.90.01

De óxido de circonio o de silicato de circonio.

Kg

7

Ex.

6902.90.02

De alúmina, óxido de circonio y mullita.

Kg

7

Ex.

6902.90.03

De cianita, andalucita o silimanita.

Kg

7

Ex.

6902.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6903.10.01

Placas perforadas generadoras de infrarrojos, muflas, tapones y tapas, crisoles con capacidad de hasta 300 decímetros cúbicos, excepto lo comprendido en la fracción 6903.10.02.

Kg

10

Ex.

6903.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

6903.20.01

Placas perforadas generadoras de infrarrojos.

Kg

10

Ex.

6903.20.02

Crisoles, con capacidad de hasta 300 decímetros cúbicos.

Kg

10

Ex.

6903.20.03

Soportes.

Kg

10

Ex.

6903.20.04

Boquillas.

Kg

10

Ex.

6903.20.05

Norias o botas, cubiertas de norias, y tubos, agujas o émbolos, rotores, agitadores o anillos.

Kg

10

Ex.

6903.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

6903.90.01

Esferas refractarias con un contenido inferior o igual al 50% de óxido de silicio, al 40% de óxido de aluminio y al 5% de óxido de fierro.

Kg

10

Ex.

6903.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

6905.90.01

Ornamentos arquitectónicos (cornisas, frisos, etc.) y demás artículos cerámicos de construcción, (sombretes, cañones de chimenea, etc.).

Kg

7

Ex.

6909.11.01

Tubos de combustión.

Kg

7

Ex.

6909.11.02

Moldes de porcelana.

Kg

7

Ex.

6909.11.03

Recipientes para líquidos corrosivos.

Kg

7

Ex.

6909.11.04

Válvulas de retención, tipo cono.

Kg

7

Ex.

6909.11.05

Guiahilos.

Kg

7

Ex.

6909.11.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6909.12.01

Artículos con una dureza equivalente a 9 o superior en la escala de Mohs.

Kg

10

Ex.

6909.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

6909.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7001.00.01

Desperdicios y desechos de vidrio; vidrio en masa.

Kg

7

Ex.

7002.10.01

Bolas.

Kg

10

Ex.

7002.20.01

Varillas de borosilicato.

Kg

7

Ex.

7002.20.02

De vidrio llamado "esmalte".

Kg

7

Ex.

7002.20.03

De vidrio óptico en bruto, para lentes correctores.

Kg

7

Ex.

7002.20.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7002.31.01

De borosilicato.

Kg

10

Ex.

7002.31.02

De vidrio llamado "esmalte".

Kg

7

Ex.

7002.31.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7002.32.01

De otro vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5 x 10-6 por Kelvin, entre 0ºC y 300ºC.

Kg

10

Ex.

7002.39.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7005.29.01

De vidrio flotado claro, con espesor inferior o igual a 1 mm y con una superficie que no exceda de 4.65 m2.

Kg

7

Ex.

7007.11.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7007.21.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7009.10.04

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7009.91.01

Espejos semitransparentes, sin película reflejante de plata, sin montar, con espesor igual o inferior a 2 mm y con dimensiones máximas de 900 mm de largo y 320 mm de ancho.

Kg

7

Ex.

7010.20.01

Tapones, tapas y demás dispositivos de cierre.

Kg

10

Ex.

7011.10.01

Ampollas para focos eléctricos de filamento incandescente del tipo A-19, A-15, A-21, A-23, F-15 y PS-25.

Kg

7

Ex.

7011.10.02

Ampollas para focos eléctricos de filamento incandescente, excepto lo comprendido en la fracción 7011.10.01.

Kg

7

Ex.

7011.10.03

Envolturas tubulares y ampollas de vidrio, en cualquier forma, para lámparas de descarga.

Kg

7

Ex.

7011.10.04

Tubos de cuarzo, para lámparas de descarga o de incandescencia.

Kg

7

Ex.

7011.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7011.20.01

Ampollas, sin recubrimiento.

Kg

7

Ex.

7011.20.02

Conos para tubos catódicos para televisión a color, hasta de 48 cm (19 pulg.), de tamaño de pantalla medida diagonalmente.

Kg

10

Ex.

7011.20.03

Conos para tubos catódicos, excepto lo comprendido en la fracción 7011.20.02.

Kg

7

Ex.

7011.20.04

Pantallas para tubos catódicos (para cinescopios), sin máscara.

Kg

7

Ex.

7011.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7011.90.01

Ampollas para válvulas electrónicas, incluso provistas de tubo de vacío.

Kg

7

Ex.

7011.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7012.00.01

Ampollas de vidrio transparente, sin terminar, sin tapones y demás dispositivos de cierre, concebidas exclusivamente para recipientes aislantes.

Kg

7

Ex.

7012.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7014.00.01

Elementos de óptica común.

Kg

7

Ex.

7014.00.02

Elementos de vidrio para alumbrado y señalización.

Kg

10

Ex.

7014.00.03

De borosilicato, refractivos, para alumbrado.

Kg

10

Ex.

7014.00.04

Lentes o reflectores de borosilicato, reconocibles como concebidos exclusivamente para la fabricación de faros o proyectores sellados (unidades selladas) de uso automotriz.

Kg

7

Ex.

7015.10.01

Cristales correctores para gafas (anteojos).

Kg

10

Ex.

7015.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7017.10.01

Goteros, pipetas, vasos de precipitado y vasos graduados.

Kg

10

Ex.

7017.10.02

Ampollas, tubos de ensayo, portaobjetos y cubreobjetos para microscopios.

Kg

10

Ex.

7017.10.03

Recipientes con boca esmerilada.

Kg

7

Ex.

7017.10.04

Embudos, buretas y probetas.

Kg

10

Ex.

7017.10.05

Tubos de filtración o de desecación, alargamientos o empalmes, placas, llaves o válvulas.

Kg

7

Ex.

7017.10.06

Retortas.

Kg

10

Ex.

7017.10.07

Frascos para el cultivo de microbios.

Kg

10

Ex.

7017.10.08

Juntas.

Kg

10

Ex.

7017.10.09

Tubos de viscosidad, desecadores.

Kg

10

Ex.

7017.10.10

Agitadores.

Kg

10

Ex.

7017.10.11

Cristalizadores y refrigerantes (condensadores).

Kg

7

Ex.

7017.10.12

Esbozos.

Kg

7

Ex.

7017.10.13

Cápsulas.

Kg

7

Ex.

7017.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7017.20.01

Goteros y matraces, pipetas, vasos de precipitado y vasos graduados.

Kg

10

Ex.

7017.20.02

Retortas, embudos, buretas y probetas.

Kg

10

Ex.

7017.20.03

Cápsulas y refrigerantes.

Kg

7

Ex.

7017.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7017.90.01

Recipientes con boca esmerilada.

Kg

7

Ex.

7017.90.02

Tubos de filtración o de desecación, alargamientos o empalmes.

Kg

7

Ex.

7017.90.03

Desecadores, tapas o tiras para el cultivo de microbios.

Kg

10

Ex.

7017.90.04

Tubos de viscosidad, desecadores.

Kg

10

Ex.

7017.90.05

Cristalizadores y refrigerantes (condensadores).

Kg

7

Ex.

7017.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7018.20.01

Microesferas de borosilicato-óxido de calcio-soda, unicelulares.

Kg

7

Ex.

7018.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7018.90.01

Piezas de vidrio, reconocibles como concebidas exclusivamente para lámparas miniatura.

Kg

7

Ex.

7018.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7019.11.01

Hilados cortados ("chopped strands"), de longitud inferior o igual a 50 mm.

Kg

7

Ex.

7019.12.01

"Rovings".

Kg

7

Ex.

7019.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7019.31.01

"Mats".

Kg

7

Ex.

7019.32.01

Velos.

Kg

7

Ex.

7019.39.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7019.39.02

"Papel" a base de fibras de borosilicato, resistente al ácido sulfúrico, con menos de 10 micras de diámetro.

Kg

7

Ex.

7019.39.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7019.40.01

Sin recubrir.

Kg

10

Ex.

7019.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7019.51.01

Sin recubrir.

Kg

10

Ex.

7019.51.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7019.52.01

Sin recubrir.

Kg

10

Ex.

7019.52.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7019.59.01

Sin recubrir.

Kg

10

Ex.

7019.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7019.90.01

Fibras cortas hasta de 5 cm de longitud.

Kg

10

Ex.

7019.90.02

Tubos sin recubrir.

Kg

7

Ex.

7019.90.03

Sacos para filtros de presión de vacío.

Kg

7

Ex.

7019.90.04

Capas sobrepuestas de fibras, recubiertas con resinas fenólicas y aceites vegetales, aun cuando estén reforzadas con alambre.

Kg

7

Ex.

7019.90.05

Fieltros con peso inferior a 75 g/m2.

Kg

7

Ex.

7019.90.06

Tubos de tejidos reforzados de lana de vidrio, recubiertas y/o impregnadas para usarse como aislantes de la electricidad.

Kg

7

Ex.

7019.90.07

Tubos recubiertos, excepto lo comprendido en la fracción 7019.90.06.

Kg

7

Ex.

7019.90.08

Fieltros formados por filamentos continuos o fibras cortas, aglutinadas y distribuidos multidireccionalmente.

Kg

10

Ex.

7019.90.09

Aislamientos termo-acústicos.

Kg

10

Ex.

7019.90.11

Desechos y desperdicios de fibra de vidrio.

Kg

10

Ex.

7019.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7020.00.01

Tubos para hacer el vacío en válvulas electrónicas.

Kg

7

Ex.

7020.00.02

Filtro para absorción de rayos infrarrojos, que proporcione una intensidad equilibrada de color para máxima transmisión luminosa, de 400 k.

Kg

7

Ex.

7020.00.03

Tubos para niveles de caldera.

Kg

7

Ex.

7020.00.04

Tubos de cuarzo fundido, rectos o doblados, cuando contengan más del 95% de sílice.

Kg

7

Ex.

7020.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7102.21.01

En bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados.

G

7

Ex.

7102.29.99

Los demás.

G

7

Ex.

7103.10.01

En bruto o simplemente aserradas o desbastadas.

G

7

Ex.

7105.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7106.10.01

Polvo.

G

10

Ex.

7106.91.01

En bruto.

G

10

Ex.

7106.92.01

Semilabrada.

G

10

Ex.

7110.11.01

En bruto o en polvo.

G

7

Ex.

7110.19.99

Los demás.

G

7

Ex.

7110.21.01

En bruto o en polvo.

G

7

Ex.

7110.29.99

Los demás.

G

7

Ex.

7110.31.01

En bruto o en polvo.

G

7

Ex.

7110.39.99

Los demás.

G

7

Ex.

7110.41.01

En bruto o en polvo.

G

7

Ex.

7110.49.99

Los demás.

G

7

Ex.

7112.92.01

De platino o de chapado (plaqué) de platino, excepto las cenizas de orfebrería que contengan otro metal precioso.

G

7

Ex.

7113.19.02

Sujetadores ("broches") de oro, tipo "perico" o "lobster", con peso igual o superior a 0.4 g, pero inferior o igual a 0.7 g.

G

7

Ex.

7115.10.01

Catalizadores de platino en forma de tela o enrejado.

Kg

7

Ex.

7117.90.01

Partes o piezas sueltas, de metales comunes, sin dorar o platear, incluso broches.

Kg

7

Ex.

7201.50.01

Fundición en bruto aleada.

Kg

7

Ex.

7201.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7202.11.01

Con un contenido de carbono superior a 2% en peso.

Kg

7

Ex.

7202.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7202.21.01

Ferrosilicio-circonio o ferrosilicio-manganeso-circonio.

Kg

7

Ex.

7202.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7202.30.01

Ferro-sílico-manganeso.

Kg

7

Ex.

7202.41.01

Con un contenido de carbono superior al 4% en peso.

Kg

7

Ex.

7202.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7202.50.01

Ferro-sílico-cromo.

Kg

7

Ex.

7202.60.01

Ferroníquel.

Kg

7

Ex.

7202.70.01

Ferromolibdeno.

Kg

7

Ex.

7202.80.01

Ferrovolframio y ferro-sílico-volframio.

Kg

7

Ex.

7202.91.01

Ferrotitanio, encapsulado.

Kg

7

Ex.

7202.91.02

Ferro-sílico-titanio.

Kg

7

Ex.

7202.91.03

Ferrotitanio, excepto lo comprendido en la fracción 7202.91.01.

Kg

7

Ex.

7202.92.01

Ferrovanadio, encapsulado.

Kg

7

Ex.

7202.99.02

Ferrocalcio, ferrocalcio-aluminio o ferrocalcio-silicio, encapsulados.

Kg

7

Ex.

7202.99.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7203.10.01

Productos férreos obtenidos por reducción directa de minerales de hierro.

Kg

7

Ex.

7203.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7204.30.01

Desperdicios y desechos, de hierro o acero estañados.

Kg

7

Ex.

7204.50.01

Lingotes de chatarra.

Kg

7

Ex.

7205.10.01

Granallas.

Kg

7

Ex.

7205.21.01

De aceros aleados.

Kg

7

Ex.

7205.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7206.10.01

Lingotes.

Kg

7

Ex.

7206.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7207.11.01

De sección transversal cuadrada o rectangular, cuya anchura sea inferior al doble del espesor.

Kg

7

Ex.

7207.12.01

Con espesor inferior o igual a 185 mm.

Kg

5

Ex.

7207.12.99

Los demás.

Kg

5

Ex.

7207.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7207.20.01

Con espesor inferior o igual a 185 mm, y anchura igual o superior al doble del espesor.

Kg

5

Ex.

7207.20.99

Los demás.

Kg

5

Ex.

7208.10.01

De espesor superior a 10 mm.

Kg

7

Ex.

7208.10.02

De espesor superior a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.

Kg

7

Ex.

7208.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7208.25.01

De espesor superior a 10 mm.

Kg

7

Ex.

7208.25.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7208.26.01

De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7208.27.01

De espesor inferior a 3 mm.

Kg

7

Ex.

7208.36.01

De espesor superior a 10 mm.

Kg

7

Ex.

7208.37.01

De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual
a 10 mm.

Kg

7

Ex.

7208.38.01

De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7208.39.01

De espesor inferior a 3 mm.

Kg

7

Ex.

7208.40.01

De espesor superior a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7208.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7208.51.01

De espesor superior a 10 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7208.51.02 y 7208.51.03.

Kg

7

Ex.

7208.51.02

Placas de acero de espesor superior a 10 mm, grados SHT-80, SHT-110, R-400, SMM-400 o A-516.

Kg

7

Ex.

7208.51.03

Placas de acero de espesor superior a 70 mm, grado A-36.

Kg

7

Ex.

7208.52.01

De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual
a 10 mm.

Kg

7

Ex.

7208.53.01

De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7208.54.01

De espesor inferior a 3 mm.

Kg

7

Ex.

7208.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7209.15.01

Con un contenido de carbono superior a 0.4% en peso.

Kg

7

Ex.

7209.15.02

Aceros cuyo límite de resistencia a la deformación sea igual o superior a 355 MPa.

Kg

7

Ex.

7209.15.03

Aceros para porcelanizar en partes expuestas.

Kg

7

Ex.

7209.15.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7209.16.01

De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.

Kg

7

Ex.

7209.17.01

De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.

Kg

7

Ex.

7209.18.01

De espesor inferior a 0.5 mm.

Kg

7

Ex.

7209.25.01

De espesor superior o igual a 3 mm.

Kg

7

Ex.

7209.26.01

De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.

Kg

7

Ex.

7209.27.01

De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.

Kg

7

Ex.

7209.28.01

De espesor inferior a 0.5 mm.

Kg

7

Ex.

7209.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7210.20.01

Emplomados, incluidos los revestidos con una aleación de plomo y estaño.

Kg

7

Ex.

7210.30.01

Láminas cincadas por las dos caras.

Kg

10

Ex.

7210.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7210.41.01

Láminas zincadas por las dos caras.

Kg

10

Ex.

7210.41.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7210.49.01

Láminas zincadas por las dos caras, excepto lo comprendido en las fracciones 7210.49.02, 7210.49.03 y 7210.49.04.

Kg

10

Ex.

7210.49.02

Con un contenido de carbono superior a 0.4% en peso.

Kg

7

Ex.

7210.49.03

De espesor inferior a 3 mm, cuyo límite de resistencia a la deformación sea igual o superior a 275 MPa, o de espesor igual o superior a 3 mm, cuyo límite de resistencia a la deformación sea igual o superior a 355 MPa.

Kg

7

Ex.

7210.49.04

Con un contenido de cinc en el recubrimiento inferior o igual
a 50 gr/cm
2.

Kg

7

Ex.

7210.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7210.61.01

Revestidos de aleaciones de aluminio y cinc.

Kg

7

Ex.

7210.69.01

Revestidas con aluminio sin alear, conocidas como “aluminizadas”.

Kg

7

Ex.

7210.69.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7210.70.01

Láminas pintadas, zincadas por las dos caras.

Kg

10

Ex.

7210.70.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7210.90.01

Plaqueadas con acero inoxidable.

Kg

7

Ex.

7210.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7211.13.01

Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrollar y sin motivos en relieve.

Kg

7

Ex.

7211.14.01

Flejes.

Kg

7

Ex.

7211.14.02

Laminados en caliente (“chapas”), de espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior a 12 mm.

Kg

7

Ex.

7211.14.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7211.19.01

Flejes con espesor inferior a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7211.19.02

Laminadas en caliente (“chapas”), con espesor superior o igual a 1.9 mm, pero inferior a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7211.19.03

Desbastes en rollo para chapas (“Coils”).

Kg

7

Ex.

7211.19.04

Chapas laminadas en caliente, de anchura superior a 500 mm pero inferior a 600 mm y espesor igual o superior a 1.9 mm pero inferior a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7211.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7211.23.01

Flejes de espesor igual o superior a 0.05 mm.

Kg

7

Ex.

7211.23.02

Chapas laminadas en frío, con un espesor superior a 0.46 mm sin exceder de 3.4 mm.

Kg

7

Ex.

7211.23.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7211.29.01

Flejes de espesor igual o superior a 0.05 mm con un contenido de carbono inferior a 0.6%.

Kg

7

Ex.

7211.29.03

Chapas laminadas en frío, con un espesor superior a 0.46 mm sin exceder de 3.4 mm.

Kg

7

Ex.

7211.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7211.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7212.10.01

Flejes estañados.

Kg

7

Ex.

7212.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7212.20.01

Flejes.

Kg

7

Ex.

7212.20.02

Cincadas por las dos caras, de ancho superior a 500 mm.

Kg

10

Ex.

7212.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7212.30.01

Flejes.

Kg

7

Ex.

7212.30.02

Cincados por las dos caras, de ancho superior a 500 mm.

Kg

10

Ex.

7212.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7212.40.01

Chapas recubiertas con barniz de siliconas.

Kg

7

Ex.

7212.40.02

De espesor total igual o superior a 0.075 mm sin exceder de 0.55 mm con recubrimiento plástico por una o ambas caras.

Kg

7

Ex.

7212.40.03

Cincados por las dos caras, de ancho superior a 500 mm.

Kg

10

Ex.

7212.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7212.50.01

Revestidos de otro modo.

Kg

7

Ex.

7212.60.02

Flejes cobrizados electrolíticamente, por ambos lados y pulidos con una proporción de cobre que no exceda de 5%, con ancho inferior o igual a 100 mm y un espesor que no exceda de 0.6 mm.

Kg

7

Ex.

7212.60.03

Chapas plaqueadas con acero inoxidable.

Kg

7

Ex.

7212.60.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7213.10.01

Con muescas, cordones, surcos o relieves producidos en el laminado.

Kg

7

Ex.

7213.20.01

Los demás, de acero de fácil mecanización.

Kg

7

Ex.

7213.91.01

De sección circular con diámetro inferior a 14 mm.

Kg

7

Ex.

7213.99.01

Alambrón de acero con un contenido máximo de carbono de 0.13%, 0.1% máximo de silicio, y un contenido mínimo de aluminio de 0.02%, en peso.

Kg

7

Ex.

7213.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7214.10.01

Forjadas.

Kg

7

Ex.

7214.20.01

Varillas corrugadas o barras para armadura, para cemento u hormigón.

Kg

7

Ex.

7214.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7214.30.01

Las demás, de acero de fácil mecanización.

Kg

7

Ex.

7214.91.01

Con un contenido de carbono inferior a 0.25% en peso.

Kg

7

Ex.

7214.91.02

Con un contenido de carbono superior o igual a 0.25% pero inferior a 0.6% en peso.

Kg

7

Ex.

7214.91.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7214.99.01

Con un contenido de carbono inferior a 0.25% en peso.

Kg

7

Ex.

7214.99.02

Con un contenido de carbono superior o igual a 0.25% pero inferior a 0.6% en peso.

Kg

7

Ex.

7214.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7215.10.01

De acero de fácil mecanización, simplemente obtenidas o acabadas en frío.

Kg

7

Ex.

7215.50.01

Macizas, revestidas de aluminio o de cobre.

Kg

7

Ex.

7215.50.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7215.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7216.10.01

Perfiles en U, en I o en H, simplemente laminados o extrudidos (incluso estirados), en caliente, de altura inferior a 80 mm.

Kg

7

Ex.

7216.21.01

Perfiles en L.

Kg

7

Ex.

7216.22.01

Perfiles en T.

Kg

7

Ex.

7216.31.01

Cuyo espesor no exceda de 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.31.02.

Kg

7

Ex.

7216.31.02

Cuyo espesor sea igual o superior a 13 cm, sin exceder de 20 cm.

Kg

7

Ex.

7216.31.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7216.32.01

Cuyo espesor no exceda de 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.32.02.

Kg

7

Ex.

7216.32.02

Cuyo espesor sea igual o superior a 13 cm, sin exceder de 20 cm.

Kg

7

Ex.

7216.32.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7216.33.01

Perfiles en H.

Kg

7

Ex.

7216.40.01

Perfiles en L o en T, simplemente laminados o extrudidos (incluso estirados), en caliente, de altura superior o igual a 80 mm.

Kg

7

Ex.

7216.50.01

Perfiles en forma de Z, cuyo espesor no exceda de 23 cm.

Kg

7

Ex.

7216.50.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7216.61.01

Perfiles en forma de H, I, L, T, U y Z, cuyo espesor no exceda
a 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.61.02.

Kg

7

Ex.

7216.61.02

En forma de U e I, cuyo espesor sea igual o superior a 13 cm, sin exceder de 20 cm.

Kg

7

Ex.

7216.61.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7216.69.01

Perfiles en forma de H, I, L, T, U y Z, cuyo espesor no exceda
a 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.69.02.

Kg

7

Ex.

7216.69.02

En forma de U e I, cuyo espesor sea igual o superior a 13 cm, sin exceder de 20 cm.

Kg

7

Ex.

7216.69.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7216.91.01

Obtenidos o acabados en frío, a partir de productos laminados planos.

Kg

7

Ex.

7216.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7217.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7217.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7217.30.01

Con recubrimiento de cobre, con un contenido de carbono inferior a 0.6%.

Kg

10

Ex.

7217.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7217.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7218.10.01

Lingotes o demás formas primarias.

Kg

7

Ex.

7218.91.01

De sección transversal rectangular.

Kg

7

Ex.

7218.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7219.11.01

De espesor superior a 10 mm.

Kg

7

Ex.

7219.14.01

De espesor inferior a 3 mm.

Kg

7

Ex.

7219.23.01

De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7219.24.01

De espesor inferior a 3 mm.

Kg

7

Ex.

7219.31.01

De espesor superior o igual a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7219.32.01

Cuyo espesor no exceda de 4 mm.

Kg

10

Ex.

7219.32.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7219.33.01

De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.

Kg

10

Ex.

7219.34.01

De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.

Kg

10

Ex.

7219.35.01

De espesor igual o superior a 0.3 mm.

Kg

10

Ex.

7219.35.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7219.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7220.11.01

De espesor superior o igual a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7220.12.01

De espesor inferior a 4.75 mm.

Kg

7

Ex.

7220.20.01

Sin templar o pretemplado (DGN-410, DGN-420 y DGN-440) con espesor igual o superior a 0.3 mm, sin exceder de 6.0 mm, y con anchura máxima de 325 mm.

Kg

7

Ex.

7220.20.02

Con espesor igual o superior a 0.3 mm, sin exceder de 4.0 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7220.20.01.

Kg

10

Ex.

7220.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7220.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7222.11.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7222.19.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7222.20.01

Barras simplemente obtenidas o acabadas en frío.

Kg

7

Ex.

7222.30.01

Huecas, para perforación de minas.

Kg

7

Ex.

7222.30.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7222.40.01

Perfiles.

Kg

7

Ex.

7223.00.01

De sección transversal circular.

Kg

7

Ex.

7223.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7224.10.01

Lingotes de acero grado herramienta.

Kg

7

Ex.

7224.10.02

Lingotes de acero rápido.

Kg

7

Ex.

7224.10.03

Lingotes, excepto lo comprendido en las fracciones 7224.10.01 y 7224.10.02.

Kg

7

Ex.

7224.10.04

Desbastes cuadrados o rectangulares (blooms) y palanquillas de acero grado herramienta.

Kg

7

Ex.

7224.10.05

Desbastes cuadrados o rectangulares (blooms) y palanquillas de acero rápido.

Kg

7

Ex.

7224.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7224.90.01

Piezas forjadas, reconocibles para la fabricación de juntas o uniones de elementos de perforación.

Kg

7

Ex.

7224.90.02

Productos intermedios, con un contenido de carbono inferior o igual a 0.006% en peso.

Kg

7

Ex.

7224.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7225.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7225.20.01

De acero rápido.

Kg

7

Ex.

7225.30.01

Con un contenido de carbón inferior o igual a 0.01% en peso, y los siguientes elementos, considerados individualmente o en conjunto: titanio entre 0.02% y 0.15% en peso, niobio entre 0.01% y 0.03% en peso.

Kg

7

Ex.

7225.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7225.40.99

Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar.

Kg

7

Ex.

7225.50.99

Los demás, simplemente laminados en frío.

Kg

7

Ex.

7225.91.01

Cincados electrolíticamente.

Kg

7

Ex.

7225.92.01

Cincados de otro modo.

Kg

7

Ex.

7225.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7226.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7226.91.01

De anchura superior a 500 mm.

Kg

7

Ex.

7226.91.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7226.92.01

Simplemente laminados en frío.

Kg

7

Ex.

7226.93.01

Cincados electrolíticamente.

Kg

7

Ex.

7226.94.01

Cincados de otro modo.

Kg

7

Ex.

7226.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7227.10.01

De acero rápido.

Kg

7

Ex.

7227.20.01

De acero silicomanganeso.

Kg

7

Ex.

7227.90.01

De acero grado herramienta.

Kg

7

Ex.

7227.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7228.10.01

Barras acabadas en caliente.

Kg

7

Ex.

7228.10.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7228.20.01

Barras acabadas en caliente.

Kg

7

Ex.

7228.20.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7228.30.01

En aceros grado herramienta.

Kg

7

Ex.

7228.30.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7228.40.01

En aceros grado herramienta.

Kg

7

Ex.

7228.40.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7228.50.01

En aceros grado herramienta.

Kg

7

Ex.

7228.50.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7228.60.01

En aceros grado herramienta.

Kg

7

Ex.

7228.60.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7228.70.01

Perfiles.

Kg

7

Ex.

7228.80.01

Barras huecas para perforación.

Kg

7

Ex.

7229.10.01

De acero rápido.

Kg

7

Ex.

7229.20.01

De acero silicomanganeso.

Kg

7

Ex.

7229.90.01

Revestidos de cobre y tratados o no con boro, con diámetro inferior o igual a 0.8 mm, reconocibles para la fabricación de electrodos para cátodos de encendido de focos, tubos de descarga o tubos de rayos cátodicos.

Kg

7

Ex.

7229.90.02

De acero grado herramienta.

Kg

7

Ex.

7229.90.03

Templados en aceite (“oil tempered”), de acero al cromo-silicio y/o al cromo-vanadio, con un contenido de carbono inferior a 1.3% en peso, y un diámetro inferior o igual a 6.35 mm.

Kg

7

Ex.

7229.90.99

Los demás

Kg

7

Ex.

7301.10.01

Tablestacas.

Kg

7

Ex.

7301.20.01

Perfiles.

Kg

7

Ex.

7302.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7302.30.01

Agujas, puntas de corazón, varillas para mando de agujas y otros elementos para cruce o cambio de vías.

Kg

7

Ex.

7302.40.01

Placas de asiento.

Kg

10

Ex.

7302.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7302.90.01

Placas de sujeción y anclas de vía.

Kg

10

Ex.

7302.90.02

Traviesas (durmientes).

Kg

7

Ex.

7302.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7303.00.01

Con diámetro exterior inferior o igual a 35 cm.

Kg

7

Ex.

7303.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7304.10.01

Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 4 mm sin exceder de 19.5 mm.

Kg

10

Ex.

7304.10.02

Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.

Kg

10

Ex.

7304.10.03

Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior igual o superior a 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 9.52 mm sin exceder de
31.75 mm.

Kg

10

Ex.

7304.10.04

Tubos laminados en frío, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en frío barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder
de 9.5 mm.

Kg

10

Ex.

7304.10.05

Tubos semiterminados o esbozos para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería estirada en frío.

Kg

7

Ex.

7304.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7304.21.01

Tubos de perforación ("Drill pipe"), laminados en caliente, con diámetro exterior igual o superior a 60.3 mm sin exceder de 168.3 mm, con extremos roscados.

Kg

10

Ex.

7304.21.02

Con diámetro exterior inferior o igual a 35.6 mm y espesor de pared igual o superior a 3.3 mm sin exceder de 3.5 mm, con recalcado exterior.

Kg

7

Ex.

7304.21.03

Tubos semiterminados para la fabricación de tubos de perforación ("Drill pipe"), laminados en caliente, con diámetro exterior igual o superior a 60.3 mm sin exceder de 168.3 mm, sin roscar.

Kg

7

Ex.

7304.21.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7304.29.01

Tubos de entubación (“Casing”), laminados en caliente, con extremos roscados, de diámetro exterior igual o superior a 114.3 mm sin exceder de 346.1 mm.

Kg

10

Ex.

7304.29.02

Tubos de entubación ("Casing"), laminados en caliente, con extremos roscados, de diámetro exterior igual o superior a 460.4 mm sin exceder de 508 mm.

Kg

10

Ex.

7304.29.03

Tubos de entubación ("Casing"), laminados en caliente, sin roscar, de diámetro exterior igual o superior a 114.3 mm sin exceder de 346.1 mm.

Kg

10

Ex.

7304.29.04

Tubos de entubación ("Casing"), laminados en caliente, sin roscar, de diámetro exterior igual o superior a 460.4 mm sin exceder de 508 mm.

Kg

10

Ex.

7304.29.05

Tubos de producción ("Tubing"), laminados en caliente, roscados, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm.

Kg

10

Ex.

7304.29.06

Tubos de producción ("Tubing"), laminados en caliente, sin roscar, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm.

Kg

10

Ex.

7304.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7304.31.01

Tubos llamados “mecánicos” o “estructurales”, sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.

Kg

10

Ex.

7304.31.02

Barras huecas de diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm.

Kg

7

Ex.

7304.31.03

Barras huecas con diámetro exterior superior a 50 mm.

Kg

7

Ex.

7304.31.04

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7304.31.05

Tubos aletados o con birlos.

Kg

10

Ex.

7304.31.06

De acero al carbono, con diámetro superior a 120 mm.

Kg

7

Ex.

7304.31.07

Conducciones forzadas, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.

Kg

7

Ex.

7304.31.08

Tubos de sondeo.

Kg

7

Ex.

7304.31.09

Tubos semiterminados o esbozos, cuyo diámetro exterior sea de 38.1 mm o 57.7 mm, con tolerancia de ±1%, para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería.

Kg

7

Ex.

7304.31.10

Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.

Kg

10

Ex.

7304.31.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7304.39.01

Tubos llamados “mecánicos” o “estructurales”, laminados en caliente, sin recubrimiento o trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “mecánicos” o “estructurales” laminados en caliente, laqueados o barnizados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm, y espesor de pared igual o superior a 4 mm sin exceder de 19.5 mm.

Kg

10

Ex.

7304.39.02

Tubos llamados “mecánicos” o “estructurales”, laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “mecánicos” o “estructurales” laminados en caliente, laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior
a 114.3 mm sin exceder de 355.6 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.

Kg

10

Ex.

7304.39.03

Barras huecas laminadas en caliente, con diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm, así como las de diámetro exterior superior a 300 mm.

Kg

7

Ex.

7304.39.04

Barras huecas laminadas en caliente, de diámetro exterior superior a 50 mm sin exceder de 300 mm.

Kg

7

Ex.

7304.39.05

Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimiento o trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “térmicos” o de “conducción” laqueados o barnizados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 4 mm, sin exceder de 19.5 mm.

Kg

10

Ex.

7304.39.06

Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “térmicos” o de “conducción” laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.

Kg

10

Ex.

7304.39.07

Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados “térmicos” o de “conducción” laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior o igual a 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 9.52 mm sin exceder de 31.75 mm.

Kg

10

Ex.

7304.39.08

Tubos aletados o con birlos.

Kg

10

Ex.

7304.39.09

Tubos semiterminados o esbozos, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior igual o superior
a 20 mm sin exceder de 460 mm y espesor de pared igual o superior a 2.8 mm sin exceder de 35.4 mm, con extremos lisos, biselados, recalcados y/o con rosca y cople.

Kg

10

Ex.

7304.39.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7304.41.01

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7304.41.02

De diámetro exterior inferior a 19 mm.

Kg

7

Ex.

7304.41.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7304.49.01

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7304.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7304.51.01

Tubos llamados “mecánicos” o “estructurales”, sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.

Kg

7

Ex.

7304.51.02

Barras huecas de diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm.

Kg

7

Ex.

7304.51.03

Barras huecas de diámetro exterior superior a 50 mm sin exceder de 300 mm.

Kg

7

Ex.

7304.51.04

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7304.51.05

Tubos aletados o con birlos.

Kg

10

Ex.

7304.51.07

Tubería para calderas, según las normas NOM-B-194 (ASME o ASTM-213) y NOM-B-181 (ASME o ASTM-335), excepto las series T2, T11, T12, T22, P1, P2, P11 y P22.

Kg

7

Ex.

7304.51.08

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7304.51.09

Conducciones forzadas, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.

Kg

7

Ex.

7304.51.10

Tubos semiterminados o esbozos de cualquier tipo de acero, cuyo diámetro exterior sea de 38.1 mm o 57.7 mm, o de aceros aleados cuyo diámetro exterior sea de 82.5 mm, 95 mm o 127 mm, con tolerancias de ±1% en todos los casos, para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería estirada en frío.

Kg

7

Ex.

7304.51.11

Tubos llamados “térmicos” o de “conducción”, sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual
a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.

Kg

7

Ex.

7304.51.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7304.59.04

Barras huecas de diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm, así como las de diámetro exterior superior a 300 mm.

Kg

7

Ex.

7304.59.05

Barras huecas de diámetro exterior superior a 50 mm sin exceder de 300 mm.

Kg

7

Ex.

7304.59.09

Tubos aletados o con birlos.

Kg

10

Ex.

7304.59.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7304.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7305.11.01

Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.

Kg

10

Ex.

7305.11.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7305.12.01

Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.

Kg

10

Ex.

7305.12.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7305.19.01

Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.

Kg

10

Ex.

7305.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7305.20.01

Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.

Kg

10

Ex.

7305.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7305.31.01

Galvanizados.

Kg

10

Ex.

7305.31.02

De acero inoxidable con diámetro exterior superior a 1,220 mm.

Kg

7

Ex.

7305.31.03

Tubos aletados o con birlos.

Kg

10

Ex.

7305.31.04

Con paredes ranuradas de cualquier tipo o forma, aun cuando se presenten con recubrimientos anticorrosivos.

Kg

10

Ex.

7305.31.05

Con espesor de pared superior a 50.8 mm.

Kg

7

Ex.

7305.31.06

Conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.

Kg

7

Ex.

7305.31.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7305.39.01

Galvanizados.

Kg

10

Ex.

7305.39.02

De acero inoxidable con diámetro exterior superior a 1,220 mm.

Kg

7

Ex.

7305.39.03

Tubos aletados o con birlos.

Kg

10

Ex.

7305.39.04

Con espesor de pared superior a 50.8 mm.

Kg

7

Ex.

7305.39.05

Conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.

Kg

7

Ex.

7305.39.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7305.90.01

Con espesor de pared superior a 50.8 mm.

Kg

7

Ex.

7305.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7306.10.01

Tubos de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos.

Kg

10

Ex.

7306.20.01

Tubos de entubación ("casing") o de producción ("tubing"), de los tipos utilizados para la extracción de petróleo o gas.

Kg

10

Ex.

7306.30.01

Galvanizados, excepto lo comprendido en la fracción 7306.30.02.

Kg

10

Ex.

7306.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7306.40.99

Los demás, soldados, de sección circular, de acero inoxidable.

Kg

10

Ex.

7306.50.01

De hierro o acero, cobrizados, de doble pared soldados por fusión (proceso "brazing") con o sin recubrimiento anticorrosivo.

Kg

10

Ex.

7306.50.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7306.60.99

Los demás, soldados, excepto los de sección circular.

Kg

10

Ex.

7306.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7307.11.01

Recubiertos interiormente de resinas térmicamente estabilizadas.

Kg

7

Ex.

7307.11.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7307.19.01

De diámetro interior superior a 5 cm y longitud igual o inferior a 30 cm, con dispositivos de cierre hermético constituido por un resorte y una empaquetadura de caucho, reconocibles como concebidos exclusivamente para riego por aspersión, excepto lo comprendido en la fracción 7307.19.04.

Kg

10

Ex.

7307.19.02

Sin recubrimiento.

Kg

10

Ex.

7307.19.03

Con recubrimiento metálico.

Kg

10

Ex.

7307.19.04

Boquillas o espreas.

Kg

10

Ex.

7307.19.05

Recubiertos interiormente de resinas térmicamente estabilizadas.

Kg

7

Ex.

7307.19.06

Uniones radiales de acero fundido (conexiones de boca), aun cuando estén estañadas o galvanizadas.

Kg

10

Ex.

7307.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7307.21.01

Bridas.

Kg

10

Ex.

7307.22.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7307.23.01

Mangas o sillas sin rosca.

Kg

10

Ex.

7307.23.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7307.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7307.91.01

Bridas.

Kg

10

Ex.

7307.92.01

Recubiertos interiormente de resinas térmicamente estabilizadas.

Kg

7

Ex.

7307.92.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7307.93.01

Accesorios para soldar a tope.

Kg

10

Ex.

7307.99.01

De diámetro interior superior a 5 cm y longitud igual o inferior
a 30 cm, con dispositivos de cierre hermético constituido por un resorte y una empaquetadura de caucho, reconocibles como concebidos exclusivamente para riego por aspersión, excepto lo comprendido en la fracción 7307.99.04.

Kg

10

Ex.

7307.99.02

Sin recubrimientos.

Kg

10

Ex.

7307.99.03

Con recubrimientos metálicos.

Kg

10

Ex.

7307.99.04

Boquillas o espreas.

Kg

10

Ex.

7307.99.05

Recubiertos interiormente de resinas térmicamente estabilizadas.

Kg

7

Ex.

7307.99.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7308.10.01

Puentes y sus partes.

Kg

10

Ex.

7308.20.01

Torres reconocibles como concebidas exclusivamente para conducción de energía eléctrica.

Kg

10

Ex.

7308.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7308.40.01

Material de andamiaje, encofrado, apeo o apuntalamiento.

Kg

10

Ex.

7309.00.01

Esmaltados, vidriados o cubiertos con resinas sintéticas.

Kg

10

Ex.

7309.00.02

Tambores de acero al carbono, recubiertos interiormente con materias plásticas artificiales, con espesor de pared igual o superior a 1.5 mm.

Kg

10

Ex.

7309.00.03

Barriles o tambores, excepto lo comprendido en las fracciones 7309.00.01 y 7309.00.02.

Kg

10

Ex.

7309.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7310.10.01

Barriles o tambores, excepto lo comprendido en las fracciones 7310.10.02 y 7310.10.03.

Pza

10

Ex.

7310.10.02

Tambores estañados eletrolíticamente en su interior, con capacidad superior a 200 l.

Pza

10

Ex.

7310.10.04

Tanques de lámina rolada embutida con membrana de polietileno y diafragma de hule, sin accesorios periféricos.

Pza

10

Ex.

7310.10.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

7310.21.01

Latas o botes para ser cerrados por soldadura o rebordeado.

Kg

10

Ex.

7310.29.01

Barriles o tambores, excepto lo comprendido en la fracción 7310.29.05.

Kg

10

Ex.

7310.29.02

Envases de hojalata y/o de lámina cromada.

Kg

7

Ex.

7310.29.03

Reconocibles como concebidos exclusivamente para el transporte y conservación de semen y las demás muestras biológicas.

Kg

7

Ex.

7310.29.04

Cilíndricos, con tapa, recubiertos interiormente con barniz fenólico, con diámetro interior igual o superior a 280 mm sin exceder de 290 mm, altura igual o superior a 310 mm sin exceder de 330 mm, asa de alambre con asidera de plástico y arandela de caucho para cierre a presión.

Kg

10

Ex.

7310.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7311.00.01

Cilíndricos, concebidos para resistir presiones superiores
a 5.25 Kg/cm
2, excepto lo comprendido en la fracción 7311.00.02.

Kg

10

Ex.

7311.00.02

Cilíndricos, fabricados a partir de tubo sin costura, concebidos para resistir presiones superiores a 5.25 Kg/cm2, con capacidad volumétrica superior a 100 l.

Kg

7

Ex.

7311.00.03

Cilíndricos, de acero, con diámetro exterior de 690 mm, espesor de pared igual o superior a 1.7 mm y capacidad volumétrica de 200 l a 230 l, con o sin fusibles metálicos para aliviar la presión, y válvulas de carga y descarga, reconocibles como concebidos exclusivamente para contener óxido de etileno.

Kg

7

Ex.

7311.00.04

Recipientes esferoidales de diámetro inferior a 150 mm.

Kg

7

Ex.

7311.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7312.10.01

Galvanizados, con diámetro mayor de 4 mm, constituidos por más de 5 alambres y con núcleos sin torcer de la misma materia, excepto los comprendidos en la fracción 7312.10.07.

Kg

10

Ex.

7312.10.02

De acero sin galvanizar, cubierto por una capa de alambres acoplados de perfil "Z", con diámetro inferior o igual a 60 mm.

Kg

7

Ex.

7312.10.03

Cable flexible (cable Bowden) constituido por alambres de acero cobrizado enrollado en espiral sobre alma del mismo material, con diámetro inferior o igual a 5 mm.

Kg

7

Ex.

7312.10.05

De acero sin recubrimiento, con o sin lubricación, excepto los comprendidos en la fracción 7312.10.08.

Kg

10

Ex.

7312.10.06

Galvanizados, con diámetro inferior a 1.6 mm, constituidos por 9 o más filamentos de diámetro menor a 0.18 mm, trenzados en dirección S o Z.

Kg

7

Ex.

7312.10.07

Galvanizados, con un diámetro mayor a 4 mm pero inferior
a 19 mm, constituidos por 7 alambres, lubricados o sin lubricar.

Kg

10

Ex.

7312.10.08

Sin galvanizar, de diámetro menor o igual a 19 mm, constituidos por 7 alambres.

Kg

10

Ex.

7312.10.09

Trenzados o torcidos, de longitud inferior a 500 m, provistos de aditamentos metálicos en sus extremos.

Kg

7

Ex.

7312.10.10

Cables plastificados.

Kg

7

Ex.

7312.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7312.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7314.12.01

Telas metálicas continuas o sin fin, de acero inoxidable, para máquinas.

Kg

10

Ex.

7314.13.01

De anchura inferior o igual a 50 mm.

Kg

10

Ex.

7314.13.02

De alambres de sección circular, excepto lo comprendido en la fracción 7314.13.01.

Kg

10

Ex.

7314.13.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7314.14.99

Las demás telas metálicas tejidas, de acero inoxidable.

Kg

10

Ex.

7314.19.01

De anchura inferior o igual a 50 mm.

Kg

10

Ex.

7314.19.02

De alambres de sección circular, excepto lo comprendido en la fracción 7314.19.01.

Kg

10

Ex.

7314.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7314.20.01

Redes y rejas, soldadas en los puntos de cruce, de alambre cuya mayor dimensión de la sección transversal sea superior o igual
a 3 mm y con malla de superficie superior o igual a 100 cm
2.

Kg

10

Ex.

7314.31.01

Cincadas.

Kg

10

Ex.

7314.39.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7314.41.01

Cincadas.

Kg

10

Ex.

7314.42.01

Revestidas de plástico.

Kg

10

Ex.

7314.49.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7314.50.01

Chapas y tiras, extendidas (desplegadas).

Kg

10

Ex.

7315.11.01

De peso superior a 15 Kg/m, excepto lo comprendido en la fracción 7315.11.03.

Kg

10

Ex.

7315.11.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7315.11.03

Para transmisión de movimiento.

Kg

10

Ex.

7315.11.04

De distribución (silenciosas) para uso automotriz.

Kg

10

Ex.

7315.11.05

De peso inferior a 15 Kg/m, excepto lo comprendido en la fracción 7315.11.03.

Kg

10

Ex.

7315.11.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7315.12.01

Para transmisión de movimiento.

Kg

10

Ex.

7315.12.02

De cilindro tirante, para carros de ferrocarril.

Kg

7

Ex.

7315.12.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7315.19.01

Reconocibles como concebidas para las cadenas de transmisión de movimiento, excepto lo comprendido en la fracción 7315.19.03.

Kg

10

Ex.

7315.19.02

Eslabones, excepto lo comprendido en la fracción 7315.19.03.

Kg

10

Ex.

7315.19.03

Eslabones para cadenas de rodillos, utilizadas en tractores de oruga para transmisión de movimiento.

Kg

7

Ex.

7315.19.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7315.20.01

Cadenas antideslizantes.

Kg

7

Ex.

7315.81.01

Con terminales o accesorios de enganche.

Kg

10

Ex.

7315.81.02

De peso superior a 15 Kg/m, excepto lo comprendido en la fracción 7315.81.01.

Kg

10

Ex.

7315.81.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7315.82.01

Con terminales o accesorios de enganche.

Kg

10

Ex.

7315.82.02

De peso inferior a 15 Kg por metro lineal, extendida, excepto lo comprendido en la fracción 7315.82.01.

Kg

10

Ex.

7315.82.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7315.89.01

Troqueladas, sin pernos o remaches, para máquinas sembradoras o abonadoras.

Kg

7

Ex.

7315.89.02

De peso inferior a 15 Kg/m, excepto lo comprendido en la fracción 7315.89.01.

Kg

10

Ex.

7315.89.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7315.90.99

Las demás partes.

Kg

10

Ex.

7316.00.01

Anclas, rezones y sus partes, de fundición, hierro o acero.

Kg

10

Ex.

7317.00.02

Púas o dientes para cardar.

Kg

7

Ex.

7317.00.03

Placas con puntas en una de sus superficies, para ensamblar piezas de madera.

Kg

7

Ex.

7317.00.04

Puntas o escarpias puntiagudas, reconocibles como concebidas exclusivamente para preparar (raspar) llantas para su vulcanización.

Kg

7

Ex.

7318.11.01

Tirafondos.

Kg

10

Ex.

7318.12.99

Los demás tornillos para madera.

Kg

10

Ex.

7318.13.01

Escarpias y armellas, roscadas.

Kg

10

Ex.

7318.14.01

Tornillos taladradores.

Kg

10

Ex.

7318.15.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7318.15.02

Pernos de anclaje o de cimiento.

Kg

7

Ex.

7318.15.03

Reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

Kg

10

Ex.

7318.15.04

Tornillos con diámetro inferior a 6.4 mm (1/4 pulgada) y longitud inferior a 50.8 mm (2 pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.15.01, 7318.15.03 y 7318.15.10.

Kg

10

Ex.

7318.15.05

Tornillos con diámetro inferior a 6.4 mm (1/4 pulgada) y longitud igual o superior a 50.8 mm (2 pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.15.01, 7318.15.03 y 7318.15.10.

Kg

10

Ex.

7318.15.06

Tornillos con diámetro igual o superior a 6.4 mm
(1/4 pulgada) pero inferior a 19.1 mm (3/4 pulgada) y longitud inferior a 152.4 mm (6 pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.15.01, 7318.15.03 y 7318.15.10.

Kg

10

Ex.

7318.15.07

Tornillos con diámetro igual o superior a 6.4 mm
(1/4 pulgada) pero inferior a 19.1 mm (3/4 pulgada) y longitud igual o superior a 152.4 mm (6 pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.15.01, 7318.15.03 y 7318.15.10.

Kg

10

Ex.

7318.15.08

Tornillos con diámetro igual o superior a 19.1 mm (3/4 pulgada) y longitud inferior a 152.4 mm (6 pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.15.01, 7318.15.03 y 7318.15.10.

Kg

10

Ex.

7318.15.09

Tornillos con diámetro igual o superior a 19.1 mm (3/4 pulgada) y longitud igual o superior a 152.4 mm (6 pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.15.01, 7318.15.03 y 7318.15.10.

Kg

10

Ex.

7318.15.10

De acero inoxidable.

Kg

10

Ex.

7318.15.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7318.16.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7318.16.02

De acero inoxidable.

Kg

10

Ex.

7318.16.03

De diámetro interior inferior o igual a 15.9 mm (5/8 pulgada), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.16.01 y 7318.16.02.

Kg

10

Ex.

7318.16.04

De diámetro interior superior a 15.9 mm (5/8 pulgada) pero inferior o igual a 38.1 mm (1½ pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.16.01 y 7318.16.02.

Kg

10

Ex.

7318.16.05

De diámetro superior a 38.1 mm (1½ pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.16.01 y 7318.16.02.

Kg

10

Ex.

7318.19.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7318.19.02

Arandelas de retén.

Kg

7

Ex.

7318.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7318.21.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7318.21.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7318.22.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7318.22.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7318.23.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7318.23.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7318.24.01

Chavetas o pasadores.

Kg

7

Ex.

7318.24.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7318.24.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7318.29.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7318.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7320.10.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7320.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7320.20.01

Con peso unitario inferior o igual a 30 gr.

Kg

7

Ex.

7320.20.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7320.20.03

Con peso unitario superior a 30 gr, excepto para suspensión automotriz.

Kg

7

Ex.

7320.20.04

Con peso unitario igual o superior a 2 Kg, sin exceder de 20 Kg, reconocibles para suspensión de uso automotriz.

Kg

7

Ex.

7320.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7320.90.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7320.90.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para platinos.

Kg

7

Ex.

7320.90.03

Para acoplamientos flexibles.

Kg

7

Ex.

7320.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7321.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para cocinas que consuman combustibles gaseosos, excepto lo comprendido en las fracciones 7321.90.01 y 7321.90.03.

Kg

10

Ex.

7321.90.03

Quemadores troquelados o estampados, de lámina de acero, reconocibles como concebidos exclusivamente para cocinas y/o hornos que consuman combustibles gaseosos.

Kg

10

Ex.

7321.90.04

Esparcidores de flama y galerías, reconocibles como concebidos exclusivamente para estufas o caloríferos portátiles, que consuman petróleo.

Kg

7

Ex.

7321.90.05

Cámaras de cocción, incluso sin ensamblar, reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 7321.11.02.

Kg

10

Ex.

7321.90.06

Panel superior con o sin controles, con o sin quemadores, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 7321.11.02.

Kg

10

Ex.

7321.90.07

Ensambles de puertas, que incorporen más de uno de los siguientes componentes: paredes interiores, paredes exteriores, ventana, aislamiento, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 7321.11.02.

Kg

10

Ex.

7322.19.01

Para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7322.90.01

Reconocibles para naves aéreas, incluidas sus partes.

Kg

7

Ex.

7325.10.01

Retortas.

Kg

7

Ex.

7325.10.02

Crisoles.

Kg

10

Ex.

7325.10.03

Insertos para fabricación de pistones.

Kg

7

Ex.

7325.10.04

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7325.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7325.91.01

Bolas sin calibrar.

Kg

10

Ex.

7325.91.02

Barras de máquinas trituradoras, de diámetro superior a 4 cm.

Kg

10

Ex.

7325.91.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7325.99.01

Moldes para pan o sus partes sueltas, de uso industrial.

Kg

10

Ex.

7325.99.02

Abrazaderas, con diámetro interior inferior o igual a 609.6 mm.

Kg

10

Ex.

7325.99.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7325.99.04

Formas para la fabricación de artículos por el proceso de inmersión.

Kg

7

Ex.

7325.99.05

Bobinas o carretes.

Kg

7

Ex.

7325.99.06

Abrazaderas, excepto lo comprendido en la fracción 7325.99.02.

Kg

7

Ex.

7325.99.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7326.11.01

Bolas sin calibrar.

Kg

10

Ex.

7326.11.02

Barras de máquinas trituradoras, de diámetro superior a 4 cm.

Kg

10

Ex.

7326.11.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7326.19.01

Partes componentes de estrobos (eslingas), excepto destorcedoras, grilletes y guardacabos.

Kg

7

Ex.

7326.19.02

Uniones giratorias (destorcedoras).

Kg

10

Ex.

7326.19.03

Grilletes de unión.

Kg

10

Ex.

7326.19.04

Guardacabos.

Kg

10

Ex.

7326.19.05

Protectores para calzado de seguridad.

Kg

10

Ex.

7326.19.06

Accesorios para tendidos aéreos eléctricos.

Kg

10

Ex.

7326.19.07

Abrazaderas, con diámetro interior inferior o igual a 609.6 mm.

Kg

10

Ex.

7326.19.08

Ganchos, con peso igual o superior a 200 Kg.

Kg

10

Ex.

7326.19.09

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7326.19.10

Ancoras para corazones de fundición.

Kg

10

Ex.

7326.19.11

Juntas o empaquetaduras.

Kg

10

Ex.

7326.19.12

Mordazas para tensión de cables o alambres.

Kg

7

Ex.

7326.19.13

Anclas, reconocibles como concebidas exclusivamente para instalar aparatos de mecánica de suelo.

Kg

7

Ex.

7326.19.14

Abrazaderas, excepto lo comprendido en la fracción 7326.19.07.

Kg

7

Ex.

7326.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7326.20.01

Accesorios para tendidos aéreos eléctricos.

Kg

10

Ex.

7326.20.02

Grapas o empalmes, para correas de transmisión o de transporte.

Kg

10

Ex.

7326.20.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7326.90.01

Barras de máquinas y trituradoras, de diámetro superior a 4 cm.

Kg

10

Ex.

7326.90.02

Moldes para pan o sus partes sueltas, de uso industrial.

Kg

10

Ex.

7326.90.03

Moldes para barras de hielo.

Kg

10

Ex.

7326.90.04

Aros con broches o remaches para amarrar bultos.

Kg

10

Ex.

7326.90.05

Accesorios para tendidos aéreos eléctricos.

Kg

10

Ex.

7326.90.06

Abrazaderas, con diámetro interior inferior o igual a 609.6 mm.

Kg

10

Ex.

7326.90.07

Aros para barriles.

Kg

7

Ex.

7326.90.08

Insertos para fabricación de pistones.

Kg

7

Ex.

7326.90.09

Grapas o empalmes de acero, para correas de transmisión o de transporte.

Kg

10

Ex.

7326.90.10

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7326.90.11

Formas para la fabricación de artículos por el proceso de inmersión.

Kg

7

Ex.

7326.90.12

Bobinas o carretes.

Kg

7

Ex.

7326.90.13

Abrazaderas, excepto lo compendido en la fracción 7326.90.06.

Kg

7

Ex.

7326.90.16

Acero según la Norma Internacional SAE1070, troquelado, reconocible como concebido exclusivamente para la fabricación de anillo expansor, presentado en rollos o bobinas.

Kg

7

Ex.

7326.90.17

Mangos o bastones metálicos para escobas, incluso con rosca de plástico.

Kg

10

Ex.

7326.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7401.10.01

Matas de cobre.

Kg

7

Ex.

7401.20.01

Cobre de cementación (cobre precipitado).

Kg

7

Ex.

7402.00.01

Cobre sin refinar, ánodos de cobre para refinado electrolítico.

Kg

7

Ex.

7403.11.01

Cátodos y secciones de cátodos.

Kg

7

Ex.

7403.12.01

Barras para alambrón ("wire-bars").

Kg

7

Ex.

7403.13.01

Tochos.

Kg

7

Ex.

7403.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7403.21.01

A base de cobre-cinc (latón).

Kg

7

Ex.

7403.22.01

A base de cobre-estaño (bronce).

Kg

7

Ex.

7403.23.01

A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca).

Kg

7

Ex.

7403.29.99

Las demás aleaciones de cobre (excepto las aleaciones madre de la partida 74.05).

Kg

7

Ex.

7405.00.01

Aleaciones madre de cobre.

Kg

7

Ex.

7406.20.01

Polvo de estructura laminar, escamillas.

Kg

7

Ex.

7407.10.01

Barras.

Kg

10

Ex.

7407.10.02

Perfiles huecos.

Kg

10

Ex.

7407.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7407.21.01

Barras.

Kg

10

Ex.

7407.21.02

Perfiles huecos.

Kg

10

Ex.

7407.21.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7407.22.01

Barras.

Kg

10

Ex.

7407.22.02

Perfiles huecos.

Kg

10

Ex.

7407.22.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7407.29.01

Barras de cobre aleadas, con uno o más de los siguientes metales: cromo, berilio, cobalto, zirconio.

Kg

7

Ex.

7407.29.02

Perfiles, excepto lo comprendido en la fracción 7407.29.03.

Kg

10

Ex.

7407.29.03

Perfiles huecos.

Kg

10

Ex.

7407.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7408.11.01

De sección transversal inferior o igual a 9.5 mm.

Kg

10

Ex.

7408.11.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7408.19.01

De cobre libres de oxígeno, con pureza igual o superior al 99.22%, de diámetro inferior o igual a 1 mm, con o sin recubrimiento de níquel, reconocibles para la fabricación de electrodos para cátodos de encendido de focos, tubos de descarga o tubos de rayos catódicos.

Kg

7

Ex.

7408.19.02

Con recubrimiento de plata hasta el 2% (plateado), inclusive, con diámetro de 0.08 mm a 1 mm.

Kg

7

Ex.

7408.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7408.21.01

A base de cobre-cinc (latón).

Kg

7

Ex.

7408.22.01

A base de cobre-níquel (cuproníquel) de cualquier diámetro, o a base de cobre-níquel-cinc (alpaca) de diámetro superior o igual a 0.5 mm.

Kg

10

Ex.

7408.22.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7408.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7409.11.01

Enrolladas.

Kg

7

Ex.

7409.19.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7409.21.01

Enrolladas.

Kg

7

Ex.

7409.29.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7409.31.01

Enrolladas.

Kg

7

Ex.

7409.39.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7409.40.01

De aleaciones a base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca).

Kg

7

Ex.

7409.90.99

De las demás aleaciones de cobre.

Kg

7

Ex.

7410.11.01

De cobre refinado.

Kg

7

Ex.

7410.12.01

De aleaciones de cobre.

Kg

7

Ex.

7410.21.01

Hojas o tiras de cobre con soporte de material aislante para la fabricación de circuitos impresos, excepto lo comprendido en la fracción 7410.21.02.

Kg

7

Ex.

7410.21.02

Hojas de cobre con soporte aislante de tela de fibra de vidrio, impregnadas con resinas epóxicas, sin mezcla de otros materiales, para la fabricación de circuitos impresos.

Kg

7

Ex.

7410.21.03

Hojas de cobre incluso en rollos, recubiertas por una de sus caras con óxido de cinc.

Kg

7

Ex.

7410.21.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7410.22.01

De aleaciones de cobre.

Kg

7

Ex.

7411.10.01

Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.10.03.

Kg

10

Ex.

7411.10.02

Con espesor de pared superior a 3 mm, sin exceder de 15 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.10.03.

Kg

10

Ex.

7411.10.03

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7411.10.04

Tubos aletados de una sola pieza.

Kg

7

Ex.

7411.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7411.21.01

Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7411.21.03 y 7411.21.05.

Kg

10

Ex.

7411.21.02

Con espesor de pared superior a 3 mm, sin exceder de 15 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.21.03.

Kg

10

Ex.

7411.21.03

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7411.21.04

Tubos aletados de una sola pieza.

Kg

7

Ex.

7411.21.05

Sin costura, con espesor de pared igual o superior a 0.20 mm pero inferior o igual a 0.40 mm, para instalaciones sanitarias.

Kg

10

Ex.

7411.21.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7411.22.01

Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.22.03.

Kg

10

Ex.

7411.22.02

Con espesor de pared superior a 3 mm, sin exceder de 15 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.22.03.

Kg

10

Ex.

7411.22.03

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7411.22.04

Tubos aletados de una sola pieza.

Kg

7

Ex.

7411.22.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7411.29.01

Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.29.03.

Kg

10

Ex.

7411.29.02

Con espesor de pared superior a 3 mm, sin exceder de 15 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.29.03.

Kg

10

Ex.

7411.29.03

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7411.29.04

Tubos aletados de una sola pieza.

Kg

7

Ex.

7411.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7412.10.01

De cobre refinado.

Kg

10

Ex.

7412.20.01

De aleaciones de cobre.

Kg

10

Ex.

7413.00.01

Con alma de hierro.

Kg

10

Ex.

7413.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7414.20.01

Sin exceder de 200 hilos por cm2 (mallas).

Kg

10

Ex.

7414.20.02

Continuas o sin fin, superiores a 200 hilos por cm2 (mallas), para máquinas.

Kg

7

Ex.

7414.20.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7414.90.01

Chapas o bandas extendidas.

Kg

7

Ex.

7414.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7415.10.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7415.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7415.21.01

Arandelas (incluidas las arandelas de muelle (resorte)).

Kg

10

Ex.

7415.29.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7415.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7415.33.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7415.33.02

Tornillos para madera.

Kg

10

Ex.

7415.33.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7415.39.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7415.39.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7416.00.01

Muelles planos, con almohadilla de fieltro, para cassette.

Kg

10

Ex.

7416.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7419.10.01

Cadenas y sus partes.

Kg

10

Ex.

7419.91.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7419.91.04

Electrodos circulares para máquinas o aparatos de soldar.

Kg

10

Ex.

7419.91.05

Terminales reconocibles como concebidas exclusivamente para resistencias no calentadoras.

Kg

10

Ex.

7419.99.03

Bandas sin fin.

Kg

7

Ex.

7419.99.04

Alfileres.

Kg

10

Ex.

7419.99.05

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7419.99.06

Terminales reconocibles como concebidas exclusivamente para resistencias no calentadoras.

Kg

10

Ex.

7419.99.07

Depósitos, cisternas, cubas y otros recipientes análogos, para cualquier producto (con exclusión de los gases comprimidos o licuados), de capacidad superior a 300 l, sin dispositivos mecánicos o térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo.

Kg

10

Ex.

7505.11.01

De níquel sin alear.

Kg

7

Ex.

7505.12.01

De aleaciones de níquel.

Kg

7

Ex.

7505.21.01

De níquel sin alear.

Kg

7

Ex.

7505.22.01

De aleaciones de níquel.

Kg

7

Ex.

7506.10.01

Hojas con espesor inferior o igual a 0.15 mm.

Kg

7

Ex.

7506.10.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7506.20.01

Hojas con espesor inferior o igual a 0.15 mm.

Kg

7

Ex.

7506.20.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7507.11.01

De níquel sin alear.

Kg

7

Ex.

7507.12.01

De aleaciones de níquel.

Kg

7

Ex.

7507.20.01

Accesorios de tubería.

Kg

7

Ex.

7508.10.01

Telas metálicas, redes y rejas, de alambre de níquel.

Kg

7

Ex.

7508.90.01

Anodos para niquelar incluso los obtenidos por electrólisis, en bruto o manufacturados.

Kg

7

Ex.

7508.90.02

Crisoles reconocibles como concebidos exclusivamente para laboratorio.

Kg

7

Ex.

7508.90.03

Cospeles.

Kg

7

Ex.

7508.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7601.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7601.20.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7603.10.01

Polvo de estructura no laminar.

Kg

7

Ex.

7603.20.01

Polvo de estructura laminar; escamillas.

Kg

7

Ex.

7604.10.01

Con pureza mínima de 99.5%, diámetro igual o superior a 9 mm, para la fabricación de conductores eléctricos.

Kg

7

Ex.

7604.10.02

Perfiles.

Kg

10

Ex.

7604.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7604.21.01

Perfiles huecos.

Kg

10

Ex.

7604.29.01

Barras de aluminio, con un contenido en peso de: 0.7% de hierro, 0.4 a 0.8% de silicio, 0.15 a 0.40% de cobre, 0.8 a 1.2% de magnesio, 0.04 a 0.35% de cromo, además de los otros elementos.

Kg

7

Ex.

7604.29.02

Perfiles.

Kg

10

Ex.

7604.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7605.11.01

Con pureza mínima de 99.5% de aluminio y diámetro igual o superior a 9 mm, para la fabricación de conductores eléctricos.

Kg

7

Ex.

7605.11.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7605.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7605.21.01

Con un contenido en peso de: 0.7% de hierro, 0.4 a 0.8% de silicio, 0.15 a 0.40% de cobre, 0.8 a 1.2% de magnesio, 0.04 a 0.35% de cromo, además de los otros elementos.

Kg

7

Ex.

7605.21.02

De aleación 5056.

Kg

7

Ex.

7605.21.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7605.29.01

Con un contenido en peso de: 0.7% de hierro, 0.4 a 0.8% de silicio, 0.15 a 0.40% de cobre, 0.8 a 1.2% de magnesio, 0.04 a 0.35% de cromo, además de los otros elementos.

Kg

7

Ex.

7605.29.02

De la aleación A2011TD, según Norma JIS-H-4040, o sus equivalentes.

Kg

7

Ex.

7605.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7606.11.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7606.12.02

Reconocibles para fuselaje de naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7606.12.03

Anodizadas, en rollos, excepto las comprendidas en la fracción 7606.12.01.

Kg

10

Ex.

7606.12.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7606.91.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7606.91.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7606.92.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7606.92.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

7607.11.01

Simplemente laminadas.

Kg

10

Ex.

7607.19.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7607.19.02

Atacadas en su superficie, reconocibles para la fabricación de condensadores electrolíticos.

Kg

7

Ex.

7607.19.03

De espesor inferior o igual a 0.02 mm y anchura inferior a 20 mm, o en espesor inferior a 0.006 mm, en cualquier anchura, en rollos, reconocibles como concebidas exclusivamente para condensadores eléctricos.

Kg

7

Ex.

7607.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7607.20.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7607.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7608.10.01

Con diámetro interior inferior o igual a 203.2 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7608.10.02 y 7608.10.03.

Kg

10

Ex.

7608.10.02

Con diámetro interior inferior o igual a 203.2 mm, incluso con órganos de acoplamiento y compuertas laterales de descarga reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de riego agrícola a flor de tierra.

Kg

10

Ex.

7608.10.03

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7608.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7608.20.01

Con diámetro interior inferior o igual a 203.2 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7608.20.02 y 7608.20.03.

Kg

10

Ex.

7608.20.02

Con diámetro interior inferior o igual a 203.2 mm, incluso con órganos de acoplamiento y compuertas laterales de descarga reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de riego agrícola a flor de tierra.

Kg

10

Ex.

7608.20.03

Serpentines.

Kg

10

Ex.

7608.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7609.00.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7609.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7610.90.01

Mástiles para embarcaciones.

Kg

7

Ex.

7614.10.01

Con alma de acero.

Kg

10

Ex.

7614.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

7616.10.01

Clavos, puntillas, remaches, arandelas, tornillos o tuercas.

Kg

10

Ex.

7616.10.02

Clavijas.

Kg

7

Ex.

7616.10.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7616.99.01

Accesorios para tendidos aéreos eléctricos.

Kg

10

Ex.

7616.99.02

Carretes de urdido, seccionales.

Kg

7

Ex.

7616.99.03

Bobinas o carretes reconocibles como concebidas exclusivamente para la industria textil.

Kg

7

Ex.

7616.99.04

Bobinas o carretes, excepto lo comprendido en la fracción 7616.99.03.

Kg

7

Ex.

7616.99.05

Quemadores de aluminio, para calentadoras de ambiente.

Kg

10

Ex.

7616.99.08

Chapas o bandas extendidas.

Kg

10

Ex.

7616.99.09

Portagomas (casquillos) o tapas (conteras) para lápices.

Kg

10

Ex.

7616.99.10

Discos con un contenido de aluminio igual o superior a 97%; excepto lo comprendido en la fracción 7616.99.14.

Kg

7

Ex.

7616.99.11

Anodos.

Kg

10

Ex.

7616.99.12

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

7616.99.14

Manufacturas planas con un contenido de aluminio igual o superior a 99.7%, cuyas dimensiones se circunscriban en una circunferencia de un círculo cuyo diámetro sea igual o superior a 12 mm, pero inferior a 70 mm, y espesor igual o superior a 3 mm, pero inferior o igual a 16 mm.

Kg

7

Ex.

7801.10.01

Plomo refinado.

Kg

7

Ex.

7801.91.01

Con antimonio como el otro elemento predominante en peso.

Kg

7

Ex.

7801.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7802.00.01

Desperdicios y desechos, de plomo.

Kg

7

Ex.

7803.00.01

Barras, perfiles y alambre, de plomo.

Kg

7

Ex.

7804.11.01

Hojas y tiras, de espesor inferior o igual a 0.2 mm (sin incluir el soporte).

Kg

7

Ex.

7804.19.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

7804.20.01

Polvo y escamillas.

Kg

7

Ex.

7805.00.01

Tubos y accesorios de tubería, (por ejemplo: empalmes (racores), codos o manguitos), de plomo.

Kg

7

Ex.

7806.00.99

Las demás manufacturas de plomo.

Kg

10

Ex.

7901.11.01

Con un contenido de cinc superior o igual al 99.99% en peso.

Kg

7

Ex.

7901.12.01

Con un contenido de cinc inferior al 99.99% en peso.

Kg

7

Ex.

7901.20.01

Aleaciones de cinc.

Kg

7

Ex.

7902.00.01

Desperdicios y desechos, de cinc.

Kg

7

Ex.

7903.10.01

Polvo de condensación.

Kg

7

Ex.

7903.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

7904.00.01

Barras, perfiles y alambre, de cinc.

Kg

7

Ex.

7905.00.01

Chapas, hojas y tiras, de cinc.

Kg

7

Ex.

7906.00.01

Tubos y accesorios de tubería (por ejemplo: empalmes (racores), codos, manguitos), de cinc.

Kg

7

Ex.

7907.00.99

Las demás manufacturas de cinc.

Kg

10

Ex.

8001.10.01

Estaño sin alear.

Kg

7

Ex.

8001.20.01

Aleaciones de estaño.

Kg

7

Ex.

8002.00.01

Desperdicios y desechos, de estaño.

Kg

7

Ex.

8003.00.01

Barras, perfiles y alambre, de estaño.

Kg

7

Ex.

8004.00.01

Chapas, hojas y tiras, de estaño, de espesor superior a 0.2 mm.

Kg

7

Ex.

8005.00.01

Hojas y tiras, delgadas, de estaño (incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares), de espesor inferior o igual a 0.2 mm (sin incluir el soporte); polvo y escamillas, de estaño.

Kg

7

Ex.

8006.00.01

Tubos y accesorios de tubería (por ejemplo: empalmes (racores), codos, manguitos), de estaño.

Kg

7

Ex.

8101.10.01

Polvo.

Kg

7

Ex.

8101.94.01

Volframio (tungsteno) en bruto, incluidas las barras simplemente obtenidas por sinterizado.

Kg

7

Ex.

8101.95.01

Barras, excepto las simplemente obtenidas por sinterizado, perfiles, chapas, hojas y tiras.

Kg

7

Ex.

8101.96.01

Con diámetro igual o superior a 0.89 mm.

Kg

7

Ex.

8101.96.02

De sección circular, con diámetro inferior a 0.89 mm para la fabricación de filamentos de lámparas incandescentes.

Kg

7

Ex.

8101.96.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8101.97.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8101.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8102.10.01

Polvo.

Kg

7

Ex.

8102.94.01

Molibdeno en bruto, incluidas las barras simplemente obtenidas por sinterizado.

Kg

7

Ex.

8102.95.01

Barras y varillas.

Kg

7

Ex.

8102.95.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8102.96.01

Alambre.

Kg

7

Ex.

8102.97.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8102.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8103.20.01

Tantalio en bruto, incluidas las barras simplemente obtenidas por sinterizado; polvo.

Kg

7

Ex.

8103.30.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8103.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8104.11.01

Con un contenido de magnesio superior o igual al 98.8% en peso.

Kg

7

Ex.

8104.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8104.20.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8104.30.01

Torneaduras y gránulos calibrados; polvo.

Kg

7

Ex.

8104.90.01

Perfiles.

Kg

7

Ex.

8104.90.02

Anodos.

Kg

7

Ex.

8104.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8105.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8106.00.01

Bismuto y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8107.20.01

Cadmio en bruto; polvo.

Kg

7

Ex.

8107.30.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8107.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8108.20.01

Titanio en bruto; polvo.

Kg

7

Ex.

8108.30.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8109.20.01

Circonio en bruto; polvo.

Kg

7

Ex.

8109.30.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8109.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8110.10.01

Antimonio en bruto; polvo.

Kg

7

Ex.

8110.20.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8110.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8111.00.01

Polvos de manganeso y sus manufacturas.

Kg

7

Ex.

8111.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8112.12.01

En bruto; polvo.

Kg

7

Ex.

8112.13.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8112.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8112.21.01

En bruto; polvo.

Kg

7

Ex.

8112.22.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8112.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8112.30.01

Germanio.

Kg

7

Ex.

8112.40.01

Vanadio.

Kg

7

Ex.

8112.51.01

En bruto; polvo.

Kg

7

Ex.

8112.52.01

Desperdicios y desechos.

Kg

7

Ex.

8112.59.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8112.92.01

En bruto; desperdicios y desechos; polvo.

Kg

7

Ex.

8112.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8113.00.01

"Cermet" y sus manufacturas.

Kg

7

Ex.

8113.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8201.20.01

Bieldos de más de cinco dientes.

Pza

10

Ex.

8201.90.02

Guadañas.

Pza

7

Ex.

8202.10.02

Tronzadores.

Kg

10

Ex.

8202.10.03

Seguetas para ampolletas.

Kg

7

Ex.

8202.20.01

Hojas de sierra de cinta.

Kg

10

Ex.

8202.39.02

Guarnecidas de diamante.

Kg

10

Ex.

8202.39.03

Con diámetro exterior superior a 800 mm, excepto lo comprendido en la fracción 8202.39.02.

Kg

7

Ex.

8202.39.04

Esbozos (corazas o centros) de acero, reconocibles como concebidos exclusivamente para sierras circulares guarnecidas de diamante.

Kg

7

Ex.

8202.39.05

Segmentos o dientes sin polvo de diamante para sierras circulares, excepto lo comprendido en la fracción 8202.39.07.

Kg

7

Ex.

8202.39.06

Segmentos o dientes guarnecidos con polvo de diamante aglomerado.

Kg

10

Ex.

8202.39.07

Segmentos o dientes con parte operante de acero.

Kg

7

Ex.

8202.40.01

Cadenas para motosierras manuales con motor de explosión.

Kg

7

Ex.

8202.40.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

8202.91.01

Seguetas.

Kg

10

Ex.

8202.91.02

Con segmentos o dientes guarnecidos con polvo de diamante aglomerado.

Kg

10

Ex.

8202.91.03

Segmentos o dientes guarnecidos con polvo de diamante aglomerado.

Kg

10

Ex.

8202.91.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8202.99.01

Trabadores para sierra.

Kg

7

Ex.

8202.99.02

Hojas de sierra de pelo.

Kg

7

Ex.

8202.99.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

8203.10.02

Limas con longitud superior a 50 cm.

Pza

7

Ex.

8203.40.01

Sacabocados.

Pza

7

Ex.

8203.40.03

Cortapernos y cortarremaches.

Pza

7

Ex.

8204.12.01

Llaves de cadena; llaves ajustables con longitud superior a 610 mm, para tubos.

Kg

7

Ex.

8205.10.01

Taladros, excepto lo comprendido en la fracción 8205.10.03.

Pza

7

Ex.

8205.30.01

Guillames, acanaladores o machihembradores.

Pza

7

Ex.

8205.40.01

Con lámparas o probador de corriente, de matraca o de cabeza giratoria (para joyeros).

Pza

7

Ex.

8205.59.05

Cuñas de hierro o acero.

Pza

10

Ex.

8205.59.09

Tensores para cadenas.

Pza

10

Ex.

8205.59.10

Tiradores o guías, para instalación de conductores eléctricos.

Pza

7

Ex.

8205.59.13

Extractores de poleas o de rodamientos.

Pza

10

Ex.

8205.59.14

Compresores para colocar anillos de pistones.

Pza

10

Ex.

8205.59.15

Herramientas o utensilios para colocar válvulas de broche.

Pza

7

Ex.

8205.59.16

Extractores de piezas de reloj.

Pza

7

Ex.

8205.70.03

Sujetadores de piezas de reloj.

Pza

7

Ex.

8207.13.01

Brocas con extremidades dentadas.

Pza

10

Ex.

8207.13.02

Reconocibles, como concebidos exclusivamente para martillos neumáticos.

Pza

10

Ex.

8207.13.03

Brocas con diámetro igual o superior a 1.00 mm, pero inferior o igual a 64.1 mm, excepto de extremidades dentadas.

Pza

10

Ex.

8207.13.04

Brocas con diámetro inferior a 1.00 mm, o con diámetro superior a 64.1 mm, excepto de extremidades dentadas.

Pza

10

Ex.

8207.13.05

Trépanos (de tricono, de corona y otros).

Pza

10

Ex.

8207.13.06

Barrenas.

Pza

10

Ex.

8207.13.07

Brocas de centro del tipo plana o campana, con diámetro inferior o igual a 25.4 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 8207.13.01 y 8207.13.03.

Pza

10

Ex.

8207.13.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8207.19.01

Brocas con extremidades dentadas.

Pza

10

Ex.

8207.19.02

Brocas, con parte operante de carburos.

Pza

10

Ex.

8207.19.03

Reconocibles, como concebidos exclusivamente para martillos neumáticos.

Pza

10

Ex.

8207.19.04

Brocas con diámetro igual o superior a 1.00 mm, pero inferior o igual a 64.1 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 8207.19.01 y 8207.19.02.

Pza

10

Ex.

8207.19.05

Brocas con diámetro inferior a 1.00 mm, o con diámetro superior a 64.1 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 8207.19.01 y 8207.19.02.

Pza

10

Ex.

8207.19.06

Trépanos (de tricono, de corona y otros).

Pza

10

Ex.

8207.19.07

Estructuras de corte y/o conos, para trépanos.

Pza

10

Ex.

8207.19.08

Barrenas.

Pza

10

Ex.

8207.19.09

Brocas de centro del tipo plana o campana, con diámetro inferior o igual a 25.4 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 8207.19.01 y 8207.19.02.

Pza

10

Ex.

8207.19.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8207.20.01

Hileras de extrudir o de estirar (trefilar) metal.

Pza

10

Ex.

8207.30.01

Útiles de embutir, estampar o punzonar, excepto lo comprendido en la fracción 8207.30.02.

Pza

7

Ex.

8207.30.02

Esbozos de matrices o troqueles, con peso igual o superior a 1,000 Kg, para el estampado de metales; y sus partes.

Pza

7

Ex.

8207.40.01

Dados cuadrados y peines en pares para uso en terrajas manuales.

Pza

10

Ex.

8207.40.02

Machuelos con diámetro igual o inferior a 50.8 mm.

Pza

10

Ex.

8207.40.03

Machuelos con diámetro superior a 50.8 mm.

Pza

7

Ex.

8207.40.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8207.50.01

Brocas, con parte operante de diamante.

Pza

10

Ex.

8207.50.03

Brocas con diámetro igual o superior a 1.00 mm, pero inferior o igual a 64.1 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 8207.50.01, 8207.50.02 y 8207.50.05.

Pza

10

Ex.

8207.50.04

Brocas con diámetro inferior a 1.00 mm, o con diámetro superior a 64.1 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 8207.50.01, 8207.50.02 y 8207.50.05.

Pza

10

Ex.

8207.50.06

Brocas de centro del tipo plana o campana con diámetro inferior o igual a 25.4 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 8207.50.02 y 8207.50.03.

Pza

10

Ex.

8207.50.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8207.60.01

Escariadores o rimas, excepto lo comprendido en las fracciones 8207.60.03 y 8207.60.05.

Pza

7

Ex.

8207.60.02

Mandriles, reconocibles como concebidos exclusivamente para laminadores.

Pza

7

Ex.

8207.60.03

Escariadores o rimas ajustables.

Pza

7

Ex.

8207.60.05

Escariadores constituidos enteramente por carburos metálicos.

Pza

7

Ex.

8207.60.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8207.70.01

Fresas madre para generar engranes.

Pza

7

Ex.

8207.70.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8207.80.01

Útiles de tornear.

Pza

10

Ex.

8207.90.01

Extractores de tornillos.

Pza

7

Ex.

8207.90.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8208.10.01

Hojas con un espesor máximo de 6 mm y anchura máxima de 500 mm, con filo continuo o discontinuo.

Pza

7

Ex.

8208.10.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8208.20.01

Hojas con un espesor, máximo de 6 mm y anchura máxima de 500 mm, con filo continuo o discontinuo.

Pza

7

Ex.

8208.20.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8208.30.01

Hojas con un espesor máximo de 6 mm y anchura máxima de 500 mm, con filo continuo o discontinuo.

Pza

7

Ex.

8208.30.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8208.90.99

Las demás.

Pza

10

Ex.

8211.92.01

Chairas.

Pza

7

Ex.

8212.90.01

Para máquinas de afeitar.

Kg

7

Ex.

8214.90.02

Esquiladoras.

Pza

7

Ex.

8214.90.03

Peines para máquinas de cortar el pelo.

Pza

7

Ex.

8301.50.01

Monturas cierre de aleación de magnesio, con cerradura incorporada.

Kg

10

Ex.

8301.60.01

Marcos o monturas de aleación de magnesio, sin la cerradura.

Kg

7

Ex.

8301.60.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8301.70.01

Llaves sin acabar.

Kg

10

Ex.

8305.90.02

Herrajes de 6 argollas con longitud de 13.0 cm o de 19.0 cm, con o sin gatillo, incluyendo las bases curvas para sujetarlos.

Kg

10

Ex.

8307.10.01

Constituidos de dos o más armazones de hierro o de acero y de dos o más capas de materias termoplásticas.

Kg

7

Ex.

8307.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8307.90.99

De los demás metales comunes.

Kg

10

Ex.

8309.10.01

Tapas corona.

Kg

10

Ex.

8309.90.01

Tapones o tapas, excepto lo comprendido en las fracciones 8309.90.02, 8309.90.03, 8309.90.07 y 8309.90.08.

Kg

10

Ex.

8309.90.03

Tapas de aluminio con rosca, para envases de uso farmacéutico.

Kg

7

Ex.

8309.90.07

Tapas: con un precorte a menos de 10 mm de toda su orilla y una pieza de sujeción colocada sobre la tapa mediante un remache, llamadas tapas “abre fácil” (“full open”), de acero o aluminio, para envases destinados a contener bebidas o alimentos.

Kg

10

Ex.

8309.90.08

Tapas de aluminio, con una pieza de sujeción colocada sobre la tapa mediante un remache, reconocibles como concebidas exclusivamente para envases destinados a contener bebidas o alimentos.

Kg

10

Ex.

8311.10.01

De hierro o de acero.

Kg

10

Ex.

8311.10.02

De cobre o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.10.03

De aluminio o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.10.04

De níquel o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8311.20.01

De cobre o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.20.02

De aluminio o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.20.03

De níquel o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.20.04

De acero.

Kg

10

Ex.

8311.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8311.30.01

De hierro o acero.

Kg

10

Ex.

8311.30.02

De cobre o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.30.03

De aluminio o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.30.04

De níquel o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8311.90.01

De hierro o acero.

Kg

10

Ex.

8311.90.02

De cobre o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.90.03

De aluminio o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.90.04

De níquel o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8311.90.05

Hilos o varillas de polvo de metal común aglomerado, para la metalización por proyección.

Kg

7

Ex.

8311.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8401.10.01

Reactores nucleares.

Kg

7

Ex.

8401.20.01

Máquinas y aparatos para la separación isotópica, y sus partes.

Kg

7

Ex.

8401.30.01

Elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar.

Kg

7

Ex.

8401.40.01

Partes de reactores nucleares.

Kg

7

Ex.

8402.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8403.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8404.20.01

Condensadores para máquinas de vapor.

Kg

10

Ex.

8406.81.01

De potencia superior a 40 MW.

Pza

7

Ex.

8406.90.03

Rotores sin terminar, pulir ni desbastar, que en tales condiciones no puedan ser armados o ensamblados.

Pza

7

Ex.

8407.10.01

Motores de aviación.

Pza

7

Ex.

8407.21.01

Con potencia igual o superior a 65 C.P.

Pza

7

Ex.

8407.21.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8407.29.01

Con potencia inferior o igual a 600 C.P.

Pza

10

Ex.

8407.29.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8407.31.01

Para acoplarse en bicicletas, con potencia hasta 1.5 C.P. y con peso unitario igual o inferior a 6 Kg.

Pza

10

Ex.

8407.31.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8407.32.01

Para motocicletas, motonetas o análogos, excepto lo comprendido en la fracción 8407.32.02.

Pza

10

Ex.

8407.32.02

Para acoplarse en bicicletas, con potencia hasta 1.5 C.P. y con peso unitario inferior a 6 Kg.

Pza

10

Ex.

8407.32.03

Con potencia igual o inferior a 15 C.P., excepto con cigüeñal en posición vertical.

Pza

10

Ex.

8407.32.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8407.33.01

Con capacidad igual o superior a 550 cm3, reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas.

Pza

10

Ex.

8407.33.02

Para motocicletas, motonetas o análogos, excepto lo comprendido en la fracción 8407.33.01.

Pza

10

Ex.

8407.33.03

Con potencia igual o inferior a 15 C.P., excepto con cigüeñal en posición vertical.

Pza

10

Ex.

8407.33.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8407.34.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas.

Pza

10

Ex.

8407.34.02

De cilindrada inferior o igual a 2,000 cm3.

Pza

7

Ex.

8407.34.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8407.90.01

Con potencia igual o inferior a 15 C.P., excepto con cigüeñal en posición vertical.

Pza

10

Ex.

8407.90.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8408.10.01

Con potencia igual o inferior a 600 C.P.

Pza

10

Ex.

8408.10.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8408.20.01

Motores de los tipos utilizados para la propulsión de vehículos del capítulo 87.

Pza

7

Ex.

8408.90.01

Con potencia igual o inferior a 960 C.P.

Pza

10

Ex.

8408.90.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8409.10.01

De motores de aviación.

Kg

7

Ex.

8409.91.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para motocicletas, motonetas o análogos, excepto lo comprendido en las fracciones 8409.91.03 a 8409.91.05, inclusive.

Kg

7

Ex.

8409.91.02

Pistones, camisas, anillos o válvulas, aun cuando se presenten en juegos ("kits"), excepto lo comprendido en las fracciones 8409.91.05 y 8409.91.07.

Kg

7

Ex.

8409.91.03

Balancines, barras de balancines, punterías (buzos), válvulas con diámetro de cabeza igual o superior a 26 mm, sin exceder de 52 mm, incluso en juegos ("kits").

Kg

7

Ex.

8409.91.04

Carburadores, excepto lo comprendido en las fracciones 8409.91.10 y 8409.91.17.

Kg

10

Ex.

8409.91.05

Pistones (émbolos) de aluminio, con diámetro exterior igual o superior a 58 mm, sin exceder de 140.0 mm.

Kg

10

Ex.

8409.91.06

Múltiples o tuberías de admisión y escape.

Kg

10

Ex.

8409.91.07

Camisas con diámetro interior igual o superior a 66.7 mm (2 5/8 pulgadas) sin exceder de 171.45 mm (6 3/4 pulgadas), largo igual o superior a 123.95 mm (4 7/8 pulgadas), sin exceder de 431.80 mm (17 pulgadas) y espesor de pared igual o superior a 1.78 mm (0.070 pulgadas) sin exceder de 2.5 mm (0.1 pulgadas).

Kg

10

Ex.

8409.91.08

Reconocibles para motores fuera de borda y para motores marinos con potencia superior a 600 C.P.

Kg

7

Ex.

8409.91.09

Reconocibles para tractores agrícolas e industriales, excepto lo comprendido en la fracción 8409.91.12.

Kg

7

Ex.

8409.91.10

Carburadores, para motocicletas con capacidad de cilindrada igual o superior a 550 cm3.

Kg

7

Ex.

8409.91.11

Cárteres.

Kg

10

Ex.

8409.91.12

Varillas tubulares empujadoras de válvulas; tubos de protectores de varillas.

Kg

10

Ex.

8409.91.13

Gobernadores de revoluciones.

Kg

7

Ex.

8409.91.14

Tapas, asientos para resorte, o asientos para válvulas, guías para válvulas.

Kg

10

Ex.

8409.91.15

Tapas superiores del motor (de balancines) y laterales, tapa frontal de ruedas o engranes de distribución del motor.

Kg

10

Ex.

8409.91.16

Amortiguadores de vibraciones del cigüeñal (damper).

Kg

10

Ex.

8409.91.17

Carburadores de un venturi (garganta), excepto para motocicletas.

Kg

10

Ex.

8409.91.19

Ejes ("pernos") para pistón (émbolo), excepto lo comprendido en las fracciones 8409.91.01 y 8409.91.09.

Kg

7

Ex.

8409.91.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8409.99.01

Culatas (cabezas) o monobloques.

Kg

7

Ex.

8409.99.02

Pistones (émbolos) de aluminio, con diámetro exterior igual o superior a 58 mm, sin exceder de 140 mm.

Kg

10

Ex.

8409.99.03

Pistones, camisas, anillos o válvulas, aun cuando se presenten en juegos ("kits") excepto lo comprendido en las fracciones 8409.99.02, 8409.99.04 y 8409.99.06.

Kg

7

Ex.

8409.99.04

Balancines, barras de balancines, punterías (buzos), válvulas con diámetro de cabeza igual o superior a 26 mm, sin exceder
de 52 mm, incluso en juegos ("kits").

Kg

7

Ex.

8409.99.05

Bielas o portabielas.

Kg

7

Ex.

8409.99.06

Camisas con diámetro interior igual o superior a 66.70 mm
(2 5/8 pulgadas); sin exceder de 171.45 mm (6 3/4 pulgadas), largo igual o superior a 123.95 mm (4 7/8 pulgadas) sin exceder de 431.80 mm (17 pulgadas) y espesor de pared igual o superior a 1.78 mm (0.070 pulgadas) sin exceder de 2.5 mm (0.1 pulgadas).

Kg

10

Ex.

8409.99.07

Radiadores de aceites lubricantes.

Kg

7

Ex.

8409.99.08

Supercargadores de aire o sus partes.

Kg

7

Ex.

8409.99.09

Reconocibles para motores marinos con potencia superior
a 600 C.P.

Kg

7

Ex.

8409.99.10

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales, excepto lo comprendido en las fracciones 8409.99.07 y 8409.99.11.

Kg

7

Ex.

8409.99.11

Reconocibles como concebidas exclusivamente para inyectores de combustible diesel.

Kg

7

Ex.

8409.99.12

Gobernadores de revoluciones.

Kg

7

Ex.

8409.99.13

Varillas empujadoras de válvulas, no tubulares (sólidas) para uso en motores de combustión interna.

Kg

7

Ex.

8409.99.14

Esbozos de émbolos de acero, hierro gris o aluminio, con diámetro exterior superior a 140 mm.

Kg

7

Ex.

8409.99.15

Ejes ("pernos") para pistón (émbolo), excepto lo comprendido en las fracciones 8409.99.09 y 8409.99.10.

Kg

10

Ex.

8409.99.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

8410.11.01

De potencia inferior o igual a 1,000 KW.

Pza

7

Ex.

8410.12.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8410.13.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8410.90.01

Partes, incluidos los reguladores.

Kg

7

Ex.

8411.11.01

De empuje inferior o igual a 25 kN.

Pza

7

Ex.

8411.12.01

De empuje superior a 25 kN.

Pza

7

Ex.

8411.21.01

De potencia inferior o igual a 1,100 KW.

Pza

7

Ex.

8411.22.01

De potencia superior a 1,100 KW.

Pza

7

Ex.

8411.81.01

De potencia inferior o igual a 5,000 KW.

Pza

7

Ex.

8411.91.01

De turborreactores o de turbo propulsores.

Kg

7

Ex.

8412.10.01

Propulsores a reacción, excepto los turborreactores.

Pza

7

Ex.

8412.21.01

Con movimiento rectilíneo (cilindros).

Pza

7

Ex.

8412.29.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8412.39.02

Motores de aire para limpiaparabrisas.

Pza

10

Ex.

8412.80.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8412.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8413.19.02

De émbolo, para el manejo de oxígeno líquido, a presión entre
29 y 301 Kg/cm
2 (28 y 300 atmósferas), con dispositivos medidor y totalizador.

Pza

7

Ex.

8413.19.04

Motobomba, de émbolos con motor hidráulico lineal, inyectora de fertilizantes, con peso inferior a 5 Kg.

Pza

7

Ex.

8413.30.01

Para inyección de diesel.

Pza

7

Ex.

8413.30.02

Para agua.

Pza

10

Ex.

8413.30.03

Para gasolina.

Pza

10

Ex.

8413.30.04

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8413.30.05

Reconocibles para tractores agrícolas e industriales.

Pza

7

Ex.

8413.30.06

Para aceite.

Pza

10

Ex.

8413.30.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8413.50.01

Con peso unitario igual o superior a 1,000 Kg.

Pza

10

Ex.

8413.50.02

Para albercas.

Pza

10

Ex.

8413.50.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8413.60.02

Motobombas, concebidas exclusivamente para aparatos o unidades limpiaparabrisas de vehículos automóviles.

Pza

10

Ex.

8413.60.03

De engranes, excepto lo comprendido en la fracción 8413.60.01.

Pza

10

Ex.

8413.60.05

Para la dirección hidráulica de vehículos automotrices.

Pza

7

Ex.

8413.60.06

Para albercas.

Pza

10

Ex.

8413.70.01

Portátiles, contra incendio.

Pza

7

Ex.

8413.70.02

Extractoras o recirculatorias de agua, reconocibles como concebidas exclusivamente para aparatos acondicionadores de aire.

Pza

10

Ex.

8413.70.05

Para albercas.

Pza

10

Ex.

8413.81.03

Para albercas.

Pza

10

Ex.

8413.82.01

Elevadores de líquidos.

Pza

7

Ex.

8413.91.01

Coladeras, incluso con elemento obturador.

Kg

7

Ex.

8413.91.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8413.11.01 y 8413.19.01, excepto lo comprendido en las fracciones 8413.91.01 y 8413.91.12.

Kg

7

Ex.

8413.91.03

Guimbaletes.

Kg

7

Ex.

8413.91.04

Reconocibles como concebidas exclusivamente para bombas de inyección de diesel, excepto lo comprendido en la fracción 8413.91.11.

Kg

7

Ex.

8413.91.05

Reconocibles como concebidas exclusivamente para bombas de gasolina, utilizadas en motores de explosión.

Kg

10

Ex.

8413.91.06

Casco o carcaza, impulsor o propulsor, masa o cubo y difusor; reconocibles para las bombas de agua para motores de explosión o de combustión interna.

Kg

10

Ex.

8413.91.07

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Kg

7

Ex.

8413.91.08

Reconocibles para bombas medidoras de engranes.

Kg

7

Ex.

8413.91.09

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8413.70.99.

Kg

7

Ex.

8413.91.10

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8413.81.02.

Kg

7

Ex.

8413.91.11

Tubos preformados, para inyección de diesel, incluso con recubrimientos, cuyo diámetro exterior sea igual o superior
a 2.12 mm sin exceder de 9.63 mm y espesor de pared de
1.53 mm sin exceder de 2.04 mm, con sistema de conexión y resortes o adaptaciones.

Kg

10

Ex.

8413.91.12

Circuitos modulares, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8413.11.01.

Kg

7

Ex.

8413.91.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8413.92.01

De elevadores de líquidos.

Kg

7

Ex.

8414.10.01

Rotativas, de anillo líquido, con capacidad de desplazamiento superior a 348 m3/hr.

Pza

10

Ex.

8414.10.02

Para acoplarse en motores para el sistema de frenos de aire.

Pza

10

Ex.

8414.10.04

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Pza

7

Ex.

8414.10.05

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8414.30.03

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8414.30.04

Motocompresores herméticos, con potencia superior a 1 1/2 C.P. sin exceder de 5 C.P.

Pza

7

Ex.

8414.30.06

Abiertos, con capacidad de desplazamiento por revolución superior a 108 sin exceder de 161 cm3, sin bomba de aceite, accionados a platos magnéticos, para aire acondicionado de uso en automóviles.

Pza

7

Ex.

8414.30.07

Motocompresores herméticos con potencia superior a ½ C.P., sin exceder de 1½ C.P., excepto lo comprendido en la fracción 8414.30.10.

Pza

10

Ex.

8414.40.02

Compresores o motocompresores, con capacidad superior
a 31.5 m
3 por minuto.

Pza

7

Ex.

8414.80.01

Eyectores.

Pza

10

Ex.

8414.80.02

Turbocompresores de aire u otros gases.

Pza

7

Ex.

8414.80.03

Compresores o motocompresores de aire, con capacidad de hasta 31.5 m3 por minuto, excepto lo comprendido en la fracción 8414.80.13.

Pza

10

Ex.

8414.80.04

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8414.80.05

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Pza

7

Ex.

8414.80.07

Compresores de cloro.

Pza

10

Ex.

8414.80.09

Generadores de émbolos libres.

Pza

7

Ex.

8414.80.11

Compresores de aire para frenos, de uso automotriz.

Pza

10

Ex.

8414.80.12

Compresores o motocompresores de aire, con capacidad superior a 31.5 m3 por minuto, excepto lo comprendido en la fracción 8414.80.13.

Pza

7

Ex.

8414.80.13

Compresores o motocompresores con extensión de biela, reconocibles para producir aire libre de aceite.

Pza

7

Ex.

8414.80.14

Turbocargadores y supercargadores.

Pza

7

Ex.

8414.80.15

Compresores o motocompresores de tornillo sin fin, provistos de filtros, para producir aire libre de aceite.

Pza

7

Ex.

8414.80.16

Turbocompresores de aire u otros gases, incompletos o sin terminar, que no incorporen filtros, ductos de admisión y ductos de escape.

Pza

7

Ex.

8414.90.01

Bielas o émbolos.

Kg

10

Ex.

8414.90.03

Partes para turbocargadores y supercargadores.

Kg

7

Ex.

8414.90.04

Rotores y estatores reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8414.30.

Pza

7

Ex.

8414.90.05

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Kg

7

Ex.

8414.90.06

Impulsores o impelentes para compresores centrífugos.

Kg

7

Ex.

8414.90.07

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8414.80.06.

Kg

7

Ex.

8414.90.08

Reconocibles como concebidas exclusivamente para compresores de amoniaco, de uso en refrigeración.

Kg

10

Ex.

8414.90.09

Reguladores de potencia, placas o platos de válvulas, lengüetas para platos de válvulas reconocibles como concebidos exclusivamente para compresores de refrigeración denominados abiertos.

Kg

7

Ex.

8414.90.10

Sellos mecánicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para compresores de refrigeración denominados abiertos.

Kg

10

Ex.

8415.20.01

De los tipos utilizados en vehículos automóviles para sus ocupantes.

Pza

10

Ex.

8415.90.01

Gabinetes o sus partes componentes.

Kg

10

Ex.

8415.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8416.90.01

Reconocidos como concebidos exclusivamente para quemadores tipo cañón de tiro forzado.

Pza

10

Ex.

8416.90.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8417.10.01

Para fusión de minerales metalúrgicos.

Pza

7

Ex.

8417.10.04

Industriales de operación continua para la fusión, calentamiento, recalentamiento o tratamiento térmico de metales.

Pza

10

Ex.

8417.80.01

Horno túnel, para temperaturas entre 900 y 1,200° C, reconocibles para cocer ladrillos, tejas u otros elementos cerámicos.

Pza

7

Ex.

8418.61.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para unidades de transporte terrestre de productos perecederos, comprendiendo: compresor, evaporador y condensador.

Pza

7

Ex.

8418.69.05

Grupos frigoríficos de compresión, reconocibles como concebidos exclusivamente para unidades de transporte terrestre de productos perecederos, comprendiendo: compresor, evaporador y condensador.

Pza

7

Ex.

8418.69.07

Grupos frigoríficos por expansión de nitrógeno líquido, con peso unitario igual o inferior a 500 kg, reconocibles como concebidos exclusivamente para unidades de transporte de productos perecederos.

Pza

7

Ex.

8418.69.10

Gabinete evaporativo de placas de contacto de aluminio o acero, para congelación rápida de productos alimenticios, sin equipo de compresión y con operación hidráulica de apertura y cierre de las placas.

Pza

7

Ex.

8418.91.01

Muebles concebidos para incorporarles un equipo de producción de frío.

Kg

10

Ex.

8418.99.01

Quemadores a gas y/o keroseno, reconocibles como concebidos exclusivamente para refrigeración.

Kg

7

Ex.

8418.99.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para unidades de refrigeración por absorción, excepto evaporadores y quemadores.

Kg

10

Ex.

8418.99.03

Condensadores de casco y tubo horizontal o vertical.

Kg

7

Ex.

8418.99.04

Ensambles de puertas que incorporen más de uno de los siguientes componentes: panel interior, panel exterior, aislamiento, bisagras, agarraderas.

Pza

10

Ex.

8418.99.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

8419.20.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8419.31.01

De vacío.

Pza

7

Ex.

8419.39.03

Para fideos.

Pza

7

Ex.

8419.40.03

Aparatos o columnas de destilación fraccionada y rectificación, excepto lo comprendido en la fracción 8419.40.04.

Pza

7

Ex.

8419.40.04

Columnas para la destilación fraccionada del aire.

Pza

10

Ex.

8419.50.01

Pasterizadores y otras máquinas precalentadoras o preenfriadoras de la industria láctea, excepto lo comprendido en la fracción 8419.50.02.

Pza

7

Ex.

8419.50.02

Recipientes calentadores o enfriadores, de doble pared o doble fondo con dispositivos para la circulación del fluido calentador o enfriador.

Pza

7

Ex.

8419.50.03

Cambiadores o intercambiadores de temperatura con serpentines tubulares, excepto lo comprendido en la fracción 8419.50.05.

Pza

10

Ex.

8419.50.05

Constituidos por tubos de grafito impermeabilizados con resinas polimerizadas.

Pza

7

Ex.

8419.50.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8419.89.04

Esterilizadores de envases de vidrio, incluso provistos de dispositivos para el lavado.

Pza

10

Ex.

8419.89.06

Vulcanizadores de cortes o suelas para calzado.

Pza

7

Ex.

8419.89.07

Autoclaves.

Pza

10

Ex.

8419.89.08

Estufas para el cultivo de microorganismos.

Pza

7

Ex.

8419.89.11

Desodorizadores semicontinuos.

Pza

10

Ex.

8419.89.12

Evaporadores de múltiple efecto, excepto lo comprendido en la fracción 8419.89.20.

Pza

10

Ex.

8419.89.14

Evaporadores o deshidratadores, excepto lo comprendido en las fracciones 8419.89.12 y 8419.89.20.

Pza

10

Ex.

8419.89.16

Aparatos para tratamiento al vapor.

Pza

10

Ex.

8419.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para liofilizadores o para aparatos de vaporización o tratamiento al vapor.

Kg

7

Ex.

8419.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para aparatos usados en la investigación de laboratorio.

Kg

7

Ex.

8419.90.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para aparatos de destilación.

Kg

10

Ex.

8419.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8420.91.01

De calandrias o laminadores para tratamiento de papel o cartón, cuando el peso unitario sea superior a 5 Kg.

Pza

7

Ex.

8420.91.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8420.99.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8421.11.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8421.19.02

Centrífugas horizontales para la descarga continua de sólidos.

Pza

7

Ex.

8421.21.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8421.21.02

Depuradores de acción química a base de cloro (cloradores); depuradores magnéticos anticalcáreos para agua.

Pza

7

Ex.

8421.21.03

Para albercas.

Pza

10

Ex.

8421.21.04

Módulos de ósmosis inversa.

Pza

7

Ex.

8421.21.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8421.22.01

Para filtrar o depurar las demás bebidas.

Pza

10

Ex.

8421.23.01

Para filtrar lubricantes o carburantes en los motores de encendido por chispa o por compresión.

Kg

10

Ex.

8421.29.01

Purificadores de líquidos o desaereadores, excepto lo comprendido en las fracciones 8421.29.02 y 8421.29.06.

Pza

10

Ex.

8421.29.04

Reconocibles como concebidos exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Kg

10

Ex.

8421.29.05

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8421.31.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Kg

10

Ex.

8421.31.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8421.31.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8421.39.02

Filtros secadores, aun cuando tengan deshidratante, reconocibles como concebidos exclusivamente para refrigeradores domésticos o comerciales.

Kg

10

Ex.

8421.39.05

Filtros de aire, reconocibles como concebidos exclusivamente para acondicionadores de aire.

Kg

10

Ex.

8421.39.06

Separadores de aceite, aun cuando tengan sistema de retorno de aceite al carter, reconocibles como concebidos exclusivamente para compresores.

Kg

10

Ex.

8421.39.07

Desgasificadores.

Kg

7

Ex.

8421.39.08

Convertidores catalíticos.

Pza

7

Ex.

8421.91.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para las utilizadas en investigación de laboratorio.

Kg

7

Ex.

8421.91.02

Cámaras de secado y otras partes de secadoras de ropa que incorporen cámaras de secado, reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8421.12.

Pza

7

Ex.

8421.91.03

Muebles reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8421.12.

Pza

7

Ex.

8421.91.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8421.99.01

Reconocibles como concebidas exclusiva o principalmente para filtros de motores de explosión o de combustión interna, excepto lo comprendido en la fracción 8421.99.02.

Kg

10

Ex.

8421.99.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Kg

7

Ex.

8421.99.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8421.39.04.

Kg

10

Ex.

8421.99.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8422.20.02

Para lavar botellas de vidrio, cuya capacidad sea de 3 ml a 20 l.

Pza

10

Ex.

8422.20.03

Lavadoras tipo túnel, de banda continua para envases metálicos, con capacidad superior a 1,500 unidades por minuto.

Pza

7

Ex.

8422.30.03

Para envasar mermeladas, extractos de tomate, crema de elote u otros alimentos pastosos.

Pza

7

Ex.

8422.30.06

Envasadoras dosificadoras volumétricas o por pesada, de productos a granel, en sacos, bolsas o costales, incluso provistas de dispositivos de confección y/o cierre de los envases.

Pza

10

Ex.

8422.30.07

Para envasar al vacío, en envases flexibles.

Pza

7

Ex.

8422.30.08

Envasadoras rotativas de frutas.

Pza

10

Ex.

8422.30.09

Envasadoras de té en bolsitas, que coloquen etiquetas.

Pza

7

Ex.

8422.30.12

Máquinas envolvedoras para la fabricación de electrodos.

Pza

7

Ex.

8422.30.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8422.40.01

Atadores o precintadores, incluso los de accionamiento manual.

Pza

10

Ex.

8422.40.04

Empacadoras (encajonadoras) o desempacadoras (desencajonadoras) de botellas.

Pza

7

Ex.

8422.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para máquinas o aparatos de limpiar o secar recipientes o para máquinas envasadoras.

Kg

7

Ex.

8422.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para aparatos para lavar vajillas.

Kg

7

Ex.

8422.90.03

Depósitos de agua reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8422.11 y otras partes de máquinas lavadoras de platos, domésticas, que incorporen cámaras de almacenamiento de agua.

Pza

7

Ex.

8422.90.04

Ensambles de puertas reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8422.11.

Pza

7

Ex.

8422.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8423.20.01

Automáticas, con registro impresor, provistas con mecanismo automático de control de velocidad y con peso igual o superior a 740 kg.

Pza

10

Ex.

8423.90.01

Pesas para toda clase de básculas o balanzas.

Kg

7

Ex.

8423.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8424.10.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8424.20.02

Pistolas aerográficas para pintar o recubrir.

Pza

10

Ex.

8424.20.03

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8424.30.03

Lanzadora de mortero con bomba de émbolos.

Pza

7

Ex.

8424.89.01

Humectadores por pulverización centrífuga de agua, reconocibles como concebidos exclusivamente para acondicionamiento de aire.

Pza

7

Ex.

8424.89.02

Máquinas para el barnizado interior de envases metálicos.

Pza

7

Ex.

8424.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8425.11.01

Con capacidad superior a 30 t.

Pza

7

Ex.

8425.20.02

Para elevadores o montacargas, accionados sin engranajes.

Pza

7

Ex.

8425.20.03

Para elevadores o montacargas, accionados con engranajes.

Pza

10

Ex.

8425.20.04

Eléctricos, con capacidad superior a 5,000 Kg.

Pza

10

Ex.

8425.39.01

Para elevadores o montacargas, accionados sin engranajes.

Pza

7

Ex.

8425.39.02

Para elevadores o montacargas accionados con engranajes.

Pza

10

Ex.

8425.39.03

Reconocibles como concebidos exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Pza

7

Ex.

8426.11.01

Puentes (incluidas las vigas) rodantes, con soporte fijo.

Pza

10

Ex.

8426.12.01

Pórticos móviles sobre neumáticos y carretillas puente.

Pza

10

Ex.

8426.19.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8426.20.01

Grúas de torre.

Pza

7

Ex.

8426.41.01

Grúas, con brazo de hierro estructural (celosía), de accionamiento mecánico, autopropulsadas con peso unitario hasta de 55 t, excepto lo comprendido en la fracción 8426.41.03.

Pza

10

Ex.

8426.41.02

Grúas, con brazo (aguilón) rígido, de accionamiento hidráulico, autopropulsadas, con capacidad de carga superior a 9.9 t sin exceder de 30 t.

Pza

10

Ex.

8426.41.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8426.49.01

Grúas con brazo de hierro estructural (celosía), de accionamiento mecánico, con peso unitario hasta 55 t.

Pza

10

Ex.

8426.49.02

Grúas con brazo (de aguilón) rígido, de accionamiento hidráulico, autopropulsadas, con capacidad de carga superior a 9.9 t sin exceder de 30 t.

Pza

10

Ex.

8426.49.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8426.91.01

Grúas con brazo (aguilón) articulado, de accionamiento hidráulico con capacidad superior a 9.9 t a un radio de 1 m.

Pza

7

Ex.

8426.91.02

Grúas con accionamiento hidráulico, de brazos articulados o rígidos, con capacidad hasta 9.9 t a un radio de 1 m.

Pza

10

Ex.

8426.91.03

Grúas elevadoras aisladas del tipo canastilla, con capacidad de carga hasta 1 tonelada y hasta 15 m de elevación.

Pza

10

Ex.

8426.99.01

Grúas, excepto lo comprendido en la fracción 8426.99.02.

Pza

7

Ex.

8426.99.02

Grúas giratorias.

Pza

10

Ex.

8426.99.03

Cargador frontal para montarse en tractores agrícolas (de rastrillo, cuchara de reja o de apilador).

Pza

10

Ex.

8427.10.02

Montacargas de carga frontal y unidad motriz trasera (denominado "counterbalance"), con capacidad de carga superior a 3,500 kg.

Pza

7

Ex.

8427.20.02

Con motor de explosión o combustión interna, con capacidad de carga superior a 7,000 kg, medida a 620 mm de la cara frontal de las horquillas.

Pza

7

Ex.

8427.20.03

Carretilla portadora con cabina, con motor de combustión interna (diesel), con plataforma, con ejes direccionables y capacidad de carga superior a 39 t.

Pza

7

Ex.

8428.20.01

Para carga o descarga de navíos.

Pza

7

Ex.

8428.31.01

Especialmente concebidos para el interior de minas u otros trabajos subterráneos.

Pza

10

Ex.

8428.32.99

Los demás, de cangilones.

Pza

7

Ex.

8428.33.99

Los demás, de banda o de correa.

Pza

7

Ex.

8428.39.01

Transportadores tubulares flexibles de impulso mecánico por tornillos espirales.

Pza

7

Ex.

8428.39.02

A base de dispositivos magnéticos o electromagnéticos.

Pza

10

Ex.

8428.60.01

Teleféricos (incluidos las telesillas y los telesquis); mecanismos de tracción para funiculares.

Pza

7

Ex.

8428.90.01

Elevador de accionamiento hidráulico, de chapas.

Pza

7

Ex.

8428.90.02

Paleadoras de accionamiento neumático o hidráulico, provistas para su desplazamiento de ruedas de ferrocarril.

Pza

7

Ex.

8428.90.03

Transportadores-cargadores autopropulsados, de peso unitario igual o superior a 10,000 kg.

Pza

7

Ex.

8429.19.99

Las demás.

Pza

10

Ex.

8429.30.01

Traíllas ("scrapers").

Pza

10

Ex.

8429.40.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8429.52.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8429.59.04

Retroexcavadoras, incluso para acoplarse a máquinas motrices, excepto lo comprendido en la fracción 8429.59.03.

Pza

7

Ex.

8430.10.01

Martinetes y máquinas para hincar o arrancar pilotes, estacas o similares.

Pza

10

Ex.

8430.31.01

Perforadoras por rotación y/o percusión.

Pza

7

Ex.

8430.39.01

Escudos de perforación.

Pza

10

Ex.

8430.41.01

Perforadoras por rotación y/o percusión, excepto lo comprendido en la fracción 8430.41.02.

Pza

7

Ex.

8430.41.02

Equipos para perforación por rotación, de funcionamiento mecánico, con diámetro de barrena hasta 123 mm.

Pza

10

Ex.

8430.41.99

Las demás.

Pza

10

Ex.

8430.49.01

Barrenadoras, acoplables a tractores.

Kg

7

Ex.

8430.49.02

Equipos hidráulicos de perforación de pozos, integrados a semirremolques, para programas de abastecimiento de agua potable en el medio rural.

Kg

7

Ex.

8430.49.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

8431.10.01

De máquinas o aparatos de la partida 84.25.

Kg

7

Ex.

8431.20.01

Conjuntos de partes identificables como destinados exclusivamente para la fabricación de los siguientes: a) mástil para montacargas; b) contrapeso para montacargas; c) ensamble de chasis; d) guarda del operador; e) horquillas para montacargas, para la fabricación de montacargas de las subpartidas 8427.10 y 8427.20.

Kg

10

Ex.

8431.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8431.31.01

Para elevadores (ascensores).

Kg

7

Ex.

8431.39.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8431.41.01

Cucharones, puntas, dientes o adaptadores para cucharones.

Pza

10

Ex.

8431.41.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8429.52.01.

Pza

7

Ex.

8431.41.03

Cuchillas o gavilanes.

Pza

7

Ex.

8431.41.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8431.42.01

Hojas de topadoras frontales ("bulldozers") o de topadoras angulares ("angledozers").

Pza

7

Ex.

8431.43.01

Mesas giratorias o rotatorias.

Kg

7

Ex.

8431.43.02

Uniones de cabezas de inyección.

Kg

10

Ex.

8431.43.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8431.49.01

Marcos o brazos para acoplar los empujadores o cuchillas a las máquinas propulsoras.

Kg

7

Ex.

8431.49.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para máquinas compactadoras, zanjadoras o retroexcavadoras de cucharón de accionamiento hidráulico, excepto el cucharón.

Kg

7

Ex.

8431.49.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8429.51.01 y 8429.52.01.

Kg

7

Ex.

8431.49.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8433.20.02

Guadañadoras y/o segadoras autopropulsadas con motor de potencia inferior o igual a 20 C.P. y no autopropulsadas, con ancho de corte hasta 2.50 m, incluso atadoras.

Pza

7

Ex.

8435.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8436.80.02

Prensas para miel.

Pza

7

Ex.

8437.80.02

Desgerminadoras de maíz.

Pza

7

Ex.

8437.80.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8437.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8438.40.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8438.50.03

Atadoras de embutidos y picadoras o embutidoras.

Pza

7

Ex.

8438.50.07

Mezcladoras de carne, de peso unitario superior a 100 kg.

Pza

7

Ex.

8438.50.08

Prensas de grasa o prensas para moldear jamones.

Pza

7

Ex.

8438.60.01

Picadoras o rebanadoras.

Pza

7

Ex.

8438.60.04

Peladoras de papas.

Pza

10

Ex.

8438.60.05

Máquinas para quitar el peciolo de los frutos.

Pza

7

Ex.

8438.80.01

Rebanadoras, picadoras o embutidoras de pescados, crustáceos o moluscos.

Pza

7

Ex.

8438.80.03

Clasificadoras de camarones.

Pza

7

Ex.

8438.90.01

De amasadoras, mezcladoras, batidoras, molinos o trituradoras.

Kg

7

Ex.

8438.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para máquinas o aparatos de la industria azucarera.

Kg

7

Ex.

8438.90.04

Moldes o hileras, reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8438.10.02 y 8438.10.05.

Kg

7

Ex.

8438.90.05

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8438.50.01, 8438.50.05, 8438.60.04 y 8438.80.01.

Kg

7

Ex.

8439.10.05

Máquinas y aparatos para investigación en laboratorio, consistentes en distribuidores de suspensión uniforme de fibras o formadores de hojas.

Pza

7

Ex.

8441.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8442.40.01

Partes de estas máquinas, aparatos o material.

Kg

7

Ex.

8442.50.03

Láminas (planchas flexibles) de aluminio, tratadas sin sensibilizar, para utilizarse en fotolitografía "offset".

Pza

10

Ex.

8443.19.01

Para oficina.

Pza

10

Ex.

8450.90.01

Tinas y ensambles de tinas.

Pza

7

Ex.

8450.90.02

Muebles reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las subpartidas 8450.11 a 8450.20.

Pza

7

Ex.

8450.90.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8451.90.01

Cámaras de secado y otras partes de las máquinas de secado que incorporen cámaras de secado, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las subpartidas 8451.21 u 8451.29.

Pza

7

Ex.

8451.90.02

Muebles reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las subpartidas 8451.21 o 8451.29.

Pza

7

Ex.

8451.90.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8452.40.01

Muebles, basamentos y tapas o cubiertas para máquinas de coser, y sus partes.

Kg

10

Ex.

8452.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para máquinas de coser domésticas.

Kg

10

Ex.

8454.20.01

Lingoteras de hierro.

Kg

10

Ex.

8454.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lingoteras de hierro.

Kg

7

Ex.

8454.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8455.30.01

Forjados (terminados o sin terminar), con peso unitario hasta
de 60 t.

Pza

7

Ex.

8455.30.02

De hierro o acero fundido con diámetro igual o superior a 150 mm, sin exceder de 1,450 mm, y peso igual o superior a 100 kg, sin exceder de 50,000 kg.

Pza

10

Ex.

8455.30.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8456.20.01

Para cortar.

Pza

7

Ex.

8457.20.01

Máquinas de puesto fijo.

Pza

7

Ex.

8457.30.01

De transferencia lineal o rotativa (máquinas "transfer") de peso unitario superior a 10,000 kg.

Pza

7

Ex.

8458.11.02

Semiautomáticos revólver, con torreta.

Pza

7

Ex.

8458.19.02

Semiautomáticos revólver, con torreta.

Pza

7

Ex.

8458.99.01

Semiautomáticos revólver, con torreta.

Pza

7

Ex.

8459.70.02

De control numérico.

Pza

7

Ex.

8460.21.01

Para tapas de bielas y monoblocks de un husillo, aun cuando tengan cuchillas, con peso igual o inferior a 83 kg, con motor eléctrico, hasta 1/2 C.P., y piedra abrasiva hasta 177.8 mm, de diámetro.

Pza

10

Ex.

8460.21.02

Para bujes y cojinetes de biela, de un husillo, con peso igual o inferior a 290 kg con motor hasta 1/2 C.P. y capacidad de 9 hasta 119.5 mm para el rectificado.

Pza

10

Ex.

8460.21.03

Para válvulas de motores de explosión o combustión interna, con peso igual o inferior a 108 kg, motor eléctrico hasta 1/2 C.P. y capacidad de 5.56 hasta 14.29 mm para el rectificado.

Pza

10

Ex.

8460.21.04

Para cilindros de motores de explosión o de combustión interna, de un husillo, con motor hasta de 3/4 de C.P. y capacidad de 66.80 hasta 134.14 mm de diámetro, incluso con pedestal o montadas sobre banco neumático.

Pza

10

Ex.

8460.29.01

Para tapas de bielas, y monoblock de un husillo, aun cuando tengan cuchillas, con peso igual o inferior a 83 kg, con motor eléctrico hasta 1/2 C.P. y piedra abrasiva hasta 177.8 mm de diámetro.

Pza

10

Ex.

8460.29.02

Para bujes y cojinetes de biela, de un husillo, con peso igual o inferior a 290 kg con motor hasta 1/2 C.P. y capacidad de 9 hasta 177.8 mm, para el rectificado.

Pza

10

Ex.

8460.29.03

Para válvulas de motores de explosión o combustión interna, con peso igual o inferior a 108 kg, motor eléctrico hasta 1/2 C.P. y capacidad de 5.56 hasta 14.29 mm, para el rectificado.

Pza

10

Ex.

8460.29.04

Para cilindros de motores de explosión o de combustión interna, de un husillo, con motor hasta de 3/4 de C.P. y capacidad de 66.80 hasta 134.14 mm, de diámetro, incluso con pedestal o montadas sobre banco neumático.

Pza

10

Ex.

8460.31.01

Para cuchillas rectas (planas) de longitud hasta de 610 mm.

Pza

10

Ex.

8460.40.02

De control numérico.

Pza

7

Ex.

8460.40.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8460.90.01

De control numérico.

Pza

7

Ex.

8460.90.02

Amoladoras (esmeriladoras) o pulidoras, accionadas eléctricamente, excepto lo comprendido en la fracción 8460.90.01.

Pza

10

Ex.

8460.90.03

Biseladoras, excepto lo comprendido en la fracción 8460.90.01.

Pza

7

Ex.

8461.30.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8461.50.01

De control numérico.

Pza

7

Ex.

8461.90.05

Las demás máquinas de cepillar.

Pza

7

Ex.

8462.21.04

Para enderezar en frío: tubos, barras, láminas o perfiles, excepto lo comprendido en las fracciones 8462.21.01 y 8462.21.03.

Pza

7

Ex.

8462.29.02

Roladoras.

Pza

7

Ex.

8462.29.04

Para enderezar en frío: tubos, barras, láminas o perfiles, excepto lo comprendido en la fracción 8462.29.03.

Pza

7

Ex.

8462.91.01

De control numérico.

Pza

7

Ex.

8462.99.01

De control numérico.

Pza

7

Ex.

8462.99.02

Para fabricar arandelas, excepto lo comprendido en la fracción 8462.99.01.

Pza

7

Ex.

8462.99.03

Prensas cabeceadoras horizontales, excepto lo comprendido en la fracción 8462.99.01.

Pza

7

Ex.

8463.30.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8464.10.01

Máquinas de aserrar.

Pza

7

Ex.

8464.20.01

Máquinas de amolar o pulir.

Pza

7

Ex.

8464.90.01

Para cortar.

Pza

7

Ex.

8465.93.01

Lijadoras o pulidoras.

Pza

10

Ex.

8465.94.02

Engrapadoras.

Pza

10

Ex.

8465.99.02

Descortezadoras de rollizos.

Pza

10

Ex.

8466.10.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para rectificadoras de los productos metálicos.

Kg

7

Ex.

8466.20.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para rectificadoras de productos metálicos.

Kg

7

Ex.

8466.30.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para rectificadoras de productos metálicos.

Kg

7

Ex.

8466.91.01

Para máquinas de la partida 84.64.

Kg

7

Ex.

8466.92.01

Para máquinas de la partida 84.65.

Kg

7

Ex.

8466.93.01

Reconocibles como concebidas exclusiva o principalmente para tornos.

Kg

7

Ex.

8466.93.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para rectificadoras de productos metálicos.

Kg

7

Ex.

8466.93.04

Cama, base, mesa, cabezal, contrapunto, arnés, cuna, carros deslizantes, columna, brazo, brazo de sierra, cabezal de rueda, "carnero", armazón, montante, lunetas, husillo, obtenidos por fundición, soldadura o forjado.

Pza

7

Ex.

8466.94.01

Cama, base, mesa, columna, cuna, armazón, corona, carro deslizante, flecha, bastidor, obtenidos por fundición, soldadura o forjado.

Pza

7

Ex.

8466.94.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para prensas hidráulicas para comprimir chatarra, excepto lo comprendido en la fracción 8466.94.01.

Kg

7

Ex.

8466.94.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8467.21.02

Taladros, excepto lo comprendido en la fracción 8467.21.01.

Pza

7

Ex.

8467.22.01

Para cortar arpilleras.

Pza

7

Ex.

8467.22.02

Sierras de disco con potencia del motor igual o inferior a 2.33 C.P.

Pza

10

Ex.

8467.81.01

Sierras o tronzadoras de cadena.

Pza

7

Ex.

8467.89.01

Hidráulicas.

Pza

7

Ex.

8467.91.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8467.92.01

De herramientas neumáticas.

Kg

7

Ex.

8467.99.02

Las demás partes de herramientas con motor eléctrico incorporado.

Kg

7

Ex.

8467.99.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8468.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8470.90.01

Máquinas para franquear.

Pza

7

Ex.

8470.90.02

Máquinas emisoras de boletos y etiquetas.

Pza

10

Ex.

8472.10.01

Mimeógrafos.

Pza

7

Ex.

8472.30.01

Plegadoras de papel y/o insertadoras en sobres de correspondencia o documentos.

Pza

7

Ex.

8472.30.02

Para obliterar.

Pza

10

Ex.

8472.90.01

Máquinas para autenticar cheques.

Pza

7

Ex.

8472.90.05

Para perforar documentos, con letras u otros signos.

Pza

7

Ex.

8472.90.13

De clasificar, contar y encartuchar monedas, excepto lo comprendido en la fracción 8472.90.12.

Pza

10

Ex.

8473.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8473.40.01

Placas y contraplacas metálicas sin estampar, para máquinas de imprimir direcciones.

Kg

10

Ex.

8473.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8474.10.02

Separadoras por flotación, concebidas exclusivamente para laboratorio.

Pza

7

Ex.

8474.20.04

Trituradores (molinos) de bolas o de barras.

Pza

10

Ex.

8474.20.07

Quebrantadores giratorios de conos, con diámetro de tazón superior a 1,200 mm.

Pza

7

Ex.

8474.32.01

Máquinas para mezclar materia mineral con asfalto.

Pza

7

Ex.

8474.39.01

Mezcladoras de arenas para núcleos de fundición.

Pza

10

Ex.

8474.39.02

Mezcladoras en seco para la fabricación de electrodos.

Pza

7

Ex.

8474.80.02

Para formación o endurecimiento de moldes de arena para fundición, excepto lo comprendido en la fracción 8474.80.10.

Pza

7

Ex.

8474.80.03

Máquinas para moldear tubos de asbesto cemento, de accionamiento neumático, provistas de dos bombas con sus grupos automáticos de control y unión de torneado con tres aspiradoras centrífugas.

Pza

7

Ex.

8474.80.06

Tornos de alfarería o de cerámica.

Pza

7

Ex.

8474.80.07

Por extrusión, para construir guarniciones de banquetas con asfalto o concreto.

Pza

7

Ex.

8474.80.08

Máquinas para fabricar ladrillos, baldosas, azulejos u otros elementos análogos, de pasta cerámica, excepto lo comprendido en las fracciones 8474.80.01 y 8474.80.05.

Pza

10

Ex.

8474.80.09

Para moldeo de piezas de vajilla, excepto lo comprendido en la fracción 8474.80.06.

Pza

7

Ex.

8474.90.01

Para quebrantadoras, cribas, trituradoras (molinos) o pulverizadoras.

Kg

7

Ex.

8474.90.02

Mecanismos para celda de flotación (rotor y estator).

Kg

7

Ex.

8474.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8475.10.01

Máquinas para montar lámparas, tubos o válvulas eléctricas o electrónicas o lámparas de destello, que tengan una envoltura de vidrio.

Pza

7

Ex.

8475.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8477.80.01

Para granular, moler o triturar, cortadoras o troqueladoras.

Pza

10

Ex.

8477.80.02

Molinos compactadores o densificadores para películas o fibras de materiales termoplásticos.

Pza

10

Ex.

8477.80.03

Batidoras, molinos mezcladores; pigmentadoras en seco para materiales plásticos granulados.

Pza

10

Ex.

8477.80.05

Para pintar o unir materiales moldeables o plásticos, excepto lo comprendido en la fracción 8477.80.07.

Pza

7

Ex.

8477.80.07

Para unir y sellar por compresión (machimbrar) partes plásticas moldeadas.

Pza

7

Ex.

8477.80.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8477.90.01

Base, cama, platinas, cilindro de bloqueo, "carnero" e inyectores, obtenidos por fundición, por soldadura o por forjado.

Pza

7

Ex.

8477.90.02

Tornillos de inyección.

Pza

7

Ex.

8477.90.03

Ensambles hidráulicos que incorpore más de uno de los siguientes componentes: múltiple, válvulas, bomba, y enfriador de aceite.

Pza

7

Ex.

8477.90.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8478.10.01

Para colocar filtros o boquillas a los cigarrillos.

Pza

10

Ex.

8478.10.02

Automáticas para elaborar cigarrillos, incluso combinadas con alimentadoras de tabaco.

Pza

10

Ex.

8478.10.03

Conjuntos de dispositivos para aumentar la eficiencia de las máquinas para empaquetar cigarrillos.

Pza

10

Ex.

8478.10.04

Llenadores automáticos de bandejas, para máquinas de fabricar cigarrillos.

Pza

10

Ex.

8478.10.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8478.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8479.10.04

Esparcidoras de asfalto autopropulsadas, incluso con equipo fundidor de asfalto.

Pza

10

Ex.

8479.10.05

Esparcidoras de concreto.

Pza

10

Ex.

8479.10.06

Esparcidoras de asfalto o de grava, excepto lo comprendido en las fracciones 8479.10.03, 8479.10.04 y 8479.10.07.

Pza

7

Ex.

8479.10.07

Esparcidoras de asfalto remolcables, excepto lo comprendido en la fracción 8479.10.03.

Pza

10

Ex.

8479.60.01

Aparatos de evaporación para refrigerar el aire.

Pza

7

Ex.

8479.81.05

Enrolladoras de alambres, cables o tubos flexibles, excepto lo comprendido en la fracción 8479.81.08.

Pza

10

Ex.

8479.82.01

Mezcladoras, de aspas horizontales, provistas de dispositivos de tornillo de Arquímedes para descarga continua.

Pza

7

Ex.

8479.89.09

Limpiaparabrisas.

Pza

10

Ex.

8479.89.11

Máquinas para moldear polos, colocar sello asfáltico, formar cuerpo de tubos, formar fondo de tubos o ensambladoras, concebidas exclusivamente para la producción de pilas eléctricas secas.

Pza

7

Ex.

8479.89.15

Bocinas de accionamiento neumático.

Pza

10

Ex.

8479.89.18

Dispositivos electrohidráulicos, para aumentar la capacidad de frenaje en los motores de vehículos automóviles.

Pza

10

Ex.

8479.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para recolectores ciclón o de manga para polvo.

Kg

7

Ex.

8479.90.02

Rodillos acanalados de acero.

Kg

7

Ex.

8479.90.04

Gabinetes o cubiertas, reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.89.25.

Pza

7

Ex.

8479.90.05

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.82.02.

Kg

7

Ex.

8479.90.06

Reconocibles como concebidas exclusivamente para prensas.

Kg

7

Ex.

8479.90.07

Ensambles de depósitos reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.89.25 que incorporen más de uno de los siguientes componentes: panel lateral, inferior o frontal, o correderas laterales.

Kg

7

Ex.

8479.90.08

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.89.11.

Kg

7

Ex.

8479.90.09

Reconocibles como concebidas exclusivamente para microdosificadores y lo comprendido en la fracción 8479.89.01.

Kg

7

Ex.

8479.90.10

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.89.05.

Kg

7

Ex.

8479.90.11

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.89.18.

Kg

7

Ex.

8479.90.12

Reconocibles como concebidas exclusivamente para máquinas, aparatos o artefactos para la fabricación de cepillos, brochas o pinceles.

Kg

7

Ex.

8479.90.13

Reconocibles como concebidas exclusivamente para máquinas, aparatos o artefactos para la industria de aceites, jabones o grasas alimenticias.

Kg

7

Ex.

8479.90.14

Reconocibles como concebidas exclusivamente para máquinas, aparatos o artefactos para el tratamiento de metales.

Kg

7

Ex.

8479.90.15

Ensambles de "carnero" que contengan su carcaza o cubierta, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.89.25.

Kg

7

Ex.

8479.90.16

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.89.17.

Kg

7

Ex.

8479.90.17

Ensambles de bastidor que incorporen más de uno de los siguientes componentes: placa de base, estructura lateral, tornillos sinfín, placa frontal, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.89.25.

Pza

7

Ex.

8479.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8480.20.01

Placas de fondo para moldes.

Pza

10

Ex.

8480.30.01

De materias plásticas artificiales, éteres y ésteres de la celulosa, y resinas artificiales.

Pza

10

Ex.

8480.30.02

De pasta de papel, de papel de cartón o de guata de celulosa.

Pza

7

Ex.

8480.30.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8480.41.01

Moldes o sus partes, utilizados en la fundición de partes y piezas de vehículos automóviles.

Kg

10

Ex.

8480.41.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8480.49.01

De acero, cilíndricos, para máquinas centrífugas de moldeo.

Kg

7

Ex.

8480.49.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8480.71.01

De metales comunes o sus aleaciones, para procesos de inyección de materias plásticas artificiales, con dimensiones máximas de 700 mm de alto, 600 mm de ancho, 700 mm de espesor y con un peso máximo de 2,000 kg, para ser utilizados en máquinas inyectoras de hasta 350 t de fuerza de cierre (moldes activos).

Kg

10

Ex.

8480.71.02

Moldes para formar el dibujo de los pisos en las llantas de caucho, insertables en los moldes de vulcanización.

Kg

7

Ex.

8480.71.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8480.79.01

De acero, cilíndricos, para máquinas centrífugas de moldeo.

Kg

7

Ex.

8480.79.02

Para la vulcanización de llantas, cámaras, planchas o tacones de caucho.

Kg

7

Ex.

8480.79.03

De cobre, para máquinas para moldeo por proceso continuo.

Kg

7

Ex.

8480.79.04

De metales comunes o sus aleaciones, para procesos de extrusión-soplado de resinas termoplásticas destinadas a la fabricación de recipientes (moldes activos).

Kg

10

Ex.

8480.79.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8481.10.01

De diafragma, con regulación manual.

Kg

10

Ex.

8481.10.02

Para gas, con elemento manométrico (tubo, fuelle, diafragma o cápsula), incorporado.

Kg

10

Ex.

8481.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8481.20.01

De compuerta.

Kg

10

Ex.

8481.20.02

De cobre, bronce, latón o aluminio sin recubrimiento en su superficie.

Kg

10

Ex.

8481.20.03

De funcionamiento automático por medio de actuador.

Kg

10

Ex.

8481.20.04

De hierro o de acero, excepto lo comprendido en la fracción 8481.20.01.

Kg

10

Ex.

8481.20.05

Sencillas o en tándem, con diámetro interior igual o superior a 25 mm, sin exceder de 70 mm y con resistencia a la presión superior a 17 kg/cm2, para usarse en aparatos para soldar o cortar a gas.

Kg

7

Ex.

8481.20.06

Neumáticas de accionamiento manual por palanca.

Kg

10

Ex.

8481.20.07

Tipo globo o tipo ángulo, de acero y/o hierro fundido, bridadas o roscadas, con diámetro de conexión hasta 152.4 mm inclusive, para amoniaco y/o gases halogenados, reconocibles como concebidas exclusivamente para servicio de refrigeración.

Kg

10

Ex.

8481.20.08

De inyección, de cabezas de cilindros accionadas por bulbos, reconocibles como concebidas exclusivamente para compresores de refrigeración para uso industrial.

Kg

7

Ex.

8481.20.09

Válvulas gobernadoras del compresor, para control de presión de aire, de uso automotriz.

Kg

10

Ex.

8481.20.10

Tipo globo o tipo ángulo, de bronce o latón con diámetro de conexión hasta 76.2 mm para gases halogenados, reconocibles como concebidas exclusivamente para servicios de refrigeración.

Kg

10

Ex.

8481.20.11

Camisas deslizables, reconocibles como concebidas exclusivamente para controles superficiales de pozos petroleros.

Kg

7

Ex.

8481.20.12

Conjunto de válvulas (árboles de navidad o de Noel) reconocibles para la industria petrolera.

Kg

10

Ex.

8481.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8481.30.01

Válvulas de retención, que operen automáticamente, excepto lo comprendido en las fracciones 8481.30.02 y 8481.30.03.

Kg

10

Ex.

8481.30.02

Trampas de vapor.

Kg

10

Ex.

8481.30.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para el funcionamiento de máquinas, aparatos o artefactos mecánicos para sistemas hidráulicos de aceite en circuitos cerrados.

Kg

7

Ex.

8481.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8481.40.01

Dispositivos térmicos de seguridad, de corte, para control de anhídrido carbónico, en aparatos de uso doméstico o industriales, de combustible gaseoso.

Kg

7

Ex.

8481.40.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8481.40.03

Automáticas o semiautomáticas, reconocibles como concebidas exclusivamente para calentadores no eléctricos.

Kg

10

Ex.

8481.40.04

De seguridad, y contra escape de gas, de uso doméstico, excepto lo comprendido en la fracción 8481.40.03.

Kg

10

Ex.

8481.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8481.80.01

De bronce, reconocibles como concebidas exclusivamente para laboratorio.

Kg

10

Ex.

8481.80.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Kg

7

Ex.

8481.80.04

Válvulas de compuerta, excepto lo comprendido en la fracción 8481.80.24.

Kg

10

Ex.

8481.80.05

Bocas o válvulas regulables para riego agrícola o de jardín ("hidrantes") con diámetro igual o inferior a 203.2 mm.

Kg

10

Ex.

8481.80.06

De comando, reconocibles como concebidas exclusivamente para automatizar el funcionamiento de máquinas, aparatos o artefactos mecánicos, con diámetro de conexión hasta de 19.05 mm (3/4 de pulgada) y presión de trabajo hasta 35.15 kg/cm2 (500 PSI).

Kg

10

Ex.

8481.80.08

Reconocibles como concebidas exclusivamente para contadores volumétricos automáticos para medir cerveza.

Kg

7

Ex.

8481.80.09

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8481.80.10

De asiento, de tres o más vías, cuya sección giratoria de la vía sea a través de accionamiento manual por palanca.

Kg

10

Ex.

8481.80.11

Operadas por electroimán, para máquinas de lavar ropa o vajilla.

Kg

10

Ex.

8481.80.12

Operadas con electroimán, reconocibles como concebidas exclusivamente para refrigeración.

Kg

10

Ex.

8481.80.13

Válvulas de expansión, termostáticas y automáticas, reconocibles como concebidas exclusivamente para refrigeración y aire acondicionado.

Kg

10

Ex.

8481.80.14

Automáticas o semiautomáticas, reconocibles como concebidas exclusivamente para calentadores no eléctricos.

Kg

10

Ex.

8481.80.15

Reconocibles como concebidas exclusivamente para el funcionamiento de máquinas, aparatos o artefactos mecánicos para sistemas hidráulicos de aceite en circuitos cerrados.

Kg

7

Ex.

8481.80.16

De comando, reconocibles como concebidas exclusivamente para automatizar el funcionamiento de máquinas, aparatos o artefactos mecánicos, con diámetro de conexión superior a 19.05 mm,
(3/4 de pulgada) y presión de trabajo superior a 35.15 kg/cm
2
(500 PSI).

Kg

7

Ex.

8481.80.17

De acero inoxidable, con vástago, reconocibles como concebidas exclusivamente para máquinas llenadoras de botellas.

Kg

7

Ex.

8481.80.18

De hierro o acero con resistencia a la presión superior
a 18 kg/cm
2, excepto lo comprendido en la fracción 8481.80.04.

Kg

10

Ex.

8481.80.19

De metal común, cromados, niquelados o con otro recubrimiento, excepto lo comprendido en las fracciones 8481.80.01 y 8481.80.02.

Kg

10

Ex.

8481.80.20

De hierro o acero, con resistencia a la presión inferior o igual
a 18 kg/cm
2, excepto lo comprendido en la fracción 8481.80.04.

Kg

7

Ex.

8481.80.21

De cobre, bronce, latón o aluminio, sin recubrimiento en su superficie, excepto lo comprendido en la fracción 8481.80.02.

Kg

10

Ex.

8481.80.22

Válvulas de funcionamiento automático por medio de actuador, excepto lo comprendido en las fracciones 8481.80.06, 8481.80.15 y 8481.80.24.

Kg

10

Ex.

8481.80.23

De control hidráulico, excepto lo comprendido en la fracción 8481.80.15.

Kg

7

Ex.

8481.80.25

Válvulas de aire para neumáticos y cámaras de aire.

Kg

10

Ex.

8481.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para trampas de vapor.

Kg

10

Ex.

8481.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Kg

7

Ex.

8481.90.03

Termocuplas o dispositivos electromagnéticos, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8481.40.04.

Kg

7

Ex.

8481.90.04

Reconocibles como concebidas exclusivamente para grifería sanitaria de uso doméstico.

Kg

10

Ex.

8482.10.01

En fila sencilla con diámetro interior superior o igual a 50.8 mm, pero inferior o igual a 76.2 mm, diámetro exterior superior o igual a 100 mm, pero inferior o igual a 140 mm, y superficie esférica o cilíndrica, excepto los de centro de eje cuadrado o hexagonal y aquellos cuyos primeros dígitos del número de serie sean: 6013, 6014, 6212, 6213, 6214, 6215, 6312, 6313, 6314, 6315, 7013, 7014, 7015, 7212, 7213, 7214, 7215, 7312, 7313, 7314, 7315, 16013, 60TAC120B, 76TAC110B, 16014, 16115, BL212(212), BL213(213), BL214(214), BL215(215), BL312(312), BL313(313), BL314(314) y BL315(315), incluyendo los que contengan números y/o letras posteriores a los dígitos indicados.

Kg

7

Ex.

8482.10.02

En fila sencilla con diámetro interior igual o superior a 12.7 mm, sin exceder de 50.8 mm y diámetro exterior igual o superior a 40 mm, sin exceder de 100 mm, con superficie exterior esférica, excepto los de centro de eje cuadrado.

Kg

10

Ex.

8482.20.01

Ensambles de conos y rodillos cónicos con números de serie: 15101, 331274, L44643, L44649, L68149, M12649, LM11749, LM11949, LM12749, LM29748, LM29749, LM48548, LM67048 o LM501349; rodamientos con los siguientes códigos (SET): LM11749/710 (SET 1), LM11949/910 (SET 2), M12649/610 (SET 3), L44649/610 (SET 4), LM48548/510 (SET 5), LM67048/010 (SET 6), L45449/410 (SET 8), LM12749/710 (SET 12), L68149/110 (SET 13), L44643/610 (SET 14), LM12749/711 (SET 16), L68149/111 (SET 17) o 15101/15245, JL 26749, LM 12748, LM104949, LM 12748/710 (SET 34), LM 104949/911 (SET 38), LM 29749/710, LM 501349, LM 501349/314, 25590, 25590/25523, HM 803146/110, 25580, 25580/25520, JLM 104948, JLM 104948, JLM 104948/910, 31594, 31594/31520, 02872 o 02872/02820; ensambles y rodamientos equivalentes a los comprendidos en esta fracción, según las Normas Internacionales ANSI-ABMA Standard 19.1, ANSI-ABMA Standard 19.2 o ISO 355, incluyendo los que contengan números y/o letras posteriores a los números de serie y códigos indicados.

Kg

10

Ex.

8482.20.03

Ensambles de conos y rodillos cónicos con números de serie: 387A, HM803146, HM803149, HM88542, JL26749, JL69349 o L45449; rodamientos con los siguientes códigos (SET): JL69349/310 (SET 11), LM501349/310 (SET 45), JL26749F/710 (SET 46), LM29748/710 (SET 56), 387A/382S (SET 75), HM88542/510 (SET 81) o HM803149/110 (SET 83); ensambles y rodamientos equivalentes a los comprendidos en esta fracción, según las Normas Internacionales ANSI-ABMA Standard 19.1, ANSI-ABMA Standard 19.2 o ISO 355, incluyendo los que contengan números y/o letras posteriores a los números de serie y códigos indicados.

Kg

7

Ex.

8482.99.01

Pistas o tazas con números de serie: 15245, L68110, L68111, L45410, M12610, LM11710, LM11910, LM12710, LM12711, LM29710, LM48510, LM67010 o LM501314, incluyendo aquellas que contengan números y/o letras posteriores a esos números de serie, según las Normas Internacionales ANSI-ABMA Standard 19.1, ANSI-ABMA Standard 19.2 o ISO 355.

Kg

10

Ex.

8482.99.04

Pistas o tazas con números de serie: 382S, HM803110, HM88510, JL26710, JL69310, LM104911 o LM501310, incluyendo aquellas que contengan números y/o letras posteriores a esos números de serie o sus equivalentes, según las Normas Internacionales
ANSI-ABMA Standard 19.1, ANSI-ABMA Standard 19.2 o ISO 355.

Kg

7

Ex.

8483.10.01

Flechas o cigüeñales.

Kg

7

Ex.

8483.10.02

Arboles de levas o sus esbozos.

Kg

7

Ex.

8483.10.03

Arboles de transmisión.

Kg

7

Ex.

8483.10.04

Arboles flexibles (chicotes) para transmitir movimiento rotativo o longitudinal en automóviles.

Kg

10

Ex.

8483.10.05

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8483.10.06

Arboles flexibles (chicotes), excepto lo comprendido en la fracción 8483.10.04.

Kg

7

Ex.

8483.10.07

Reconocibles como concebidos exclusivamente para tractores agrícolas e industriales, excepto lo comprendido en las fracciones 8483.10.04 y 8483.10.06.

Kg

7

Ex.

8483.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8483.20.01

Cajas de cojinetes con rodamientos incorporados.

Kg

10

Ex.

8483.30.01

"Chumaceras" de hierro o acero con oquedades para enfriamiento por circulación de líquidos o gases, aun cuando tengan cojinetes de bronce o de metal Babbit.

Kg

7

Ex.

8483.30.02

"Chumaceras" de hierro o acero con cojinetes de bronce o de metal Babbit, excepto lo comprendido en la fracción 8483.30.01.

Kg

10

Ex.

8483.30.03

"Chumaceras" con cojinetes, excepto lo comprendido en las fracciones 8483.30.01 y 8483.30.02.

Kg

7

Ex.

8483.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8483.40.01

Engranes o ruedas de fricción, con peso unitario igual o inferior a 25 g.

Kg

7

Ex.

8483.40.02

Engranes cilíndricos, de dientes helicoidales, o rectos.

Kg

10

Ex.

8483.40.03

Engranes de tornillos sinfín.

Kg

10

Ex.

8483.40.04

Ruedas dentadas para transmisión por cadena, con peso unitario superior a 25 g, sin exceder de 2,000 kg.

Kg

7

Ex.

8483.40.05

Engranes o ruedas de fricción con peso unitario superior
a 2,000 kg.

Kg

7

Ex.

8483.40.06

Engranes, de acero inoxidable, con peso unitario inferior o igual a 100 g.

Kg

7

Ex.

8483.40.07

Cajas marinas.

Kg

7

Ex.

8483.40.08

Husillos fileteados de rodillos.

Kg

7

Ex.

8483.40.09

Engranes, reconocibles como concebidos exclusivamente, para lo comprendido en la fracción 8427.20.01.

Kg

7

Ex.

8483.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8483.50.01

Poleas tensoras, de lámina de hierro o acero troqueladas, para trociles.

Kg

7

Ex.

8483.50.02

Volantes reconocibles como concebidos exclusivamente para las máquinas herramientas de las partidas 84.62 u 84.63.

Kg

10

Ex.

8483.50.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8483.60.01

Embragues.

Kg

7

Ex.

8483.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Kg

7

Ex.

8483.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8484.10.01

Juntas metaloplásticas.

Kg

10

Ex.

8484.20.01

Juntas mecánicas de estanqueidad.

Kg

7

Ex.

8484.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.

Kg

7

Ex.

8484.90.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8484.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8485.10.01

Hélices o propelas.

Kg

10

Ex.

8485.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8485.90.02

Válvulas de engrase por inyección.

Kg

10

Ex.

8485.90.03

Guarniciones montadas de frenos.

Kg

10

Ex.

8485.90.04

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales, excepto lo comprendido en la fracción 8485.90.02.

Kg

7

Ex.

8485.90.05

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8485.90.06

Engrasadoras de copa tipo "Stauffer".

Kg

7

Ex.

8485.90.07

Portamoldes o sus partes, aun cuando se presenten sin la cavidad para recibir el molde.

Kg

10

Ex.

8501.10.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para montarse en juguetes o en modelos reducidos para recreo.

Pza

7

Ex.

8501.10.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.10.03

Para máquinas de afeitar o cortar el pelo, incluidas las esquiladoras.

Pza

10

Ex.

8501.10.06

De corriente alterna asíncronos monofásicos reconocibles como concebidos exclusivamente para uso en giradiscos, grabadoras y tocacintas.

Pza

10

Ex.

8501.10.07

Motorreductores para uso en aparatos de fotocopia, de corriente alterna, de 100/125 voltios, con potencia igual o superior
a 0.00745 KW, (1/100 de C.P.).

Pza

7

Ex.

8501.10.08

Motores de corriente alterna, asíncronos monofásicos, según la norma NMX-J-226, o sus equivalentes, excepto lo comprendido en las fracciones 8501.10.03, 8501.10.06, 8501.10.07 y 8501.10.09.

Pza

10

Ex.

8501.10.09

De corriente alterna, monofásicos con potencia igual o superior a 0.01 KW (1/75 de C.P.), excepto lo comprendido en las fracciones 8501.10.03, 8501.10.05 y 8501.10.06.

Pza

10

Ex.

8501.10.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8501.20.01

Para máquinas de afeitar o cortar el pelo, incluidas las esquiladoras.

Pza

10

Ex.

8501.20.02

Síncronos con potencia inferior a 4,475 KW (6,000 C.P.).

Pza

10

Ex.

8501.20.03

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.20.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8501.31.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.31.03

Motores con potencia igual o inferior a 264 W y voltaje de 12 v, de uso automotriz para limpiaparabrisas, elevadores de cristales, radiadores y calefacción.

Pza

10

Ex.

8501.31.04

Motores para máquinas esquiladoras.

Pza

10

Ex.

8501.32.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.32.03

Motores para ascensores o elevadores.

Pza

7

Ex.

8501.32.04

Motores para trolebuses.

Pza

10

Ex.

8501.32.06

Motores reconocibles como concebidos exclusivamente para la propulsión de vehículos eléctricos, de la subpartida 8703.90.

Pza

10

Ex.

8501.33.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.33.03

Generadores, excepto lo comprendido en la fracción 8501.33.01.

Pza

7

Ex.

8501.33.04

Motores para ascensores o elevadores.

Pza

7

Ex.

8501.33.05

Motores para trolebuses.

Pza

10

Ex.

8501.34.01

Generadores.

Pza

7

Ex.

8501.34.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.34.03

Motores para ascensores o elevadores.

Pza

7

Ex.

8501.34.04

Motores para trolebuses.

Pza

10

Ex.

8501.34.05

Motores, con potencia inferior o igual a 2,611 KW (3,500 C.P.), excepto lo comprendido en las fracciones 8501.34.03 y 8501.34.04.

Pza

10

Ex.

8501.34.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8501.40.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.40.02

Motores para ascensores o elevadores.

Pza

7

Ex.

8501.40.03

Para máquinas de afeitar o cortar el pelo, incluidas las esquiladoras.

Pza

10

Ex.

8501.40.04

Para trolebuses.

Pza

10

Ex.

8501.40.05

Síncronos, con potencia igual o inferior a 4,475 KW (6,000 C.P.).

Pza

10

Ex.

8501.40.06

Asíncronos, con potencia superior a 0.375 KW (1/2 C.P.), sin exceder de 0.746 KW (1 C.P.), reconocibles como concebidos exclusivamente para uso en giradiscos, grabadoras y tocacintas.

Pza

10

Ex.

8501.40.07

De potencia inferior o igual a 0.047 KW, excepto lo comprendido en las fracciones 8501.40.03 y 8501.40.08.

Pza

10

Ex.

8501.40.08

Motores de corriente alterna, asíncronos monofásicos, según normas NMX-J-75 o NMX-J-226, o sus equivalentes, excepto lo comprendido en las fracciones 8501.40.02, 8501.40.03 y 8501.40.05.

Pza

10

Ex.

8501.40.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8501.51.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.51.03

Síncronos.

Pza

10

Ex.

8501.52.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.52.02

Para ascensores o elevadores.

Pza

7

Ex.

8501.52.03

Para trolebuses.

Pza

10

Ex.

8501.52.05

Síncronos.

Pza

10

Ex.

8501.53.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8501.53.02

Para ascensores o elevadores.

Pza

7

Ex.

8501.53.03

Para trolebuses.

Pza

10

Ex.

8501.53.05

Síncronos, con potencia igual o inferior a 4,475 KW (6,000 C.P.).

Pza

10

Ex.

8501.53.06

Síncronos, con potencia superior a 4,475 KW (6,000 C.P.).

Pza

7

Ex.

8501.53.07

Trifásicos asíncronos con potencia superior a 8,952 KW
(12,000 C.P.).

Pza

10

Ex.

8502.20.01

Turbogeneradores (turbodinamos o turboalternadores).

Pza

7

Ex.

8502.20.03

Con capacidad nominal de generación superior a 2,000 kVA.

Pza

7

Ex.

8502.39.01

Turbogeneradores (turbodinamos o turboalternadores). excepto lo comprendido en la fracción 8502.39.03.

Pza

7

Ex.

8502.40.01

Convertidores rotativos eléctricos.

Pza

10

Ex.

8503.00.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para motores para trolebuses.

Kg

7

Ex.

8503.00.02

Armazones o núcleos de rotores, incluso las láminas, excepto lo comprendido en la fracción 8503.00.01.

Kg

7

Ex.

8503.00.03

Estatores o rotores con peso unitario inferior o igual a 1,000 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8503.00.01.

Kg

7

Ex.

8503.00.04

Blindajes de ferrita, para bobinas.

Kg

7

Ex.

8503.00.05

Estatores o rotores con peso unitario superior a 1,000 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8503.00.01.

Pza

7

Ex.

8503.00.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8504.10.01

Balastos para lámparas.

Pza

10

Ex.

8504.10.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8504.21.01

Bobinas de inducción.

Pza

10

Ex.

8504.21.02

Con peso unitario inferior o igual a 5 Kg, para uso en electrónica.

Pza

10

Ex.

8504.21.03

Con peso unitario inferior a 5 Kg, excepto lo comprendido en la fracción 8504.21.02.

Pza

10

Ex.

8504.21.04

Para instrumentos para medición y/o protección.

Pza

10

Ex.

8504.21.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8504.22.01

De potencia superior a 650 kVA, pero inferior o igual a 10,000 kVA.

Pza

10

Ex.

8504.23.01

De potencia superior a 10,000 kVA.

Pza

10

Ex.

8504.31.01

Para juguetes o modelos reducidos de la partida 95.03.

Pza

10

Ex.

8504.31.03

De distribución monofásicos o trifásicos.

Pza

10

Ex.

8504.31.04

Para instrumentos, para medición y/o protección.

Pza

10

Ex.

8504.31.05

Con peso unitario inferior a 5 Kg, para uso en electrónica, excepto lo comprendido en las fracciones 8504.31.01, 8504.31.02, 8504.31.03, 8504.31.04 y 8504.31.06.

Pza

7

Ex.

8504.31.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8504.32.01

Para juguetes o modelos reducidos de la partida 95.03.

Pza

10

Ex.

8504.32.02

De distribución monofásicos o trifásicos.

Pza

10

Ex.

8504.32.03

Para instrumentos, para medición y/o protección.

Pza

10

Ex.

8504.32.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8504.33.01

De distribución monofásicos o trifásicos.

Pza

10

Ex.

8504.33.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8504.34.01

De potencia superior a 500 kVA.

Pza

10

Ex.

8504.40.01

Para soldadura eléctrica, con capacidad nominal igual o inferior a 400 amperes.

Pza

10

Ex.

8504.40.02

Equipos rectificadores de selenio.

Pza

10

Ex.

8504.40.11

Fuentes de alimentación de corriente continua, para mesa o bastidor ("Rack") inferior o igual a 500 voltios con precisión de 0.1% o mejor e inferior o igual a 500 W de potencia con instrumentos indicadores de tensión y corriente con protección automática contra sobrecarga.

Pza

10

Ex.

8504.40.13

Controladores de velocidad para motores eléctricos.

Pza

10

Ex.

8504.50.01

De repetición, reconocibles como concebidas exclusivamente para telefonía.

Pza

10

Ex.

8504.50.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para electrónica.

Pza

10

Ex.

8504.90.01

Núcleos de ferrita.

Kg

7

Ex.

8504.90.04

Casquillos de metal para anclajes de bobinas, reconocibles como concebidos exclusivamente para aparatos electrónicos y de comunicaciones eléctricas.

Kg

7

Ex.

8504.90.05

Reconocibles como concebidas exclusivamente para bobinas de frecuencia intermedia, de reactancia y de autoinducción para uso en electrónica o para transformadores de alta tensión ("fly-back") para televisión.

Kg

7

Ex.

8504.90.06

Para juguetes o modelos reducidos de la partida 95.03.

Kg

10

Ex.

8504.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8505.19.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8505.20.01

Acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagnéticos.

Kg

10

Ex.

8505.30.01

Con capacidad igual o inferior a 53.5 t, concebidas para soportar temperatura igual o inferior a 300°C.

Kg

10

Ex.

8505.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8505.90.02

Cabezas magnéticas para máquinas elevadoras.

Kg

7

Ex.

8505.90.03

Partes y piezas sueltas.

Kg

7

Ex.

8505.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8507.10.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8507.20.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8507.20.02

Recargables, de plomo-ácido, para "flash" electrónico hasta
6 voltios, con peso unitario igual o inferior a 1 kg.

Pza

7

Ex.

8509.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8509.80.10.

Kg

7

Ex.

8509.90.02

Carcazas.

Pza

10

Ex.

8509.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8510.90.01

Peines, para máquinas de cortar el pelo.

Kg

7

Ex.

8510.90.04

Partes reconocidas como concebidas exclusivamente para máquinas rasuradoras o de afeitar, excepto lo comprendido en las fracciones 8510.90.02 y 8510.90.03.

Kg

7

Ex.

8511.10.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8511.10.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas.

Kg

10

Ex.

8511.10.03

Cuyo electrodo central sea de níquel, tungsteno; platino, iridio o de aleaciones de oro; o que contengan dos o más electrodos a tierra; excepto, para todas las descritas anteriormente, lo comprendido en las fracciones 8511.10.01 y 8511.10.02.

Kg

10

Ex.

8511.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8511.20.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8511.20.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas.

Kg

10

Ex.

8511.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8511.30.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8511.30.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas o industriales.

Pza

10

Ex.

8511.30.03

Distribuidores, excepto lo comprendido en las fracciones 8511.30.01, 8511.30.02 y 8511.30.04.

Pza

10

Ex.

8511.30.04

Reconocibles como concebidas exclusivamente para motocicletas.

Pza

10

Ex.

8511.30.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8511.40.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8511.40.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas.

Pza

10

Ex.

8511.40.03

Motores de arranque, con capacidad inferior a 24 v y con peso inferior a 15 kg.

Pza

10

Ex.

8511.40.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8511.50.01

Dínamos (generadores).

Pza

10

Ex.

8511.50.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8511.50.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas.

Pza

10

Ex.

8511.50.04

Alternadores, con capacidad inferior a 24 v y peso menor a 10 kg.

Pza

10

Ex.

8511.50.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8511.80.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8511.80.03

Bujías de calentado (precalentadoras).

Pza

10

Ex.

8511.80.04

Reconocibles como concebidos exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas.

Pza

10

Ex.

8511.90.01

Platinos.

Kg

10

Ex.

8511.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas.

Kg

7

Ex.

8511.90.03

Inducidos o portaescobillas u otras partes o piezas, reconocibles como concebidas exclusivamente para motores de arranque, dínamos o alternadores.

Kg

7

Ex.

8511.90.04

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8511.90.05

Colectores de cobre, con peso unitario inferior o igual a 2 kg.

Kg

10

Ex.

8511.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8512.10.01

Dínamos de alumbrado.

Kg

10

Ex.

8512.10.02

Luces direccionales y/o calaveras traseras.

Kg

10

Ex.

8512.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8512.20.01

Faros, luces direccionales delanteras y traseras, reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas.

Kg

7

Ex.

8512.20.02

Luces direccionales y/o calaveras traseras, excepto lo comprendido en la fracción 8512.20.01.

Kg

7

Ex.

8512.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8512.30.01

Aparatos de señalización acústica.

Kg

10

Ex.

8512.40.01

Limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha o vaho.

Kg

10

Ex.

8512.90.01

Del equipo farol dínamo de bicicleta.

Kg

7

Ex.

8512.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para bocinas u otros avisadores acústicos, excepto lo comprendido en la fracción 8512.90.06.

Kg

7

Ex.

8512.90.03

Hojas montadas para limpiaparabrisas, con longitud igual o superior a 50 cm.

Kg

7

Ex.

8512.90.04

Reconocibles como concebidas exclusivamente para faros de automóviles.

Kg

7

Ex.

8512.90.05

Reconocibles como concebidas exclusivamente para luces direccionales y/o calaveras traseras, excepto lo comprendido en la fracción 8512.90.06.

Kg

7

Ex.

8512.90.06

Reconocibles como concebidas exclusivamente para motocicletas.

Kg

7

Ex.

8512.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8513.10.01

De seguridad, para mineros.

Pza

10

Ex.

8514.20.01

De inducción de baja frecuencia, para el recalentamiento de metales.

Pza

7

Ex.

8514.20.02

De inducción de baja frecuencia, para fusión de metales.

Pza

10

Ex.

8514.30.05

Hornos para el calentamiento y el secado con rayos catódicos, láser, ultravioleta, infrarrojos y de alta frecuencia.

Pza

7

Ex.

8514.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para hornos de laboratorio.

Kg

7

Ex.

8514.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para hornos de arco.

Kg

7

Ex.

8514.90.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8514.10.03, 8514.20.02, 8514.20.03 y 8514.30.03.

Kg

7

Ex.

8514.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8515.19.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8515.21.01

Para soldar metales por costuras o proyección.

Pza

7

Ex.

8515.29.01

Para soldar metales por costura o proyección, no automáticos.

Pza

7

Ex.

8515.29.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8515.31.02

Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, superior a 1,260 amperes.

Pza

7

Ex.

8515.39.02

Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, superior a 1,260 amperes.

Pza

7

Ex.

8515.80.01

Para soldar materias termoplásticas por radiofrecuencia o alta frecuencia.

Pza

10

Ex.

8515.80.02

Para soldar materias termoplásticas, excepto lo comprendido en la fracción 8515.80.01.

Pza

7

Ex.

8515.80.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8515.90.01

Pinzas portaelectrodos o sus partes, para soldadura por arco.

Kg

10

Ex.

8515.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8516.33.01

Aparatos para secar las manos.

Pza

10

Ex.

8516.79.01

Para calefacción de automóviles.

Pza

10

Ex.

8516.80.02

A base de carburo de silicio.

Kg

10

Ex.

8516.80.03

Para desempañantes.

Kg

10

Ex.

8516.80.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8516.90.01

Carcazas para tostadores.

Kg

10

Ex.

8516.90.02

Carcazas y bases metálicas, reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8516.40.

Pza

10

Ex.

8516.90.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8516.40.01, excepto lo comprendido en la fracción 8516.90.02.

Kg

10

Ex.

8516.90.04

Reconocibles como concebidas exclusivamente para hornos de alta frecuencia (microondas).

Kg

10

Ex.

8516.90.05

Carcazas, reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8516.33.

Pza

10

Ex.

8516.90.06

Ensambles reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8516.50, que incorporen más de uno de los siguientes componentes: cámara de cocción, chasis del soporte estructural, puerta, gabinete exterior.

Pza

10

Ex.

8516.90.07

Circuitos modulares reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8516.50.

Pza

10

Ex.

8516.90.08

Cámaras de cocción reconocibles como concebidas para lo comprendido en las fracciones 8516.60.02 y 8516.60.03, incluso sin ensamblar.

Pza

10

Ex.

8516.90.09

Panel superior con o sin elementos de calentamiento o control reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8516.60.02 y 8516.60.03.

Pza

10

Ex.

8516.90.10

Ensambles de puertas reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8516.60.02 y 8516.60.03, que incorporen más de uno de los siguientes componentes: panel interior, panel exterior, ventana, aislamiento.

Pza

10

Ex.

8516.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8518.10.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8518.10.03

Pastillas, cartuchos, cápsulas o unidades a bobina móvil, sin dispositivos de montaje.

Kg

10

Ex.

8518.29.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8518.30.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8518.40.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8518.40.02

Para operación sobre línea telefónica.

Pza

7

Ex.

8518.40.07

Procesadores de audio o compresores, limitadores, expansores, controladores automáticos de ganancia, recortadores de pico con o sin ecualizadores, de uno o más canales con impedancia de entrada y salida de 600 ohms.

Pza

7

Ex.

8519.21.01

Tornamesas profesionales ("turn-table"), sin cambiador automático ni mueble, reconocibles como concebidas exclusivamente para el uso de radiodifusoras y estudios profesionales de grabación.

Pza

10

Ex.

8519.29.01

Tornamesas profesionales ("turn-table"), sin cambiador automático ni mueble, reconocibles como concebidas exclusivamente para el uso de radiodifusoras y estudios profesionales de grabación.

Pza

10

Ex.

8519.99.02

Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos) reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz, excepto los comprendidos en la fracción 8519.99.03.

Pza

7

Ex.

8519.99.03

Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos), con cambiador automático incluido con capacidad de 6 o más discos, reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

Pza

7

Ex.

8520.32.01

Con cinta magnética de ancho igual o superior a 6 mm, para estaciones difusoras de radio o televisión y estudios de grabación.

Pza

10

Ex.

8520.33.01

Con cinta magnética de ancho igual o superior a 6 mm, para estaciones difusoras de radio o televisión y estudios de grabación.

Pza

10

Ex.

8520.39.01

Con cinta magnética de ancho igual o superior a 6 mm, para estaciones difusoras de radio o televisión y estudios de grabación.

Pza

10

Ex.

8520.90.01

Tornos para el registro de sonido en discos maestros.

Pza

7

Ex.

8520.90.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8521.90.03

Unidades reproductoras de discos de video digitalizado (DVD), sin gabinete, reconocibles como concebidas para su incorporación física en aparatos receptores de televisión.

Pza

7

Ex.

8523.30.01

Tarjetas con tira magnética incorporada.

Kg

10

Ex.

8524.10.01

Para películas cinematográficas sincronizadas.

Pza

10

Ex.

8524.10.02

Para la enseñanza, con sonido o imágenes, técnicas, científicas o con fines culturales, reconocibles como concebidas exclusivamente para instituciones de educación o similares.

Pza

7

Ex.

8524.51.02

Para la enseñanza, con sonido o imágenes, técnicas, científicas o con fines culturales, reconocibles como concebidas exclusivamente para instituciones de educación o similares.

Kg

7

Ex.

8524.51.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para ser utilizadas en "video tape", excepto lo comprendido en la fracción 8524.51.01.

Kg

7

Ex.

8524.52.02

Para la enseñanza, con sonido o imágenes, técnicas, científicas o con fines culturales, reconocibles como concebidas exclusivamente para instituciones de educación o similares.

Kg

7

Ex.

8524.52.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para ser utilizadas en "video tape", excepto lo comprendido en la fracción 8524.52.01.

Kg

7

Ex.

8524.53.02

Para la enseñanza, con sonido o imágenes, técnicas, científicas o con fines culturales, reconocibles como concebidas exclusivamente para instituciones de educación o similares.

Kg

7

Ex.

8524.53.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para ser utilizadas en "video tape", excepto lo comprendido en la fracción 8524.53.01.

Kg

7

Ex.

8525.30.01

Cámaras de televisión giroestabilizadas.

Pza

7

Ex.

8525.30.02

Cámaras tomavistas para estudio de televisión, excepto las que apoyan en el hombro y las portátiles.

Pza

7

Ex.

8525.30.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8526.10.01

Radiosondas meteorológicas.

Pza

7

Ex.

8526.10.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8526.91.01

Radiogoniómetros con capacidad para sintonizar la banda de radiofaros (beacon), comprendida entre 180 y 420 kilociclos y sensibilidad igual o mejor a 20 microvoltios por metro, con una relación señal a ruido de 6 decibeles.

Pza

7

Ex.

8526.91.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8527.90.03

Receptores de radiotelefonía muy alta frecuencia (VHF), de 243 a 250 MHz.

Pza

7

Ex.

8527.90.04

Fijos o móviles en ultra alta frecuencia (UHF) de 300 a 470 MHz, para radiotelefonía o radiotelegrafía.

Kg

10

Ex.

8527.90.06

Receptores, medidores de distancia.

Pza

7

Ex.

8528.12.10

Sistema de recepción de microondas vía satélite, compuesto de un convertidor de bajada cuya frecuencia de operación sea de 11.7 a 14.5 GHz, y un receptor cuya frecuencia de operación sea de hasta 4.2 Ghz.

Pza

7

Ex.

8528.22.02

Sistemas audiovisuales integrados, para control de accesos mediante múltiples pantallas (displays) de video hasta 30 cm
(12 pulgadas), con direccionamiento selectivo y automático.

Pza

7

Ex.

8529.90.13

Amplificadores para transmisores de señales de televisión.

Pza

7

Ex.

8529.90.15

Amplificadores-distribuidores, regeneradores de pulsos o de subportadora, para sistemas de televisión por cable.

Pza

10

Ex.

8529.90.16

Amplificadores-distribuidores de video, con entrada diferencial, con compensación de cable o con restaurador de corriente continua, para sistemas de televisión, con o sin gabinete modular.

Pza

10

Ex.

8529.90.18

Sintonizadores de canales para televisión y videocasetera; sintonizadores de doble convergencia.

Pza

7

Ex.

8529.90.19

Sintonizadores de canal, combinados con otras partes especificadas en la Nota aclaratoria 4 del capítulo 85.

Pza

7

Ex.

8529.90.20

Amplificadores de radiofrecuencia, banda ancha y monocanales, para sistemas de distribución de señales de HF, TV y/o FM.

Pza

10

Ex.

8530.10.01

Aparatos para vías férreas o similares.

Kg

7

Ex.

8530.80.02

Equipos controladores de semáforos.

Kg

10

Ex.

8530.80.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8530.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8531.10.01

Bocinas en o con caja tipo intemperie a prueba de humedad, gases, vapores, polvo y explosión.

Kg

10

Ex.

8531.10.02

Campanas de alarma, con caja tipo intemperie a prueba de humedad, gases, vapores, polvos y explosión.

Kg

7

Ex.

8531.10.03

Alarma electrónica contra robo, para vehículos automóviles.

Kg

10

Ex.

8531.10.04

Detectores acústicos, para sistemas de alarmas en bóvedas de seguridad; sistemas de seguridad a detección acústica y/o visual, con señalización local y remota, sin equipo de enlace por radiofrecuencia.

Kg

7

Ex.

8531.80.01

Sirenas.

Kg

10

Ex.

8531.80.03

Zumbadores miniatura de corriente alterna, para aparatos telefónicos.

Kg

10

Ex.

8531.90.01

Indicadores luminosos tipo ojo de buey o tipo diamante, sin portalámparas.

Kg

7

Ex.

8531.90.02

Circuitos modulares.

Pza

10

Ex.

8531.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8532.10.01

Fijos, monofásicos o trifásicos, con peso unitario superior a 1 kg.

Pza

10

Ex.

8532.10.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8532.22.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8532.22.02

De diámetro inferior o igual a 15 mm, encapsulados en botes de baquelita o de aluminio.

Pza

7

Ex.

8532.22.03

Capacitores electrolíticos con capacitancia de 0.1 µF hasta 10,000µF y un voltaje de 10v hasta 100v, para uso en aparatos de conducción de señales, audio y video.

Pza

10

Ex.

8532.22.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8532.23.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8532.23.02

Tubulares.

Pza

10

Ex.

8532.23.03

Condensadores tubulares fijos de cerámica con coeficientes de temperatura de -220, -330 y -750 (partes por millón por cada grado centígrado), con diámetro inferior o igual a 3 mm y longitud inferior o igual a 8 mm.

Pza

7

Ex.

8532.23.04

Condensadores de discos de cerámica, con terminales axiales.

Pza

10

Ex.

8532.23.05

Capacitores discoidales con capacitancia de 0.1 pF hasta 8,200 pF para uso específico como filtradores de ruidos en dispositivos de alta frecuencia.

Pza

10

Ex.

8532.23.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8532.24.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8532.24.02

Tubulares.

Pza

10

Ex.

8532.24.03

Condensadores tubulares fijos de cerámica con coeficientes de temperatura de -220, -330 y -750 (partes por millón por cada grado centígrado), con diámetro inferior o igual a 3 mm y longitud inferior o igual a 8 mm.

Pza

7

Ex.

8532.25.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8532.25.02

Fijos de películas plásticas, excepto lo comprendido en la fracción 8532.25.03.

Pza

10

Ex.

8532.25.03

Con dieléctrico de plástico, sin terminales, de montaje por contacto.

Pza

10

Ex.

8532.25.04

Capacitores fílmicos para uso en aparatos de recepción y transmisión de señales, audio y video.

Pza

10

Ex.

8532.25.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8532.29.01

Fijos monofásicos o trifásicos con peso unitario superior a 1 kg.

Pza

10

Ex.

8532.29.02

Condensadores para distribuidores de motores de explosión.

Pza

10

Ex.

8532.29.03

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8532.29.04

De mica, de 1,000 o más voltios de trabajo.

Pza

7

Ex.

8532.29.05

Cajas de condensadores por décadas, con precisión del 1% o mejor.

Pza

7

Ex.

8532.29.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8532.30.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8532.30.02

Variables de vacío, reconocibles como concebidos exclusivamente para radiofrecuencia; variables de gas.

Pza

7

Ex.

8532.30.03

Cajas de condensadores por décadas, con precisión de 1% o mejor.

Pza

7

Ex.

8532.30.04

Reconocibles como concebidas exclusivamente para radiofrecuencia, excepto de ajuste "trimmers", cerámicos, y lo comprendido en la fracción 8532.30.02.

Pza

10

Ex.

8532.30.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8532.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

8533.10.01

Resistencias de carbón, aglomeradas o de capa, excepto lo comprendido en la fracción 8533.10.02.

Kg

7

Ex.

8533.10.02

Resistencias de montaje por contacto; resistencias con terminales radiales.

Kg

7

Ex.

8533.21.01

De potencia inferior o igual a 20 W.

Kg

7

Ex.

8533.29.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8533.29.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

8533.31.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8533.31.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

8533.39.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8533.39.02

Reguladores o variantes de velocidad, reconocibles como concebidos exclusivamente para ser incorporados en aparatos domésticos.

Kg

10

Ex.

8533.39.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8533.40.01

Reóstatos o potenciómetros, excepto lo comprendido en la fracción 8533.40.07.

Kg

7

Ex.

8533.40.02

Termistores.

Kg

10

Ex.

8533.40.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8533.40.04

Bancos de resistencias.

Kg

10

Ex.

8533.40.06

Varistores o resistencias dependientes de la tensión aplicada ("VDR"), excepto lo comprendido en la fracción 8533.40.05.

Kg

10

Ex.

8533.40.07

Potenciómetros de carbón, de 1/10 a ½ watt de disipación, de diámetro inferior o igual a 30 mm.

Kg

7

Ex.

8533.40.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8533.90.01

Terminales de cobre estañado y casquillos de hierro o de bronce, reconocibles como concebidas exclusivamente para resistencias de carbón para radio y TV.

Kg

7

Ex.

8533.90.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8533.40, metálicas o cerámicas, termosensibles.

Kg

7

Ex.

8533.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8535.10.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8535.10.02

Cortacircuitos de fusibles de más de 46 KV.

Kg

10

Ex.

8535.10.03

Fusibles.

Kg

10

Ex.

8535.21.01

Para una tensión inferior a 72.5 KV.

Kg

10

Ex.

8535.29.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8535.30.01

Interruptores.

Kg

7

Ex.

8535.30.02

Seccionadores de peso unitario inferior o igual a 2 kg.

Kg

10

Ex.

8535.30.03

Seccionadores-conectadores de navajas sin carga, con peso unitario superior a 2 kg sin exceder de 2,750 kg.

Kg

10

Ex.

8535.30.04

Seccionadores de peso unitario superior a 2,750 kg.

Kg

7

Ex.

8535.30.05

Interruptores de navajas con carga.

Kg

10

Ex.

8535.30.06

Seccionadores con peso unitario superior a 2 kg, sin exceder de 2,750 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8535.30.03.

Kg

10

Ex.

8535.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8535.40.01

Pararrayos (apartarrayos) tipo distribución autovalvulares de 3 a 13 KV nominales, para sistemas con neutro a tierra hasta 37 KV.

Kg

10

Ex.

8535.40.02

Pararrayos (apartarrayos), excepto lo comprendido en la fracción 8535.40.01.

Kg

7

Ex.

8535.40.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8535.90.01

Conmutadores de peso unitario inferior o igual a 2 kg.

Kg

10

Ex.

8535.90.02

Conmutadores con peso unitario superior a 2 kg sin exceder de 2,750 kg.

Kg

10

Ex.

8535.90.03

Conmutadores de peso unitario superior a 2,750 kg.

Kg

7

Ex.

8535.90.04

Relevadores de arranque.

Kg

10

Ex.

8535.90.05

Relevadores térmicos o por inducción.

Kg

10

Ex.

8535.90.06

Relevadores de alta sensibilidad, con núcleo laminado, monopolo inversor, reconocibles como concebidos exclusivamente para equipos telefónicos.

Kg

7

Ex.

8535.90.07

Selectores de circuitos.

Kg

10

Ex.

8535.90.08

Llaves magnéticas (arrancadores magnéticos), con potencia nominal hasta 200 C.P.

Pza

10

Ex.

8535.90.09

Tomas de corriente con peso unitario superior a 2 kg.

Kg

7

Ex.

8535.90.10

Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas.

Kg

10

Ex.

8535.90.11

Terminales selladas de vidrio o cerámica vitrificada.

Kg

10

Ex.

8535.90.12

Bornes individuales o en fila, con cuerpos aislantes, denominadas tablillas terminales.

Kg

10

Ex.

8535.90.13

Relevadores secundarios eletromagnéticos, alimentados exclusivamente a través de transformadores de intensidad y/o tensión.

Kg

10

Ex.

8535.90.14

Relevadores automáticos diferenciales, hasta de 60 amperios con protección diferencial hasta 300 miliamperios.

Kg

7

Ex.

8535.90.15

Conjuntos para terminales tipo cono de alivio integrado y/o moldeado, para cables de energía, hasta 35 KV, para intemperie.

Kg

10

Ex.

8535.90.16

Conjuntos completos para empalmes o uniones, para cables de energía hasta 35 KV.

Kg

10

Ex.

8535.90.17

Conjuntos para terminales tipo cono de alivio, moldeado, para cables de energía hasta 35 KV, para interior.

Kg

10

Ex.

8535.90.18

Contactos sinterizados de aleaciones con metal precioso.

Kg

10

Ex.

8535.90.19

Protector electrónico trifásico diferencial, por asimetría y/o falta de fase.

Kg

7

Ex.

8535.90.20

Llaves magnéticas (arrancadores magnéticos), con potencia nominal superior a 200 C.P.

Pza

7

Ex.

8535.90.22

Relevadores, excepto lo comprendido en las fracciones 8535.90.04, 8535.90.05, 8535.90.06, 8535.90.13 y 8535.90.14.

Kg

7

Ex.

8535.90.23

Tomas de corriente con peso unitario inferior o igual a 2 kg.

Kg

10

Ex.

8535.90.24

Protectores de sobrecarga para motores, excepto lo comprendido en la fracción 8535.90.19.

Pza

7

Ex.

8535.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8536.10.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8536.10.02

Fusibles ultrarrápidos de láminas de plata, de alta capacidad de ruptura, especiales para protección de semiconductores, para corrientes nominales de hasta 2,500 amperes y tensión de operación de hasta 500 voltios.

Kg

7

Ex.

8536.10.05

Fusibles para telefonía.

Kg

7

Ex.

8536.20.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8536.20.02

Llaves disyuntoras, térmicas, reconocibles como concebidas exclusivamente para radio o televisión.

Kg

7

Ex.

8536.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8536.30.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8536.30.02

Protectores térmicos para motores o circuitos eléctricos de aparatos de refrigeración o aire acondicionado.

Kg

10

Ex.

8536.30.03

Protectores para telefonía.

Kg

7

Ex.

8536.30.04

Protector electrónico trifásico diferencial, por asimetría y/o falta de fase.

Kg

7

Ex.

8536.30.05

Protectores de sobrecarga para motores.

Pza

7

Ex.

8536.30.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8536.41.01

Para bocinas.

Kg

10

Ex.

8536.41.02

Solenoides de 6 y 12 voltios, para motores de arranque de uso automotriz.

Kg

10

Ex.

8536.41.03

Térmicos o por inducción.

Kg

10

Ex.

8536.41.04

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8536.41.06

Secundarios electromagnéticos, alimentados exclusivamente a través de transformadores de intensidad y/o tensión.

Kg

10

Ex.

8536.41.07

Automáticos diferenciales, hasta de 60 amperios con protección diferencial hasta de 300 miliamperios.

Kg

7

Ex.

8536.41.08

Relevadores fotoeléctricos.

Kg

10

Ex.

8536.41.09

Intermitentes para luces direccionales indicadoras de maniobras, para uso automotriz.

Kg

10

Ex.

8536.41.10

De arranque, excepto lo comprendido en la fracción 8536.41.02.

Kg

10

Ex.

8536.41.11

Relevadores auxiliares de bloqueo de contactos múltiples, de reposición manual o eléctrica, con capacidad inferior o igual
a 60 amperes y tensión máxima de 480 v.

Kg

10

Ex.

8536.41.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8536.49.01

De arranque.

Kg

10

Ex.

8536.49.02

Térmicos o por inducción.

Kg

10

Ex.

8536.49.03

Secundarios electromagnéticos, alimentados exclusivamente a través de transformadores de intensidad y/o tensión.

Kg

10

Ex.

8536.49.04

Automáticos diferenciales, hasta de 60 amperios con protección diferencial hasta de 300 miliamperios.

Kg

7

Ex.

8536.49.05

Relevadores auxiliares de bloques de contactos múltiples, de reposición manual o eléctrica, con capacidad inferior o igual a 60 amperes y tensión máxima de 480 v.

Kg

10

Ex.

8536.49.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8536.50.01

Interruptores, excepto los comprendidos en la fracción 8526.50.15.

Kg

7

Ex.

8536.50.02

Conmutadores de rutas para video y audio con entrada diferencial, conmutación en intervalo vertical y señalización de conmutación, para selección de señales en sistemas de televisión por cables.

Kg

7

Ex.

8536.50.03

Conmutador secuencial de video.

Kg

7

Ex.

8536.50.04

Seccionadores o conmutadores de peso unitario superior a
2,750 kg.

Kg

7

Ex.

8536.50.05

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8536.50.06

Interruptores, por presión de líquidos para controles de nivel en lavarropas de uso doméstico.

Kg

7

Ex.

8536.50.07

Interruptores automáticos, termoeléctricos, para el cebado de la descarga en las lámparas o tubos fluorescentes.

Kg

10

Ex.

8536.50.08

Interruptores de navajas con carga.

Kg

10

Ex.

8536.50.09

Seccionadores-conectadores de navajas, sin carga, con peso unitario superior a 2 kg, sin exceder de 2,750 kg.

Kg

10

Ex.

8536.50.10

Interruptores reconocibles como concebidos exclusivamente para radio o televisión, excepto lo comprendido en la fracción 8536.50.16.

Kg

10

Ex.

8536.50.11

Conmutadores sueltos o agrupados, accionados por botones, con peso hasta de 250 g, o interruptores simples o múltiples de botón o de teclado, reconocibles como concebidos exclusivamente para electrónica, excepto lo comprendido en la fracción 8536.50.16.

Kg

10

Ex.

8536.50.12

Conmutadores pasivos, para selección de señales de video y audio en sistemas de televisión por cable.

Kg

10

Ex.

8536.50.13

Llaves magnéticas (arrancadores magnéticos) con potencia nominal inferior o igual a 200 C.P.

Kg

10

Ex.

8536.50.14

Llaves magnéticas (arrancadores magnéticos), con potencia nominal superior a 200 C.P.

Kg

7

Ex.

8536.50.15

Interruptores para dual, de pie o de jalón para luces; botón de arranque; reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

Kg

10

Ex.

8536.50.16

Microinterruptores de botón para aparatos electrodomésticos.

Kg

10

Ex.

8536.50.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8536.61.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8536.61.02

Portapilotos, reconocibles como concebidos exclusivamente para radio y televisión.

Kg

10

Ex.

8536.61.03

De señalización telefónica, aun cuando se presenten montadas en plaquetas.

Kg

10

Ex.

8536.61.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8536.69.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8536.69.02

Tomas de corriente con peso unitario inferior o igual a 2 kg.

Kg

10

Ex.

8536.69.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8536.90.01

Selectores de circuitos.

Kg

10

Ex.

8536.90.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8536.90.03

Arillos o barras para accionar el avisador acústico (claxon).

Kg

10

Ex.

8536.90.04

Protectores térmicos para motores o circuitos eléctricos de aparatos de refrigeración o de aire acondicionado.

Kg

10

Ex.

8536.90.05

Arrancadores manuales a voltaje reducido, para aparatos hasta de 300 C.P.

Kg

10

Ex.

8536.90.06

Controles fotoeléctricos, para iluminación.

Kg

7

Ex.

8536.90.07

Buses en envolvente metálica.

Kg

10

Ex.

8536.90.08

Llaves para telefonía, aun cuando se presenten montadas en plaquetas.

Kg

7

Ex.

8536.90.09

Cajas terminales para estación de usuario de teletipo con elementos para su conexión a las redes telegráficas automáticas normales o de punto a punto.

Kg

7

Ex.

8536.90.10

Terminales de vidrio o cerámica vitrificada.

Kg

10

Ex.

8536.90.11

Bornes individuales o en fila, con cuerpos aislantes, denominados tablillas terminales.

Kg

10

Ex.

8536.90.13

Conectores múltiples para la interconexión de aparatos y equipos telefónicos.

Kg

10

Ex.

8536.90.14

Clavijas ("plugs") reconocibles como concebidas exclusivamente para uso en telefonía, de dos o más polos.

Kg

7

Ex.

8536.90.15

"Jacks" reconocibles como concebidos exclusivamente para uso en telefonía, aun cuando se presenten montados en plaquetas.

Kg

7

Ex.

8536.90.16

Bloques de terminales para interconexión de equipos, aparatos o cables telefónicos.

Kg

10

Ex.

8536.90.17

Conectores simples y múltiples, aislados en material de baja pérdida, para radiofrecuencia.

Kg

10

Ex.

8536.90.18

Conjuntos para terminales tipo cono de alivio integrado y/o moldeado, para cables de energía para intemperie.

Kg

10

Ex.

8536.90.19

Conjuntos completos para empalmes o uniones, para cables de energía.

Kg

10

Ex.

8536.90.20

Conjuntos para terminales tipo cono de alivio, moldeado, para cables de energía, para interior.

Kg

10

Ex.

8536.90.21

Ignitores electrónicos sin balastos, para lámparas de descarga.

Kg

7

Ex.

8536.90.22

Conectores hembra, con o sin dispositivos de anclaje, para inserción de circuitos impresos.

Kg

10

Ex.

8536.90.23

Conectores para empalmes de cables telefónicos.

Kg

10

Ex.

8536.90.24

Contactos sinterizados de aleaciones con metal precioso.

Kg

10

Ex.

8536.90.25

Protector electrónico trifásico diferencial por asimetría y/o falta de fase.

Kg

7

Ex.

8536.90.26

Atenuadores electrónicos de intensidad lumínica (dimmers) de más de 3 KW.

Kg

10

Ex.

8536.90.27

Conectores de agujas.

Kg

10

Ex.

8536.90.28

Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas.

Kg

10

Ex.

8536.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8537.10.01

Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas.

Kg

10

Ex.

8537.10.02

Cuadros de mando o distribución para elevadores o ascensores.

Kg

7

Ex.

8537.10.04

Cuadros de mando o distribución, operados mediante botones (botoneras).

Kg

10

Ex.

8537.10.05

Ensambles con la carcaza exterior o soporte, reconocibles como concebidos para lo comprendido en las partidas 84.21, 84.22, 84.50 y 85.16.

Pza

7

Ex.

8537.10.06

Módulos reconocibles como concebidos exclusivamente para el control de señales de indicación en motores de vehículos automotrices.

Pza

7

Ex.

8537.20.01

Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas.

Kg

10

Ex.

8538.10.01

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida 85.37, sin sus aparatos.

Kg

7

Ex.

8538.90.01

Terminales de cobre estañado y casquillos de hierro o de bronce, reconocibles como concebidas exclusivamente para resistencias de carbón para radio y televisión.

Kg

7

Ex.

8538.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para cortacircuitos de fusibles de más de 46 KV.

Kg

7

Ex.

8538.90.03

Armaduras, núcleos, yugos y piezas polares electromagnéticas no montadas y sin elementos agregados, reconocibles como concebidas exclusivamente para relevadores de equipos telefónicos.

Kg

7

Ex.

8538.90.04

Cerámicos o metálicos reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8535.90.08, 8535.90.20, 8535.90.24, 8536.30.05, 8536.50.13 y 8536.50.14, termosensibles.

Kg

7

Ex.

8538.90.05

Circuitos modulares.

Pza

7

Ex.

8538.90.06

Partes moldeadas.

Pza

7

Ex.

8538.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8539.10.01

Con diámetro de 15 cm a 20 cm.

Pza

7

Ex.

8539.10.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8539.10.03

Proyectores (bulbos tipo "par" de vidrio prensado) espejados internamente, con peso unitario superior a 120 g, sin exceder de
2 kg.

Pza

10

Ex.

8539.10.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8539.21.01

De incandescencia, de tubo de cuarzo ("halógenas" o "quartzline"), de 2,900° K (grados Kelvin) como mínimo.

Pza

7

Ex.

8539.22.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para uso en aparatos de proyección cinematográfica y de vista fija.

Pza

7

Ex.

8539.22.04

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8539.29.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8539.29.03

Con peso unitario superior a 20 g, sin exceder de 300 g, reconocibles como concebidos exclusivamente para locomotoras.

Pza

7

Ex.

8539.29.04

Reconocibles como concebidas exclusivamente para uso en aparatos de proyección cinematográfica y de vista fija.

Pza

7

Ex.

8539.29.06

Miniatura para radio dial, televisión o bicicletas, cuyo voltaje sea igual o superior a 1.20 sin exceder de 8.63 v.

Pza

10

Ex.

8539.29.07

Reflectores, con peso unitario superior a 120 g, sin exceder de
2 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8539.29.02.

Pza

10

Ex.

8539.32.01

De vapor de sodio de alta presión.

Pza

10

Ex.

8539.32.02

Lámparas de vapor de mercurio.

Pza

10

Ex.

8539.32.03

De vapor de sodio de baja presión.

Pza

10

Ex.

8539.32.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8539.39.01

Para luz relámpago.

Pza

10

Ex.

8539.39.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8539.39.05

Lámparas de neón.

Pza

10

Ex.

8539.39.06

Lámparas de descarga de gases metálicos exclusivamente mezclados o combinados, tipo "metalarc" multivapor o similares.

Pza

10

Ex.

8539.41.01

Lámparas de arco.

Pza

7

Ex.

8539.49.01

De rayos ultravioleta.

Pza

7

Ex.

8539.49.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8539.90.01

Bases (casquillos) de uno y/o dos pernos o espigas para lámparas fluorescentes.

Kg

10

Ex.

8539.90.04

Filamentos metálicos.

Kg

10

Ex.

8539.90.05

Electrodos para cátodos de encendido de focos o tubos de descarga, cuyo diámetro máximo, en su sección mayor, sea inferior o igual a 1 mm.

Kg

7

Ex.

8540.11.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para alta definición con pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto lo comprendido en la fracción 8540.11.05.

Pza

10

Ex.

8540.11.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para alta definición con pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas).

Pza

10

Ex.

8540.11.03

Reconocibles como concebidos exclusivamente para pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 8540.11.01, 8540.11.05 y los tipo proyección.

Pza

10

Ex.

8540.11.04

Reconocibles como concebidos exclusivamente para pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas) excepto lo comprendido en la fracción 8540.11.02 y los tipo proyección.

Pza

10

Ex.

8540.11.05

De pantalla plana superior o igual a 50.8 cm (20 pulgadas) pero inferior o igual a 68.6 cm (27 pulgadas).

Pza

10

Ex.

8540.11.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8540.12.01

De alta definición.

Pza

10

Ex.

8540.12.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8540.20.01

Tubos para cámaras tomavistas de televisión.

Pza

7

Ex.

8540.20.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8540.40.01

Redondos de diámetro inferior o igual a 127 mm.

Pza

7

Ex.

8540.40.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8540.50.01

Redondos de diámetro inferior o igual a 127 mm.

Pza

7

Ex.

8540.50.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8540.60.01

Redondos de diámetro inferior o igual a 127 mm.

Pza

7

Ex.

8540.60.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8540.71.01

Magnetrones.

Pza

10

Ex.

8540.72.01

Klistrones.

Pza

10

Ex.

8540.79.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8540.81.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8540.81.02

Tubos para microondas; tubos para empleo nuclear y tubos con atmósfera gaseosa, excluidos los rectificadores.

Pza

7

Ex.

8540.81.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8540.89.01

Válvulas electrónicas.

Pza

7

Ex.

8540.89.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8540.89.03

Válvulas para cámaras tomavistas de televisión.

Pza

7

Ex.

8540.89.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8540.91.03

Bobinas deflectoras (yugos) para tubos de rayos catódicos, excepto lo comprendido en la fracción 8540.91.02.

Kg

10

Ex.

8540.91.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8540.99.01

Placas, casquetes de contacto, blindajes, bases, ánodos y anillos de vidrio para válvulas electrónicas.

Kg

7

Ex.

8540.99.02

Agujas (patitas) para bases de válvulas electrónicas.

Kg

7

Ex.

8540.99.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para transistores o elementos análogos semiconductores.

Kg

7

Ex.

8540.99.04

Cátodos, conexiones o ligamentos y rejillas de válvulas electrónicas.

Kg

7

Ex.

8540.99.05

Cañones de electrones; estructuras de radio-frecuencia (RF) para los tubos de microondas comprendidos en las subpartidas 8540.71 a 8540.79.

Pza

7

Ex.

8540.99.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8543.20.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8543.40.01

Electrificadores de cercas.

Pza

10

Ex.

8543.89.06

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

8543.89.08

Dispositivos eléctricos para vehículos que accionen mecanismos elevadores para cristales, cajuelas, asientos o seguros de puertas.

Pza

7

Ex.

8543.89.11

Controles automáticos de velocidad, para uso automotriz.

Pza

10

Ex.

8544.11.01

De cobre.

Kg

10

Ex.

8544.19.01

De aluminio o sus aleaciones, con aislamiento a base de cualquier esmalte, con diámetro del conductor inferior o igual a 0.361 mm.

Kg

10

Ex.

8544.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8544.20.01

Cables coaxiales, de uno o más conductores eléctricos, aislados y con funda de malla de metal, aun cuando vengan recubiertos de materias aislantes, con o sin mensajero de acero, con una impedancia de 50 a 75 ohms.

Kg

10

Ex.

8544.20.02

Cables coaxiales de uno o más conductores concéntricos, aislados, aun cuando vengan recubiertos de materias aislantes, con o sin mensajero de acero, con una impedancia de 50 a 75 ohms, excepto lo comprendido en la fracción 8544.20.01.

Kg

7

Ex.

8544.20.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8544.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8544.30.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8544.30.02

Arneses reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.

Kg

10

Ex.

8544.30.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8544.41.01

Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas.

Kg

10

Ex.

8544.41.02

Cables termopar o sus cables de extensión.

Kg

10

Ex.

8544.41.03

Arneses y cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición.

Kg

10

Ex.

8544.41.04

De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.41.01 y 8544.41.03.

Kg

10

Ex.

8544.41.05

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8544.41.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8544.49.01

Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas.

Kg

10

Ex.

8544.49.02

Cables termopar o sus cables de extensión.

Kg

10

Ex.

8544.49.03

Cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición.

Kg

10

Ex.

8544.49.04

De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.49.01 y 8544.49.03.

Kg

10

Ex.

8544.49.05

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8544.49.06

Arneses eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición.

Kg

10

Ex.

8544.49.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8544.51.01

Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas.

Kg

10

Ex.

8544.51.02

Cables termopar o sus cables de extensión.

Kg

10

Ex.

8544.51.03

Arneses y cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición.

Kg

10

Ex.

8544.51.04

De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.51.01 y 8544.51.03.

Kg

10

Ex.

8544.51.05

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8544.51.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8544.59.01

Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas.

Kg

10

Ex.

8544.59.02

Cables termopar o sus cables de extensión.

Kg

10

Ex.

8544.59.03

Arneses y cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición.

Kg

10

Ex.

8544.59.04

De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.59.01 y 8544.59.03.

Kg

10

Ex.

8544.59.05

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8544.59.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8544.60.01

De cobre, aluminio o sus aleaciones.

Kg

10

Ex.

8544.60.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8544.70.01

Cables de fibras ópticas.

Kg

7

Ex.

8545.11.01

De los tipos utilizados en hornos.

Kg

10

Ex.

8545.19.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8545.20.01

Escobillas.

Kg

10

Ex.

8545.90.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8545.90.02

Pistas de carbón, para potenciómetros.

Kg

7

Ex.

8545.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8546.10.01

Tubulares.

Kg

10

Ex.

8546.10.02

Esbozos, en forma de campana, con diámetro igual o superior
a 15 cm en la circunferencia mayor.

Kg

7

Ex.

8546.10.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8546.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8546.20.01

Tubulares, excepto lo comprendido en la fracción 8546.20.05.

Kg

10

Ex.

8546.20.02

De suspensión.

Kg

10

Ex.

8546.20.03

De porcelana o de esteatita para radio y televisión.

Kg

7

Ex.

8546.20.04

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8546.20.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8546.90.01

Tubulares.

Kg

10

Ex.

8546.90.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8546.90.03

De resina, epóxica, no rígidos.

Kg

7

Ex.

8546.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8547.10.01

De porcelana para pasantes de transformadores de más de
132 KV.

Kg

7

Ex.

8547.10.02

Zócalos de cerámica para válvulas electrónicas.

Kg

7

Ex.

8547.10.03

Carretes, para transformadores de potencia igual o superior a 5,000 KV, excepto los de vermiculita.

Kg

7

Ex.

8547.10.04

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8547.10.05

Discos, tubos y otras formas de cerámica sin platear, reconocibles como concebidos exclusivamente para condensadores fijos o resistencias.

Kg

7

Ex.

8547.10.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8547.20.03

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8547.20.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8547.90.01

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8547.90.02

Carretes, para transformadores de potencia igual o superior a 5,000 KV.

Kg

7

Ex.

8547.90.07

Con una o más perforaciones formadas por capas de: papel y resina fenólica, caucho y/o resinas plásticas artificiales.

Kg

7

Ex.

8547.90.08

Bujes, reconocibles como concebidos exclusivamente para transformadores y/o disyuntores.

Kg

7

Ex.

8547.90.10

De mica para empleo en electrónica, excepto lo comprendido en la fracción 8547.90.06.

Kg

7

Ex.

8547.90.11

De vidrio.

Kg

7

Ex.

8547.90.12

Tubos aisladores y sus piezas de unión, de metales comunes, aislados interiormente.

Kg

7

Ex.

8547.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8548.90.02

Reconocibles para naves aéreas.

Kg

7

Ex.

8548.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8607.11.01

Bojes y "bissels", de tracción.

Kg

10

Ex.

8607.12.99

Los demás bojes y "bissels".

Kg

10

Ex.

8607.19.02

Ejes montados con sus ruedas.

Kg

7

Ex.

8607.19.03

Ruedas.

Kg

7

Ex.

8607.19.04

Llantas forjadas para ruedas de vagones.

Kg

7

Ex.

8607.19.05

Llantas para ruedas de locomotoras.

Kg

7

Ex.

8607.19.06

Partes de ejes o ruedas.

Pza

7

Ex.

8607.19.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8607.21.01

Frenos de aire.

Kg

7

Ex.

8607.21.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8607.29.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

8607.30.01

Ganchos y demás sistemas de enganche, topes y sus partes.

Kg

7

Ex.

8607.91.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para locomotoras, excepto ejes, montados con sus ruedas, bojes, ruedas, llantas, forjadas para ruedas de locomotoras y chumaceras, inclusive.

Kg

7

Ex.

8607.91.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8607.99.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

8608.00.01

Material fijo de vías férreas o sus partes componentes.

Kg

7

Ex.

8608.00.02

Aparatos de señalización, seguridad, control, mando o sus partes componentes.

Kg

7

Ex.

8608.00.03

Sistemas visuales indicadores de pendientes de aproximación.

Kg

7

Ex.

8608.00.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

8701.10.01

Motocultores.

Pza

7

Ex.

8701.90.01

Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto lo comprendido en las fracciones 8701.90.03, 8701.90.05 y 8701.90.06.

Pza

10

Ex.

8701.90.02

Tractores para vías férreas, provistos de aditamento de ruedas con llantas neumáticas accionadas mecánicamente para rodarlos sobre pavimento.

Pza

10

Ex.

8701.90.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8706.00.01

Chasis con motor de explosión, de dos cilindros de 700 cm3, de cuatro tiempos y con potencia inferior a 20 C.P. (15 KW).

Pza

7

Ex.

8707.10.01

Para ser utilizadas como modelos para la fabricación de herramientas para el ensamble de carrocerías de vehículos automóviles.

Pza

7

Ex.

8707.10.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8707.90.01

Para ser utilizadas como modelos para la fabricación de herramientas para el ensamble de carrocerías de vehículos automóviles.

Pza

7

Ex.

8707.90.02

Para transporte de más de 16 personas, para ser montadas sobre chasis de largueros completos, para vehículos de dos ejes.

Pza

10

Ex.

8707.90.99

Las demás.

Pza

10

Ex.

8708.10.01

Defensas para trolebuses.

Kg

7

Ex.

8708.10.02

Defensas reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas.

Kg

7

Ex.

8708.10.03

Defensas completas, reconocibles como concebidas exclusivamente para vehículos automóviles de hasta diez plazas.

Pza

10

Ex.

8708.10.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8708.21.01

Cinturones de seguridad.

Pza

10

Ex.

8708.29.01

Guardafangos.

Pza

7

Ex.

8708.29.02

Capots (cofres).

Pza

7

Ex.

8708.29.03

Estribos.

Pza

7

Ex.

8708.29.04

Viseras, forros de tablero, paneles de puerta, coderas, cabeceras, sombrereras, incluso acojinadas.

Pza

10

Ex.

8708.29.05

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.29.06

Para tractores de ruedas.

Pza

7

Ex.

8708.29.07

Parrillas de adorno y protección para radiador.

Pza

10

Ex.

8708.29.08

Biseles.

Pza

10

Ex.

8708.29.09

Tapas de cajuelas portaequipajes.

Pza

7

Ex.

8708.29.10

Marcos para cristales.

Pza

10

Ex.

8708.29.11

Aletas, excepto de vidrio, aun cuando se presenten con marco.

Pza

10

Ex.

8708.29.12

Soportes o armazones para acojinados.

Pza

10

Ex.

8708.29.13

Reconocibles como concebidos exclusivamente para capots (cofres).

Pza

7

Ex.

8708.29.14

Cajas de volteo.

Pza

10

Ex.

8708.29.15

Cajas "Pick-up".

Pza

7

Ex.

8708.29.16

Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales y sus partes; de accionamiento manual o electrónico.

Pza

10

Ex.

8708.29.17

Juntas preformadas para carrocería.

Pza

10

Ex.

8708.29.18

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.29.19

Ensambles de puertas.

Pza

10

Ex.

8708.29.20

Partes troqueladas para carrocería.

Pza

10

Ex.

8708.29.21

Módulos de seguridad por bolsa de aire.

Pza

10

Ex.

8708.29.22

Tableros de instrumentos, incluso con instrumentos de medida o control, para uso exclusivo en vehículos automóviles.

Pza

10

Ex.

8708.29.23

Dispositivos retractores y sus partes o piezas sueltas, para cinturones de seguridad.

Kg

7

Ex.

8708.29.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8708.31.01

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.31.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores de ruedas.

Kg

7

Ex.

8708.31.03

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.31.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

8708.39.01

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.39.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para tractores de ruedas.

Kg

7

Ex.

8708.39.03

Mecanismos de frenos de disco o sus partes componentes.

Pza

7

Ex.

8708.39.04

Cilindros de ruedas para mecanismos de frenos; juegos de repuesto para cilindros de rueda y para cilindros maestros, presentados en surtidos (kits) para su venta al por menor.

Pza

10

Ex.

8708.39.05

Reconocibles como concebidos exclusivamente para el sistema de frenos de aire.

Pza

10

Ex.

8708.39.06

Frenos de tambor accionados por leva o sus partes componentes.

Pza

10

Ex.

8708.39.07

Cilindros maestros para mecanismos de frenos.

Pza

10

Ex.

8708.39.08

Frenos de tambor accionados hidráulicamente o sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción 8708.39.04.

Pza

10

Ex.

8708.39.09

Mangueras de frenos hidráulicos automotrices con conexiones.

Pza

10

Ex.

8708.39.10

Reforzador por vacío para frenos ("booster") o sus partes y piezas sueltas.

Pza

10

Ex.

8708.39.11

Tubos preformados, para sistemas de frenos, de hierro o acero, soldado por procedimiento brazing, con diferentes tipos de recubrimiento, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 3.175 mm, sin exceder de 9.525 mm, y espesor de pared igual o superior a 0.450 mm pero inferior o igual a 2.03 mm, con sus terminales de conexión y resortes o adaptaciones.

Pza

10

Ex.

8708.39.12

Tubos preformados, de cobre, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 1.520 mm, sin exceder de 25.40 mm, y espesor de pared igual o superior a 0.200 mm pero inferior o igual a 5.08 mm, con sus terminales de conexión y resortes o adaptaciones.

Pza

10

Ex.

8708.39.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8708.40.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.40.02

Cajas de velocidades mecánicas, con peso inferior a 120 kg.

Pza

10

Ex.

8708.40.03

Cajas de velocidades automáticas.

Pza

7

Ex.

8708.40.04

Cajas de velocidades mecánicas con peso igual o superior
a 120 kg.

Pza

10

Ex.

8708.40.05

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.40.99

Las demás.

Pza

10

Ex.

8708.50.01

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.50.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.50.03

Traseros sin acoplar a las masas, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.

Pza

10

Ex.

8708.50.04

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.

Pza

10

Ex.

8708.50.05

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.50.06

Ejes delanteros, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.04 y 8708.50.08.

Pza

10

Ex.

8708.50.07

Incluso acoplados a las masas, con o sin mecanismos de frenos y tambores, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.03 y 8708.50.04.

Pza

10

Ex.

8708.50.08

Conjunto diferencial integral compuesto de caja de velocidades, diferencial con o sin flecha (semieje), y sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción 8708.50.04.

Pza

10

Ex.

8708.50.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8708.60.01

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.60.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.60.03

Delanteros.

Pza

10

Ex.

8708.60.04

Fundas para ejes traseros.

Pza

10

Ex.

8708.60.05

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.60.06

Fundiciones (esbozos) de funda para eje trasero motriz de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).

Pza

10

Ex.

8708.60.07

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.

Pza

10

Ex.

8708.60.10

Fundiciones (esbozos) de mazas para eje delantero de vehículos con capacidad de carga superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras).

Pza

10

Ex.

8708.60.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8708.70.01

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.70.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.70.03

Ruedas, de aleaciones metálicas de rayos o deportivos de cama ancha.

Pza

10

Ex.

8708.70.04

Ruedas o rims (camas) sin neumáticos, con diámetro exterior inferior o igual a 70 cm, excepto lo comprendido en la fracción 8708.70.03.

Pza

10

Ex.

8708.70.05

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.70.06

Tapones o polveras y arillos para ruedas.

Pza

10

Ex.

8708.70.07

Rines de aluminio y de aleaciones de aluminio con diámetro superior a 57.15 cm (22.7 pulgadas).

Pza

10

Ex.

8708.70.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8708.80.01

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.80.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.80.03

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.80.04

Cartuchos para amortiguadores ("Mc Pherson Struts").

Pza

10

Ex.

8708.80.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8708.91.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.91.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8708.92.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.92.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.92.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8708.93.01

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.93.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.93.03

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.93.04

Embragues completos (discos y plato opresor), excepto lo comprendido en las fracciones 8708.93.01, 8708.93.02 y 8708.93.03.

Pza

10

Ex.

8708.93.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8708.94.01

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.94.02

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.94.03

Volante de dirección con diámetro exterior inferior a 54.5 cm.

Pza

10

Ex.

8708.94.04

Cajas de dirección mecánica.

Pza

7

Ex.

8708.94.05

Volantes de dirección, con diámetro exterior igual o superior
a 54.5 cm.

Pza

7

Ex.

8708.94.06

Columnas para el sistema de dirección.

Pza

7

Ex.

8708.94.07

Cajas de dirección hidráulica.

Pza

7

Ex.

8708.94.08

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.94.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8708.99.01

Mecanismos de cambio de diferencial (dual).

Pza

10

Ex.

8708.99.02

Para trolebuses.

Pza

7

Ex.

8708.99.03

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.

Pza

7

Ex.

8708.99.04

Flechas semiejes, acoplables al mecanismo diferencial, incluso las de velocidad constante (homocinéticas) y sus partes componentes.

Pza

10

Ex.

8708.99.05

Bolsa de aire para dispositivos de seguridad.

Pza

7

Ex.

8708.99.06

Las demás partes reconocibles como concebidas exclusivamente para sistemas de dirección, excepto lo comprendido en la fracción 8708.99.13.

Pza

7

Ex.

8708.99.07

Tanques de combustible.

Pza

10

Ex.

8708.99.08

Reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de suspensión, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.99.20, 8708.99.27 y 8708.99.32.

Pza

7

Ex.

8708.99.09

Acoplamientos o dispositivos de enganche para tractocamiones.

Pza

10

Ex.

8708.99.10

Engranes.

Pza

10

Ex.

8708.99.11

Ventiladores de aspas, para radiadores.

Pza

10

Ex.

8708.99.12

Horquillas de levante hidráulico.

Pza

10

Ex.

8708.99.13

Semiejes y ejes de dirección, y sus partes.

Pza

7

Ex.

8708.99.14

Juntas universales, tipo cardán de cruceta o sus partes.

Pza

10

Ex.

8708.99.15

Bastidores ("chasis").

Pza

10

Ex.

8708.99.16

Perchas o columpios.

Pza

10

Ex.

8708.99.17

Reconocibles como concebidos exclusivamente para ejes cardán, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.99.36 y 8708.99.37.

Pza

10

Ex.

8708.99.18

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8708.40.02 y 8708.40.04, excepto lo comprendido en la fracción 8708.99.10.

Pza

10

Ex.

8708.99.19

Uniones de ballestas (abrazaderas o soportes).

Pza

10

Ex.

8708.99.20

Horquillas, brazos, excéntricos o pernos, para el sistema de suspensión delantera.

Pza

10

Ex.

8708.99.21

Partes componentes de barras de torsión.

Pza

10

Ex.

8708.99.22

Barras de torsión.

Pza

10

Ex.

8708.99.23

Ejes de rueda de doble pestaña que incorporen bolas de rodamiento.

Pza

7

Ex.

8708.99.24

Elementos para el control de vibración que incorporen partes de hule.

Pza

7

Ex.

8708.99.25

Palancas al piso para cambios de velocidades o dispositivos interiores (consolas), reconocibles como concebidas exclusivamente para vehículos automóviles hasta de diez plazas.

Pza

10

Ex.

8708.99.26

Mecanismos de ajuste; para volantes de dirección.

Pza

10

Ex.

8708.99.27

Rótulas, para el sistema de suspensión delantera.

Pza

10

Ex.

8708.99.28

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01.

Pza

10

Ex.

8708.99.29

Reconocibles como concebidos exclusivamente para amortiguadores.

Pza

10

Ex.

8708.99.30

Tubos preformados, para sistemas de combustibles, aceites de evaporación del tanque de gasolina y de anticontaminantes, de hierro o acero, soldado por procedimiento brazing, con diferentes tipos de recubrimiento, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 3.175 mm pero inferior o igual a 9.525 mm con sus terminales de conexión y resortes.

Pza

10

Ex.

8708.99.31

Tubos preformados, para combustibles, aceites de evaporación del tanque de gasolina y de anticontaminantes, incluso con recubrimientos, cuyo diámetro exterior sea igual o superior
a 3.175 mm, sin exceder de 63.500 mm y espesor de pared igual o superior a 0.450 mm pero inferior o igual a 2.032 mm con sus terminales de conexión y resortes.

Pza

10

Ex.

8708.99.32

Bujes para suspensión.

Pza

10

Ex.

8708.99.35

Ejes cardánicos.

Pza

10

Ex.

8708.99.36

Ensamble de toma de fuerza para control de tracción delantera-trasera (PTU).

Pza

7

Ex.

8708.99.37

Ensamble diferencial hidráulico para estabilización de revoluciones ("Geromatic").

Pza

7

Ex.

8708.99.38

Forjas o fundiciones de yugos, con peso unitario superior a 6.4 kg pero inferior o igual a 14 kg, para utilizarse en el eje trasero motriz.

Pza

7

Ex.

8708.99.39

Forjas de flechas de entrada y salida para diferencial de eje trasero; forjas de flechas semi-eje para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).

Pza

7

Ex.

8708.99.40

Conjuntos compuestos de las siguientes fundiciones: de portadiferencial, de caja para baleros, de caja diferencial, de caja cambiador y de caja piñón, todos ellos para integrar portadiferenciales de eje trasero de vehículos de carga.

Pza

7

Ex.

8708.99.41

Fundiciones de mazas para eje diferencial trasero para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).

Pza

7

Ex.

8708.99.42

Placas troqueladas (preformas), de acero, para la fabricación de fundas para ejes traseros con diferencial, de vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).

Pza

7

Ex.

8708.99.43

Forjas de crucetas para eje trasero motriz para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,846 kg (19,501 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).

Pza

7

Ex.

8708.99.44

Forjas de piñón para ejes traseros motriz, para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).

Pza

7

Ex.

8708.99.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

8709.11.01

Eléctricas.

Pza

10

Ex.

8709.19.01

Portadoras con equipo de bombeo expulsor.

Pza

7

Ex.

8709.19.02

Apiladoras con motor de explosión o de combustión interna, con capacidad de carga superior a 7,000 kg, medida a no menos de 0.61 m del centro de carga.

Pza

7

Ex.

8709.19.99

Las demás.

Pza

10

Ex.

8709.90.01

Partes.

Kg

10

Ex.

8714.11.01

Sillines (asientos).

Pza

10

Ex.

8714.19.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas con capacidad de cilindrada igual o superior a 550 cm3.

Pza

10

Ex.

8714.19.02

Bastidor (cuadro, armazón, chasis), excepto los comprendidos en la fracción 8714.19.01.

Pza

10

Ex.

8714.19.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8714.20.01

De sillones de ruedas y demás vehículos para personas discapacitadas.

Pza

7

Ex.

8714.91.01

Cuadros y horquillas, y sus partes.

Pza

10

Ex.

8714.92.01

Ruedas, llantas y radios.

Pza

10

Ex.

8714.93.01

Bujes sin frenos y piñones libres.

Pza

10

Ex.

8714.94.01

Masas de freno de contra pedal.

Pza

10

Ex.

8714.94.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8714.95.01

Sillines (asientos).

Pza

10

Ex.

8714.96.01

Pedales y mecanismos de pedales, y sus partes.

Pza

10

Ex.

8714.99.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8716.39.08

Remolques o semirremolques de dos pisos, reconocibles como concebidos exclusivamente para transportar ganado bovino.

Pza

7

Ex.

8716.90.01

Ejes de remolques y semirremolques o ejes con frenos electromagnéticos (ralentizador).

Pza

10

Ex.

8716.90.02

Rodajas para carros de mano.

Pza

10

Ex.

8716.90.03

“Conchas” reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8716.80.03.

Pza

10

Ex.

8716.90.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

8905.10.01

Dragas.

Pza

7

Ex.

8905.20.01

Plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles.

Pza

7

Ex.

9001.10.01

Haces y cables de fibras ópticas.

Kg

7

Ex.

9001.20.01

Hojas y placas de materia polarizante.

Kg

10

Ex.

9001.30.02

Elementos de óptica (pastillas o botones) destinados a la fabricación de lentes de contacto, de materias plásticas, en bruto, con diámetro inferior o igual a 30 mm.

Par

7

Ex.

9001.40.01

Cristales monofocales o bifocales, con diámetro inferior o igual a 75 mm, semiterminados.

Par

10

Ex.

9001.40.02

Lentes de cristal oftálmico, sin graduación, destinados a la fabricación de anteojos de seguridad, con espesor igual o superior a 3 mm sin exceder de 3.8 mm.

Par

10

Ex.

9001.40.99

Los demás.

Par

10

Ex.

9001.50.01

De materias plásticas artificiales.

Par

7

Ex.

9001.50.99

Los demás.

Par

10

Ex.

9001.90.01

Filtros anticalóricos.

Pza

7

Ex.

9001.90.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9002.11.01

Para cámaras, proyectores o ampliadoras o reductoras fotográficos o cinematográficos.

Pza

7

Ex.

9002.19.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9002.20.01

Filtros.

Pza

7

Ex.

9002.90.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9003.11.01

De plástico.

Pza

10

Ex.

9003.19.01

De otras materias.

Pza

10

Ex.

9003.90.01

Frentes.

Pza

10

Ex.

9003.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9005.90.01

Partes reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las subpartidas 9005.10 a 9005.80, que incorporen lentes, prismas y espejos de las partidas 90.01 a 90.02.

Kg

7

Ex.

9005.90.02

Partes y accesorios, reconocibles exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9005.10.01, excepto lo comprendido en la fracción 9005.90.01.

Kg

10

Ex.

9005.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9006.20.01

Cámaras fotográficas de los tipos utilizados para registrar documentos en microfilmes, microfichas u otros microformatos.

Pza

7

Ex.

9006.30.01

Cámaras especiales para fotografía submarina o aérea, examen médico de órganos internos o para laboratorios de medicina legal o de identificación judicial.

Pza

7

Ex.

9006.91.02

Cargadores o chasis para placas o películas fotográficas.

Kg

7

Ex.

9007.19.01

Giroestabilizadas.

Pza

10

Ex.

9007.19.99

Las demás.

Pza

10

Ex.

9007.20.01

Proyectores.

Pza

10

Ex.

9007.91.01

De cámaras.

Kg

7

Ex.

9007.92.01

De proyectores.

Kg

7

Ex.

9008.10.01

Proyectores de diapositivas.

Pza

10

Ex.

9008.20.01

Lectores de microfilmes, microfichas u otros microformatos, incluso copiadores.

Pza

10

Ex.

9008.30.99

Los demás proyectores de imagen fija.

Pza

10

Ex.

9008.90.01

Cargadores, para aparatos de proyección fija.

Kg

7

Ex.

9008.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

9011.10.01

Para cirugía.

Pza

7

Ex.

9011.90.01

Partes y accesorios.

Kg

7

Ex.

9012.10.01

Microscopios, excepto los ópticos; difractógrafos.

Pza

7

Ex.

9012.90.01

Partes y accesorios.

Kg

7

Ex.

9013.10.01

Miras telescópicas para armas; periscopios; visores para máquinas, aparatos o instrumentos de este Capítulo o de la Sección XVI.

Pza

7

Ex.

9013.80.01

Cuentahilos.

Pza

10

Ex.

9014.10.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9014.10.03

Brújulas de funcionamiento electrónico, reconocibles como concebidas exclusivamente para uso automotriz.

Pza

7

Ex.

9014.20.01

Instrumentos y aparatos para navegación aérea o espacial (excepto las brújulas).

Pza

7

Ex.

9014.80.01

Sondas acústicas o sondas de ultrasonido.

Pza

7

Ex.

9014.80.02

Sondas aerológicas, para navegación marítima o fluvial.

Pza

7

Ex.

9014.80.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

9014.90.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9014.10.03.

Kg

7

Ex.

9014.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9015.10.01

Telémetros.

Pza

10

Ex.

9015.40.01

Instrumentos y aparatos de fotogrametría.

Pza

7

Ex.

9015.80.01

Aparatos para medir distancias geodésicas.

Pza

7

Ex.

9015.80.03

Celdas de presión, piezómetros o extensómetros.

Pza

7

Ex.

9015.80.04

Aparatos de control y medición de niveles del tipo eléctrico o electrónico.

Pza

10

Ex.

9015.80.05

Inclinómetros y extensómetros, para medir deformaciones del suelo, roca o concreto, eléctricos o electrónicos.

Pza

7

Ex.

9015.90.01

Partes y accesorios.

Kg

7

Ex.

9016.00.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9017.10.01

Mesas o mármoles.

Pza

7

Ex.

9017.80.03

Comprobadores de cuadrante.

Pza

7

Ex.

9017.80.04

Metros de madera plegable.

Pza

10

Ex.

9017.90.01

Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9017.10.02.

Kg

10

Ex.

9018.11.01

Electrocardiógrafos.

Kg

7

Ex.

9018.11.02

Circuitos modulares para electrocardiógrafos.

Kg

10

Ex.

9018.12.01

Aparatos de diagnóstico por exploración ultrasónica (“ultrasonido”).

Pza

10

Ex.

9018.13.01

Aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética.

Pza

7

Ex.

9018.14.01

Aparatos de centellografía.

Pza

7

Ex.

9018.19.01

Tonógrafos, retinógrafos o tonómetros.

Pza

7

Ex.

9018.19.02

Electroencefalógrafos.

Pza

7

Ex.

9018.19.03

Estetoscopios electrónicos.

Pza

7

Ex.

9018.19.04

Aparatos de diatermia de onda corta.

Pza

7

Ex.

9018.19.05

Sistemas de monitoreo de pacientes.

Pza

7

Ex.

9018.19.07

Cardioscopios.

Pza

7

Ex.

9018.19.08

De radiodiagnóstico a base de rayos gamma.

Pza

7

Ex.

9018.19.09

Incubadoras para niños, partes y accesorios.

Pza

10

Ex.

9018.19.10

Aparatos de electrocirugía.

Pza

7

Ex.

9018.19.11

Dermatomos.

Pza

7

Ex.

9018.19.12

Circuitos modulares para módulos de parámetros.

Kg

7

Ex.

9018.19.14

Dializadores de sangre para riñón artificial, desechables.

Pza

7

Ex.

9018.19.15

Electrodos desechables y/o prehumedecidos, para los aparatos electromédicos.

Kg

7

Ex.

9018.19.17

Circuitos modulares reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9018.19.16.

Kg

7

Ex.

9018.39.01

Catéteres intravenosos, para diálisis peritoneal, para anestesia o para embolectomía.

Kg

10

Ex.

9018.39.05

Equipos de plástico, incluso con partes de metal común para la toma y aplicación de soluciones inyectables.

Kg

10

Ex.

9018.90.21

Partes y accesorios para tijeras, pinzas o cizallas.

Kg

7

Ex.

9018.90.22

Partes y accesorios de aparatos para anestesia.

Kg

7

Ex.

9018.90.23

Partes, piezas sueltas y accesorios para lo comprendido en la fracción 9018.90.17.

Kg

7

Ex.

9018.90.24

Circuitos modulares reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9018.90.18.

Kg

7

Ex.

9021.39.03

Forjas brutas, de prótesis, sin ningún maquinado.

Kg

7

Ex.

9021.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9021.50.01

Estimuladores cardiacos, excepto sus partes y accesorios.

Pza

7

Ex.

9022.12.01

Aparatos de tomografía regidos por una máquina automática de tratamiento o procesamiento de datos.

Pza

7

Ex.

9022.13.01

Los demás, para uso odontológico.

Pza

7

Ex.

9022.14.01

Que contenga alguna de las siguientes tres características: a) generador de rayos X con capacidad igual o mayor a 50 kV y mayor o igual a 500 miliamperes por segundo; b) intensificador de imagen con diámetro mayor a 22.86 cm (9 pulgadas); o, c) mesa de rayos X con tamaño de cassette variable y un ángulo mayor a 90º sobre 15º.

Pza

7

Ex.

9022.14.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9022.21.01

Bombas de cobalto.

Pza

7

Ex.

9022.21.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9022.30.01

Tubos de rayos X.

Pza

7

Ex.

9022.90.01

Unidades generadores de radiación.

Pza

7

Ex.

9022.90.02

Cañones para emisión de radiación.

Pza

7

Ex.

9022.90.03

Partes y accesorios para aparatos de rayos X.

Kg

7

Ex.

9022.90.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9023.00.01

Instrumentos, aparatos y modelos concebidos para demostraciones (por ejemplo: en la enseñanza o exposiciones), no susceptibles de otros usos.

Pza

7

Ex.

9025.11.01

Esbozos para la elaboración de termómetros de vidrio, sin graduación, con o sin vacío, con o sin mercurio.

Pza

7

Ex.

9025.19.01

De vehículos automóviles.

Pza

10

Ex.

9025.19.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9025.19.04

Pirómetros.

Pza

10

Ex.

9025.80.03

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9025.90.01

Partes y accesorios.

Kg

7

Ex.

9026.10.01

Controles de nivel de agua para máquinas de lavar ropa.

Pza

7

Ex.

9026.10.02

Medidores de combustible, de vehículos automóviles.

Pza

10

Ex.

9026.10.03

Medidores de flujo.

Pza

10

Ex.

9026.10.04

Indicadores de nivel tipo flotador, excepto lo comprendido en la fracción 9026.10.02.

Pza

7

Ex.

9026.10.05

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9026.10.06

Niveles reconocibles como concebidos exclusivamente para máquinas de vapor.

Pza

7

Ex.

9026.10.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

9026.20.01

Manómetros, de funcionamiento eléctrico o electrónico.

Pza

7

Ex.

9026.20.05

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9026.20.06

Manómetros, vacuómetros o manovacuómetros, excepto lo comprendido en las fracciones 9026.20.01 y 9026.20.02.

Pza

10

Ex.

9026.80.01

Medidores de flujo de gases.

Pza

10

Ex.

9026.80.02

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9027.80.02

Instrumentos nucleares de resonancia magnética.

Pza

7

Ex.

9027.90.02

Micrótomos.

Pza

7

Ex.

9027.90.03

Circuitos modulares reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 9027.80.

Pza

7

Ex.

9027.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9028.10.01

Contadores de gas.

Pza

7

Ex.

9028.30.01

Vatihorímetros.

Pza

10

Ex.

9028.30.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9028.90.01

Para vatihorímetros.

Kg

7

Ex.

9028.90.02

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9028.20.03.

Kg

7

Ex.

9028.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9029.10.01

Taxímetros mecánicos.

Pza

10

Ex.

9029.10.02

Cuentarrevoluciones, aun cuando sean cuenta horas de trabajo.

Pza

10

Ex.

9029.10.04

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9029.20.01

Velocímetros, incluso provistos de cuentakilómetros.

Pza

10

Ex.

9029.20.02

Tacógrafos electromecánicos con reloj de cuarzo, registrador e indicador de velocidad, recorrido, tiempo de marcha y parada, y/o revoluciones del motor de un vehículo.

Pza

7

Ex.

9029.20.04

Tacómetros electrónicos digitales para uso automotriz.

Pza

10

Ex.

9029.20.05

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9029.20.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9029.90.01

Partes y accesorios.

Kg

7

Ex.

9030.39.01

Voltímetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros.

Pza

10

Ex.

9030.39.02

Ohmímetros.

Pza

10

Ex.

9030.39.03

Vatímetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros.

Pza

10

Ex.

9030.39.04

Amperímetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros.

Pza

10

Ex.

9030.39.05

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9030.39.06

Vármetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros.

Pza

10

Ex.

9030.89.01

Frecuencímetros, indicadores no digitales, para montarse en tableros.

Pza

10

Ex.

9030.89.02

Fasímetros (factorímetros), indicadores, no digitales, para montarse en tableros.

Pza

10

Ex.

9030.89.03

Probadores de baterías.

Pza

10

Ex.

9030.90.01

Reconocibles para lo comprendido en las fracciones 9030.39.01, 9030.39.04 y 9030.89.03.

Kg

7

Ex.

9030.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9031.49.01

Instrumentos de medición de coordenadas.

Pza

7

Ex.

9031.80.01

Controles fotoeléctricos.

Pza

10

Ex.

9031.80.04

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9031.90.01

Reconocibles para lo comprendido en la fracción 9031.80.02.

Kg

10

Ex.

9031.90.02

Bases y armazones reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9031.49.01.

Pza

7

Ex.

9032.10.01

Para refrigeradores.

Pza

10

Ex.

9032.10.02

Para estufas y caloríficos.

Pza

10

Ex.

9032.10.04

Para cocinas.

Pza

10

Ex.

9032.81.01

Reguladores de los distribuidores de motores de explosión (distribuscopios).

Pza

10

Ex.

9032.81.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9032.89.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9032.89.03

Reguladores electrónicos de velocidad, para motores de corriente continua, giradiscos, grabadoras y tocacintas.

Pza

10

Ex.

9032.89.04

Reguladores para operar sobre grupos generadores rotativos.

Pza

7

Ex.

9032.89.05

Aparatos controladores de flama, reconocibles para calderas y hornos con capacidad inferior o igual a 100 C.P.

Pza

10

Ex.

9032.90.01

Termopares, reconocibles como concebidos exclusiva o principalmente para los termostatos de la fracción 9032.10.03.

Kg

7

Ex.

9032.90.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9033.00.01

Partes y accesorios, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo, para máquinas, aparatos, instrumentos o artículos del Capítulo 90.

Kg

7

Ex.

9104.00.01

Reconocibles para naves aéreas.

Pza

7

Ex.

9104.00.02

Electrónicos, para uso automotriz.

Pza

10

Ex.

9104.00.03

De tablero, de bordo o similares, para automóviles, barcos y demás vehículos, excepto lo comprendido en las fracciones 9104.00.01 y 9104.00.02.

Pza

7

Ex.

9104.00.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9105.91.01

Relojes maestros y cronómetros de marina y similares.

Pza

7

Ex.

9105.99.01

Relojes maestros y cronómetros de marina y similares.

Pza

7

Ex.

9106.90.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

9107.00.01

Interruptores horarios y demás aparatos que permitan accionar un dispositivo en un momento dado, con mecanismo de relojería o motor sincrónico.

Pza

10

Ex.

9108.11.01

Con indicador mecánico solamente o dispositivo que permita incorporarlo.

Pza

7

Ex.

9108.19.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9108.20.01

Automáticos.

Pza

7

Ex.

9108.90.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9109.11.01

De despertadores.

Pza

10

Ex.

9109.19.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9109.90.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9110.11.01

Mecanismos completos, sin montar o parcialmente montados ("chablons").

Pza

7

Ex.

9110.12.01

Mecanismos incompletos, montados.

Pza

7

Ex.

9110.19.01

Mecanismos "en blanco" ("ébauches").

Pza

7

Ex.

9110.90.99

Los demás.

Pza

7

Ex.

9111.10.01

Con perlas, piedras preciosas o semipreciosas, o de metales preciosos.

Pza

10

Ex.

9111.10.99

Los demás.

Pza

10

Ex.

9111.20.01

Cajas de metal común, incluso dorado o plateado.

Pza

7

Ex.

9111.80.99

Las demás cajas.

Pza

7

Ex.

9111.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

9112.20.01

De metal.

Pza

10

Ex.

9112.20.99

Las demás.

Pza

7

Ex.

9112.90.01

Partes.

Kg

10

Ex.

9113.20.01

Pulseras.

Pza

10

Ex.

9113.20.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

9113.90.01

Pulseras.

Pza

10

Ex.

9113.90.99

Las demás.

Kg

7

Ex.

9114.10.01

Muelles (resortes), incluidas las espirales.

Kg

7

Ex.

9114.20.01

Piedras.

Kg

7

Ex.

9114.30.01

Esferas o cuadrantes.

Kg

7

Ex.

9114.40.01

Platinas y puentes.

Kg

7

Ex.

9114.90.01

Dispositivo impresor para reloj registrador de asistencia.

Kg

7

Ex.

9114.90.99

Las demás.

Kg

10

Ex.

9209.10.01

Metrónomos y diapasones.

Pza

7

Ex.

9209.20.01

Mecanismos de cajas de música.

Pza

7

Ex.

9209.30.01

Cuerdas armónicas.

Pza

7

Ex.

9209.91.01

Gabinetes, muebles o sus partes.

Kg

10

Ex.

9209.91.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9209.93.01

Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida 92.03.

Kg

7

Ex.

9209.94.01

Gabinetes, muebles o sus partes, para pianos.

Kg

10

Ex.

9209.99.99

Los demás.

Kg

7

Ex.

9401.10.01

Asientos de los tipos utilizados en aeronaves.

Pza

10

Ex.

9401.20.01

Asientos de los tipos utilizados en vehículos automóviles.

Pza

7

Ex.

9401.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9401.20.01.

Kg

7

Ex.

9401.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

9403.20.03

Gabinetes de seguridad biológica y flujo laminar con control y reciclado de aire, contenidos en un solo cuerpo, para uso en laboratorio.

Pza

10

Ex.

9403.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

9405.91.01

Bombillas de borosilicato, para lámparas o linternas de combustible líquido o gaseoso.

Kg

7

Ex.

9405.91.02

Bombillas para lámparas o linternas de combustible líquido o gaseoso, excepto lo comprendido en la fracción 9405.91.01.

Kg

10

Ex.

9405.91.03

Elementos de vidrio para alumbrado y señalización.

Kg

10

Ex.

9405.91.04

Piezas moldeadas semiterminadas (esbozos), de vidrio sin contenido de plomo, en formas poliédricas, reconocibles como concebidas exclusivamente para la elaboración de candiles y lámparas.

Kg

7

Ex.

9405.92.01

De plástico.

Kg

10

Ex.

9501.00.02

Partes o piezas sueltas.

Kg

7

Ex.

9504.30.01

Partes y accesorios.

Kg

7

Ex.

9506.39.01

Palos incompletos de golf.

Pza

7

Ex.

9506.91.02

Partes, piezas y accesorios.

Kg

10

Ex.

9602.00.01

Cápsulas de gelatina.

Kg

10

Ex.

9603.50.99

Los demás cepillos que constituyan partes de máquinas, aparatos o vehículos.

Pza

10

Ex.

9604.00.01

Tamices, cedazos y cribas de mano.

Kg

10

Ex.

9608.60.01

Cartuchos de repuesto con su punta para bolígrafo.

Kg

10

Ex.

9608.99.03

Partes de metal común, chapeadas de oro.

Kg

10

Ex.

9608.99.08

Barriles o cañones, tapas, tubos, de metal común.

Kg

7

Ex.

9608.99.09

Depósitos de caucho, mecanismos, sujetadores de metal común, alimentadoras.

Kg

7

Ex.

9608.99.10

Puntas, barras o contenedores para uso en plumones o marcadores, excepto lo comprendido en la fracción 9608.99.11.

Kg

10

Ex.

9611.00.01

Partes.

Kg

7

Ex.

9612.10.01

De nailon en cualquier presentación, excepto lo comprendido en la fracción 9612.10.03.

Kg

10

Ex.

9612.10.02

Películas de polietileno carbonizadas en rollos superiores a 450 mm de ancho.

Kg

7

Ex.

9612.10.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

9613.90.01

Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9613.80.01.

Kg

7

Ex.

9613.90.02

Para encendedores a gas.

Kg

7

Ex.

9613.90.99

Los demás.

Kg

10

Ex.

9614.20.01

Escalabornes.

Kg

7

Ex.

9614.90.01

Partes.

Kg

7

Ex.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica el arancel mixto (AMX) únicamente para las siguientes fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, que estará integrado por la suma de los resultados de aplicar el arancel ad-valorem al valor en aduana de la mercancía y el arancel específico, para quedar como sigue:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

Unidad

AD-VALOREM

IMP.

EXP.

 

 

 

 

 

2918.14.01

Ácido cítrico.

Kg

(7% + AE)

Ex.

2918.15.01

Citrato de sodio.

Kg

(7% + AE)

Ex.

2918.15.02

Citrato férrico amónico.

Kg

(7% + AE)

Ex.

 

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se reforma el párrafo segundo del artículo segundo transitorio del Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y se reforman y adicionan los diversos que establecen la tasa aplicable para el 2005 del impuesto general de importación para las mercancías originarias de algunos países con los que México ha celebrado tratados y acuerdos comerciales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de septiembre de 2005 para quedar en los siguientes términos:

“SEGUNDO.- …

El arancel establecido en el artículo primero de este Decreto para las fracciones arancelarias 4412.13.99, 4412.14.99, 4412.19.01, 4412.23.99 y 4412.93.99, estará vigente hasta el 15 de agosto de 2006. A partir del 16 de agosto de 2006, el arancel ad-valorem aplicable para las fracciones arancelarias, a que se refiere este párrafo, será de 23.5, y estará vigente hasta el 15 de agosto de 2007. A partir del 16 de agosto de 2007, el arancel ad-valorem aplicable para las fracciones arancelarias, a que se refiere este párrafo, será de 19.2, y estará vigente hasta el 15 de agosto de 2008. A partir del 16 de agosto de 2008, el arancel ad-valorem aplicable para las fracciones arancelarias, a que se refiere este párrafo, será de 10.”

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Sergio Alejandro García de Alba Zepeda.- Rúbrica.